Este artículo periodístico describe el lanzamiento de un ambicioso proyecto llamado Red de Apoyo al Trabajo Popular impulsado por el Instituto de Tecnología Industrial (Inti) para apoyar microemprendimientos y enfrentar la desocupación en la ciudad de La Falda y la zona. El proyecto apunta a brindar asistencia técnica, equipamiento, insumos y préstamos reintegrables para la puesta en marcha de unidades productivas pequeñas y sustentables que permitan la subsistencia de las familias y su
1. Presentación Indice
Bloque 1 La Microempresa
Bloque 2 Estudio y Evaluación del Proyecto
Bloque 3 Diseño Organizacional
Bloque 4 Gestión Organizacional
Bloque 5 Estados Contables y Liquidación
2. Bloque 1
LA MICROEMPRESA
1.1 Introducción
1.2 Elementos Básicos
1.3 Aspectos Legales y Fiscales
1.4 Resumen
1.5 Ejercitación
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3. Bloque 1 La Microempresa
1.1 Introducción
1.2 Elementos Básicos
1.2.1 Origen
1.2.2 Características
1.2.3 Concepto
1.2.4 Clasificación
1.2.5 El Emprendedor
1.3 Aspectos Legales y Fiscales
1.3.1 Organización Social
1.3.1.1 Sociedad de Hecho
1.3.1.2 Sociedad Colectiva
1.3.1.3 Sociedad en Comandita Simple
1.3.1.4 Sociedad de Capital e Industria
1.3.1.5 Sociedad de Responsabilidad Limitada
1.3.1.6 Cooperativa de Trabajo
1.3.1.7 Sellado del Contrato
1.3.1.8 Inscripción de la Sociedad y de la Cooperativa
1.3.2 Inscripciones Impositivas
1.3.2.1 Inscripción en Organismos Nacionales
1.3.2.2 Inscripción en Organismos Municipales
1.3.2.3 Inscripción en Organismos Provinciales
1.3.3 Inscripciones Laborales
1.3.3.1 Jubilación
1.3.3.2 Obra Social
1.3.3.3 Seguro de Vida
1.3.3.4 Riesgos del Trabajo
1.3.3.5 Afiliación Sindical
1.3.4 Requisitos de Facturación
1.4 Resumen
1.5 Ejercitación
4. 1.1 INTRODUCCION Crónica, 19/01/03
Comodoro Rivadavia
La Flia. Molina satisfecha y orgullosa con su microemprendimiento:
"Ya somos chinchilleros"
Hace cinco años recibieron el apoyo municipal, a través de ADELOC, y
comenzaron a hacer realidad su microemprendimiento de cría de chinchillas y
el sueño se ha logrado.
Con el apoyo y asesoramiento del criadero Soto-Carromba, la familia Molina pudo lograr su objetivo con este
proyecto que apunta a cosas mayores: el criadero industrial y la futura exportación.
Luis Molina tiene su pequeño microemprendimiento en el barrio Divina Providencia, en la calle Ribotta 962 en
Km. 3, gracias a la perseverancia de su esposa.
Hoy el microemprendimiento funciona con 18 chinchillas, entre machos y hembras, es el comienzo, pero el
objetivo es un criadero industrial, porque para lograr una rentabilidad se debe criar de 200 chinchillas como
mínimo.
"Golpeamos muchas puertas y se abrió la de Adeloc―
Luis Enzo Molina comenzó relatando que "el motorcito fue mi señora, idea que arranca hace 5 años cuando en
un programa televisivo se da cuenta que su producción es redituable".
"Fue así que comenzamos a tocar puertas y el único que confió en nosotros fue el municipio, a través de Adeloc
(Agencia de Desarrollo Local) a cargo de los señores Ulloa, Madueño y Claudia de los Santos, quien hizo el
seguimiento del proyecto y así logramos el préstamo".
"También nos ayudó mucho el criadero de Soto-Carromba, a quien le compramos los animales y nos puso el
microemprendimiento y nos sigue asesorando y apoyando".
Su hábitat
Luego habló Molina del hábitat de las chinchillas y señaló que "deben estar en un espacio con cierta
temperatura ambiente, con luz permanente, ventilación y una cama de aserrín blanca que no despida color para
que no se manche la piel".
5. Otro tratamiento habitual, dijo, que "una vez por semana se bañan, durante una hora, se introducen solas
dentro de un frasco de vidrio donde contiene un polvo para que no se produzcan hongos en la piel, porque el
pelo, si se contagia, se enferma y no sirve más".
"También cada semana se cambia el aserrín, porque hacen sus necesidades, y su comida es alimento balanceado
y alfalfa. Son animales dóciles, no producen olor, no hacen ruido, duermen de día y a la noche están despiertos,
son inquietos, pero no molestan".
La crianza y su venta
Respecto al tiempo de crianza, comentó Molina que "la chinchilla tiene 111 días de gestación y luego produce
dos o tres crías, es decir, que cada 5 de las hembras que tenemos van a tener de 5 a 6 crías en el año, obviamente
en un período de un año vamos a tener entre 60 a 90 más".
Luego se refirió al crecimiento de la piel y su momento para la venta e indicó que "la piel tiene un punto de
maduración que anda entre los seis y nueve meses; llegado ese tiempo se puede sacrificar el animal, de lo
contrario, esperar dos meses más, en ese período se inyecta un anabólico, el animal agranda el cuerpo y ahí sí se
debe sacrificar; se cuerea y luego se debe enviar a Buenos Aires para curtir la piel, único lugar donde existe ese
proceso".
El futuro apunta a un criadero industrial
Pero la familia Molina entusiasmada, no se quiere quedar en un pequeño microemprendimiento, y se encuentra
haciendo gestiones para lograr un terreno e instalar un criadero industrial, porque este es el inicio".
Para fundamentar la rentabilidad recordó que "se necesita lo mínimo tener unas 200 chinchillas", pero volvió a
reiterar que "dentro de un año tengo que tener el espacio necesario ya que con las 5 hembras que tengo vamos a
tener entre 60 y 90 crías, por eso tengo encaminado un terreno en la zona del camino alternativo Roque
González para construir el criadero industrial a que uno aspira".
Finalmente Molina volvió a pedir a Corfo, el apoyo solicitado "porque hasta el momento me tienen en promesas
y después hablan de incentivar a los productores de las Pymes".
"Buscamos exportar"
En cuanto a la venta, señaló el productor que "estamos con el criadero Soto-Carromba, -Dn. Soto viajó a
España para buscar mercado-, tratando de exportar a Barcelona, porque en Buenos Aires los productores hacen
lobby; en tiempo de la convertibilidad pagaban la piel 37 dólares y ahora con la devaluación sólo quiere pagar
entre 15 y 17 dólares, entonces estamos buscando mercados.
Ver Actividades
6. Trabajo de Análisis e Investigación
El artículo periodístico de las pantallas anteriores se refiere a la experiencia de una familia en la
explotación de un microemprendimiento.
A partir de él, y para introducirte en el tema, trabajá en equipo con tus compañeros en base a la guía
que sigue.
a) ¿Qué es un microemprendimiento?
b) ¿Puede cualquier persona o grupo de personas encarar un microemprendimiento?
c) ¿Con qué finalidad se crea un emprendimiento?
d) Incorporá a una carpeta personal un detalle de diez microemprendimientos que conozcas en la
zona en donde vives, indicando actividad desarrollada, cantidad de personas que lo han encarado,
comentarios sobre su actividad y otras consideraciones que creás de interés.
Una vez concluida la labor de los distintos equipos, sería conveniente:
1) poner en común las tareas realizadas;
2) efectuar un debate sobre los distintos puntos analizados;
3) tratar de lograr conclusiones generales de los debates efectuados.
7. Fuente: http://usuarios.lycos.es/grancanariasolidaria/fideo.html
PROYECTO:
MICROEMPRENDIMIENTO PARA LA
FABRICACIÓN Y VENTA DE FIDEOS
Auspicia:
ENUNCIADO
Ante la falta de trabajo que padecen muchas mamás de los nenes que
concurren al jardín, se pensó en buscar una alternativa laboral que permita
ingresos. Por este motivo se propone a las mamás, mediante un cartel en la
cartelera que se anoten aquellas interesadas en formar parte de un
DOMICILIO:
microemprendimiento para la fabricación y venta de fideos. Israel 2353 –
Munro – Vicente
OBJETIVOS López – CP 1605
Formar parte de un microemprendimiento que permita acceder a ingresos como
―fruto‖ del trabajo propio y el del grupo de pertenencia.
Promover la dignidad de las personas.
Acceder al derecho de trabajar.
Fomentar la actitud creativa para generar ingresos.
FUNDAMENTACIÓN
Este proyecto surge ante la falta de acceso a un trabajo de muchas de las mamás de los nenes del jardín y para
ofrecer una alternativa para generar ingresos mediante el esfuerzo y la labor compartida.
8. METAS
Fabricación y venta de fideos.
Conformar un grupo de trabajo con vínculos positivos.
Lograr un microemprendimiento autosuficiente y autónomo.
METODOLOGÍA
Se puso un cartel en la cartelera del jardín invitando a las mamás a participar de una reunión en donde se
empezaría a pensar la forma de organizar un microemprendimiento para la fabricación y venta de fideos.
Concurrieron a la primera reunión quince mamás interesadas.
Se determinó de común acuerdo empezar un curso de capacitación a cargo de la Sra. Giovanina al que
concurrieron ocho personas, durante una semana.
Se determina de común acuerdo el porcentaje de ganancia por la fabricación y por la venta .
Se informa que la primera inversión de materias primas e insumos corre por cuenta del jardín.
Se comienza a trabajar el día 25/03/02.
Empiezan cinco mamás.
Se llevará un libro de actas de las reuniones y se evaluará a fin de año el conjunto del proyecto.
Ver Actividades
9. Trabajo de Análisis e Investigación
La página web se refiere al auspicio de un microemprendimiento realizado por un grupo de personas
con el objeto de crear fuentes de trabajo.
A partir de él, y para introducirte en el tema, trabajá en equipo con tus compañeros en base a la guía
que sigue.
a) ¿Creés que puede tener éxito la constitución de una pequeña empresa creada por unos para que
otros trabajen en ella?
b) Teniendo presente que según la página citada el emprendimiento comenzó sus actividades en
marzo de 2002, tratar de contactarse con ellos (ver página web y dirección al comienzo de la
misma), a efecto de requerir:
- información sobre la marcha del microemprendimiento;
- datos referidos al tipo de organización jurídica de la entidad;
- volumen de ventas, resultado económico, personas empleadas;
- cualquier otra información que creás conveniente recabar.
c) Evaluar la información obtenida y sacar conclusiones.
Una vez concluida la labor de los distintos equipos, sería conveniente:
1) poner en común las tareas realizadas;
2) efectuar un debate sobre los distintos puntos analizados;
3) tratar de lograr conclusiones generales de los debates efectuados.
10. Impulsan microemprendimientos para
enfrentar la desocupación La Voz del Interior, 02/05/03
Corresponsalía - La Falda.
La presencia en esta ciudad del presidente del Instituto de Tecnología Industrial (Inti), Enrique
Martínez, marcó el lanzamiento en el valle de Punilla y su zona influencia del ambicioso proyecto Red de Apoyo
al Trabajo Popular, delineando la nueva impronta de este organismo oficial, hasta ahora exclusivamente técnico,
en lo que se denominó ―abrir el espacio de la discusión para la subsistencia‖.
A instancias de la Oficina para el Desarrollo Económico de La Falda (Odelfa), Martínez explicó a
una audiencia de microemprendedores, pequeños empresarios, representantes comunales e instituciones, los
alcances del programa recientemente implementado por el Inti en la ciudad de Buenos Aires y conurbano, sur
de Santa Fe y Córdoba.
El funcionario determinó que los objetivos se centran en la ―generación de empleo, una
problemática grave y compleja. Venimos a instalar una forma de pensar distinta, el Inti está dispuesto a correr
riesgos, más allá de la función técnica que lo ha caracterizado hasta el momento‖.
Martínez enfatizó ―el compromiso con el trabajo popular‖, marcando dos líneas de acción de la red.
Por una parte, la llamada ―dieta integral‖ que apunta a la producción familiar para la subsistencia diaria,
dotando de equipamiento e insumos para el autoabastecimiento alimenticio.
Por otra la creación de unidades productivas pequeñas sustentables en el marco de los
microemprendimientos, ―la misión nunca puede ser transitoria‖, a los fines de su inserción en el mercado con
sustentabilidad, que permita la comercialización de los productos o insumos fabricados.
El funcionario aseguró que el Inti no sólo asesorará técnicamente para la puesta en marcha, sino
que aportará préstamos reintegrables, ―estaremos desde la semilla hasta la góndola‖, enfatizó.
11. Lejos de la política
―Nos alejamos de la primera línea de fuego de la política. No queremos que la red sea utilizada con
fines electorales‖, aclaró el presidente del Inti, poniendo distancia de los momentos que atraviesa el país.
En cuánto a la dieta integral producida por núcleos familiares, ejemplificó sobre un módulo de 500 familias que
globalizan 3 mil personas en el conurbano bonaerense, determinado que la puesta en marcha del proyecto
insumió 150 mil pesos en equipamiento y 35 pesos mensuales para insumos, logrando que la gente produjera su
propia dieta.
En el rubro de los microemprendimientos, Martínez aclaró que el Inti dispone una partida de 8
millones de pesos para créditos, en el marco del Fondo Capital Social, para préstamos de hasta 15 mil pesos por
emprendedor, reintegrables en tres años con ocho meses de gracia, previo estudio y aprobación del proyecto.
También explicó que el organismo aportará el aspecto tecnológico para los microemprendimientos y
una apoyatura técnica general, participando en la comercialización mediante una página web pronta a
implementarse, diseñándola y administrando ese correo electrónico.
La apoyatura del Inti alcanzará la faz de las inscripciones legales de los productos, ―vamos a
subsidiar o financiar todo ese aspecto, para que el productor pueda accionar con total libertad en la
comercialización‖, acotó.
Se hizo hincapié que el concepto de la Red de Apoyo al Trabajo Popular es ―conseguir el propio
alimento y reducir el hambre en la Argentina‖.
Ver Actividades
12. Trabajo de Análisis e Investigación
El artículo periodístico de las pantallas anteriores se refiere a la promoción de microemprendimientos
realizada por el INTI con el objeto de combatir la desocupación
A partir de él, y para introducirte en el tema, trabajá en equipo con tus compañeros en base a la guía
que sigue.
a) ¿Creés que las entidades gubernamentales deben fomentar los microemprendimientos? ¿Porqué?
b) En el artículo de referencia aparece la figura del emprendedor. ¿Qué funciones pensás que tiene tal
persona en un microemprendimiento?
c) ¿Cómo pueden los microemprendimientos ―conseguir el propio alimento y reducir el hambre en la
Argentina‖, según reza la última parte del artículo de referencia?.
Una vez concluida la labor de los distintos equipos, sería conveniente:
1) poner en común las tareas realizadas;
2) efectuar un debate sobre los distintos puntos analizados;
3) tratar de lograr conclusiones generales de los debates efectuados.
13. 1.2 ELEMENTOS BASICOS
―Microemprendimiento‖ es un vocablo que está de moda. En efecto, ante los graves problemas
de desocupación y pobreza que afronta el país, muchas personas e instituciones han visto que mediante
ellos es factible encarar, sino la solución integral de estos problemas, una forma de comenzar a revertir la
tendencia que muestran los sistemas económicos a expulsar trabajadores de los procesos productivos.
El objetivo del presente bloque es introducir el este concepto a través de
sus características, ya que ellas son las que le dan su esencia que lo hacen parecer
como una nueva forma de encarar la actividad económica, a pesar de que el
microemprendimiento coexistió desde siempre con la raza humana.
1.2.1 ORIGEN
Desde que el hombre es hombre, debió agudizar su Foto extraída del sitio web
ingenio a los efectos de conseguir los elementos necesarios que le MANUEL MORILLA
Antigüedades-Restauración
permitieran subsistir: la comida y el abrigo, fue así que se dedicó Catalina de Perea, 13
a diferentes actividades como cazadores, agricultores, pescadores, Tfno.: 954862767
pastores, etc., siendo ellas microemprendimientos, ya que todavía 41710 - Utrera (SEVILLA)
no se producía en grandes escalas.
Aparecieron luego los artesanos que desempeñaban distintos oficios,
carpinteros, herreros, etc., a los que se agregaron pequeños comerciantes que revendían bienes que otros
producían, los que realizaban su actividad individualmente.
Con la revolución industrial aparece la división del trabajo y se comienza a producir en serie, con lo
que los microemprendimientos pierden importancia en el contexto de la economía global.
La aparición de los hipermercados significó también la desaparición de una gran número de
pequeños comerciantes ante la imposibilitad de competir con ellos.
Sin embargo, ante problemas de desocupación, mucha gente se está ingeniando para crear
microemprendimientos, con lo que éstos vuelven a adquirir una relativa importancia como alternativa válida
para aquellos que no quieren o no tienen cabida en la gran empresa.
14. 1.2.2 CARACTERISTICAS
Los microemprendimientos tienen características propias que los distinguen de las otras
empresas que actúan en el mercado. Los más importantes son:
* Tienen una reducida cantidad de miembros.
* Son dirigidas por sus propietarios.
* Gozan del aporte personal de las aptitudes y conocimientos de sus miembros.
* Su capital no es significativo.
* El monto total de ventas no es muy importante.
* Sus componentes están en constante comunicación.
* Se adaptan sin mayores dificultades a los cambios.
• Tienen una reducida cantidad de miembros
Generalmente los microemprendimientos están formados por una persona y algunos componentes
de su grupo familiar, tal es el caso de los pequeños comercios de barrio, que cuando tienen un mayor volumen
suelen tomar algunos empleados.
Pueden también estar formados por dos o más socios a efecto de encarar una tarea en común, como
por ejemplo un taller mecánico integrado por especialistas en distintos tipos de vehículos.
También pueden tener una combinación de socios y empleados, es decir que no es condición
necesaria de que todos los que trabajen en un microemprendimiento sean socios
• Son dirigidas por sus propietarios
Difieren de las grandes empresas en donde los propietarios suelen designar directores o gerentes
que tienen poca o ninguna participación en el capital, en que son dirigidas por sus dueños, es decir que ellos son
los que toman las decisiones que hacen al funcionamiento de la entidad.
En otras palabras, en los microemprendimientos no existe separación entre las figuras del socio
capitalista y del empresario, ya que ambos están representados en la misma persona.
15. * Gozan del aporte personal de las aptitudes y conocimientos de sus miembros
Los microemprendimientos son normalmente una empresa individual o asociación de personas, por
lo que están formados por individuos que aportan sus dotes y conocimientos personales.
En esto se diferencian de las sociedades de capital, en donde los socios efectúan aportes de dinero o
bienes, sin importar sus conocimientos o aptitudes para el negocio, en razón de que la conducción de la empresa
es confiada a gerentes especializados.
* Su capital no es significativo
Generalmente los emprendimientos son encarados por personas con escasos recursos financieros
pero con cierto tipo de aptitudes y el deseo de trabajar en forma independiente, por lo que no cuentan con un
importante aporte de capital.
En estas empresas la mano de obra es normalmente mucho más importante que el capital por lo que
generalmente deben actuar en actividades en donde la competencia basada en grandes recursos no incida en la
actividad que se desarrolla.
* El monto total de ventas no es muy importante
Según la resolución SEPyME (Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa) 24/01 son
considerados microemprendimientos aquellas empresas cuyas ventas anuales no superan ciertas cifras según la
categoría a que pertenecen.
Estas categorías y montos de ventas respectivos son: Agropecuarias $ 150.000.-, De Servicios
$ 250.000.-; Industriales y Mineras $ 500.000.- y Comerciales $ 1.000.000.-
Por ventas anuales se entiende las que surgen del promedio de los tres últimos años contados a
partir del último balance o de información contable, debidamente documentada.
Como puede apreciarse, dentro de microemprendimientos cabe una gran cantidad de
emprendimientos ya que si se dividen esas cifras por doce a efecto de obtener un promedio mensual, se nota
claramente que un plomero o un electricista, por ejemplo, es difícil que alcancen los $ 20.000.- mensuales de
facturación o que un almacenero llegue a los $ 80.000.- de ventas en el mismo período.
16. • Sus componentes están en constante comunicación
Por tratarse de pocas personas que trabajan en lugares no muy amplios, la comunicación entre ellos
es permanente y puede hacerse en forma oral sin mayores formulismos.
Es así que cualquier miembro puede transmitir sus sugerencias, comentarios, observaciones o
cualquier otro tipo de ideas en el momento en que se le ocurra.
Independientemente de lo expresado en el párrafo anterior, es conveniente que se realicen reuniones
o asambleas entre ellos a efecto de discutir sobre la marcha de la organización, emprendimientos futuros o
cualquier otro asunto relacionado con la empresa.
• Se adaptan sin mayores dificultades a los cambios
En razón de que carecen de una estructura rígida y la inversión en bienes de uso es relativamente
baja, pueden cambiar sus estructuras con mucha mayor facilidad que una empresa de envergadura.
Supongamos por ejemplo de un servicio de reparación y service de computadoras, que está sujeto a
constantes cambios en equipos y accesorios, tiene que adaptarse permanentemente a esos cambios, lo que es
factible hacer sin mayores inconvenientes.
Los microemprendimientos tienen
las características descriptas
anteriormente, que lo diferencian
notablemente de las empresas de
mayor envergadura
17. 1.2.3 CONCEPTO
Tomando como base las características fundamentales de los microemprendimientos señaladas en el
punto anterior, se puede ensayar el siguiente concepto de microemprendimiento:
Es la actividad económica realizada por uno o varios emprendedores con el aporte personal de las aptitudes y
conocimientos de sus miembros a través de una comunicación permanente entre ellos, con recursos limitados
y un acotado nivel de ventas, todo lo cual hace que se adapten sin mayores inconvenientes a los cambios, con
el objeto de obtener los bienes y servicios necesarios para vivir decorosamente.
Además de las características que determinan el concepto de microemprendimiento, se ha incluido
en el mismo el objeto con que se encara este tipo de empresa, que es el que en definitiva mueve la mayor parte
de las actividades económicas y que es el de:
Obtener los bienes y servicios necesarios para vivir decorosamente
Quienes encaran
microemprendimientos lo
hacen con el objeto de
procurarse los bienes y
servicios que necesitan para
tener un nivel de vida
adecuado.
18. 1.2.4 CLASIFICACION
Según el aspecto que se considere, los microemprendimientos pueden clasificarse de diferentes
formas. Entre otros, esos aspectos son los que siguen.
* Según el propietario y sus colaboradores.
* Según la actividad que desarrollan.
• Según el propietario y sus colaboradores
Según quien es el dueño del capital, los microencrendimientos pueden clasificarse a su vez en
individuales, colectivos o con empleados.
Individuales Colectivos Con empleados
Son todos aquellos en que el Son aquellos en que los Tanto los
emprendedor (nombre con el emprendedores son dos o más microemprendimientos
que se designa a quien lo crea y personas, que se asocian para individuales como colectivos
lo administra) es una sola ejecutar un proyecto en común. pueden contratar empleados en
persona. forma permanente o transitoria.
Pueden asumir distintas formas
Es el caso de pequeños societarias: sociedades de hecho, Para hacerlo legalmente se
comerciantes como el sociedades colectivas, sociedades deben cumplimentar las normas
almacenero de barrio, de responsabilidad limitada, etc. que al respecto señalan la ley de
kiosquero, etc., o de algunos contrato de trabajo y demás
También pueden constituirse
oficios como plomero, leyes laborales.
como cooperativas de trabajo.
electricista, etc.
En el punto 1.3 Aspectos Estos aspectos también serán
Pueden trabajar solos o con la Sociales y Legales, se verán las tratados en el punto 1.3.
ayuda de familiares, como la formas de organización y
esposa y los hijos administración.
19. • Según la actividad que desarrollan
Según la actividad económica que desarrollan, los microemprendimientos pueden clasificarse a su
vez en productores de materias primas, industriales y de servicio.
Productores de Materias Primas
Esta es una actividad muy utilizada por los microemprendedores sobre todo cuando se trata de
explotaciones de recursos naturales en pequeña escala.
Ultimamente se han incorporado nuevas actividades que son buscadas por aquellos que quieren
evitar la competencia con grandes productores como crianza de lombrices para utilizarlas como
fertilizantes, cría de caracoles para consumo humano, etc.
Entre esas actividades se destacan:
- Agricultores, que explotan minifundios;
- Horticultores, que producen verduras;
- Apicultores, productores de miel, cera, jalea real, etc.;
- Floricultores, productores de flores;
- Viveristas, productores de plantas;
- Ganaderos, de pequeños rebaños de cabras, ovejas, etc.;
- Tamberos, con producción de leche;
- Avicultores, creadores de aves para carne y huevos;
- Cunicultores, creadores de conejos para lana y/o carne;
- Coturnicultores, criadores de codornices para carne y huevos;
- Pescadores, con barcas de poco calado;
- Lombricultura, criadores de lombrices rojas para utilizarlas como fertilizantes;
- Helicicultura, criadores de caracoles terrestres en criadero para consumo humano;
- Criadores de chinchillas, para obtener pieles, etc.
20. Elaboración de Productos
Los microemprendedores deciden entrar en este campo cuando la elaboración de la materia prima
para fabricar distintos tipos de bienes no requieren de grandes maquinarias y en cambio llevan incorporados
en el proceso productivo un gran porcentaje de mano de obra.
Entre esas actividades se destacan:
- Reposterías: producción de tortas, postres, masas, etc.;
- Pizzerías: elaboración de pizzas, empanadas, etc.
- Fábricas de sandwiches;
- Panaderías: elaboración de pan, facturas, etc.;
- Rotiserías: elaboración de comidas;
- Elaboración de pastas caseras;
- Heladerías: elaboración de helados y postres helados;
- Artesanos: fabricación de bijouterí, prendas, etc.;
- Costureras: fabricación de prendas a medida;
- Sastres: fabricación de prendas masculinas a medida;
- Químicos: fabricación de detergentes, perfumes, etc.;
- Carpinteros: fabricación de muebles y elementos de madera;
- Herreros: fabricación de rejas y otros elementos de hierro;
- Editoriales: publicación de libros, revistas, etc.;
- Imprentas: impresión de formularios, volantes, etc.
- Letristas: fabricación de carteles;
- Encuadernadores: encuadernador de libros, folletos, etc.;
- Escultores: creación de esculuras.
21. Prestación de Servicios
Este tipo de actividad se adapta mucho para la concreción de microemprendimientos, sobre todo si
se trata de servicios que requieren poca inversión de bienes de capital.
Entre esas actividades se destacan los siguientes servicios:
- Relacionados con inmuebles: plomeros, electricistas, colocadores de mosaicos, tejas, etc.
- Relacionados con vehículos automotores: talleres mecánicos, talleres de chapa y pintura, lavaderos, etc.
- Relacionados con la sanidad: colocación de inyecciones, control de presión arterial, etc.;
- Animación de fiestas: títeres, payasos, alquiler de juegos, etc.
- Servicios de lunch: alquiler de vajillas, carpas, provisión de comestibles y bebidas, etc.;
- Transporte: remises, taxis, transporte de alumnos, etc.;
- Restaurantes, bares y confiterías;
- Profesionales: abogados, médicos, arquitectos, contadores, escribanos, etc.;
- Talleres de reparación de ropas;
- Arreglo de artículos del hogar: televisores, videos, heladeras, ventiladores, enceradoras, etc.;
- Reparación y actualización de computadoras y accesorios;
- Servicios de limpieza: domicilios particulares, oficinas, locales, etc.
- Enseñanza de idiomas;
- Enseñanza particular a alumnos con problemas;
- Diagramación de folletos, libros, revistas, etc.;
- Servicio de fotocopias, anillado de copias, etc.;
- Venta de loterías, quinielas y otros juegos de azar;
- Quioscos: venta de golosinas, diarios, revistas, etc.;
- Servicios de vigilancia: de locales, oficinas, etc.;
- Diseño y cuidado de parques y jardines;
- Comercio en general: tiendas, almacenes, ferreterías, farmacias, repuestos, etc.
22. 1.2.5 EL EMPRENDEDOR
El emprendedor es la persona que imagina y concreta un microemprendimiento.
Para que un microemprendimiento tenga las mayores posibilidades de tener éxito, es necesario que
el emprendedor reúna una serie de cualidades y conocimientos.
Las cualidades que le dan un perfil empresarial moderno imprescindibles para lograr un
desempeño eficaz son:
* Innovador
* Líder.
* Conductor.
* Motivador.
* Adaptador.
* Tenaz.
* Tener conocimientos teóricos y prácticos
• Innovador
Además de la competencia que debe enfrentar el emprendedor con aquellos que producen bienes
similares o que prestan servicios similares, tiene que tener en cuenta los cambios que se producen en el medio en
el que le toca actuar, ya sea en las preferencias de los consumidores, el contenido del producto o los procesos
productivos.
En razón de ello deben tratar, en las medidas de las posibilidades, de introducir los cambios y/o
mejoras que permitan potenciar las prestaciones que brinden sus productos o servicios, a efecto de poder
competir con éxito.
• Líder
El líder es quien posee la capacidad de dirigir a sus subordinados de forma tal que ellos cumplan
con las metas que se propone.
Un emprendedor será líder del grupo con el cual trabaja si sus determinaciones influyen sobre ellos,
de manera tal que sus decisiones sean acatadas con entusiasmo por aquellos que deban
cumplimentarlas.
23. • Conductor
El conductor es quien dirige a otros hacia un lugar o al cumplimiento de una meta. Llevado este
concepto al campo de los microemprendimientos, los emprendedores son quienes están encargados de dirigir los
factores productivos de que dispone para la concreción de las metas y objetivos propuestos.
Es normal y lógico que para cumplir con dichas metas y objetivos se presenten distintas
alternativas, las que el emprendedor debe analizar a fin de tomar las decisiones pertinentes, manifestando así su
capacidad de conducción.
• Motivador
Los emprendedores que trabajan con un equipo humano debe estimular a sus miembros con la
finalidad de que se consustancien con el trabajo y contribuyan con un rendimiento ideal en las tareas que deben
llevar a cabo.
• Adaptador
El emprendedor debe tener la capacidad de asimilar los cambios que se producen como
consecuencia de las innovaciones tecnológicas, los usos y costumbres, etc., a fin de evitar que los mismos afecten
al microemprendimiento, o al menos minimizar sus efectos.
• Tenaz
Una persona tenaz es aquella que se manifiesta firme y terca frente a un propósito.
En el caso del emprendedor es tenaz aquel quien frente a los problemas que presenta el
desenvolvimiento del microemprendimiento que dirige, actúa con firmeza a efecto de cumplir con las metas y
objetivos propuestos.
24. * Tener conocimientos teóricos y prácticos
Las emprendedores deben tener además una serie de conocimientos indispensables para poder
manejar solventemente el microemprendimiento; y aunque muchas veces no es factible poseer todos ellos, puede
consultarse a asesores a efecto de evacuar las dudas o para obtener información sobre aquellos que no se tienen.
Entre los conocimientos más importantes que se deben tener pueden mencionarse:
* Conocimiento técnico sobre la fabricación del producto o la prestación del servicio
* Conocimiento del mercado en que se debe actuar.
* Conocimiento de los clientes potenciales.
* Conocimiento de los probables proveedores.
* Conocimientos financieros.
* Conocimientos administrativos.
Conocimientos técnicos
Es evidente que lo primero que debe conocer un emprendedor es la forma de elaborar su producto o
prestar un servicio. Pero no basta con ello, debe también conocer como hacerlo de forma competitiva, de manera tal
de poder colocarlo en el mercado a un precio que convenga al cliente potencial y le deje un margen de ganancias
razonable.
Conocimientos del mercado
Además de saber como hacer algo competitivamente debe conocerse el mercado al cual se quiere llegar,
pues ningún producto elaborado de esa forma puede colocarse si no existe una demanda del mismo.
Es por ello que debe efectuarse un estudio del mercado para averiguar, entre otras cosas:
- Existencia de una necesidad insatisfecha.
- Posibilidad de crear la necesidad que demande el producto.
- Posibilidad de cambio en los gustos que favorezca su colocación.
- Precios de la competencia comparado con los costos de producción.
- Factibilidad en la adquisición de materias primas a precios ventajosos.
- Posibilidad de conseguir mano de obra especializada en lo que se quiere producir.
- Existencias de fuentes de financiamiento.
- Medios de comunicación adecuados para hacer conocer el producto.
25. Conocimiento de los clientes potenciales
Aunque este ítem forma parte del conocimiento del mercado, se lo señala por separado dado la
importancia que el mismo tiene en la colocación del producto o servicio.
Lo primero que debe saber el emprendedor es la posibilidad que puede tener el cliente de adquirir
el producto que se ofrece, además de sus gustos y preferencias.
Otro elemento importante, cuando se vende a plazos, es conocer la solvencia financiera de los
clientes, ya que la incobrabilidad puede ocasionar quebrantos importantes que afecten la marcha del
microemprendimiento.
Conocimiento de los proveedores
Es importante determinar si existen empresas que provean las materias primas y otros insumos
necesarios para elaborar el producto o prestar el servicio y, en caso afirmativo, la posibilidad de contactarse con
ellas.
También se debe conocer si es factible adquirirles esos productos, ya que algunos proveedores
seleccionan su clientela teniendo en cuenta el volumen de compra, zona de influencia, solvencia patrimonial,
etc., y un microemprendimiento puede no reunir las condiciones necesarias para relacionarse con ellos.
Conocimientos financieros
La faz financiera ocupa un lugar preponderante en la gestión comercial de cualquier empresa y más
aún cuando se trata de un microemprendimiento.
El emprendedor tiene que tener ideas de los recursos que necesita para cumplir con el ciclo
productivo, desde que este se inicia hasta que se cobra lo vendido, a efecto de evitar la paralización de las
actividades por falta de recursos monetarios.
Conocimientos administrativos
Toda actividad comercial requiere de registros y controles administrativos adecuados a efecto de
evitar posibles pérdidas debido a falencias en este sentido, por lo que el emprendedor debe contar con los
conocimientos necesarios o con un adecuado asesoramiento en la materia.
26. 1.3 ASPECTOS LEGALES Y FISCALES
La puesta en marcha de cualquier emprendimiento comercial requiere de la cumplimentación
de normas legales, las que no pueden desconocerse, ya que de no ser satisfechas se está sujeto a sanciones
que van desde la multa hasta la clausura, por lo que antes de comenzar cualquier tipo de actividad se debe
indagar sobre las disposiciones vigentes en materia de:
* Organización Social
* Inscripciones Impositivas
* Inscripciones Laborales
* Requisitos de Facturación
1.3.1 ORGANIZACIÓN SOCIAL
Cuando el microemprendimiento es encarado por dos o más personas, existe entre ellos una relación
social que debe ser plasmada en un contrato que señale las bases y condiciones sobre las que se asienta la
sociedad.
Existen diferentes tipos de sociedades, las comerciales legisladas por la ley 19.550 y las cooperativas
regladas por la ley 20.337.
A continuación se hará un somero análisis sobre los tipos de sociedades o asociación de posible uso
entre los miembros de microemprendimientos, a saber:
* Sociedad de Hecho
* Sociedad Colectiva
* Sociedad en Comandita Simple
* Sociedad de Capital e Industria
* Sociedad de Responsabilidad Limitada
* Cooperativa de Trabajo
27. 1.3.1.1 Sociedad de Hecho
Característica Administración y Resoluciones
Denominación
Fiscalización Sociales
Son sociedades de hecho aquellas en Generalmente En las relaciones con No existen
que dos o más personas se asocian actúa con una terceros cualquier socio disposiciones legales
con un objeto comercial sin cumplir razón social y el representa a la sociedad. sobre la materia, por lo
con los requisitos formales que aditamento de La ley nada dice sobre que las resoluciones se
establece la ley, como por ejemplo no ―Sociedad de fiscalización para este adoptarán de acuerdo
confeccionar el contrato social o no Hecho‖. tipo de sociedad. al pacto que pudieran
inscribirlo en los registros Cualquiera de los socios haber efectuado los
correspondientes. puede exigir la socios.
Las sociedades no constituidas disolución de la sociedad
regularmente son consideradas cuando lo crea
sociedades de hecho. conveniente.
Todos los socios que participan en
este tipo de sociedad quedan
obligados ilimitada y solidariamente
por las operaciones sociales.
Si bien las sociedades de hecho son las más fáciles de constituir, no es conveniente adoptarla debido a
los siguientes inconvenientes:
- cualquier socio puede pedir la disolución de la sociedad cuando él lo resuelva;
- cualquier socio puede adquirir una obligación en nombre de la sociedad y esta queda obligada a cumplirla;
- el cumplimiento de la obligación puede ser pedido a cualquier de los socios, ya que estos quedan obligados
ilimitamente (es decir con todo su patrimonio personal) y solidariamente (cada uno de los socios es responsable
por el total de la deuda): esto quiere decir que si un socio de una sociedad de hecho firma un pagaré por
$ 1.000.000.-, aunque lo haga de mala fe, el acreedor puede exigir su pago a cualquier otro socio.
28. 1.3.1.2 Sociedad Colectiva
Característica Administración y Resoluciones
Denominación
Fiscalización Sociales
Todos los socios son Puede tener denominación o La administración puede estar Las resoluciones
responsables ilimitada razón social acompañadas a cargo de los socios sociales se adoptan
y solidariamente por por las palabras ―sociedad individualmente o en por mayoría del
las obligaciones colectiva‖ o su abreviatura. conjunto, o de terceros, según capital (la mitad más
sociales. La razón social puede lo estipule el contrato social. uno), salvo en el caso
formarse con el nombre de Todos los socios tienen de modificación del
alguno, algunos o todos los derecho a fiscalizar los libros y contrato social en
socios. Si en ella no figura los papeles sociales y recabar de que se requiere el
nombres de todos los socios los administradores los consentimiento de
debe contener las palabras ―y informes que estimen todos los socios
compañía‖ o su abreviatura. pertinentes. (unanimidad).
Contrato social
Un modelo de contrato social de sociedades colectivas es el que sigue.
Entre los señores ...................(a)................................ se conviene celebrar un contrato de sociedad colectiva, el que se regirá por las
cláusulas siguientes: Primera: La sociedad se denominará............................(b)................................ teniendo domicilio legal en
................................(c) ........................................ Segunda: La sociedad podrá establecer sucursales en todo el país o en el extranjero.
Tercera: La sociedad tendrá una duración de ................................(d)................................ años, contados a partir de la fecha de su
inscripción en el Registro Público de Comercio. Cuarta: La sociedad tiene por objeto ................................ (e) ...................... . A tal fin, la
sociedad posee plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, ejerciendo los actos que no le están prohibido
por las leyes o el presente contrato. Quinta: El capital social se divide en ....(f).... (.....) cuotas de ............... (g) ........... pesos
($....................) cada una, alcanzando un total de........ (h) ........ pesos ($..................), que se suscribe íntegramente, de acuerdo al
siguiente detalle: Socio........ (i) ............ suscribe........... (j) ................... pesos ($..............), que integra en efectivo; Socio ............. (i)............
suscribe ..................... (j) ......... pesos ($ .................), que integra en especies, según inventario que forma parte del presente contrato.
Sexta: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de los señores .......................... (k) .......................... quienes
actuarán en forma ............ (l) .........., en calidad de gerentes, teniendo todas las facultades para administrar y disponer de los
bienes, incluso aquéllos para los cuales se requieren poderes especiales según lo estipula el artículo 1881
del Código Civil y el artículo 9 del decreto-ley 5965/63. En consecuencia pueden celebrar en nombre de la
29. sociedad, toda clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, como por ejemplo: Operar con todo tipo de
bancos o instituciones financieras, oficiales, privadas o mixtas, nacionales o del extranjero. Otorgar a una o más personas poderes
judiciales, inclusive para querellar criminalmente, o poderes extrajudiciales con el objeto y la extensión que juzguen conveniente.
Séptima: Ningún socio podrá realizar por cuenta propia o ajena, actos de comercio en competencia con la sociedad, salvo
consentimiento dado por los otros socios, en forma unánime y fehacientemente. Octava: La violación a lo dispuesto por el artículo
anterior, da derecho a excluir al socio, la incorporación a la sociedad de los beneficios obtenidos y el resarcimiento de los daños
ocasionados. Novena: El cierre del ejercicio económico opera el .......................... (m) .......................... Décima: Las utilidades se
distribuirán .................................. (n) .................................. Soportándose las pérdidas en la misma forma. Undécima: En caso de
disolución de la sociedad se debe nombrar un liquidador con las facultades y obligaciones que determina la ley. Duodécima: Para
todos los efectos legales derivados del presente contrato, sean estos judiciales o extrajudiciales, los socios renuncian al fuero federal
o a cualquier otro de excepción que pudiera corresponderles, y se someten a los Tribunales Ordinarios de la Provincia de ................
(ñ) ................... El presente contrato se extiende en ................(o) ................ a los ..... (p) ...... días del mes de .......... (q) .......... del año
dos mil ............... (r) ............, firmándose ........... (s) ........ ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
Notas:
(a) Datos de los socios: Nombre y apellido, edad, estado civil, domicilio, nacionalidad, profesión y Nº de documento de identidad;
(b) Razón social o Denominación con el aditamento de las palabras Sociedad Colectiva o su abreviatura;
(c) Localidad en donde tiene la administración la sociedad;
(d) Tiempo de duración de la sociedad expresado en años;
(e) Descripción del objeto de la sociedad, el que debe ser preciso y determinado;
(f) Cantidad de cuotas en que se divide el capital en letras y números;
(g) Valor en pesos de la cuota social en letras y números;
(h) Valor total del capital social suscrito en letras y números: (f) x (g);
(i) Nombre y apellido de cada uno de los socios;
(j) Importe de capital que suscribe cada socio en letras y números;
(k) Nombre y apellido del o los gerentes;
(l) Indistinta, Conjunta, Conjunta de a dos (cuando son más de dos), etc.;
(m) Fecha de cierre del ejercicio económico;
(n) Forma de distribución de utilidad: Puede ser "En proporción al capital aportado por cada socio", "Socio A.A. 40%", etc.;
(ñ) Provincia en donde se celebra el contrato;
(o) Localidad en donde se celebra el contrato;
(p) Día en que se celebra el contrato;
(q) Mes en se celebra el contrato;
(r) Año en que se celebra el contrato;
(s) Cantidad de ejemplares que se firman (Uno para cada socio y otro para hacer los trámites de inscripción de la sociedad).
30. 1.3.1.3 Sociedad en Comandita Simple
La sociedad en comandita simple se utiliza cuando se asocia una persona que únicamente aporta
dinero y/u otros bienes, el llamado socio comanditario, que no puede intervenir en la administración ni figurar en
la razón social, junto con otro que también aporta capital, llamado comanditado, pero que trabaja en la sociedad
y que puede intervenir en la administración y figurar en la razón social.
Característica Administración y Resoluciones
Denominación
Fiscalización Sociales
En esta sociedad existen dos Puede tener denominación La administración puede Las resoluciones
tipos de socios: o razón social acompañadas estar a cargo de los sociales se adoptan
Socios comanditados: Sus por las palabras ―sociedad socios comanditados o por mayoría del
derechos y obligaciones son en comandita simple‖ o su terceros. Los socios capital (la mitad
similares a los de los socios de abreviatura. comanditarios no pueden más uno), salvo en
la sociedad colectiva, pueden La razón social se forma administrar, si lo hacen el caso de
ejercer la administración y son exclusivamente con el son responsables modificación del
ilimitada y solidariamente nombre de alguno, algunos ilimitada y contrato social en
responsables con sus bienes o todos los socios solidariamente. que se requiere el
particulares. comanditados y debe Todos los socios tienen consentimiento de
Socios comanditarios: Aportan contener las palabras ―y derecho a fiscalizar los todos los socios
capital pero no ejercen la compañía‖ o su libros y papeles sociales y (unanimidad).
administración, limitando su abreviatura. recabar de los
responsabilidad patrimonial al Los socios comanditarios administradores los
capital que se obligaron a no pueden figurar en la informes que estimen
aportar. razón social. pertinentes.
31. Contrato social
-Un modelo de contrato social de sociedades en comandita simple es el que sigue.
Entre los señores .................................... (a) .................................... se conviene celebrar un contrato de sociedad en comandita simple,
el que se regirá por las cláusulas siguientes: Primera: La sociedad se denominará ............................... (b) ............................. teniendo
domicilio legal en............................................... (c) ........................................ Segunda: La sociedad podrá establecer sucursales en todo
el país o en el extranjero. Tercera: La sociedad tendrá una duración de ............. (d) ..................... años, contados a partir de la fecha
de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Cuarta: La sociedad tiene por objeto .......................... (e) ............................... A
tal fin, la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, ejerciendo los actos que no le
están prohibido por las leyes o el presente contrato. Quinta: El capital social se divide en ......... (f) ........... (.......) cuotas de
....................................... (g) .................................... pesos ($........................) cada una, alcanzando un total de ............................. (h)
.................................... pesos ($.....................), correspondiendo ........................ (i) ....................... ($ ....................) al capital
comanditario y ................................ (j) ................................. ($................) al capital comanditado. Sexta: El capital se suscribe
íntegramente, de acuerdo al siguiente detalle: socio .................................... (k) ...................................., socio comanditario, suscribe
.................................... (l) .................................... pesos ($.....................), que integra en efectivo; socio .................................... (m)
...................................., socio comanditado, suscribe ....................... (n) ................................... pesos ($ ........................), que integra en
especies, según inventario que forma parte del presente contrato. Séptima: La administración y representación de la sociedad
estará a cargo de los señores .................................... (ñ) .................................... quienes actuarán en forma .................................... (o)
...................................., en calidad de gerentes, teniendo todas las facultades para administrar y disponer de los bienes, incluso
aquellos para los cuales se requieren poderes especiales según lo estipula el artículo 1881 del Código Civil y el artículo 9 del
decreto-ley 5965/63. En consecuencia pueden celebrar en nombre de la sociedad, toda clase de actos jurídicos que tiendan al
cumplimiento del objeto social, como por ejemplo: Operar con todo tipo de bancos o instituciones financieras, oficiales, privadas o
mixtas, nacionales o del extranjero. Otorgar a una o más personas poderes judiciales, inclusive para querellar criminalmente, o
poderes extrajudiciales con el objeto y la extensión que juzguen conveniente. Octava: Los socios gerentes no podrán realizar por
cuenta propia o ajena, actos de comercio en competencia con la sociedad. Novena: La violación de lo dispuesto por el artículo
anterior, da derecho a excluir al socio, la incorporación a la sociedad de los beneficios obtenidos y el resarcimiento de los daños
ocasionados. Décima: El cierre del ejercicio económico opera el ................................ (p) .................................... Undécima: Las
utilidades se distribuirán ......................... (q) .................. soportándose las pérdidas en la misma forma. Duodécima: En caso de
disolución de la sociedad se debe nombrar un liquidador con las facultades y obligaciones que determina la ley. Decimotercera:
Para todos los efectos legales derivados del presente contrato, sean estos judiciales o extrajudiciales, los socios renuncian al fuero
federal o a cualquier otro de excepción que pudiera corresponderles, y se someten a los tribunales Ordinarios de la Provincia de
............. (r) .......... El presente contrato se extiende en .............. (s) .................. a los ..... (t) ........... días del mes de ............ (u) ..............
del año dos mil ............... (v) ..............., firmándose ........ (w) .......... ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
32. Notas:
(a) Datos de los socios: Nombre y apellido, edad, estado civil, domicilio, nacionalidad, profesión y Nº de documento de identidad
(b) Razón social o Denominación con el aditamento de las palabras Sociedad Colectiva o su abreviatura;
(c) Localidad en donde tiene la administración la sociedad;
(d) Tiempo de duración de la sociedad expresado en años;
(e) Descripción del objeto de la sociedad, el que debe ser preciso y determinado;
(f) Cantidad de cuotas en que se divide el capital en letras y números;
(g) Valor en pesos de la cuota social en letras y números;
(h) Valor total del capital social suscripto en letras y números: (f) x (g);
(i) Capital suscripto por los socios comanditarios en letras y números;
(j) Capital suscripto por los socios comanditados en letras y números;
(k) Nombre y apellido del o los socios comanditarios;
(l) Importe de capital que suscribe cada socio comanditario en letras y números;
(m) Nombre y apellido de los socios comanditados;
(n) Importe de capital que suscribe cada socio comanditado en letras y números;
(ñ) Nombre y apellido del o los gerentes;
(o) Indistinta, Conjunta, Conjunta de a dos (cuando son más de dos), etc.;
(p) Fecha de cierre del ejercicio económico;
(q) Forma de distribución de utilidad: Puede ser "En proporción al capital aportado por cada socio", "Socio A.A. 40%", etc.;
(r) Provincia en donde se celebra el contrato;
(s) Localidad en donde se celebra el contrato;
(t) Día en que se celebra el contrato;
(u) Mes en que se celebra el contrato;
(v) Año en que se celebra el contrato;
(w) Cantidad de ejemplares que se firman (Uno para cada socio y otro para hacer los trámites de inscripción de la sociedad).
33. 1.3.1.4 Sociedad de Capital e Industria
La sociedad de capital e industria se utiliza cuando se asocia una persona que aporta dinero y/u otros
bienes, el llamado socio capitalista, que puede intervenir en la administración y figurar en la razón social, junto
con otro que no aporta capital, llamado socio industrial, pero que trabaja en la sociedad y que puede intervenir
en la administración pero no puede figurar en la razón social.
Característica Administración y Resoluciones Sociales
Denominación
Fiscalización
En esta sociedad existen Puede tener La administración Las resoluciones sociales se
dos tipos de socios: denominación o razón puede ser ejercida por adoptan por mayoría del
Socios capitalistas: social acompañadas por cualquiera de los socios. capital (la mitad más uno),
Aportan capital y pueden las palabras ―sociedad Todos los socios tienen salvo en el caso de
ejercer la administración. de capital e industria‖ o derecho a fiscalizar los modificación del contrato
Son ilimitada y su abreviatura. libros y papeles sociales social en que se requiere el
solidariamente Si actúa bajo una razón y recabar de los consentimiento de todos los
responsables con sus social no puede figurar administradores los socios (unanimidad).
bienes particulares. en ella el nombre del informes que estimen A los efecto del voto se
Socios industriales: socio industrial. pertinentes. computa como capital del
Aportan exclusivamente socio industrialel del
su industria, pueden capitalista de menor aporte.
ejercer la administración,
y limitan su
responsabilidad hasta la
concurrencia de las
ganancias no percibidas.
34. Contrato social
Un modelo de contrato social de sociedades de capital e industria es el que sigue.
Entre los señores .................................................. (a) .................................................. se conviene celebrar un contrato de sociedad de
capital e industria, el que se regirá por las cláusulas siguientes: Primera: La sociedad se denominará
.................................................. (b) .................................................. teniendo domicilio legal en .................................................. (c)
.................................................. Segunda: La sociedad podrá establecer sucursales en todo el país o en el extranjero. Tercera: La
sociedad tendrá una duración de ............................. (d) ......................... años, contados a partir de la fecha de su inscripción en el
Registro Público de Comercio. Cuarta: La sociedad tiene por objeto ..................................... (e) ............................... A tal fin, la
sociedad posee plena capacidad jurídica para adquirir derechos y contraer obligaciones, ejerciendo los actos que no le están
prohibido por las leyes o el presente contrato. Quinta: El capital social será de .................................................. (f)
.................................................. pesos ($.........................), que se suscribe íntegramente por los socios capitalistas, de acuerdo al
siguiente detalle: Socio .......................... (g) ..................................... suscribe ............................. (h) ............................ pesos
($.......................), que integra en especies, según inventario que forma parte del presente contrato. Sexta: La administración y
representación de la sociedad estará a cargo de los señores ....................................................... (i) ....................................... quienes
actuarán en forma ....................... (j) ............................, en calidad de administradores, teniendo todas las facultades para
administrar y disponer de los bienes, incluso aquellos para los cuales se requieren poderes especiales según los estipula el artículo
1881 del Código Civil y el artículo 9 del decreto-ley 5965/63. En consecuencia pueden celebrar en nombre de la sociedad, toda
clase de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, como por ejemplo: Operar con todo tipo de bancos o
instituciones financieras, oficiales, privadas o mixtas, nacionales o del extranjero. Otorgar a una o más personas poderes
judiciales, inclusive para querellar criminalmente, o poderes extrajudiciales con el objeto y la extensión que juzguen conveniente.
Séptima: Ningún socio podrá realizar por cuenta propia o ajena, actos de comercio en competencia con la sociedad, salvo
consentimiento dado por los otros socios, en forma unánime y fehaciente. Octava: La violación a lo dispuesto por el artículo
anterior, da derecho a excluir al socio, la incorporación a la sociedad de los beneficios obtenidos y el resarcimiento de los daños
ocasionados. Novena: Para determinar la cantidad de votos de los socios industriales, se los considera con igual capital que el
socio capitalista de menor aporte. Décima: Las resoluciones se tomarán por mayoría de capital, salvo la modificación del contrato
social o la transferencia del capital de un socio a tercera persona para resolver lo cual se requiere unanimidad. Undécima: En
caso de fallecimiento de un socio capitalista, la sociedad podrá aceptar la continuidad de los herederos, quienes deberán unificar
personería designando un representante. En caso de fallecimiento de un socio industrial, se procederá a realizar un balance a la
fecha de fallecimiento, acreditándose a los herederos las utilidades realizadas y líquidas no retiradas por el socio industrial
fallecido. Duodécima: El cierre del ejercicio económico opera el ...................................... (k) .................................... Decimatercera:
Las utilidades se distribuirán ................................... (l) ................................. Decimacuarta: En caso de que un ejercicio arroje
pérdida, las mismas deberán ser soportadas por los socios capitalistas, quienes deberán rembolsar su importe en un lapso de un
año, no pudiéndose compensar dicha pérdida con utilidades futuras. Decimaquinta: Los socios
35. capitalistas pueden pedir la disolución de la sociedad cuando cuando se produzca una pérdida superior al ..... (m) ..... % del capital
social. Los socios industriales no pueden oponerse a esta resolución. Decimasexta: En caso de disolución de la sociedad se debe
nombrar un liquidador con las facultades y obligaciones que determina la ley. Decimaséptima: Para todos los efectos legales
derivados del presente contrato, sean estos judiciales o extrajudiciales, los socios renuncian al fuero federal o a cualquier otro de
excepción que pudiera corresponderles, y se someten a los Tribunales Ordinarios de la Provincia de ........................ (n)
............................ El presente contrato se extiende en .............................. (ñ) .............................. a los ...... (o) ........... días del mes de
............. (p) ............ del año dos mil .......... (q) ........, firmándose ............ (r) ............. ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.
Notas:
(a) Datos de los socios: Nombre y apellido, edad, estado civil, domicilio, nacionalidad, profesión y Nº de documento de identidad;
(b) Razón social o Denominación con el aditamento de las palabras Sociedad de Capital e Industria o su abreviatura;
(c) Localidad en donde tiene la administración la sociedad;
(d) Tiempo de duración de la sociedad expresado en años;
(e) Descripción del objeto de la sociedad, el que debe ser preciso y determinado;
(f) Importe del capital en letras y números;
(g) Nombre y apellido de cada uno de los socios;
(h) Importe de capital que suscribe cada socio capitalista en letras y números;
(i) Nombre y apellido del o los administradores;
(j) Indistinta, Conjunta, Conjunta de a dos (cuando son más de dos), etc.;
(k) Fecha de cierre del ejercicio económico;
(l) Forma de distribución de utilidad: Puede ser "De acuerdo a los siguientes porcentajes:", "Socio A.A. 40%", etc.;
(m) Porcentaje de pérdida sobre el capital social. Por ejemplo 50%;
(n) Provincia en donde se celebra el contrato;
(ñ) Localidad en donde se celebra el contrato;
(o) Día en que se celebra el contrato;
(p) Mes en que se celebra el contrato;
(q) Año en que se celebra el contrato;
(r) Cantidad de ejemplares que se firman (Uno para cada socio y otro para hacer los trámites de inscripción de la sociedad).
36. 1.3.1.5 Sociedad de Responsabilidad Limitada
Característica Administración y Resoluciones
Denominación
Fiscalización Sociales
Todos los socios limitan su La denominación La administración y El contrato debe disponer
responsabilidad a la social puede incluir representación de la sociedad la forma de deliberar y
integración de las cuotas el nombre de uno o corresponde a uno o más tomar acuerdos sociales.
sociales que suscriban. más socios y debe gerentes, socios o no, Si el contrato no fija las
El número de socios no contener la designados por tiempo mayorías necesarias para
puede exceder los 50. indicación indeterminado en el contrato modificar el mismo, se
El capital debe suscribirse ―sociedad de constitutivo o requerirá las tres cuartas
integramente en el acto de responsabilidad posteriormente, siendo partes del capital para
constitución de la sociedad. limitada‖ o la sigla revocables en sus cargos. poder hacerlo.
S.R.L. Si no se nombra un órgano Si un solo socio
Los aportes en dinero deben
integrarse en un 25% como de fiscalización, todos los representare el voto
mínimo y completarse en un socios tienen derecho a mayoritario, se necesitará
plazo de 2 años. Su fiscalizar los libros y papeles además el voto de otro
cumplimiento debe sociales como en las socio.
acreditarse en el momento sociedades colectivas. Las resoluciones que no
de inscripción en el Registro Puede establecerse un órgano sean modificación de
Público de Comercio, con el de fiscalización o sindicatura contrato, designación y
comprobante de su depósito o consejo de vigilancia: el revocación de gerentes o
en un banco oficial. síndico debe ser contador o síndicos se deben tomar
Los aportes en especie abogado. Si se nombra un por mayoría de capital,
deben integrarse totalmente. consejo de vigilancia salvo que el contrato exija
prescindiendo de la una mayoría superior.
sindicatura debe contratarse
una auditoría anual.
37. Contrato social
Un modelo de contrato social de sociedades de responsabilidad limitada es el que sigue.
Entre los señores ...................................... (a) ...................................... se conviene celebrar un contrato de sociedad de responsabilidad
limitada, el que se regirá por las cláusulas siguientes: Primera: La sociedad se denominará ...................................... (b)
...................................... teniendo domicilio legal en ................................................................. (c) ...................................... Segunda: La
sociedad podrá establecer sucursales en todo el país o en el extranjero. Tercera: La sociedad tendrá una duración de
........................ (d) ....................... años, contados a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público de Comercio. Cuarta:
La sociedad tiene por objeto ............................. (e) ...................................... A tal fin, la sociedad posee plena capacidad jurídica para
adquirir derechos y contraer obligaciones, ejerciendo los actos que no le están prohibido por las leyes o el presente contrato.
Quinta: El capital social se divide en ....... (f) ...... (......) cuotas de ................. (g) ......................... pesos ($ .................) cada una,
alcanzando un total de ................................... (h) ...................................... pesos ($.....................), que se suscribe íntegramente, de
acuerdo al siguiente detalle: Socio ................................... (i) .................................. suscribe ....................................(j)
...................................... pesos ($......................), que integra en especies, según inventario que forma parte del presente contrato.
Sexta: La administración y representación de la sociedad estará a cargo de los señores .............................. (k) ...........................
quienes actuarán en forma ............................... (l) ..............................., en calidad de gerentes, teniendo todas las facultades para
administrar y disponer de los bienes, incluso aquéllos para los cuales se requieren poderes especiales según los estipula el artículo
1881 del Código Civil y el artículo 9 del decreto-ley 5965/63. En consecuencia pueden celebrar en nombre de la sociedad, toda clase
de actos jurídicos que tiendan al cumplimiento del objeto social, como por ejemplo: Operar con todo tipo de bancos o instituciones
financieras, oficiales, privadas o mixtas, nacionales o del extranjero. Otorgar a una o más personas poderes judiciales, inclusive
para querellar criminalmente, o poderes extrajudiciales con el objeto y la extensión que juzguen conveniente. Séptima: Ningún
socio podrá realizar por cuenta propia o ajena, actos de comercio en competencia con la sociedad, salvo consentimiento dado por
los otros socios, en forma unánime y fehaciente. Octava: La violación a lo dispuesto por el artículo anterior, da derecho a excluir al
socio, la incorporación a la sociedad de los beneficios obtenidos y el resarcimiento de los daños ocasionados. Novena: El cierre del
ejercicio económico opera el .............................. (m) .............................. Décima: La asamblea de socios es el órgano supremo de la
sociedad que se rige por lo dispuesto en los artículos 159 a 161 de la Ley 19.550. Undécima: Las utilidades se distribuirán
.............................. (n) .............................. Soportándose las pérdidas en la misma forma. Duodécima: En caso de disolución de la
sociedad se debe nombrar un liquidador con las facultades y obligaciones que determina la ley. Decimotercera: Para todos los
efectos legales derivados del presente contrato, sean estos judiciales o extrajudiciales, los socios renuncian al fuero federal o a
cualquier otro de excepción que pudiera corresponderles, y se someten a los Tribunales Ordinarios de la Provincia de
............................. (ñ) ......................... El presente contrato se extiende en .............................. (o) .............................. a los ..... (p) ......
días del mes de ....... (q) ......... del año dos mil ................. (r) .........., firmándose .............. (s) ........... ejemplares de un mismo tenor y a
un solo efecto.
38. Notas:
(a) Datos de los socios: Nombre y apellido, edad, estado civil, domicilio, nacionalidad, profesión y Nº de documento de identidad;
(b) Razón Social o Denominación con el aditamento de las palabras Sociedad Colectiva o su abreviatura;
(c) Localidad en donde tiene la administración la sociedad;
(d) Tiempo de duración de la sociedad expresado en años;
(e) Descripción del objeto de la sociedad, el que debe ser preciso y determinado;
(f) Cantidad de cuotas en que se divide el capital en letras y números;
(g) Valor en pesos de la cuota social en letras y números;
(h) Valor total del capital social suscripto en letras y números: (f) x (g);
(i) Nombre y apellido de cada uno de los socios;
(j) Importe de capital que suscribe cada socio en letras y números;
(k) Nombre y apellido del o los gerentes;
(l) Indistinta, Conjunta, Conjunta de a dos (cuando son más de dos), etc.;
(m) Fecha de cierre del ejercicio económico;
(n) Forma de distribución de utilidad: Puede ser "En proporción al capital aportado por cada socio", "Socio A.A. 40%", etc.;
(ñ) Provincia en donde se celebra el contrato;
(o) Localidad en donde se celebra el contrato;
p) Día en que se celebra el contrato;
(q) Mes en que se celebra el contrato;
(r) Año en que se celebra el contrato;
s) Cantidad de ejemplares que se firman (Uno para cada socio y otro para hacer los trámites de inscripción de la sociedad).
39. 1.3.1.6 Cooperativa de Trabajo
Cuando los emprendedores son varios que se asocian con similares derechos y obligaciones y sin
contratar empleados en forma permanente, pueden constituir una empresa autogestionada bajo la forma jurídica
de cooperativa de trabajo.
Característica Administración y Resoluciones
Fiscalización Sociales
Deben contar con por lo menos 10 asociados, salvo Es administrada por El órgano supremo es la
autorización expresa que acepte un número menor para un Consejo de asamblea de asociados,
casos especiales. Administración donde cada uno de ellos
Pueden ser asociados las personas mayores de 18 años y nombrado en asamblea tiene derecho a un voto.
los menores de edad por medio de sus representantes por los asociados. Las asambleas pueden
legales. El Consejo de ser ordinarias (tratan
Los asociados pueden retirarse voluntariamente de la Administración puede entre otras cosas el
cooperativa en la época establecida por el estatuto o en designar gerentes. balance, informe del
su defecto al finalizar el ejercicio social. Las cuotas La fiscalización está a síndico y del auditor y
sociales aportadas deben constar en títulos nominativos cargo de uno o más elección de consejeros y
solo transferible entre asociados. síndicos nombrados síndicos) o
En caso de renuncia del asociado, este tiene derecho al por la asamblea de extraordinarias (tratan
reembolso del capital. Las reservas son irrepartibles. asociados. fusión disolución, cambio
Puede limitarse el reembolso anual al 5% del capital Deben contar en forma de objeto social, etc.).
integrado. permanente con una Las asambleas son
No tienen ganancias, los excedentes se reparten en auditoría externa. válidas cualquiera sea el
proporción al trabajo aportado por cada asociado. Cuando el síndico fuese número de asistentes si
contador público, este antes de una hora no se
Todos los asociados tienen los mismos derechos y reúna la mitad más uno
obligaciones sin tener en cuenta el capital aportado. puede reemplazar la
auditoría externa. de los asociados.
40. Acta constitutiva y Estatuto
Un modelo de acta constitutiva y estatuto de cooperativa de trabajo es el que sigue.
Acta Constitutiva
En ................................ (a) ............................... de ............................. (b) ............................ siendo las .......... horas del día ........... del mes
de .......................... de 20......, en el local de ......................... (c) ............................. sito en calle ........................ (d) ..................... y como
consecuencia de la promoción hecha anteriormente por los señores .......................................... (e) ............................................, se
reunieron con el propósito de dejar constituida una cooperativa de ..................... (f) ................, las personas que han firmado el libro
de asistencia a las asambleas:......... ............................................................... (g) ................................................................. Abrió el acto don
........................ (h) ......................... en nombre de los iniciadores, dando lectura al Orden del Día a tratarse, y que es el siguiente:
1º - Elección de la Mesa Directiva de la Asamblea.
2º - Informe de los iniciadores.
3º - Discusión y aprobación del estatuto.
4º - Suscripción e integración de cuotas sociales.
5º - Elección de los miembros titulares y suplentes del Consejo de Administración
y de un Síndico titular y un Síndico suplente.
Estos puntos fueron resueltos en la forma que se indica a continuación:
1º - Elección de la mesa directiva de la Asamblea: De inmediato por .................... (i) ................... los presentes designaron como
Presidente y Secretario a los señores don .......................................... y don ........................................................, respectivamente. --------
2º - Informe de los Iniciadores:En nombre de los iniciadores, don .................................................. explicó el objeto de la reunión,
poniendo de relieve la finalidad de la cooperativa proyectada, explicando los objetos, las bases y los métodos que son propios del
sistema cooperativo y, en particular, de las entidades como la que se constituye por este acto, y los beneficios económicos, morales y
culturales que ellas reportan. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
3º - Discusión y Aprobación del Estatuto: Terminada la exposición referida en el punto anterior, el Presidente invitó al Secretario a
dar lectura el estatuto proyectado el cual, una vez discutido, fue aprobado por ........................................... (i) ..................................... en
general y en particular, en la forma que se inserta a continuación: Capítulo I. Constitución, Domicilio, Duración y Objeto. Artículo
1º: Con la denominación de Cooperativa ................................... (j) ...................................... Limitada se constituye una cooperativa de
trabajo que se regirá por las disposiciones del presente estatuto, y en todo aquello que éste no previere, por la legislación vigente en
materia de cooperativas. Artículo 2º: La cooperativa tendrá su domicilio legal en.................... (k)...................... Artículo 3º: La
duración de la Cooperativa es ilimitada. En caso de disolución su liquidación se hará con arreglo a lo establecido por este estatuto y
la legislación cooperativa. Artículo 4º: La cooperativa excluirá de todos sus actos las cuestiones políticas, religiosas, sindicales, de
nacionalidad, regiones o razas determinadas. Artículo 5º: Art. 5: La cooperativa tendrá por objeto asumir por su propia cuenta,
valiéndose del trabajo personal de sus asociados, las actividades inherentes a ……………………….
Artículo 6º: El consejo de Administración dictará los reglamentos internos a los que se adjuntarán las operaciones previstas en el
41. artículo anterior, fijando con precisión los derechos y obligaciones de la Cooperativa y de sus miembros. Dichos reglamentos no
tendrán vigencia sino una vez que hayan sido aprobados por la Asamblea y por la autoridad de aplicación de la Ley 20.337 y
debidamente inscriptos, excepto los que sean de mera organización interna de las oficinas. Artículo 7º: La Cooperativa podrá
organizar las secciones que estime necesarias con arreglo a las operaciones que constituyen su objeto. Artículo 8º: Por resolución de la
Asamblea, o del Consejo de Administración ad referéndum de ella, la Cooperativa podrá asociarse con otras para formar una
federación o adherirse a una ya existente a condición de conservar su autonomía e independencia. Capítulo II. de los Asociados. Art. 9:
Podrá ingresar a esta cooperativa como asociado toda persona física mayor de 18 años de edad que tenga la idoneidad requerida para
el desempeño de las tareas que requiera la empresa. Artículo 10º: Toda persona que quisiera asociarse deberá presentar una solicitud
por escrito ante el Consejo de Administración, comprometiéndose a suscribir ....................... (m) ................... cuotas sociales
...................... (n) ..................... por lo menos, y a cumplir las disposiciones del presente estatuto y de los reglamentos que en su
consecuencia se dicten. Art. 11: Son obligaciones de los asociados: Prestar su trabajo personal en la tarea o especialidad que se le
asigne y con arreglo a las directivas e instrucciones que le fueren impartidas. Artículo 12º: Son derechos de los asociados: a) Utilizar
los servicios de la Cooperativa, en las condiciones estatutarias y reglamentarias; b) Proponer al consejo de Administración y a la
Asamblea las iniciativas que crean convenientes al interés social; c) Participar en las Asambleas con voz y voto; d) Aspirar al
desempeño de los cargos de administración y fiscalización previstos por este estatuto, siempre que reúnan las condiciones de
elegibilidad requeridas; e) Solicitar la convocación de Asambleas Extraordinarias de conformidad con las normas estatutarias; f)
Tener libre acceso a las constancias de registro de asociados; g) Solicitar al Síndico información sobre las constancias de los demás
libros; h) Retirarse voluntariamente. Art. 13: El Consejo de Administración podrá excluir a los asociados en los siguientes casos:
Pérdida de la aptitud física o intelectual para el desempeño de las tareas. Capítulo III. Del Capital Social. Artículo 14º: El capital
social es ilimitado y estará constituido por cuotas sociales indivisibles de pesos ............ cada una y costarán en acciones representativas
de una o más cuotas sociales que revestirán el carácter de nominativas y que podrán transferirse sólo entre asociados y con el acuerdo
del Consejo de Administración en las condiciones establecidas en el párrafo tercero de este artículo. Las cuotas sociales serán
pagaderas al contado o fraccionadamente en montos y plazos que fijará el Consejo de Administración teniendo en cuenta lo dispuesto
en el artículo 25 de la ley 20.337. El Consejo de Administración no acordará transferencia de cuotas sociales durante el lapso que
medie entre la convocatoria de una Asamblea y la realización de ésta. Artículo 15º: Las acciones serán tomadas de un libro talonario y
contendrán las siguientes formalidades: a) Denominación, domicilio, fecha y lugar de constitución; b) Mención de la autorización para
funcionar y de la inscripción prevista por la Ley 20.337; c) Número y valor nominal de las cuotas sociales que representen; d) Número
correlativo de orden y fecha de emisión; e) Firma autógrafa del Presidente, Tesorero y el Síndico. Artículo 16º: La Artículo 16º: La
transferencia de cuotas sociales producirá efectos recién desde la fecha de su inscripción en el registro de asociados. Se hará constar en
los títulos respectivos, con la firma del cedente o su apoderado y las firmas prescriptas en el artículo anterior. Artículo 17º: Artículo
17º: El asociado que no integre las cuotas sociales suscriptas en las condiciones previstas en este estatuto incurrirá en mora por el
mero vencimiento del plazo y deberá resarcir los daños e intereses. La mora comportará la suspensión de los derechos sociales. Si
intimado el deudor a regularizar su situación en un plazo no menor de 15 días, no lo hiciera, se producirá la caducidad de sus derechos
con pérdida de las sumas abonadas, que serán transferidas al fondo de reserva legal. Sin perjuicio de ello el Consejo de
Administración podrá optar por el cumplimiento del contrato de suscripción. Artículo 18º: Las cuotas sociales quedarán
afectadas como mayor garantía de las operaciones que el asociado realice con la Cooperativa. Ninguna
42. liquidación definitiva a favor del asociado puede ser practicada sin haberse descontado previamente todas las deudas que tuviere con
la cooperativa. Artículo 19º: Para el reembolso de cuotas sociales se destinará el 5 % del capital integrado conforme al último balance
aprobado, atendiéndose las solicitudes por riguroso orden de presentación. Los casos que no puedan ser atendidos con dicho
porcentaje lo serán en los ejercicios siguientes por orden de antigüedad. Las cuotas sociales pendientes de reembolso devengarán un
interés equivalente al 50 % de la tasa fijada por el Banco Central de la República Argentina para los depósitos en caja de ahorro.
Artículo 20º: En caso de retiro, exclusión o disolución, los asociados solo tiene derecho a que se les reembolse el valor nominal de sus
cuotas sociales integradas, deducidas las pérdidas que proporcionalmente les correspondiere soportar. Capítulo IV- De la
Contabilidad y el Ejercicio Social. Artículo 21º: La contabilidad será llevada en idioma nacional y con arreglo a lo dispuesto por el
artículo 43 del código de Comercio. Artículo 22º: Además de los libros prescriptos por el artículo 44 del Código de Comercio se
llevarán los siguientes: 1º) Registro de Asociados. 2º) Actas de Asambleas. 3º) Actas de reuniones del Consejo de Administración. 4º)
Informe de Auditoría. Dichos libros serán rubricados conforme a lo dispuesto por el artículo 38 de la ley 20.337. Artículo 23º:
Anualmente se confeccionarán inventario, balance general, estado de resultados y demás cuadros anexos, cuya presentación se
ajustará a las disposiciones que dicte la autoridad de aplicación. A tales efectos, el ejercicio social se cerrará el día ....... del mes de
................ de cada año. Artículo 24º: La memoria anual del Consejo de Administración deberá contener una descriptción del Estado de
la Cooperativa con mención de las diferentes secciones en que opera, actividad registrada, y los proyectos en curso de ejecución. Hará
especial referencia a: 1º) Los gastos e ingresos cuando no estuvieren discriminados en el estado de resultados u otros cuadros anexos.
2º) La relación económica social con la cooperativa de grado superior, en el caso de que estuviere asociada conforme al artículo 8º de
este estatuto, con mención del porcentaje de las respectivas operaciones. 3º) Las sumas invertidas en educación y capacitación
cooperativas, con indicación de la labor desarrollada o mención de la cooperativa de grado superior o institución especializada a la
que se hubiesen remitido los fondos respectivos para tales fines. Artículo 25º: Copias del balance general, estado de resultados y
cuadros anexos, juntamente con la memoria y acompañadas de los informes del Síndico y del Auditor y demás documentos deberán
ser puestos a disposición de los asociados en la sede, sucursales y cualquier otra especie de representación permanente y remitidas a
las autoridades indicadas en el artículo 41 de la ley 20.337 con no menos de quince días de anticipación a la realización de la Asamblea
que considerará dichos documentos. En caso de que los mismos fueran modificados por la Asamblea se remitirá también copia de los
definitivos de acuerdo al citado artículo 41 dentro de los treinta días. Artículo 26º: Serán excedentes repartibles solo aquellos que
provengan de la diferencia entre el costo y el precio del servicio prestado a los asociados. De los excedentes repartibles se destinará: 1º)
El cinco por ciento a reserva legal. 2º) El cinco porciento al fondo de acción asistencial y laboral o para estímulo del personal. 3º) El
cinco por ciento al fondo de educación y capacitación cooperativas. 4º) ................ (o) ............. 5º) El resto se distribuirá entre los
asociados en concepto de retorno en proporción ............ (p) ................ Artículo 27º: Los resultados se determinarán por secciones y no
podrán distribuirse excedentes sin compensar previamente los quebrantos de las que hubieren arrojado pérdidas. Cuando se hubieren
utilizado reservas para compensar quebrantos no se podrán distribuir excedentes sin haberlas reconstituido al nivel anterior a su
utilización. Tampoco podrán distribuirse excedentes sin haber compensado las pérdidas de ejercicios anteriores. Artículo 28º: La
Asamblea podrá resolver que el retorno se distribuya total o parcialmente en efectivo o en cuotas sociales. Artículo 29º: El importe de
los retornos quedará a disposición de los asociados después de treinta días de realizada la Asamblea. En caso de no ser retirado dentro
de los ciento ochenta días siguientes será acreditado en Cuotas sociales. Capítulo V. De las Asambleas.
Artículo 30º: Las asambleas serán Ordinarias y Extraordinarias. La Asamblea Ordinaria deberá
43. realizarse dentro de los cuatro meses siguientes a la fecha de cierre del ejercicio para considerar los documentos mencionados en el
artículo 25 de este estatuto y elegir consejeros y síndicos, sin perjuicio de los demás asuntos incluidos en el Orden del Día. Las
Asambleas Extraordinarias tendrán lugar toda vez que lo disponga el Consejo de Administración o el Síndico conforme lo previsto en
el artículo 65 de este estatuto, o cuando lo soliciten asociados cuyo número equivalga al menos al 10% del total. Se realizarán dentro
del plazo de 30 días de recibida la solicitud en su caso. El Consejo de Administración puede denegar el pedido incorporando los
asuntos que lo motivan al Orden del Día de la Asamblea Ordinaria cuando ésta se realice dentro de los noventa días de la fecha de
presentación de la solicitud. Artículo 31º: Las Asambleas tanto Ordinarias como Extraordinarias serán convocadas con quince días de
anticipación por lo menos a la fecha de su realización. La convocatoria incluirá el Orden del día a considerar y determinará
fecha, hora, lugar de realización y carácter de la Asamblea. Con la misma anticipación la realización de la Asamblea será comunicada
a las autoridades indicadas en el artículo 48 de la Ley Nº 20.337, según corresponda, acompañado en su caso, la documentación
mencionada en el artículo 25 de este estatuto y toda otra documentación que deba ser consultada por la Asamblea. Dichos documentos
y el padrón de los asociados serán puestos a la vista y a disposición de los asociados en el lugar en que acostumbre exhibir los anuncios
de la Cooperativa. Los asociados serán citados por escrito a la Asamblea, haciéndoles saber la convocatoria y el Orden de Día
pertinente y el lugar donde se encuentra a su disposición la documentación a considerar. Artículo 32º: Las asambleas se realizarán
válidamente sea cual fuere el número de asistentes, una hora después de la fijada en la convocatoria, si antes no se hubiere reunido la
mitad más uno de los asociados. Artículo 33º: Será nula toda decisión sobre materia extraña a las incluidas en el Orden del Día, salvo
la elección de los encargados de suscribir el acta. Artículo 34º: Cada asociado deberá solicitar previamente a la Administración el
certificado de las cuotas sociales que le servirá de entrada a la Asamblea, o bien, si así lo resolviera el Consejo, una tarjeta credencial
en la cual constará su nombre. El certificado o la credencial se expedirán también durante la celebración de la Asamblea. Antes de
tomar parte en las deliberaciones, el asociado deberá firmar el libro de asistencia. Tendrán voz y voto los asociados que hayan
integrado las cuotas sociales suscriptas o, en su caso, estén al día en el pago de las mismas; a falta de este requisisto sólo tendrán
derecho a voz. Cada asociado tendrá un solo voto cualquiera fuera el número de sus cuotas sociales. Artículo 35º: Los asociados
podrán presentar iniciativas o proyectos al Consejo de Administración, el cual decidirá sobre su rechazo o su inclusión en el Orden del
Día de la Asamblea. Sin embargo , todo proyecto o proposición presentado por asociados cuyo número equivalga al 10% del total, por
lo menos, antes de la fecha de emisión de la convocatoria, será incluido obligatoriamente en el Orden del Día. Artículo 36º: Las
resoluciones de las Asambleas se adoptarán por simple mayoría de los presentes en el momento de la votación, con excepción de las
relativas a las reformas del estatuto, cambio de objeto social, fusión o incorporación o disolución de la cooperativa, para las cuales
exigirá una mayoría de los dos tercios de los asociados presentes en el momento de la votación. Los que se abstengan de votar serán
considerados, a los efectos del cómputo, como ausentes. Artículo 37º: No se podrá votar por poder (q). Artículo 38º: Los
Consejeros, Síndicos, Gerentes y Auditores, tienen voz en las Asambleas pero no pueden votar sobre la memoria, el balance y demás
asuntos relacionados con su gestión ni acerca de las resoluciones referentes a su responsabilidad. Artículo 39º: Las resoluciones de la
Asamblea, y la síntesis de las deliberaciones que las preceden serán transcriptas en el libro de actas a que se refiere el artículo 22 del
presente estatuto, debiendo las actas ser firmadas por el Presidente, el Secretario y dos asociados designados por la Asamblea. Dentro
de los treinta días siguientes a la fecha de realización de la Asamblea se deberá remitir a las autoridades indicadas en el artículo 56 de
la Ley 20.337, según corresponda, copia autenticada del acta y de los documentos aprobados en su caso.
Cualquier asociado podrá solicitar, a su costa, copia del acta. Artículo 40º: Una vez constituida la