Realizar una liquidacióin de una pensión es un poco complejo y requiere no solo de conocimientos sino de habilidades en herramientas tecnicas como excel. Hemos desarrollado este Taller para dar a conocer como liquidar una pensión con la Herramienta SUPENSION PLUS y asi explicar mejor este procedimiento
2. PASOS PARA LIQUIDAR UNA PENSION
CON SUPENSION PLUS 2015
1.REVISE LA HISTORIA LABORAL EN CUANTO A LOS REGISTROS
DE 1994 HACIA ATRÁS
2.INGRESE LA HISTORIA LABORAL
a.DIGITELA MANUALMENTE
b.CAPTURELA DESDE UN PDF
c. CAPTURELA DESDE COLPENSIONES
3.REALICE LOS AJUSTES RELACIONADOS CON
a.SALARIOS DE VARIOS PERIODOS ANTES DE 1994
b.SEMANAS QUE TENGAN INCONSISTENCIAS
4.LIQUIDE LA PENSION
a.MODIFIQUE LOS PARAMETROS
b.IMPRIMA
c. O EXPORTE A SU ARCHIVO EN WORD
3. REVISION DE HISTORIA LABORAL
ANTES DE EMPEZAR A TOMAR EL CASO DE SU CLIENTE, FUERA DEL ANALISIS QUE REALIZA
PARA SABER SI TIENE DERECHO A REALIZARLE UNA LIQUIDACION DE LA PENSION, REVISE
ESTAS CARACTERISTICAS DE LA HISTORIA LABORAL Y AHORRARA MUCHO TIEMPO AL
MOMENTO DE HACER LA LIQUIDACION.
ANALIZAR SEMANAS COTIZADAS DE 1994 HACIA ATRÁS
- IGUAL SALARIO EN PERIODOS DIFERENTES
- El reporte que se imprime desde Colpensiones, no detalla las semanas cotizadas de 1994 hacia atrás, solo de 1995 en
adelante.
- El Salario que aparece en la Columna (5) es el Ultimo Salario del periodo que aparece en la Columna (4) Hasta, no es el
rango DESDE HASTA.
- Revisar con el cliente como se consiguen esos Salarios:
o Soportes personales
o Certificaciones a dichas empresas
o Solicitar a Colpensiones un informe donde aparecen esos Salarios ( Ver Imágenes)
o Etc
- Si no es posible conseguir esos Salarios, la primera mesada va a quedar sobrevalorada y eso va a causar una mala
estimación de lo que se vaya a cobrar por retroactivos o diferencia de mesadas cuando se esta reliquidando una
pension.
- Hay 3 opciones a Tomar:
o No hacer la liquidación con Toda la Vida, sino con los 10 últimos años o otro tiempo que pueda decidir el
liquidador
o Liquidar con un Salario Minimo esos Periodos
4. o Calcular manualmente los Salarios de ese tiempo bajo algún criterio
o Uno de esos criterios puede ser Desindexar el Ultimo Salario.
- OJO: SUPENSION TRABAJA CON LOS DATOS QUE EL USUARIO LE SUMINISTRA. Si las fechas o Salarios no están asignados
adecuadamente, el resultado no será correcto.
- Una vez que tengamos los Salarios Correctos de cada Período, podemos luego digitarlos en el liquidador.
ANALIZAR SEMANAS COTIZADAS DE 1995 EN ADELANTE
- El REPORTE DE SEMANAS COTIZADAS QUE SE IMPRIMNE DESDE COLPENSIONES VIENE CON SU DETALLE RESPECTIVO.
- SUPENSION NOS PUEDE AYUDAR A ANALIZAR ALGUNAS COSAS
- YA SE PUEDE DIGITAR O CAPTURAR LA HISTORIA LABORAL A SUPENSION PLUS
Una vez trasladado, SUPENSION PLUS nos muestra la primera inconsistencia. Pero ya estamos preparados
5. Damos clic en sigte y supension abre los registros de varios periodos con el mismo salario
Ver el registro 3, 5,6,7,8
Ver como SUPENSION Abre los registros por el usuario
Ahora, ya se pueden cambiar los salarios de acuerdo a como se hayan obtenido
6. Primera opción Dejar así y liquidar con cualquier tiempo menos con TODA LA VIDA LABORAL
Segunda Opcion: Liquidar con Salarios Minimos
- Reg 3 : Salarios Mínimos del 71 al 73
- Reg 5 : Salarios Mínimos del 74 al 77
- Reg 6 : Salarios Minimos del 79 al 81
- Reg 7 : Salarios Minimos del 82 al 88
- Reg 8 : Salarios Minimos del 89 al 92
Tercera Opción : Calcular el Salario de acuerdo a algún criterio
Pueden tomar algún criterio de acuerdo al número de veces sobre el Salario mínimo, u otro
Una opción muy utilizada es el de desindexar el último Salario.
Veamos un ejemplo:
Tomemos el Reg 7
Vamos a Desindexar un Salario
7. Ya de esta manera, supongamos los demás registros de 3,5 y 6 se les aplicó el miso procedimiento.
No Reg Sal1 Sal2 Sal3 Sal4 Sal5 Sal6
3 5.878 6.703 7.640 9.480
5 6.237 7.881 9.281 11.672 15.023 17.790
6 38.711 49.860 62.749 79.290
Pero para el Registro 8 Los Salarios Reales fueron
No Reg Sal1 Sal2 Sal3 Sal4 Sal5 Sal6
8 400.000 470.000 616.000 790.000 977.550
Entonces procedemos en la Hoja de Ajustes a Actualizar directamente esos Salarios
REVISAR DIFERENCIAS ENTRE SEMANAS
Primero entendamos el AREA DE AJUSTES
AREA DE HISTORIA LABORAL DIGITADA DE COLPENSIONES
8. Es el área de Datos suministrados por la Historia Laboral
Fecha Inicial o Desde, Fecha Final o Hasta, Salario Mensual, Semanas Simultaneas y Número de Semanas Cotizadas por
Colpensiones
NUMERO DE SEMANAS CALCULADAS POR SUPENSION PLUS
9. Sugiere, de acuerdo a las Columnas FECHA INICIAL Y FECHA FINAL, el NUMERO DE SEMANAS por Año y por el Rango del
Periodo y EL SALARIO DE CADA AÑO
Ejemplo (Ver Pagina Sgte)
Para el Registro 6, de 12/03/1979 a 31/07/1982 Colpensiones reporta 175,57 semanas cotizadas. De acuerdo a esas
fechas, SUPENSION sugiere y calcula que son 310,29 semanas. Y abiertas por cada año, las semanas cotizadas son
1979 175,57 1980 52,29 1981 52,14 1982 30,29
Como vemos, Colpensiones no detalla el numero de Semanas por Año y deja esta labor al Abogado Liquidador. Supensión le
ayuda a abrir los periodos y calcular las semanas por año.
Igualmente reporta los Salarios por cada año
10. ANALIZAR COLUMNA DE DIFERENCIAS
Como se pudo observar, SUPENSION busca en ésta área si hay diferencias entre las semanas cotizadas por Colpensiones y
las calculadas por SUPENSION PLUS.
Es allí donde debemos enfocarnos y analizar si es válido que haya diferencias o no.
El cálculo de las Diferencias es Asi ( Veamos en el cuadro de arriba en el registro 6)
Colpensiones reporta 175.57 semanas mientras que Supension Reporta 310.72 semanas
Quien tiene la razón?
Quien liquida debe dirigirse a sus documentos de soporte que le den una idea de quien tiene la razón. Si los
documentos soportes muestran que en verdad se cotizaron 175,57 semanas, la columna SEM TOT debe ajustarse a
que queden en ese numero de semanas por año, de tal manera que la Columna SEMANAS SUPENSION totalice ese
mismo numero de semanas.
Si se detecta que Colpensiones cometió un error, se dejan las semanas tal como están y en la Columna
OBSERVACIONES, dejarse la anotación del error encontrado.
Y de esta manera se analizan todas las diferencias.
Después de ello, vamos a una de dos opciones:
1. Liquidar una Pensión
2. Liquidar una Indemnización Sustitutiva
11. ANALISIS DE LAS DIFERENCIAS EN NUESTRO CASO
Registro 4
Colpensiones reporta Cero semanas y SUPENSION 1 semana. SUPENSION analiza que en el año 1974
efectivamente hubo 6,29 semanas, pero que además fueron simultaneas. Pero en el año 1975 hubo una semana
cotizada que COLPENSIONES no reconoció.
Si hubiera un sopórte de lo que pasó efectivamente en ese tiempo, se podría llegar a una solución. Pero no se
tiene pues se complica porque el detalle de semanas por mes solo aparece después de 1995.
Como no se puede decir quién tiene la razón y el único soporte que tiene el abogado liquidador es la Hoja de
Colpensiones, toca dejar como semanas cotizadas para el registro 6 como lo dice Colpensiones.
Solución.
Para el año 1974 no se hace ningún ajuste
Para el año 1975 hay que quitar esa semana. Dicho de otra forme, hay que ajustar la Columna SEM TOT en -1
semana tal como lo indica la Columna SEMANAS SUPÉNSION+
HAY una columna llamada AJ X. Quiere decir:
Cuando necesite ajustar las semanas de la columna DIFER SEM a un periodo, ubíquese en ese periodo y ponga
una X.
Como puede ver en la grafica siguiente, se colocó la X en el año 1975 y el sistema lo que hizo fue:
No de Semanas en la Col SEM TOT=1 + Ajuste de -1 semanas, SEM TOT definitiva = CERO.
De esta manera queda ajustada las semanas a cotizar para la liquidación de la pension.
12. REGISTRO 6
Colpensiones reporta 175,57 semanas y SUPENSION 310,29 semana. Existe una diferencia de -134,72 semanas. Es decir,
Colpensiones no reconoce 134,72 semanas.
Si hubiera un sopórte de lo que pasó efectivamente en ese tiempo, se podría llegar a una solución. Pero no se tiene pues se
complica porque el detalle de semanas por mes solo aparece después de 1995.
Por lo tanto debemos llegar a que SEMANAS SUPENSION+ quede en 175,57 semanas y no en 310,29
Si observamos, las 175,57 semanas que dice colpensiones coinciden con las semanas calculadas por SUPENSION+ en la
COLUMNA SEM TOT. Por lo tanto se concluye que Colpensiones solo reconoció las semanas de 1979 y las demás de los años
siguientes no.
Lo que hay que hacer es dejar el año con las semanas de 175,57, es decir, a esta línea no se le hace nada
Pero para los años 1980 1981 y 1982 que tienen 52,29 52,14 y 30,29 deben quedar en CERO.
Aquí no podemos aplicar las X a cada año, porque solo puede colocarse una X. Al registro que se le coloque X, el sistema le
resta todas las 134,72 semanas.
Lo que hay que hacer es ir entonces a la Columna CAMBIAR SEMANAS y a los años 1980 1981 1982 digitar cero. Al colocar
CERO, las semanas que hay en SEM TOT quedan con el valor de la columna CAMBIAR SEMANAS.
13. Observemos también que en ese periodo hubo semanas simultaneas. Las semanas Totales fueron 176,86 pero hubo 1,29
semanas simultaneas. Por eso el total de semanas para liquidar la pension va a ser de 175,57 semanas.
Pero para efectos del IBL si se tomaran en cuenta el Salario de las 176,86 semanas cotizadas.
REGISTRO 9
Colpensiones reporta 57,29 semanas y SUPENSION 109,43 semanas. Existe una diferencia de -52,14 semanas. Es decir,
Colpensiones no reconoce 52,14 semanas.
Si hubiera un sopórte de lo que pasó efectivamente en ese tiempo, se podría llegar a una solución. Pero no se tiene pues se
complica porque el detalle de semanas por mes solo aparece después de 1995.
Por lo tanto debemos llegar a que SEMANAS SUPENSION+ quede en 57,29 semanas y no en 109,43
Si observamos, las 57,29 semanas que dice Colpensiones coinciden con las semanas calculadas por SUPENSION PLUS en la
COLUMNA SEM TOT. Por lo tanto se concluye que Colpensiones solo reconoció las semanas de 1993 y las de los años
siguientes no.
Lo que hay que hacer es dejar el año 1993 con las 57,29 semanas, es decir, a esta línea no se le hace nada
Pero para el año 1994 que tiene 52,14 semanas, debe quedar en CERO.
Hay dos opciones:
1. Se coloca X en AJ para restar las 52,14 semanas
2. Vamos a la Columna CAMBIAR SEMANAS y escribimos CERO
El efecto es igual
14. REGISTRO 10
Colpensiones reporta CERO semanas y SUPENSION 4,29 semanas. Existe una diferencia de -4,29 semanas. Es decir,
Colpensiones no reconoce 4,29 semanas.
Si recurrimos al Detalle de 1995, este es el mensaje
Hay que estar muy familiarizado ya con los mensajes que saca Colpensiones para analizar que va a suceder con las semanas
que allí se reportan. Si se le da la razón a Colpensiones, entonces a este registro en el liquidador no se le hace nada y se deja
la aclaración en el campo observaciones.
Cuando sale este mensaje, Asi se haya cotizado por ese periodo, no se tienen en cuenta las semanas cotizadas. Por tanto, en
la Columna SEM TOT debe quedar en Cero.
Colocamos X entonces en la Columna AJ X
15. REGISTRO 25
Colpensiones reporta CERO semanas y SUPENSION 21,43 semanas. Existe una diferencia de – 21,43 semanas. Es decir,
Colpensiones no reconoce 21,43 semanas.
Si recurrimos al Detalle de 1995, este es el mensaje
Del rango de Nov.96 a Mar.97 el mensaje fue de “PAGO APLICADO A PERIODOS ANTERIORES”.
Uno de estos casos, es que El Empleador haya pagado tarde y los pagos se abonaron a Intereses. O que El empleador no
haya pagado un periodo anterior.
El Abogado debe hacer un análisis mas profundo de lo que paso aquí.
Para nuestro ejemplo, asumamos lo siguiente: El empleador pagó tarde y Colpensiones abonó estos pagos a esos Intereses
y por tanto no reconoció esas semanas.
16. Algunas sentencias de las cortes dicen que el error del no pago de un empleador no puede trasladarse al cotizante y por
ende las semanas sí deben reconocerse y por otra parte Colpensiones deberá hacer cobró de dichos valores.
Por dicha razón, las 21,43 semanas si se tendrán en cuenta para la liquidación. Entonces no se hace ningún ajuste y vamos a
la columna OBSERVACIONES y colocamos la Nota:
Empleador canceló tarde los aportes. Sí deben reconocerse las semanas de este periodo
REGISTRO 32
Colpensiones reporta 4,29 semanas y SUPENSION 8,58 semanas. Existe una diferencia de – 4,29 semanas. Es decir,
Colpensiones no reconoce 4,29 semanas.
Si recurrimos al Detalle de 1995, este es el mensaje
17. Del rango de Nov.97 a Ene.98 el mensaje fue de “DEUDA PRESUNTA, PAGO APLICADO A PERIODOS POSTERIORES”.
Se puede apreciar que el periodo de Nov.97 NO fue Cancelado. A no ser que El Empleador si tenga el Soporte y lo reporte a
Colpensiones para que lo involucre. Esta es la diferencia de los 4,29 semanas en este registro.
Si en verdad este periodo no fue cancelado, entonces no se cotizaron 9,43 semanas de la primera columna sino 9,43 menos
el mes de nov.97 osea 4,29 semanas. Esto nos da: 9,43 – 4,29 = 5,14.
Entonces en el año 1997 debemos cambiar 9,43 por 5,14 semanas que fueron las semanas cotizadas realmente.
REGISTRO 35
Colpensiones reporta CERO semanas y SUPENSION 85,71 semanas. Existe una diferencia de – 85,71 semanas. Es decir,
Colpensiones no reconoce 85,71 semanas.
Si recurrimos al Detalle de 1995, este es el mensaje
18. 1. Febrero se pagó pero fue aplicado a periodos anteriores y dice que se debe ese período. Deben reconocerse esos 30
dias
2. Marzo se pago y dice que se debe pero que se reconocieron 15 dias, pero en el resumen no aparece eso. Debe
reconocerse los 30 dias.
3. Abril debería reconcerse puesto que dice ciclo doble. Y aparece un registro adicional en Mayo aplicado a Abril
diciendo que se retiró el día 3 de Mayo. Debe reconocerse 3 días de Mayo, asi se haya aplicado el pago a Abril
4. De ahí en adelante aparecen debiéndose desde Junio de 1998 hasta Sep de 1999
5. En total debe reconcerse feb, mar abr y maya si: 30+30+30+3 = 93 dias / 7 = 13,28 semanas para el año 1998
6. Para el año 1999 deben ir CERO semanas.
19. Aquí el Ajuste no va a ser de 85,71 semanas como se venía haciendo en casos anteriores.
Lo que se hace es colocar las semanas reales en el año 1998 por 13,29 en CAMBIAR SEMANAS y en el año 1999 se coloca
CERO semanas. Puede verse en la columna SEM TOT que asi queda finalmente. No importa si en la columna DIF SEM
quedan valores por diferencia. Lo importante es que la Columna SEM TOT vayan las semanas con las que se van a liquidar la
pension.
Y terminamos colocando en la columna OBSERVACIONES la aclaración respectiva asi:
REGISTROS 36 y 37
Estos dos se tomaron en conjunto porque tienen que ver con el registro 35
Si observamos, estos registros tienen que ver con el Registro 35.
Marzo de 1998 esta involucrado en el Registro 35. Solo que en el R 35 Colpensiones antes no reconoció semana alguna y
aquí en este registro reconoce 2,14 semanas, osea los 15 días que aparecen en el detalle. Como dijimos en el Registro 35
que si se pago todo el mes, y las semanas las incluimos en el registro 35, entonces en este registro 36 simplemente no
reconoceremos las semanas puesto que ya los incluimos en el Registro 35.
Y para el registro 36 sucede igual. Quedaron incluidos las 4,29 semanas puesto que fueron pagadas, asi Colpensiones no los
quiera reconocer.
Por tanto al Registro 36 escribimos 0 CERO en CAMBIAR SEMANAS
Y al registro 37 poemos hacer lo mismo o colocar X en el campo AJ X
20. Asi en el Registro 36 quede una Diferencia de 2,14 semanas, lo importante es lo que aparezca en la columna SEM TOT.
Recuerdo: Deben quedar en CERO porque las semanas reales quedaron incluidas en el Registro 35.
Esta Historia Laboral finalmente se va , no con 1452,20 semanas que Reportaba Colpensiones sino con 1.484,78 semanas
21. UNA VEZ TERMINAMOS ESTO, DAMOS CLIC A LA OPCION LIQUIDAR UNA PENSION EN LA PARTE SUPERIOR DERECHA
AUNQUE LOS PANTALLAZOS SE FUERON SIN LOS CAMBIOS EN LOS SALARIOS, PARA EFECTO DELA LIQUIDACION YA FUERON
MODIFICADOS
LIQUIDACION DE LA PENSION
El programa nos lleva al Área de la Liquidación.
Los campos a modificar son:
22. TASA DE REEMPLAZO:
Damos un clic al frente del titulo
El Sistema nos abre las Normas que aplican actualmente en el programa.
Entre ellos están :
- Régimen de transición
- Ley 100/93
- Ley 797/2003
- Servidores públicos que se le aplica el 75%
- Otras Tasas manuales.
Para los 3 primeros el sistema aplica las Tasas de Reemplazo automáticamente
Para el Último, el usuario puede colocar cualquier Tasa manualmente
BASE DE LIQUIDACION:
Damos un clic al frente del campo.
El sistema nos abre los tiempos que vamos a utilizar para liquidar la Pension
Entre ellos están:
- Toda la Vida
- 10 Últimos años
- Tiempo que Faltare u Otros Tiempos
- 2 Últimos años
- Último año
- Seis Meses
- Últimos 20 años
FECHA A LIQUIDAR
Es la fecha a la cual se va a indexar la Pensión
Si es la primera vez, debe ir la fecha actual de la liquidación
Si es una Reliquidación, la fecha de la entrada a nomina de la primera mesada una vez fue reconocida por Resolución de
Colpensiones
IPC BASE:
El sistema utiliza el IPC Base 2008. Pero si la persona causo su derecho a la pension antes de 2009, puede dar clic allí y
seleccionar IPC BASE 1998.
COMO LIQUIDAR LA PENSION
Simplemente Midifique los campos que se enunciaron arriba y el IBL, la TASA DE REEMPLAZO Y EL valor de la PRIMERA
MESADA se calcularan automáticamente
Para nuestro ejemplo, esta persona se liquidara coin la Ley de Transición y se necesita liquidar a 18 de Noviembre de 1998.
23. Verificar que es mas beneficioso , si con Toda la Vida o con los últimos 10 años.
TODA LA VIDA
10 ULTIMOS AÑOS
Como podemos ver, lo mas beneficioso para nuestro Cliente es LOS ULTIMOS 10 AÑOS.
Ya lo que se hace para pasar esta liquidación a WORD es usar la capacitación de cómo llevar la LIQUIDACION A
WORD.
Para Imprimir, debe seleccionar primero el Area a Imprimir
Luego Pestaña Diseño de Pagina
Boton Area de Impresión
Opcion Establecer Area de Impresión
Luego vaya a las opciones de imprimir normalmente de Excel
GRACIAS
24. SUPENSION PLUS
LA NAVAJA SUIZA DE SU NEGOCIO
EDIFICIO BANCO POPULAR
CRA 7 No 19 48 PISO 3
DERECHO GLOBAL LTDA
TELEFONOS 3334949 3350265 Pereira (Rda)
Celulares 3117715353 3183957760
Email canoasesor@gmail.com