2. INTRODUCCIÓN
Saber si es o no, una solución pertinente para disminuir la delincuencia que
se vive en nuestro país, la cual hemos tenido desde hace mucho tiempo es
una polémica, ya que nos encontramos con distintas perspectivas. Y es que
hablar de la vida de una persona, que cometió un delito grave y por
consecuencia el estado tenga pueda tener facultad para quitarle la vida, no es
fácil.
Si bien hablamos de una falta, porque precisamente se llega a la pena de
muerte, el fin de este trabajo es saber cómo fue es que México atreves de su
historia que tipo de sistema tiene, por otra parte como es que ha crecido tanto
la delincuencia, las causas quienes están detrás de esta organización.
Para saber así y que usted lector logre tener su punto de vista sobre el tema a
tratar.
La delincuencia crece de manera desmedida y las autoridades no logran
ponerle freno a este gravísimo problema las medidas que se toman no son las
adecuadas.
3. DESARROLLO
La aplicación de la pena de muerte en nuestra historia, específicamente en
año de 1824, se llevaba a cabo en situaciones extremas aunque aún no
estuviera plasmada en nuestra en la norma suprema.
Nosotros estamos conscientes de que vivimos en un país que tiene como
principio que opera inhibir el número de delitos es necesario aumentar la pena,
y donde se preocupa menos por una educación de calidad, ya que es más
importante el método preventivo que reparar los daños, cuando sabemos
perfectamente que se pudo haber evitado.
“En nuestro sistema, no tiene como prioridad que se repare el daño o que se
obtenga una retribución del daño, o ya sea una compensación en este sentido,
si uno de los fines del Estado es proteger a sus ciudadanos de conductas que
lesionan bienes fundamentales prohibiéndolas y sancionándolas como delitos.
Es por ello que muchos autores, cuestionan que si para castigar al que priva
de la vida a otro el Estado tenga a su vez que matar, es en ese momento
donde nos encontramos en una gran interrogante, inhibe o no la delincuencia.
Aunque muchos están a favor de que sea abolida la pena de muerte, de ante
mano sabemos que la mayoría de las penitenciarías están en muy malas
condiciones por lo consiguiente, nosotros como ciudadanos nos vemos
expuestos a que los reos, tiendan a buscar su libertad por su parte y entonces
se encuentren libres y nosotros corramos peligro”. 1
La delincuencia entendida como hecho de cometer uno o varios delitos es una
acción que ejercen personas al violar una ley y por las cuales en caso de ser
1 IslasOlga,El debate sobre la pena de muerte. La pena de muerte en México.
4. condenadas por tales hechos se debe de cumplir un castigo impuesto por un
juez.
Esto nos hace pensar que no hay distinción de género, pero si existe la
imputabilidad a lo que nos referimos como la capacidad jurídica que tiene una
persona para ser sancionada, en nuestro país una persona es imputable
siempre y cuando sea mayor de los 17 años de menos no puede ser juzgada.
“De acuerdo con reportes de la sociedad civil, niños de 12 años son usados
por el crimen organizado para cuidar casas de seguridad y a partir de los 16
ya portan armas y participan en secuestros o asesinatos.
Según el informe “Violencia, niñez y crimen organizado” realizado por la
Relatoría Especial de la Niñez de la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos (CIDH), desde los 10 años los niños mexicanos son susceptibles de
ser reclutados por el crimen organizado y el tráfico de drogas.
La CIDH revisó la situación de los menores en países que han sido aquejados
por la instalación de grupos criminales dedicados al narcotráfico. Entre las
naciones se encuentran México, Brasil y Honduras.
En el caso de México, de acuerdo con información otorgada por el Estado, “se
desprende que los niños son integrados a organizaciones criminales a partir
de los 10 y 11 años de edad, o incluso a edades más tempranas para trabajar
para traficantes”.2
2
.Regeneración,7 de abril de 2016. Crimen organizado recluta a menores mexicanos de hasta 10.
5. Es por ello que los niños son una de las principales víctimas, pues no son
castigados solo son llevados a centros de readaptación social es por ello son
fáciles de manipular y así este conjunto de personas puedan cometer sus
fechorías.
Actualmente nosotros vemos día a día como la delincuencia aumenta y de
manera desmedida y las autoridades no logran ponerle freno a este grave
problema, demasiadas medidas de seguridad que nos son las adecuadas para
la situación que se está viviendo.
El saber que nuestra sociedad se está derrumbando que ya no salimos a las
calles con absoluta confianza, no es nada alentador este panorama, en todas
partes hay abuso de poder ya sea económico o de conocimiento y deficiente
preparación del personal.
Un estado de derecho se define esencialmente por las garantías que brinda a
la protección de los derechos humanos y por lo cual su filosofía es el respeto
irrestricto de tales derechos en este sentido el ser humano constituye un eje
fundamental del Estado.
En consecuencia el Estado de Derecho debe ser respetuoso, sin excepción
alguna de la vida y los valores supremos que van unidos a esta. El estado no
está legitimado para matar, aunque estén de por medio conductas delictivas
graves.3
3 IslasOlga,¿Tiene derecho el estado a imponer una pena de muerte? La pena de muerte en México
6. El derecho a matar de ninguna manera puede ser otorgado por el Estado.
Entre los principios de un Estado de derecho deben regir al derecho penal,
porque limitan el ejercicio abusivo del poder de las autoridades, están los de
legitimación y de racionalidad.
Este último comprende entre otros principios más específicos el de la última
ratio de acuerdo con el cual el derecho penal, es la última medida, después de
agotar las medidas de prevención no penal.
Nuestra realidad es que padecemos de un sistema de justicia penal (si es que
merece el llamarse sistema) donde nadie está exento de culpas, la policía no
asume su función de investigar, recabar las pruebas y capturar a los
delincuentes.
El ministerio público no acaba de entender sus funciones, especialmente la de
aportar al juez las pruebas contundentes e idóneas que acrediten el delito El
defensor de oficio (El que proporciona el estado) no cumple eficazmente con
su cometido, y el juez, en algunos casos, toma el camino equivocado y no
imparte autentica justicia.
Ante esta situación la sociedad se siente agraviada, indignada e impotente
para defenderse. Con estos sentimientos –plenamente justificados-, la
implantación de la ley del talión (ojo por ojo, diente por diente) y. en ese
camino, llega hasta la pena de muerte.
Pero, vale preguntar: ¿estas demandas son racionales?, ¿sabrá la sociedad
que con estas medidas no disminuye la delincuencia, y sí, en cambio, se
pervierte la justicia?
Parece obvio que no es el momento de llevar a cabo encuestas sobre
determinaciones tan graves.
7. CONCLUSION
Por otra parte, mientras no esté plenamente probada la ineficacia de las penas
establecida es en código penal, no hay base para instaurar la pena. A este
respecto cabe apuntar que la ineficacia de la pena de prisión, ya que hasta
ahora, no está probada. Es cierto que la prisión no ha cumplido con su función
resocializadora, por ello no conduce a cancelarla sino a enfrentar el porqué de
esta ineficacia.