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                                                                                   Hipoteca unoe



1.- Identificación del Préstamo.
.




        •   Denominación comercial del producto: Hipoteca unoe (tipo variable).
        •   Finalidad: Adquisición de vivienda habitual y segunda vivienda.
        •   Cuantía máxima: Hasta el 80% del valor de tasación para vivienda habitual, y hasta el
            60% para segunda vivienda.

.




2.- Plazo del Préstamo.
.




        •   Plazo total: Hasta 35 años para vivienda habitual y hasta 20 años para segunda vivienda.
        •   Hasta 3 años de carencia: al inicio de la hipoteca.
        •   Periodicidad de los pagos: Mensual.
        •   Sistema de amortización: Francés de cuota constante.

.




3.- Condiciones particulares.
.




        •   Elegir la cuota a pagar cada año, manteniendo, aumentando o reduciendo el plazo del
            préstamo, a partir de los 24 meses (segunda revisión).*
        •   Posibilidad de carencia inicial de hasta 3 años (hay que solicitarla al inicio del préstamo
            hipotecario).
        •   Aplazar hasta dos cuotas al año, con un máximo de 10 cuotas durante toda la vida del
            préstamo. Se podrá solicitar una vez transcurridos 24 meses desde la firma del
            préstamo*.
        •   Cuota final; aplazar entre un 10 y un 35% del capital pendiente a la última cuota.
            Solicitud transcurridos 12 meses desde la firma del préstamo.*
        •   Cambio a tipo fijo; a partir de los 12 meses de la contratación del préstamo*.
        •   Seguro PUF (Seguro de Prima Única Financiada) opcional.

        *Previa petición por escrito a la entidad.


.




    4. Tipos de interés nominales orientativos e Índices de referencia oficiales


    Tipo Variable, con revisión anual.
    Márgenes aplicables sobre el Índice de Referencia:
        -   Tipos de interés nominal aplicable según las vinculaciones:
                 o   Euribor + 0,29 = nómina+seguro hogar +P.U.F. (Seguro de Prima Única Financiada).
                 o   Euribor + 0,39 = nómina + seguro hogar.
                 o   Euribor + 0,49 = nómina.
        -   En caso de no cumplir dichas vinculaciones se aplicará Euribor+0,59.
        -   Se tomará como índice de referencia EURIBOR a un año (referencia interbancaria a un
            año). Índice establecido con carácter oficial en la Norma Sexta bis, número 3 de la
            Circular 8/90 del Banco de España, publicado en el B.O.E., sin aplicación de
            redondeo.

    TAE. 1,63%; Variará con las revisiones del tipo de interés y las vinculaciones



5.- Seguro de Prima Única Financiada (PUF). (1)
.




El capital asegurado será el capital pendiente de amortizar según el plan de amortización vigente
que siga el contrato del préstamo objeto del Seguro en el momento del fallecimiento,
manteniéndose, en los casos de aseguramiento parcial, la misma proporción de porcentaje de
Folleto informativo
                                                                               Hipoteca unoe



préstamo asegurado.

El presente seguro se comercializa a través de una prima única, cuyo importe se financiará como
mayor del préstamo y en las mismas condiciones que éste.

La duración del Seguro deberá ser menor o igual a la duración del préstamo, con un máximo de
20 años.

Al contratar un seguro PUF el importe a solicitar se incrementará en función de las condiciones del
seguro.

    (1) Seguro contratado con BBVA Seguros, de Seguros y Reaseguros, S.A.


.




6.- Comisiones.
.




       •   Sin comisión de apertura.
       •   Sin comisión de cancelación parcial.
       •   Sin comisión de cancelación total.
       •   Comisión por subrogación de acreedor (ley 2/1994); 0%.
       •   Comisión por subrogación (cambio deudor): 1% sobre el principal subrogado. Con un
           mínimo de 601,01 euros.

.




7.- Gastos a cargo del prestatario.
.




       •   Gastos a cargo del prestatario en cumplimiento de la normativa legal, que serán
           facturados directamente o por terceros y para atender el pago de los mismos, el
           prestatario deberá efectuar en el Banco la correspondiente provisión de fondos, sujeta a
           ulterior justificación y regularización de su diferencia a favor o en
           contra.

.




                               TARIFA ORIENTATIVA (SIN IVA)
            Hasta 150.000 €               200 €
            de 150.001 a 300.000 €        275 €
            de 300.001 a 450.000 €        375 €
             de 450.001 a 600.000 €       475 €
            más 600.001 €                 0,08% sobre el exceso


Comprobaciones registrales (2)(3), tramitación de la escritura hasta la inscripción registral y pago
de honorarios notariales, registrales e impuestos.

                  Gastos Gestoría. Tarifas Orientativas (con IVA)*                      Euros
    Gestión Préstamo Hipotecario                                                        278,87
    Gestión por compra-venta hasta 200.000€                                             265,00
    Gestión por compra-venta a partir de 200.000€                                       383,45
.




Seguro de Daños de la vivienda (2). La Ley 2/81 de Regulación del Mercado Hipotecario obliga
a contratar un Seguro de Daños que cubra el valor del inmueble tasado. Se contratará en una
compañía aseguradora de reconocida solvencia, requiriéndose la subrogación de este seguro a
favor del Banco, como beneficiario hipotecario.
Usted podrá concertar el Seguro BBVA Hogar que ofrece unas coberturas más amplias para su
vivienda. El coste de estas coberturas son: continente 1,17 por mil y contenido 4,88 por mil.
Folleto informativo
                                                                               Hipoteca unoe



El importe de las primas así obtenidas se liquidará anualmente y estará sujeto a las
actualizaciones de tarifa que realice la Compañía Aseguradora.

Impuestos. Actos Jurídicos Documentados: 1% sobre el importe de la responsabilidad hipotecaria
(varía dependiendo de la Comunidad Autónoma).

Minuta del Notario (4) autorizante de la escritura, según R.D. 1426/1989, de 17 de noviembre
de 1989 (Arancel de Notarios):


    •   Por la inscripción de cada finca o derecho:
             o Cuando el valor no exceda de 6.010,12 euros: 90,15 euros.
             o Por el exceso comprendido entre 6.010,13 y 30.050,61 euros: 4,5 por mil.
             o Por el exceso comprendido entre 30.050,61 y 60.101,21 euros: 1,5 por mil.
             o Por el exceso comprendido entre 60.101,22 y 150.253,03 euros: 1 por mil.
             o Por el exceso comprendido entre 150.253,03 y 601.012,10 euros: 0,5 por mil.
             o Por el exceso comprendido entre 601.012,10 y 6.010.121,04 euros: 0,3 por mil.
                 Lo que exceda de dicha cantidad, el notario percibirá la cantidad que libremente
                 pacte con el otorgante.
             o (Reducción al 56,25% en préstamos con garantía hipotecaria. Arancel a aplicar
                 sobre el importe de la Responsabilidad).
    •   Folios de matriz: A partir del quinto folio inclusive, 3,01 euros por cara escrita.
    •   Copias: Las copias y cédulas autorizadas y su nota de expedición, en su caso, devengarán
        3,01 euros por cada folio o parte de él. A partir del duodécimo folio inclusive, se percibirá
        la mitad de la cantidad anterior.
    •   Salida de la notaría: Por cada hora o fracción, dentro del término municipal de su
        residencia, 18,03 euros. Si es fuera de él, 24,04 euros.
    •   Ratificación, 50 euros.

Minuta del Registrador (4) de la Propiedad, de acuerdo con el R.D. 1427/1989, de 17 de
noviembre de 1989 (Arancel de Registradores):


    •   Por el asiento de presentación de cada título, 6,01 euros.
    •   Por la inscripción de cada finca o derecho:
            o Si el valor de la finca o derecho no excede de 6.010,12 euros: 24,04 euros.
            o Por el exceso comprendido entre 6.010,13 y 30.050,61 euros: 1,75 por mil.
            o Por el exceso comprendido entre 30.050,61 y 60.101,21 euros: 1,25 por mil.
            o Por el exceso comprendido entre 60.101,22 y 150.253,03 euros: 0,75 por mil.
            o Por el exceso comprendido entre 150.253,03 y 601.012,10 euros: 0,30 por mil.
            o Por el valor que exceda de 601.012,10 euros: 0,20 por mil. En todo caso, el
                 arancel global aplicable no podrá superar 2.181,67 euros.
            o (Reducción al 53,44% en préstamos con garantía hipotecaria. Arancel a aplicar
                 sobre el importe de la Responsabilidad).

(1) y (3) Gasto que se origina a partir de la solicitud del préstamo, por lo cual debe ser soportado
por el cliente, aunque la operación no llegue a realizarse.
(2) La designación de la Sociedad Tasadora, Gestoría Administrativa y Compañía Aseguradora se
realizará por el cliente de mutuo acuerdo con el Banco. En aquellos casos en los que el cliente
designe una Gestoría distinta de las ofrecidas por el Banco, la entrega del importe del préstamo se
efecturará una vez que el Banco tenga constancia de la correcta inscripción de las escrituras en el
Registro correspondiente.

*Pueden existir otros gastos no detallados en función de la operación y los encargos efectuados
por el cliente a la Gestoría.



(4) La elección del fedatario público se realizará conforme a la legislación notarial y la de la
persona o entidad encargada de la gestión administrativa de la operación (tramitación de las
escrituras hasta su inscripción registral, liquidación de impuestos, etc.) se realizará por mutuo
acuerdo entre el cliente y el Banco.
.
Folleto informativo
                                                                           Hipoteca unoe



8.- Importe de las cuotas periódicas.
.




     •   La amortización se realiza mediante cuotas constantes con periodicidad mensual,
         comprensivas de capital e intereses.




.




                      EVOLUCIÓN ÍNDICES DE REFERENCIA OFICIALES
                                                 EURIBOR A UN AÑO
                                         2008           2009                         2010
                 Enero                   4,498          2,622                        1,232
                Febrero                  4,349          2,165                        1,225
                 Marzo                   4,590          1,909                        1,215
                  Abril                  4,820          1,771                        1,225
                 Mayo                    4,994          1,644                        1,249
                 Junio                   5,361          1,610
                  Julio                  5,393          1,412
                Agosto                   5,323          1,334
              Septiembre                 5,384          1,261
                Octubre                  5,248          1,243
              Noviembre                  4,350          1,231
               Diciembre                 3,452          1,242
.




    LAS CONDICIONES REFERIDAS EN ESTE FOLLETO TIENEN UN CARÁCTER MERAMENTE
                    ORIENTATIVO Y NO VINCULAN A LA ENTIDAD
.

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Hipoteca uno e

  • 1. Folleto informativo Hipoteca unoe 1.- Identificación del Préstamo. . • Denominación comercial del producto: Hipoteca unoe (tipo variable). • Finalidad: Adquisición de vivienda habitual y segunda vivienda. • Cuantía máxima: Hasta el 80% del valor de tasación para vivienda habitual, y hasta el 60% para segunda vivienda. . 2.- Plazo del Préstamo. . • Plazo total: Hasta 35 años para vivienda habitual y hasta 20 años para segunda vivienda. • Hasta 3 años de carencia: al inicio de la hipoteca. • Periodicidad de los pagos: Mensual. • Sistema de amortización: Francés de cuota constante. . 3.- Condiciones particulares. . • Elegir la cuota a pagar cada año, manteniendo, aumentando o reduciendo el plazo del préstamo, a partir de los 24 meses (segunda revisión).* • Posibilidad de carencia inicial de hasta 3 años (hay que solicitarla al inicio del préstamo hipotecario). • Aplazar hasta dos cuotas al año, con un máximo de 10 cuotas durante toda la vida del préstamo. Se podrá solicitar una vez transcurridos 24 meses desde la firma del préstamo*. • Cuota final; aplazar entre un 10 y un 35% del capital pendiente a la última cuota. Solicitud transcurridos 12 meses desde la firma del préstamo.* • Cambio a tipo fijo; a partir de los 12 meses de la contratación del préstamo*. • Seguro PUF (Seguro de Prima Única Financiada) opcional. *Previa petición por escrito a la entidad. . 4. Tipos de interés nominales orientativos e Índices de referencia oficiales Tipo Variable, con revisión anual. Márgenes aplicables sobre el Índice de Referencia: - Tipos de interés nominal aplicable según las vinculaciones: o Euribor + 0,29 = nómina+seguro hogar +P.U.F. (Seguro de Prima Única Financiada). o Euribor + 0,39 = nómina + seguro hogar. o Euribor + 0,49 = nómina. - En caso de no cumplir dichas vinculaciones se aplicará Euribor+0,59. - Se tomará como índice de referencia EURIBOR a un año (referencia interbancaria a un año). Índice establecido con carácter oficial en la Norma Sexta bis, número 3 de la Circular 8/90 del Banco de España, publicado en el B.O.E., sin aplicación de redondeo. TAE. 1,63%; Variará con las revisiones del tipo de interés y las vinculaciones 5.- Seguro de Prima Única Financiada (PUF). (1) . El capital asegurado será el capital pendiente de amortizar según el plan de amortización vigente que siga el contrato del préstamo objeto del Seguro en el momento del fallecimiento, manteniéndose, en los casos de aseguramiento parcial, la misma proporción de porcentaje de
  • 2. Folleto informativo Hipoteca unoe préstamo asegurado. El presente seguro se comercializa a través de una prima única, cuyo importe se financiará como mayor del préstamo y en las mismas condiciones que éste. La duración del Seguro deberá ser menor o igual a la duración del préstamo, con un máximo de 20 años. Al contratar un seguro PUF el importe a solicitar se incrementará en función de las condiciones del seguro. (1) Seguro contratado con BBVA Seguros, de Seguros y Reaseguros, S.A. . 6.- Comisiones. . • Sin comisión de apertura. • Sin comisión de cancelación parcial. • Sin comisión de cancelación total. • Comisión por subrogación de acreedor (ley 2/1994); 0%. • Comisión por subrogación (cambio deudor): 1% sobre el principal subrogado. Con un mínimo de 601,01 euros. . 7.- Gastos a cargo del prestatario. . • Gastos a cargo del prestatario en cumplimiento de la normativa legal, que serán facturados directamente o por terceros y para atender el pago de los mismos, el prestatario deberá efectuar en el Banco la correspondiente provisión de fondos, sujeta a ulterior justificación y regularización de su diferencia a favor o en contra. . TARIFA ORIENTATIVA (SIN IVA) Hasta 150.000 € 200 € de 150.001 a 300.000 € 275 € de 300.001 a 450.000 € 375 € de 450.001 a 600.000 € 475 € más 600.001 € 0,08% sobre el exceso Comprobaciones registrales (2)(3), tramitación de la escritura hasta la inscripción registral y pago de honorarios notariales, registrales e impuestos. Gastos Gestoría. Tarifas Orientativas (con IVA)* Euros Gestión Préstamo Hipotecario 278,87 Gestión por compra-venta hasta 200.000€ 265,00 Gestión por compra-venta a partir de 200.000€ 383,45 . Seguro de Daños de la vivienda (2). La Ley 2/81 de Regulación del Mercado Hipotecario obliga a contratar un Seguro de Daños que cubra el valor del inmueble tasado. Se contratará en una compañía aseguradora de reconocida solvencia, requiriéndose la subrogación de este seguro a favor del Banco, como beneficiario hipotecario. Usted podrá concertar el Seguro BBVA Hogar que ofrece unas coberturas más amplias para su vivienda. El coste de estas coberturas son: continente 1,17 por mil y contenido 4,88 por mil.
  • 3. Folleto informativo Hipoteca unoe El importe de las primas así obtenidas se liquidará anualmente y estará sujeto a las actualizaciones de tarifa que realice la Compañía Aseguradora. Impuestos. Actos Jurídicos Documentados: 1% sobre el importe de la responsabilidad hipotecaria (varía dependiendo de la Comunidad Autónoma). Minuta del Notario (4) autorizante de la escritura, según R.D. 1426/1989, de 17 de noviembre de 1989 (Arancel de Notarios): • Por la inscripción de cada finca o derecho: o Cuando el valor no exceda de 6.010,12 euros: 90,15 euros. o Por el exceso comprendido entre 6.010,13 y 30.050,61 euros: 4,5 por mil. o Por el exceso comprendido entre 30.050,61 y 60.101,21 euros: 1,5 por mil. o Por el exceso comprendido entre 60.101,22 y 150.253,03 euros: 1 por mil. o Por el exceso comprendido entre 150.253,03 y 601.012,10 euros: 0,5 por mil. o Por el exceso comprendido entre 601.012,10 y 6.010.121,04 euros: 0,3 por mil. Lo que exceda de dicha cantidad, el notario percibirá la cantidad que libremente pacte con el otorgante. o (Reducción al 56,25% en préstamos con garantía hipotecaria. Arancel a aplicar sobre el importe de la Responsabilidad). • Folios de matriz: A partir del quinto folio inclusive, 3,01 euros por cara escrita. • Copias: Las copias y cédulas autorizadas y su nota de expedición, en su caso, devengarán 3,01 euros por cada folio o parte de él. A partir del duodécimo folio inclusive, se percibirá la mitad de la cantidad anterior. • Salida de la notaría: Por cada hora o fracción, dentro del término municipal de su residencia, 18,03 euros. Si es fuera de él, 24,04 euros. • Ratificación, 50 euros. Minuta del Registrador (4) de la Propiedad, de acuerdo con el R.D. 1427/1989, de 17 de noviembre de 1989 (Arancel de Registradores): • Por el asiento de presentación de cada título, 6,01 euros. • Por la inscripción de cada finca o derecho: o Si el valor de la finca o derecho no excede de 6.010,12 euros: 24,04 euros. o Por el exceso comprendido entre 6.010,13 y 30.050,61 euros: 1,75 por mil. o Por el exceso comprendido entre 30.050,61 y 60.101,21 euros: 1,25 por mil. o Por el exceso comprendido entre 60.101,22 y 150.253,03 euros: 0,75 por mil. o Por el exceso comprendido entre 150.253,03 y 601.012,10 euros: 0,30 por mil. o Por el valor que exceda de 601.012,10 euros: 0,20 por mil. En todo caso, el arancel global aplicable no podrá superar 2.181,67 euros. o (Reducción al 53,44% en préstamos con garantía hipotecaria. Arancel a aplicar sobre el importe de la Responsabilidad). (1) y (3) Gasto que se origina a partir de la solicitud del préstamo, por lo cual debe ser soportado por el cliente, aunque la operación no llegue a realizarse. (2) La designación de la Sociedad Tasadora, Gestoría Administrativa y Compañía Aseguradora se realizará por el cliente de mutuo acuerdo con el Banco. En aquellos casos en los que el cliente designe una Gestoría distinta de las ofrecidas por el Banco, la entrega del importe del préstamo se efecturará una vez que el Banco tenga constancia de la correcta inscripción de las escrituras en el Registro correspondiente. *Pueden existir otros gastos no detallados en función de la operación y los encargos efectuados por el cliente a la Gestoría. (4) La elección del fedatario público se realizará conforme a la legislación notarial y la de la persona o entidad encargada de la gestión administrativa de la operación (tramitación de las escrituras hasta su inscripción registral, liquidación de impuestos, etc.) se realizará por mutuo acuerdo entre el cliente y el Banco. .
  • 4. Folleto informativo Hipoteca unoe 8.- Importe de las cuotas periódicas. . • La amortización se realiza mediante cuotas constantes con periodicidad mensual, comprensivas de capital e intereses. . EVOLUCIÓN ÍNDICES DE REFERENCIA OFICIALES EURIBOR A UN AÑO 2008 2009 2010 Enero 4,498 2,622 1,232 Febrero 4,349 2,165 1,225 Marzo 4,590 1,909 1,215 Abril 4,820 1,771 1,225 Mayo 4,994 1,644 1,249 Junio 5,361 1,610 Julio 5,393 1,412 Agosto 5,323 1,334 Septiembre 5,384 1,261 Octubre 5,248 1,243 Noviembre 4,350 1,231 Diciembre 3,452 1,242 . LAS CONDICIONES REFERIDAS EN ESTE FOLLETO TIENEN UN CARÁCTER MERAMENTE ORIENTATIVO Y NO VINCULAN A LA ENTIDAD .