3. MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL. El Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial es uno de los trece ministerios actuales del poder ejecutivo de Colombia . Es un ente regulador que determina normas y directrices en materia de ambiente, vivienda, desarrollo, agua potable, por medio de estrategias que involucran el desarrollo sostenible.
4. HISTORIA El ministerio se creo en el año de 1993, por medio de la ley 99/93. A finales de 2002, a iniciativa del primer gobierno de Álvaro Uribe Vélez, se encargó de las funciones de vivienda y desarrollo territorial.
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6. Ejercer un liderazgo en la toma de decisiones relacionadas con la construcción de equidad social desde la gestión ambiental, la vivienda, el agua potable, el saneamiento básico y el desarrollo territorial, mediante la consolidación de una política de desarrollo sostenible y alianzas estratégicas con actores sociales e institucionales en diferentes escenarios de gestión intersectorial y territorial VISIÓN:
7. Objetivos (artículo 1 Decreto 216 de 2003) El Ministerio De Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, tendrá como objetivos primordiales contribuir y promover el desarrollo sostenible a través de la formulación y adopción de las políticas, planes, programas, proyectos y regulación en materia ambiental, recursos naturales renovables, uso del suelo, ordenamiento territorial, agua potable y saneamiento básico y ambiental, desarrollo territorial y urbano, así como en materia habitacional integral. OBJETIVOS Y FUNCIONES
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11. Son la dependencia encargada de promover la cooperación internacional para apoyar el desarrollo de políticas y actividades definididas por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y el Sistema Nacional Ambiental, así como coordinar junto con otras entidades la posición del país en las negociaciones internacionales sobre los temas del sector. ASUNTOS INTERNACIONALES
12. La definición más habitual de presupuesto, simplemente expresa que éste consiste en las previsiones anuales de ingresos y gastos de una organización, ya sea pública o privada. Otra, más explícita, señala que "el presupuesto es la herramienta que le permite al sector público (Estado) cumplir con la producción de bienes y servicios públicos para satisfacción de las necesidades de la población de conformidad con el rol asignado al estado en la economía del País" (ASIP). Desde el punto de vista macroeconómico, el presupuesto debe ser un instrumento adecuado, flexible, orientador, de operación e información para que el gobierno perciba y asigne los recursos necesarios para ejecutar los programas contemplados en el plan global de desarrollo en el corto plazo, puesto que el presupuesto del sector público se ubica dentro de los instrumentos operativos de corto plazo, a efectos de poder ejecutar y evaluar sus resultados. La acción presupuestaria del Estado, en cualquiera de sus niveles, se expresa como una acción determinada en el desempeño de una función especial (en un tiempo determinado), que aplica recursos para obtener unos resultados concretos (bienes y servicios), con un fin preciso (satisfacer necesidades públicas). . FINANZAS I PRESUPUESTOS: