En el curso académico 1975-76 se iniciará la implantación
gradual de los planes de estudios de Formación Profesional aprobados por Decreto 995/1974, de 14 de marzo, lo que llevará consigo la progresiva extinción de las enseñanzas reguladas por la
Ley de 20 de julio de 1955.
Ello hace preciso, de acuerdo con lo que dispone el citado
Decreto de Ordenación de la Formación Profesional, y entre otras
medidas previstas en sus disposiciones transitorias, el establecimiento de normas que determinen la equivalencia formal de las
titulaciones obtenidas conforme a los planes de estudio de Formación Profesional llamados a extinguirse y las correspondientes
a los planes que ahora se desarrollan.
El Tribunal Registral de la SUNARP estableció como Precedente de Observancia Obligatoria que "El último presidente inscrito de la Junta de Propietarios con periodo de funciones vencido también está legitimado para convocar a Junta de Propietarios con la finalidad de elegir al nuevo presidente o directiva."
ORDEN FYM/123/2015, de 16 de febrero, por la que se convocan pruebas para la ...CEDER Merindades
ORDEN FYM/123/2015, de 16 de febrero, por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte de mercancías y transporte de viajeros por carretera.
El Tribunal Registral de la SUNARP estableció como Precedente de Observancia Obligatoria que "El último presidente inscrito de la Junta de Propietarios con periodo de funciones vencido también está legitimado para convocar a Junta de Propietarios con la finalidad de elegir al nuevo presidente o directiva."
ORDEN FYM/123/2015, de 16 de febrero, por la que se convocan pruebas para la ...CEDER Merindades
ORDEN FYM/123/2015, de 16 de febrero, por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado de competencia profesional para el ejercicio de las actividades de transporte de mercancías y transporte de viajeros por carretera.
RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2022, de la Viceconsejería de Organización Educativa, por la que se dictan instrucciones a los centros educativos para la aplicación de protocolos de actuación ante cualquier tipo de violencia.
Estas pautas tienen como objetivo facilitar ideas y estrategias para la mejora en la implementación
y desarrollo de las actuaciones de prevención del riesgo de pertenencia de los alumnos a grupos
juveniles violentos en los centros educativos.
Como complemento debe tenerse en cuenta el “plan de prevención del riesgo de pertenencia a
grupos juveniles violentos” cuyo protocolo es de obligado cumplimiento para todos los centros
educativos sostenidos con fondos públicos
La secuencia básica es la siguiente:
1. Notificación de hechos que pueden implicar posible pertenencia o contacto con grupos
juveniles de carácter violento.
2. Recogida de información. Entrevistas con la familia, con el alumno, con otros.
3. Reunión para analizar y valorar cualitativamente la situación en la que se encuentra el
alumno.
4. Intervención educativa y resolución sobre la apertura de un Plan de Intervención en el
centro educativo.
5. Comunicación a la familia y autorización para derivación a los servicios externos
convenientes.
6. Envío a la Dirección de Área Territorial correspondiente y a la Unidad de Convivencia.
7. Derivación a servicios externos especializados.
RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2022, de la Viceconsejería de Organización Educativa, por la que se dictan instrucciones a los centros educativos para la aplicación de protocolos de actuación ante cualquier tipo de violencia.
RESOLUCIÓN de 10 de agosto de 2022, de la Viceconsejería de Organización Educativa, por la que se aprueba el Plan Anual de Actuación de la Inspección Educativa para el curso 2022-2023.
RESOLUCIÓN de 4 de octubre de 2022, de la Viceconsejería de Organización Educativa, por la que se dictan instrucciones a los centros educativos para la aplicación de protocolos de actuación ante cualquier tipo de violencia Resolución 4 de octubre de 2022
Procedimiento a seguir en el proceso de transición de elaboración de planes para la prevención, protección e intervención en situaciones de autolesiones y conducta suicida
La presente Guía aborda la planificación de acciones de protección del alumnado que,
actualmente, representan un auténtico reto de abordaje y respuesta por parte de los centros
educativos.
El documento define el protocolo a desarrollar para, en su caso, la elaboración de planes
individualizados de prevención, protección e intervención tras la detección de alguna
situación de riesgo, de menor o mayor gravedad, relacionada con el comportamiento
suicida (ideación suicida, comunicación suicida, intento de suicidio) y de las autolesiones.
El citado protocolo, una vez iniciado (Anexos I, II y III), podrá definir el desarrollo de dos
procesos diferenciados por razón de gravedad, según la adopción de decisiones del centro
educativo (Anexo IV):
1. El diseño y desarrollo de un Plan individualizado de prevención, protección e
intervención.
2. El desarrollo de acciones de seguimiento, en el marco de la acción tutorial, con el
asesoramiento de los profesionales de Orientación educativa y, en su caso del
Coordinador de Bienestar y Protección.
El centro educativo, en función de cada caso, situación y circunstancias, podrá adaptar y
ajustar su grado, modo e intensidad de implementación. La Guía incorpora los Anexos para
el registro de las diferentes actuaciones, que podrán ser editados por cada centro
educativo.
El documento contiene, asimismo, un Apéndice sobre contenidos de especial relevancia
para la comprensión tanto del comportamiento suicida como de las autolesiones en la
infancia y adolescencia.
Orden PRA/116/2017, de 9 de febrero, por la que se publica el Acuerdo del Consejo Seguridad Nacional de implementación de los mecanismos para garantizar el funcionamiento integrado del Sistema de Seguridad Nacional.
Mais de Anecdonet (Anécdotas, viajes y más cosas) (20)
ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE PRIMER GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024. Por JAVIE...JAVIER SOLIS NOYOLA
El Mtro. JAVIER SOLIS NOYOLA crea y desarrolla el “ROMPECABEZAS DE ECUACIONES DE 1ER. GRADO OLIMPIADA DE PARÍS 2024”. Esta actividad de aprendizaje propone retos de cálculo algebraico mediante ecuaciones de 1er. grado, y viso-espacialidad, lo cual dará la oportunidad de formar un rompecabezas. La intención didáctica de esta actividad de aprendizaje es, promover los pensamientos lógicos (convergente) y creativo (divergente o lateral), mediante modelos mentales de: atención, memoria, imaginación, percepción (Geométrica y conceptual), perspicacia, inferencia, viso-espacialidad. Esta actividad de aprendizaje es de enfoques lúdico y transversal, ya que integra diversas áreas del conocimiento, entre ellas: matemático, artístico, lenguaje, historia, y las neurociencias.
Ponencia en I SEMINARIO SOBRE LA APLICABILIDAD DE LA INTELIGENCIA ARTIFICIAL EN LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSITARIA. 3 de junio de 2024. Facultad de Estudios Sociales y Trabajo, Universidad de Málaga.
Elites municipales y propiedades rurales: algunos ejemplos en territorio vascónJavier Andreu
Material de apoyo a la conferencia pórtico de la XIX Semana Romana de Cascante celebrada en Cascante (Navarra), el 24 de junio de 2024 en el marco del ciclo de conferencias "De re rustica. El campo y la agricultura en época romana: poblamiento, producción, consumo"
Durante el período citado se sucedieron tres presidencias radicales a cargo de Hipólito Yrigoyen (1916-1922),
Marcelo T. de Alvear (1922-1928) y la segunda presidencia de Yrigoyen, a partir de 1928 la cual fue
interrumpida por el golpe de estado de 1930. Entre 1916 y 1922, el primer gobierno radical enfrentó el
desafío que significaba gobernar respetando las reglas del juego democrático e impulsando, al mismo
tiempo, las medidas que aseguraran la concreción de los intereses de los diferentes grupos sociales que
habían apoyado al radicalismo.
1. PAGINA
Resolución de la Dirección General de Navegación so
bre homologación de aparatos de radio para embar
caciones salvavidas de los buques y embarcaciones
mercantes nacionales. 24616
Resolución del Tribunal de la oposición a ingreso en el
Cuerpo Especial Facultativo de Técnicos Comerciales
del Estado por la que se fija el orden de actuación
de los opositores. 24577
MINISTERIO DE LA VIVIENDA
Orden de 2 de octubre de 1975 por la que se resuelve
asunto de conformidad con lo dispuesto en la vigente
Ley sobre Régimen del Suelo y Ordenación Urbana
de 12 de mayo de 1956 y en los Decretos 63/1968, de
18 de enero, y 1994/1972, de 13 de julio, con indicación
de la resolución recaída, 24616
Resolución de la Dirección General del Instituto Nacio
nal de la Vivienda por la que se anuncia concurso
para cubrir cinco plazas de la Escala Facultativa
Auxiliar del Organismo por funcionarios de carrera
del Estado, para cuyo ingreso se exija el título de
Arquitecto Técnico o Aparejador. 24578
Resolución de la Dirección General del Instituto Na
cional de la Vivienda por la que se anuncia concurso
para cubrir cinco plazas de la Escala Facultativa
Superior (Rama de Arquitectos) del Organismo por
funcionarios de carrera del Estado, para cuyo ingeso
se exija el título de Arquitecto. 24579
Resolución del Instituto Nacional de Urbanización por
la que Se convocan pruebas selectivas libres para
cubrir una plaza vacante de la Escala Facultativa
(Rama de Ingenieros Industriales). 24579
Resolución de la Comisión de Planeamiento y Coordi
nación del Area Metropolitana de Madrid por la que
se aprueba la propuesta de resolución formulada por
PAGINA
el Tribunal calificador de la oposición libre convocada
para cubrir en propiedad diecinueve plazas vacantes
en la Escala Auxiliar Administrativa de este Orga
nismo. 24584
ADMINISTRACION LOCAL
Resolución de la Diputación Provincial de Albacete re
ferente a la oposición convocada para provisión en
propiedad de ocho plazas de Enfermeras (Ayudantes
Técnicos Sanitarios). 24584
Resolución de la Diputación Provincial de Burgos por
la que se hace pública la relación de admitidos al
concurso anunciado para la provisión de la vacante
de la plaza de Recaudador de Contribuciones e Im
puestos del Estado de lazonade Briviesca, 24585
Resolución de la Diputación Provincial de Cádiz por la
que se hace pública la relación provisional de admi
tidos y excluidos al concurso restringido de méritos
para la provisión en propiedad de una plaza de Mé
dico Director del HospitalPsiquiátricoProvincial. 24585
Resolución del Ayuntamiento de Alicante referente a la
provisión en propiedad, mediante oposición, de dos
plazas de Aparejadores o Arquitectos Técnicos. 24585
Resolución del Ayuntamiento de Cartagena referente
a las bases para cubrir en propiedad seis plazas de
Técnicos de Administración General. 24585
Resolución del Ayuntamiento de Huelva por la que se
hace pública la lista de admitidos para tomar parte
en el concurso para proveer en propiedad una plaza
de Oficial Mayor Letrado. 24585
Resolución del Ayuntamiento de Irún referente a la
oposición para proveer en propiedad una plaza de
Técnico Medio de Administración Especial (Apare
jador). 24585
I. Disposiciones generales
MINISTERIO
DE EDUCACION Y CIENCIA
24066 ORDEN de 21 de noviembre de 1975 sobre equiva
lencias de títulos de Formación Profesional.
Ilustrísimos señores.
En el curso académico 1975-76 se iniciará la implantación
gradual de los planes de estudios de Formación Profesional apro
bados por Decreto 995/1974, de 14 de marzo, lo que llevará consi
go la progresiva extinción de las enseñanzas reguladas por la
Ley de 20 de julio de 1955.
Ello hace preciso, de acuerdo con lo que dispone el citado
Decreto de Ordenación de la Formación Profesional, y entre otras
medidas previstas en sus disposiciones transitorias, el estableci
miento de normas que determinen la equivalencia formal de las
titulaciones obtenidas conforme a los planes de estudio de For
mación Profesional llamados a extinguirse y las correspondientes
a los planes que ahora se desarrollan.
En su virtud, previo dictamen del Consejo Nacional de Edu
cación y con informe de la Junta Coordinadora de Formación
Profesional, este Ministerio ha dispuesto:
1.° A todos los efectos, se declaran equivalentes a los títulos
primero y segundo grado establecidos en el Decreto 995/1974, de
14 de marzo, de Ordenación de la Formación Profesional, los
títulos de Oficial Industrial y Maestro Industrial, respectiva
mente, sin perjuicio de lo establecido en el punto 4.°
2.º 1. Quienes posean el título de Oficial Industrial o lo
obtengan hasta la total extinción del plan de estudios corres
pondiente, podrán acceder directamente al segundo grado de For
mación Profesional hasta el curso académico 1979-80, de acuerdo
con lo dispuesto en la disposición transitoria tercera, letra b,
del Decreto 995/1974, de 14 de marzo.
2. Expirado el plazo establecido en la citada disposición, los
Oficiales Industriales tendrán acceso al segundo grado de For
mación Profesional en igualdad de condiciones con los titulados
de Formación Profesional del primer grado, según los artículos
seis y ocho, párrafo segundo, del Decreto antes mencionado.
3.º Los Maestros Industriales podrán acceder directamente,
una vez que se establezca, al tercer grado de Formación Profe
sional hasta el curso académico 1979-80, transcurrido el cual
podrán acceder a dicho grado en igualdad de condiciones que
los titulados de Formación Profesional de segundo grado, según
lo dispuesto en los artículos siete y ocho, apartado tercero, del
Decreto 995/1974, de 14 de marzo.
4.º Los Oficiales Industriales podrán cursar las enseñanzas
de Bachillerato correspondientes al plan de estudios aprobado
por Decreto 160/1975, de 23 de enero, de manera análoga a la
establecida para los titulados de primer grado de Formación
Profesional, para lo cual se establecerán las convalidaciones que
procedan.
DISPOSICION TRANSITORIA
Subsistirá hasta el año académico 1979-80 el curso preparato
ria regulado por Orden ministerial de 21 de octubre de 1971 y
disposiciones complementarias, para el acceso al Curso de Orien
tación Universitaria por parte de los Oficiales Industriales y
demás titulados a que se refiere la citada Orden.
DISPOSICION FINAL
Las Direcciones Generales de Formación Profesional y de Or
denación Educativa, en el ámbito de sus respectivas competen
cias, dictarán las resoluciones que sean necesarias para el des
arrollo y aplicación de la presente Orden, que entrará en vigor
al día siguiente de la publicación en el «Boletín Oficial del Es
tado».
Lo que comunico a VV. II. a los efectos oportunos.
Dios guarde a VV. II. muchos años.
Madrid, 21 de noviembre de 1975.
MARTINEZ ESTERUELAS
Ilmos. Sres. Director general de Formación Profesional y Direc
tor general de Ordenación Educativa.