LIDEMA solicita cambios en carretera Villa Tunari - San Ignacio
1. POSICIONAMIENTO DE LIDEMA SOBRE CAMINO
VILLA TUNARI – SAN IGNACIO DE MOXOS
LIDEMA promueve el desarrollo integral y sostenible del país y, en este contexto, se adhiere al
anhelo de inclusión social y económica de los pueblos originarios y las regiones tradicionalmente
marginadas, cuya consecución está estrechamente relacionada con la construcción de caminos que
permitan la conexión con los diferentes departamentos de Bolivia.
Sin embargo, en el marco de la propuesta de desarrollo sostenible, LIDEMA considera que los
procesos de desarrollo deben realizarse tomando en cuenta, por una parte, las prioridades de las
poblaciones locales, por otra, precautelando la conservación del patrimonio natural de la nación,
como una de las mayores riquezas con las que cuenta el país, en el presente y para el futuro.
LIDEMA también observa que un proyecto vial de esta naturaleza conlleva un elevado riesgo de
ocupación desordenada de tierras y ampliación de fronteras agropecuarias, en una región de
elevada pluviosidad, cuyos bosques cumplen un servicio ambiental de protección de cuencas y de
regulación de caudales, contribuyendo a reducir los desastres por inundaciones que afectan
especialmente la cuenca del río Mamoré.
En este sentido, LIDEMA está profundamente preocupada por la forma en la que se está
desarrollando el proyecto de construcción de la carretera Villa Tunari – San Ignacio de Moxos,
principalmente debido a:
− La falta de información pública en relación a los procesos iniciados por parte de las autoridades
nacionales, contraviniendo los artículos 15 y 16 de la Ley del Medio Ambiente y los Art. 30
numeral 10 y 17 y Art. 343 relativo al derecho de la población a la consulta previa e informada
sobre decisiones que pudieran afectar a la calidad del medio ambiente y la calidad de vida de las
personas.
− La suscripción de un contrato “llave en mano” no fue una medida acertada, debido a que, bajo
esta modalidad ya se definió el largo del camino y esta definición, por cuestiones
presupuestarias, no permite alternativas que tomen en cuenta la elevada fragilidad de la zona,
tanto en términos de los conflictos limítrofes interdepartamentales; la presencia de varios
pueblos indígenas y colonizadores, así como la existencia de muestras de ecosistemas únicos
por su buen estado de conservación. En este sentido, esta modalidad impide contar con un
diseño del trazo final de la obra, que sea resultado de un estudio estratégico participativo e
integrado y que incluya la evaluación de todas las opciones de vinculación interdepartamental.
Además deja pocas opciones a diseños alternativos que eviten afectar la zona núcleo del
Territorio Indígena y Parque Nacional Isiboro Sécure.
Por las consideraciones anteriores, LIDEMA solicita que:
− La Autoridad Ambiental Competente, en todos sus niveles, asuma el liderazgo para asegurar el
cumplimiento de la normativa ambiental en lo que se refiere a la realización de consultas
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2. públicas, antes del inicio de obras, procedimiento de evaluación de impacto ambiental, control y
fiscalización ex ante y ex post a la obra.
− El estudio a realizarse contemple los impactos directos, indirectos, sinérgicos y de escenarios
futuros ecológicos, culturales y socioambientales, sobre la totalidad del TIPNIS y no solamente
del área de influencia directa de la carretera.
− Las instituciones públicas responsables, en cumplimiento a lo establecido en la Constitución
Política del Estado, faciliten el acceso oportuno a toda la información generada para la
implementación de dicha obra.
− Cumplimiento a la Constitución Política del Estado y al Convenio 169 de la OIT, se realice la
consulta previa e informada a los pueblos indígenas que habitan el TIPNIS y exista un canal
permanente de intercambio de información y participación de las comunidades indígenas del
TIPNIS, a lo largo de todo el proceso.
− Se considere y respete el Plan de Manejo y Zonificación del TIPNIS, ambos aprobados por
autoridad competente, a tiempo de definir el trazo y diseño final de la obra, con el fin de
preservar las características de la zona y sus objetivos de creación.
− Se presente un plan viable para evitar que la construcción de la carretera derive en un avance
incontrolado de la colonización, a fin de prever y evitar conflictos sociales y altos impactos
socioambientales en la región, considerando la reducida vocación agrícola de la zona.
− Se elabore un plan de fiscalización en el proceso de implementación del conjunto de medidas de
prevención y mitigación que resulten del Estudio de Impacto Ambiental.
− Se aplique el principio precautorio, en la planificación y posterior ejecución de la obra y que el
costo de la misma no sea supeditada a aspectos económicos, sino a la elevada fragilidad e
importancia ambiental de la zona.
− No prime el criterio económico de corto plazo sobre el criterio ecológico y sociocultural en la
ejecución de la obra, en la perspectiva de que el costo beneficio en el futuro no sea negativo
para el país y que se consideren las propuestas técnicas, referidas a profundizar el análisis de
alternativas para el trazo final del camino, evitando impactar negativamente la zona de máxima
protección del TIPNIS, que, en caso de que se lleve a cabo la propuesta actual, será afectada
irremediablemente.
Lic. Edwin Alvarado Terrazas
COORDINADOR NACIONAL PROGRAMA DE
CAPACITACIÓN Y COMUNICACIÓN – LIDEMA
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La Paz - Bolivia
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