1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS POLITICAS Y JURIDICAS
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO FINANCIERO
Autor: Victor Bracho
BARQUISIMETO, JUNIO 2016
2. El Derecho Financiero
Es aquella ramificación del derecho público interno el cual tienes como función
organizar los recursos constitutivos de la Hacienda, del estado y de las diferentes entidades
públicas,(podemos definirlo como el derecho encargado de la administración de los
recursos del estado, en parte.) territoriales e institucionales, de igual forma es encargado de
administrar los ingresos y ordenación de los gastos y pagos que tales sujetos destinan al
cumplimiento de sus fines.
El Derecho financiero es una rama del Derecho público que se ocupa de ordenar los
ingresos y los gastos públicos, normalmente previstos en el presupuesto general del Estado.
Es importante tener en cuenta que el derecho financiero existe en pro de una buena
administración económica de todos los recursos ingresan al estado, y también de aquellos
deberes de pago del estado. Por lo cual entendemos que la actividad financiera que resulta
del sector publico la cual es tarea del derecho financiero, tiene como objeto el ordenar,
(colocar todos los pendientes en regla) todo lo que son los ingresos y los gastos públicos.
Derecho fiscal y Tributario
El derecho fiscal comprende las normas que regulan la actuación del estado en todo
lo relativo a la obtención de recursos (Tributarios, patrimoniales y crediticios) y las
relaciones que se generan con esa actividad. Es decir que todos aquellos impuestos, multas
o sanciones que una persona le paga al estado son regulados por este ente del derecho.
En definición el Derecho tributario o Derecho fiscal no es más que una rama del
Derecho público, dentro del Derecho financiero, Es decir que el derecho tributario viene a
formar parte del derecho financiero, una ramificación del mismo. El cual se encuentra
orientado a estudiar las normas jurídicas a través de las cuales el Estado ejerce su poder
tributario con la finalidad de obtener de los particulares ingresos que sirvan para sufragar el
gasto público, tal cual se expresó anterior mente, cuando el estado recauda ingreso por parte
de las personas que componen su sociedad, estos recurso ya sean por impuestos o multas se
utilizan con en beneficio del estado, a subsanar sus gastos, entre otras actividades propias
del estado. Claro que toda actuación de este Derecho se realiza en pro del bien común.
Cuál es la relación entre el derecho financiero y el derecho tributario?
Podemos decir que el derecho tributario es una rama del derecho fiscal y comprende
el estudio de la regulación de la actividad del estado tendiente a la obtención de recursos
fundada en su poder de imperio, a través de la cual se impone a los particulares la
obligación de contribuir a las cargas públicas. Lo cual quiere decir que el derecho
financiero es el cual da paso al derecho tributario, puesto que este regula la actividad de los
recursos del estado y el derecho tributario es el encargado de regular el cómo llegan dichos
3. recursos al estado, por los particulares, los cuales se encuentran obligados a contribuir con
el estado, y las cargas públicas, de esta forma podemos decir que, pese a los ingresos
externos del estado, de acuerdo a su economía exterior, es importante contar con la
colaboración obligatoria del pueblo para de esta forma lograr una estabilidad financiera.
En el mismo orden de ideas, podemos decir que, la relación entre ambos derecho es
que; 1) la importancia del derecho financiera para regular, administrar y reglar
efectivamente los recursos adquiridos por medio del derecho tributario y 2) que gracias al
derecho financiero existe el derecho tributario, debido a que este viene siendo una rama del
financiero, y aunque uno solo regula los ingresos del estado el otro se encarga de
adquirirlos.
En conclusión en las amplitudes del derecho financiero y tributario nos podemos
encontrar con que, es necesario que ambos derechos trabajen de la mano debido a su
importancia, tanto para el estado y sus finanzas como para el pueblo y su bienestar, puesto
que el pueblo amerita una estabilidad financiera del estado y el estado de una contribución
del pueblo (Por ello todo acto de ambos derecho, específicamente la rama del derecho
público es en pro al bienestar común).
Por qué se dice que el derecho financiero es autónomo?
Dentro de la teoría jurídica general, el derecho financiero no tiene autonomía, como
lo tiene el derecho tributario y otras disciplinas jurídicas.
El derecho financiero es parte del derecho público con cierta autónoma didáctica al
derecho financiero, pero negamos que tenga autonomía científica, en cuanto a la ciencia
jurídica y dentro del concepto generalmente entendido sobre autonomía en el campo
jurídico, que no es otra cosa que una cierta independencia jurídica sin despegarse de la
unidad del derecho. Tal cual lo explica el jurista Brasileño Alfredo Augusto Becker, quien
sostiene que; “el vocablo autonomía es ajeno al mundo jurídico, porque aparte de prestarse
a las más dispares interpretaciones, ni siquiera puede hablarse de separación entre derecho
publica y derecho privado, ya que no pueden existir normas independientes en la totalidad
del sistema jurídico; de manera que la expresión autonomía solo puede ser entendida con
fines didácticos con respecto a cualquiera de las disciplinas del derecho”. Esto nos conlleva
a pensar en que, para que exista una autonomía plena para el derecho financiero, este
debería estar desligado completamente del derecho administrativo mas sin embargo debido
a que este es una ramas del mismo, ya que el derecho administrativo es el encargado de
regular al estado y el derecho financiero es una nada de este derecho, no se podría decir que
tiene una autonomía propia, puesto a que siempre depende de la Administración publica.
La corriente administrativa nos especifica que; el derecho financiero no tiene
autonomía científica sino que forma parte del derecho administrativo porque su objeto es
una mera función, administrativa que se sintetiza en la actividad que despliega el estado
para conseguir recurso, gastarlos y balancearlos. Es decir que, debido a la dependencia del
derecho financiero al derecho administrativo como una rama de este, eso le quita todo
forma de autonomía de acuerdo a lo establecido por las doctrinas, Es el derecho
4. administrativo quien poseed autonomía debido a que este este derecho quien se auto regula,
crea sus normas y las aplica. De esta forma crea el normamiento del derecho financiero
para que este cumpla su función, tal cual una subordinación en pro al beneficio común.
Por otro lado, es necesario recordad que no debe confundirse la actividad
administrativa del Estado con el derecho financiero, pues el derecho financiero se ocupa de
la creación del tributo en tanto que la actividad para hacerlo sino que se limitan a
administrar el tributo.
Y para concluir, se podría decir que, el derecho financiero posee cierta autonomía
relativa, puesto a que proviene de un derecho que efectivamente goza de autonomía. En lo
que a mi respecta, el derecho financiero carece de toda autonomía.
BIBLIOGRAFÍA:
Derecho Financiero y Derecho Tributario
http://www.tuguiacontable.com/2012/04/derecho-financiero-y-derecho-tributario.html
Autonomía del derecho financiero
http://es.slideshare.net/jlarandag/autonomia-del-derecho-financiero