PIAR v 015. 2024 Plan Individual de ajustes razonables
Adaptaciones curriculares por Viviana Villacís
1.
2.
3. Se entiende como adaptaciones
curriculares a cualquier ajuste o
modificación que se realiza a los
diferentes elementos de la oferta
educativa común, para dar respuesta a
los estudiantes con necesidades
educativas especiales en un continuo
de respuestas a la diversidad.
4. Forman un conjunto de menor a mayor
significatividad.
Son relativas y cambiantes
5. El termino es una definición psicológica
interactiva y conceptual del aprendizaje
que asocia no solo las dificultades o
discapacidades de los niños/as sino
también a la forma como la escuela
desarrolla el proceso de enseñanza
aprendizaje.
6. Facilitar el aprendizaje y la comprensión
de los estudiantes con NEE.
Programar el mayor numero de
actividades que cumplan el objetivo
propuesto, para niños/as de lento
aprendizaje.
Los niños/as que están inmersos en el
programa de integración educativa
obtengan objetivos básicos,
permitiéndoles salir adelante.
7. Adaptar al niño/a con alguna
discapacidad al sistema regular,
haciéndoles sentir útiles y capaces de
hacer algo.
Realizar adaptaciones curriculares, es
decir dosificar contenidos, actividades,
metodologías y recursos para lograr una
mejor comprensión de los
conocimientos.
Los niños/as con NEE mejoren el
aprendizaje y se sientan útiles y seguros
como seres humanos.
8. Los niños/as tengan aprendizajes
significativos que puedan desenvolverse
en el medio que les rodea y lograr una
mejor adaptación al grupo.
Lograr la participación y
aprovechamiento del dinamismo de los
niños/as con NEE.
Aprovechar y desarrollar el potencial de
los niños/as.
9. Principio de Normalización: Pretende
alcanzar los objetivos mediante un
proceso educativo normalizado.
Principio Ecológico: la adaptación
curricular necesita adecuar las
necesidades educativas de los alumnos
al contexto mas inmediato (centro
educativo, entorno, grupo de alumnos y
alumno concreto).
10. Principio de Significatividad: Cuando se
habla de adaptación curricular se hace
referencia a la adaptación de los
elementos dentro de un continuo que
oscila entre lo poco significativo y lo muy
significativo.
Principio de Realidad: es factible realizar
una adaptación curricular es necesario
partir de planteamientos realistas,
sabiendo exactamente de qué recursos
disponemos y a dónde queremos llegar.
11. Principio de participación e implicación:
la adaptación curricular es
competencia directa del docente y
demás profesionales que trabajan con
el alumno con NEE.
12. Adaptación Curricular de Centro: esta
adaptación curricular es elaborada por
el Equipo Técnico de Coordinación
Pedagógica con la participación de
todo el Equipo de Profesores de la
etapa, ciclo y departamento. Es
aprobada por el Concejo Escolar del
Centro y supervisada por la
Administración Educativa (Equipo de
Inspección).
13. Adaptación Curricular de Aula: en estas
adaptaciones se adecuan
apartamentos concretos de las
Unidades Didácticas que, normalmente
se dirigen a la metodología. Es lo que
siempre se ha entendido como refuerzo
educativo para los niños/as lentos en el
aprendizaje. Suele ser el docente quien
toma la decisión.
14. Adaptaciones Curriculares
Individualizadas: dirigidas a alumnos con
NEE, son ajustes o modificaciones que se
realizan sobre los elementos de acceso
al currículum o sobre los elementos
básicos del currículum (objetivos,
contenidos, metodología y evaluación),
para responder las necesidades que el
alumno/a presenta.
15. Adaptaciones curriculares de acceso al
currículo:
suelen responder a las necesidades
especificas de un grupo limitado de
alumnos, especialmente con
deficiencias motoras o sensoriales. Estas
a su ves se subdividen en:
› De acceso físico
› De acceso a la comunicación
16. Adaptaciones curriculares
individualizadas
Son todos aquellos ajustes o
modificaciones que se efectúan en los
diferentes elementos de la propuesta
educativa desarrollada para un alumno
con el fin de responder a sus
necesidades educativas especiales y
que no pueden ser compartidos por el
resto de sus compañeros. Son de dos
tipos:
17. › No significativas: modifican elementos no
prescriptivos o básicos del currículo. Son
adaptaciones en cuanto a los tiempos,
actividades, metodología, técnicas e
instrumentos de evaluación. Es la estrategia
fundamental para conseguir la
individualización de la enseñanza, tiene un
carácter preventivo y compensador.
18. › Significativas o muy significativas: estas
consisten en:
Adecuar los objetivos, contenidos y criterios
de evaluación.
Priorizar determinados objetivos, contenidos y
criterios de evaluación.
Cambiar la temporalización de los objetivos y
criterios de evaluación.
Eliminar objetivos, contenidos y criterios de
evaluación del nivel o ciclo correspondiente.
Introducir contenidos, objetivos y criterios de
evaluación de niveles o ciclos anteriores.
19. El FODA establece fortalezas,
oportunidades, debilidades y amenazas.
Las fortalezas y debilidades son internas
a la institución, en cambio las
oportunidades y amenazas son externas
a la institución.
20. Este diagnostico nos permite identificar
los problemas que encara la institución
como el Centro de Integración
Educativa y a la vez nos sirve de pauta
para realizar las Adaptaciones
Curriculares necesarias para el trabajo
con los niños/as con NEE.
21. Las escaleras: Para que puedan ser
usadas con seguridad por niños,
ancianos, personas no videntes o
aquellos que sufren de algún tipo de
dificultad para desplazarse. Deben tener
las siguientes características:
22. › Ser de un material
antideslizante tanto en
seco como en mojado.
› Tener un ancho mínimo
de 1.20 mts.
› Contar con escalones
correctamente
proporcionados: la
huella (profundidad del
peldaño) no debe tener
menos de 28 cm., y la
contrahuella (altura del
peldaño) no más de 18
cm. La relación óptima
es 2 contrahuellas + 1
huella = 60 a 65 cm.
23. › Si se trata de una
escalera de uso
público, deberá
tener pasamanos a
ambos lados.
› Debe contar con
una franja de
distinta textura y
color al inicio y final
de la escalera.
24. Los pasillos:
› Los pasillos si son de uso
público deben tener un
ancho mínimo de 140
cm. y estar libres de
obstáculos (como
mobiliario, adornos,
etc.)
› No está permitido
colocar alfombras o
cubre pisos que no
vayan adheridos al
suelo, ya que son
frecuente causa de
tropiezos y accidentes.