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25 abril 2012

          RAJOY HA INICIADO LA DEMOLICIÓN DE
          NUESTRO SISTEMA PÚBLICO DE SALUD

            Hasta ayer era universal y gratuito. AHORA YA NO LO ES
               EL PSOE ESTUDIA RECURRIR AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


        Con las medidas sobre la sanidad pública publicadas ayer en el B.O.E. el
        Gobierno -bajo la coartada de la crisis- inicia el desmantelamiento de
        nuestro Sistema Nacional de Salud tal y como lo conocíamos hasta ahora.


HASTA AYER
El Sistema de Salud en
      España era                         AHORA, YA NO
   universal,
público, gratuito              CAMBIA EL MODELO DE SANIDAD
  y equitativo
                                Volvemos a la beneficencia. Pasa de ser
                          1     un sistema de derechos a ser un sistema
                                de aseguramiento
          Se acaba con la universalidad de la prestación sanitaria. Sólo tendrán tarjeta
          sanitaria quienes coticen a la Seguridad Social, más los pensionistas y los
          parados (que ya han cotizado antes). El resto de ciudadanos tendrán que
          acreditar ingresos insuficientes para tener derecho a la sanidad pública

          Por ejemplo:
             Los jóvenes de más de 26 años que no hayan accedido a su primer empleo no
             tendrán derecho a asistencia sanitaria gratuita, la   tendrán que pagar.

                 ⇒   A no ser que puedan acreditar que no superan un límite de ingresos
                     (determinado reglamentariamente). En ese caso, tendrán que pedirlo
                     expresamente y que se les conceda. Entonces les darán una especie de
                     “carnet de pobre”.
                 ⇒   El Gobierno tiene que aclarar, además, cómo afecta esta nueva normativa
                     a las mujeres separadas o divorciadas que nunca hayan cotizado
                     a la Seguridad Social.

             Se excluye a los inmigrantes sin papeles de la atención sanitaria, aunque se
             mantiene la de urgencias, embarazo, parto y post-parto y menores de 18 años. 
              ⇒ Esta exclusión afecta a unas 150.000 personas y supone un ahorro poco
                  relevante, pero tendrá un coste enorme en salud y en solidaridad, porque
                  dejarán de ser atendidos pacientes en tratamiento por cáncer, hemodiálisis y
                  otras enfermedades crónicas. 

             ⇒    Es por tanto, una medida ineficaz que, además, como ayer dijo Rubalcaba,
                  sólo va a conseguir que las gripes se traten en urgencias.
                      
CAMBIA EL MODELO DE SANIDAD
      


            2            SE ESTABLECE EL COPAGO SANITARIO


     Aunque Rajoy y la Ministra Ana Mato lo han negado una y mil veces, en el Real
     Decreto publicado ayer se establece el COPAGO SANITARIO


Este cambio pone una barrera
                                            TODOS LOS CIUDADANOS –INCLUIDOS LOS PENSIONISTAS-
                                           TENDRÁN QUE PAGAR POR COSAS QUE HASTA AHORA NO
real a los pacientes más
                                                  PAGABAN, SI LAS NECESITABAN. POR EJEMPLO:
vulnerables para el acceso a
novedades y a prestaciones
necesarias                                      LAS PRÓTESIS EXTERNAS (collarines, férulas,
                                                muletas, sillas de ruedas, etc.). Es la denominada
                                                prestación ortoprotésica.

 Y también penaliza a aquellos                  EL TRANSPORTE SANITARIO NO URGENTE
 que viven en el ámbito
 rural o lejos de su centro de                  LOS PRODUCTOS DIETÉTICOS TERAPÉUTICOS
 atención sanitaria, por el copago
 en el transporte.                         Se inicia así un sistema de COPAGO SANITARIO

                                                    QUE SE UNE AL COPAGO FARMACÉUTICO QUE
                                                    EL GOBIERNO HA IMPUESTO A LOS PENSIONISTAS,
                                                    POR PRIMERA VEZ EN ESPAÑA, Y A LA SUBIDA DEL
                                                    PRECIO DE LAS MEDICINAS PARA LAS PERSONAS
                                                    QUE ESTÁN EN ACTIVO, PERO ENFERMAS.




   CAMBIA EL MODELO DE SANIDAD

           3                 EL MEDICAMENTAZO

         Las medidas puestas en vigor por este Gobierno incluyen la EXCLUSIÓN de la
         financiación pública de algunos medicamentos para dolencias menores, que
         son de uso común para millones de pacientes. A partir de ahora habrá que
         pagarlos. La medida se concretará en las próximas semanas.


         Hasta ahora, los ENFERMOS CRÓNICOS que no eran pensionistas pagaban un
         10% del precio de los medicamentos, con un precio máximo de 2,64 euros. Ahora
         ese máximo se eleva a 4 euros.


         Se incluye en el copago farmacéutico los medicamentos que se retiraban,
         hasta ahora sin coste, en los SERVICIOS DE FARMACIA DE HOSPITALES. Por
         ejemplo, para tratamientos oncológicos, VIH, hepatitis, fertilidad y artritis reumatoide,
         entre otros.
MEDIDAS IMPROVISADAS, INJUSTAS E INEFICACES

INJUSTAS    Porque castigan especialmente a los sectores más
            vulnerables, es decir, a los pensionistas. Y porque el peso de la
            crisis vuelve a recaer en las clases medias trabajadoras, que tendrán
            que pagar más.

INEFICIENTES E
IMPROVISADAS      Porque las presentan sin memoria económica que justifique las
                  cifras que dan y que no cuadran por ningún lado.

                  Y porque lo único que van a provocar estos recortes es
                  empeorar la salud de los españoles. Atenderles
                  incrementará entonces el gasto.



      TODOS ESTOS RECORTES SUPONEN UN CAMBIO CUALITATIVO DE
   ENORME MAGNITUD EN EL MODELO SANITARIO, TANTO PARA ACCEDER A
    LAS MEDICINAS COMO A LOS SERVICIOS. Y GENERA INJUSTICIA SOCIAL
                   Y DESIGUALDAD ENTRE CIUDADANOS

    EL PSOE SE OPONE ROTUNDAMENTE A ELLOS Y CONSIDERA QUE SON
    UNA AGRESIÓN A LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES Y TAMBIÉN QUE
       PUEDEN VULNERAR LAS COMPETENCIAS DE LAS COMUNIDADES
                            AUTÓNOMAS

           POR ELLO, ESTÁ ESTUDIANDO RECURRIR AL TRIBUNAL
              CONSTITUCIONAL, PARA PEDIR SU ANULACIÓN




SE PUEDE AHORRAR, SIN COPAGO NI RECORTES


 Con las medidas tomadas por el                     El PSOE sigue pidiéndole al
 anterior Gobierno del PSOE, el coste               Gobierno que reflexione y
 total del sistema sanitario se redujo              retire estas medidas
                                                    socialmente injustas y
 desde 70.000 a 53.000 millones de                  económicamente ineficaces
 euros, sin afectar al modelo ni a la
 cartera de prestaciones.                           Y QUE ESCUCHE LAS FÓRMULAS 
                                                     QUE LE ESTÁ PROPONIENDO EL 
                                                    PSOE PARA CONSEGUIR AHORRO, 
 Y la factura de farmacia se redujo en                 SIN RECORTES NI COPAGO 
 cerca de 6.000 millones
LA MINISTRA NIEGA, IGUAL QUE NEGÓ QUE EL PP FUERA A
      PONER EL COPAGO FARMACEÚTICO Y EL SANITARIO


  La Ministra Ana Mato ha negado hoy mismo que haya ningún cambio para los jóvenes
  mayores de 26 años y para las separadas y divorciadas, en las normas que ha
  aprobado el Gobierno

  PERO SÍ LO HAY, POR MUCHO QUE LO NIEGUE LA MINISTRA



                                 Que "la
                                       cobertura sanitaria estará garantizada
   El Real                       para quien ostente la condición de
Decreto dice                     asegurado".
expresamente                     Y, para que no haya dudas, relaciona a continuación a los
                                 colectivos que tienen la condición de asegurado:

                             o   Los trabajadores afiliados a la Seguridad Social dados
                                 de alta
                             o   Pensionistas
                             o   Perceptores de cualquier tipo de subsidio de la
                                 Seguridad Social
                             o   Y quienes hayan agotado la prestación o el subsidio por
                                 desempleo y figuren inscritos como demandantes de
                                 empleo

                             El resto de ciudadanos tendrán que acreditar
                             ingresos insuficientes para tener derecho a la sanidad
                             pública y solicitarla.

                            ES EVIDENTE QUE, EN LOS GRUPOS CITADOS , NO ESTÁN NI LAS
                            DIVORCIADAS QUE NO HAN COTIZADO NUNCA A LA SEGURIDAD
                            SOCIAL NI LOS JÓVENES MAYORES DE 26 AÑOS QUE NO HAYAN
                                          TENIDO AÚN SU PRIMER EMPLEO.



      POR TANTO, LA MINISTRA PUEDE NEGAR LO QUE QUIERA, PERO EL
      TEXTO DEL REAL DECRETO ES EL QUE ES Y DICE LO QUE DICE.
      Y LO HA HECHO EL GOBIERNO.
     AHORA BIEN,

             Si la Ministra y el Gobierno están pensando en
             rectificar esa clara arbitrariedad, será
             bienvenida la rectificación.


  NO ES LA PRIMERA VEZ QUE LA MINISTRA MATO NIEGA LA REALIDAD.
  LAS HEMEROTECAS ESTÁN LLENAS DE SUS FRASES NEGANDO QUE
  FUERAN A PONER NINGÚN TIPO DE COPAGO EN MATERIA DE SANIDAD
Texto LITERAL DEL REAL DECRETO




                                                CAPÍTULO I
                                   De la asistencia sanitaria en España

Artículo 1. Modificación de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de
    Salud.
   La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, queda
modificada en los siguientes términos:
    Uno. Se modifica el artículo 3, que tendrá la siguiente redacción:
      «Artículo 3. De la condición de asegurado.
          1. La asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional
      de Salud, se garantizará a aquellas personas que ostenten la condición de asegurado.
          2. A estos efectos, tendrán la condición de asegurado aquellas personas que se encuentren en
      alguno de los siguientes supuestos:
          a) Ser trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia, afiliado a la Seguridad Social y en
      situación de alta o asimilada a la de alta.
          b) Ostentar la condición de pensionista del sistema de la Seguridad Social.
          c) Ser perceptor de cualquier otra prestación periódica de la Seguridad Social, incluidas la
      prestación y el subsidio por desempleo.
          d) Haber agotado la prestación o el subsidio por desempleo y figurar inscrito en la oficina
      correspondiente como demandante de empleo, no acreditando la condición de asegurado por
      cualquier otro título.
          3. En aquellos casos en que no se cumpla ninguno de los supuestos anteriormente establecidos,
      las personas de nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea, del
      Espacio Económico Europeo o de Suiza que residan en España y los extranjeros titulares de una
      autorización para residir en territorio español, podrán ostentar la condición de asegurado siempre
      que acrediten que no superan el límite de ingresos determinado reglamentariamente.
          4. A los efectos de lo establecido en el presente artículo, tendrán la condición de beneficiarios de
      un asegurado, siempre que residan en España, el cónyuge o persona con análoga relación de
      afectividad, que deberá acreditar la inscripción oficial correspondiente, el ex cónyuge a cargo del
      asegurado, así como los descendientes a cargo del mismo que sean menores de 26 años o que
      tengan una discapacidad en grado igual o superior al 65%.
          5. Aquellas personas que no tengan la condición de asegurado o de beneficiario del mismo
      podrán obtener la prestación de asistencia sanitaria mediante el pago de la correspondiente
      contraprestación o cuota derivada de la suscripción de un convenio especial.
          6. Lo dispuesto en los apartados anteriores de este artículo no modifica el régimen de asistencia
      sanitaria de las personas titulares o beneficiarias de los regímenes especiales de la Seguridad
      Social gestionados por la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, la Mutualidad
      General Judicial y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, que mantendrán su régimen jurídico
      específico.
          A este respecto, las personas encuadradas en dichas mutualidades que hayan optado por recibir
      asistencia sanitaria a través de las entidades de seguro deberán ser atendidas en los centros
      sanitarios concertados por estas entidades. En caso de recibir asistencia en centros sanitarios
      públicos, el gasto correspondiente a la asistencia prestada será reclamado al tercero obligado, de
      acuerdo con la normativa vigente.»
 

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  • 1. 25 abril 2012 RAJOY HA INICIADO LA DEMOLICIÓN DE NUESTRO SISTEMA PÚBLICO DE SALUD Hasta ayer era universal y gratuito. AHORA YA NO LO ES EL PSOE ESTUDIA RECURRIR AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Con las medidas sobre la sanidad pública publicadas ayer en el B.O.E. el Gobierno -bajo la coartada de la crisis- inicia el desmantelamiento de nuestro Sistema Nacional de Salud tal y como lo conocíamos hasta ahora. HASTA AYER El Sistema de Salud en España era AHORA, YA NO universal, público, gratuito CAMBIA EL MODELO DE SANIDAD y equitativo Volvemos a la beneficencia. Pasa de ser 1 un sistema de derechos a ser un sistema de aseguramiento Se acaba con la universalidad de la prestación sanitaria. Sólo tendrán tarjeta sanitaria quienes coticen a la Seguridad Social, más los pensionistas y los parados (que ya han cotizado antes). El resto de ciudadanos tendrán que acreditar ingresos insuficientes para tener derecho a la sanidad pública Por ejemplo:   Los jóvenes de más de 26 años que no hayan accedido a su primer empleo no tendrán derecho a asistencia sanitaria gratuita, la tendrán que pagar. ⇒ A no ser que puedan acreditar que no superan un límite de ingresos (determinado reglamentariamente). En ese caso, tendrán que pedirlo expresamente y que se les conceda. Entonces les darán una especie de “carnet de pobre”. ⇒ El Gobierno tiene que aclarar, además, cómo afecta esta nueva normativa a las mujeres separadas o divorciadas que nunca hayan cotizado a la Seguridad Social. Se excluye a los inmigrantes sin papeles de la atención sanitaria, aunque se mantiene la de urgencias, embarazo, parto y post-parto y menores de 18 años.  ⇒ Esta exclusión afecta a unas 150.000 personas y supone un ahorro poco relevante, pero tendrá un coste enorme en salud y en solidaridad, porque dejarán de ser atendidos pacientes en tratamiento por cáncer, hemodiálisis y otras enfermedades crónicas.  ⇒ Es por tanto, una medida ineficaz que, además, como ayer dijo Rubalcaba, sólo va a conseguir que las gripes se traten en urgencias.  
  • 2. CAMBIA EL MODELO DE SANIDAD   2 SE ESTABLECE EL COPAGO SANITARIO Aunque Rajoy y la Ministra Ana Mato lo han negado una y mil veces, en el Real Decreto publicado ayer se establece el COPAGO SANITARIO Este cambio pone una barrera TODOS LOS CIUDADANOS –INCLUIDOS LOS PENSIONISTAS- TENDRÁN QUE PAGAR POR COSAS QUE HASTA AHORA NO real a los pacientes más PAGABAN, SI LAS NECESITABAN. POR EJEMPLO: vulnerables para el acceso a novedades y a prestaciones necesarias LAS PRÓTESIS EXTERNAS (collarines, férulas, muletas, sillas de ruedas, etc.). Es la denominada prestación ortoprotésica. Y también penaliza a aquellos EL TRANSPORTE SANITARIO NO URGENTE que viven en el ámbito rural o lejos de su centro de LOS PRODUCTOS DIETÉTICOS TERAPÉUTICOS atención sanitaria, por el copago en el transporte. Se inicia así un sistema de COPAGO SANITARIO QUE SE UNE AL COPAGO FARMACÉUTICO QUE EL GOBIERNO HA IMPUESTO A LOS PENSIONISTAS, POR PRIMERA VEZ EN ESPAÑA, Y A LA SUBIDA DEL PRECIO DE LAS MEDICINAS PARA LAS PERSONAS QUE ESTÁN EN ACTIVO, PERO ENFERMAS. CAMBIA EL MODELO DE SANIDAD 3 EL MEDICAMENTAZO Las medidas puestas en vigor por este Gobierno incluyen la EXCLUSIÓN de la financiación pública de algunos medicamentos para dolencias menores, que son de uso común para millones de pacientes. A partir de ahora habrá que pagarlos. La medida se concretará en las próximas semanas. Hasta ahora, los ENFERMOS CRÓNICOS que no eran pensionistas pagaban un 10% del precio de los medicamentos, con un precio máximo de 2,64 euros. Ahora ese máximo se eleva a 4 euros. Se incluye en el copago farmacéutico los medicamentos que se retiraban, hasta ahora sin coste, en los SERVICIOS DE FARMACIA DE HOSPITALES. Por ejemplo, para tratamientos oncológicos, VIH, hepatitis, fertilidad y artritis reumatoide, entre otros.
  • 3. MEDIDAS IMPROVISADAS, INJUSTAS E INEFICACES INJUSTAS Porque castigan especialmente a los sectores más vulnerables, es decir, a los pensionistas. Y porque el peso de la crisis vuelve a recaer en las clases medias trabajadoras, que tendrán que pagar más. INEFICIENTES E IMPROVISADAS Porque las presentan sin memoria económica que justifique las cifras que dan y que no cuadran por ningún lado. Y porque lo único que van a provocar estos recortes es empeorar la salud de los españoles. Atenderles incrementará entonces el gasto. TODOS ESTOS RECORTES SUPONEN UN CAMBIO CUALITATIVO DE ENORME MAGNITUD EN EL MODELO SANITARIO, TANTO PARA ACCEDER A LAS MEDICINAS COMO A LOS SERVICIOS. Y GENERA INJUSTICIA SOCIAL Y DESIGUALDAD ENTRE CIUDADANOS EL PSOE SE OPONE ROTUNDAMENTE A ELLOS Y CONSIDERA QUE SON UNA AGRESIÓN A LOS DERECHOS CONSTITUCIONALES Y TAMBIÉN QUE PUEDEN VULNERAR LAS COMPETENCIAS DE LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS POR ELLO, ESTÁ ESTUDIANDO RECURRIR AL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL, PARA PEDIR SU ANULACIÓN SE PUEDE AHORRAR, SIN COPAGO NI RECORTES Con las medidas tomadas por el El PSOE sigue pidiéndole al anterior Gobierno del PSOE, el coste Gobierno que reflexione y total del sistema sanitario se redujo retire estas medidas socialmente injustas y desde 70.000 a 53.000 millones de económicamente ineficaces euros, sin afectar al modelo ni a la cartera de prestaciones. Y QUE ESCUCHE LAS FÓRMULAS  QUE LE ESTÁ PROPONIENDO EL  PSOE PARA CONSEGUIR AHORRO,  Y la factura de farmacia se redujo en SIN RECORTES NI COPAGO  cerca de 6.000 millones
  • 4. LA MINISTRA NIEGA, IGUAL QUE NEGÓ QUE EL PP FUERA A PONER EL COPAGO FARMACEÚTICO Y EL SANITARIO La Ministra Ana Mato ha negado hoy mismo que haya ningún cambio para los jóvenes mayores de 26 años y para las separadas y divorciadas, en las normas que ha aprobado el Gobierno PERO SÍ LO HAY, POR MUCHO QUE LO NIEGUE LA MINISTRA Que "la cobertura sanitaria estará garantizada El Real para quien ostente la condición de Decreto dice asegurado". expresamente  Y, para que no haya dudas, relaciona a continuación a los colectivos que tienen la condición de asegurado: o Los trabajadores afiliados a la Seguridad Social dados de alta o Pensionistas o Perceptores de cualquier tipo de subsidio de la Seguridad Social o Y quienes hayan agotado la prestación o el subsidio por desempleo y figuren inscritos como demandantes de empleo El resto de ciudadanos tendrán que acreditar ingresos insuficientes para tener derecho a la sanidad pública y solicitarla. ES EVIDENTE QUE, EN LOS GRUPOS CITADOS , NO ESTÁN NI LAS DIVORCIADAS QUE NO HAN COTIZADO NUNCA A LA SEGURIDAD SOCIAL NI LOS JÓVENES MAYORES DE 26 AÑOS QUE NO HAYAN TENIDO AÚN SU PRIMER EMPLEO. POR TANTO, LA MINISTRA PUEDE NEGAR LO QUE QUIERA, PERO EL TEXTO DEL REAL DECRETO ES EL QUE ES Y DICE LO QUE DICE. Y LO HA HECHO EL GOBIERNO. AHORA BIEN, Si la Ministra y el Gobierno están pensando en rectificar esa clara arbitrariedad, será bienvenida la rectificación. NO ES LA PRIMERA VEZ QUE LA MINISTRA MATO NIEGA LA REALIDAD. LAS HEMEROTECAS ESTÁN LLENAS DE SUS FRASES NEGANDO QUE FUERAN A PONER NINGÚN TIPO DE COPAGO EN MATERIA DE SANIDAD
  • 5. Texto LITERAL DEL REAL DECRETO CAPÍTULO I De la asistencia sanitaria en España Artículo 1. Modificación de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, queda modificada en los siguientes términos: Uno. Se modifica el artículo 3, que tendrá la siguiente redacción: «Artículo 3. De la condición de asegurado. 1. La asistencia sanitaria en España, con cargo a fondos públicos, a través del Sistema Nacional de Salud, se garantizará a aquellas personas que ostenten la condición de asegurado. 2. A estos efectos, tendrán la condición de asegurado aquellas personas que se encuentren en alguno de los siguientes supuestos: a) Ser trabajador por cuenta ajena o por cuenta propia, afiliado a la Seguridad Social y en situación de alta o asimilada a la de alta. b) Ostentar la condición de pensionista del sistema de la Seguridad Social. c) Ser perceptor de cualquier otra prestación periódica de la Seguridad Social, incluidas la prestación y el subsidio por desempleo. d) Haber agotado la prestación o el subsidio por desempleo y figurar inscrito en la oficina correspondiente como demandante de empleo, no acreditando la condición de asegurado por cualquier otro título. 3. En aquellos casos en que no se cumpla ninguno de los supuestos anteriormente establecidos, las personas de nacionalidad española o de algún Estado miembro de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza que residan en España y los extranjeros titulares de una autorización para residir en territorio español, podrán ostentar la condición de asegurado siempre que acrediten que no superan el límite de ingresos determinado reglamentariamente. 4. A los efectos de lo establecido en el presente artículo, tendrán la condición de beneficiarios de un asegurado, siempre que residan en España, el cónyuge o persona con análoga relación de afectividad, que deberá acreditar la inscripción oficial correspondiente, el ex cónyuge a cargo del asegurado, así como los descendientes a cargo del mismo que sean menores de 26 años o que tengan una discapacidad en grado igual o superior al 65%. 5. Aquellas personas que no tengan la condición de asegurado o de beneficiario del mismo podrán obtener la prestación de asistencia sanitaria mediante el pago de la correspondiente contraprestación o cuota derivada de la suscripción de un convenio especial. 6. Lo dispuesto en los apartados anteriores de este artículo no modifica el régimen de asistencia sanitaria de las personas titulares o beneficiarias de los regímenes especiales de la Seguridad Social gestionados por la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, la Mutualidad General Judicial y el Instituto Social de las Fuerzas Armadas, que mantendrán su régimen jurídico específico. A este respecto, las personas encuadradas en dichas mutualidades que hayan optado por recibir asistencia sanitaria a través de las entidades de seguro deberán ser atendidas en los centros sanitarios concertados por estas entidades. En caso de recibir asistencia en centros sanitarios públicos, el gasto correspondiente a la asistencia prestada será reclamado al tercero obligado, de acuerdo con la normativa vigente.»