Procedimiento para tramitar la declaración de objetor a la lomce
1. PROCEDIMIENTO PARA TRAMITAR LA DECLARACIÓN DE OBJETOR A
LA LOMCE, siguiendo lo dispuesto en el artículo 38.4 de la Ley de
procedimiento administrativo.
1.- Imprimir 2 copias de la carta para declararse objetor, rellenando los datos
personales, Comunidad autónoma y fecha. Puede utilizarse el modelo del
enlace o similar:
https://docs.google.com/file/d/0Bzf8TZE3_NRnMXVPd3d6WkU5Qzg/edit?usp=
sharing&pli=1...
2.- Personarse con la carta y su copia en la oficina del Registro de la
Consejería de Educación, y dar entrada a la misma, solicitando que sellen
la copia. Dado que el horario de esa oficina suele coincidir con el horario
laboral docente, también es posible realizar dicho trámite en el registro de
cualquier otro órgano administrativo estatal, autonómico o local (suele haber al
menos uno que abre por las tardes: en Murcia, por ejemplo, el del Edificio
Infante abre de 17 a 19 horas). También es posible hacerlo por correo
certificado (llevar el sobre abierto para que el funcionario pueda cotejar original
y copia).
3.- Publicar un comentario en el evento de
Facebook(https://www.facebook.com/events/548701258540509/?ref_dashboar
d_filter=upcoming), indicando la Comunidad autónoma en que se ha realizado
el trámite, y el nº que pone en el sello de entrada.
4.- Disfrutar del momento y difundirlo a tope por el ciberespacio y por el
espacio real: compartir el evento en Facebookanimando a los amigos a
objetar, escribir e-mails, colgar copias en los tablones de anuncios de la sala
de profesores…
El gesto de declararse objetor, aparte de hacer constar ante la autoridad
educativa nuestro total rechazo personal a la LOMCE, ha de servir de estímulo
para extender ese compromiso anti-LOMCE entre la comunidad educativa.
Poco a poco, en las próximas semanas, iremos proponiendo más pasos en esa
dirección.
¡Ánimo y a objetar la LOMCE!