SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 27
Descargar para leer sin conexión
UIMP
La investigación con datos
de salud en la nueva LOPD:
avances e insuficiencias
Barcelona, 8 -7- 2019
DERECHOS ENFRENTADOS
Derecho fundamental a la protección de datos
personales y autonomía del sujeto (consentimiento
informado).
Libertad de investigación científica (derecho
fundamental: art. 20.1.b CE -creación científica-).
Ninguno de los derechos enfrentados son absolutos:
admiten limitaciones a fin de proteger otros valores o
bienes.
Se trata de armonizarlos: fomento de la investigación
sanitaria y biomédica, pero sobre los principios de
integridad de la persona y respeto de su dignidad.
EL TRATAMIENTO DE DATOS
DE SALUD: RGPD:
NOVEDADES EN EL ÁMBITO
DE LA INVESTIGACIÓN
DATOS DE SALUD
-Concepto amplio de datos de salud (considerando 35)
-Especialmente protegidos: prohibición de tratamiento.
No obstante, permite su tratamiento en diversos
supuestos (bases jurídicas) enumerados en el art. 9.2.
-Bases jurídicas para el tratamiento (licitud): novedad:
saltamos de un sistema en el que el consentimiento era
la única base jurídica del tratamiento, conformándose el
resto de las bases jurídicas como excepciones al
consentimiento (artículos 6 y 11 LOPD 1999), a un
sistema en el que existen diferentes bases jurídicas
(artículos 6.1 y 9.2 RGPD), todas ellas del mismo valor,
entre las que el consentimiento es una base jurídica más,
pero no de más valor.
BASE JURÍDICA: INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA
ARTÍCULO 9.2. j):
el tratamiento es necesario con fines de
investigación científica de conformidad con el
artículo 89, apartado 1, sobre la base del Derecho
de la Unión o de los Estados miembros, que debe
ser proporcional al objetivo perseguido, respetar
en lo esencial el derecho a la protección de datos y
establecer medidas adecuadas y específicas para
proteger los intereses y derechos fundamentales
del interesado.
INVESTIGACIÓN: GARANTÍAS
Artículo 89.1 y 2 y considerando 156:
- Disponer e implementar las medidas técnicas y organizativas
que garanticen el respeto al principio de minimización de los
datos personales: el artículo 5.1.c) perfila el principio al establecer
que los datos serán adecuados, pertinentes y limitados a lo
necesario en relación con los fines para los que fueron tratados.
- El tratamiento ulterior de datos personales solamente se
efectuará cuando el responsable del tratamiento haya evaluado
la viabilidad de cumplir esos fines mediante un tratamiento de
datos que no permita identificar a los interesados, como la
seudonimización.
- Posibilidad de establecer excepciones a los derechos
contemplados en los artículos 15, 16, 18, y 21, siempre que
esos derechos puedan imposibilitar u obstaculizar gravemente
el logro de los fines científicos y cuanto esas excepciones sean
necesarias para alcanzar esos fines.
INVESTIGACIÓN: EXCEPCIONES A LOS DERECHOS
DE LOS INTERESADOS
RGPD: art. 14.5.b) y considerando 62: información cuando los
datos no se obtienen del interesado: exime del deber de información
cuando resulte imposible o suponga un esfuerzo desproporcionado,
o imposibilite u obstaculice gravemente el logro de los objetivos.
RGPD: artículo 17.3: derecho al olvido: no se aplicará cuando el
tratamiento sea necesario por razones de interés público en el
ámbito de la salud pública de conformidad con el artículo 9,
apartado 2, letras h) e i) y apartado 3; y cuando se realice con fines
de investigación científica de conformidad con el artículo 89,
apartado 1, en la medida en que el derecho al olvido pudiera hacer
imposible u obstaculizar gravemente el logro de los objetivos de
dicho tratamiento.
RGPD: art. 89.2: permite establecer excepciones a los derechos
contemplados en los artículos 15, 16, 18, y 21, siempre que sea
probable que esos derechos imposibiliten u obstaculicen
gravemente el logro de los fines científicos y cuanto esas
excepciones sean necesarias para alcanzar esos fines. LOPD: disp.
adic. decimoséptima e): excepciones.
TRATAMIENTO DE DATOS DE SALUD
¿CAMBIO DE PARADIGMA?
Considerando 4: “El tratamiento de datos personales debe estar
concebido para servir a la humanidad. El derecho a la protección de los
datos personales no es un derecho absoluto sino que debe
considerarse en relación con su función en la sociedad y mantener el
equilibrio con otros derechos fundamentales, con arreglo al principio
de proporcionalidad.”
Considerando 53: las categorías especiales de datos personales que
merecen mayor protección únicamente deben tratarse con fines
relacionados con la salud cuando sea necesario para lograr dichos
fines en beneficio de las personas físicas y de la sociedad en su
conjunto.
Introducción de la técnica de la seudonimización (art. 89.1) y del
consentimiento amplio (considerando 33).
EL DATO DE SALUD DEJA DE SER PERCIBIDO COMO
UN DATO ESTRICTAMENTE PERSONAL Y EMPIEZA A
COBRAR SENTIDO COMO VERDADERO PATRIMONIO
DE LA HUMANIDAD.
GARANTÍAS: SEGURIDAD DE LOS DATOS
- Reglas generales de seguridad (art. 32)
- Responsabilidad proactiva (art.5.2 y 24)
- Minimización de los datos (art. 5.1.c) y 89.1)
- Limitación plazo de conservación: excepción
para la investigación (art. 5.1.e)
- Seudonimización (art. 89.1)
- Evaluación de impacto de riesgo (art. 35 RGPD y
disp. adic. 17 2.f) LOPD)
- Delegado de protección de datos (LOPD: art. 34):
entidades o centros obligados: Institutos de Investigación Sanitaria
y Fundaciones: las actividades principales del responsable o del
encargado consistan en el tratamiento a gran escala de categorías
especiales de datos personales con arreglo al artículo 9.
- Secreto profesional: (art. 9.3)
RGPD: COMPLEMENTACIÓN POR LA
LEGISLACIÓN NACIONAL
RGPD Y LEGISLACIÓN DE LOS ESTADOS
MIEMBROS: COMPLEMENTO NECESARIO.
El RGPD tiene vocación de Directiva en lugar de
Reglamento (considerando 10 in fine).
Art. 9.2. apartados h, i, j: remite al legislador de los
Estados miembros la elaboración del régimen jurídico
del tratamiento.
Materias a regular por remisión expresa del RGPD:
- Condiciones adicionales y limitaciones al tratamiento de
datos (art. 9.4)
- Medidas adecuadas y específicas para proteger los
derechos del interesado (art. 9.2. i, j)
- Secreto profesional y sus excepciones (considerandos 53
y 164, art. 9.2 h y 9.3).
- Excepciones a los derechos de los interesados en función
de los fines científicos que cada legislador considere
deban salvaguardarse (art. 89.2).
LOPD 2018
DISPOSICIÓN ADICIONAL DECIMOSÉPTIMA
APARTADO 1
LEGISLACIÓN SANITARIA COMPATIBLE CON EL RGPD
1. Se encuentran amparados en las letras g), h), i) y j) del
artículo 9.2 del Reglamento (UE) 2016/679 los tratamientos de
datos relacionados con la salud y de datos genéticos que estén
regulados en las siguientes leyes y sus disposiciones de
desarrollo:
a) La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad.
b) La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
c) La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de
derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
d) La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud.
e) La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.
f) La Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica.
g) La Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública.
h) La Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades
aseguradoras y reaseguradoras.
i) El texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de medicamentos y productos
sanitarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio.
j) El texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su
inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre.
APARTADO 2
IDENTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN:
cierta confusión.
2. El tratamiento de datos en la investigación en salud
(acorde con cap. IV de la LCCSNS) se regirá por los
siguientes criterios:
Letras:
a), e) Investigación en salud (general) y, en particular
(específico), la biomédica. Redundancia. ¿Es de menor
valor la investigación observacional?
c) Investigación en materia de salud y biomédica.
d), f) y g) Investigación en salud pública y, en particular,
la biomédica: ¿queda excluida, por ejemplo, la
investigación en salud laboral aunque ambas se basan
en el método epidemiológico?
CONCEPTO DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA
Cesión y uso de datos para investigación:
¿para qué tipo de investigaciones?
El RGPD y la LOPD no definen lo qué sea investigación
científica a efectos del régimen que diseñan para el
tratamiento de los datos. ¿Cualquier investigación hecha
por cualquiera puede acogerse a las ventajas y
excepciones de este régimen?
SESPAS propone limitar la cesión de datos a los
proyectos incluidos en el Plan Nacional de Investigación
Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica,
conforme al marco del art. 45 LCCSNS.
El proyecto PADRIS ha optado por no ceder datos a
instituciones privadas.
APARTADO 2, letra a)
Regla general: art. 6.2 LOPD: consentimiento
específico para cada una de las finalidades del
tratamiento.
Excepción: consentimiento amplio:
El interesado o, en su caso, su representante legal
podrá otorgar el consentimiento para el uso de sus
datos con fines de investigación en salud y, en
particular, la biomédica. Tales finalidades podrán
abarcar categoría relacionadas con áreas
generales vinculadas a una especialidad
médica o investigadora.
Apto para investigación observacional y con muestras biológicas, no
para investigación experimental invasiva
APARTADO 2. letra b)
2.b) Las autoridades sanitarias e instituciones públicas con
competencias en vigilancia de la salud pública podrán llevar
a cabo estudios científicos sin el consentimiento de los
afectados en situaciones de excepcional relevancia y
gravedad para la salud pública.
AEPD: informe gabinete jurídico 2018-0121: cesión entre
administraciones sin consentimiento: por razones imprescindibles
para la tutela de la salud pública o en situaciones de excepcional
relevancia o gravedad para la salud pública.
Ley 40/2015, RJSP: art. 155: obligación genérica de transmisión de
datos entre administraciones públicas: amparo en el art. 6.c) RGPD:
solo aplicable a los datos no sensibles.
APARTAD0 2. letra c)
REUTILIZACIÓN
- No añade “o el proceso asistencial” ¿excluidos datos
obtenidos para asistencia? Sí: en línea con art. 5. 2 y 3 LIB.
- La reutilización lo es sin consentimiento (disp. final novena
LOPD), pero circunscrita a los datos utilizados en el estudio
inicial, no a todos los de la historia clínica.
- Obligación de publicar la información establecida por el
artículo 13 del RGPD y notificar la existencia de esta
información por medios electrónicos a los afectados.
PROBLEMA: cuando el número de participantes es tan alto
que dificulta enormemente o hace prácticamente imposible
que los investigadores se pongan en contacto directo con
ellos: solución: RGPD: artículo 14.5.b y considerando 62.
- Informe previo favorable CEI.
- Disposición transitoria sexta (datos recogidos con
anterioridad a la entrada en vigor de la LOPD).
APARTAD0 2. letra c)
PROGRAMA PADRIS de Cataluña:
a) cesión masiva de historias clínicas desde los centros
y hospitales a AQUAS sin consentimiento y sin
anonimizar: no hay amparo legal: no sirve el 2.c) ni el 155
LRJSP. Contrario al art. 16.3 LBAP y 5.2 LIB.
b) reutilización en cualquier investigación pública: por
defecto, todas las personas son donantes de sus datos,
salvo que expresamente se opongan: consentimiento
tácito proscrito por el RGPD. No encaja en el 2.c).
Crítica de Itziar de Lecuona.
APARTADO 2. letra c)
Reutilización: otras excepciones al
consentimiento
¿Estudios observacionales con datos de
registros, que tengan interés general (valor
social indudable) y que solo se pueda llevar
a cabo con identificación y sin
consentimiento ya que su obtención sería
impracticable, excesivamente costosa o
exija un esfuerzo desproporcionado?
Parece que no encajan en esta letra.
¿aplicación art. 58 LIB por analogía?
APARTADO 2. letra d)
SEUDONIMIZACIÓN:
RGPD: introduce la seudonimización, que en su artículo 4 la
define como:
El tratamiento de datos personales de manera tal que ya no puedan
atribuirse a un interesado sin utilizar información adicional, siempre
que dicha información adicional figure por separado y esté sujeta a
medidas técnicas y organizativas destinadas a garantizar que los
datos personales no se atribuyan a una persona física identificada o
identificable.
Ventajas: a) disminuye el riesgo y el control de riesgos; b)
permite tratamiento de datos sin consentimiento; c) impide la
repetición de datos; d) posibilita la reidentificación.
Los datos anonimizados no son considerados por el RGPD
“datos personales”, los datos seudonimizados sí los son. El
considerando 26 del RGPD señala que: “Los datos personales
seudonimizados, que cabría atribuir a una persona física mediante
la utilización de información adicional, deben considerarse
información sobre una persona física identificable”.
APARTADO 2. letra d)
Se considera lícito el uso de datos personales seudonimizados
con fines de investigación en salud y, en particular, biomédica.
El uso de datos personales pseudonimizados con fines de
investigación en salud pública y biomédica requerirá:
1º Una separación técnica y funcional entre el equipo investigador y quienes
realicen la seudonimización y conserven la información que posibilite la
reidentificación.
2º Que los datos seudonimizados únicamente sean accesibles al equipo de
investigación cuando: i) exista un compromiso expreso de confidencialidad y
de no realizar ninguna actividad de reidentificación; ii) se adopten medidas
de seguridad específicas para evitar la reidentificación y el acceso de
terceros no autorizados.
Podrá procederse a la reidentificación de los datos en su origen,
cuando con motivo de una investigación que utilice datos seudonimizados,
se aprecie la existencia de un peligro real y concreto para la seguridad o
salud de una persona o grupo de personas, o una amenaza grave para sus
derechos o sea necesaria para garantizar una adecuada asistencia sanitaria.
REIDENTIFICACIÓN: Exclusivamente por razones asistenciales, no del
buen fin de la investigación. La investigación que sea menos efectiva o
no posible sin datos identificativos ¿queda excluida?
BIG DATA Y PROTECCIÓN DATOS DE SALUD
El RGPD no regula el tratamiento con técnicas Big Data.
Tampoco lo hace la LOPD. Reglas a seguir según RGPD:
a) Responsabilidad proactiva: criterios de seguridad del art.
32; CEI e integración del DPD.
b) Protección desde el diseño: buenas prácticas y evaluación
de impacto de riesgo.
c) Consentimiento informado, o
d) Anonimización o seudonimización. (Federico de Montalvo: la
seudonimización es la gran aportación del RGPD a la tecnología big
data)
e) Minimización de los datos: los datos estrictamente
necesarios (art. 25.2): principio poco compatible con la
tecnología big data.
AEPD: Código buenas prácticas para proyectos
big data.
APARTADO 2. letra e)
EXCEPCIONES A LOS DERECHOS ARCO
Cuando se traten datos personales con fines de investigación
en salud, y en particular la biomédica, a los efectos del artículo
89.2 del RGPD, podrán excepcionarse los derechos de los
afectados previstos en los artículos 15, 16, 18 y 21 del
RGPD cuando:
1º Los citados derechos se ejerzan directamente ante los
investigadores o centros de investigación que utilicen datos
anonimizados o seudonimizados.
2º El ejercicio de tales derechos se refiera a los resultados de la
investigación.
3º La investigación tenga por objeto un interés público esencial
relacionado con la seguridad del Estado, la defensa, la seguridad
pública u otros objetivos importantes de interés público general,
siempre que en este último caso la excepción esté expresamente
recogida por una norma con rango de Ley.
APARTADO 2. letra f)
GARANTÍAS MÍNIMAS: concreción art. 32 RGPD
Cuando conforme a lo previsto por el artículo 89 del RGPD, se lleve a
cabo un tratamiento con fines de investigación en salud pública y, en
particular, biomédica, se procederá a:
1º Realizar una evaluación de impacto que determine los riesgos
derivados del tratamiento en los supuestos previstos en el artículo 35
del RGPD o en los establecidos por la autoridad de control. Esta
evaluación incluirá de modo específico los riesgos de reidentificación
vinculados a la anonimización o seudonimización de los datos.
2º Someter la investigación científica a las normas de calidad y, en su
caso, a las directrices internacionales sobre buena práctica clínica.
3º Adoptar, en su caso, medidas dirigidas a garantizar que los
investigadores no acceden a datos de identificación de los interesados.
4º Designar un representante legal establecido en la Unión Europea,
conforme al artículo 74 del Reglamento (UE) 536/2014, si el promotor de
un ensayo clínico no está establecido en la Unión Europea. Dicho
representante legal podrá coincidir con el previsto en el artículo 27.1
del RGPD.
APARTADO 2. letras g) y h)
REFUERZA EL PAPEL DE LOS CEI EN LO QUE HACE AL
TRATAMIENTO DE DATOS
g): El uso de datos personales seudonimizados con fines de
investigación en salud pública y, en particular, biomédica deberá ser
sometido al informe previo del comité de ética de la
investigación previsto en la normativa sectorial. En defecto de la
existencia del mencionado Comité, la entidad responsable de la
investigación requerirá informe previo del delegado de protección
de datos o, en su defecto, de un experto con los conocimientos
previos en el artículo 37.5 del Reglamento (UE) 2016/679.
h): En el plazo máximo de un año, los comités de ética de la
investigación, en el ámbito de la salud, biomédico o del
medicamento, deberán integrar entre sus miembros un delegado
de protección de datos o, en su defecto, un experto con
conocimientos suficientes del RGPD cuando se ocupen de actividades
de investigación que comporten el tratamiento de datos personales o de
datos seudonimizados o anonimizados.
HACIA UNA LEY ESPECÍFICA DE
PROTECCIÓN DE DATOS DE SALUD
Insuficiencia de la actual legislación
La legislación sanitaria es muy escasa en
contenidos en lo relativo al tratamiento de datos de
salud; de ahí que el Anteproyecto de LOPD: disp.
adic. novena: contenía un mandato al Gobierno de
elaborar una ley específica sobre protección de
datos de salud.
RGPD y LOPD: incorporan conceptos abiertos
necesitados de una ley específica que los
determine.
Documento SESPAS de valoración LOPD/2018.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

GDPR Data Subject Rights - What You Need to Know
GDPR Data Subject Rights - What You Need to KnowGDPR Data Subject Rights - What You Need to Know
GDPR Data Subject Rights - What You Need to KnowPiwik PRO
 
Relaciones Juridicas
Relaciones Juridicas Relaciones Juridicas
Relaciones Juridicas mjgmontes
 
Estrategia para el desarrollo de MiEmpresaEnLínea
Estrategia para el desarrollo de MiEmpresaEnLíneaEstrategia para el desarrollo de MiEmpresaEnLínea
Estrategia para el desarrollo de MiEmpresaEnLíneaFernando Aguilera
 
Presentación exposición de la función social de la propiedad
Presentación exposición de la función social de la propiedadPresentación exposición de la función social de la propiedad
Presentación exposición de la función social de la propiedadOSCARCAMACARO
 
Historia del Derecho - Introduccion completa.
Historia del Derecho - Introduccion completa.Historia del Derecho - Introduccion completa.
Historia del Derecho - Introduccion completa.Cybernautic.
 
Perguntas e Respostas - SICAF 100% Digital
Perguntas e Respostas   - SICAF 100% DigitalPerguntas e Respostas   - SICAF 100% Digital
Perguntas e Respostas - SICAF 100% DigitalLicitações Publicas
 
EU:n yleinen tietosuoja-asetus oppilaitosten ja opettajien näkökulmasta
EU:n yleinen tietosuoja-asetus oppilaitosten ja opettajien näkökulmastaEU:n yleinen tietosuoja-asetus oppilaitosten ja opettajien näkökulmasta
EU:n yleinen tietosuoja-asetus oppilaitosten ja opettajien näkökulmastaHarto Pönkä
 
CHINA PIP LAW ppt.pptx
CHINA PIP LAW ppt.pptxCHINA PIP LAW ppt.pptx
CHINA PIP LAW ppt.pptxfarewelldump
 
Begriffe und Grundsätze des Datenschutzrechts
Begriffe und Grundsätze des DatenschutzrechtsBegriffe und Grundsätze des Datenschutzrechts
Begriffe und Grundsätze des DatenschutzrechtsMichael Rohrlich
 
124_questes_de_direito_civil_-_parte_geral
  124_questes_de_direito_civil_-_parte_geral  124_questes_de_direito_civil_-_parte_geral
124_questes_de_direito_civil_-_parte_geralEdione Bruno
 
Confidentiality and Data Protection in Health Care
Confidentiality and Data Protection in Health CareConfidentiality and Data Protection in Health Care
Confidentiality and Data Protection in Health CareVaileth Mdete
 
Social Media & Datenschutzrecht
Social Media & DatenschutzrechtSocial Media & Datenschutzrecht
Social Media & DatenschutzrechtMichael Rohrlich
 
ETİD Kişisel Verilerin Korunması Kanunu Workshop Sunumu
ETİD Kişisel Verilerin Korunması Kanunu Workshop SunumuETİD Kişisel Verilerin Korunması Kanunu Workshop Sunumu
ETİD Kişisel Verilerin Korunması Kanunu Workshop SunumuETİD
 

La actualidad más candente (20)

GDPR Data Subject Rights - What You Need to Know
GDPR Data Subject Rights - What You Need to KnowGDPR Data Subject Rights - What You Need to Know
GDPR Data Subject Rights - What You Need to Know
 
General Data Protection Regulation
General Data Protection RegulationGeneral Data Protection Regulation
General Data Protection Regulation
 
Relaciones Juridicas
Relaciones Juridicas Relaciones Juridicas
Relaciones Juridicas
 
LOPD Presentacion
LOPD PresentacionLOPD Presentacion
LOPD Presentacion
 
Estrategia para el desarrollo de MiEmpresaEnLínea
Estrategia para el desarrollo de MiEmpresaEnLíneaEstrategia para el desarrollo de MiEmpresaEnLínea
Estrategia para el desarrollo de MiEmpresaEnLínea
 
Presentación exposición de la función social de la propiedad
Presentación exposición de la función social de la propiedadPresentación exposición de la función social de la propiedad
Presentación exposición de la función social de la propiedad
 
Historia del Derecho - Introduccion completa.
Historia del Derecho - Introduccion completa.Historia del Derecho - Introduccion completa.
Historia del Derecho - Introduccion completa.
 
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de ParticularesLey Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares
Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de Particulares
 
Workshop (LGPD)
Workshop (LGPD)Workshop (LGPD)
Workshop (LGPD)
 
Perguntas e Respostas - SICAF 100% Digital
Perguntas e Respostas   - SICAF 100% DigitalPerguntas e Respostas   - SICAF 100% Digital
Perguntas e Respostas - SICAF 100% Digital
 
EU:n yleinen tietosuoja-asetus oppilaitosten ja opettajien näkökulmasta
EU:n yleinen tietosuoja-asetus oppilaitosten ja opettajien näkökulmastaEU:n yleinen tietosuoja-asetus oppilaitosten ja opettajien näkökulmasta
EU:n yleinen tietosuoja-asetus oppilaitosten ja opettajien näkökulmasta
 
CHINA PIP LAW ppt.pptx
CHINA PIP LAW ppt.pptxCHINA PIP LAW ppt.pptx
CHINA PIP LAW ppt.pptx
 
An Overview of GDPR
An Overview of GDPR An Overview of GDPR
An Overview of GDPR
 
Begriffe und Grundsätze des Datenschutzrechts
Begriffe und Grundsätze des DatenschutzrechtsBegriffe und Grundsätze des Datenschutzrechts
Begriffe und Grundsätze des Datenschutzrechts
 
124_questes_de_direito_civil_-_parte_geral
  124_questes_de_direito_civil_-_parte_geral  124_questes_de_direito_civil_-_parte_geral
124_questes_de_direito_civil_-_parte_geral
 
Confidentiality and Data Protection in Health Care
Confidentiality and Data Protection in Health CareConfidentiality and Data Protection in Health Care
Confidentiality and Data Protection in Health Care
 
Diapositivas de familia clase
Diapositivas  de familia claseDiapositivas  de familia clase
Diapositivas de familia clase
 
Social Media & Datenschutzrecht
Social Media & DatenschutzrechtSocial Media & Datenschutzrecht
Social Media & Datenschutzrecht
 
What about GDPR?
What about GDPR?What about GDPR?
What about GDPR?
 
ETİD Kişisel Verilerin Korunması Kanunu Workshop Sunumu
ETİD Kişisel Verilerin Korunması Kanunu Workshop SunumuETİD Kişisel Verilerin Korunması Kanunu Workshop Sunumu
ETİD Kişisel Verilerin Korunması Kanunu Workshop Sunumu
 

Similar a La investigación con datos de salud en la nueva LOPD: avances e insuficiencias

Taller 5 lopd investigacion_20121024
Taller 5 lopd investigacion_20121024Taller 5 lopd investigacion_20121024
Taller 5 lopd investigacion_2012102417CongresoSefap
 
M4-S_Estadístico-Proteccion de datos.pdf
M4-S_Estadístico-Proteccion de datos.pdfM4-S_Estadístico-Proteccion de datos.pdf
M4-S_Estadístico-Proteccion de datos.pdfcarlosranzherranz
 
ADECUACION DE LAS ORGANIZACIONES AL NUEVO MODELO NORMATIVO DE PROTECCION DE D...
ADECUACION DE LAS ORGANIZACIONES AL NUEVO MODELO NORMATIVO DE PROTECCION DE D...ADECUACION DE LAS ORGANIZACIONES AL NUEVO MODELO NORMATIVO DE PROTECCION DE D...
ADECUACION DE LAS ORGANIZACIONES AL NUEVO MODELO NORMATIVO DE PROTECCION DE D...Javier Alvarez Hernando
 
Manual de Lopd (Ley Orgánica de Protección de Datos)
Manual de Lopd (Ley Orgánica de Protección de Datos)Manual de Lopd (Ley Orgánica de Protección de Datos)
Manual de Lopd (Ley Orgánica de Protección de Datos)Agneta Gallardo
 
Jornada LOPD Islas Baleares
Jornada LOPD Islas Baleares Jornada LOPD Islas Baleares
Jornada LOPD Islas Baleares psnsercon
 
Cesión de datos de carácter personal en el ámbito sanitario
Cesión de datos de carácter personal en el ámbito sanitarioCesión de datos de carácter personal en el ámbito sanitario
Cesión de datos de carácter personal en el ámbito sanitarioConversia
 
Legislación Sobre Seguridad y Protección de datos
Legislación Sobre Seguridad y Protección de datosLegislación Sobre Seguridad y Protección de datos
Legislación Sobre Seguridad y Protección de datosFranciscoJavier518
 
Uso de Ficha Clinica
Uso de Ficha ClinicaUso de Ficha Clinica
Uso de Ficha Clinicacristian120
 
Ley federal de proteccion de datos (2)
Ley federal de proteccion de datos (2)Ley federal de proteccion de datos (2)
Ley federal de proteccion de datos (2)Magaby123
 
Ley federal de proteccion de datos (3)
Ley federal de proteccion de datos (3)Ley federal de proteccion de datos (3)
Ley federal de proteccion de datos (3)Magaby123
 
Ley federal de proteccion de datos (1)
Ley federal de proteccion de datos (1)Ley federal de proteccion de datos (1)
Ley federal de proteccion de datos (1)Magaby123
 
Ley federal de proteccion de datos (2) brandon
Ley federal de proteccion de datos (2) brandonLey federal de proteccion de datos (2) brandon
Ley federal de proteccion de datos (2) brandonMagaby123
 
Ley de Proteccion De Datos
Ley de Proteccion De Datos Ley de Proteccion De Datos
Ley de Proteccion De Datos Magaby123
 
Ley federal de proteccion de datos (2)
Ley federal de proteccion de datos (2)Ley federal de proteccion de datos (2)
Ley federal de proteccion de datos (2)Magaby123
 
AGM Abogados - Ley de proteccion de datos LOPD
AGM Abogados - Ley de proteccion de datos LOPDAGM Abogados - Ley de proteccion de datos LOPD
AGM Abogados - Ley de proteccion de datos LOPDAGM Abogados
 
cambios-nuevo-a nivel grandeeuropeo.pptx
cambios-nuevo-a nivel grandeeuropeo.pptxcambios-nuevo-a nivel grandeeuropeo.pptx
cambios-nuevo-a nivel grandeeuropeo.pptxJuanFernando144857
 
Resumen guia practica ficheros
Resumen guia practica ficherosResumen guia practica ficheros
Resumen guia practica ficherosnataliamuniz
 

Similar a La investigación con datos de salud en la nueva LOPD: avances e insuficiencias (20)

Taller 5 lopd investigacion_20121024
Taller 5 lopd investigacion_20121024Taller 5 lopd investigacion_20121024
Taller 5 lopd investigacion_20121024
 
Privacidad, salud y transformación digital los retos del Big Data y la invest...
Privacidad, salud y transformación digital los retos del Big Data y la invest...Privacidad, salud y transformación digital los retos del Big Data y la invest...
Privacidad, salud y transformación digital los retos del Big Data y la invest...
 
M4-S_Estadístico-Proteccion de datos.pdf
M4-S_Estadístico-Proteccion de datos.pdfM4-S_Estadístico-Proteccion de datos.pdf
M4-S_Estadístico-Proteccion de datos.pdf
 
ADECUACION DE LAS ORGANIZACIONES AL NUEVO MODELO NORMATIVO DE PROTECCION DE D...
ADECUACION DE LAS ORGANIZACIONES AL NUEVO MODELO NORMATIVO DE PROTECCION DE D...ADECUACION DE LAS ORGANIZACIONES AL NUEVO MODELO NORMATIVO DE PROTECCION DE D...
ADECUACION DE LAS ORGANIZACIONES AL NUEVO MODELO NORMATIVO DE PROTECCION DE D...
 
Trabajo 1
Trabajo 1Trabajo 1
Trabajo 1
 
Manual de Lopd (Ley Orgánica de Protección de Datos)
Manual de Lopd (Ley Orgánica de Protección de Datos)Manual de Lopd (Ley Orgánica de Protección de Datos)
Manual de Lopd (Ley Orgánica de Protección de Datos)
 
Jornada LOPD Islas Baleares
Jornada LOPD Islas Baleares Jornada LOPD Islas Baleares
Jornada LOPD Islas Baleares
 
Cesión de datos de carácter personal en el ámbito sanitario
Cesión de datos de carácter personal en el ámbito sanitarioCesión de datos de carácter personal en el ámbito sanitario
Cesión de datos de carácter personal en el ámbito sanitario
 
Legislación Sobre Seguridad y Protección de datos
Legislación Sobre Seguridad y Protección de datosLegislación Sobre Seguridad y Protección de datos
Legislación Sobre Seguridad y Protección de datos
 
Uso de Ficha Clinica
Uso de Ficha ClinicaUso de Ficha Clinica
Uso de Ficha Clinica
 
Ley federal de proteccion de datos (2)
Ley federal de proteccion de datos (2)Ley federal de proteccion de datos (2)
Ley federal de proteccion de datos (2)
 
Ley federal de proteccion de datos (3)
Ley federal de proteccion de datos (3)Ley federal de proteccion de datos (3)
Ley federal de proteccion de datos (3)
 
Ley federal de proteccion de datos (1)
Ley federal de proteccion de datos (1)Ley federal de proteccion de datos (1)
Ley federal de proteccion de datos (1)
 
Ley federal de proteccion de datos (2) brandon
Ley federal de proteccion de datos (2) brandonLey federal de proteccion de datos (2) brandon
Ley federal de proteccion de datos (2) brandon
 
Ley de Proteccion De Datos
Ley de Proteccion De Datos Ley de Proteccion De Datos
Ley de Proteccion De Datos
 
Ley federal de proteccion de datos (2)
Ley federal de proteccion de datos (2)Ley federal de proteccion de datos (2)
Ley federal de proteccion de datos (2)
 
AGM Abogados - Ley de proteccion de datos LOPD
AGM Abogados - Ley de proteccion de datos LOPDAGM Abogados - Ley de proteccion de datos LOPD
AGM Abogados - Ley de proteccion de datos LOPD
 
Ley 1581-de-20123
Ley 1581-de-20123Ley 1581-de-20123
Ley 1581-de-20123
 
cambios-nuevo-a nivel grandeeuropeo.pptx
cambios-nuevo-a nivel grandeeuropeo.pptxcambios-nuevo-a nivel grandeeuropeo.pptx
cambios-nuevo-a nivel grandeeuropeo.pptx
 
Resumen guia practica ficheros
Resumen guia practica ficherosResumen guia practica ficheros
Resumen guia practica ficheros
 

Más de Consorci Universitat Internacional Menéndez Pelayo Barcelona (CUIMPB) - Centre Ernest Lluch

Más de Consorci Universitat Internacional Menéndez Pelayo Barcelona (CUIMPB) - Centre Ernest Lluch (20)

Las organizaciones y alianzas urbanas y el papel de la ciudad
Las organizaciones y alianzas urbanas y el papel de la ciudadLas organizaciones y alianzas urbanas y el papel de la ciudad
Las organizaciones y alianzas urbanas y el papel de la ciudad
 
La aplicación de la CEAL en los estados. Desarrollos recientes
La aplicación de la CEAL en los estados. Desarrollos recientesLa aplicación de la CEAL en los estados. Desarrollos recientes
La aplicación de la CEAL en los estados. Desarrollos recientes
 
El papel de la Unión Europea en la definición de la ciudad como sujeto jurídi...
El papel de la Unión Europea en la definición de la ciudad como sujeto jurídi...El papel de la Unión Europea en la definición de la ciudad como sujeto jurídi...
El papel de la Unión Europea en la definición de la ciudad como sujeto jurídi...
 
La agenda de la UE en relación con los gobiernos locales
La agenda de la UE en relación con los gobiernos localesLa agenda de la UE en relación con los gobiernos locales
La agenda de la UE en relación con los gobiernos locales
 
La demanda d’habitatge a l’actualitat (…constatacions demogràfiques i futur)
La demanda d’habitatge a l’actualitat (…constatacions demogràfiques i futur)La demanda d’habitatge a l’actualitat (…constatacions demogràfiques i futur)
La demanda d’habitatge a l’actualitat (…constatacions demogràfiques i futur)
 
La política d’habitatge com a pilar fonamental de l’Estat del benestar
La política d’habitatge com a pilar fonamental de l’Estat del benestarLa política d’habitatge com a pilar fonamental de l’Estat del benestar
La política d’habitatge com a pilar fonamental de l’Estat del benestar
 
L’habitatge de lloguer de temporada a Barcelona
L’habitatge de lloguer de temporada a BarcelonaL’habitatge de lloguer de temporada a Barcelona
L’habitatge de lloguer de temporada a Barcelona
 
Nuevos tipos de demanda de vivienda: el alquiler de habitaciones
Nuevos tipos de demanda de vivienda: el alquiler de habitacionesNuevos tipos de demanda de vivienda: el alquiler de habitaciones
Nuevos tipos de demanda de vivienda: el alquiler de habitaciones
 
Consejo Juventud de España. La aventura de la emancipación
Consejo Juventud de España. La aventura de la emancipaciónConsejo Juventud de España. La aventura de la emancipación
Consejo Juventud de España. La aventura de la emancipación
 
Joves i emancipació. Fundació Cipriano García
Joves i emancipació. Fundació Cipriano GarcíaJoves i emancipació. Fundació Cipriano García
Joves i emancipació. Fundació Cipriano García
 
Generació llogatera: la gran esquerda social. Enquesta sobre les condicions d...
Generació llogatera: la gran esquerda social. Enquesta sobre les condicions d...Generació llogatera: la gran esquerda social. Enquesta sobre les condicions d...
Generació llogatera: la gran esquerda social. Enquesta sobre les condicions d...
 
Volum i perfil de la demanda d’habitatge a Catalunya
Volum i perfil de la demanda d’habitatge a CatalunyaVolum i perfil de la demanda d’habitatge a Catalunya
Volum i perfil de la demanda d’habitatge a Catalunya
 
2024.02.20_Miguel Comino Haro_POLÍTIQUES D'HABITATGE AMB.pdf
2024.02.20_Miguel Comino Haro_POLÍTIQUES D'HABITATGE AMB.pdf2024.02.20_Miguel Comino Haro_POLÍTIQUES D'HABITATGE AMB.pdf
2024.02.20_Miguel Comino Haro_POLÍTIQUES D'HABITATGE AMB.pdf
 
L’estat de l’emancipació residencial a Catalunya Context i factors associats
L’estat de l’emancipació residencial a Catalunya Context i factors associatsL’estat de l’emancipació residencial a Catalunya Context i factors associats
L’estat de l’emancipació residencial a Catalunya Context i factors associats
 
Les mesures a adoptar des de l'Àrea Metropolitana de Barcelona IMPSOL: nous p...
Les mesures a adoptar des de l'Àrea Metropolitana de Barcelona IMPSOL: nous p...Les mesures a adoptar des de l'Àrea Metropolitana de Barcelona IMPSOL: nous p...
Les mesures a adoptar des de l'Àrea Metropolitana de Barcelona IMPSOL: nous p...
 
L’aportació de la Generalitat per facilitar l’accés dels joves a l’habitatge
L’aportació de la Generalitat per facilitar l’accés dels joves a l’habitatgeL’aportació de la Generalitat per facilitar l’accés dels joves a l’habitatge
L’aportació de la Generalitat per facilitar l’accés dels joves a l’habitatge
 
La política d'habitatge de Barcelona: joves
La política d'habitatge de Barcelona: jovesLa política d'habitatge de Barcelona: joves
La política d'habitatge de Barcelona: joves
 
Workshop moderated by Lazaro Tuñon.pdf
Workshop moderated by Lazaro Tuñon.pdfWorkshop moderated by Lazaro Tuñon.pdf
Workshop moderated by Lazaro Tuñon.pdf
 
Workshop Moderated by David Martínez.pdf
Workshop Moderated by David Martínez.pdfWorkshop Moderated by David Martínez.pdf
Workshop Moderated by David Martínez.pdf
 
Workshop moderated by Celia Ortega.pdf
Workshop moderated by Celia Ortega.pdfWorkshop moderated by Celia Ortega.pdf
Workshop moderated by Celia Ortega.pdf
 

Último

1. HISTORIA DE LA FISIOTERAPIA EN EL MUNDO.pptx
1. HISTORIA DE LA FISIOTERAPIA EN EL MUNDO.pptx1. HISTORIA DE LA FISIOTERAPIA EN EL MUNDO.pptx
1. HISTORIA DE LA FISIOTERAPIA EN EL MUNDO.pptxSarayAcua2
 
Historia Clínica y Consentimiento Informado en Odontología
Historia Clínica y Consentimiento Informado en OdontologíaHistoria Clínica y Consentimiento Informado en Odontología
Historia Clínica y Consentimiento Informado en OdontologíaJorge Enrique Manrique-Chávez
 
TEXTO PRN 8VA ESPAÑOL.pdf reanimacion neonatal
TEXTO PRN 8VA ESPAÑOL.pdf reanimacion neonatalTEXTO PRN 8VA ESPAÑOL.pdf reanimacion neonatal
TEXTO PRN 8VA ESPAÑOL.pdf reanimacion neonatalJanKarlaCanaviriDelg1
 
ANAMNESIS Y EXAMEN FISICO DEL SISTEMA RENAL.pptx
ANAMNESIS Y EXAMEN FISICO DEL SISTEMA  RENAL.pptxANAMNESIS Y EXAMEN FISICO DEL SISTEMA  RENAL.pptx
ANAMNESIS Y EXAMEN FISICO DEL SISTEMA RENAL.pptxCENTRODESALUDCUNCHIB
 
DETERMINISMO DEL TRABAJO DE PARTO-1.pptx
DETERMINISMO DEL TRABAJO DE PARTO-1.pptxDETERMINISMO DEL TRABAJO DE PARTO-1.pptx
DETERMINISMO DEL TRABAJO DE PARTO-1.pptxfiorellaanayaserrano
 
Dedo con deformidad en ojal o “boutonnière”
Dedo con deformidad en ojal o “boutonnière”Dedo con deformidad en ojal o “boutonnière”
Dedo con deformidad en ojal o “boutonnière”AdyPunkiss1
 
TRIPtico que es la eda , que lo causa y como prevenirlo
TRIPtico que es la eda , que lo causa y como prevenirloTRIPtico que es la eda , que lo causa y como prevenirlo
TRIPtico que es la eda , que lo causa y como prevenirlorafaelav09
 
Microorganismos presentes en los cereales
Microorganismos presentes en los cerealesMicroorganismos presentes en los cereales
Microorganismos presentes en los cerealesgrupogetsemani9
 
Histologia del sistema respiratorio y sus funciones
Histologia del sistema respiratorio y sus funcionesHistologia del sistema respiratorio y sus funciones
Histologia del sistema respiratorio y sus funcionesCarlosVazquez410328
 
asma bronquial- nuevo enfoque GINA y GEMA
asma bronquial- nuevo enfoque  GINA y GEMAasma bronquial- nuevo enfoque  GINA y GEMA
asma bronquial- nuevo enfoque GINA y GEMAPatriciaCorrea174655
 
Anticoncepcion actualización 2024 según la OMS
Anticoncepcion actualización 2024 según la OMSAnticoncepcion actualización 2024 según la OMS
Anticoncepcion actualización 2024 según la OMSferblan28071
 
1. Anatomía funcional de los organos reproductivos en animales menores
1. Anatomía funcional de los organos reproductivos en animales menores1. Anatomía funcional de los organos reproductivos en animales menores
1. Anatomía funcional de los organos reproductivos en animales menoresAndreaVillamar8
 
ACRONIMO TIMERS TRATAMIENTO DE HERIDAS AVANZADAS
ACRONIMO TIMERS TRATAMIENTO DE HERIDAS AVANZADASACRONIMO TIMERS TRATAMIENTO DE HERIDAS AVANZADAS
ACRONIMO TIMERS TRATAMIENTO DE HERIDAS AVANZADASjuanjosenajerasanche
 
Resumen de tejido Óseo de Histología texto y atlas de Ross.pptx
Resumen de tejido Óseo de Histología texto y atlas de Ross.pptxResumen de tejido Óseo de Histología texto y atlas de Ross.pptx
Resumen de tejido Óseo de Histología texto y atlas de Ross.pptxpatricia03m9
 
Relacion final de ingresantes 23.11.2020 (2).pdf
Relacion final de ingresantes 23.11.2020 (2).pdfRelacion final de ingresantes 23.11.2020 (2).pdf
Relacion final de ingresantes 23.11.2020 (2).pdfAlvaroLeiva18
 
(2024-04-30). ACTUALIZACIÓN EN PREP FRENTE A VIH (PPT)
(2024-04-30). ACTUALIZACIÓN EN PREP FRENTE A VIH (PPT)(2024-04-30). ACTUALIZACIÓN EN PREP FRENTE A VIH (PPT)
(2024-04-30). ACTUALIZACIÓN EN PREP FRENTE A VIH (PPT)UDMAFyC SECTOR ZARAGOZA II
 
Diabetes tipo 2 expo guias ada 2024 apuntes y materal
Diabetes tipo 2 expo guias ada 2024 apuntes y materalDiabetes tipo 2 expo guias ada 2024 apuntes y materal
Diabetes tipo 2 expo guias ada 2024 apuntes y materalf5j9m2q586
 
1 mapa mental acerca del virus VIH o sida
1 mapa mental acerca del virus VIH o sida1 mapa mental acerca del virus VIH o sida
1 mapa mental acerca del virus VIH o sidagsandovalariana
 
Cuadro comparativo de las biomoléculas.pptx
Cuadro comparativo de las biomoléculas.pptxCuadro comparativo de las biomoléculas.pptx
Cuadro comparativo de las biomoléculas.pptx23638100
 
Infarto agudo al miocardio magisterio completa.pptx
Infarto agudo al miocardio magisterio completa.pptxInfarto agudo al miocardio magisterio completa.pptx
Infarto agudo al miocardio magisterio completa.pptxLUISEDUARDOPEREGRINO
 

Último (20)

1. HISTORIA DE LA FISIOTERAPIA EN EL MUNDO.pptx
1. HISTORIA DE LA FISIOTERAPIA EN EL MUNDO.pptx1. HISTORIA DE LA FISIOTERAPIA EN EL MUNDO.pptx
1. HISTORIA DE LA FISIOTERAPIA EN EL MUNDO.pptx
 
Historia Clínica y Consentimiento Informado en Odontología
Historia Clínica y Consentimiento Informado en OdontologíaHistoria Clínica y Consentimiento Informado en Odontología
Historia Clínica y Consentimiento Informado en Odontología
 
TEXTO PRN 8VA ESPAÑOL.pdf reanimacion neonatal
TEXTO PRN 8VA ESPAÑOL.pdf reanimacion neonatalTEXTO PRN 8VA ESPAÑOL.pdf reanimacion neonatal
TEXTO PRN 8VA ESPAÑOL.pdf reanimacion neonatal
 
ANAMNESIS Y EXAMEN FISICO DEL SISTEMA RENAL.pptx
ANAMNESIS Y EXAMEN FISICO DEL SISTEMA  RENAL.pptxANAMNESIS Y EXAMEN FISICO DEL SISTEMA  RENAL.pptx
ANAMNESIS Y EXAMEN FISICO DEL SISTEMA RENAL.pptx
 
DETERMINISMO DEL TRABAJO DE PARTO-1.pptx
DETERMINISMO DEL TRABAJO DE PARTO-1.pptxDETERMINISMO DEL TRABAJO DE PARTO-1.pptx
DETERMINISMO DEL TRABAJO DE PARTO-1.pptx
 
Dedo con deformidad en ojal o “boutonnière”
Dedo con deformidad en ojal o “boutonnière”Dedo con deformidad en ojal o “boutonnière”
Dedo con deformidad en ojal o “boutonnière”
 
TRIPtico que es la eda , que lo causa y como prevenirlo
TRIPtico que es la eda , que lo causa y como prevenirloTRIPtico que es la eda , que lo causa y como prevenirlo
TRIPtico que es la eda , que lo causa y como prevenirlo
 
Microorganismos presentes en los cereales
Microorganismos presentes en los cerealesMicroorganismos presentes en los cereales
Microorganismos presentes en los cereales
 
Histologia del sistema respiratorio y sus funciones
Histologia del sistema respiratorio y sus funcionesHistologia del sistema respiratorio y sus funciones
Histologia del sistema respiratorio y sus funciones
 
asma bronquial- nuevo enfoque GINA y GEMA
asma bronquial- nuevo enfoque  GINA y GEMAasma bronquial- nuevo enfoque  GINA y GEMA
asma bronquial- nuevo enfoque GINA y GEMA
 
Anticoncepcion actualización 2024 según la OMS
Anticoncepcion actualización 2024 según la OMSAnticoncepcion actualización 2024 según la OMS
Anticoncepcion actualización 2024 según la OMS
 
1. Anatomía funcional de los organos reproductivos en animales menores
1. Anatomía funcional de los organos reproductivos en animales menores1. Anatomía funcional de los organos reproductivos en animales menores
1. Anatomía funcional de los organos reproductivos en animales menores
 
ACRONIMO TIMERS TRATAMIENTO DE HERIDAS AVANZADAS
ACRONIMO TIMERS TRATAMIENTO DE HERIDAS AVANZADASACRONIMO TIMERS TRATAMIENTO DE HERIDAS AVANZADAS
ACRONIMO TIMERS TRATAMIENTO DE HERIDAS AVANZADAS
 
Resumen de tejido Óseo de Histología texto y atlas de Ross.pptx
Resumen de tejido Óseo de Histología texto y atlas de Ross.pptxResumen de tejido Óseo de Histología texto y atlas de Ross.pptx
Resumen de tejido Óseo de Histología texto y atlas de Ross.pptx
 
Relacion final de ingresantes 23.11.2020 (2).pdf
Relacion final de ingresantes 23.11.2020 (2).pdfRelacion final de ingresantes 23.11.2020 (2).pdf
Relacion final de ingresantes 23.11.2020 (2).pdf
 
(2024-04-30). ACTUALIZACIÓN EN PREP FRENTE A VIH (PPT)
(2024-04-30). ACTUALIZACIÓN EN PREP FRENTE A VIH (PPT)(2024-04-30). ACTUALIZACIÓN EN PREP FRENTE A VIH (PPT)
(2024-04-30). ACTUALIZACIÓN EN PREP FRENTE A VIH (PPT)
 
Diabetes tipo 2 expo guias ada 2024 apuntes y materal
Diabetes tipo 2 expo guias ada 2024 apuntes y materalDiabetes tipo 2 expo guias ada 2024 apuntes y materal
Diabetes tipo 2 expo guias ada 2024 apuntes y materal
 
1 mapa mental acerca del virus VIH o sida
1 mapa mental acerca del virus VIH o sida1 mapa mental acerca del virus VIH o sida
1 mapa mental acerca del virus VIH o sida
 
Cuadro comparativo de las biomoléculas.pptx
Cuadro comparativo de las biomoléculas.pptxCuadro comparativo de las biomoléculas.pptx
Cuadro comparativo de las biomoléculas.pptx
 
Infarto agudo al miocardio magisterio completa.pptx
Infarto agudo al miocardio magisterio completa.pptxInfarto agudo al miocardio magisterio completa.pptx
Infarto agudo al miocardio magisterio completa.pptx
 

La investigación con datos de salud en la nueva LOPD: avances e insuficiencias

  • 1. UIMP La investigación con datos de salud en la nueva LOPD: avances e insuficiencias Barcelona, 8 -7- 2019
  • 2. DERECHOS ENFRENTADOS Derecho fundamental a la protección de datos personales y autonomía del sujeto (consentimiento informado). Libertad de investigación científica (derecho fundamental: art. 20.1.b CE -creación científica-). Ninguno de los derechos enfrentados son absolutos: admiten limitaciones a fin de proteger otros valores o bienes. Se trata de armonizarlos: fomento de la investigación sanitaria y biomédica, pero sobre los principios de integridad de la persona y respeto de su dignidad.
  • 3. EL TRATAMIENTO DE DATOS DE SALUD: RGPD: NOVEDADES EN EL ÁMBITO DE LA INVESTIGACIÓN
  • 4. DATOS DE SALUD -Concepto amplio de datos de salud (considerando 35) -Especialmente protegidos: prohibición de tratamiento. No obstante, permite su tratamiento en diversos supuestos (bases jurídicas) enumerados en el art. 9.2. -Bases jurídicas para el tratamiento (licitud): novedad: saltamos de un sistema en el que el consentimiento era la única base jurídica del tratamiento, conformándose el resto de las bases jurídicas como excepciones al consentimiento (artículos 6 y 11 LOPD 1999), a un sistema en el que existen diferentes bases jurídicas (artículos 6.1 y 9.2 RGPD), todas ellas del mismo valor, entre las que el consentimiento es una base jurídica más, pero no de más valor.
  • 5. BASE JURÍDICA: INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA ARTÍCULO 9.2. j): el tratamiento es necesario con fines de investigación científica de conformidad con el artículo 89, apartado 1, sobre la base del Derecho de la Unión o de los Estados miembros, que debe ser proporcional al objetivo perseguido, respetar en lo esencial el derecho a la protección de datos y establecer medidas adecuadas y específicas para proteger los intereses y derechos fundamentales del interesado.
  • 6. INVESTIGACIÓN: GARANTÍAS Artículo 89.1 y 2 y considerando 156: - Disponer e implementar las medidas técnicas y organizativas que garanticen el respeto al principio de minimización de los datos personales: el artículo 5.1.c) perfila el principio al establecer que los datos serán adecuados, pertinentes y limitados a lo necesario en relación con los fines para los que fueron tratados. - El tratamiento ulterior de datos personales solamente se efectuará cuando el responsable del tratamiento haya evaluado la viabilidad de cumplir esos fines mediante un tratamiento de datos que no permita identificar a los interesados, como la seudonimización. - Posibilidad de establecer excepciones a los derechos contemplados en los artículos 15, 16, 18, y 21, siempre que esos derechos puedan imposibilitar u obstaculizar gravemente el logro de los fines científicos y cuanto esas excepciones sean necesarias para alcanzar esos fines.
  • 7. INVESTIGACIÓN: EXCEPCIONES A LOS DERECHOS DE LOS INTERESADOS RGPD: art. 14.5.b) y considerando 62: información cuando los datos no se obtienen del interesado: exime del deber de información cuando resulte imposible o suponga un esfuerzo desproporcionado, o imposibilite u obstaculice gravemente el logro de los objetivos. RGPD: artículo 17.3: derecho al olvido: no se aplicará cuando el tratamiento sea necesario por razones de interés público en el ámbito de la salud pública de conformidad con el artículo 9, apartado 2, letras h) e i) y apartado 3; y cuando se realice con fines de investigación científica de conformidad con el artículo 89, apartado 1, en la medida en que el derecho al olvido pudiera hacer imposible u obstaculizar gravemente el logro de los objetivos de dicho tratamiento. RGPD: art. 89.2: permite establecer excepciones a los derechos contemplados en los artículos 15, 16, 18, y 21, siempre que sea probable que esos derechos imposibiliten u obstaculicen gravemente el logro de los fines científicos y cuanto esas excepciones sean necesarias para alcanzar esos fines. LOPD: disp. adic. decimoséptima e): excepciones.
  • 8. TRATAMIENTO DE DATOS DE SALUD ¿CAMBIO DE PARADIGMA? Considerando 4: “El tratamiento de datos personales debe estar concebido para servir a la humanidad. El derecho a la protección de los datos personales no es un derecho absoluto sino que debe considerarse en relación con su función en la sociedad y mantener el equilibrio con otros derechos fundamentales, con arreglo al principio de proporcionalidad.” Considerando 53: las categorías especiales de datos personales que merecen mayor protección únicamente deben tratarse con fines relacionados con la salud cuando sea necesario para lograr dichos fines en beneficio de las personas físicas y de la sociedad en su conjunto. Introducción de la técnica de la seudonimización (art. 89.1) y del consentimiento amplio (considerando 33). EL DATO DE SALUD DEJA DE SER PERCIBIDO COMO UN DATO ESTRICTAMENTE PERSONAL Y EMPIEZA A COBRAR SENTIDO COMO VERDADERO PATRIMONIO DE LA HUMANIDAD.
  • 9. GARANTÍAS: SEGURIDAD DE LOS DATOS - Reglas generales de seguridad (art. 32) - Responsabilidad proactiva (art.5.2 y 24) - Minimización de los datos (art. 5.1.c) y 89.1) - Limitación plazo de conservación: excepción para la investigación (art. 5.1.e) - Seudonimización (art. 89.1) - Evaluación de impacto de riesgo (art. 35 RGPD y disp. adic. 17 2.f) LOPD) - Delegado de protección de datos (LOPD: art. 34): entidades o centros obligados: Institutos de Investigación Sanitaria y Fundaciones: las actividades principales del responsable o del encargado consistan en el tratamiento a gran escala de categorías especiales de datos personales con arreglo al artículo 9. - Secreto profesional: (art. 9.3)
  • 10. RGPD: COMPLEMENTACIÓN POR LA LEGISLACIÓN NACIONAL
  • 11. RGPD Y LEGISLACIÓN DE LOS ESTADOS MIEMBROS: COMPLEMENTO NECESARIO. El RGPD tiene vocación de Directiva en lugar de Reglamento (considerando 10 in fine). Art. 9.2. apartados h, i, j: remite al legislador de los Estados miembros la elaboración del régimen jurídico del tratamiento. Materias a regular por remisión expresa del RGPD: - Condiciones adicionales y limitaciones al tratamiento de datos (art. 9.4) - Medidas adecuadas y específicas para proteger los derechos del interesado (art. 9.2. i, j) - Secreto profesional y sus excepciones (considerandos 53 y 164, art. 9.2 h y 9.3). - Excepciones a los derechos de los interesados en función de los fines científicos que cada legislador considere deban salvaguardarse (art. 89.2).
  • 13. APARTADO 1 LEGISLACIÓN SANITARIA COMPATIBLE CON EL RGPD 1. Se encuentran amparados en las letras g), h), i) y j) del artículo 9.2 del Reglamento (UE) 2016/679 los tratamientos de datos relacionados con la salud y de datos genéticos que estén regulados en las siguientes leyes y sus disposiciones de desarrollo: a) La Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. b) La Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales. c) La Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. d) La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. e) La Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. f) La Ley 14/2007, de 3 de julio, de Investigación biomédica. g) La Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública. h) La Ley 20/2015, de 14 de julio, de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. i) El texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de medicamentos y productos sanitarios, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2015, de 24 de julio. j) El texto refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2013 de 29 de noviembre.
  • 14. APARTADO 2 IDENTIFICACIÓN DE LA INVESTIGACIÓN: cierta confusión. 2. El tratamiento de datos en la investigación en salud (acorde con cap. IV de la LCCSNS) se regirá por los siguientes criterios: Letras: a), e) Investigación en salud (general) y, en particular (específico), la biomédica. Redundancia. ¿Es de menor valor la investigación observacional? c) Investigación en materia de salud y biomédica. d), f) y g) Investigación en salud pública y, en particular, la biomédica: ¿queda excluida, por ejemplo, la investigación en salud laboral aunque ambas se basan en el método epidemiológico?
  • 15. CONCEPTO DE INVESTIGACIÓN CIENTÍFICA Cesión y uso de datos para investigación: ¿para qué tipo de investigaciones? El RGPD y la LOPD no definen lo qué sea investigación científica a efectos del régimen que diseñan para el tratamiento de los datos. ¿Cualquier investigación hecha por cualquiera puede acogerse a las ventajas y excepciones de este régimen? SESPAS propone limitar la cesión de datos a los proyectos incluidos en el Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica, conforme al marco del art. 45 LCCSNS. El proyecto PADRIS ha optado por no ceder datos a instituciones privadas.
  • 16. APARTADO 2, letra a) Regla general: art. 6.2 LOPD: consentimiento específico para cada una de las finalidades del tratamiento. Excepción: consentimiento amplio: El interesado o, en su caso, su representante legal podrá otorgar el consentimiento para el uso de sus datos con fines de investigación en salud y, en particular, la biomédica. Tales finalidades podrán abarcar categoría relacionadas con áreas generales vinculadas a una especialidad médica o investigadora. Apto para investigación observacional y con muestras biológicas, no para investigación experimental invasiva
  • 17. APARTADO 2. letra b) 2.b) Las autoridades sanitarias e instituciones públicas con competencias en vigilancia de la salud pública podrán llevar a cabo estudios científicos sin el consentimiento de los afectados en situaciones de excepcional relevancia y gravedad para la salud pública. AEPD: informe gabinete jurídico 2018-0121: cesión entre administraciones sin consentimiento: por razones imprescindibles para la tutela de la salud pública o en situaciones de excepcional relevancia o gravedad para la salud pública. Ley 40/2015, RJSP: art. 155: obligación genérica de transmisión de datos entre administraciones públicas: amparo en el art. 6.c) RGPD: solo aplicable a los datos no sensibles.
  • 18. APARTAD0 2. letra c) REUTILIZACIÓN - No añade “o el proceso asistencial” ¿excluidos datos obtenidos para asistencia? Sí: en línea con art. 5. 2 y 3 LIB. - La reutilización lo es sin consentimiento (disp. final novena LOPD), pero circunscrita a los datos utilizados en el estudio inicial, no a todos los de la historia clínica. - Obligación de publicar la información establecida por el artículo 13 del RGPD y notificar la existencia de esta información por medios electrónicos a los afectados. PROBLEMA: cuando el número de participantes es tan alto que dificulta enormemente o hace prácticamente imposible que los investigadores se pongan en contacto directo con ellos: solución: RGPD: artículo 14.5.b y considerando 62. - Informe previo favorable CEI. - Disposición transitoria sexta (datos recogidos con anterioridad a la entrada en vigor de la LOPD).
  • 19. APARTAD0 2. letra c) PROGRAMA PADRIS de Cataluña: a) cesión masiva de historias clínicas desde los centros y hospitales a AQUAS sin consentimiento y sin anonimizar: no hay amparo legal: no sirve el 2.c) ni el 155 LRJSP. Contrario al art. 16.3 LBAP y 5.2 LIB. b) reutilización en cualquier investigación pública: por defecto, todas las personas son donantes de sus datos, salvo que expresamente se opongan: consentimiento tácito proscrito por el RGPD. No encaja en el 2.c). Crítica de Itziar de Lecuona.
  • 20. APARTADO 2. letra c) Reutilización: otras excepciones al consentimiento ¿Estudios observacionales con datos de registros, que tengan interés general (valor social indudable) y que solo se pueda llevar a cabo con identificación y sin consentimiento ya que su obtención sería impracticable, excesivamente costosa o exija un esfuerzo desproporcionado? Parece que no encajan en esta letra. ¿aplicación art. 58 LIB por analogía?
  • 21. APARTADO 2. letra d) SEUDONIMIZACIÓN: RGPD: introduce la seudonimización, que en su artículo 4 la define como: El tratamiento de datos personales de manera tal que ya no puedan atribuirse a un interesado sin utilizar información adicional, siempre que dicha información adicional figure por separado y esté sujeta a medidas técnicas y organizativas destinadas a garantizar que los datos personales no se atribuyan a una persona física identificada o identificable. Ventajas: a) disminuye el riesgo y el control de riesgos; b) permite tratamiento de datos sin consentimiento; c) impide la repetición de datos; d) posibilita la reidentificación. Los datos anonimizados no son considerados por el RGPD “datos personales”, los datos seudonimizados sí los son. El considerando 26 del RGPD señala que: “Los datos personales seudonimizados, que cabría atribuir a una persona física mediante la utilización de información adicional, deben considerarse información sobre una persona física identificable”.
  • 22. APARTADO 2. letra d) Se considera lícito el uso de datos personales seudonimizados con fines de investigación en salud y, en particular, biomédica. El uso de datos personales pseudonimizados con fines de investigación en salud pública y biomédica requerirá: 1º Una separación técnica y funcional entre el equipo investigador y quienes realicen la seudonimización y conserven la información que posibilite la reidentificación. 2º Que los datos seudonimizados únicamente sean accesibles al equipo de investigación cuando: i) exista un compromiso expreso de confidencialidad y de no realizar ninguna actividad de reidentificación; ii) se adopten medidas de seguridad específicas para evitar la reidentificación y el acceso de terceros no autorizados. Podrá procederse a la reidentificación de los datos en su origen, cuando con motivo de una investigación que utilice datos seudonimizados, se aprecie la existencia de un peligro real y concreto para la seguridad o salud de una persona o grupo de personas, o una amenaza grave para sus derechos o sea necesaria para garantizar una adecuada asistencia sanitaria. REIDENTIFICACIÓN: Exclusivamente por razones asistenciales, no del buen fin de la investigación. La investigación que sea menos efectiva o no posible sin datos identificativos ¿queda excluida?
  • 23. BIG DATA Y PROTECCIÓN DATOS DE SALUD El RGPD no regula el tratamiento con técnicas Big Data. Tampoco lo hace la LOPD. Reglas a seguir según RGPD: a) Responsabilidad proactiva: criterios de seguridad del art. 32; CEI e integración del DPD. b) Protección desde el diseño: buenas prácticas y evaluación de impacto de riesgo. c) Consentimiento informado, o d) Anonimización o seudonimización. (Federico de Montalvo: la seudonimización es la gran aportación del RGPD a la tecnología big data) e) Minimización de los datos: los datos estrictamente necesarios (art. 25.2): principio poco compatible con la tecnología big data. AEPD: Código buenas prácticas para proyectos big data.
  • 24. APARTADO 2. letra e) EXCEPCIONES A LOS DERECHOS ARCO Cuando se traten datos personales con fines de investigación en salud, y en particular la biomédica, a los efectos del artículo 89.2 del RGPD, podrán excepcionarse los derechos de los afectados previstos en los artículos 15, 16, 18 y 21 del RGPD cuando: 1º Los citados derechos se ejerzan directamente ante los investigadores o centros de investigación que utilicen datos anonimizados o seudonimizados. 2º El ejercicio de tales derechos se refiera a los resultados de la investigación. 3º La investigación tenga por objeto un interés público esencial relacionado con la seguridad del Estado, la defensa, la seguridad pública u otros objetivos importantes de interés público general, siempre que en este último caso la excepción esté expresamente recogida por una norma con rango de Ley.
  • 25. APARTADO 2. letra f) GARANTÍAS MÍNIMAS: concreción art. 32 RGPD Cuando conforme a lo previsto por el artículo 89 del RGPD, se lleve a cabo un tratamiento con fines de investigación en salud pública y, en particular, biomédica, se procederá a: 1º Realizar una evaluación de impacto que determine los riesgos derivados del tratamiento en los supuestos previstos en el artículo 35 del RGPD o en los establecidos por la autoridad de control. Esta evaluación incluirá de modo específico los riesgos de reidentificación vinculados a la anonimización o seudonimización de los datos. 2º Someter la investigación científica a las normas de calidad y, en su caso, a las directrices internacionales sobre buena práctica clínica. 3º Adoptar, en su caso, medidas dirigidas a garantizar que los investigadores no acceden a datos de identificación de los interesados. 4º Designar un representante legal establecido en la Unión Europea, conforme al artículo 74 del Reglamento (UE) 536/2014, si el promotor de un ensayo clínico no está establecido en la Unión Europea. Dicho representante legal podrá coincidir con el previsto en el artículo 27.1 del RGPD.
  • 26. APARTADO 2. letras g) y h) REFUERZA EL PAPEL DE LOS CEI EN LO QUE HACE AL TRATAMIENTO DE DATOS g): El uso de datos personales seudonimizados con fines de investigación en salud pública y, en particular, biomédica deberá ser sometido al informe previo del comité de ética de la investigación previsto en la normativa sectorial. En defecto de la existencia del mencionado Comité, la entidad responsable de la investigación requerirá informe previo del delegado de protección de datos o, en su defecto, de un experto con los conocimientos previos en el artículo 37.5 del Reglamento (UE) 2016/679. h): En el plazo máximo de un año, los comités de ética de la investigación, en el ámbito de la salud, biomédico o del medicamento, deberán integrar entre sus miembros un delegado de protección de datos o, en su defecto, un experto con conocimientos suficientes del RGPD cuando se ocupen de actividades de investigación que comporten el tratamiento de datos personales o de datos seudonimizados o anonimizados.
  • 27. HACIA UNA LEY ESPECÍFICA DE PROTECCIÓN DE DATOS DE SALUD Insuficiencia de la actual legislación La legislación sanitaria es muy escasa en contenidos en lo relativo al tratamiento de datos de salud; de ahí que el Anteproyecto de LOPD: disp. adic. novena: contenía un mandato al Gobierno de elaborar una ley específica sobre protección de datos de salud. RGPD y LOPD: incorporan conceptos abiertos necesitados de una ley específica que los determine. Documento SESPAS de valoración LOPD/2018.