4. ESTADO COLOMBIANOCARACTERÍSTICAS,
ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA
1. Características del Estado Colombiano:
Art. 1º Constitución Política de Colombia “es un
Estado social de derecho organizado en forma de
República unitaria, descentralizada, con autonomía
de sus entidades territoriales, democrática,
participativa y pluralista, fundada en el respeto de
la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad
de las personas que la integran y en la prevalencia
del interés general”
5. •El Poder Legislativo
El Poder Legislativo está formado por el Senado y la
Cámara de Representantes, que conjuntamente forman el
Congreso colombiano, con asiento en la capital de la
República. La función básica del Congreso consiste en
enmendar la Constitución, sancionar leyes y ejercer el
control político del Gobierno. Todos sus miembros son
electos directamente por el pueblo por un período de cuatro
años.
6. El Senado tiene 100 miembros electos a nivel
nacional, Se reservan dos bancas adicionales en
el Senado para representantes de las
comunidades indígenas.
7. la Cámara de Representantes son electos por
distritos. La ley puede prever también la elección de
miembros a la Cámara de Representantes por un
sistema no basado en distritos, para garantizar la
participación de grupos étnicos y minorías políticas.
8. El poder ejecutivo es una de las tres facultades y
funciones primordiales del Estado (junto con la
legislativa y la judicial) consistente en dictar y hacer
cumplir las leyes que suele aprobar el gobierno o el
propio jefe del Estado.
9. El PRESIDENTE
El Presidente no sólo debe cumplir y hacer cumplir la
Constitución y las leyes de Colombia, sino que
también debe garantizar los derechos y libertades de
todos los colombianos.
El Presidente tiene un mandato de cuatro años y
puede ser reelecto.
10. MINISTERIOS
Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Agricultura y Desarrollo Rural
Comercio, Industria y Turismo
Comunicaciones
Cultura
Defensa y Seguridad Nacional
Educación Nacional
Hacienda y Crédito Público
Interior y de Justicia
Minas y Energía
Relaciones Exteriores
Protección Social
Transporte
11. GOBERNACION
UNA GOBERNACIÓN ES UNA ENTIDAD
ADMINISTRATIVA SUB-NACIONAL, QUE HA SIDO
APLICADA A MUCHAS ENTIDADES POLÍTICAS A LO
LARGO DE LA HISTORIA
Gobernación de Antioquia
Gobernación de Cundinamarca
Gobernación de la Guajira
Gobernación del Atlántico
Gobernación del Huila
Gobernación del Valle del Cauca
Gobernación de Nariño
12. ALCALDIAS
UNA ALCALDÍA ES UN ÓRGANO
EJECUTIVO MUNICIPAL
* Alcaldía de Barranquilla
* Alcaldía de Tuluá
* Alcaldía de Yumbo
* Alcaldía Mayor de Bogotá D.C
* Alcaldía Mayor de Tunja
* Alcaldía Municipal de Pasto
13. UNIDADES ADMINISTRATIVAS
ESPECIALES “
Las Unidades Administrativas Especiales fueron instituidas por el Gobierno
Nacional en ejercicio de las facultades extraordinarias otorgadas por la Ley 65 de
1997. La finalidad buscada con su incorporación institucional fue disponer de un
mecanismo jurídico para garantizar que recursos económicos provenientes de la
cooperación internacional se aplicaran exclusivamente a los programas especiales a
los cuales estaban dirigidos, en áreas socioeconómicas sensibles como la salud o la
asistencia agropecuaria. En esa medida, el objeto de las Unidades Administrativas
lo constituyó la más adecuada atención de programas a cargo de Ministerios o
Departamentos Administrativos que, por la naturaleza del programa o por los
recursos utilizados, estarían sujetos a un régimen administrativo especial, que
permitiera una mayor autonomía frente a la administración de los demás recursos
públicos, sin que ello implicara la separación orgánica del Ministerio o
Departamento Administrativo del cual harían parte.
14. SUPERINTENDENCIAS
LAS SUPERINTENDENCIAS DE COLOMBIA SON ORGANISMOS
ENCARGADOS DE FISCALIZAR EN DETERMINADAS ACTIVIDADES
ECONÓMICAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.
* Superintendencia Bancaria
* Superintendencia de Industria y Comercio
* Superintendencia de Notariado y Registro
* Superintendencia de Servicios Públicos
* Superintendencia de Sociedades
* Superintendencia de Valores
* Superintendencia del Subsidio Familiar
* Superintendencia General de Puertos
* Supersalud
15. EMPRESAS INDUSTRIALES Y
COMERCIALES DEL ESTADO
Las empresas industriales y comerciales del Estado se
encuentran definidas en el Artículo 85 de la Ley 489 de 1998
como organismos creados por la ley o autorizados por
ésta, que desarrollan actividades de naturaleza industrial o
comercial y de gestión económica conforme a las reglas del
Derecho Privado, salvo las excepciones que consagra la
ley, y que reúnen personería jurídica, autonomía
administrativa y financiera, y capital
independiente, constituido totalmente con bienes o fondos
públicos comunes, los productos de ellos, o el rendimiento
de tasas que perciban por las funciones o servicios, y
contribuciones de destinación especial en los casos
autorizados por la Constitución.
16. SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA
Las sociedades de economía mixta consagradas en el
Artículo 97 de la misma norma son organismos
autorizados por la ley, constituidos bajo la forma de
sociedades comerciales con aportes estatales y de
Capital privado, que desarrollan actividades de
naturaleza industrial o comercial conforme a las reglas
de Derecho Privado, salvo las excepciones que
consagra la ley.
17. La rama Judicial
• La Constitución prevé que la administración de justicia
en Colombia está a cargo de la Corte Constitucional, la
Corte Suprema de Justicia, el Consejo de Estado, el
Consejo Superior de la Judicatura, la Fiscalía General
de la Nación, los diversos tribunales y jueces y el
sistema de justicia penal militar. La Constitución
establece que la administración de justicia constituye
una función pública. La judicatura goza de
independencia para adoptar sus decisiones y sus
procedimientos son públicos.
18. La Corte Suprema
La Corte Suprema de Justicia tiene carácter de tribunal
de apelaciones, pero también es competente para
investigar y juzgar a determinadas autoridades de alto
nivel en primera instancia por cualquier transgresión
punible de la que sean acusados. Esas autoridades son
el Presidente de la República, los miembros del
Gabinete, el Fiscal General, el Procurador General, el
Defensor del Pueblo, otras autoridades de alto rango y
miembros del Congreso. La Corte Suprema actúa
también como Tribunal de Casación, inclusive en casos
que se ventilan ante el sistema de justicia penal militar.
19. El Consejo de Estado
• El Consejo de Estado es el tribunal de mayor jerarquía en la
jurisdicción de lo contencioso-administrativo. Además presta
servicios como órgano asesor del Gobierno en cuestiones
de derecho administrativo. Veintiséis magistrados son
electos al Consejo de Estado por ese mismo cuerpo a partir
de listas de candidatos presentados por el Consejo Superior
de la Judicatura. Los magistrados prestan servicios por un
plazo de ocho años. Los miembros del Consejo de Estado
sesionan en plenaria y en la cámara de lo contencioso-
administrativo, así como en las cámaras de asesoramiento y
servicio civil.
20. La Corte Constitucional
La Corte Constitucional de Colombia es la entidad
judicial encargada de velar por la integridad y la
supremacía de la Constitución. Fue creada por la
Constitución de Colombia de 1991 e instalada por
primera vez el 17 de febrero de 1992, con siete
miembros.
El Senado elige a los magistrados de la Corte
Constitucional por un plazo de ocho años. Los
magistrados deben estar capacitados en diferentes
ámbitos jurídicos.
21. La Fiscalía General de la Nación es un organismo
adscrito al poder judicial en Colombia. Su principal
función es investigar y acusar a los presuntos
responsables de haber cometido un delito a partir del
sistema penal acusatorio implementado con la ley 906
de 2004.
Cabe resaltar que la Fiscalía existe desde la
expedición de la Constitución de Colombia de 1991, y
comenzó a operar el 1 de julio de 1992.
22. la Corte de Estado
El Consejo de Estado es el tribunal de mayor
jerarquía en la jurisdicción de lo contencioso-
administrativo. Además presta servicios como
órgano asesor del Gobierno en cuestiones de
derecho administrativo.
23. El Consejo Superior de la
Judicatura
El Consejo Superior de la Judicatura es también una
institución creada por la Constitución de 1991. Está
dividido en la Sala Administrativa y la Sala
Jurisdiccional Disciplinaria. La primera está formada
por seis magistrados, dos de los cuales son electos
por la Corte Suprema, uno por la Corte Constitucional
y tres por el Consejo de Estado. La Sala
Jurisdiccional Disciplinaria electos por el Congreso.
24. LOS ÓRGANOS AUTÓNOMOS E
INDEPENDIENTES
• En la estructura del Estado aparecen autoridades u
organismos autónomos e independientes, unos de ellos
de creación constitucional y otros, simplemente
autónomos, de creación legal, sin pretender afirmar que
sea una innovación que ha querido imponer el
ordenamiento jurídico colombiano, especialmente a
partir de la Constitución Política de 1991, frente a las
existentes en los demás países continentales o de
derecho anglosajón, puesto que si bien en el derecho
comparado ellas no están inscritas positivamente en la
Constitución, tienen igualmente su asidero
constitucional.
25. Comisión Nacional de Televisión de
Colombia
La Comisión Nacional de Televisión es una entidad de derecho
público colombiana con autonomía
administrativa, patrimonial y técnica y con independencia de
las ramas del poder público, creada por la Constitución
Política de 1991.
La comisión se comporta como organismo de derecho público
con personalidad jurídica, autonomía
administrativa, patrimonial y técnica, sujeto a un régimen
legal propio para desarrollar y ejecutar los planes y programas
del estado en el servicio público de televisión, así como
también dirigir la política que en materia de televisión
determine la ley sin menoscabo de las libertades consagradas
en la Constitución Nacional art. 76 y 77
26. Consejo Nacional Electoral
• La creación del Poder Electoral surge en respuesta a los
cuestionamientos que desde diferentes sectores de la vida
nacional se formularon frente a la organización de los procesos
electorales y sus resultados, lo cual generó la falta de
credibilidad en los mismos. Ante esto se demandó la
conformación de una organización comicial sólida fundamentada
en una estructura moderna y en la determinación y aplicación de
reglas claras, garantías de procesos electorales transparentes,
técnicos, precisos e imparciales, que ofreciera confianza en
cuanto al respeto de la opinión depositada por los ciudadanos en
las urnas electorales.
• Este Poder Electoral desde el punto de vista institucional
organiza y supervisa todo lo relativo a la elección popular de los
cargos públicos, a través del sufragio universal, directo y
secreto; teniendo además la facultad de organizar las elecciones
sindicales, gremiales y de organizaciones de la sociedad civil
que lo soliciten.
27. Registraduría Nacional del
Estado Civil
• Es misión de la Registraduría Nacional del Estado Civil,
garantizar la organización y transparencia del proceso
electoral, la oportunidad y confiabilidad de los escrutinios
y resultados electorales, contribuir al fortalecimiento de la
democracia mediante su neutralidad y objetividad,
promover la participación social en la cual se requiere la
expresión de la voluntad popular mediante sistemas de
tipo electoral en cualquiera de sus modalidades, así como
promover y garantizar en cada evento legal en que deba
registrarse la situación civil de las personas, que se
registren tales eventos, se disponga de su información a
quien deba legalmente solicitarla, se certifique mediante
los instrumentos idóneos establecidos por las
disposiciones legales y se garantice su confiabilidad y
seguridad plenas”.
28. ORGANISMOS DE CONTROL
• Organismos a los cuales confía la Constitución las
funciones atinentes al control disciplinario, al control
defensoría y al control fiscal
•
• FISCAL => corresponde a la Contraloría
General de
• la República
• CONTROL DISCIPLINARIO =>A cargo de la
Procuraduría General de La Nación
•
• DEFENSORIAL => Lo ejerce el Defensor del
Pueblo
•
29. MINISTERIO PUBLICO
El Ministerio Público (Ministerio Fiscal, Fiscalía
General o Procuraduría General) es un organismo
público, generalmente estatal, al que se atribuye, dentro
de en un estado de Derecho democrático, la
representación de los intereses de la sociedad
mediante el ejercicio de las facultades de dirección
de la investigación de los hechos que revisten los
caracteres de delito, de protección a las víctimas y
testigos, y de titularidad y sustento de la acción
penal pública.
30. PROCURADURIA GENERAL DE LA
NACION
• El Procurador General de la República es el que
representa a los ciudadanos ante el Estado.
31. DEFENSORIA DEL PUEBLO
• La Defensoría del Pueblo, creada por la Constitución
de Colombia de 1991, es uno de los organismos de
control del Estado Colombiano. Su función es
garantizar, promover, divulgar, defender y proteger los
derechos humanos dentro del Estado social de
derecho, quot;democrático, participativo y pluralistaquot;, así
como la divulgación y promoción del Derecho
Internacional Humanitario.
32. PROCURADORES DELEGADOS
• Las procuradurías delegadas ejercerán funciones
preventivas y de control de gestión, disciplinarias, de
protección y defensa de los derechos humanos y de
intervención ante las autoridades administrativas y
judiciales
33. Agentes DEL MINISTERIO
PÚBLICO
El Instituto de Estudios del Ministerio Público es una
Unidad
Administrativa Especial de carácter
académico, autonomía
financiera y autonomía presupuestal en los términos del
Estatuto Orgánico del Presupuesto, y capacidad de
contratación y autonomía administrativa solamente para
expedir su reglamento interno, regular su propia
actividad y
establecer las tarifas de los servicios que presta. Su
domicilio es la ciudad de Santa Fe de Bogotá D. C.
34. Contraloría general de la
república
• La Contraloría General de la República es una entidad
fiscalizadora de las acciones del gobierno que existe en
varios países. Principalmente vela por el cumplimiento y
control de los procedimientos administrativos y
presupuestarios del Estado. Equivale a un tribunal de
cuentas.