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SISTEMA
TRIBUTARIO
BOLIVIANO
Política
Económica
Política
Fiscal
• Es el conjunto de estrategias y acciones que
formulan los gobiernos y en general el Estado para
conducir e influir sobre la economía de los países.
Esta estrategia está constituida por el conjunto de
medidas, leyes, regulaciones, subsidios e impuestos
que alteran los incentivos económicos para obtener
unos fines o resultados económicos específicos..
•Es una rama de la política económica
que configura el presupuesto del
Estado y sus componentes, el gasto
público y los impuestos como
variables de control para asegurar y
mantener la estabilidad económica,
amortiguando las oscilaciones de los
ciclos económicos y contribuyendo a
mantener una economía creciente, de
pleno empleo y sin inflación alta.
POLITICA
FISCAL
Medidas e
instrumentos que toma
el Estado para
recaudar ingresos que
permitan su
funcionamiento .
misión
• Redistribuir el
ingreso
Logro de objetivos de
política
Macroeconómica
Variaciones en los
programas de
ingresos, gastos y
beneficios fiscales en
el presupuesto público
objetivos
Efectos en niveles de : N, Y, P, otros.
Política fiscal expansiva: el objetivo es
estimular la demanda agregada (recesión y
necesita un impulso para expandirse).
Como resultado se tiende al déficit o incluso
puede provocar inflación.
Política fiscal contractiva: cuando el
objetivo es frenar la demanda agregada,
(cuando la economía está en un período
expansión y tiene necesidad de frenarse).
TIPOS DE
POLÍTICA
FISCAL
POLITICA TRIBUTARIA
DISTRIBUCION DE
LA CARGA
TRIBUTARIA
EFECTOS DE LOS
TRIBUTOS SOBRE
EL PROCESO
ECONOMICO
LA POLITICA TRIBUTARIA
• Diseño de un Sistema Tributario
• Características de un Sistema Tributario
• Indicadores del Sistema Tributario
QUIEN Y
CUANTO
DISEÑO DE POLITICA
TRIBUTARIA
( Es un tema complejo de
Negociación )
COMO
RELACIONADO CON
LA
ADMINISTRACION
TRIBUTARIA
ACTIVIDAD
ECONOMICA
DESARROLLADA POR EL
ESTADO
INSTRUMENTO JURIDICO
OBJETO CENTRAL DEL
DISEÑO DEL SISTEMA
TRIBUTARIO
FENOMENO POLITICO,
ECONOMICO Y SOCIAL
POSTESTAD TRIBUTARIA
(Facultad que tiene el
Estado para establecer
tributos)
ESTRUCTURA DEL SISTEMA
TRIBUTARIO
Estructura técnico
Formal
• El hecho generador
• La materia imponible
• La base imponible
• La alícuota
En el diseño de un sistema tributario
Estructura tributaria
Es decir los elementos que conforman el tributo
Otros elementos que se deben tomar en cuenta son:
• Principio de eficiencia y equidad
Existen tributos eficientes y no equitativos
o viceversa
La eficiencia esta referida a elegir los tributos
que introduzcan menos distorsiones en el
sistema económico.
• Principio de Capacidad de Pago
• El principio de beneficio o contraprestación
CLASIFICACION DE LOS
IMPUESTOS
Periodo de duración: Ordinarios y Extraordinarios
Naturaleza de las personas: Reales o personales
Relación entre la Base Imponible y Alícuota:
Fijos
Proporcionales
Progresivos
Regresivos
También suele considerarse en esta clasificación
la incidencia y la capacidad de pago.
DE ACUERDO AL PERIODO DE DURACION
Ordinarios: Son aquellos que tienen una
duración determinada o permanentes.
Ej. Impuesto a las Utilidades.
Extraordinarios o Transitorios: Son impuestos
que tienen una vigencia limitada y se los
establece por razones de orden financiero (cubrir
el déficit fiscal, ITF)
DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LAS PERSONAS
Pueden ser Impuestos Reales y personales:
(Personas naturales o jurídicas).
Reales u Objetivos: no toman en cuenta la situación
personal de las personas en calidad de sujetos pasivos
del impuesto. Ej. Impuesto al consumo o impuestos a
los inmuebles.
Los impuestos “personales” o Subjetivos, consideran la
situación personal del sujeto pasivo, su capacidad de pago,
las circunstancias económicas y otros aspectos subjetivos.
RELACION ENTRE LA BASE IMPONIBLE Y LA
ALICUOTA
Progresivo: Ante un aumento en el nivel de
ingreso, el impuesto pagado aumenta. Impuesto a
la renta de personas.
Regresivo: Ante un incremento del nivel de
ingreso el monto del impuesto disminuye. Impuesto
al Valor Agregado.
CLASIFICACION DE ACUERDO A LA INCIDENCIA
Las clasificaciones de impuestos de acuerdo a su
incidencia, pueden ser:
• Directos,
• Indirectos.
INDICADORES TRIBUTARIOS
Desempeño de las Recaudaciones
Con la finalidad de medir un sistema tributario,
se toman cuatro indicadores de desempeño:
i) Rendimiento,
ii) Presión tributaria,
iii) Equidad y
iv) Estabilidad financiera
Todo esto con el objetivo de contrastar la
incidencia de los impuestos sobre la economía.
PRINCIPALES INDICADORES DE UN SISTEMA TRIBUTARIO
BOLIVIANO
La productividad mide el grado de rendimiento de los
impuestos a través de la relación entre la recaudación,
Base Imponible Teórica y Alícuota de cada impuesto. Este
indicador se obtiene según la siguiente fórmula
Donde:
RTi : es la Recaudación Total del impuesto i.
BIi : su Base Imponible teórica y;
ti%: la alícuota
ANALISIS DE PRODUCTIVIDAD
Presión Tributaria Global:
PT mide el esfuerzo tributario y por definición es la relación existente
entre las recaudaciones en efectivo (t) y el PIB (Producto Interno
Bruto) a precios corrientes, este indicador se conoce también con el
nombre de coeficiente tributario o carga tributaria
PRESION TRIBUTARIA
0.0 5.0 10.0 15.0 20.0 25.0
Bolivia con IDH
Chile
Nicaragua
Uruguay
Brasil
Honduras
Venezuela
Perú
Bolivia sin IDH
Costa Rica
Colombia
El Salvador
Argentina
Guatemala
Paraguay
Ecuador
Haití
México
23.6
18.9
18.0
18.0
17.3
16.4
16.1
15.7
15.5
15.0
13.7
13.4
12.7
12.3
11.7
10.7
10.4
9.0
Fuente: SIN- CEPAL a 2007
Elaboración: VPT-DGET
Presión Tributaria comparación en América Latina y el Caribe
Para el cálculo de la equidad se toma en cuenta
la recaudación, tanto de impuestos indirectos
como de directos bajo la siguiente fórmula:
PRINCIPIO DE EQUIEDAD
La estabilidad financiera se mide a partir de la relación entre Balance
Fiscal y Recaudaciones Tributarias Totales.
ESTABILIDAD FINANCIERA
.
EL SISTEMA TRIBUTARIO BOLIVIANO
ANTECEDENTES
La evolución de la reforma tributaria a partir de 1986, en general
respondió a los objetivos de la política económica de coyuntura.
 1987. contribuyó ha mantener los equilibrios
macroeconómicos, complementar a la política del D.S. 21060
y garantizar los ingresos para el TGN.
 1995. Ley 1606 de 22-12-94, viabiliza el proceso de
capitalización y la atracción de la IED, mediante la creación
del IUE acreditable contra el IT. Se modifica la carga tributaria
al sector de hidrocarburos regalías y participaciones del
50% a 18%.
 Además se inicia el proceso de descentralización de los
recursos fiscales (Ley de Participación Popular).
ANTECEDENTES
 2000-2003. Ley 2166 de 22-12-2000, define el proceso de
reforma del SIN y mediante Ley 2492 de 3-08-2003, establece
el nuevo Código Tributario Boliviano. Aplicación de medidas de
disminución de cargas impositivas a sectores deprimidos. Ley
de turismo, exportadores, agropecuaria, etc. y se intenta
implementar el impuesto a la renta al salario.
 2004 – 2005. Toma importancia la revisión de la tributación en
el sector hidrocarburos. Ley 3058.
 2006. Plan Nacional de Desarrollo. Primeros intentos para
ampliar la base tributaria. Incorpora al sector del transporte al
régimen general de tributación.
 2007 nuevo régimen tributario minero. Ley 3787.
IVA
41.6%
IT = 11.1%
ICE = 4.8%
RC-IVA = 1.1%
ITGB – ISAE – ICM – otros = 2.4%
Reg. Espec.
0.1%
IUE
20.1%
P. Naturales P. Jurídicas
P. Naturales P. Jurídicas
IEHD = 11%
IMPUESTOS INDIRECTOS IMPUESTOS DIRECTOS
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IPB - IMT (0.4%) Mcpal.
s/tot.rec.
IDH
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ITF = 1.5%
P. Naturales P. Jurídicas
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L2010
NUEVA POLITICA TRIBUTARIA A
PARTIR DE LA CPE
LA POLITICA FISCAL EN LA CPE
Artículo 297. I. Las competencias definidas en esta Constitución son:
1. Privativas, aquellas cuya legislación, reglamentación y ejecución no se
transfiere ni delega, y están reservadas para el nivel central del Estado.
2. Exclusivas, aquellas en las que un nivel de gobierno tiene sobre una
determinada materia las facultades legislativa, reglamentaria y ejecutiva,
pudiendo transferir y delegar estas dos últimas.
3. Concurrentes, aquellas en las que la legislación corresponde al nivel
central del Estado y los otros niveles ejercen simultáneamente las facultades
reglamentaria y ejecutiva.
4. Compartidas, aquellas sujetas a una legislación básica de la Asamblea
Legislativa Plurinacional cuya legislación de desarrollo corresponde a las
entidades territoriales autónomas, de acuerdo a su característica y
naturaleza.
LA POLITICA FISCAL EN LA CPE
POLÍTICA FISCAL
Artículo 321.
I. La administración económica y financiera del Estado y de todas las
entidades públicas se rige por su presupuesto.
II. La determinación del gasto y de la inversión pública tendrá lugar por medio
de mecanismos de participación ciudadana y de planificación técnica y
ejecutiva estatal.
III. El ÓE presentará a la ALP, el proyecto de ley del Presupuesto General
que incluirá a todas las entidades del sector público.
IV. Todo proyecto de ley que implique gastos o inversiones para el Estado
deberá establecer la fuente de los recursos, la manera de cubrirlos y la forma
de su inversión. Si el proyecto no fue de iniciativa del Órgano Ejecutivo,
requerirá de consulta previa a éste.
V. El ÓE, a través del Ministerio del ramo, tendrá acceso directo a la
información del gasto presupuestado y ejecutado de todo el sector público. El
acceso incluirá la información del gasto presupuestado y ejecutado de las
Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana.
LA POLITICA FISCAL EN LA CPE
Artículo 323.
I. La política fiscal se basa en los principios de capacidad económica,
igualdad, progresividad, proporcionalidad, transparencia,
universalidad, control, sencillez administrativa y capacidad
recaudatoria.
II. Los impuestos que pertenecen al dominio tributario nacional serán
aprobados por la Asamblea Legislativa Plurinacional. Los impuestos
que pertenecen al dominio exclusivo de las autonomías departamental
o municipal, serán aprobados, modificados o eliminados por sus
Concejos o Asambleas, a propuesta de sus órganos ejecutivos. El
dominio tributario de los Departamentos Descentralizados, y regiones
estará conformado por impuestos departamentales, tasas y
contribuciones especiales, respectivamente
LA POLITICA FISCAL EN LA CPE
Artículo 323.
III. La Asamblea Legislativa Plurinacional mediante ley, clasificará y definirá los
impuestos que pertenecen al dominio tributario nacional, departamental y
municipal.
IV. La creación, supresión o modificación de los impuestos bajo dominio de los
gobiernos autónomos facultados para ello se efectuará dentro de los límites
siguientes:
1. No podrán crear impuestos cuyos hechos imponibles sean análogos a los
correspondientes a los impuestos nacionales u otros impuestos departamentales o
municipales existentes.
2. No podrán crear impuestos que graven bienes, actividades rentas o patrimonios
localizados fuera de su jurisdicción territorial, salvo las rentas generadas por sus
ciudadanos o empresas en el exterior del país.
3. No podrán crear impuestos que obstaculicen la libre circulación y el
establecimiento de personas, bienes, actividades o servicios dentro de su
jurisdicción territorial.
4. No podrán crear impuestos que generen privilegios para sus residentes
discriminando a los que no lo son.
LA POLITICA FISCAL EN LA CPE
Artículo 324. No prescribirán las deudas por daños económicos causados al
Estado.
Artículo 325. El ilícito económico, la especulación, el acaparamiento, el
agio, la usura, el contrabando, la evasión impositiva y otros delitos
económicos conexos serán penados por ley.
Artículo 325.
IV. Las empresas privadas, bolivianas o extranjeras, pagarán impuestos y
regalías cuando intervengan en la explotación de los recursos naturales, y
los cobros a que den lugar no serán reembolsables. Las regalías por el
aprovechamiento de los recursos naturales son un derecho y una
compensación por su explotación, y se regularán por la Constitución y la ley.
PRINCIPALES CONCLUSIONES
• El sistema tributario boliviano es de base amplia, con
un fuerte preponderancia de los impuestos indirectos
(impuestos al consumo).
• Existe estabilidad tributaria y garantiza los recursos
para el Estado.
• Se debe mejorar el régimen tributario con una
proyección hacia la progresividad y ampliando la base de
contribuyentes (CPE).
• Generar políticas de inducción en las bolivianas y
bolivianos sobre la cultura tributaria.
• La dificultad de poder aplicar la potestad tributaria en
los niveles territoriales autónomos.
• La dificultad de combatir la evasión y el contrabando.
• La necesidad de ajustar el Código Tributario Boliviano
• La necesidad de diseñar una nueva reforma tributaria
que se oriente a los principios de la CPE y el Plan de
Desarrollo Económico y Social.
GRACIAS….

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sistema tributario boliviano en el contexto actual

  • 2. Política Económica Política Fiscal • Es el conjunto de estrategias y acciones que formulan los gobiernos y en general el Estado para conducir e influir sobre la economía de los países. Esta estrategia está constituida por el conjunto de medidas, leyes, regulaciones, subsidios e impuestos que alteran los incentivos económicos para obtener unos fines o resultados económicos específicos.. •Es una rama de la política económica que configura el presupuesto del Estado y sus componentes, el gasto público y los impuestos como variables de control para asegurar y mantener la estabilidad económica, amortiguando las oscilaciones de los ciclos económicos y contribuyendo a mantener una economía creciente, de pleno empleo y sin inflación alta.
  • 3. POLITICA FISCAL Medidas e instrumentos que toma el Estado para recaudar ingresos que permitan su funcionamiento . misión • Redistribuir el ingreso Logro de objetivos de política Macroeconómica Variaciones en los programas de ingresos, gastos y beneficios fiscales en el presupuesto público objetivos Efectos en niveles de : N, Y, P, otros.
  • 4. Política fiscal expansiva: el objetivo es estimular la demanda agregada (recesión y necesita un impulso para expandirse). Como resultado se tiende al déficit o incluso puede provocar inflación. Política fiscal contractiva: cuando el objetivo es frenar la demanda agregada, (cuando la economía está en un período expansión y tiene necesidad de frenarse). TIPOS DE POLÍTICA FISCAL
  • 5. POLITICA TRIBUTARIA DISTRIBUCION DE LA CARGA TRIBUTARIA EFECTOS DE LOS TRIBUTOS SOBRE EL PROCESO ECONOMICO
  • 6. LA POLITICA TRIBUTARIA • Diseño de un Sistema Tributario • Características de un Sistema Tributario • Indicadores del Sistema Tributario
  • 7. QUIEN Y CUANTO DISEÑO DE POLITICA TRIBUTARIA ( Es un tema complejo de Negociación ) COMO RELACIONADO CON LA ADMINISTRACION TRIBUTARIA ACTIVIDAD ECONOMICA DESARROLLADA POR EL ESTADO INSTRUMENTO JURIDICO OBJETO CENTRAL DEL DISEÑO DEL SISTEMA TRIBUTARIO FENOMENO POLITICO, ECONOMICO Y SOCIAL POSTESTAD TRIBUTARIA (Facultad que tiene el Estado para establecer tributos)
  • 9. Estructura técnico Formal • El hecho generador • La materia imponible • La base imponible • La alícuota En el diseño de un sistema tributario Estructura tributaria Es decir los elementos que conforman el tributo
  • 10. Otros elementos que se deben tomar en cuenta son: • Principio de eficiencia y equidad Existen tributos eficientes y no equitativos o viceversa La eficiencia esta referida a elegir los tributos que introduzcan menos distorsiones en el sistema económico. • Principio de Capacidad de Pago • El principio de beneficio o contraprestación
  • 12. Periodo de duración: Ordinarios y Extraordinarios Naturaleza de las personas: Reales o personales Relación entre la Base Imponible y Alícuota: Fijos Proporcionales Progresivos Regresivos También suele considerarse en esta clasificación la incidencia y la capacidad de pago.
  • 13. DE ACUERDO AL PERIODO DE DURACION Ordinarios: Son aquellos que tienen una duración determinada o permanentes. Ej. Impuesto a las Utilidades. Extraordinarios o Transitorios: Son impuestos que tienen una vigencia limitada y se los establece por razones de orden financiero (cubrir el déficit fiscal, ITF)
  • 14. DE ACUERDO A LA NATURALEZA DE LAS PERSONAS Pueden ser Impuestos Reales y personales: (Personas naturales o jurídicas). Reales u Objetivos: no toman en cuenta la situación personal de las personas en calidad de sujetos pasivos del impuesto. Ej. Impuesto al consumo o impuestos a los inmuebles. Los impuestos “personales” o Subjetivos, consideran la situación personal del sujeto pasivo, su capacidad de pago, las circunstancias económicas y otros aspectos subjetivos.
  • 15. RELACION ENTRE LA BASE IMPONIBLE Y LA ALICUOTA Progresivo: Ante un aumento en el nivel de ingreso, el impuesto pagado aumenta. Impuesto a la renta de personas. Regresivo: Ante un incremento del nivel de ingreso el monto del impuesto disminuye. Impuesto al Valor Agregado.
  • 16. CLASIFICACION DE ACUERDO A LA INCIDENCIA Las clasificaciones de impuestos de acuerdo a su incidencia, pueden ser: • Directos, • Indirectos.
  • 18. Desempeño de las Recaudaciones Con la finalidad de medir un sistema tributario, se toman cuatro indicadores de desempeño: i) Rendimiento, ii) Presión tributaria, iii) Equidad y iv) Estabilidad financiera Todo esto con el objetivo de contrastar la incidencia de los impuestos sobre la economía. PRINCIPALES INDICADORES DE UN SISTEMA TRIBUTARIO BOLIVIANO
  • 19. La productividad mide el grado de rendimiento de los impuestos a través de la relación entre la recaudación, Base Imponible Teórica y Alícuota de cada impuesto. Este indicador se obtiene según la siguiente fórmula Donde: RTi : es la Recaudación Total del impuesto i. BIi : su Base Imponible teórica y; ti%: la alícuota ANALISIS DE PRODUCTIVIDAD
  • 20. Presión Tributaria Global: PT mide el esfuerzo tributario y por definición es la relación existente entre las recaudaciones en efectivo (t) y el PIB (Producto Interno Bruto) a precios corrientes, este indicador se conoce también con el nombre de coeficiente tributario o carga tributaria PRESION TRIBUTARIA
  • 21. 0.0 5.0 10.0 15.0 20.0 25.0 Bolivia con IDH Chile Nicaragua Uruguay Brasil Honduras Venezuela Perú Bolivia sin IDH Costa Rica Colombia El Salvador Argentina Guatemala Paraguay Ecuador Haití México 23.6 18.9 18.0 18.0 17.3 16.4 16.1 15.7 15.5 15.0 13.7 13.4 12.7 12.3 11.7 10.7 10.4 9.0 Fuente: SIN- CEPAL a 2007 Elaboración: VPT-DGET Presión Tributaria comparación en América Latina y el Caribe
  • 22. Para el cálculo de la equidad se toma en cuenta la recaudación, tanto de impuestos indirectos como de directos bajo la siguiente fórmula: PRINCIPIO DE EQUIEDAD
  • 23. La estabilidad financiera se mide a partir de la relación entre Balance Fiscal y Recaudaciones Tributarias Totales. ESTABILIDAD FINANCIERA
  • 25. ANTECEDENTES La evolución de la reforma tributaria a partir de 1986, en general respondió a los objetivos de la política económica de coyuntura.  1987. contribuyó ha mantener los equilibrios macroeconómicos, complementar a la política del D.S. 21060 y garantizar los ingresos para el TGN.  1995. Ley 1606 de 22-12-94, viabiliza el proceso de capitalización y la atracción de la IED, mediante la creación del IUE acreditable contra el IT. Se modifica la carga tributaria al sector de hidrocarburos regalías y participaciones del 50% a 18%.  Además se inicia el proceso de descentralización de los recursos fiscales (Ley de Participación Popular).
  • 26. ANTECEDENTES  2000-2003. Ley 2166 de 22-12-2000, define el proceso de reforma del SIN y mediante Ley 2492 de 3-08-2003, establece el nuevo Código Tributario Boliviano. Aplicación de medidas de disminución de cargas impositivas a sectores deprimidos. Ley de turismo, exportadores, agropecuaria, etc. y se intenta implementar el impuesto a la renta al salario.  2004 – 2005. Toma importancia la revisión de la tributación en el sector hidrocarburos. Ley 3058.  2006. Plan Nacional de Desarrollo. Primeros intentos para ampliar la base tributaria. Incorpora al sector del transporte al régimen general de tributación.  2007 nuevo régimen tributario minero. Ley 3787.
  • 27. IVA 41.6% IT = 11.1% ICE = 4.8% RC-IVA = 1.1% ITGB – ISAE – ICM – otros = 2.4% Reg. Espec. 0.1% IUE 20.1% P. Naturales P. Jurídicas P. Naturales P. Jurídicas IEHD = 11% IMPUESTOS INDIRECTOS IMPUESTOS DIRECTOS S = 74.6% s/tot. Rec. IPB - IMT (0.4%) Mcpal. s/tot.rec. IDH 22.% ITF = 1.5% P. Naturales P. Jurídicas OTROS S = 25.4% s/tot.rec. GA = 6.1%
  • 28. R e ca uda cióne nE fe ctivoyV a lore s2000- 2011 E nm illone sdeB scorrie nte s F U E N T ED EIN G R E S O 2000 2001 2002 2003 2004 2005 2006 2007 2008 2009 1 2010 1 2011 E fe ctivoM e rca doInte rno2 4.568,78 4.552,55 4.887,48 5.401,93 7.171,92 8.032,62 9.471,28 11.337,34 14.162,91 12.550,89 14.435,81 18.705,54 V a lore sM e rca doInte rno3 687,88 797,17 822,67 879,46 1.153,60 1.810,62 1.922,66 1.558,57 1.840,33 4.647,25 2.931,90 2.499,65 ID H 0,00 0,00 0,00 0,00 0,00 2.328,11 5.497,17 5.954,39 6.643,52 6.465,16 6.744,31 8.996,05 T o ta l E fe c tiv o 4 .5 6 8 ,7 8 4 .5 5 2 ,5 5 4 .8 8 7 ,4 8 5 .4 0 1 ,9 3 7 .1 7 1 ,9 2 1 0 .3 6 0 ,7 3 1 4 .9 6 8 ,4 5 1 7 .2 9 1 ,7 3 2 0 .8 0 6 ,4 3 1 9 .0 1 6 ,0 5 2 1 .1 8 0 ,1 2 2 7 .7 0 1 ,5 9 T o ta l V a lo re s 6 8 7 ,8 8 7 9 7 ,1 7 8 2 2 ,6 7 8 7 9 ,4 6 1 .1 5 3 ,6 0 1 .8 1 0 ,6 2 1 .9 2 2 ,6 6 1 .5 5 8 ,5 7 1 .8 4 0 ,3 3 4 .6 4 7 ,2 5 2 .9 3 1 ,9 0 2 .4 9 9 ,6 5 T o ta l R e c a u d a c ió nS IN 5 .2 5 6 ,6 6 5 .3 4 9 ,7 1 5 .7 1 0 ,1 5 6 .2 8 1 ,3 9 8 .3 2 5 ,5 2 1 2 .1 7 1 ,3 5 1 6 .8 9 1 ,1 1 1 8 .8 5 0 ,3 0 2 2 .6 4 6 ,7 6 2 3 .6 6 3 ,2 9 2 4 .1 1 2 ,0 2 3 0 .2 0 1 ,2 5 1 S ee fe c tuaron ajus te spor te m a deV alore spara P ago deIE H D 2 M e rc ado Inte rno inc luy eIT FeIE H DdeM e rc ado Inte rno 3 Inc luy eIE H DdeM e rc ado Inte rno, c ons ide ra v alore stipo C E N O C R E FG T B
  • 29. R e ca uda cióndeM e rca doInte rnopor S e ctor E conóm ico E nM illone sdeB scorrie nte s 2010 2011 A bs oluto P orce ntua l In d u s triaM a n u fa c tu re ra 3.036 3.515 478 15,8% 18,7% C o m e rc io 2.185 2.881 696 31,8% 15,3% P e tró le oC ru d oy G a sN a tu ra l 1.852 2.703 851 45,9% 14,4% M in e ra le sM e tá lic o sy N oM e tá lic o s 1.483 2.206 722 48,7% 11,7% T ra n s p o rtey C o m u n ic a c io n e s 1.932 2.065 133 6,9% 11,0% O tro sS e rvic io s 1.628 1.975 348 21,4% 10,5% E s ta b le c im ie n to sF in a n c ie ro s , S e g u ro s , B ie n e sIn m u e b le sy S e rvic io sala sE m p re s a s 1.342 1.369 27 2,0% 7,3% E le c tric id a d , G a sy A g u a 623 668 45 7,2% 3,6% C o n s tru c c ió n 466 614 148 31,8% 3,3% S e rvic io sd elaA d m in is tra c ió nP ú b lic a 525 596 71 13,5% 3,2% A g ric u ltu ra , S ilvic u ltu ra , C a z ay P e s c a 134 205 71 52,9% 1,1% Im p u e s to sM e rc a d oIn te rn oT o ta l A 15.206 18.797 3.590 23,6% 100,0% A S einc luy e n lospagose fe c tuadosc on v alore sC E N O C R E FG T B S e ctor E conóm ico R e ca uda ción C re cim ie nto P a rticipa ción %
  • 30. C re cim ie ntoP a drón2011 E nnúm e rodecontribuye nte spor ré g im e n G e ne ra l S im plifica do Inte g ra do A g ra rio U nifica do P a drónadicie m brede2010 221.198 35.398 3.590 3.438 263.624 P a drónadicie m brede2011 258.665 36.952 3.163 3.809 302.589 C re c im ie n toP a d ró n2 0 1 1 16,9% 4,4% -11,9% 10,8% 14,8% P a drón R é g im e n T ota l
  • 31. M a y o re sC o n trib u y e n te s2 0 1 1 E nm illo n e sd eB sc o rrie n te s 1 1020269020 Y A C IM IE N T O SP E T R O L IF E R O SF IS C A L E SB O L IV IA N O S L AP A Z H ID R O C A R B U R O S 7.522,5 10.131,0 31,4% 33,5% 2 1028255024 Y P F BR E F IN A C IO NS .A .* S A N T AC R U Z H ID R O C A R B U R O S 2.136,3 2.385,4 8,9% 7,9% 3 1020229024 C E R V E C E R IAB O L IV IA N AN A C IO N A LS .A . L AP A Z C E R V E Z AYB E B ID A S 1.517,9 1.797,9 6,3% 6,0% 4 1020415021 M IN E R AS A NC R IS T O B A LS .A . P O T O S I M IN E R A S 764,9 944,2 3,2% 3,1% 5 1028359026 Y P F BC H A C OS .A . S A N T AC R U Z H ID R O C A R B U R O S 288,0 404,5 1,2% 1,3% 6 1028349027 Y P F B A N D IN A S .A . S A N T AC R U Z H ID R O C A R B U R O S 321,4 386,1 1,3% 1,3% 7 1020255020 T E L E F O N IC AC E L U L A RD EB O L IV IAS .A . S A N T AC R U Z C O M U N IC A C IO N E S 290,4 364,4 1,2% 1,2% 8 1020703023 E M P R E S AN A C IO N A LD ET E L E C O M U N IC A C IO N E SS .A . L AP A Z M IN E R A S 256,0 349,1 1,1% 1,2% 9 1006965023 C O R P O R A C IO NM IN E R AD EB O L IV IA L AP A Z M IN E R A S 180,8 338,2 0,8% 1,1% 10 1007173022 N U E V A T E LP C SD EB O L IV IAS .A . L AP A Z C O M U N IC A C IO N E S 281,4 271,7 1,2% 0,9% 11 1007039026 E M B O T E L L A D O R A SB O L IV IA N A SU N ID A SS .A . E M B O LS .A . L AP A Z C E R V E Z AYB E B ID A S 252,6 269,5 1,1% 0,9% 12 1017233026 E M P R E S AM IN E R AM A N Q U IR I S .A . P O T O S I M IN E R A S 20,3 250,9 0,1% 0,8% 13 1028641023 T O T A LE&PB O L IV IES U C U R S A LB O L IV IA S A N T AC R U Z H ID R O C A R B U R O S 39,5 232,2 0,2% 0,8% 14 1028173027 P E T R O B R A SB O L IV IAS .A . S A N T AC R U Z H ID R O C A R B U R O S 106,3 203,1 0,4% 0,7% 15 1020757027 P ILA N D IN AS .A . C O C H A B A M B A P R O D U C T O SL Á C T E O S 160,5 201,0 0,7% 0,7% 16 1012187024 R E F IN E R IAO R ON E G R OS .A . S A N T AC R U Z H ID R O C A R B U R O S 155,3 148,3 0,6% 0,5% 17 1020235024 S O C IE D A DB O L IV IA N AD EC E M E N T OS .A . L AP A Z C E M E N T O 110,5 136,4 0,5% 0,5% 18 1020391026 C O M P A Ñ IAIN D U S T R IA LD ET A B A C O SS .A . L AP A Z O T R O S 121,8 135,7 0,5% 0,4% 19 1028473020 G A ST R A N S B O L IV IA N OS A S A N T AC R U Z H ID R O C A R B U R O S 131,0 128,9 0,5% 0,4% 20 1016259020 F A B R IC AN A C IO N A LD EC E M E N T OS .A . S U C R E C E M E N T O 67,5 99,6 0,3% 0,3% 21 2.756,2 3.338,6 11,5% 11,1% 17.481,0 22.516,6 73,0% 74,6% 23.948,1 30.201,2 100% 100% T O T A L2011 %P a rt. 2010 %P a rt. 2011 O T R O S T O T A LA1 0 0C O N T R IB U Y E N T E S R E C A U D A C IÓ NT O T A L N ro N IT R A Z O NS O C IA L D E P A R T A M E N T O A C T IV ID A DE C O N Ó M IC A T O T A L2010
  • 32. NUEVA POLITICA TRIBUTARIA A PARTIR DE LA CPE
  • 33. LA POLITICA FISCAL EN LA CPE Artículo 297. I. Las competencias definidas en esta Constitución son: 1. Privativas, aquellas cuya legislación, reglamentación y ejecución no se transfiere ni delega, y están reservadas para el nivel central del Estado. 2. Exclusivas, aquellas en las que un nivel de gobierno tiene sobre una determinada materia las facultades legislativa, reglamentaria y ejecutiva, pudiendo transferir y delegar estas dos últimas. 3. Concurrentes, aquellas en las que la legislación corresponde al nivel central del Estado y los otros niveles ejercen simultáneamente las facultades reglamentaria y ejecutiva. 4. Compartidas, aquellas sujetas a una legislación básica de la Asamblea Legislativa Plurinacional cuya legislación de desarrollo corresponde a las entidades territoriales autónomas, de acuerdo a su característica y naturaleza.
  • 34. LA POLITICA FISCAL EN LA CPE POLÍTICA FISCAL Artículo 321. I. La administración económica y financiera del Estado y de todas las entidades públicas se rige por su presupuesto. II. La determinación del gasto y de la inversión pública tendrá lugar por medio de mecanismos de participación ciudadana y de planificación técnica y ejecutiva estatal. III. El ÓE presentará a la ALP, el proyecto de ley del Presupuesto General que incluirá a todas las entidades del sector público. IV. Todo proyecto de ley que implique gastos o inversiones para el Estado deberá establecer la fuente de los recursos, la manera de cubrirlos y la forma de su inversión. Si el proyecto no fue de iniciativa del Órgano Ejecutivo, requerirá de consulta previa a éste. V. El ÓE, a través del Ministerio del ramo, tendrá acceso directo a la información del gasto presupuestado y ejecutado de todo el sector público. El acceso incluirá la información del gasto presupuestado y ejecutado de las Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana.
  • 35. LA POLITICA FISCAL EN LA CPE Artículo 323. I. La política fiscal se basa en los principios de capacidad económica, igualdad, progresividad, proporcionalidad, transparencia, universalidad, control, sencillez administrativa y capacidad recaudatoria. II. Los impuestos que pertenecen al dominio tributario nacional serán aprobados por la Asamblea Legislativa Plurinacional. Los impuestos que pertenecen al dominio exclusivo de las autonomías departamental o municipal, serán aprobados, modificados o eliminados por sus Concejos o Asambleas, a propuesta de sus órganos ejecutivos. El dominio tributario de los Departamentos Descentralizados, y regiones estará conformado por impuestos departamentales, tasas y contribuciones especiales, respectivamente
  • 36. LA POLITICA FISCAL EN LA CPE Artículo 323. III. La Asamblea Legislativa Plurinacional mediante ley, clasificará y definirá los impuestos que pertenecen al dominio tributario nacional, departamental y municipal. IV. La creación, supresión o modificación de los impuestos bajo dominio de los gobiernos autónomos facultados para ello se efectuará dentro de los límites siguientes: 1. No podrán crear impuestos cuyos hechos imponibles sean análogos a los correspondientes a los impuestos nacionales u otros impuestos departamentales o municipales existentes. 2. No podrán crear impuestos que graven bienes, actividades rentas o patrimonios localizados fuera de su jurisdicción territorial, salvo las rentas generadas por sus ciudadanos o empresas en el exterior del país. 3. No podrán crear impuestos que obstaculicen la libre circulación y el establecimiento de personas, bienes, actividades o servicios dentro de su jurisdicción territorial. 4. No podrán crear impuestos que generen privilegios para sus residentes discriminando a los que no lo son.
  • 37. LA POLITICA FISCAL EN LA CPE Artículo 324. No prescribirán las deudas por daños económicos causados al Estado. Artículo 325. El ilícito económico, la especulación, el acaparamiento, el agio, la usura, el contrabando, la evasión impositiva y otros delitos económicos conexos serán penados por ley. Artículo 325. IV. Las empresas privadas, bolivianas o extranjeras, pagarán impuestos y regalías cuando intervengan en la explotación de los recursos naturales, y los cobros a que den lugar no serán reembolsables. Las regalías por el aprovechamiento de los recursos naturales son un derecho y una compensación por su explotación, y se regularán por la Constitución y la ley.
  • 39. • El sistema tributario boliviano es de base amplia, con un fuerte preponderancia de los impuestos indirectos (impuestos al consumo). • Existe estabilidad tributaria y garantiza los recursos para el Estado. • Se debe mejorar el régimen tributario con una proyección hacia la progresividad y ampliando la base de contribuyentes (CPE). • Generar políticas de inducción en las bolivianas y bolivianos sobre la cultura tributaria.
  • 40. • La dificultad de poder aplicar la potestad tributaria en los niveles territoriales autónomos. • La dificultad de combatir la evasión y el contrabando. • La necesidad de ajustar el Código Tributario Boliviano • La necesidad de diseñar una nueva reforma tributaria que se oriente a los principios de la CPE y el Plan de Desarrollo Económico y Social.