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Aspectos legales en enfermería

  • 1. ASPECTOS LEGALES ENASPECTOS LEGALES EN ENFERMERÍAENFERMERÍA Dr. Juan Hernández LópezDr. Juan Hernández López GINECOOBSTETRAGINECOOBSTETRA
  • 2. La enfermeraLa enfermera El papel de la enfermera enEl papel de la enfermera en la atención de la salud es dela atención de la salud es de suma importancia, ya que essuma importancia, ya que es quien se encuentra alquien se encuentra al cuidado del paciente sano ocuidado del paciente sano o enfermo durante suenfermo durante su hospitalización las 24 hrs.hospitalización las 24 hrs. Por lo tanto es importantePor lo tanto es importante que conozca lasque conozca las implicaciones legales de suimplicaciones legales de su proceder profesional.proceder profesional.
  • 3. Causas de responsabilidadCausas de responsabilidad Aplicación de medicamentosAplicación de medicamentos Trato directo con el pacienteTrato directo con el paciente Seguridad del pacienteSeguridad del paciente Falta de orientaciónFalta de orientación Revelación de secretosRevelación de secretos Negarse a dar atención de salud a la ciudadaníaNegarse a dar atención de salud a la ciudadanía Realizar su trabajo con negligencia, impericia óRealizar su trabajo con negligencia, impericia ó impudenciaimpudencia Contestar agresiones al paciente, familiares oContestar agresiones al paciente, familiares o compañeros.compañeros. Omitir, o no hacer la nota de enfermeríaOmitir, o no hacer la nota de enfermería
  • 4. Aplicación de medicamentosAplicación de medicamentos Art. 226 de la Ley General de SaludArt. 226 de la Ley General de Salud Medicamentos solo pueden aplicarseMedicamentos solo pueden aplicarse o adquirirse con receta médica.o adquirirse con receta médica. Art. 240 de la Ley General de SaludArt. 240 de la Ley General de Salud Solo pueden recetar medicamentos,Solo pueden recetar medicamentos, los médicos cirujanos, médicoslos médicos cirujanos, médicos veterinarios, médicos odontólogos yveterinarios, médicos odontólogos y médicos en servicio social.médicos en servicio social. Enfermería NO PUEDE RECETAR, soloEnfermería NO PUEDE RECETAR, solo administrar medicamentos.administrar medicamentos. Registrándolos en el expedienteRegistrándolos en el expediente clínico, y no aplicarlos por indicaciónclínico, y no aplicarlos por indicación verbal ó por vía telefónica.verbal ó por vía telefónica.
  • 5. Relación con el paciente.Relación con el paciente. Art.51 de la Ley General deArt.51 de la Ley General de Salud.Salud. Los usuarios tendránLos usuarios tendrán derecho a recibirderecho a recibir servicios de saludservicios de salud oportunos y de calidadoportunos y de calidad idónea y a recibiridónea y a recibir atención profesional yatención profesional y éticamente responsable,éticamente responsable, así como tratoasí como trato respetuoso y digno derespetuoso y digno de los profesionales,los profesionales, técnicos y auxiliares.técnicos y auxiliares.
  • 6. Seguridad al paciente.Seguridad al paciente. SVPT Y CGESVPT Y CGE Art. 54 de la Ley General de Salud.Art. 54 de la Ley General de Salud. Las autoridades competentes y lasLas autoridades competentes y las propias instituciones de salud,propias instituciones de salud, establecerán procedimientos deestablecerán procedimientos de orientación y asesoría a losorientación y asesoría a los usuarios y solicitantes para queusuarios y solicitantes para que presenten sus quejas,presenten sus quejas, reclamaciones o sugerencias,reclamaciones o sugerencias, respecto a la prestación de losrespecto a la prestación de los servicios de salud.servicios de salud. Art.47 de la Ley Federal del trabajoArt.47 de la Ley Federal del trabajo (Rescisión de las(Rescisión de las relaciones de trabajo)relaciones de trabajo)
  • 7. Falta de educación y orientaciónFalta de educación y orientación El paciente puedeEl paciente puede denunciar,denunciar, argumentando que noargumentando que no se le explicó, cómose le explicó, cómo realizar unrealizar un procedimiento o cómoprocedimiento o cómo aplicar unaplicar un medicamento.medicamento. BASES JURÍDICASBASES JURÍDICAS Art. 54 LGS y 47Art. 54 LGS y 47 LFTLFT
  • 8. Revelación de secretosRevelación de secretos Art. 172 del CPEMArt. 172 del CPEM 30 a 200 jornadas de trabajo30 a 200 jornadas de trabajo a favor de la comunidad, aa favor de la comunidad, a quien sin causa justaquien sin causa justa revelare algún secreto orevelare algún secreto o comunicación reservada quecomunicación reservada que por cualquier medio quepor cualquier medio que conociere o se hayaconociere o se haya confiado con motivo de suconfiado con motivo de su empleo, cargo oficio o arte,empleo, cargo oficio o arte, si de ello pudiera resultarsi de ello pudiera resultar daño a alguna personadaño a alguna persona Art. 173 del CPEMArt. 173 del CPEM De 1 a 5 años de prisión yDe 1 a 5 años de prisión y multa de 50 a 500 días demulta de 50 a 500 días de salario y suspensión desalario y suspensión de hasta por 2 años de lahasta por 2 años de la profesión, oficio o cargoprofesión, oficio o cargo cuando el secreto secuando el secreto se revelare o usare en beneficiorevelare o usare en beneficio propio ó ajeno, etc.propio ó ajeno, etc. Art. 47, fracción IX de la LeyArt. 47, fracción IX de la Ley Federal del Trabajo.Federal del Trabajo.
  • 9. Negarse a otorgar atención deNegarse a otorgar atención de salud a un ciudadanosalud a un ciudadano Art. 294 Omisión de auxilioArt. 294 Omisión de auxilio Art. 295 Sanciona a médicos, enfermeros y demásArt. 295 Sanciona a médicos, enfermeros y demás profesionistas similares y auxiliares, así como a losprofesionistas similares y auxiliares, así como a los dueños, directores, administradores o encargados dedueños, directores, administradores o encargados de cualquier institución de salud, que injustificadamentecualquier institución de salud, que injustificadamente nieguen o condicionen la prestación de un servicionieguen o condicionen la prestación de un servicio médico a quienes tengan notoria urgencia de ellos,médico a quienes tengan notoria urgencia de ellos, por estar en peligro su vida o su salud, se sancionarápor estar en peligro su vida o su salud, se sancionará con prisión de 6 meses a 3 años y multa de 20 a 150con prisión de 6 meses a 3 años y multa de 20 a 150 días de salario. Y si la persona fallece, prisión de 2 adías de salario. Y si la persona fallece, prisión de 2 a 4 años y hasta 300 días de salario.4 años y hasta 300 días de salario.
  • 10. Realizar su trabajo con:Realizar su trabajo con: Negligencia:Negligencia: El no hacerEl no hacer ( la omisión( la omisión inexcusable )inexcusable ) Impericia:Impericia: El no saberEl no saber ( la ignorancia( la ignorancia inexcusable )inexcusable ) Imprudencia :Imprudencia : El hacer de másEl hacer de más ( la temeridad( la temeridad inexcusable )inexcusable ) Inobservancia de reglamentosInobservancia de reglamentos ( lo que está vetado )( lo que está vetado )
  • 11. Por eso......!Por eso......! Cuando el personal deCuando el personal de enfermería, desconozcaenfermería, desconozca el manejo de un equipo,el manejo de un equipo, de un medicamento, dede un medicamento, de una patología etc.una patología etc. Es importanteEs importante PREGUNTAR, antes dePREGUNTAR, antes de ocasionar una lesión alocasionar una lesión al paciente.paciente. Evitando caer en unEvitando caer en un delito culposodelito culposo
  • 12. Tipos de delitosTipos de delitos Doloso:Doloso: Cuando el agente quiere o acepta elCuando el agente quiere o acepta el resultado, o cuando éste es el resultado deresultado, o cuando éste es el resultado de la conducta realizada.la conducta realizada. Culposo:Culposo: Cuando habiéndose previsto el resultado,Cuando habiéndose previsto el resultado, se confió en que no se produciría; cuandose confió en que no se produciría; cuando no se previó siendo previsible, o cuando seno se previó siendo previsible, o cuando se causó por impericia o ineptitudcausó por impericia o ineptitud
  • 13. Sanción del delito culposoSanción del delito culposo Art. 56 del CPEMArt. 56 del CPEM Prisión de 3 a 5 años y suspensión dePrisión de 3 a 5 años y suspensión de hasta 5 años, o definitiva del derechohasta 5 años, o definitiva del derecho de ejercer una profesión, oficio o lade ejercer una profesión, oficio o la actividad que dio origen a la conductaactividad que dio origen a la conducta culposa.culposa.
  • 14. Delito dolosoDelito doloso Art. 282, Instigación o ayuda al suicidio:Art. 282, Instigación o ayuda al suicidio: Al que instigue o ayude a otro alAl que instigue o ayude a otro al suicidio, se le impondrá de 3 a 10suicidio, se le impondrá de 3 a 10 años de prisión, si el suicidio seaños de prisión, si el suicidio se consumare.consumare. EUTANASIAEUTANASIA
  • 15. Omitir o hacer de formaOmitir o hacer de forma incompleta, la hoja de enfermeríaincompleta, la hoja de enfermería NOM 168 SSANOM 168 SSA Dentro del expediente clínico deDentro del expediente clínico de encuentra la hoja de enfermería, queencuentra la hoja de enfermería, que deberá ser elaborada por el personaldeberá ser elaborada por el personal en turno, según la frecuenciaen turno, según la frecuencia establecida por las normas delestablecida por las normas del instituto y las ordenes del médico, yinstituto y las ordenes del médico, y deberá contener como mínimo.deberá contener como mínimo. Habitus exterior, gráfica de signosHabitus exterior, gráfica de signos vitales, administración devitales, administración de medicamentos, fecha, hora, cantidadmedicamentos, fecha, hora, cantidad y vía. Procedimientos realizados,y vía. Procedimientos realizados, evolución y observaciones.evolución y observaciones.
  • 16. Por contestar agresionesPor contestar agresiones Cuando la o el enfermero contesta unaCuando la o el enfermero contesta una agresión por parte del paciente, su familia,agresión por parte del paciente, su familia, un compañero de trabajo, el jefe mediato oun compañero de trabajo, el jefe mediato o inmediato.inmediato. Se incurre en doble delitoSe incurre en doble delito 1.1. Laboral ( Art. 47 de la LFT fracciónLaboral ( Art. 47 de la LFT fracción II,III,IV,V,VI,VII,VIII. )II,III,IV,V,VI,VII,VIII. ) 2.2. Penal, Art. 269 CP Lesiones 6 meses aPenal, Art. 269 CP Lesiones 6 meses a 2 años, dependiendo de la gravedad2 años, dependiendo de la gravedad de la lesiónde la lesión
  • 17. Evasión de presosEvasión de presos Art. 119Art. 119 Prisión de 2 a 7 años, aPrisión de 2 a 7 años, a quien facilite la fuga dequien facilite la fuga de presos por delitos nopresos por delitos no gravesgraves Art. 120Art. 120 Hasta 20 años, a quienHasta 20 años, a quien facilite la fuga e presosfacilite la fuga e presos por delitos gravespor delitos graves
  • 18. Causas de responsabilidadCausas de responsabilidad Art. 227Art. 227 PRIVACIONPRIVACION ILEGAL DE LAILEGAL DE LA LIBERTAD.LIBERTAD. 1-4 años y 100-5001-4 años y 100-500 días de salariodías de salario Art. 228Art. 228 SECUESTRO.SECUESTRO. 20-40 años y 500-20-40 años y 500- 2000 días de salario2000 días de salario
  • 19. Art. 229Art. 229 TRAFICOTRAFICO DE PERSONAS ODE PERSONAS O RAPTORAPTO 15-40 años15-40 años Art. 240Art. 240 VIOLACIÓNVIOLACIÓN 5-15 años5-15 años
  • 20. Art 285Art 285 Aborto:Aborto: Es la muerte delEs la muerte del producto de la concepciónproducto de la concepción en cualquier momento de laen cualquier momento de la preñez.preñez. Art 286,Art 286, ala mujer de 1-3ala mujer de 1-3 años y multa de 50-150 díasaños y multa de 50-150 días de salariode salario Art 287Art 287 Aquien le causare elAquien le causare el abortoaborto Con consentimiento 1-5Con consentimiento 1-5 añosaños Sin consentimiento 3-8Sin consentimiento 3-8 añosaños
  • 21. Art. 288Art. 288 Cuando lo provoque un médico cirujano oCuando lo provoque un médico cirujano o enfermeraenfermera, se suspenderá además el, se suspenderá además el ejercicio de su profesión de 2-5 años, si esejercicio de su profesión de 2-5 años, si es reincidencia se suspenderá la licenciareincidencia se suspenderá la licencia Art. 290:Art. 290: No es punible el aborto cuando elNo es punible el aborto cuando el Embarazo, es el resultado de una violaciónEmbarazo, es el resultado de una violación Art. 291:Art. 291: No se aplicará sanción cuando deNo se aplicará sanción cuando de no aplicarse corra peligro la vida de la madreno aplicarse corra peligro la vida de la madre
  • 22. Art 191Art 191 Los médicos cirujanos y demásLos médicos cirujanos y demás profesionistas similares y auxiliares,profesionistas similares y auxiliares, serán responsables por los delitosserán responsables por los delitos cometidos en el ejercicio de su profesión.cometidos en el ejercicio de su profesión. Suspensión de 1 mes a 4 años o definitivaSuspensión de 1 mes a 4 años o definitiva en reincidenciaen reincidencia Reparación del daño, por él o susReparación del daño, por él o sus ayudantes, enfermeras o practicantesayudantes, enfermeras o practicantes cuando obren por instrucciones delcuando obren por instrucciones del responsable.responsable. ResponsabilidadResponsabilidad profesional y técnicaprofesional y técnica
  • 23. Art. 208Art. 208 Sanción de 1 – 5Sanción de 1 – 5 años, al que sin teneraños, al que sin tener título profesional, otítulo profesional, o autorización paraautorización para ejercer algunaejercer alguna profesiónprofesión reglamentada, por elreglamentada, por el art. 5 constitucional.art. 5 constitucional. Realice o se atribuyaRealice o se atribuya carácter profesional.carácter profesional.
  • 24. ConclusionesConclusiones La hoja de enfermería demuestra elLa hoja de enfermería demuestra el trabajo del personal y, de acuerdo atrabajo del personal y, de acuerdo a su información es un documentosu información es un documento legal que para todos sus usos evita ulegal que para todos sus usos evita u origina problemas. Esta debe serorigina problemas. Esta debe ser clara, y entendible para todos, por loclara, y entendible para todos, por lo que se debe tener conciencia de suque se debe tener conciencia de su importancia y del llenado en formaimportancia y del llenado en forma correcta, ya que delimita lascorrecta, ya que delimita las acciones de responsabilidad deacciones de responsabilidad de todos los involucrados en el cuidadotodos los involucrados en el cuidado del paciente.del paciente.
  • 25. ConclusionesConclusiones Por todo lo anterior es importante que elPor todo lo anterior es importante que el personal de enfermería, conozca en supersonal de enfermería, conozca en su entorno laboral las siguientes leyes que rigenentorno laboral las siguientes leyes que rigen su proceder.su proceder. La ley general de saludLa ley general de salud La ley federal del trabajoLa ley federal del trabajo La ley de los servidores públicosLa ley de los servidores públicos Las condiciones generales de trabajoLas condiciones generales de trabajo La ley general de profesionesLa ley general de profesiones
  • 26. El contrato colectivo de trabajoEl contrato colectivo de trabajo El código penal del estado de MichoacánEl código penal del estado de Michoacán El código civil del estado de MichoacánEl código civil del estado de Michoacán Las normas oficiales mexicanasLas normas oficiales mexicanas NOM 168 ssa1-1998 del expediente clínicoNOM 168 ssa1-1998 del expediente clínico NOM -007-ssa2-1993 atención de la mujerNOM -007-ssa2-1993 atención de la mujer durante el embarazo, parto, puerperio y eldurante el embarazo, parto, puerperio y el recién nacidorecién nacido NOM-010-ssa2-1993 prevención y control deNOM-010-ssa2-1993 prevención y control de la infección por VIHla infección por VIH
  • 27. ENFERMERÍAENFERMERÍA La profesión de enfermería, es tan loable eLa profesión de enfermería, es tan loable e importante como cualquier otra profesión conimportante como cualquier otra profesión con más años de preparación.más años de preparación. La grandeza de una profesión está en quienLa grandeza de una profesión está en quien la practica.la practica. Muy pocas personas tienen el don deMuy pocas personas tienen el don de enfrentarse día tras día, cara a cara con laenfrentarse día tras día, cara a cara con la muerte, y menos aún, la satisfacción de verlamuerte, y menos aún, la satisfacción de verla vencida.vencida.
  • 28. GRACIAS.......GRACIAS....... Dr. Juan Hernández LópezDr. Juan Hernández López