Implementación de la Ley de Reforma Magisterial 2017
Ley general del servicio profesional docente
1.
2. ANTECEDENTES
ANMEB (1992)
Incorporación de México a la OCDE (1994)
Creación del INEE (2002)
Compromiso Social por la Educación (2002)
Reforma curricular (2004-2011)
Alianza por la calidad de la Educación (2008)
Acuerdo de Cooperación México-OCDE (2010)
Acuerdo para la Evaluación Universal de
Docentes y Directivos de Educación Básica
(2011)
3. REFORMA AL ART. 3º CONSTITUCIONAL
26 de febrero de 2013 (DOF)
Calidad de la
educación
obligatoria
Ingreso y promoción
a través de
concursos de
oposición.
Evaluación
obligatoria para el
ingreso, promoción y
permanencia en el
servicio profesional
Sistema Nacional de
Evaluación
Educativa
coordinado por el
INEE (autónomo)
Servicio Profesional
Docente
4. ACCIONESCONSECUENTES
Reforma a la Ley General de Educación
Reforma o creación de la normatividad para regular
el servicio docente (Ley General del Servicio
Profesional Docente)
Ley del Instituto Nacional para la Evaluación de la
Educación (Elaboración de lineamientos para la
evaluación a nivel federal y local)
Creación de un Sistema de Información y Gestión
Educativa (INEGI – plataforma 2013)
5. 5 Títulos, 70 artículos y 17 transitorios
:
El territorio nacional
Contiene disposiciones en materia laboral,
regula relaciones entre el Gobierno y los
trabajadores docentes
6.
7.
8. QUE EL INEE
Defina planes anuales de evaluación para Educación Básica y
Media superior;
Expida lineamientos para concursos de oposición y evaluaciones
del desempeño;
Valide y autorice estándares e instrumentos para la evaluación
Vigile la aplicación de las evaluaciones
Determine las partes de la evaluación que corresponda calificar a
las Autoridades
Emitir lineamientos para la participación de instituciones
públicas en los concursos de oposición y evaluaciones
obligatorias…
9. ATRIBUCIONES DE LAS AUTORIDADES EDUCATIVAS
LOCALES:
Someter a consideración de la SEP sus propuestas
de estándares de carácter complementario para los
concursos y evaluaciones
Convocar, calificar, operar, ofrecer, organizar,
administrar, etc. (formación continua, programas de
reconocimiento)
Emitir los actos jurídicos que crean, declaran,
modifica o extinguen derechos y obligaciones…
10. ATRIBUCIONES DE LA SEP
Participar con el INEE para definir programa anual de
evaluaciones
Determinar requisitos y perfiles mínimos para ingresar
al servicio
Proponer al INEE las etapas, aspectos y métodos de las
evaluaciones obligatorias
Aprobar convocatorias para concursos..
Emitir lineamientos diversos…
11. EL SERVICIO PROFESIONAL DOCENTE
Mejorar la práctica profesional mediante la evaluación interna en
las escuelas…
Asegurar, con base en la evaluación, la idoneidad de los
conocimientos y capacidades…
Estimular el reconocimiento de la labor docente mediante
opciones de desarrollo profesional
Asegurar un nivel suficiente de desempeño en quienes realizan
funciones de docencia…
Garantizar la formación continua del personal…
Asegurar, en un marco de inclusión y diversidad, la calidad de la
educación y …
12. El desarrollo de estándares que sirvan de
referente para la buena práctica profesional
Planeación
Dominio de
contenidos
Ambiente en el
aula
Prácticas didácticas
Evaluación de los alumnos
Aprendizaje de los
alumnos
Colaboración en la
escuela
Diálogo con padres
Características observación
calendario y uso del tiempo
14. Nombramiento
inicial (orden de
prelación y sólo
por el resto del
ciclo escolar)
Adscripción a otro
centro escolar
(necesidades del
servicio)
Continuación del
periodo de
inducción de 3
años
16. Concurso
público
Aprueba
No aprueba
Nombramiento por
Tiempo Fijo
(determinado por
las Autoridades)
Retorna a su función
docente
(preferentemente en la
escuela donde estaba
asignado o donde la
Autoridad determine)
No aprueba
Renovación
del
nombramiento
de directivo
Incumplimiento
en procesos de
formación
RETORNO A
DOCENCIA
Evaluación
Aprueba
17. Las Autoridades Educativas y los
Organismos Descentralizados observarán en la
realización de los concursos el cumplimiento
de los principios que refiere esta Ley.
, para
los efectos del ejercicio de sus funciones de
atención laboral de sus agremiados,
del inicio de los procesos de
promoción y para la
realización de .
20. Nombramiento como Personal Docente con Funciones de
Asesoría Técnica Pedagógica (promoción inicial mediante
concurso de oposición, inducción de 2 años, evaluación …igual
proceso que las promociones a puestos de dirección)
Asignación de horas adicionales – personal que no sea de
jornada (perfil requerido y evaluación con el nivel establecido
por las autoridades)
LAS AUTORIDADES ESTABLECERÁN LAS REGLAS PARA
SELECCIONAR AL PERSONAL DOCENTE CUANDO HAYA VARIOS
QUE CUMPLAN CON LOS REQUISITOS
OTROS PROGRAMAS DE PROMOCIÓN PARA PREMIAR EL
MÉRITO DEBERÁN SUSTENTARSE EN LA EVALUACIÓN DE
DESEMPEÑO
21. a) Individual, equipo docente y a la profesión.
b) Estímulos económicos temporales o por única vez
c) Mecanismos de acceso al desarrollo profesional
Propone el Director o Supervisor con base en la
evaluación y dependiendo del ámbito de desempeño de los
docentes o directivos
“Movimientos laterales” a funciones de ATP con base en
evaluaciones, los docentes recibirán estímulos económicos u
otros y seguirán en su plaza docente. Serán temporales
máximo 3 años, que pueden ser renovables
Reconocimientos económicos de conjunto en base a los
resultados de aprendizaje de los alumnos, considerando
situaciones contextuales.
22. Evaluación obligatoria, por lo menos, cada 4 años
Se utilizarán estándares e instrumentos específicos para
fines de PERMANENCIA
En casos de insuficiencia en el desempeño detectados por la
evaluación, se aplicarán hasta tres evaluaciones anuales, con
apoyo de programas de REGULARIZACIÓN.
La no incorporación a programas de apoyo o resultado
insuficiente en la tercera evaluación será motivo DE
SEPARACIÓN DEL SERVICIO PÚBLICO SIN RESPONSABILIDAD
PARA LA AUTORIDAD
23. Control de cambios de escuelas (no habrá cambios
durante el ciclo escolar)
Cambios sin autorización serán causa de SEPARACIÓN DEL
SERVICIO PÚBLICO SIN RESPONSABILIDAD PARA LA
AUTORIDAD
Al término de una licencia, el personal podrá ser
readscrito de acuerdo a las necesidades del servicio
Licencias de carácter personal durante el ciclo escolar
serán excepcionales y justificadas
Directores verificarán que los docentes cumplan con el
perfil
Las estructuras ocupacionales (plantillas) deberán estar
autorizadas y revisadas por lo menos una vez al año
24. Personal docente, con funciones de Dirección o de
Supervisión en EB y MS
Deberá cumplir con los procedimientos
establecidos para las evaluaciones con fines de
ingreso, promoción, permanencia y
reconocimiento.
Cumplir con la inducción al servicio y sujetarse a
la evaluación respectiva
Sujetarse a las evaluaciones establecidas en la
Ley, de manera personal.
25. Será SEPARADO DEL SERVICIO, sin responsabilidad
para la Autoridad y sin que medie resolución del
TFCA, el evaluador que no se excuse de intervenir en
la atención de asuntos en los que tenga interés
personal, familiar o de negocios…
Será SEPARADO DEL SERVICIO, sin responsabilidad
para la Autoridad y sin que medie resolución del
TFCA, quien no cumpla con las evaluaciones, el
periodo de inducción, etc.
Será SEPARADO DEL SERVICIO, sin (…) quien no asista
a sus labores por más de tres días consecutivos o
discontinuos, en un periodo de 30 días naturales, sin
causa justificada…
26. 5º - En julio de 2014 se deberán realizar los
concursos de ingreso al Servicio en
Educación Básica y Media Superior de
acuerdo a esta Ley.
6º - En tanto se organizan los concursos y
evaluaciones como lo estipula esta Ley, se
realizarán estos procesos con las normas
anteriores.
27. El personal que a la entrada en vigor de esta Ley se
encuentre en servicio y tenga NOMBRAMIENTO DEFINITIVO
(planta) con funciones de docencia, dirección o supervisión
en la EB y MS se AJUSTARÁ a los procedimientos
evaluatorios y actividades de regularización que establece
esta Ley. QUIEN NO ALCANCE UN RESULTADO SUFICIENTE en
la tercera evaluación NO SERÁ SEPARADO DEL SERVICIO
PÚBLICO, pero SERÁ READSCRITO en otras tareas dentro del
servicio, o bien, se le ofrecerá incorporarse a los programas
de retiro que se autoricen.
Quien NO SE SUJETE A LAS EVALUACIONES o NO SE
INCORPORE a los programas de regularización será
SEPARADO DEL SERVICIO PÚBLICO, sin responsabilidad para
la Autoridad educativa.
28. 9º El personal con funciones de docencia o de dirección
en EB o MS que a la entrada en vigor de esta Ley tenga
NOMBRAMIENTO PROVISIONAL (interino) continuará
en la función que desempeña y será sujeto a la
evaluación que marca esta Ley. Al personal que
obtenga resultados suficientes se le otorgará
NOMBRAMIENTO DEFINITIVO Y quedará incorporado al
Servicio Profesional Docente.
Quienes NO PARTICIPEN EN LOS PROCESOS,
OBTENGAN RESULTADOS INSUFICIENTES EN LA
PRIMERA EVALUACIÓN Y NO SE INCORPOREN a los
programas de regularización u OBTENGAN RESULTADOS
INSUFICIENTES EN LA SEGUNDA EVALUACIÓN serán
SEPARADOS DEL SERVICIO PÚBLICO, sin
responsabilidad para la Autoridad educativa.
29. 10º … a la entrada en vigor de esta Ley, las
Autoridades educativas estatales deberán
implementar un programa integral que organice las
funciones y la adscripción del personal con funciones
de asesoría técnica pedagógica.
… la primera acción prioritaria (es) que el personal
que (…) desempeñe funciones de ATP se reintegre a
sus funciones docentes.
… sólo el personal que cumpla con los requisitos que
la Autoridad determine podrá continuar
temporalmente con las funciones de ATP… En ningún
caso podrán desempeñar funciones administrativas
30. 11º - El Programa de Carrera Magisterial continuará hasta
que entre en vigor el programa que establece esta Ley, cuya
publicación deberá hacerse en mayo de 2015.
Antes de esa fecha, la SEP podrá ajustar los factores, puntajes
e instrumentos e instrumentos de evaluación y realizará las
acciones necesarias para transitar al nuevo programas
Los beneficios adquiridos por el personal que participa en
Carrera Magisterial NO PODRÁN SER AFECTADOS en el
tránsito al programa que establece esta Ley
La XXII etapa de CM para docentes de EB se realizará en los
términos que señale a convocatoria respectiva
31. Destaca también: Compactación,
regularización progresiva de las plazas con
funciones de dirección en EB
Los gobiernos de los Estados entregarán a la
SEP el Analítico de plazas del personal docente
y con funciones de dirección y supervisión de –
EB y MS (90 días posteriores a la entrada en
vigor)
Los gobiernos de los Estados entregarán al INEE
la plantilla ocupacional del personal docente y
con funciones de dirección y supervisión en EB
y MS, federalizado y de origen estatal
33. Su objeto la define como una reglamentación de
condiciones de trabajo; establece una forma de
contratación abusiva ; es excesivo considerarla como ley
reglamentaria del Art. 3º
Contradice al Art. 123 constitucional, en lo relativo al
periodo de inducción, a la antigüedad en el trabajo, al
derecho a un escalafón y al derecho a una indemnización.
Se opone a la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del
Estado y Ley Estatal del Servicio Civil – ESTABLECEN EL
DERECHO A LA PLAZA DE PLANTA (6 meses)
El proceso federalizador, ya de por sí estancado, sufrirá un
retroceso al asignar a los Estados un limitado papel de
“ejecutor y organizador” de actividades.
34. DOCENTES EN
SERVICIO
DOCENTES DE
NUEVO INGRESO
TRABAJADORES
CON PLAZAS
INTERINAS
ESCUELAS
NORMALES
EDUCACIÓN
PÚBLICA
¿Y LOS
TRABAJADORES DE
APOYO Y
ASISTENCIA?
35. USO DE LA EVALUACIÓN COMO MEDIO DE REPRESIÓN
Y DESPIDO
ANULACIÓN DE LA FUNCIÓN SINDICAL E INDEFENSIÓN
DEL TRABAJADOR
PROCESO CENTRALIZADOR Y AUTORITARIO
LEY QUE DESPOJA DE SENTIDO HUMANO A LA
PROFESIÓN DOCENTE
LEY EXCESIVAMENTE SANCIONADORA PARA LOS
TRABAJADORES Y OMISA PARA GARANTIZAR EL
CUMPLIMIENTO DE RESPONSABILIDADES DE LAS
AUTORIDADES
PRESENTA UN SESGO PROTECTOR PARA EL GOBIERNO
“SIN RESPONSABILIDAD PARA LAS AUTORIDADES…” Y
“DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL”
36. Material elaborado por la Maestra
Yolanda Ortiz Bustamante para la
asamblea extraordinaria celebrada
el 13 de mayo de 2013