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Nómina y seguridad social
Nómina
 Concepto, definición y aplicación
 Propósitos, objetivo, Características
 Partes de una Nomina
 Que es sueldo, Que es salario, Que no es salario, tipos
de salario
 SMLV 2023 (1.160.000 ) Salario básico, comisiones,
auxilio de transporte.
Nómina
 Clases de jornadas laborales
 Jornada ordinaria, trabajo diurno, trabajo nocturno,
trabajo extra.
 Jornada suplementaria horas extras y recargos:
Horas extras diurnas, horas extras nocturnas, horas
extras dominicales y festivas, horas extras
dominicales y festivas nocturnas, extra diurno festivo,
extra nocturno festivo, recargo Nocturno.
Introducción al Modulo
 La nómina para las organizaciones, además de ser la
contraprestación al servicio de los empleados, y la forma de
controlar los gastos y los costos de la compañía, es una parte
fundamental en la relación con el empleado, dado que el
cumplimiento y la efectividad en el pago, genera estabilidad
y bienestar.
 A su vez la organización se basa en dicha información para la
toma de decisiones y debe prever que su tratamiento sea el
adecuado e idóneo conforme los objetivos y políticas que
plantee la empresa.
Conceptos Generales básicos de la
Nómina y las Remuneraciones
La nómina es el registro financiero que una empresa
realiza sobre los salarios de sus empleados y demás
componentes referentes a lo percibido por el trabajador,
como lo asumido por el empleador.
En la contabilidad el término nómina indica la cantidad
pagada a los empleados por el trabajo que han hecho en la
empresa durante un período determinado de tiempo,
normalmente mensual o trimestral.
Definición
 La Nómina se define como un documento analítico de
carácter contable que presenta cifras desglosadas de los
ingresos y deducciones en efectivo de cada uno de los
trabajadores de una organización por un periodo
determinado.
Objetivo
Cuando se elabora el documento llamado nómina, este tiene
como objetivo principal el establecer un procedimiento analítico
de control de cada una de las percepciones y deducciones en
efectivo de cada uno de los trabajadores de una organización,
con la finalidad de cumplir con:
 Requerimientos de control administrativo.
 Requerimientos de control contable.
 Requerimientos de control fiscal y laboral.
Importancia
 La relevancia que tiene el documento denominado nomina es con relación al
contenido de su información, integrada de la siguiente manera:
Estructura y/o partes de la
nómina
 Nombre de la empresa y Razón social
 Nit o Rut de la empresa
 Periodo de liquidación
 Nombres y apellidos del trabajador
 Numero de Documento del trabajador
 Cargo
 Días laborados
Percepciones:
 Sueldo básico
 Auxilio de transporte ( Si aplica )
Estructura y/o partes de la
nómina
Percepciones:
 Recargo diurno o nocturno
 Horas extras
 Comisiones
 Bonificaciones
 En el Ítem de Total devengado
IBC = INGRESO BASE DE COTIZACION
Estructura y/o partes de la
nómina
Deducciones
Aporte a Salud
Aporte A Pensión
Incapacidades
Descuentos por llegadas tarde
Embargos si aplica
Prestamos directos con la empresa o por libranza entre
otros.
Características
Las características más importantes que se pueden apreciar
son las siguientes:
 Contable.
 confidencial.
 veraz y oportuna.
 periódica.
 de acceso inmediato.
 para calculo fiscal.
 revisiones fiscales.
 para revisiones administrativas.
Percepciones
Son las remuneraciones en efectivo, que ofrece y paga el
patrón al trabajador por su trabajo.
Aplica para contratos de trabajo a:
termino fijo
Termino indefinido
como por obra u labor
Pagos en efectivo
 Sueldo / Salario Fondo de Ahorro.
 Vacaciones Comisiones.
 Prima de servicios
 Cesantías
 Intereses sobre cesantías
 Tiempo Extra Sobresueldo.
 Trabajo Dominical Compensaciones.
 Prima de Antigüedad Pensiones.
 Indemnización. Propinas Pactadas.
En especie
 Habitación.
 Alimentación.
 Becas Educacionales.
 Vales de Despensa.
 Vales de Gasolina.
 Vales de Comida
Partes de una nómina
La nómina se compone de 4 aspectos básicos que son:
1. Elaboración y liquidación de la nomina ( Trabajador) Percepciones y
Deducciones
2. Elaboración y liquidación de la seguridad social del empleador.
(Salud, pensión y Arl).
3. Elaboración y liquidación de aportes parafiscales. (Sena, Icbf y caja
de compensación familiar.
4. Elaboración y liquidación de Prestaciones sociales (Cesantías,
intereses sobre Cesantías, primas de servicios y vacaciones.
Sueldo
Cantidad que se le paga a los empleados por desarrollar
actividades generalmente de tipo administrativo,
intelectual y es quincenal, mensual o según lo acordado por
la empresa.
Generalmente es lo pactado entre el empleador y el
trabajador
Salario
El artículo 127 del código sustantivo del trabajo define el salario
en los siguientes términos:
«Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o
variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en
especie como contraprestación directa del servicio, sea
cualquiera la forma o denominación que se adopte, como
primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del
trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en
días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y
comisiones.»
Diferencia entre sueldo y salario
 La diferencia entre sueldo y salario radica en la estabilidad del monto
remunerativo que percibe el trabajador. En resumen:
Sueldo = remuneración fija.
Salario = remuneración variable.
QUE NO ES SALARIO
el Artículo 128 del mismo Código Sustantivo del Trabajo expone que los pagos que
se excluyen de la definición de salario son los siguientes:
 “No constituyen salario las sumas que ocasionalmente y por mera
liberalidad recibe el trabajador del empleador, como primas,
bonificaciones o gratificaciones ocasionales, participación de utilidades,
excedentes de las empresas de economía solidaria y lo que recibe en
dinero o en especie no para su beneficio, ni para enriquecer su
patrimonio, sino para desempeñar a cabalidad sus funciones, como gastos
de representación, medios de transporte, elementos de trabajo y otros
semejantes. Tampoco las prestaciones sociales de que tratan los títulos
VIII y IX, ni los beneficios o auxilios habituales u ocasionales acordados
convencional o contractualmente u otorgados en forma extralegal por el
[empleador], cuando las partes hayan dispuesto expresamente que no
constituyen salario en dinero o en especie, tales como la alimentación,
habitación o vestuario, las primas extralegales, de vacaciones, de
servicios o de navidad.”
Tipos de salario
El salario puede tener formas, clases o modalidades según lo que las
partes acuerden, como por pasamos a ver.
Salario en especie.
Las partes pueden acordar que parte del salario se pague en especie,
siempre que ese pago no supere el 30% del salario.
Salario integral.
Todo salario implica una serie de pagos adicionales conocidos como
prestacionales, pero las partes pueden acordar que esos pagos se
incluyan en el salario.
Salario fijo o variable
El salario que se pague al trabajador puede ser fijo o variable. En el
primer caso todos los meses el trabajador recibe el mismo salario, y en
el segundo caso el monto varía dependiendo de lo que se gane el
trabajador en función de la forma en que se le paga.
Salario 2023
Las siglas SMLV significa = Salario Mínimo Legal Vigente en el año
actual.
Cantidad mínima que debe recibir un trabajador para cubrir sus
necesidades de índole: habitación, comida, educación y diversiones. El
salario mínimo actual sin incluir el auxilio de transporte es de:
SMLV 2023 $ $1.160,000
Auxilio de transporte: $140,606
Total, Devengado SMLV $ 1.300.606
Jornada ordinaria
La jornada Ordinaria laboral es la que ejecuta determinado trabajador
de acuerdo a lo pactado en el contrato de trabajo.
En el código sustantivo se establece que no puede exceder de 8 horas
diarias, esa es la jornada máxima legal, si excede este tiempo se
considera extra o trabajo suplementario y deberá ser remunerada
según lo establece el código sustantivo y el código laboral.
En la semana lo estipulado debe ser de 48 horas semanales así.
TRABAJADOR X LABORA 8 HORAS DIARIAS DE LUNES A SABADO
6 DIAS * 8 = 48 HORAS A LA SEMANA
Jornada suplementaria o Extra
Es aquella jornada que excede lo Pactado entre el
Trabajador y el Empleador.
Recordemos que debe ser de 8 Horas diarias como
se haya pactado y a la semana deben ser 48 Horas,
si en su horario laboral se excede se considera
EXTRA O SUPLEMENTARIO.
Jornadas laborales
JORNADA DIURNA: Es aquella jornada laboral que va actualmente de Día
desde las:
6: 00 Am hasta las 9:00 PM
JORNADA NOCTURNA: Es aquella jornada laboral que va actualmente de
Noche desde las:
9:00 PM hasta las 6: 00 am
RECARGO NOCTURNO: Es aquel recargo que se le brinda al trabajador
después de las 9: 00 PM Hasta las 6: 00 AM ( Aplica para trabajadores que
laboran en horas de la noche..
Aplicación
SMLV 2023 $ / 30 = $ VALOR DIA
SMLV 2023 $ / 240 = $ VALOR HORA
8 HORAS DIARIAS * 30 DIAS 8 * 30 = 240 HRS
Auxilio de transporte: $ 140.606 / 30 = $ VALOR AUX POR DIA
Hora Ordinaria
(6 A.M. a 9 P.M.)
Hora Nocturna
(9 P.M. a 6 A.M.) +35% Rec.Noct
Hora Extra Diurna
(6 A.M. a 9 P.M.) +25% extra
Hora Extra Nocturna
(9 P.M. a 6 A.M.) +75% extra
Hora Extra Dominical/Festivo Diurna
(6 A.M. a 9 P.M.) +75% Fest. +25% extra
Hora Dominical/ Festivo Nocturna
(9 P.M. a 6 A.M.) +75% + 35%
Hora Dominical/ Festivo Diurno
(6 A.M. a 9 P.M.) +75%
Hora Extra Dominical/Festivo Nocturna
(9 P.M. a 6 A.M.) +75% Fest. +75% extra
Contextualización
En la semana lo estipulado debe ser de 48 horas, así:
TRABAJADOR LABORA 8 HORAS DIARIAS DE LUNES A SABADO
6 DIAS * 8 = 48 HORAS A LA SEMANA.
Cabe anotar que el empleador y el trabajador pueden pactar
sus jornadas laborales en el tiempo que ellos estipulen según la
necesidad de la empresa.
Ejemplo
El Señor Diomedes Díaz labora en el siguiente horario:
Lunes a Sábado de:
8:00 Am a 12:00 Pm = ….. Horas ordinarias
2:00 Pm a 6:00 Pm = ….. Horas ordinarias
……. horas ordinarias establecidas
8 Horas diarias * 6 días de Lunes a Sábado = 6 * 8 = 48 Horas semanales
Nota: Si el Empleador decide que el Trabajador labore el lunes hasta las
9:00 de la noche
Este tiempo de 3 horas abarca desde las …. PM que el termina de laborar
hasta las ….. PM
Y obtendríamos según La Jornada laboral ….. Horas Extras diurnas
Liquidación de horas extra
Procedimiento para liquidación
Hora extra diurna 25% V.H.O X 1.25
Hora extra nocturna 75% V.H.O X 1.75
Hora extra diurna dominical o festiva 100% V.H.O X 2.00
Hora extra noturna dominical o festiva 150% V.H.O X 2.50
Hora Dominical/ Festivo Diurno 75% V.H.O X 1.75
Hora Dominical/ Festivo Nocturna 110% V.H.O X 2.1
Hora Nocturna ( RECARGO NOCT.) 35% V.H.OX 1.35
Liquidación de HED
 Las horas extras diurnas son aquellas que se laboran entre las 6Am
y las 9Pm, y que superan la jornada laboral ordinaria.
 Así, una persona que tiene una jornada laboral ordinaria de 8
horas hasta las 4 de la tarde, si labora más hasta las 7 de la noche
causa 3 horas extra diurnas.
 Entonces tenemos para cada hora extra diurna:
 Salario $ / 240 = $ valor hora Ordinaria
Valor de la hora ordinaria = 100%
Valor del recargo = 25%
Total = 125% (…… x 1.25 X 3 )
Aplicación
Hora extra diurna 25% V.H.O X 125%
Valor hora ordinaria $ ……… x 1.25 x 3 numero de
horas extras = ……….
Liquidación de HEN
La hora extra nocturna tiene un recargo del 75%.
Ejemplo: El trabajador tiene una jornada ordinaria desde las
8pm hasta las 6am del día siguiente.
La jornada laboral ordinaria se cumple a las 4am, pues
abarcara las 8 horas por día de modo que ha laborado dos horas
extra nocturnas así:
4 Am hasta las 6 Am = 2 Horas extras Nocturnas
Aplicación
Hora extra Nocturna 75% V.H.O X 175%
Valor hora ordinaria $ ……. x 1.75 x numero de horas
extras Nocturnas = ……… pesos valor horas extras
Nocturnas.
Liquidación de las horas extras en
domingos y festivos
Cuando se trabajan horas extras dominicales y festivas se
debe incluir el recargo dominical y el recargo por trabajo
extra, considerando que también hay horas diurnas y
nocturnas.
 El recargo de las horas extras dominicales y festivas es el
mismo que entre semana, sólo que, por el hecho de
trabajar un domingo o un festivo, se paga un recargo,
recargo que se incrementa o se suma al recargo de las
horas extras.
Aplicación
Concepto Recargo Hora Extra
Recargo Dominical Total Recargo
Hora Extra Diurna 25% 75% 100%
Hora Extra Nocturna 75% 75% 150%
 Estos son los recargos, pero falta agregarle el valor de la
hora ordinaria que es del 100%, y de allí obtenemos el
porcentaje completo:
 Hora extra diurna dominical y festiva: 200% (100 + 100)
 Hora extra nocturna dominical y festiva: 250%. (100 + 150)
Liquidación de horas extras
diurnas dominicales y festivas.
Supongamos que el trabajador debe laborar un domingo desde las 8
de la mañana hasta las 7 de la noche con una hora para el almuerzo.
Su jornada de 8 horas las completa a las 5 de la tarde, luego habrá
laborado 2 horas extra diurnas dominicales, y su liquidación será:
Valor de la hora ordinaria = 100% ………
Valor del recargo = 100% ………
Total = 200% ……… (….uio x 2)
Horas trabajadas 2. 40.000
 Tenemos: ……. x 2.0 x 2 = $ 40.000
 Recordemos: Valor de la hora ordinaria X porcentaje de recargo X
número de horas trabajadas.
Liquidación de horas extras
nocturnas dominicales y festivas.
 Ahora supongamos que el empleado labora el sábado desde las 8Pm
hasta las 7Am del domingo.
 Las 8 horas de su jornada ordinaria se cumplen a las 5Am, de modo que
trabajó 2 horas extras nocturnas dominicales, que se liquidan así:
Valor de la hora ordinaria = 100% 4.833
Valor del recargo = 150% 7.249
Total = 250% 12,082 (4.833 x 2.5)
Horas trabajadas 2. 24.165
Aquí sólo hemos considerados las horas extras en todas sus
modalidades, más no las ordinarias nocturnas ni dominicales.
FORMULAS PARA LIQUIDACION DE HORAS EXTRAS
EXTRA DIURNA = VALOR HR ORD X 1.25 X N° HRS EXT
EXTRA NOCTURNA = VALOR HR ORD X 1.75 X N° HRS EXT
EXTRA DIURNA DOMINICAL Y FESTIVA= VALOR HR ORD X
2.0 X N° HRS EXT
EXTRA NOCTURNA DOMINICAL Y FESTIVA = VALOR HR ORD
X 2.50 X N° HRS EXT

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  • 2. Nómina  Concepto, definición y aplicación  Propósitos, objetivo, Características  Partes de una Nomina  Que es sueldo, Que es salario, Que no es salario, tipos de salario  SMLV 2023 (1.160.000 ) Salario básico, comisiones, auxilio de transporte.
  • 3. Nómina  Clases de jornadas laborales  Jornada ordinaria, trabajo diurno, trabajo nocturno, trabajo extra.  Jornada suplementaria horas extras y recargos: Horas extras diurnas, horas extras nocturnas, horas extras dominicales y festivas, horas extras dominicales y festivas nocturnas, extra diurno festivo, extra nocturno festivo, recargo Nocturno.
  • 4. Introducción al Modulo  La nómina para las organizaciones, además de ser la contraprestación al servicio de los empleados, y la forma de controlar los gastos y los costos de la compañía, es una parte fundamental en la relación con el empleado, dado que el cumplimiento y la efectividad en el pago, genera estabilidad y bienestar.  A su vez la organización se basa en dicha información para la toma de decisiones y debe prever que su tratamiento sea el adecuado e idóneo conforme los objetivos y políticas que plantee la empresa.
  • 5. Conceptos Generales básicos de la Nómina y las Remuneraciones La nómina es el registro financiero que una empresa realiza sobre los salarios de sus empleados y demás componentes referentes a lo percibido por el trabajador, como lo asumido por el empleador. En la contabilidad el término nómina indica la cantidad pagada a los empleados por el trabajo que han hecho en la empresa durante un período determinado de tiempo, normalmente mensual o trimestral.
  • 6. Definición  La Nómina se define como un documento analítico de carácter contable que presenta cifras desglosadas de los ingresos y deducciones en efectivo de cada uno de los trabajadores de una organización por un periodo determinado.
  • 7. Objetivo Cuando se elabora el documento llamado nómina, este tiene como objetivo principal el establecer un procedimiento analítico de control de cada una de las percepciones y deducciones en efectivo de cada uno de los trabajadores de una organización, con la finalidad de cumplir con:  Requerimientos de control administrativo.  Requerimientos de control contable.  Requerimientos de control fiscal y laboral.
  • 8. Importancia  La relevancia que tiene el documento denominado nomina es con relación al contenido de su información, integrada de la siguiente manera:
  • 9. Estructura y/o partes de la nómina  Nombre de la empresa y Razón social  Nit o Rut de la empresa  Periodo de liquidación  Nombres y apellidos del trabajador  Numero de Documento del trabajador  Cargo  Días laborados Percepciones:  Sueldo básico  Auxilio de transporte ( Si aplica )
  • 10. Estructura y/o partes de la nómina Percepciones:  Recargo diurno o nocturno  Horas extras  Comisiones  Bonificaciones  En el Ítem de Total devengado IBC = INGRESO BASE DE COTIZACION
  • 11. Estructura y/o partes de la nómina Deducciones Aporte a Salud Aporte A Pensión Incapacidades Descuentos por llegadas tarde Embargos si aplica Prestamos directos con la empresa o por libranza entre otros.
  • 12. Características Las características más importantes que se pueden apreciar son las siguientes:  Contable.  confidencial.  veraz y oportuna.  periódica.  de acceso inmediato.  para calculo fiscal.  revisiones fiscales.  para revisiones administrativas.
  • 13. Percepciones Son las remuneraciones en efectivo, que ofrece y paga el patrón al trabajador por su trabajo. Aplica para contratos de trabajo a: termino fijo Termino indefinido como por obra u labor
  • 14. Pagos en efectivo  Sueldo / Salario Fondo de Ahorro.  Vacaciones Comisiones.  Prima de servicios  Cesantías  Intereses sobre cesantías  Tiempo Extra Sobresueldo.  Trabajo Dominical Compensaciones.  Prima de Antigüedad Pensiones.  Indemnización. Propinas Pactadas.
  • 15. En especie  Habitación.  Alimentación.  Becas Educacionales.  Vales de Despensa.  Vales de Gasolina.  Vales de Comida
  • 16. Partes de una nómina La nómina se compone de 4 aspectos básicos que son: 1. Elaboración y liquidación de la nomina ( Trabajador) Percepciones y Deducciones 2. Elaboración y liquidación de la seguridad social del empleador. (Salud, pensión y Arl). 3. Elaboración y liquidación de aportes parafiscales. (Sena, Icbf y caja de compensación familiar. 4. Elaboración y liquidación de Prestaciones sociales (Cesantías, intereses sobre Cesantías, primas de servicios y vacaciones.
  • 17. Sueldo Cantidad que se le paga a los empleados por desarrollar actividades generalmente de tipo administrativo, intelectual y es quincenal, mensual o según lo acordado por la empresa. Generalmente es lo pactado entre el empleador y el trabajador
  • 18. Salario El artículo 127 del código sustantivo del trabajo define el salario en los siguientes términos: «Constituye salario no sólo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio, sea cualquiera la forma o denominación que se adopte, como primas, sobresueldos, bonificaciones habituales, valor del trabajo suplementario o de las horas extras, valor del trabajo en días de descanso obligatorio, porcentajes sobre ventas y comisiones.»
  • 19. Diferencia entre sueldo y salario  La diferencia entre sueldo y salario radica en la estabilidad del monto remunerativo que percibe el trabajador. En resumen: Sueldo = remuneración fija. Salario = remuneración variable.
  • 20. QUE NO ES SALARIO el Artículo 128 del mismo Código Sustantivo del Trabajo expone que los pagos que se excluyen de la definición de salario son los siguientes:  “No constituyen salario las sumas que ocasionalmente y por mera liberalidad recibe el trabajador del empleador, como primas, bonificaciones o gratificaciones ocasionales, participación de utilidades, excedentes de las empresas de economía solidaria y lo que recibe en dinero o en especie no para su beneficio, ni para enriquecer su patrimonio, sino para desempeñar a cabalidad sus funciones, como gastos de representación, medios de transporte, elementos de trabajo y otros semejantes. Tampoco las prestaciones sociales de que tratan los títulos VIII y IX, ni los beneficios o auxilios habituales u ocasionales acordados convencional o contractualmente u otorgados en forma extralegal por el [empleador], cuando las partes hayan dispuesto expresamente que no constituyen salario en dinero o en especie, tales como la alimentación, habitación o vestuario, las primas extralegales, de vacaciones, de servicios o de navidad.”
  • 21. Tipos de salario El salario puede tener formas, clases o modalidades según lo que las partes acuerden, como por pasamos a ver. Salario en especie. Las partes pueden acordar que parte del salario se pague en especie, siempre que ese pago no supere el 30% del salario. Salario integral. Todo salario implica una serie de pagos adicionales conocidos como prestacionales, pero las partes pueden acordar que esos pagos se incluyan en el salario. Salario fijo o variable El salario que se pague al trabajador puede ser fijo o variable. En el primer caso todos los meses el trabajador recibe el mismo salario, y en el segundo caso el monto varía dependiendo de lo que se gane el trabajador en función de la forma en que se le paga.
  • 22. Salario 2023 Las siglas SMLV significa = Salario Mínimo Legal Vigente en el año actual. Cantidad mínima que debe recibir un trabajador para cubrir sus necesidades de índole: habitación, comida, educación y diversiones. El salario mínimo actual sin incluir el auxilio de transporte es de: SMLV 2023 $ $1.160,000 Auxilio de transporte: $140,606 Total, Devengado SMLV $ 1.300.606
  • 23. Jornada ordinaria La jornada Ordinaria laboral es la que ejecuta determinado trabajador de acuerdo a lo pactado en el contrato de trabajo. En el código sustantivo se establece que no puede exceder de 8 horas diarias, esa es la jornada máxima legal, si excede este tiempo se considera extra o trabajo suplementario y deberá ser remunerada según lo establece el código sustantivo y el código laboral. En la semana lo estipulado debe ser de 48 horas semanales así. TRABAJADOR X LABORA 8 HORAS DIARIAS DE LUNES A SABADO 6 DIAS * 8 = 48 HORAS A LA SEMANA
  • 24. Jornada suplementaria o Extra Es aquella jornada que excede lo Pactado entre el Trabajador y el Empleador. Recordemos que debe ser de 8 Horas diarias como se haya pactado y a la semana deben ser 48 Horas, si en su horario laboral se excede se considera EXTRA O SUPLEMENTARIO.
  • 25. Jornadas laborales JORNADA DIURNA: Es aquella jornada laboral que va actualmente de Día desde las: 6: 00 Am hasta las 9:00 PM JORNADA NOCTURNA: Es aquella jornada laboral que va actualmente de Noche desde las: 9:00 PM hasta las 6: 00 am RECARGO NOCTURNO: Es aquel recargo que se le brinda al trabajador después de las 9: 00 PM Hasta las 6: 00 AM ( Aplica para trabajadores que laboran en horas de la noche..
  • 26.
  • 27. Aplicación SMLV 2023 $ / 30 = $ VALOR DIA SMLV 2023 $ / 240 = $ VALOR HORA 8 HORAS DIARIAS * 30 DIAS 8 * 30 = 240 HRS Auxilio de transporte: $ 140.606 / 30 = $ VALOR AUX POR DIA
  • 28. Hora Ordinaria (6 A.M. a 9 P.M.) Hora Nocturna (9 P.M. a 6 A.M.) +35% Rec.Noct Hora Extra Diurna (6 A.M. a 9 P.M.) +25% extra Hora Extra Nocturna (9 P.M. a 6 A.M.) +75% extra Hora Extra Dominical/Festivo Diurna (6 A.M. a 9 P.M.) +75% Fest. +25% extra Hora Dominical/ Festivo Nocturna (9 P.M. a 6 A.M.) +75% + 35% Hora Dominical/ Festivo Diurno (6 A.M. a 9 P.M.) +75% Hora Extra Dominical/Festivo Nocturna (9 P.M. a 6 A.M.) +75% Fest. +75% extra
  • 29. Contextualización En la semana lo estipulado debe ser de 48 horas, así: TRABAJADOR LABORA 8 HORAS DIARIAS DE LUNES A SABADO 6 DIAS * 8 = 48 HORAS A LA SEMANA. Cabe anotar que el empleador y el trabajador pueden pactar sus jornadas laborales en el tiempo que ellos estipulen según la necesidad de la empresa.
  • 30. Ejemplo El Señor Diomedes Díaz labora en el siguiente horario: Lunes a Sábado de: 8:00 Am a 12:00 Pm = ….. Horas ordinarias 2:00 Pm a 6:00 Pm = ….. Horas ordinarias ……. horas ordinarias establecidas 8 Horas diarias * 6 días de Lunes a Sábado = 6 * 8 = 48 Horas semanales Nota: Si el Empleador decide que el Trabajador labore el lunes hasta las 9:00 de la noche Este tiempo de 3 horas abarca desde las …. PM que el termina de laborar hasta las ….. PM Y obtendríamos según La Jornada laboral ….. Horas Extras diurnas
  • 32. Procedimiento para liquidación Hora extra diurna 25% V.H.O X 1.25 Hora extra nocturna 75% V.H.O X 1.75 Hora extra diurna dominical o festiva 100% V.H.O X 2.00 Hora extra noturna dominical o festiva 150% V.H.O X 2.50 Hora Dominical/ Festivo Diurno 75% V.H.O X 1.75 Hora Dominical/ Festivo Nocturna 110% V.H.O X 2.1 Hora Nocturna ( RECARGO NOCT.) 35% V.H.OX 1.35
  • 33. Liquidación de HED  Las horas extras diurnas son aquellas que se laboran entre las 6Am y las 9Pm, y que superan la jornada laboral ordinaria.  Así, una persona que tiene una jornada laboral ordinaria de 8 horas hasta las 4 de la tarde, si labora más hasta las 7 de la noche causa 3 horas extra diurnas.  Entonces tenemos para cada hora extra diurna:  Salario $ / 240 = $ valor hora Ordinaria Valor de la hora ordinaria = 100% Valor del recargo = 25% Total = 125% (…… x 1.25 X 3 )
  • 34. Aplicación Hora extra diurna 25% V.H.O X 125% Valor hora ordinaria $ ……… x 1.25 x 3 numero de horas extras = ……….
  • 35. Liquidación de HEN La hora extra nocturna tiene un recargo del 75%. Ejemplo: El trabajador tiene una jornada ordinaria desde las 8pm hasta las 6am del día siguiente. La jornada laboral ordinaria se cumple a las 4am, pues abarcara las 8 horas por día de modo que ha laborado dos horas extra nocturnas así: 4 Am hasta las 6 Am = 2 Horas extras Nocturnas
  • 36. Aplicación Hora extra Nocturna 75% V.H.O X 175% Valor hora ordinaria $ ……. x 1.75 x numero de horas extras Nocturnas = ……… pesos valor horas extras Nocturnas.
  • 37. Liquidación de las horas extras en domingos y festivos Cuando se trabajan horas extras dominicales y festivas se debe incluir el recargo dominical y el recargo por trabajo extra, considerando que también hay horas diurnas y nocturnas.  El recargo de las horas extras dominicales y festivas es el mismo que entre semana, sólo que, por el hecho de trabajar un domingo o un festivo, se paga un recargo, recargo que se incrementa o se suma al recargo de las horas extras.
  • 38. Aplicación Concepto Recargo Hora Extra Recargo Dominical Total Recargo Hora Extra Diurna 25% 75% 100% Hora Extra Nocturna 75% 75% 150%  Estos son los recargos, pero falta agregarle el valor de la hora ordinaria que es del 100%, y de allí obtenemos el porcentaje completo:  Hora extra diurna dominical y festiva: 200% (100 + 100)  Hora extra nocturna dominical y festiva: 250%. (100 + 150)
  • 39. Liquidación de horas extras diurnas dominicales y festivas. Supongamos que el trabajador debe laborar un domingo desde las 8 de la mañana hasta las 7 de la noche con una hora para el almuerzo. Su jornada de 8 horas las completa a las 5 de la tarde, luego habrá laborado 2 horas extra diurnas dominicales, y su liquidación será: Valor de la hora ordinaria = 100% ……… Valor del recargo = 100% ……… Total = 200% ……… (….uio x 2) Horas trabajadas 2. 40.000  Tenemos: ……. x 2.0 x 2 = $ 40.000  Recordemos: Valor de la hora ordinaria X porcentaje de recargo X número de horas trabajadas.
  • 40. Liquidación de horas extras nocturnas dominicales y festivas.  Ahora supongamos que el empleado labora el sábado desde las 8Pm hasta las 7Am del domingo.  Las 8 horas de su jornada ordinaria se cumplen a las 5Am, de modo que trabajó 2 horas extras nocturnas dominicales, que se liquidan así: Valor de la hora ordinaria = 100% 4.833 Valor del recargo = 150% 7.249 Total = 250% 12,082 (4.833 x 2.5) Horas trabajadas 2. 24.165 Aquí sólo hemos considerados las horas extras en todas sus modalidades, más no las ordinarias nocturnas ni dominicales.
  • 41. FORMULAS PARA LIQUIDACION DE HORAS EXTRAS EXTRA DIURNA = VALOR HR ORD X 1.25 X N° HRS EXT EXTRA NOCTURNA = VALOR HR ORD X 1.75 X N° HRS EXT EXTRA DIURNA DOMINICAL Y FESTIVA= VALOR HR ORD X 2.0 X N° HRS EXT EXTRA NOCTURNA DOMINICAL Y FESTIVA = VALOR HR ORD X 2.50 X N° HRS EXT