Disposiciones Reglamentarias relacionadas a la emergencia sanitaria COVID-19Decreto Nro. 3.546/2020 HACE RELACION A: Trabajadores empleados del sector privado
Elaborado por Alianza Consultores y Peroni, Sosa, Telechea, Burt & Narvaja.
Fecha de la Norma: 21-04-2020
2. Decreto Nro. 3.546/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR EL CUAL SE REGLAMENTA EL ARTÍCULO 46 DE LA LEY N° 6524, DE
FECHA 26 DE MARZO DE 2020, “QUE DECLARA ESTADO DE
EMERGENCIA EN TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DEL
PARAGUAY ANTE LA PANDEMIA DECLARADA POR LA ORGANIZACIÓN
MUNDIAL DE LA SALUD A CAUSA DEL COVID-19 O CORONA VIRUS Y
SE ESTABLECEN MEDIDAS ADMINISTRATIVAS, FISCALES Y
FINANCIERAS”.
Vinculo: https://www.leyes.com.py/decreto/2020/3546/50370/?a=2020
Trabajadores empleados del sector privado
Fecha de la Norma: 21-04-2020
En el marco de la Emergencia Sanitaria el Ministerio de Hacienda
transferirá fondos al IPS para:
• Subsidios por reposos por COVID-19 diagnosticados y/o confirmados.
• Compensación económica de los trabajadores afectados por la cesación o
suspensión de actividades económicas relacionadas con la pandemia de COVID-
19.
Sujetos de este Decreto empleados que hayan sido suspendidos o cesados
según el Registro del IPS y beneficiados por la presente normativa con
compensación económica y estos serán:
1. Los cotizantes activos del régimen general.
2. Los trabajadores domésticos.
Importe a compensar del 50% de hasta dos salarios mínimos mientras dure la
suspensión de actividades.
Entraran en el computo todos los empleados cotizantes y domésticos que sus
empresas hayan solicitado suspensión de actividades desde el 9 de marzo de
2020, fecha en la cual entró en vigencia el Decreto N° 3442/2020.
Para el cálculo del subsidio por enfermedad con diagnóstico de COVID- 19, para
los trabajadores cotizantes activos se aplicarán las mismas reglas de
accesibilidad establecidas en el Artículo 32 del Decreto-Ley N° 1860/1950.
A los cotizantes activos afectados con confirmación de la enfermedad COVID 19,
le serán aplicables las disposiciones contenidas en el Artículo 82 del Decreto Ley
N° 1860/1950.
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Cotizante General de IPS.
3. Resolución General Nro. 51/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR LA CUAL SE AMPLÍA LA VIGENCIA DE LA RESOLUCIÓN
GENERAL N° 48/2020 Y SE PRORROGAN DE MANERA
EXCEPCIONAL LOS PLAZOS PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS
ESTADOS FINANCIEROS Y DEL INVENTARIO DE PRODUCTOS
AGROQUÍMICOS.
Vinculo: https://www.leyes.com.py/resolucion/2020/51/50363/?td=10&a=2020
Tramites Administrativos e Impuestos
Fecha de la Norma: 13-04-2020
1) Extender excepcionalmente los trámites administrativos ante la SET,
hasta tanto el Gobierno Nacional disponga el fin del aislamiento
preventivo general. Ej.: Cancelación de RUC , Desbloqueo, Inscripción
en el RUC etc.
2) Disponer de manera excepcional la prórroga del plazo para la
presentación de los Estados Financieros de los contribuyentes del
IRACIS e IRAGRO que liquidan el Impuesto por el Régimen General,
conforme al siguiente cuadro:
3) Excepcionalmente, la presentación del inventario de los productos
agroquímicos en existencia al 31 de diciembre de 2019 se realizará en
el mes de julio de 2020.
El referido inventario deberá presentarse conforme al Calendario de
Vencimientos de Declaraciones Juradas Informativas.
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
- Contribuyentes en General
- Agentes de información de la SET
4. Decreto Nro. 3.529/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR EL CUAL SE MODIFICA, EN FORMA PARCIAL, EL ANEXO AL
DECRETO N° 6655 DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2016 Y SUS DECRETOS
MODIFICATORIOS; Y SE AMPLÍA LA NÓMINA DE PRODUCTOS
BENEFICIADOS POR EL DECRETO N° 3477 DEL 20 DE MARZO DE 2020,
«POR EL CUAL SE DISPONE UN RÉGIMEN ESPECIAL EN EL IMPUESTO AL
VALOR AGREGADO (IVA) SOBRE DETERMINADOS PRODUCTOS
SENSIBLES, EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA EPIDEMIOLÓGICA».
Vinculo: https://www.leyes.com.py/decreto/2020/3529/50362/?td=4&a=2020
Aranceles de importación e Impuestos Locales
Fecha de la Norma: 13-04-2020
Ampliación de fecha para aplicar el arancel preferencial y base
imponible del IVA HASTA EL 30/09/2020 de determinados productos
hospitalarios.
1) Establécese, excepcionalmente, que la aplicación de los niveles
arancelarios que constan en el Anexo al presente Decreto tendrán
vigencia a partir de la fecha de su promulgación hasta el 30 de
setiembre de 2020.
2 Dispóngase que el Régimen Especial del Impuesto al Valor Agregado
(IVA), previsto en el Decreto N° 3477 del 20 de marzo de 2020, será
aplicable en la importación y comercialización de los productos
indicados en el Anexo al presente Decreto.
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Contribuyentes importadores de dichos productos.
5. Resolución General Nro. 50/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR LA CUAL SE SIMPLIFICA LA INSCRIPCIÓN EN EL RUC DE
LAS EMPRESAS UNIPERSONALES QUE OPTEN POR
ACOGERSE AL RÉGIMEN SIMPLIFICADO PARA PEQUEÑAS
EMPRESAS (RESIMPLE).
Vinculo: https://www.leyes.com.py/resolucion/2020/50/50349/?td=10&a=2020
Impuestos
Fecha de la Norma: 07-04-2020
1- Se establece un procedimiento simplificado para la inscripción en el
RUC de las Micro y Pequeñas empresas Unipersonales en el IRE Re
Simple.
2- Para el efecto se habilita el formulario N° 601 «Solicitud de
Inscripción en el RUC al IRE RESIMPLE» disponible en la página WEB de
la SET.
3- Se adjunta a la solicitud en PDF Cedula de Identidad Vigente en
formato PDF y factura de servicios públicos o extractos bancarios o de
cooperativas, liquidación del Impuesto Inmobiliario, contrato de
alquiler u otros documentos donde conste la ubicación del domicilio.
4- La fecha del envío de la «Solicitud de Inscripción en el RUC al IRE
RESIMPLE» será considerada como fecha de inicio de actividades, así
como de la obligación con código 702 – IRE RESIMPLE.
5- La SET convocará gradualmente a los contribuyentes para que estos
se acerquen dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la
convocatoria a las Oficinas de la SET a fin de presentar las
documentaciones físicas señaladas en el artículo 3° de esta Resolución,
suscribir la Solicitud de Inscripción en el RUC al IRE RESIMPLE, así como
el Acta de Manifestación de Voluntad para la obtención de la Clave de
Acceso Confidencial de Usuario.
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Contribuyentes del IRE Re Simple.
6. Decreto Nro. 3.513/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR EL CUAL SE PRORROGA POR EL TÉRMINO DE SESENTA (60) DÍAS CORRIDOS EL PLAZO
ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 3º DEL DECRETO N° 3468, DEL 18 DE MARZO DEL 2020, «POR
EL CUAL SE EXONERAN A LAS COMPAÑÍAS AÉREAS QUE OPERAN BAJO LA MODALIDAD DE
VUELOS REGULARES DE TRANSPORTE AÉREO COMERCIAL NACIONAL E INTERNACIONAL,
DEL PAGO DE LAS TASAS DE SERVICIO DE PROTECCIÓN AL VUELO, OPERACIONES Y
ESTACIONAMIENTO DE AERONAVES QUE SE ENCUENTRAN CONTEMPLADOS EN LOS
CAPÍTULOS DE SERVICIOS DE NAVEGACIÓN AÉREA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS DEL
DECRETO N° 8701/2012 Y SUS MODIFICACIONES A CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE
AERONÁUTICA CIVIL -DINAC».
Vinculo: https://www.leyes.com.py/decreto/2020/3513/50343/
Tasas a transporte aéreo
Fecha de la Norma: 03-04-2020
FECHA PRORROGADA HASTA EL 26 DE MAYO 2020
Prorrógase por el término de sesenta (60) días corridos el plazo
establecido en el Artículo 3º del Decreto N° 3468, de fecha 18 de
marzo de 2020, «Por el cual se exoneran a las Compañías Aéreas que
operan bajo la modalidad de vuelos regulares y de transporte aéreo
comercial Nacional e Internacional, del pago de las tasas de servicio de
protección al vuelo, operaciones y estacionamiento de aeronaves que
se encuentran contemplados en los Capítulos de Servicios de
Navegación Aérea y Servicios Aeroportuarios del Decreto 8701/2012 y
sus Modificaciones a cargo de la Dirección Nacional de Aeronáutica
Civil (DINAC)».
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
- Compañías Aéreas vuelos regulares
- Vuelos Comerciales: Nacionales e Internacionales
7. Resolución General Nro. 49/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR LA CUAL SE PRORROGA EXCEPCIONALMENTE EL PLAZO
PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS DECLARACIONES JURADAS
DETERMINATIVAS E INFORMATIVAS Y EL PAGO DE LAS
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS.
Vinculo: https://www.leyes.com.py/resolucion/2020/49/50338/?td=10&a=2020
Prorrogas de plazos para la presentacion de las
Declaraciones Juradas Determinativas e
Informativas y el pago de Obligaciones Tributarias
Fecha de la Norma: 31-03-2020
Trasladar la fecha de vencimiento para la presentación de las
declaraciones juradas determinativas e informativas y el pago de las
obligaciones tributarias, que se detallan a continuación:
VINCULO EXTERNO: VER RESUMEN DE PRORROGAS DE
OBLIGACIONES IMPOSITIVAS EN EL MARCO DE LA EMERGENCIA
SANITARIA COVID 19 (imagen “resumen-resolucion-general-49-
20.jpg”)
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
- Sociedades
- Contribuyentes de IRACIS , IRAGRO e IRE
8. Resolución MTESS Nro. 598/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR LA CUAL SE DISPONE LA REGLAMENTACION DEL ART. 20 DE LA
LEY 6524 QUE DECORA ESTADO DE EMERGENCIA EN TODO EL
TERRITORIO DE LA REPUBLICA DEL PARAGUAY ANTE LA PANDEMIA
DECLARADA POR LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL DE LA SALUD A CAUSA
DEL COVID-19 O CORANIRUS Y SE ESTABLECEN MEDIDAS
ADMINISTRATIVAS, FISCALES Y FINANCIERAS, DE FECHA 26 DE MARZO
DE 2020 DE CONFORMIDAD CON LAS DISPOSICIONES DEL PRESENTE
DECRETO.
Vinculo: https://www.leyes.com.py/resolucion/2020/598/50357/?td=10&a=2020
Trabajadores Privados
Fecha de la Norma: 31-03-2020
Establece las condiciones mínimas que deben regir en las relaciones
laborales del sector privado que se desarrollen en carácter excepcional
y temporal, mediante la modalidad de teletrabajo, que son:
1- Trabajo en relación de dependencia.
2- Obligaciones del Empleador.
3- Formalización de un contrato Laboral entre el empleado y
empleador.
4- Deberes de las personas teletrabajadoras.
5- Revocatoria de la modalidad de teletrabajo.
6- De los sistemas de control y la protección a la intimidad del
trabajador.
7- De la salud y seguridad ocupacional.
8- De la Seguridad Social Breve Resumen: se mantienen los mismos
derechos del trabajador con IPS, dependencia y formalizado en un
contrato de trabajo, que puede darse por terminado a pedido de parte
sin que el teletrabajador pierda ningún derecho adquirido antes del
TELETRABAJO ejecutado.
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Trabajadores y Empleadores del Sector Privado.
9. Resolución General Nro. 48/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR LA CUAL SE MODIFICAN Y AMPLÍAN LAS MEDIDAS
ADMINISTRATIVAS PREVISTAS EN LA RESOLUCIÓN GENERAL
N° 43/2020.
Vinculo: https://www.leyes.com.py/resolucion/2020/48/50333/?td=10&a=2020
Ampliación de plazos de la SET contenidas en la
Resolución 43/2020
Fecha de la Norma: 30-03-2020
Extender los plazos contenidos en la Resolución 43/20 quedando los
plazos establecidos de la siguiente forma:1) Disponer de manera
excepcional la suspensión de las actividades con el público en las
Plataformas de Atención al Contribuyente (PAC) hasta el 12 de Abril de
2020.
2) Establecer medidas excepcionales para la realización de trámites
ante la SET hasta el 12 de Abril de 2020.
3)Disponer de manera excepcional la suspensión de los plazos
administrativos que se inicien o que venzan durante el periodo
comprendido entre los días 12 de marzo al 12 de Abril del 2020,
inclusive, relativos a los procesos de Determinación, Aplicación de
Sanciones, Sumarios Administrativos referidos a pedidos de devolución
de Créditos Fiscales y de Recursos de Reconsideración.
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Afecta a todos los contribuyentes de impuestos administrados por la
SET.
10. Ley Nro. 6.524/2020
TITULO DE LA NORMA:
QUE DECLARA ESTADO DE EMERGENCIA EN TODO EL
TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DEL PARAGUAY ANTE LA
PANDEMIA DECLARADA POR LA ORGANIZACIÓN MUNDIAL
DE LA SALUD A CAUSA DEL COVID-19 O CORONAVIRUS Y SE
ESTABLECEN MEDIDAS ADMINISTRATIVAS, FISCALES Y
FINANCIERAS.
Vinculo: https://www.leyes.com.py/ley/2020/6524/50326/?td=8&a=2020
Medidas Administrativas, Fiscales y Financieras
Fecha de la Norma: 26-03-2020
Por la cual autoriza al Poder Ejecutivo a implementar por el presente
Ejercicio Fiscal medidas excepcionales de carácter presupuestario, fiscal
y administrativo, de protección del empleo y de política económica y
financiera, a fin de mitigar o disminuir las consecuencias de la
pandemia del COVID-19 o Coronavirus, fortalecer el sistema de salud,
proteger el empleo y evitar el corte de la cadena de pagos.
El Poder Ejecutivo podrá disponer la aplicación de plazos diferenciados
para las medidas dispuestas en la esta Ley, dentro del presente ejercido
fiscal.
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Todas las instituciones del Estado y demás entes descentralizados,
Entidades Publicas y Privadas, en el ámbito Financiero, Administrativo y
Fiscal.
11. Decreto Nro. 3.486/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR EL CUAL SE MODIFICA EL ARTÍCULO 8º DEL DECRETO N°
3241/2020 «POR EL CUAL SE REGLAMENTA LA LEY N°
6446/2019, “QUE CREA EL REGISTRO ADMINISTRATIVO DE
PERSONAS Y ESTRUCTURAS JURÍDICAS Y EL REGISTRO
ADMINISTRATIVO DE BENEFICIARIOS FINALES DEL
PARAGUAY”».
Vinculo: https://www.leyes.com.py/decreto/2020/3486/50328/?a=2020
Postergación de plazos para registro de
Beneficiarios Finales
Fecha de la Norma: 26-03-2020
CALENDARIO DE PLAZOS DE COMUNICACIÓN EN EL REGISTRO:
1. Para las personas y estructuras jurídicas constituidas con
anterioridad a la vigencia de la Ley N° 6446/2019, rige el siguiente
calendario de plazos:
2, Para las personas y estructuras jurídicas constituidas con
posterioridad a la fecha de la vigencia de la Ley N° 6446/2019, rige el
plazo de cuarenta y cinco (45) días hábiles posteriores a su
constitución, para la que se deberá considerar la fecha de salida de la
inscripción en los registros públicos».
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Para las personas y estructuras jurídicas constituidas con anterioridad a
la vigencia de la Ley N° 6446/2019.
12. Decreto Nro. 3.480/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR EL CUAL SE ESTABLECE UN RÉGIMEN EXCEPCIONAL Y TRANSITORIO DE
FACILIDADES DE PAGO PARA EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES
CORRESPONDIENTES AL IMPUESTO A LAS RENTAS DE LAS ACTIVIDADES
COMERCIALES, INDUSTRIALES O DE SERVICIOS (IRACIS) Y DEL IMPUESTO A LAS
RENTAS DE LAS ACTIVIDADES AGROPECUARIAS (IRAGRO), CORRESPONDIENTES
AL EJERCICIO FISCAL 2019 Y SE PRORROGA EL VENCIMIENTO DEL PRIMER
ANTICIPO DEL IMPUESTO A LA RENTA EMPRESARIAL (IRE).
Vinculo: https://www.leyes.com.py/decreto/2020/3480/50321/?a=2020
Impuestos
Fecha de la Norma: 23-03-2020
Plazo hasta el 31/05/2020.
Se establece un régimen excepcional y transitorio de Facilidades de Pago,
correspondiente al Ejercicio Fiscal 2019, para que los contribuyentes del
Impuesto a las Rentas de las Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios
(IRACIS) y del Impuesto a las Rentas de las Actividades Agropecuarias (IRAGRO)
cumplan con sus obligaciones aplicando las siguientes reglas:
a) Entrega inicial mínima equivalente al veinte por ciento (20%) de la deuda.
b) Tasa de interés anual de financiación del cero por ciento (0%).
c) Hasta cinco (5) cuotas mensuales.
Los pagos iniciales deberán ser ingresados dentro de los dos (2) días corridos
contados a partir del día siguiente de la presentación de la solicitud
El incumplimiento en el pago de las cuotas al vencimiento de los plazos
concedidos, generara accesorios.
Plazo hasta el mes de Julio 2020.
Se prorroga, hasta el mes de julio de 2020, las fechas de vencimiento para el
pago del primer anticipo del Impuesto a la Renta Empresarial (IRE),
correspondiente al Ejercicio Fiscal 2020.
La Administración Tributaria queda facultada a recalendarizar el vencimiento del
pago de los demás anticipos de dicho impuesto.
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Contribuyentes de IRACIS, IRAGRO e IRE.
13. COMUNICADO DGPEJ y BF Nro. 01/2020
TITULO DE LA NORMA:
DIRECCION GENERAL DE PERSONAS Y ESTRUCTURAS
JURIDICAS Y BENEFICIARIOS FINALES. COMUNICADO DGPEJ
y BF N° 01 /2020 COMUNICADO A LOS USUARIOS.
Vinculo: https://www.leyes.com.py/resolucion/2020/1/50322/?a=2020
Sociedades
Fecha de la Norma: 20-03-2020
1) Trámite Comunicación de Asambleas: Sugerencias:
a) Sociedades que convocaron a asamblea y no puedan reunir quorum, se podrá
dejar en cuarto intermedio, y reanudar hasta dentro de los 30 días.
b) Sociedades que aún no hayan convocado a asamblea y a modo de cumplir
con el plazo establecido por ley, pueden hacerlas en primera y segunda
convocatoria de manera que la misma puede ser realizada con cualquier número
de accionistas presentes. (Esto para asambleas ordinarias).
Recordamos que el incumplimiento en el plazo de presentación del trámite de
Asambleas no dispone de multas pecuniarias.
2) Trámite Inscripciones en el Registro Administrativo de Personas y
Estructuras Jurídicas y Registro Administrativo de Beneficiarios Finales:
Se ha remitido un borrador de Proyecto de Decreto en el cual se propone la
flexibilización y prórroga de los plazos establecidos en el calendario dispuesto
por el Decreto N° 3241/2020, planteando específicamente extender los plazos
hasta el 30 de abril de 2020 (2° vencimiento), y el 31 de mayo de 2020 (3°
vencimiento). Una vez aprobada esta medida ayudará a descomprimir
temporalmente esta situación. Se estarán socializando por los medios
pertinentes, las disposiciones legales emitidas.
3) Multas y o sanciones no aflictivas:
Las multas ya generadas y notificadas, se mantendrán con la reducción del 50%
de las mismas, hasta el 30 de junio del presente año. Así mismo también, las
medidas no sancionadoras aplicadas, se extenderán hasta el 30 de junio del
corriente.
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Personas Jurídicas.
14. Resolución Nro. 47/2020
TITULO DE LA NORMA:
SET- RESOLUCION GENERAL- POR LA CUAL SE AMPLÍAN LAS
MEDIDAS ADMINISTRATIVAS TRANSITORIAS TENDIENTES A
MITIGAR EL IMPACTO ECONÓMICO ANTE EL RIESGO DE
EXPANSIÓN DEL CORONAVIRUS (COVID-19) AL TERRITORIO
NACIONAL.
Vinculo: https://www.leyes.com.py/resolucion/2020/47/50319/?a=2020
Impuestos
Fecha de la Norma: 20-03-2020
Plazo Hasta el 30/06/2020
- A partir de Gs. 150.000.000, exigencia para la obtencion del
Certificado de Cumplimiento Tributario, Controversias o Constancia de
no ser contribuyente para la presentacion ante entidades financieras.
- Acumulación de 6 meses de cuotas incumplidas de facilidades de
pago, para dejar sin efecto la misma.
-Solicitar nuevas facilidades pago aunque quede sin efecto la anterior.
- Suspender la emisión de certificados de deuda de procesos de
cobranzas de deudas tributarias que se encuentren en trámite y la
generación de nuevos procesos.
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Todos los contribuyentes de impuestos administrados por la SET.
15. Resolución Nro. 46/2020
TITULO DE LA NORMA:
SET - RESOLUCIÓN GENERAL - POR LA CUAL SE PRORROGA
EXCEPCIONALMENTE EL PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE
LAS DECLARACIONES JURADAS DETERMINATIVAS E
INFORMATIVAS Y EL PAGO DE LAS OBLIGACIONES
TRIBUTARIAS.
Vinculo: https://www.leyes.com.py/resolucion/2020/46/50316/?a=2020
Impuestos
Fecha de la Norma: 20-03-2020
Traslado de Vencimientos Obligaciones:
IRP- IRE PRESUNTO- ISC GENERAL-ISC COMBUSTIBLES- LIBRO
COMPRAS - LIBRO VENTAS- DDJI AJUSTE DE PRECIOS 01-20- ISC
GASOIL/DIESEL-INFORME DE PROD. DE TABACO- FACILIDADES DE
PAGOS VIGENTES
Vencimientos:
*Terminación RUC 7 -Vence 1-04-20
*Terminación RUC 8 - Vence 2-04-20
*Terminación RUC 9 - Vence 3-04-20
*Toda las Terminaciones de RUC para ISC Gasoil / Diesel y Productos
derivados del Tabaco - Vence 03-04-20
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Contribuyentes de:
-IVA
-ISC
-IRP
-IRE PRESUNTO
-CON FACILIDADES DE PAGO VIGENTES
16. Decreto Nro. 3.477/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR EL CUAL SE DISPONE UN RÉGIMEN ESPECIAL EN EL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (IVA) SOBRE
DETERMINADOS PRODUCTOS SENSIBLES, EN EL MARCO DE
LA EMERGENCIA EPIDEMIOLÓGICA.
Vinculo: https://www.leyes.com.py/decreto/2020/3477/50314/?a=2020
Impuestos
Fecha de la Norma: 20-03-2020
Vigente hasta el 30/06/2020
Dispónese un Régimen Especial en el Impuesto al Valor Agregado
(IVA), con la reducción del 50% de la base imponible IVA , aplicable al
momento de la importación y enajenación en el mercado local de los
siguientes productos, en el marco de la emergencia epidemiológica:
- Sodio
- Hipoclorito de Sodio
- Para cirugía
-Telas sin tejer tapa bocas
-Tapa bocas que no sean de tela sin tejer
- Demas tapa boca con dispositivos o elementos filtrantes
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Contribuyentes importadores de dichos productos.
17. Decreto Nro. 3.474/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR EL CUAL SE PRORROGA EL PLAZO ESTABLECIDO EN EL
ARTÍCULO 2º DEL DECRETO N° 2505 DEL 12 DE SETIEMBRE
DE 2019, «POR EL CUAL SE MODIFICA EN FORMA PARCIAL EL
ANEXO DEL DECRETO N° 6655, DEL 30 DE DICIEMBRE DE
2016 Y SUS DECRETOS MODIFICATORIOS».
Vinculo: https://www.leyes.com.py/decreto/2020/3474/50318/?a=2020
Comercio Exterior
Fecha de la Norma: 19-03-2020
Se extiende el plazo del 12 de marzo hasta el 30 de junio de 2020, de
los Niveles Arancelarios que figuran en el Anexo (diversos productos
de Importación) del Decreto N° 6655, del 30 de diciembre de 2016 y
sus Decretos modificatorios.
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Contribuyentes importadores de dichos productos.
18. Decreto Nro. 3.471/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR EL CUAL SE MODIFICA, EN FORMA PARCIAL, EL ANEXO
DEL DECRETO N° 6655, DEL 30 DE DICIEMBRE DE 2016, Y SUS
DECRETOS MODIFICATORIOS, PARA EL AJUSTE DE
ARANCELES DE IMPORTACIÓN DE INSUMOS MÉDICOS
SENSIBLES PARA LA PREVENCIÓN Y MITIGACIÓN DEL
CORONAVIRUS (COVID-19).
Vinculo: https://www.leyes.com.py/decreto/2020/3471/50312/?a=2020
Comercio Exterior
Fecha de la Norma: 18-03-2020
Se establece de manera excepcional la aplicación de los niveles
arancelarios sobre productos hospitalarios y de cirugía que constan en
el Anexo del presente Decreto tendrán vigencia a partir de la fecha de
su promulgación, hasta el 30 de setiembre de 2020.
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Contribuyentes importadores de dichos productos.
19. Decreto Nro. 3.468/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR EL CUAL SE EXONERAN A LAS COMPAÑÍAS AÉREAS QUE OPERAN BAJO LA
MODALIDAD DE VUELOS REGULARES DE TRANSPORTE AÉREO COMERCIAL
NACIONAL E INTERNACIONAL, DEL PAGO DE LAS TASAS DE SERVICIO DE
PROTECCIÓN AL VUELO, OPERACIONES Y ESTACIONAMIENTO DE AERONAVES
QUE SE ENCUENTRAN CONTEMPLADOS EN LOS CAPÍTULOS DE SERVICIOS DE
NAVEGACIÓN AÉREA Y SERVICIOS AEROPORTUARIOS DEL DECRETO N°
8701/2012 Y SUS MODIFICACIONES A CARGO DE LA DIRECCIÓN NACIONAL DE
AERONÁUTICA CIVIL - DINAC.
Vinculo: https://www.leyes.com.py/decreto/2020/3468/50308/?a=2020
Tasas A Transporte Aéreo
Fecha de la Norma: 18-03-2020
Exoneración a favor de las compañías aéreas que operan bajo la
modalidad de vuelos regulares de transporte aéreo comercial nacional
e internacional, del pago de las tasas de servicio de protección al vuelo,
operaciones y estacionamiento de aeronaves que se encuentran
contemplados en los Capítulos de Servicios de Navegación Aérea y
Servicios Aeroportuarios del Decreto N° 8701/2012 y sus
modificaciones a cargo de la Dirección Nacional de Aeronáutica Civil
(DINAC).
La exoneración se extiende hasta el 26 de marzo del corriente año
2020, siendo este período de tiempo prorrogable de conformidad a las
disposiciones que en ese sentido determine el Ministerio de Salud
Pública y Bienestar Social.
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Compañías Aéreas vuelos regulares:
• Vuelos Comerciales: Nacionales e Internacionales
20. Resolución Nro. 9/2020
TITULO DE LA NORMA:
BANCO CENTRAL DEL PARAGUAY - NORMA
REGLAMENTARIA - MEDIDA EXCEPCIONAL DE APOYO A
SECTORES AFECTADOS ECONÓMICAMENTE POR LA
PROPAGACIÓN DEL CORONAVIRUS (COVID-19).
Vinculo: https://www.leyes.com.py/resolucion/2020/9/50304/?a=2020
Economía/Banca
Fecha de la Norma: 16-03-2020
Vigencia hasta el 31 de diciembre del 2020
• Previo estudio: que la formalización de las renovaciones, refinanciaciones o
reestructuraciones del capital de aquellos préstamos otorgados, incluyendo los
intereses devengados y otros cargos, hasta la fecha del nuevo acuerdo o
contrato, cualquiera sea su destino, a personas físicas y/o jurídicas, cuyos flujos
de ingresos hayan sido afectados por el riesgo de propagación del Coronavirus
(Covid-19), interrumpirá el cómputo del plazo de la mora.
• Para las operaciones en cuotas, no regirá la obligación de cancelar la totalidad
de la operación, pudiendo acordarse renovaciones, refinanciaciones,
reestructuraciones parciales de cuotas y periodos de gracia de hasta un (1) año
para la amortización de capital e intereses, aplicando al nuevo acuerdo las
garantías originalmente constituidas si las hubiesen.
• Las entidades financieras remitan a la Superintendencia de Bancos, el listado
de clientes beneficiados con las medidas excepcionales establecidas en la
presente Resolución.
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Persona Física o Jurídica prestatario de entidades financieras.
21. Resolución General Nro. 45/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR LA CUAL SE IMPLEMENTAN MEDIDAS
ADMINISTRATIVAS CON EL FIN DE COADYUVAR EN LAS
ACCIONES PREVENTIVAS ANTE EL RIESGO DE EXPANSIÓN
DEL CORONAVIRUS (COVID-19) ENCARADAS POR EL
GOBIERNO NACIONAL.
Vinculo: https://www.leyes.com.py/resolucion/2020/45/50300/?a=2020
Impuestos
Fecha de la Norma: 16-03-2020
Certificado de Cumplimiento Tributario
El Certificado de Cumplimiento Tributario expedido a partir de su
publicación al 30/06/2020 tendrá validez de 90 días.
HECHAUKA
Posponer el plazo para la presentación de los Libros de Compras y
Ventas a través del Sistema Integrado de Recopilación de Información
"Hechauka", correspondientes a los meses de marzo, abril y mayo de
2020.
En el mes de junio de 2020 la SET establecerá un calendario de
regularización para la presentación de dichos informes.
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Contribuyentes en General
Agentes de información de la SET
22. Decreto Nro. 3.457/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR EL CUAL SE ESTABLECE UN RÉGIMEN EXCEPCIONAL DE
FACILIDADES DE PAGO DEL IMPUESTO A LA RENTA DEL
SERVICIO DE CARÁCTER PERSONAL (IRP) Y SE DISPONE UN
PERÍODO DE REGULARIZACIÓN PARA EL CUMPLIMIENTO DE
OBLIGACIONES TRIBUTARIAS DE CARÁCTER FORMAL.
Vinculo: https://www.leyes.com.py/decreto/2020/3457/50301/?a=2020
Impuestos
Fecha de la Norma: 16-03-2020
Plazo hasta el 30/04/2020.
Se establece un régimen excepcional y transitorio de Facilidades de Pago, para
que el contribuyente del Impuesto a la Renta del Servicio de Carácter Personal
(IRP) pague o regularice esta obligación, correspondiente al Ejercicio Fiscal
cerrado al 31 de diciembre de 2019 y de ejercicios anteriores; para lo cual se
aplicarán las siguientes reglas:
a) Entrega inicial mínima equivalente al veinte por ciento (20%) de la deuda.
b) Tasa de interés anual de financiación del cero por ciento (0%).
c) Hasta cinco (5) cuotas mensuales.
Plazo hasta el 30/06/2020
Excepcionalmente hasta el 30 de junio de 2020 no será aplicable la sanción por
incumplimiento de deberes formales establecida en el Artículo 176 de la Ley N°
125/1991 en concepto de Contravención, incluidas las dispuestas en la RG N°
13/2019, para aquellos contribuyentes que cumplan con sus obligaciones
tributarias de manera tardía, hasta dicha fecha.
Este Decreto Rige:
La vigencia de lo dispuesto en el párrafo anterior será a partir del quinto (5º) día
de publicación (16/03/2020) de este Decreto en la Gaceta Oficial.
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Contribuyentes del IRP
Contribuyentes en General
23. Resolución General Nro. 44/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR LA CUAL SE MODIFICAN, SE PRECISAN LAS
DISPOSICIONES RELATIVAS A LA AUDITORÍA EXTERNA
IMPOSITIVA Y SE PRORROGA EL PLAZO PARA LA
PRESENTACIÓN DEL DICTAMEN CORRESPONDIENTE AL
EJERCICIO FISCAL CERRADO AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019.
Vinculo: https://www.leyes.com.py/resolucion/2020/44/50299/?a=2020
Impuestos
Fecha de la Norma: 13-03-2020
Extender el plazo para:
1) La Obtención de la Constancia de Habilitación Art. 26 Res. 30 /19
Vto.30/6/2020
2) Prórroga hasta 11/20 Presentación AEI cierre 12/2019.-
El Auditor Externo Impositivo:
1) Para los ejercicios cerrados al 31/12/2019, al 30/04/2020 y al
30/06/2020, el Auditor Externo Impositivo podrá utilizar las Normas de
Auditoría que se encontraban vigentes al 01/01/2019.
2) Los saldos provenientes de pagos a cuenta, anticipos o retenciones
existentes al 31 de diciembre de 2019 a favor del contribuyente, el
Auditor Externo Impositivo deberá exponer su opinión en el Dictamen
de Auditoría Externa Impositiva sobre el resultado de los
procedimientos aplicados en la referida revisión.
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
1) Contribuyentes obligados a contar con AEI.
2) Auditores Externos Impositivos.
24. Resolución General Nro. 43/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR LA CUAL SE IMPLEMENTAN MEDIDAS
ADMINISTRATIVAS EN EL MARCO DE LA VIGENCIA DEL
DECRETO N° 3.442/2020 «POR EL CUAL SE DISPONE LA
IMPLEMENTACIÓN DE ACCIONES PREVENTIVAS ANTE EL
RIESGO DE EXPANSIÓN DEL CORONAVIRUS (COVID-19) AL
TERRITORIO NACIONAL».
Vinculo: https://www.leyes.com.py/resolucion/2020/43/50295/?a=2020
Impuestos
Fecha de la Norma: 11-03-2020
1) Disponer de manera excepcional la suspensión de las actividades
con el público en las Plataformas de Atención al Contribuyente (PAC)
hasta el 26 de marzo de 2020,
2) Establecer medidas excepcionales para la realización de trámites
ante la SET hasta el 26 de Marzo de 2020.
3) Disponer de manera excepcional la suspensión de los plazos
administrativos que se inicien o que venzan durante el periodo
comprendido entre los días 12 al 26 de marzo de 2020, inclusive,
relativos a los procesos de Determinación, Aplicación de Sanciones,
Sumarios Administrativos referidos a pedidos de devolución de
Créditos Fiscales y de Recursos de Reconsideración.
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Afecta a todos los contribuyentes de impuestos administrados por la
SET.
25. Resolución General Nro. 42/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR LA CUAL SE REGLAMENTAN LAS DISPOSICIONES
RELATIVAS A LAS OBLIGACIONES DE LOS NOTARIOS Y
ESCRIBANOS PÚBLICOS INTERVINIENTES EN LAS
TRANSFERENCIAS DE BIENES MUEBLES REGISTRABLES E
INMUEBLES.
Vinculo: https://www.leyes.com.py/resolucion/2020/42/50290/?a=2020
Legal
Fecha de la Norma: 09-03-2020
El Notario y Escribano Publico actuara como agente de retención:
1) Del IRP Rentas y Ganancias de Capital en la transferencia del bien inmueble
perteneciente a una persona física residente cuando esta última intervenga
directamente en la enajenación o a través de un mandatario o apoderado,
debiendo retener el ciento por ciento (100%) del Impuesto.
2) Retendrá el ciento por ciento (100%) del IVA y del INR por la transferencia de
bienes inmuebles y muebles registrables pertenecientes a no residentes, sean
estos personas físicas, personas jurídicas o entidades de cualquier naturaleza.
3) Condominio: en el caso de la enajenación de un bien mueble registrable o de
un inmueble, en condominio a efectos de la gravabilidad por el IRP, el INR o el
IVA, se atribuirá la renta en proporción al porcentaje de propiedad de cada .
De acuerdo con tal imputación, el Notario y Escribano Público efectuará las
retenciones de impuestos en los casos que corresponda, debiendo generar un
Comprobante de Retención por Impuesto y para cada condómino.
4) Cuando el enajenante, persona física residente, opte por la determinación de
la renta sobre la base real, el Notario y Escribano Público interviniente dejará
constancia de ello en la escritura pública.
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
Notarios y Escribanos Públicos.
26. Resolución General Nro. 40/2020
TITULO DE LA NORMA:
POR LA CUAL SE PRORROGAN LOS PLAZOS PARA LA
PRESENTACIÓN DE LA DECLARACIÓN JURADA INFORMATIVA
“ARANDUKA” Y DE LOS ESTADOS FINANCIEROS,
CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO FISCAL CERRADO AL
31/12/2019.
Vinculo: https://www.leyes.com.py/resolucion/2020/40/50265/?a=2020
Impuestos
Fecha de la Norma: 26-02-2020
Prorrogas en vencimientos de:
1) Estados Financieros Vencimiento 05/2020
2) Aranduka Libros ingreso y egreso IRP Vto. 06/2020
LA NORMA DISPONE:
HACE RELACION A:
SUJETO BENEFICIADO
- Contribuyente IRACIS con cierre Dic.-2019
- Contribuyente IRP