1. ASPECTOS LEGALES ENASPECTOS LEGALES EN
ENFERMERÍAENFERMERÍA
Dr. Juan Hernández LópezDr. Juan Hernández López
GINECOOBSTETRAGINECOOBSTETRA
2. La enfermeraLa enfermera
El papel de la enfermera enEl papel de la enfermera en
la atención de la salud es dela atención de la salud es de
suma importancia, ya que essuma importancia, ya que es
quien se encuentra alquien se encuentra al
cuidado del paciente sano ocuidado del paciente sano o
enfermo durante suenfermo durante su
hospitalización las 24 hrs.hospitalización las 24 hrs.
Por lo tanto es importantePor lo tanto es importante
que conozca lasque conozca las
implicaciones legales de suimplicaciones legales de su
proceder profesional.proceder profesional.
3. Causas de responsabilidadCausas de responsabilidad
Aplicación de medicamentosAplicación de medicamentos
Trato directo con el pacienteTrato directo con el paciente
Seguridad del pacienteSeguridad del paciente
Falta de orientaciónFalta de orientación
Revelación de secretosRevelación de secretos
Negarse a dar atención de salud a la ciudadaníaNegarse a dar atención de salud a la ciudadanía
Realizar su trabajo con negligencia, impericia óRealizar su trabajo con negligencia, impericia ó
impudenciaimpudencia
Contestar agresiones al paciente, familiares oContestar agresiones al paciente, familiares o
compañeros.compañeros.
Omitir, o no hacer la nota de enfermeríaOmitir, o no hacer la nota de enfermería
4. Aplicación de medicamentosAplicación de medicamentos
Art. 226 de la Ley General de SaludArt. 226 de la Ley General de Salud
Medicamentos solo pueden aplicarseMedicamentos solo pueden aplicarse
o adquirirse con receta médica.o adquirirse con receta médica.
Art. 240 de la Ley General de SaludArt. 240 de la Ley General de Salud
Solo pueden recetar medicamentos,Solo pueden recetar medicamentos,
los médicos cirujanos, médicoslos médicos cirujanos, médicos
veterinarios, médicos odontólogos yveterinarios, médicos odontólogos y
médicos en servicio social.médicos en servicio social.
Enfermería NO PUEDE RECETAR, soloEnfermería NO PUEDE RECETAR, solo
administrar medicamentos.administrar medicamentos.
Registrándolos en el expedienteRegistrándolos en el expediente
clínico, y no aplicarlos por indicaciónclínico, y no aplicarlos por indicación
verbal ó por vía telefónica.verbal ó por vía telefónica.
5. Relación con el paciente.Relación con el paciente.
Art.51 de la Ley General deArt.51 de la Ley General de
Salud.Salud.
Los usuarios tendránLos usuarios tendrán
derecho a recibirderecho a recibir
servicios de saludservicios de salud
oportunos y de calidadoportunos y de calidad
idónea y a recibiridónea y a recibir
atención profesional yatención profesional y
éticamente responsable,éticamente responsable,
así como tratoasí como trato
respetuoso y digno derespetuoso y digno de
los profesionales,los profesionales,
técnicos y auxiliares.técnicos y auxiliares.
6. Seguridad al paciente.Seguridad al paciente.
SVPT Y CGESVPT Y CGE
Art. 54 de la Ley General de Salud.Art. 54 de la Ley General de Salud.
Las autoridades competentes y lasLas autoridades competentes y las
propias instituciones de salud,propias instituciones de salud,
establecerán procedimientos deestablecerán procedimientos de
orientación y asesoría a losorientación y asesoría a los
usuarios y solicitantes para queusuarios y solicitantes para que
presenten sus quejas,presenten sus quejas,
reclamaciones o sugerencias,reclamaciones o sugerencias,
respecto a la prestación de losrespecto a la prestación de los
servicios de salud.servicios de salud.
Art.47 de la Ley Federal del trabajoArt.47 de la Ley Federal del trabajo
(Rescisión de las(Rescisión de las
relaciones de trabajo)relaciones de trabajo)
7. Falta de educación y orientaciónFalta de educación y orientación
El paciente puedeEl paciente puede
denunciar,denunciar,
argumentando que noargumentando que no
se le explicó, cómose le explicó, cómo
realizar unrealizar un
procedimiento o cómoprocedimiento o cómo
aplicar unaplicar un
medicamento.medicamento.
BASES JURÍDICASBASES JURÍDICAS
Art. 54 LGS y 47Art. 54 LGS y 47
LFTLFT
8. Revelación de secretosRevelación de secretos
Art. 172 del CPEMArt. 172 del CPEM
30 a 200 jornadas de trabajo30 a 200 jornadas de trabajo
a favor de la comunidad, aa favor de la comunidad, a
quien sin causa justaquien sin causa justa
revelare algún secreto orevelare algún secreto o
comunicación reservada quecomunicación reservada que
por cualquier medio quepor cualquier medio que
conociere o se hayaconociere o se haya
confiado con motivo de suconfiado con motivo de su
empleo, cargo oficio o arte,empleo, cargo oficio o arte,
si de ello pudiera resultarsi de ello pudiera resultar
daño a alguna personadaño a alguna persona
Art. 173 del CPEMArt. 173 del CPEM
De 1 a 5 años de prisión yDe 1 a 5 años de prisión y
multa de 50 a 500 días demulta de 50 a 500 días de
salario y suspensión desalario y suspensión de
hasta por 2 años de lahasta por 2 años de la
profesión, oficio o cargoprofesión, oficio o cargo
cuando el secreto secuando el secreto se
revelare o usare en beneficiorevelare o usare en beneficio
propio ó ajeno, etc.propio ó ajeno, etc.
Art. 47, fracción IX de la LeyArt. 47, fracción IX de la Ley
Federal del Trabajo.Federal del Trabajo.
9. Negarse a otorgar atención deNegarse a otorgar atención de
salud a un ciudadanosalud a un ciudadano
Art. 294 Omisión de auxilioArt. 294 Omisión de auxilio
Art. 295 Sanciona a médicos, enfermeros y demásArt. 295 Sanciona a médicos, enfermeros y demás
profesionistas similares y auxiliares, así como a losprofesionistas similares y auxiliares, así como a los
dueños, directores, administradores o encargados dedueños, directores, administradores o encargados de
cualquier institución de salud, que injustificadamentecualquier institución de salud, que injustificadamente
nieguen o condicionen la prestación de un servicionieguen o condicionen la prestación de un servicio
médico a quienes tengan notoria urgencia de ellos,médico a quienes tengan notoria urgencia de ellos,
por estar en peligro su vida o su salud, se sancionarápor estar en peligro su vida o su salud, se sancionará
con prisión de 6 meses a 3 años y multa de 20 a 150con prisión de 6 meses a 3 años y multa de 20 a 150
días de salario. Y si la persona fallece, prisión de 2 adías de salario. Y si la persona fallece, prisión de 2 a
4 años y hasta 300 días de salario.4 años y hasta 300 días de salario.
10. Realizar su trabajo con:Realizar su trabajo con:
Negligencia:Negligencia: El no hacerEl no hacer
( la omisión( la omisión
inexcusable )inexcusable )
Impericia:Impericia: El no saberEl no saber
( la ignorancia( la ignorancia
inexcusable )inexcusable )
Imprudencia :Imprudencia : El hacer de másEl hacer de más
( la temeridad( la temeridad
inexcusable )inexcusable )
Inobservancia de reglamentosInobservancia de reglamentos
( lo que está vetado )( lo que está vetado )
11. Por eso......!Por eso......!
Cuando el personal deCuando el personal de
enfermería, desconozcaenfermería, desconozca
el manejo de un equipo,el manejo de un equipo,
de un medicamento, dede un medicamento, de
una patología etc.una patología etc.
Es importanteEs importante
PREGUNTAR, antes dePREGUNTAR, antes de
ocasionar una lesión alocasionar una lesión al
paciente.paciente.
Evitando caer en unEvitando caer en un
delito culposodelito culposo
12. Tipos de delitosTipos de delitos
Doloso:Doloso:
Cuando el agente quiere o acepta elCuando el agente quiere o acepta el
resultado, o cuando éste es el resultado deresultado, o cuando éste es el resultado de
la conducta realizada.la conducta realizada.
Culposo:Culposo:
Cuando habiéndose previsto el resultado,Cuando habiéndose previsto el resultado,
se confió en que no se produciría; cuandose confió en que no se produciría; cuando
no se previó siendo previsible, o cuando seno se previó siendo previsible, o cuando se
causó por impericia o ineptitudcausó por impericia o ineptitud
13. Sanción del delito culposoSanción del delito culposo
Art. 56 del CPEMArt. 56 del CPEM
Prisión de 3 a 5 años y suspensión dePrisión de 3 a 5 años y suspensión de
hasta 5 años, o definitiva del derechohasta 5 años, o definitiva del derecho
de ejercer una profesión, oficio o lade ejercer una profesión, oficio o la
actividad que dio origen a la conductaactividad que dio origen a la conducta
culposa.culposa.
14. Delito dolosoDelito doloso
Art. 282, Instigación o ayuda al suicidio:Art. 282, Instigación o ayuda al suicidio:
Al que instigue o ayude a otro alAl que instigue o ayude a otro al
suicidio, se le impondrá de 3 a 10suicidio, se le impondrá de 3 a 10
años de prisión, si el suicidio seaños de prisión, si el suicidio se
consumare.consumare.
EUTANASIAEUTANASIA
15. Omitir o hacer de formaOmitir o hacer de forma
incompleta, la hoja de enfermeríaincompleta, la hoja de enfermería
NOM 168 SSANOM 168 SSA
Dentro del expediente clínico deDentro del expediente clínico de
encuentra la hoja de enfermería, queencuentra la hoja de enfermería, que
deberá ser elaborada por el personaldeberá ser elaborada por el personal
en turno, según la frecuenciaen turno, según la frecuencia
establecida por las normas delestablecida por las normas del
instituto y las ordenes del médico, yinstituto y las ordenes del médico, y
deberá contener como mínimo.deberá contener como mínimo.
Habitus exterior, gráfica de signosHabitus exterior, gráfica de signos
vitales, administración devitales, administración de
medicamentos, fecha, hora, cantidadmedicamentos, fecha, hora, cantidad
y vía. Procedimientos realizados,y vía. Procedimientos realizados,
evolución y observaciones.evolución y observaciones.
16. Por contestar agresionesPor contestar agresiones
Cuando la o el enfermero contesta unaCuando la o el enfermero contesta una
agresión por parte del paciente, su familia,agresión por parte del paciente, su familia,
un compañero de trabajo, el jefe mediato oun compañero de trabajo, el jefe mediato o
inmediato.inmediato.
Se incurre en doble delitoSe incurre en doble delito
1.1. Laboral ( Art. 47 de la LFT fracciónLaboral ( Art. 47 de la LFT fracción
II,III,IV,V,VI,VII,VIII. )II,III,IV,V,VI,VII,VIII. )
2.2. Penal, Art. 269 CP Lesiones 6 meses aPenal, Art. 269 CP Lesiones 6 meses a
2 años, dependiendo de la gravedad2 años, dependiendo de la gravedad
de la lesiónde la lesión
17. Evasión de presosEvasión de presos
Art. 119Art. 119
Prisión de 2 a 7 años, aPrisión de 2 a 7 años, a
quien facilite la fuga dequien facilite la fuga de
presos por delitos nopresos por delitos no
gravesgraves
Art. 120Art. 120
Hasta 20 años, a quienHasta 20 años, a quien
facilite la fuga e presosfacilite la fuga e presos
por delitos gravespor delitos graves
18. Causas de responsabilidadCausas de responsabilidad
Art. 227Art. 227
PRIVACIONPRIVACION
ILEGAL DE LAILEGAL DE LA
LIBERTAD.LIBERTAD.
1-4 años y 100-5001-4 años y 100-500
días de salariodías de salario
Art. 228Art. 228
SECUESTRO.SECUESTRO.
20-40 años y 500-20-40 años y 500-
2000 días de salario2000 días de salario
19. Art. 229Art. 229
TRAFICOTRAFICO
DE PERSONAS ODE PERSONAS O
RAPTORAPTO
15-40 años15-40 años
Art. 240Art. 240
VIOLACIÓNVIOLACIÓN
5-15 años5-15 años
20. Art 285Art 285
Aborto:Aborto: Es la muerte delEs la muerte del
producto de la concepciónproducto de la concepción
en cualquier momento de laen cualquier momento de la
preñez.preñez.
Art 286,Art 286, ala mujer de 1-3ala mujer de 1-3
años y multa de 50-150 díasaños y multa de 50-150 días
de salariode salario
Art 287Art 287 Aquien le causare elAquien le causare el
abortoaborto
Con consentimiento 1-5Con consentimiento 1-5
añosaños
Sin consentimiento 3-8Sin consentimiento 3-8
añosaños
21. Art. 288Art. 288
Cuando lo provoque un médico cirujano oCuando lo provoque un médico cirujano o
enfermeraenfermera, se suspenderá además el, se suspenderá además el
ejercicio de su profesión de 2-5 años, si esejercicio de su profesión de 2-5 años, si es
reincidencia se suspenderá la licenciareincidencia se suspenderá la licencia
Art. 290:Art. 290: No es punible el aborto cuando elNo es punible el aborto cuando el
Embarazo, es el resultado de una violaciónEmbarazo, es el resultado de una violación
Art. 291:Art. 291: No se aplicará sanción cuando deNo se aplicará sanción cuando de
no aplicarse corra peligro la vida de la madreno aplicarse corra peligro la vida de la madre
22. Art 191Art 191
Los médicos cirujanos y demásLos médicos cirujanos y demás
profesionistas similares y auxiliares,profesionistas similares y auxiliares,
serán responsables por los delitosserán responsables por los delitos
cometidos en el ejercicio de su profesión.cometidos en el ejercicio de su profesión.
Suspensión de 1 mes a 4 años o definitivaSuspensión de 1 mes a 4 años o definitiva
en reincidenciaen reincidencia
Reparación del daño, por él o susReparación del daño, por él o sus
ayudantes, enfermeras o practicantesayudantes, enfermeras o practicantes
cuando obren por instrucciones delcuando obren por instrucciones del
responsable.responsable.
ResponsabilidadResponsabilidad
profesional y técnicaprofesional y técnica
23. Art. 208Art. 208
Sanción de 1 – 5Sanción de 1 – 5
años, al que sin teneraños, al que sin tener
título profesional, otítulo profesional, o
autorización paraautorización para
ejercer algunaejercer alguna
profesiónprofesión
reglamentada, por elreglamentada, por el
art. 5 constitucional.art. 5 constitucional.
Realice o se atribuyaRealice o se atribuya
carácter profesional.carácter profesional.
24. ConclusionesConclusiones
La hoja de enfermería demuestra elLa hoja de enfermería demuestra el
trabajo del personal y, de acuerdo atrabajo del personal y, de acuerdo a
su información es un documentosu información es un documento
legal que para todos sus usos evita ulegal que para todos sus usos evita u
origina problemas. Esta debe serorigina problemas. Esta debe ser
clara, y entendible para todos, por loclara, y entendible para todos, por lo
que se debe tener conciencia de suque se debe tener conciencia de su
importancia y del llenado en formaimportancia y del llenado en forma
correcta, ya que delimita lascorrecta, ya que delimita las
acciones de responsabilidad deacciones de responsabilidad de
todos los involucrados en el cuidadotodos los involucrados en el cuidado
del paciente.del paciente.
25. ConclusionesConclusiones
Por todo lo anterior es importante que elPor todo lo anterior es importante que el
personal de enfermería, conozca en supersonal de enfermería, conozca en su
entorno laboral las siguientes leyes que rigenentorno laboral las siguientes leyes que rigen
su proceder.su proceder.
La ley general de saludLa ley general de salud
La ley federal del trabajoLa ley federal del trabajo
La ley de los servidores públicosLa ley de los servidores públicos
Las condiciones generales de trabajoLas condiciones generales de trabajo
La ley general de profesionesLa ley general de profesiones
26. El contrato colectivo de trabajoEl contrato colectivo de trabajo
El código penal del estado de MichoacánEl código penal del estado de Michoacán
El código civil del estado de MichoacánEl código civil del estado de Michoacán
Las normas oficiales mexicanasLas normas oficiales mexicanas
NOM 168 ssa1-1998 del expediente clínicoNOM 168 ssa1-1998 del expediente clínico
NOM -007-ssa2-1993 atención de la mujerNOM -007-ssa2-1993 atención de la mujer
durante el embarazo, parto, puerperio y eldurante el embarazo, parto, puerperio y el
recién nacidorecién nacido
NOM-010-ssa2-1993 prevención y control deNOM-010-ssa2-1993 prevención y control de
la infección por VIHla infección por VIH
27. ENFERMERÍAENFERMERÍA
La profesión de enfermería, es tan loable eLa profesión de enfermería, es tan loable e
importante como cualquier otra profesión conimportante como cualquier otra profesión con
más años de preparación.más años de preparación.
La grandeza de una profesión está en quienLa grandeza de una profesión está en quien
la practica.la practica.
Muy pocas personas tienen el don deMuy pocas personas tienen el don de
enfrentarse día tras día, cara a cara con laenfrentarse día tras día, cara a cara con la
muerte, y menos aún, la satisfacción de verlamuerte, y menos aún, la satisfacción de verla
vencida.vencida.