2. Cobertura de la base de datos
Contempla los siguientes instrumentos legales:
• Códigos de salud/sanitarios
• Leyes
• Decretos
• Decretos leyes
• Reglamentos
• Regulaciones y/o sus denominaciones equivalentes
Incluye asimismo las disposiciones constitucionales
referidas a la salud y aspectos conexos con ella, y los
tratados internacionales (multilaterales / bilaterales)
ratificados por el país.
3. Cobertura Temática
Contempla Salud en su concepto amplio y connotación
multisectorial. Es decir,
“como un estado de completo bienestar físico, mental y
social, y no solamente la ausencia de afecciones o
enfermedades”.
(Constitución e la Organización Mundial de la Salud, Principios Básicos)
4. Cobertura Temática
Debe considerarse que la comunidad de usuarios de la base
de datos. Incluye los tomadores de decisión y gerentes y
profesionales no solo del área de salud propiamente dicha,
sino de todas aquellas que contribuyen al logro de ella
como derecho humano y parte integrante del proceso de
desarrollo económico y social.
En la actualidad, la utilidad de la base de datos se
incrementa al permitir hacer el seguimiento de la
normativa que los países han emitido para el logro de
los ODS (Objetivosde Desarrollo Sostenible).
5. Cobertura Temática
Los límites para la cobertura temática son amplios y, por lo
tanto, debe incorporar todos aquellos aspectos que se
refieran a la salud en el contexto de la OMS. Deben
considerarse entonces normas jurídicas relevantes a la
eliminación de las desigualdades en salud, como por
ejemplo, aquellas que crean programas de eliminación de
la pobreza con componentes de salud, o las que
establezcan reglas para el intercambio internacional de
bienes,productos y servicios de salud, por ejemplo.
6. Cobertura Cronológica
• Legislación producida a partir de 1978.
• Preferencia al procesamiento de material más reciente
para contribuir para la actualidad de la base de datos,
con excepción de las Constituciones, Códigos y Leyes
Generales de Salud cuya promulgación sea anterior a
esa fecha.
• Las bases de datos nacionales o temáticas podrán incluir
documentos de fechas anteriores, en acuerdo a los
criterios de selección propios.
7. Cobertura Geográfica
Incluye instrumentos jurídicos promulgados en los
países de la América Latina y el Caribe de habla
inglesa, con base en su nivel (nacional,
estadual/provincial, municipal). El foco de la base
Regional es preferentemente la legislación nacional,
pero la legislación estadual/provincial y municipal
también puede constar y ser recuperada.
9. https://fi-admin.bvsalud.org/
La creación de usuarios y perfiles en el
FI-Admin es administrada en el sistema
BIREME Accounts y es realizada por
BIREME o por los coordinadores de
bases bibliográficas
10. Usuários
Documentalista
• Crear registros de legislación
• Borrarregistros creadas porél
• Editarregistros creadas por él y/o porlos usuarios de su Centro Cooperante (con estado de borrador)
• Publicarsu registros y/o de usuarios de su Centro Cooperante
• No puede modificarlos registros ya publicados
Editor
• Crear registros de legislación
• Borrar registros creadas porél
• Editarcualquier registros de la base de datos
• Cambiarel estado de cualquier registros de la base de datos
Administrador
• Disponible sólo para usuarios internos de BIREME
11.
12.
13. Busque por numero del acto o id del registro ("id:38368")
<Tipo del acto> Nº <Número del acto> - <Fecha de emisión>
14. Búsqueda en los campos <Número del acto>, <Título> y <Denominación>
17. • Relacionado - Registros que fueron creados de la pestaña "relación" de otro registro, y que contiene
sólo metadatos básicos.
• Borrador (default) - Registro enviado por un documentalista para conferencia por el editor. No
aparece en el plugin.
• Publicado - Registro verificado por el editor y disponible para búsqueda en el plugin.
• Rechazado - Registro publicado, pero no se ajusta a los criterios de la base (poner justificación en el
campo <Notas>).
• Borrado - Registro publicado, pero que, por alguna razón externa, dejó de existir, no siendo posible
recuperarlo más, o que estaba duplicado (poner justificación en el campo <Notas>).
18. • Llenado obligatorio;
• Todos los demás campos controlados
se definirán a partir de esta opción.
19.
20. • Llenado obligatorio, lista predefinida por
el país o Centro;
• Adoptar el nombre del instrumento
jurídico tal cual aparece en la
publicación oficial.
21.
22. • Seleccionar la opción "Revisado" para registros que ya
pasaron por un proceso de revisión de sus datos.
• El país o Centro es responsable por la revisión de los
datos.
23. • Llenado esencial;
• Código alfanumérico utilizado por el órgano promulgador para
identificar el instrumento jurídico;
• Registrar el código de identificación en la forma en que aparece en
el documento;
• Caso el código venga acompañado de una sigla, se debe incluir esta
sigla sólo si haga parte esencial del número;
• Omitir los ceros iniciales del número.
24.
25. • Llenado esencial;
• Forma pela cual un legislador identifica un determinado
instrumento jurídico, y que hace que este pase a ser
reconocido por este nombre o título e no por su
numeración.
26.
27. • Forma por la cual un legislador individualiza un determinado instrumento
jurídico, haciendo con que este pase a ser reconocido por este nombre o
título y no por su numeración. Esta forma también ocurre cuando grupos de
una sociedad dan un apodo a un instrumento jurídico, lo cual crea un
nombre consensual.
• Utilizar este campo para indicar:
• la denominación de un código o reglamento aprobado, reglamentado o
instituido por el instrumento jurídico y que sigue en anexo a este;
• el instrumento jurídico que es la propia Constitución del país;
• el apodo de un instrumento jurídico que se hace consensual por el uso.
34. • Nivel geográfico (alcance) del instrumento jurídico;
• Seleccionar apenas uno de los elementos de la lista.
35.
36. • Llenado esencial, listas predefinidas de acuerdo con el país
previamente seleccionado;
• (1) Nombre del estado (o provincia) del nivel geográfico del
instrumento jurídico;
• (2) Nombre del municipio del nivel geográfico del instrumento
jurídico.
(1)
(2)
37.
38. • Grupo de nivel geográfico que promulgó el instrumento
jurídico;
• Llenar este campo solamente cuando el instrumento jurídico
sea de nivel geográfico internacional, como en el caso de
los mercados económicos comunes y grupos de integración.
39.
40. • Lista predefinida por el país o Centro;
• Nombre de la fuente publicadora del
instrumento jurídico.
41.
42. • Código alfanumérico que corresponde a la mayor subdivisión
de una serie, pudiendo aparecer bajo la denominación de
volumen, año o tomo;
• Registrar el volumen como se presenta en la fuente (signos
arábicos o romanos);
• Omitir información en este campo en el caso de
publicaciones seriadas que no incluyen indicación clara
sobre el volumen.
43. • Código alfanumérico secuencial que identifica cada una de
las partes de una serie en un volumen, pudiendo aparecer
con la denominación de número y edición;
• Registrar como se presenta en la fuente (signos arábicos o
romanos);
• Habiendo informaciones complementarias tales como:
número especial, número conmemorativo o suplemento,
registrarlas después del número del fascículo, separado por
coma y sin espacio.
44. • Números inicial y final de las páginas en que se encuentra el documento;
• Registrar el número inicial y el número final en los campos
correspondientes en la forma que aparece en el documento;
• Para documento que consta en una única página, registrar el número de la
página como inicial y como final;
• Para artículos publicados en más de un idioma en la misma unidad física,
se debe considerar el número total de páginas, incluyendo las versiones
de todos los idiomas;
• Para los documentos que estuvieren en formato electrónico, el llenado de
este campo es opcional.
45. • Fecha de emisión del instrumento jurídico, incluso la fecha de sanción;
• Para el año utilizar siempre los cuatro dígitos, omitiendo la puntuación de
millar.
• Fecha de publicación del instrumento jurídico;
• Para el año utilizar siempre los cuatro dígitos, omitiendo la puntuación de
millar.
46. Para completar los campos de fecha,
puede escribir y verificar si la fecha es
correcta o puede usar el asistente.
Si usa el asistente, elegir:
1) Año
2) Més
3) Día
47.
48. • Lista predefinida por el país o
Centro;
• Nombre del órgano responsable por
la promulgación del instrumento
jurídico.
49.
50.
51.
52. Llenar con los datos relativos al inicio de vigencia de un
instrumento jurídico.
Datos que se refieren a un período determinado de vigencia de un
instrumento jurídico (Ej. Este decreto entrará en vigor 45 días
después de la fecha de suya publicación).
53.
54. Corresponde al resumen del objeto de la norma,
permitiendo la identificación de su contenido, aparece
al principio del documento.
55.
56. En caso de que el documentalista note la necesidad
de complementar la ementa oficial o éste no exista en
el documento que se está registrando.
57. Todas las demás notas complementarias que puedan
considerarse necesarias.
58. INDIZACIÓN
Sepa más en: https://www.youtube.com/playlist?list=PLZkQ-JIKvi_0mmXi5YzmTq5t0FYy0iaeY
59. En términos generales, la
cobertura temática está expresa
en la Categoría SP9 (Derecho
Sanitario) del DeCS -
Descriptores en Ciencias de la
Salud
CategoríaSP9 de
DeCS
60. • Hacer clic en el área de los descriptores para abrir la caja de
búsqueda e identificar los descriptores y calificadores para utilizar;
• Definir si los descriptores serán primarios o secundarios
seleccionando el ítem "Primário";
• Añadir tantos descriptores cuanto necesario para describir el
contenido del documento.
61. • Descriptores extraídos del DeCS para representar el
contenido temático del documento. Se considera
descriptores primarios aquellos escogidos como más
significativos para representar el contenido temático de
un documento;
• Registrar todos los descriptores necesarios para la
descripción del contenido temático del documento.
62. • Descriptores extraídos del DeCS para representar el
contenido temático del documento. Se considera
descriptores secundarios aquellos escogidos como
menos significativos para la representación del
contenido temático del documento;
• Registrar todos los descriptores necesarios para la
descripción del contenido temático del documento.
63. • Nombre(s) de institución(es)/departamento(s) a que se refiere el
instrumento jurídico;
• Registrar el nombre de la institución/departamento, utilizando
también la sigla cuando la institución fuera conocida por esta;
• Observe que la institución jerárquicamente superior ya estará
indicada en el campo para órgano emisor del instrumento jurídico,
por lo tanto no existe la necesidad de repetir el dato en el campo.
64. Si la red con la cual contribuye utilice otro glosario o
vocabulario controlado además del DeCS, registrar en este
campo los términos. Por ejemplo, puede ser utilizado para
registrar descriptores de: Tesauro del Ministerio de la
Salud, Terminología en Psicología.
65. • Descriptores geográficos que no constan en DeCS. Se consideran
descriptores geográficos aquellos escogidos para representar áreas
geográficas específicas a las cuales se refiere el instrumento jurídico;
• Distinguir las informaciones sobre contenido geográfico del instrumento
jurídico de aquellas que se refieren al alcance geográfico del mismo. Por
ejemplo: un instrumento jurídico de Alcance geográfico nacional, producido
por Brasil, puede tratar específicamente de la protección ambiental del
área ecológica de Amazonas;
• Ejemplos: Región Andina, Región Amazónica
67. Cargar el texto completo del artículo en formato PDF en el servidor de
FI-Admin o incluir el enlace para el texto completo del artículo disponible
en el Internet y elegir idioma según el documento.
70. Con el fin de permitir la navegación entre los registros de instrumentos
jurídicos relacionados entre sí, se registran como enlaces de hipertexto
los siguientes datos:
• Modificaciones del Instrumento Jurídico
• Instrumento(s)Jurídico(s) Relacionado(s)
• Reglamentación del Instrumento Jurídico
• Derogaciones del InstrumentoJurídico
71. Si el instrumento jurídico que necesita realizar la relación aún no ha sido
registrado en Fi-Admin, haga clic en "Crear nueva legislación".
72. • Si el instrumento jurídico que necesita realizar la relación aún no ha sido
registrado en Fi-Admin, haga clic en "Crear nueva
legislación", cumplimentar los campos mínimos (Tipo del acto, Número
del acto, Fecha de emisión y Denominación);
• Esta nueva legislación generará un nuevo registro que aparecerá con el
estado "Relacionado" y que podrá ser completado en el futuro.