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INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” 
MELGAR – TOLIMA 
EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA 
Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 
Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. 
Barrio la Colina Telefax 245091 
INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA 
“GABRIELA MISTRAL” 
AJUSTE MANUAL DE CONVIVENCIA 2014 
“Por una educación de calidad”
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EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA 
Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 
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TABLA DE CONTENIDO 
ACUERDO Adopción ajustes Manual de Convivencia 2014 
PRESENTACIÓN 
CAPÍTULO I MARCO INSTITUCIONAL 
ARTÍCULO 1. IDENTIDAD INSTITUCIONAL 
ARTÍCULO 2. CONOCIMIENTO Y DIFUSIÓN 
ARTÍCULO 3. HORIZONTE INSTITUCIONAL (Principios, Filosofía, Visión, Misión, Objetivos) 
ARTÍCULO 4. CONSTRUCCIÓN DE VALORES 
CAPÌTULO II MARCO LEGAL 
ARTÍCULO 5. FUNDAMENTACIÓN LEGAL. 
ARTICULO 6. APLICABILIDAD NORMATIVA 
CAPÍTULO III MARCO ADMINISTRATIVO 
ARTICULO 7. LA COMUNIDAD EDUCATIVA 
ARTICULO 8. INSCRIPCION, ADMISIÓN Y MATRÍCULA 
ARTÍCULO 9. RESPECTO A LA SEDE Y JORNADA 
ARTÍCULO 10. LA ASISTENCIA ESCOLAR 
ARTÍCULO 11. PRESENTACION PERSONAL DE LOS ESTUDIANTES 
ARTÍCULO 12. HORARIOS 
CAPITULO IV CORRESPONSABILIDAD DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA 
ARTÍCULO 13. PRINCIPIOS BÁSICOS PARA LA CONVIVENCIA 
ARTÍCULO 14. MECANISMOS DE PERMANENCIA CONTINUIDAD Y RETENCIÓN ESCOLAR 
ARTÍCULO 15. POBLACIÓN VULNERABLE 
ARTÍCULO 16. INCLUSIÓN 
CAPITULO V 
CAMPAÑAS DE PREVENCION 
ARTÍCULO 17. CAMPAÑAS DE ATENCIÓN Y RUTAS DE ATENCIÓN 
CAPÍTULO VI LOS ESTUDIANTES 
ARTÍCULO 18. PERFIL DEL ESTUDIANTE 
ARTÍCULO 19. DERECHOS DEL ESTUDIANTE 
ARTÍCULO 20. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 
ARTÍCULO 21. DEBERES FUERA DE LA INSTITUCIÓN 
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ARTÍCULO 22. FALTAS Y SANCIONES 
ARTÍCULO 23. FALTAS LEVES: 
ARTÍCULO 24. PROCEDIMIENTO PARA LAS FALTAS LEVES 
ARTÍCULO 25. FALTAS GRAVES 
ARTÍCULO 26. PROCEDIMIENTO PARA FALTAS GRAVES 
ARTICULO 27. SITUACIONES MÁS COMUNES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y EL EJERCICIO DE 
LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS Y SU CLASIFICACION 
ARTÍCULO 28. DEBIDO PROCESO. 
ARTÍCULO 29. ATENUANTES, CIRCUNSTANCIAS EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD Y AGRAVANTE. 
ARTÍCULO 30. RECURSOS DE LEY 
ARTÍCULO 31. DE LA EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO 
ARTÍCULO 32. ESTÍMULOS 
ARTÍCULO 33. CLASES DE ESTÍMULOS 
CAPITULO VII ORGANIZACIÓN ACADEMICA 
ARTÍCULO 34. JORNADA ESCOLAR 
ARTÍCULO 35. HORARIO DE CLASES 
ARTÍCULO 36. SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES PARA LA 
INSTITUCIÓN EDUCATIVA “SEGAM” 
ARTÍCULO 37. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES 
ARTÍCULO 38. ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL 
ARTÍCULO 39. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS 
ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR. 
ARTÍCULO 40. ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS 
PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES 
ARTÍCULO 41. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES, PARA QUE SEAN CLAROS, 
COMPRENSIBLES Y DEN INFORMACIÓN INTEGRAL DEL AVANCE EN LA FORMACIÓN 
ARTÍCULO 42. PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RECLAMACIÓN DE PADRES DE FAMILIA 
Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 
ARTÍCULO 43. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA 
ARTÍCULO 44. CRITERIOS DE PROMOCIÓN. 
ARTÍCULO 45. CRITERIOS DE REPROBACIÓN. 
ARTÍCULO 46. IMPLEMENTACION DE LA MEDIA TÉCNICA 
ARTÍCULO 47. DEL INGRESO 
ARTÍCULO 48. DE LA ETAPA PRODUCTIVA 
ARTÍCULO 49. DE LAS SALIDAS 
ARTÍCULO 50. DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 
CAPITULO VIII 
GOBIERNO ESCOLAR 
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ARTÍCULO 51. CONFORMACIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR 
ARTÍCULO 52. EL CONSEJO DIRECTIVO 
ARTÍCULO 53. EL RECTOR 
ARTÍCULO 54. CONSEJO ACADÉMICO 
ARTÍCULO 55. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES 
ARTÍCULO 56. EL PERSONERO ESTUDIANTIL 
ARTÌCULO 57. CONSEJO DE ESTUDIANTE 
ARTÍCULO 58. COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN 
ARTÍCULO 59. COMITÉ DE CONVIVENCIA 
ARTÍCULO 60. LOS MONITORES DE CURSO 
ARTÍCULO 61. FUNCIONES DEL MONITOR DE DISCIPLINA 
ARTÍCULO 62. FUNCIONES DEL MONITOR ACADÉMICO 
CAPITULO IX 
PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES 
ARTÍCULO 63. PERFIL 
ARTÍCULO 64. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA 
ARTÍCULO 65. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA 
ARTÍCULO 66. FALTAS 
ARTÍCULO 67. CONSEJO DE PADRES 
ARTÍCULO 68. ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA 
ARTÍCULO 69. ESTÍMULOS 
ARTÍCULO 70. PROCEDIMIENTO CUANDO EL PADRE DE FAMILIA NO ASISTE A LAS CITACIONES 
ARTÍCULO 71. ESCUELA DE PADRES. 
CAPITULO X 
DE LOS DOCENTES 
ARTÍCULO 72. PERFIL 
ARTÍCULO 73. DERECHOS 
ARTÍCULO 74. DEBERES 
ARTÍCULO 75. DE LOS PROFESORES DE DISCIPLINA 
ARTÍCULO 76. QUEJAS, CONFLICTOS Y PROCEDIMIENTOS. 
ARTÍCULO 77. PROHIBICIONES 
ARTICULO 78. RECONOCIMIENTOS, EXALTACIONES Y ESTIMULOS 
CAPÍTULO XI 
ANEXOS 
A C U E R D O Nº 01 
“Por una educación de calidad”
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EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA 
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Por el cual se adopta el Manual de Convivencia de la I.E.T. “GABRIELA MISTRAL” 
EL CONSEJO DIRECTIVO de la I.E.T. “GABRIELA MISTRAL” en uso de sus facultades 
constitucionales y legales, en especial las conferidas por los Artículos 73 y 87 de la ley 115 de 
1994; ley 1453 de 2011 o ley de Seguridad Ciudadana; ley 1098 de 2006 de la infancia y la 
adolescencia; ley 1620 de 2013 y decreto 1965, ley 375 de 1997 o ley de la Juventud; decreto 
1860 de 1994 sobre aspectos pedagógicos y organizativos de la ley 115 de 1994; el decreto 1290 
de 2009 sobre evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de educación básica y 
media; decreto 1286 de 2005 sobre normas para la participación de los padres de familia en el 
proceso educativo; lineamientos del Ministerio de Educación Nacional; y los principios 
Institucionales; y CONSIDERANDO: 
PRIMERO: Que para el logro de los fines del proceso de formación integral de los educandos, 
cada establecimiento educativo de acuerdo con su realidad particular debe elaborar y poner en 
práctica su propio Manual de Convivencia, en el cual se definan claramente los derechos y 
obligaciones de los estudiantes. 
SEGUNDO: Que los estudiantes, padres de familia, acudientes al firmar la matrícula 
correspondiente en representación de sus hijos, estarán manifestando su aceptación. 
RESUELVE 
Adoptar el Manual de Convivencia por medio del cual se regirán los estamentos de nuestra 
comunidad educativa, el cual, fue elaborado con la participación de todos los estamentos y 
forma parte integral del Proyecto Educativo Institucional. 
PRESENTACIÓN 
“Por una educación de calidad”
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La Institución Educativa Técnica Gabriela Mistral articula su proyecto en torno a la formación 
integral de personas para una mejor sociedad; en este sentido, su misión es formar personas 
competentes para vivir en sociedad, desarrollar en los estudiantes un conjunto de 
conocimientos y habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que hagan posible que el 
ciudadano actúe de manera constructiva en la sociedad democrática. Se trata de ofrecer a los 
niños y jóvenes las herramientas necesarias para relacionarse con otros, de una manera cada 
vez más comprensiva y justa, y para que sean capaces de resolver de manera pacífica sus 
problemas cotidianos. 
Para nuestra institución, el Manual de Convivencia representa la directriz de comportamiento, 
ejemplo y cumplimiento de toda la comunidad educativa, con identidad, con carácter, que 
ejerce liderazgo a través de todas sus acciones; su objetivo fundamental consiste en reconocer 
y plasmar una identidad, un proyecto de vida y la formación integral de los estudiantes con 
visión futurista. 
El Manual de convivencia escolar más que un conjunto de derechos y deberes, es un acuerdo 
colectivo en torno al ejercicio ciudadano. 
Se orienta en la dirección de las competencias ciudadanas: Aprender a convivir con los demás y 
a tener consideración de su condición humana; aprender a participar responsablemente en la 
vida democrática y aprender a valorar y a reconocer las diferencias. 
Es un componente del Proyecto Educativo Institucional. Allí, se establecen los principios, las 
normas y los procedimientos que regulan la vida escolar. En él se establecen los derechos y 
deberes de todos los miembros de la comunidad educativa, se identifican los comportamientos 
que afectan la convivencia escolar y los correctivos pedagógicos acordados en el debido 
proceso. Además, se presentan los criterios para la evaluación y promoción de los estudiantes, 
los mecanismos para la participación y elección del gobierno escolar, las normas para el uso de 
las diferentes dependencias, las normas para el uso de los medios de comunicación y otras 
disposiciones que son necesarias para la sana convivencia escolar. 
CAPÍTULO I 
MARCO INSTITUCIONAL 
“Por una educación de calidad”
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ARTÍCULO 1: IDENTIDAD INSTITUCIONAL 
NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN: Institución Educativa Técnica. “Gabriela Mistral” Melgar Tolima 
DIRECCIÓN: Barrio: La Colina. 
NATURALEZA: Pública. 
CARÁCTER: Técnicos en ventas de productos y servicios y Mantenimiento electrónica de 
pequeños aparatos. 
CONVENIOS: Sena 
NIVELES: Pre-escolar, Básica Primaría; básica Secundaría y Media Técnica 
E-mail: ietgmistralmelgar@hotmail.es 
Web: 
Nit: 809009531-5 
TELÉFONO: 2450917 
CÓDIGO DANE: 173449000759 
REGISTRO EDUCATIVO: 123277- 123278 
SITUACIÓN LEGAL: Resolución 5293 de noviembre 09 de 2011 hasta 2015 
NÚMERO DE SEDES: 10 
NÚMERO DE ESTUDIANTES MATRÍCULADOS 2070 
DEPARTAMENTO: Tolima 
MUNICIPIO: Melgar 
PROPIEDAD JURÍDICA: Departamento 
JORNADAS: Mañana y Tarde 
CALENDARIO: A 
CARÁCTER: Mixto 
TIPO DE EDUCACIÓN: Formal 
RESOLUCIÓN DE INTEGRACIÓN: 1211 del 03 de Octubre de 2002. 
RESOLUCIÓN DE ASOCIACIÓN: No 1015 del 12 de noviembre de 2004. 
APROBACIÓN DE ESTUDIOS: Resolución 5392 de 9 de noviembre de 2011. 
ARTÍCULO 2. CONOCIMIENTO Y DIFUSIÓN 
El Manual de Convivencia debe ser estudiado por todos los miembros de la comunidad 
educativa, para ser revisado y actualizado, según las necesidades. Las normas estipuladas en el 
manual se difunden en las todas las reuniones que se realizan en la Institución, con el propósito 
de fortalecer día a día su práctica eficaz y lograr de esta manera una verdadera y sólida 
formación integral de la persona. Al iniciar el año se realiza una inducción a docentes, padres de 
familia y estudiantes, con el objeto de socializar y afianzar las normas establecidas en el manual, 
quienes analizarán, interiorizarán y asumirán dichas normas y disposiciones para lograr una 
mayor apropiación y eficacia en los procesos institucionales. El estudio del Manual de 
Convivencia es permanente. 
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ARTÍCULO 3. HORIZONTE INSTITUCIONAL 
3.1 PRINCIPIOS 
La institución educativa Gabriela Mistral interesados por formar personas integrales se 
fundamenta en los siguientes principios: 
· En la institución Educativa Gabriela Mistral entendemos la educación como un proceso de 
personalización y socialización de tal manera que con EXCELENCIA INTEGRAL formamos 
hombres y mujeres para los demás y con los demás. 
· El Reglamento o Manual de Convivencia es el código ético y moral de nuestros/as 
Estudiantes, Padres y Madres de Familia o Acudientes, fundamentado en el derecho a la 
educación como un DERECHO - DEBER. 
· LA FORMACIÓN INTEGRAL GABRIELISTA y el Manual de Convivencia han de ser el horizonte 
que guíe las acciones de nuestros/as Estudiantes. 
· El Reglamento o Manual de Convivencia se construye con la participación de los diferentes 
estamentos de la Comunidad Educativa para ser interiorizado, asumido y vivido por todos 
sus miembros. 
· Enseñamos al estudiante a asumir los problemas como oportunidades de enriquecimiento. 
3.2 FILOSOFIA 
La Institución Educativa Gabriela Mistral, contribuye desde un modelo pedagógico humanista y 
social, fundamentado en el constructivismo, al desarrollo del pensamiento humano, 
entendiendo al hombre como ser cultural, histórico y social capaz de construir una nueva 
cultura desde la escuela; Cuya base se fundamenta en la autenticidad, la justicia y la paz; el 
educador, es generador de inquietudes, oportunidades y procesos de socialización, integración 
y coordinación entre los participantes, para generar así una actitud positiva y el compromiso en 
la construcción de proyectos tanto personales como colectivos. De igual forma, centra su 
atención en la superación académica como Técnicos en gestión empresarial y comercial con 
énfasis en Mantenimiento Electrónico de Equipos Domésticos y de pequeña industria y ventas 
de Productos y Servicios como respuesta a las exigencias que el contexto socio cultural y 
laboral requiere, formando lideres generadores de sus propios negocios o microempresas 
enmarcados en la productividad de manera que incida en el mejoramiento de la calidad de 
vida del estudiante y de su familia. 
3.3 VISIÓN 
Consolidarnos en el año 2015 como una institución líder en educación con alto nivel académico, 
formadora de excelentes seres humanos y de reconocimiento regional en el desarrollo del 
pensamiento empresarial y comercial como aporte al mejoramiento de la calidad de vida de 
nuestros estudiantes y de sus familias. 
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3.4 MISIÓN 
Brindamos a la niñez y juventud Megarense una educación integral de excelente calidad, 
desarrollando sus potencialidades con sentido humano y permitiéndoles proyectarse en el 
mundo empresarial y laboral con competencias en ventas de productos y servicios y personal 
calificado en el mantenimiento electrónico de aparatos domésticos y de pequeña industria. 
3.5. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA 
Objetivo General: 
Brindar una educación integral que garantice el desarrollo cualitativo de los procesos previa 
identificación de las necesidades de aprendizaje y de formación de los estudiantes de la 
Institución Educativa GABRIELA MISTRAL. 
Objetivos Específicos: 
· Dotar a la Institución de un MANUAL DE CONVIVENCIA que permita unificar criterios 
administrativos, pedagógicos, educativos y disciplinarios entre las diferentes instancias 
de la comunidad educativa. 
· Establecer los mecanismos de acción y normas que rigen la prestación del Servicio 
Educativo en la Institución Educativa Técnica Gabriela Mistral. 
· Interiorizar los deberes y derechos, con el fin de contribuir desde la convivencia escolar 
a la estructuración de un Proyecto de Vida. 
· Estimular y mantener el diálogo y la cordialidad entre los diferentes miembros de la 
comunidad educativa, para que la unidad de criterios y objetivos comunes guíen el 
desarrollo de los procesos institucionales. 
· Responder a las necesidades y expectativas de estudiantes, padres de familia, y 
comunidad en general mejorando continuamente los estándares de competencia del 
talento humano. 
ARTÍCULO 4. CONSTRUCCIÓN DE VALORES 
La I.E.T Gabriela Mistral reafirma su proyecto educativo sobre los siguientes valores: 
· EL RESPETO: “significa valorar a los demás, acatar su autoridad y considerar su dignidad. 
el respeto se acoge siempre a la verdad; no tolera bajo ninguna circunstancia la mentira 
y repugna la calumnia y el engaño” Es el reconocimiento de que algo o 
alguien tiene valor. Es la base del sustento de la moral y la ética. El respeto consiste en el 
reconocimiento de los intereses y sentimientos del otro en una relación. Aunque el 
término se usa comúnmente en el ámbito de las relaciones interpersonales, también 
aplica a las relaciones entre grupos de personas, en la Institución Educativa, entre países 
y organizaciones de diversa índole. No es simplemente la consideración o deferencia, 
sino que implica un verdadero interés no egoísta por el otro más allá de las obligaciones 
explícitas que puedan existir. 
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· LA RESPONSABILIDAD: Sobre el compromiso de mantener la integración de la 
comunidad Gabrielista, como un conjunto de individuos que al interactuar y compartir 
sus conocimientos, habilidades, destrezas, aptitudes y actitudes, crecen en su autonomía 
y generan un ambiente de experiencias centrados en la ciencia y la cultura. 
· LA LEALTAD: Es el respeto a las convicciones, es la más sublime expresión de nuestro 
ser, es cuando se lucha sin tregua alguna por ser congruente con el propio existir. 
Es una obligación de fidelidad, una virtud que desarrolla nuestra conciencia, un 
corresponder, una obligación que se tiene con los demás. 
La lealtad es un compromiso consistente en el cumplimiento de lo que exigen las normas 
de fidelidad, honor y compromiso a defender lo que creemos y en quien creemos. 
La lealtad es un valor, Cuando somos leales, logramos llevar la amistad y cualquier otra 
relación a su etapa más profunda. 
· LA TOLERANCIA: del latín tolerare (sostener, soportar), es una noción que define el 
grado de aceptación frente a un elemento contrario a una regla moral 
Es la capacidad de saber escuchar y aceptar a los demás, aceptando la diversidad de 
opinión, social, étnica, cultural y religiosa, valorando las distintas formas de entender y 
posicionarse en la vida, siempre que no atenten contra los derechos fundamentales de la 
persona... sabiendo que hay que ejercer la tolerancia, y que no todo puede tolerarse. 
· LA SOLIDARIDAD: La Solidaridad es una característica de la sociabilidad que inclina al 
hombre a sentirse unido a sus semejantes y a la cooperación con ellos. se manifiesta en 
reconocer en el bien común, el sentido de una vida exitosa para todos. 
Podemos manifestar esta unión y cooperación, cada vez que procuramos el bienestar de 
los demás, participando en iniciativas que nos impulsen a servirles, como puede ser la 
visita a los enfermos en un hospital, haciendo colectas de ropa y alimentos para los más 
necesitados, en un grupo que imparta educación en comunidades marginadas, 
colaborando en campañas de cuidado y limpieza de calles y áreas recreativas de la 
comunidad, en los momentos que auxiliamos a quienes son víctimas de alguna 
Catástrofe, es decir, prestando nuestros servicios en la creación de mejores condiciones 
de vida. 
· LA PUNTUALIDAD: Es la disciplina de estar a tiempo para cumplir nuestras obligaciones 
Es muy importar para ayudar a formar nuestro carácter. Un aspecto importante de la 
puntualidad, es concentrarse en la actividad que estamos realizando, procurando 
mantener nuestra atención para no divagar y aprovechar mejor el tiempo. 
CAPÌTULO II 
“Por una educación de calidad”
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MARCO LEGAL 
ARTÍCULO 5. FUNDAMENTACIÓN LEGAL. 
La Institución Educativa Técnica Gabriela Mistral es de carácter oficial con modalidad técnica y 
con énfasis en ventas de productos y servicios y electrónica brindándoles herramientas valiosas 
a nuestros estudiantes para que se perfilen como empresarios, además de velar por una 
educación integral. 
Para la estructuración del presente Manual de Convivencia se tienen en cuenta las siguientes 
normas: 
El Manual de Convivencia de la I.E.T. “GABRIELA MISTRAL “será interpretado en conformidad 
con las normas vigentes, y la interpretación del Proyecto Educativo Institucional, La Constitución 
Política de Colombia, Ley 1098 de la infancia y la adolescencia, la Ley 115 General de Educación 
y las disposiciones reglamentarias vigentes, así como por la jurisprudencia de los diferentes 
tribunales que administran justicia. En especial se inspira en: 
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA: Título II, de los derechos, las garantías y los deberes. 
Resaltamos los siguientes artículos (1: Dignidad humana, 2: Fines esenciales del Estado, 16: 
Libre desarrollo de la personalidad, 18: Libertad de conciencia, 29: Debido proceso, 44: 
Derechos de los niños, 67: Derecho a la educación y 68: Libertad de enseñanza). 
LEY 115 DE 1994 O LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, Títulos I, II, III, IV, V, VII, X, artículos (5: Fines 
de la educación, 6: Comunidad educativa, 7: La familia, 24: Formación ética y moral, 91: El 
Estudiante, 92: Formación del educando, 93: Representante de los estudiantes, 94: Personero 
de los estudiantes, 95: La matrícula, 96: Permanencia en el establecimiento educativo y 97: 
Servicio social obligatorio). 
LEY 112 DE 1991 CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ 
LEY 375 DE 1997 O LEY DE LA JUVENTUD. 
LEY 1098 DE 2006 O CÓDIGO DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA. Se adopta toda la ley y 
Destacamos los siguientes artículos (7: Protección integral, 8: Interés superior de los niños, las 
niñas y los adolescentes, 9: Prevalencia de los derechos, 11: Exigibilidad de los derechos, 18: 
Derecho a la integridad personal. 20: Derecho de protección. 26: Debido proceso, 28: Derecho a 
la educación, 31: Derecho a la participación de los niños, niñas y los adolescentes 33:Derecho a 
la intimidad 42:Obligaciones especiales de las instituciones educativas, 43:Obligación ética 
fundamental de los establecimientos educativos y 44: Obligaciones complementarias de las 
instituciones educativas) anexar padres de familia y acudientes 
DECRETO 1860 DE 1994, reglamentario de la Ley 115 en los aspectos pedagógicos y 
organizativos. 
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Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. 
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DECRETO 1290, sobre evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles 
de educación básica y media. 
DECRETO 1108 DE 1994. CAPITULO III “Porte y consumo de estupefacientes” 
CÓDIGO DISCIPLINARIO ÚNICO LEY 734 DE 2002 Artículo 18.: Artículos significativos como: 
(18: Proporcionalidad, 35: Prohibiciones y 42: Clasificación de las faltas) 
DECRETO 1286 DE 2005 “Por el cual se establecen normas sobre la participación de los padres 
de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y 
privados”… Reglamenta el Consejo de Padres y la Asociación de Padres de Familia”. 
- Ley 1453 de 2011 o ley de Seguridad Ciudadana. 
LEY 1620 DEL 15 DE MARZO DE 2013 "por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia 
Escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y 
la prevención y mitigación de la violencia escolar" Se adopta toda Ley y resaltamos los 
siguientes artículos. 1: Objeto de la ley, 2: Competencias ciudadanas, Educación para el ejercicio 
de los derechos humanos sexuales y reproductivos, Acoso escolar o bullyn, Ciberbullying o 
Ciberacoso sexual. 3: Creación del Comité de Convivencia Escolar, 4: Objetivos del Sistema, 5: 
principios del Sistema, 6: estructura del sistema,12: Conformación del Comité escolar de 
convivencia y 13: Funciones del Comité escolar den Convivencia. Y SU Decreto reglamentario 
1955 de 2013 
JURISPRUDENCIAS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL (T492 DE 1992, T519 DEL 992, T429 DE 1992, 
ENTRE OTRAS). 
La reglamentación propuesta en este MANUAL DE CONVIVENCIA, tiene obligatoriedad de 
cumplimiento, una vez los padres de familia han decidido matricular a su hijo(a) en la I.E.T. 
“GABRIELA MISTRAL”, pues se están acogiendo al artículo 68 de la Constitución Política de 
Colombia. 
La Reforma Del Manual De Convivencia. Será evaluado y ajustado cada dos años y antes si la 
normatividad vigente lo exige, por la comunidad educativa de la institución (Artículo 9 del 
Decreto 1423 de 1.993) Este Manual rige a partir de la fecha de su expedición y debe ser 
ampliamente difundido por las directivas del plantel y sus educadores ante todos los miembros 
de la comunidad educativa. La reforma del manual se llevará a cabo por el Consejo Directivo, 
bajo el siguiente procedimiento: 
Se conforman mesas de trabajo para reformar el Manual de Convivencia con participación de 
diferentes estamentos de la Comunidad Educativa, (Padres de familia, estudiantes, docentes, 
exalumnos, directivos, personal administrativo) y se realizan propuestas para ajustes. 
Las propuestas de modificación serán presentadas por escritos debidamente motivados y 
justificados a la rectoría. 
El Consejo Directivo estudia la propuesta y toma la decisión de aceptarla en su totalidad o 
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en parte de rechazarla y formular sus propias iniciativas si las juzga pertinentes. En caso de 
ser aceptadas, el Consejo Directivo elabora su propia formulación, las aprueba y ordena su 
incorporación al P.E.I. 
Una vez aprobado el manual por el Consejo Directivo, la institución procede a su publicación y 
difusión . 
ARTICULO 6. APLICABILIDAD NORMATIVA 
El presente manual ha pretendido ajustar su legislación a principios, mandatos, reformas 
legislativas e institucionales nacionales, generando estados de situación comprensible a nivel de 
procesos, atendiendo que la a exigencia actual es la de reformular las políticas institucionales, 
con un enfoque de derechos, que sea garantía de protección integral y le permita cumplir con la 
Ley. En ese aspecto se tiene en cuenta el tema de correspondencia y corresponsabilidad entre 
familia, sociedad y estado, como agentes esenciales en la formación integral del niño, pues 
están presentes de forma continua en los diferentes ámbitos y contextos en que se 
desenvuelve. 
Por ello se tiene como base la Ley 1098 de 2006 (Infancia y Adolescencia) en especial los 
artículos 40, 41, 42, 43, 44, 45 y que para su aplicabilidad indican que: 
ARTÍCULO 40. OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD 
En cumplimiento de los principios de corresponsabilidad y solidaridad, las organizaciones de la 
sociedad civil, las asociaciones, las empresas, el comercio organizado, los gremios económicos y 
demás personas jurídicas, así como las personas naturales, tienen la obligación y la 
responsabilidad de tomar parte activa en el logro de la vigencia efectiva de los derechos y 
garantías de los niños, las niñas y los adolescentes. 
ARTÍCULO 41. OBLIGACIONES DEL ESTADO 
El Estado es el contexto institucional en el desarrollo integral de los niños, las niñas y los 
adolescentes. 
ARTÍCULO 42. OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS 
Para cumplir con su misión las instituciones educativas tendrán entre otras las siguientes 
obligaciones: 
· Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su 
permanencia. 
· Brindar una educación pertinente y de calidad. 
· Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa. 
· Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo. 
· Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del 
proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad 
educativa. 
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· Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de 
aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación 
psicopedagógica y psicológica. 
· Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas 
nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la 
comunidad educativa para tal fin. 
· Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y 
adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica. 
· Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y 
dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada. 
· Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del 
patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional. 
· Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales. 
· Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición 
socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos. 
ARTÍCULO 43. OBLIGACIÓN ÉTICA FUNDAMENTAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS 
· Las instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas, tendrán la 
obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a 
su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. 
· Para tal efecto, deberán: 
· Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de 
la dignidad humana, los Derechos Humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las 
diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado 
hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial 
vulnerabilidad o capacidades sobresalientes. 
· Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, 
agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás 
compañeros y de los profesores. 
· Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, 
correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los 
comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con 
dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con 
capacidades sobresalientes o especiales. 
ARTÍCULO 44. OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS 
Los directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidad educativa en 
general pondrán en marcha mecanismos para: 
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· Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento. 
· Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición, 
maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y 
laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores 
formas de trabajo infantil. 
· Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud. 
· Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, 
integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. 
· Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, 
agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás 
compañeros o profesores. 
· Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, 
correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los 
comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes 
con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con 
capacidades sobresalientes o especiales. 
· Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen 
dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades 
competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las 
instalaciones educativas. 
· Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso 
y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad. 
· Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores 
formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes. 
· Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y 
la vida en pareja. 
ARTÍCULO 45. PROHIBICIÓN DE SANCIONES CRUELES, HUMILLANTES O DEGRADANTES 
Los directores y educadores de los centros públicos o privados de educación formal, no formal e 
informal, no podrán imponer sanciones que conlleven maltrato físico o psicológico de los 
estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de alguna manera afecten su dignidad. Así 
mismo, queda prohibida su inclusión bajo cualquier modalidad, en los manuales de convivencia 
escolar. 
CAPÍTULO III 
MARCO ADMINISTRATIVO 
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ARTÍCULO 7. LA COMUNIDAD EDUCATIVA 
Forman parte de la comunidad educativa Técnica Gabriela Mistral : 
· La familia 
· Los estudiantes debidamente matriculados 
· Los padres y madres de familia y/o acudientes. 
· La planta de personal directivo. 
· El grupo de docentes. 
· La planta de personal administrativo 
· El personal de servicios generales 
· Los bachilleres egresados. 
ARTÍCULO 8. INSCRIPCIÓN, ADMISIÓN Y MATRICULA 
8.1 INSCRIPCIÓN: 
Es el acto en el que el aspirante, que es representado por su padre o acudiente solicita la 
admisión en cualquiera de los grados que ofrece la institución. Se debe adquirir el formulario 
directamente en la secretaria de la institución, diligenciarlo correctamente y hacerlo llegar 
oportunamente a la institución con los documentos requeridos para el grado solicitado 
8.2 PRECISIONES SOBRE INSCRIPCIONES 
· La inscripción no es considerada como derechos de admisión. 
· Los estudiantes nuevos son aquellos que ingresan por primera vez a la institución o quienes 
vuelven nuevamente después de algún tiempo. 
· El ingreso de estudiantes nuevos depende de los cupos disponibles que existan. 
· Las inscripciones se efectuaran en las fechas pre – establecidas por la institución. 
· En el proceso de inscripción se cancelará el costo del formulario según acuerdo establecido 
por el consejo directivo. 
8.3 ADMISIÓN 
Es el acto por el cual la Institución confiere al estudiante el derecho a matricularse como 
estudiante de la misma. 
8.4 REQUISITOS 
· Que el formulario de inscripción haya sido diligenciado correctamente. 
· Que demuestre excelente comportamiento 
· Adquirir conocer y aceptar y el Manual de Convivencia. 
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· Cancelar los costos educativos que el Consejo Directivo estime Conveniente. 
8.5 DERECHO A CUPO 
Para que un estudiante tenga derecho a cupo para el grado siguiente debe cumplir con las 
siguientes condiciones: 
· Haber aprobado la totalidad de las áreas académicas del grado inmediatamente 
anterior. 
· Tener un excelente comportamiento. (Copia del anecdotario) 
· Estar a paz y salvo con todos los compromisos adquiridos o derivados de los servicios 
prestados por la Institución. 
· Diligenciar el formulario de inscripción 
· Matricularse en las fechas establecidas 
· Presentarse el día de la matrícula 
· Leer, diligenciar y apropiarse del contrato de matrícula. 
· Cumplir con las edades requeridas por la Institución. 
PARAGRAFO: El cupo para los estudiantes que reprueban el año, estará sujeto a su 
valoración de comportamiento que bajo ninguna circunstancia podrá ser inferior al 
desempeño básico. 
8.6 MATRICULA 
Es un acto jurídico (contrato) que formaliza la vinculación de los estudiantes, padres de familia o 
acudientes a cumplir con las normas internas de la Institución dentro del proceso de formación 
integral. Se realiza por una sola vez cuando se ingresa a la institución y será renovada cada año 
lectivo. 
8.7 CLASES DE MATRÍCULA 
1. MATRÍCULA ORDINARIA: Es la otorgada al estudiante en la fecha indicada sin condición 
especial , antes de iniciar labores académicas de acuerdo al calendario escolar establecido 
por la secretaria de educación del departamento del Tolima 
2. MATRÍCULA EXTRAORDINARIA: Se efectúa después de vencido el plazo para realizar la 
matrícula ordinaria. los requisitos son iguales al anterior siempre y cuando haya cupos 
disponibles y no haya transcurrido una cuarta parte del tiempo total previsto para las 
actividades pedagógicas. Artículo 52 del decreto 1860. 
3. MATRÍCULA POR TRANSFERENCIA: Se realiza previa disponibilidad de cupos y presentación 
de requisitos exigidos para estudiantes nuevos. Debe presentar traslado de matrícula de la 
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institución de donde proviene especificando el último día de asistencia a clases. La 
valoración de su comportamiento social debe ser mínimo sobresaliente y presentar buen 
rendimiento académico. Los casos especiales serán estudiados por el Comité de Evaluación y 
Promoción del grado al que aspira el estudiante. 
8.8 REQUISITOS PARA MATRÍCULA 
· Estar dentro de las edades señaladas para el respectivo nivel, de acuerdo con las normas 
establecidas por el Ministerio de Educación Nacional. 
· Presentarse en la hora y fecha indicadas por la institución, acompañado de su 
representante legal o acudiente. 
· Haber sido oficialmente admitido. 
· Estar a paz y salvo con la Institución en todo concepto. 
· Tener orden de matrícula. 
· Diligenciar debidamente los formularios. 
· Traer todos los documentos de requisito para ser matriculado en la Institución. 
PARAGRAFO: La matrícula da derecho a pertenecer a la Institución, pero ésta se reserva el 
derecho a ubicarlo en la sede y jornada cuando las circunstancias lo ameriten por 
reorganización administrativa, necesidad pedagógica, circunstancias del entorno o cualquier 
otra causa justificada. 
8.9 MATRÍCULA CON COMPROMISO 
Es la que aunque se haga dentro de las fechas establecidas está sujeta a condiciones 
especiales para el estudiante a través del consejo directivo bien sea por problemas graves 
de disciplina y/o insuficiencias continuas académicas. Se elaborará un acta compromisoria 
firmada por el padre o acudiente y el estudiante. También se aplica a los estudiantes 
repitentes a los cuales se les conceda cupo. 
Parágrafo: Si terminado el primer periodo académico el estudiante no mostró cambio de actitud 
en su comportamiento y en su desempeño académico el estudiante será entregado a su 
acudiente. 
8.10 DE LOS ESTUDIANTES NUEVOS 
Se entiende por estudiante nuevo, aquel que es autorizado para matricularse y fue seleccionado 
entre la población estudiantil que no ha estudiado en la Institución o que ha dejado de hacerlo 
por más de un año lectivo. Para ser admitido debe cumplir con los requisitos que exija el 
Consejo Directivo. Estos requisitos se adaptarán cada año de acuerdo a las necesidades y se 
publicarán en acta de Rectoría y teniendo cuenta los criterios establecidos para la admisión. 
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PARAGRAFO 1: La Institución, por intermedio de sus directivas se reserva la readmisión de 
estudiantes que por alguna razón hayan salido de la Institución y deseen regresar a formar parte 
de la misma. En tal evento, la readmisión estará supeditada al análisis de informe académico y 
del comportamiento del estudiante durante el o los años que cursó anteriormente en la 
Institución. 
PARAGRAFO 2: Los estudiantes nuevos procedentes de otros países se regirán por el proceso de 
validación o equivalencia tal como lo señala el Decreto Nº 2832 de 2005 en su Art. 2 y se 
informará a la Secretaria de Educación. Se les exigirá un curso o plan de trabajo en el dominio 
de La Lengua Española, La Lengua Extranjera (Inglés) y Las Ciencias Sociales (Geografía e Historia 
de Colombia). Sustentado estos requisitos se procederá al proceso de inscripción de estudiantes 
nuevos de la institución. 
8.10.1 PROCEDIMIENTO DE MATRICULA PARA ESTUDIANTES NUEVOS 
· Haber sido oficialmente admitido como estudiante nuevo. 
· Presentarse con sus padres o acudiente en la hora y fecha establecida por la Institución 
para sentar matrícula de acuerdo a la orden de matrícula. 
· Presentar el último boletín o informe académico con el año PROMOVIDO, carta de 
certificación buena conducta, paz y salvo actualizado de la Institución de procedencia y 
haber presentado los documentos solicitados en el proceso de admisión. 
· Presentar Contrato de Prestación de Servicios Educativos. 
8.10.2 MATRÍCULAS ESTUDIANTES NUEVOS PARA EL GRADO ONCE Y DECIMO 
Se tendrá en cuenta lo siguiente: 
· Admisión para el grado Once, hasta antes de finalizar el primer periodo académico por 
compensación de currículo y tiempo de nivelación de saberes del estudiante 
· Si la Institución de procedencia oferta la misma o similar técnica de la institución, se 
convalidan los saberes (Certifica el Coordinador de las Técnicas). 
· Si la institución de procedencia NO oferta la misma Técnica de la Institución, el 
Coordinador de las Técnicas, asigna la especialización previo estudio de cupos. Con el 
Padre/Madre de Familia y/o Acudiente y estudiante acordarán por escrito cuál de las 
siguientes opciones opta el estudiante para desarrollar el plan de ajuste y nivelación 
para compensar el currículo, firmando para ello la respectiva Acta de Compromiso. 
Opciones para nivelar: 
· Solicitar los módulos a los docentes y por autoformación realizar las actividades y 
presentar los informes y evaluaciones de nivelación. 
· Realizar cursos virtuales o presenciales en el Sena o cualquier institución certificada para 
convalidar saberes. Debe presentar certificación. 
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· Asistir en jornada contraria a nivelar conocimientos y competencias. 
PARÁGRAFO: Si en el plan de estudios de la Institución de procedencia se desarrollan módulos o 
asignaturas afines a las de la Especialidad en la que se vincule al estudiante estos se 
convalidaran. 
8.11 DE LOS ESTUDIANTES ANTIGUOS 
Se entiende por estudiante antiguo aquél que ha cursado en la Institución el año lectivo 
correspondiente y ha renovado su matrícula dentro de los plazos fijados por la Institución. 
8.11.1 PROCEDIMIENTO DE MATRICULA DE ESTUDIANTES ANTIGUOS 
· Haber obtenido la promoción de grado correspondiente en su calidad de estudiante antiguo. 
· Presentarse con sus padres o acudiente en la hora y fecha establecida por la Institución 
para sentar matricula de acuerdo a la orden de matrícula. 
· Presentar paz y salvo actualizado del año que finalizó. 
· Presentar Contrato de Prestación de Servicios Educativos 
8.12 EDADES PARA MATRÍCULA 
NIVELES EDADES 
Pre – escolar 5 años cumplidos 
PRIMARÍA : 1° y 2° 
hasta 8 años 
3º 
hasta 10 años 
4º y 5º 
hasta 12 años 
BÁSICA SECUNDARÍA: 6° y 7° 
8º y 9º 
Hasta 14 años 
Hasta 16 años 
MEDIA TÉCNICA 
10º Y 11º Hasta 18 años 
PARÁGRAFO: Cuando un estudiante no cumple con las edades establecidas pero certifica 
excelente comportamiento y rendimiento académico el Consejo Directivo autorizará su 
matrícula con actas de compromiso según el caso y según disposición de cupos. Los cupos de los 
estudiantes con NEE se establecerán de acuerdo a la Ley y con base en el concepto del 
profesional de apoyo si lo hubiere. 
8.13 DOCUMENTOS REQUERIDOS 
PARA PREESCOLAR 
· Registro Civil 
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· Copia del Seguro médico 
· Copia del R.H. 
· 3 fotos tamaño documento 
· Carné de vacunación 
PARA ESTUDIANTES DE BÁSICA – SECUNDARIA Y MEDIA TECNICA 
· Formulario de inscripción debidamente diligenciado. 
· Contrato de servicios educativos firmado por parte del acudiente y estudiante 
· Fotocopia del carné de salud vigente 
· 4 Fotos recientes tamaño 3x4. 
· Informe final del año anterior 
· Paz y salvo institucional del año anterior 
· Fotocopia del R.H. 
· Fotocopia de la Tarjeta de Identidad. 
· Fotocopia del anecdotario (estudiantes nuevos) 
· Carpeta blanca con ganchos tamaño oficio 
· Certificados de los años anteriores desde el grado quinto hasta el último grado cursado. 
· Certificado del retiro de SIMAT de la institución de procedencia. 
· Reportes médicos para niños con necesidades especiales. 
PARÁGRAFO: El estudiante que aspira a estudiar en la Institución debe presentarse con su 
acudiente en el momento de la matrícula. 
8.14 DE LA RENOVACIÓN DE MATRÍCULA 
La renovación de matrícula es el acto jurídico mediante el cual el acudiente y estudiante 
legaliza su permanencia en la institución para cada año escolar. 
· La matrícula puede renovarse en los siguientes casos: 
· Cuando el estudiante haya sido promovido al grado siguiente al termino del año lectivo. 
· Cuando a juicio de la comisión de promoción el estudiante sea promovido a un grado 
superior, dentro del mismo año académico. 
· Cuando el estudiante repruebe el año cursado de acuerdo con lo establecido en el 
artículo 53 del decreto 1860 de 1994, y manifieste su voluntad de repetirlo; y no tenga 
antecedentes disciplinarios calificados como graves, según lo previsto en el manual de 
convivencia. siempre y cuando hayan cupos. 
· Cuando no exista una recomendación del comité de evaluación y avalada por el consejo 
directivo para que por rendimiento académico o disciplinario el estudiante no sea 
admitido dentro de la institución para el grado siguiente o para el mismo grado en caso 
de repitencia. 
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· Si el estudiante no se presenta a renovar la MATRÍCULA en las fechas establecida por la 
institución se entiende que no está interesado en el cupo y será otorgado a un nuevo 
estudiante. 
8.15 DERECHO DE RESERVA DE LA INSTITUCIÓN PARA RENOVAR LA MATRÍCULA 
En los siguientes casos la Institución se reserva el derecho de renovar la matrícula: 
· Al estudiante que presente constante y sistemático incumplimiento en acuerdos de 
convivencia. 
· Estudiante cuyos Padres de Familia o Acudiente presenten constante inasistencia a los 
talleres de Padres, Entregas de Informes Académicos o citaciones Institucionales. 
· Aquellos estudiantes que durante dos años consecutivos no hayan sido promovidos al grado 
siguiente. 
· Cuando haya sido sancionado por la institución educativa por faltas gravísimas que atenten 
contra el bienestar e integridad de la Comunidad Educativa. 
8.16 CANCELACIÓN DE MATRÍCULA 
· Voluntaria: Cuando el padre o acudiente decide retirar al estudiante del plantel, en este caso 
la institución se reserva el derecho a recibirlo nuevamente. si se autoriza su ingreso deberá 
realizar todo el proceso desde la inscripción y se considerará como alumno nuevo. 
· Involuntaria: Cuando por fuerza mayor por caso fortuito comprobado no puede terminar el 
año en la institución. para el siguiente año se Matriculará como alumno antiguo. 
· Por parte de la Institución: Cuando se incumple lo convenido en el manual de convivencia la 
institución se reserva el derecho de admisión por los siguientes años según lo establecido 
en la misma resolución. 
· Cuando un estudiante al Matricularse ha firmado un acta de compromiso e incumple con lo 
aceptado en ella. 
· Cuando un estudiante repruebe consecutivamente en dos ocasiones un mismo grado. 
· Cuando un estudiante presenta logros pendientes en dos periodos consecutivos en cinco o 
más áreas. 
· Cuando se haya cumplido totalmente el debido proceso disciplinario y el Consejo Directivo 
haya tomado la decisión de la exclusión. 
ARTÍCULO 9. RESPECTO A LA SEDE Y JORNADA 
Los estudiantes que tendrán derecho a que se respete su Sede y/o Jornada, si así lo desean son 
aquellos que: 
· Durante el año escolar hayan demostrado buen rendimiento académico y disciplinario. 
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· Los estudiantes que su lugar de residencia sea en la zona rural. 
· Los que medicamente demuestren la necesidad de garantizarles la jornada donde venían 
estudiando. 
· Aquellos que cumplan estrictamente con la hora de llegada a la institución. 
· PARÁGRAFO: Cuando la Institución necesite reorganizar uno o varios cursos, por causas 
administrativas, del entorno u otra causa justificada y se haga necesario transferir a uno 
o varios estudiantes. 
ARTÍCULO 10: LA ASISTENCIA ESCOLAR 
Todos los estudiantes Matriculados deben cumplir con las horas escolares establecidas por la 
institución y la inasistencia injustificada a un 20% de las actividades académicas del año escolar, 
es causal para la no promoción al finalizar el año, de acuerdo a la autonomía institucional 
autorizada por el Decreto 1290 de 2009. 
Desde la coordinación (académica) se ejerce el control diario de asistencia a clases con el apoyo 
de los monitores académicos quienes manejarán un formato para registrar la inasistencia de los 
estudiantes. 
Inasistencias: Se da cuando un estudiante no se hace presente a la jornada académica. La 
inasistencia sólo se justifica cuando: 
· Se presenta incapacidad médica explicita 
· Por calamidad doméstica como: muerte o enfermedad grave de familiares cercanos, 
catástrofes entre otros. 
· Los estudiantes que estén representando a la institución en eventos municipales, 
departamentales, nacionales o internacionales. 
· Los estudiantes que participen en actividades lúdicas, deportivas u otras que requieran su 
inasistencia. 
Cuando el estudiante regresa a la institución después de una inasistencia y antes de ingresar al 
salón de clase, debe entregar en la coordinación académica la excusa formal, debidamente 
justificada, firmada por los padres de familia. 
Autorizaciones de ausencia de la institución: Cuando se trata de ausencia de la institución por 
tres o más días, esta autorización la concede el coordinador académico, previo cumplimiento 
de estos requisitos: 
· Solicitud formulada por escrito por sus padres o acudientes, con cinco días de antelación a la 
fecha de ausencia. 
· Si se trata de alguna representación deportiva o cultural, carta de la institución responsable. 
· Fotocopia de los resultados académicos del período anterior. 
· Certificado de buen comportamiento expedido por el coordinador de convivencia. 
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EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA 
Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 
Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. 
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Permisos para salir de la institución: Este permiso lo concede el coordinador de convivencia, 
previa solicitud enviada por los padres de familia o acudientes, quienes deberán acudir 
personalmente a la institución a firmar el retiro. 
Es responsabilidad de los padres cualquier circunstancia que se presente después de que los 
alumnos se retiren de la Institución Educativa. 
PARÁGRAFO 1.Incumplimiento a la jornada escolar: cuando un estudiante llega a clase 5 
minutos después de haber comenzado la jornada de clase o a cualquier actividad programada 
por la institución el docente responsable de la clase o actividad hará anotación en el observador 
y si reincide lo remite a coordinación académica para establecer compromisos con el padre de 
familia. 
PARÁGRAFO 2.Por ningún motivo un estudiante se puede dejar por fuera de clase ya que somos 
garantes de los niños (as) y adolescentes y responsables de su integridad física y moral dentro 
de la convivencia escolar. (Artículo 42 # 1 y Artículo 44 # 4 de la Ley 1098). 
PARÁGRAFO 3: Permisos y excusas: Los permisos y excusas deben ser presentados por el 
acudiente en coordinación académica presentando la correspondiente certificación médica o 
excusa en forma escrita y personal. Toda ausencia con o sin excusa queda registrada en el 
control diario del estudiante y contabilizada como falla. Toda ausencia mayor o igual a un día 
debe ser justificada personalmente por el acudiente cualquiera sea la razón, dentro de los tres 
(3) primeros días hábiles una vez se haya dado la ausencia. 
ARTÍCULO 11. PRESENTACION PERSONAL DE LOS ESTUDIANTES 
Todos los estudiantes de la Institución Educativa Técnica Gabriela Mistral deben utilizar el 
uniforme de diario y el uniforme de educación física según los parámetros establecidos y desde 
el PRIMER DIA DE CLASE para los estudiantes antiguos. 
Por tal razón el uniforme debe portarse con respeto, decoro, dignidad y orgullo, dentro y fuera 
de la institución, adquiriendo el sentido de pertenencia con la misma. 
Bajo Ninguna circunstancia los estudiantes y/o los padres de familia o acudiente podrán cambiar 
el modelo del uniforme. 
UNIFORME 
OFICIAL 
FEMENINO 
UNIFORME 
OFICIAL 
MASCULINO 
UNIFORME 
DE 
EDUCACIÓN 
FÍSICA 
UNIFORME OFICIAL DE 
LA TÉCNICA VENTAS 
GRADOS 10º Y 11º 
UNIFORME OFICIAL DE LA 
TÉCNICA ELECTRÓNICA 
GRADO 10º Y 11º 
Falda 
pantalón 
Pantalón en 
lino azul 
Buso blanco 
con cuello en 
FEMENINO MASCULI 
NO 
FEMENINO MASCULINO 
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en lino azul 
oscuro, 
sobre la 
rodilla 
oscuro bota 
recta, con 
pretina, 
pasadores y 
cinturón 
negro, según 
modelo 
“V” con 
ribete vino 
tinto y 
amarillo, el 
escudo de la 
institución 
debe ir 
cocido al 
lado 
izquierdo 
según 
modelo; 
Pantaloneta 
vino tinto 
con embone 
amarillo, 
según 
modelo 
Pantalón 
azul bota 
recta 
Únicament 
e aretes 
pequeños 
blancos. 
Cabello 
recogido 
moña 
blanca o 
azul (Cola 
de caballo) 
Pantalón 
azul en 
gabardina 
bota 
recta 
Sin 
accesorio 
s 
(piercings 
, 
expansion 
es, 
manillas 
entre 
otras) 
Corte de 
cabello 
clásico y 
corto 
Pantalón 
camuflado 
negro con 
bolsillos 
laterales 
Únicamente 
aretes 
pequeños 
blancos. 
Cabello 
recogido 
moña 
negra(Cola 
de caballo) 
Pantalón 
camuflado 
negro con 
bolsillos 
laterales 
Sin 
accesorios 
(piercings, 
expansiones, 
manillas 
entre otras) 
camibusos 
con bolsillo 
al lado 
izquierdo 
donde 
llevará 
cocido el 
escudo de 
la 
institución 
según 
modelo 
camibusos 
blanco con 
bolsillo al lado 
izquierdo 
donde llevará 
cocido el 
escudo de la 
institución 
según modelo 
Sudadera 
vino tinto 
con embone 
amarillo, 
bolsillo a 
lado y lado, 
bota recta y 
pantaloneta 
vino tinto 
con embone 
amarillo, 
según 
modelo 
camisa 
manga tres 
cuartos a 
rayas color 
tiza donde 
en la parte 
izquierda 
del frente 
irá bordado 
el logo del 
colegio, y al 
lado 
derecho el 
logo del 
SENA al 
cual está 
articulada 
camisa 
manga 
larga a 
rayas 
color tiza 
en la 
parte 
izquierda 
del frente 
ira 
bordado 
el logo 
del 
colegio, y 
al lado 
derecho 
el logo 
del SENA 
al cual 
está 
articulada 
Camibuso 
negro 
manga 
corta en 
la parte 
izquierda 
del frente 
ira el 
logo del 
colegio, y 
al lado 
derecho 
el logo del 
SENA en 
hilo 
blanco. En 
la manga 
derecha 
debe ir 
bordado 
(ELECTRÓ 
NICA) y 
en la 
espalda 
Camibuso negro 
manga corta en 
la parte 
izquierda del 
frente ira el 
logo del colegio, 
y al lado 
derecho el logo 
del SENA en hilo 
blanco. En la 
manga derecha 
debe ir bordado 
(ELECTRÓNICA) 
y en la espalda 
debajo del 
cuello el 
Nombre y 
Apellido del 
aprendiz 
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debajo 
del cuello 
el 
Nombre y 
Apellido 
del 
aprendiz 
Medias 
colegiales 
blancas y 
zapato 
Completam 
ente negro 
de amarrar. 
Medias azul 
oscuro y 
zapato 
completament 
e negro de 
amarrar. 
y opcional 
una gorra 
vino tinto 
según 
modelo. 
zapatos 
negros 
tacón 3 ½ 
cm de alto 
cerrado 
Zapatos 
negros de 
amarrar 
en 
material. 
Medias 
largas 
Botas de 
suela 
aislante, 
de 
amarrar 
(Negra, 
Beige o 
café) 
Medias largas 
Botas de suela 
aislante, de 
amarrar (Negra, 
Beige o café) 
PARÁGRAFO 1 Si un estudiante no se puede presentar con el uniforme correspondiente, el 
padre de familia o acudiente debe justificar ante la Coordinación para que sea otorgado el 
permiso por escrito, sin el cual no podrá ingresar a clase y en dicho caso presentarse con el otro 
uniforme de particular no se puede presentar. 
PARÁGRAFO 2 Para estudiantes nuevos se les concederá un tiempo de transición hasta de 
quince (15) días hábiles después de iniciado el periodo de clase. 
11.1 PORTE DEL UNIFORME 
Los camibusos y busos de diario y Educación Física deberán ir dentro del pantalón y/o falda 
respectivamente. 
Para las mujeres la falda pantalón debe ir sobre la rodilla. 
La falda pantalón, el pantalón y la sudadera deben estar a la altura de la cintura 
La camisa de sudoración debe ser completamente blanca 
No llevar elementos adicionales que dañen la uniformidad (pulseras, piercing, collares, aretes 
largos y de colores etc. Estos serán decomisados por la coordinación y/o docentes). 
El corte de cabello y peinado para hombres debe ser clásico. 
Para las mujeres el cabello debe ir recogido con una bamba blanca o azul oscuro sin tintes 
ostentosos que dañen la uniformidad. 
No utilizar cuando se porte el uniforme del colegio maquillaje, uñas pintadas de colores fuertes. 
Para las prácticas de laboratorio de física y química deben usar una bata blanca. 
Los estudiantes de los grados 10 y 11 deben presentarse a las prácticas con los uniformes 
respectivos de acuerdo a la técnica de su elección. 
ARTÍCULO 12. HORARIOS 
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Es la distribución organizada que debe tener la institución para una buena organización y para 
asegurar el cumplimiento de las diferentes actividades. 
Los Horarios deben ser: 
· Publicados 
· Expuestos públicamente 
· Ser conocidos por todos los miembros de la Comunidad Educativa. 
· Deben ser controlados y cumplidos estrictamente. 
CAPITULO IV 
CORRESPONSABILIDAD DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA 
Es la responsabilidad compartida, quiere decir que dicha responsabilidad debe ser entendida 
como una obligación legal o moral, es común a los miembros de la Comunidad Educativa, 
quienes comparten una obligación o compromiso en determinado momento o circunstancia y 
teniendo como base la Sentencia 493 de la Corte Constitucional Corte Constitucional que 
plantea que “La educación es un Derecho – Deber” 
ARTÍCULO 13. PRINCIPIOS BASICOS PARA LA CONVIVENCIA DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA 
Implica: 
· Aprender a no agredirse. Base de todo modelo de convivencia social. 
· Aprender a comunicarse. Base de la autoformación personal y grupal. 
· El ejercicio responsable de los derechos y el cumplimiento de los deberes establecidos por 
parte de todos y cada uno de los miembros. 
· Aprender a interactuar. Base de los modelos de interacción social. Si me acerco a los otros, 
reconozco y acepto sus opiniones y aprendo a convivir. 
· Aprender a decidir en grupo supone aprender a sobrevivir y a proyectarse basados en la 
concertación. 
· Aprender a cuidarse. Base de los modelos y seguridad social. Aprender a cuidar el bienestar 
físico y psicológico de si mismo y de los otros es una forma de expresar amor a la vida. 
· Aprender a cuidar el entorno: fundamento de la supervivencia. La convivencia social es 
posible si aceptamos que somos parte de la naturaleza y del universo. 
· Aprender a valorar el saber cultural y académico, base de la evolución social y cultural. 
ARTÍCULO 14: MECANISMOS DE PERMANENCIA CONTINUIDAD Y RETENCIÓN ESCOLAR 
La Institución Educativa Gabriela Mistral garantiza buenas prácticas de inclusión y retención 
escolar evidenciadas en intervenciones educativas que tienen un efecto positivo en la 
participación y permanencia de los estudiantes en el sistema escolar, lo que implica diseñar 
estrategias generales de respuesta a la diversidad del alumnado, cualquiera sea su procedencia 
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o nivel de partida o características personales, a fin de acompañarlos en un proceso 
encaminado hacia el logro de los objetivos propuestos. ” 
La retención escolar la entendemos como la capacidad que tiene nuestro modelo educativo 
para lograr la permanencia de los estudiantes en las aulas, garantizando la terminación de ciclos 
y niveles en los tiempos previstos y asegurando el dominio de las competencias y conocimientos 
definidos por los marcos curriculares pertinentes. 
Lo anterior requiere el desarrollo de una educación inclusiva, que no sólo respete el derecho a 
ser diferente como algo legítimo, sino que valore explícitamente la existencia de esa diversidad. 
Por tanto, generar prácticas de retención e inclusión escolar implica diseñar estrategias 
generales de respuesta a la diversidad del alumnado, cualquiera sea su procedencia o nivel de 
partida o características personales, a fin de acompañarlos en un proceso encaminado hacia el 
logro de los objetivos propuestos. 
Las buenas prácticas apoyan las trayectorias educacionales de los estudiantes generando 
mecanismos flexibles y ofertas cada más diversificadas, con el fin de enfrentar rezagos en el 
aprendizaje, responder a los más diversos intereses de los estudiantes y ofrecer reales 
expectativas de proyección futura en sus búsquedas vocacionales. 
Estrategias institucionales para la retención escolar: 
• El trabajo conjunto de los docentes para planificar y gestionar las acciones educativas 
• Contar con instancias de participación para la gestión o elaboración del proyecto institucional, 
curricular y programaciones en el aula. 
• Contar con canales de participación para los estudiantes. 
• La autonomía del establecimiento y de cada docente a lo largo del tiempo para realizar ajustes 
al proceso educativo. 
Diseñar los programas de diversificación curricular cuando ya las medidas tomadas 
anteriormente para atender a los estudiantes son insuficientes (de reforzamiento en áreas de 
aprendizaje) 
• Diseñar acciones de reforzamiento de la convivencia estudiantil y al manejo de conflictos al 
interior del establecimiento . 
• Diseñar acciones que apoyen el desarrollo personal de los estudiantes con riesgo social 
Estrategias en el aula para la retención escolar: 
• La puesta en marcha de la planificación o programación 
• La gestión de recursos para el aprendizaje 
• Desarrollar estrategias para mejorar la autoestima de los estudiantes 
• Desarrollar formas de fomentar el aprendizaje cooperativo entre estudiantes. 
• Construir un clima relacional, basado en la aceptación, la seguridad y confianzas mutuas entre 
los estudiantes y los docentes. 
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• Implementar actividades complementarias, de apoyo al aula (actividades extraescolares, 
espacios y actividades de recreación, etc.) que permitan superar las barreras al aprendizaje y la 
participación. 
ARTÍCULO 15: INCLUSIÓN 
La ley 115, Título III, Modalidades de Atención Educativa a Poblaciones, capítulo1°, Educación 
para personas con Limitaciones o Capacidades Excepcionales 1997, que establece mecanismos 
de integración de las personas con discapacidad. 
El decreto 2082 del 18 de noviembre de 1996, por el cual se reglamenta la atención educativa 
para personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales. 
La ley 361 del 7 de febrero de 1997, que establece mecanismos de integración de las personas 
con discapacidad. 
Resolución 2565 de octubre de 2003 del Ministerio de Educación, por la cual se reglamenta las 
disposiciones para la atención a la población con necesidades especiales. 
ARTÍCULO 16: POBLACIÓN VULNERABLE: Los estudiantes en condiciones vulnerables son 
tenidos en cuenta en los diferentes programas que direcciona la Secretaria de educación siendo 
ellos los primeros beneficiados en cuanto tiene que ver con el desayuno escolar, el almuerzo, el 
transporte escolar y en los diferentes aportes que le llegan a la institución primero se tienen en 
cuenta a todos estos niños, niñas y adolescentes que tienen esta dificultad. 
Se implementan acciones de atención psicoactiva y proyectos educativos transversales. 
CAPITULO V 
CAMPAÑAS DE PREVENCION 
Nuestros estudiantes son el eje principal del proceso y del sistema educativo, de tal manera 
propendemos por el bienestar y la garantía de sus derechos con responsabilidad en el 
cumplimiento de su deberes y así evitar que los afecten, enfatizando la prevención del 
maltrato, físico, psicológico; el abuso y explotación sexual y todo tipo de discriminación. 
Se relacionan una serie de acciones como de medidas preventivas las cuales deberán entre 
otros aspectos tener su propia reglamentación, medir su impacto, ser orientadas por 
profesionales, expertos o conocedores en la temática, socializadas, incluyendo orientación a las 
familias sobre dicho proceso. No significa que sean las únicas, la Institución º otras acciones 
preventivas cuando las circunstancias lo ameriten 
· Jornada de Socialización de la Normatividad: Conocimiento de la Ley, de las Normas, 
Manual de convivencia. 
· Campañas de sensibilización y prevención por instituciones de apoyo: Policía Nacional, 
Hospital, Defensa Civil, Bomberos Voluntarios. 
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· Campañas de prevención y erradicación de las peores formas de trabajo infantil, la 
drogadicción, la explotación sexual y todas aquellas amenazas en las que está inmersa la 
sociedad actual. 
· Campañas de prevención de embarazos en adolescentes. 
· Talleres de Formación: Círculos Académicos, Escuelas de Formación Académica, Artística, 
Deportivas y Culturales. 
· Curso de capacitación docente y administrativo. 
· Cursos de formación complementaria. 
· Programas de difusión e información: Pagina web, Blog, carteleras, periódico escolar… 
· Proyectos de Formación y Proyección Personal y Profesional. 
· Programas de mejoramiento de la calidad educativa. 
· Convenios interinstitucionales: EPS, Escuelas de Enfermería y demás entidades. 
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ARTÍCULO 17.RUTAS DE ATENCIÓN 
La Ruta de Atención es un instrumento importante y eficaz para actuar en contra de los casos 
que atenten contra la vida y la integridad de los miembros de la comunidad educativa, 
especialmente los estudiantes, donde las autoridades competentes colaboran en este proceso. 
Por lo anterior podemos garantizar a nuestros ambiente libre de violencia y se contribuye a 
lograr la equidad y el respeto por la dignidad humana. 
DIRECTORIO DE AUTORIDADES Y ENTIDADES DE APOYO 
N° AUTORIDADES TELÉFONO 
1 POLICIA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA (PATRULLERA) 3014632058 
2 POLICIA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA (P. CAMILA) 3205764417 
3 POLICIA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA (P.MANJARREZ) 3134863438 
4 BIENESTAR FAMILIAR 2451732 
5 SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL(DRA ANDREA) 3144433522 
6 SECRETARIA DE GOBIERNO 
7 BOMBEROS 3134412164 
8 HOSPITAL LOUIS PASTEUR 2457268-2456168 
9 CRUZ ROJA COLOMBIANA 111-(8)2642344 
10 BOMBEROS VOLUNTARIOS 119-2453976 
11 DEFENSA CIVIL 3102352812 
12 RUTA ESCOLAR (FARID CÓRDOBA) 3185682028 
13 SERVICIO DE TAXIS 2456777-2450233 
14 SERVICIO DE BUSETAS 2450777 
CAPÍTULO VI 
DE LOS ESTUDIANTES 
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ARTÍCULO 18. PERFIL DEL ESTUDIANTE 
· Nuestro estudiante se describe como una persona reflexiva frente a un problema, 
analítica frente a una situación y competente en la solución de sus problemas, desarrolla 
valores cognitivos, sociales y morales. 
El estudiante Gabrielista debe ser una persona que: 
· Aporta y contribuye en la sociedad con sus ideas, habilidades y talentos. 
· Que se distinga por ser siempre una dama y un caballero en todas sus acciones, 
respetando, tolerando comprendiendo a los demás. 
· Ser siempre un estudiante íntegro y practicar en todo momento los valores. 
· Debe ser responsable de sus actos, aceptando las consecuencias que trae cada uno de 
ellos. 
· Ser creativo y autónomo en todas sus labores y deberes. 
· Ser reflexivo y consciente de su proceso de aprendizaje en la construcción de un 
proyecto de vida eficaz. 
· Asume la responsabilidad de sus acciones. 
· Aceptar sus errores y cada situación como una experiencia de aprendizaje y como un 
escalón en su vida. 
· Amarse y cuidar de sí mismo de modo que pueda hacerlo con los demás. 
ARTÍCULO 19: DERECHOS DEL ESTUDIANTES 
Los Derechos son términos que enmarcan una auténtica reciprocidad, al adquirirlos, también 
obtengo unos deberes, los cuales son un conjunto de principios y reglas que también imponen 
obligaciones, y determinan las relaciones sociales con los distintos estamentos de la institución. 
La corte Constitucional (S-492-1992) dice: “La educación es un derecho-deber en cuanto no 
solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comparte exigencias de cuyo 
cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho, 
Con base en los artículos 7 al 37 la Ley de la Infancia y la Adolescencia, el estudiante de la 
Institución Educativa Técnica Gabriela Mistral tiene derecho a: 
1. Tiene derecho a la vida, la integridad física, moral, la salud, la educación, el descanso y la 
recreación, la libre y respetuosa expresión de la opinión, la seguridad física y moral (Art. 
44 45 79, CPN, Art. 9 y 15 C M). 
2. Conocer el manual de convivencia y normas que lo promueven con sus respectivas 
aplicaciones para así, aceptarlo, cumplirlo y formar parte de la Comunidad Educativa 
Gabrielista 
3. Recibir orientación para superar dificultades y conflictos (Ley 1098, Art.43 #3, Art. 44 #6). 
(Ley 1098 Art. 42 #7, 8, 9, 10 y 11). 
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4. Recibir una formación integral en valores, basada en la afectividad, la ética, la academia , 
y lo religioso, proyectada al bien común 
5. Disfrutar del medio ambiente y de la planta física, sus dependencias, implementos y 
servicios que pueda utilizar el estudiante, de acuerdo al horario y normas establecidas 
por la Institución Educativa para tal fin. 
6. A la igualdad de oportunidades y eficaz cumplimiento de los estímulos por destacarse en 
actividades Institucionales. 
7. Utilizar adecuadamente materiales, recursos y ayudas didácticas que la institución 
ofrezca para el logro de los objetivos dentro del proceso educativo. 
8. A que se le evalúe cualitativa y permanentemente, conociendo las formas de evaluación 
por competencias según planilla e informarse sobre los resultados de las mismas y ser 
escuchadas sus reclamaciones respetuosas. 
9. A que se le realicen las evaluaciones que por causa justificada no se hayan presentado en 
día y hora fijada. 
10. Reconocimiento escrito en el observador por destacarse en actividades académicas, 
culturales, deportivas y todas aquellas que desarrolle la institución 
11. Participar en el gobierno escolar como representante de los compañeros cuando resulte 
elegido. 
12. Conocer los logros propuestos en cada una de las asignaturas al comenzar el año escolar. 
13. Presentar actividades de nivelación y recuperación en las áreas que presenta dificultad o 
deficiencia. 
14. Participar en la organización y evaluación institucional (Ley 1098 Art. 31 y 42 #4). 
15. Conocer las notas de cada periodo de manera oportuna, antes de ser pasadas al sistema 
académico, al igual que las notas del proceso durante todo el periodo. 
16. Recibir oportunamente sus evaluaciones para los reclamos o aclaraciones respectivas. 
17. Solicitar en la secretaria de la Institución Educativa certificados de calificaciones y 
constancias de estudio. 
18. A que se le revisen tareas, talleres, ejercicios realizados de las diferentes áreas para 
obtener calificación en dicha área. 
19. Recibir puntualmente las clases según el horario establecido por la institución. 
20. Recibir un trato amable, respetuoso y digno por parte de sus compañeros, profesores, 
directivas y demás miembros de la institución evitando el ser objeto de discriminación 
por sexo, edad, raza, religión o política. (Ley 1098 Art. 42 #12). 
21. Expresar libre y respetuosamente las inquietudes siempre y cuando no atente contra la 
integridad psicológica y moral de los demás miembros de la Comunidad Educativa (set. 
ST-02/92 Corte constitucional. 
22. Ser orientado y protegido contra el consumo y distribución de sustancias psico-activas 
que puedan producir dependencia y afectar su bienestar físico mental. 
23. Participar activamente en los eventos sociales, cívicos, religiosos, culturales y deportivos 
por el plantel, demostrando siempre excelente presentación personal y comportamiento. 
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24. Representar a la Institución Educativa en los diferentes eventos siempre y cuando 
redunde en bien de la comunidad y de él mismo. 
25. Al descanso y a la recreación, en los horarios y sitios establecidos para tal fin (Ley 1098 
Art. 30)- 
26. A gozar de la amistad de sus maestros, dentro de las normas del respeto mutuo y las 
respectivas distancias éticas, profesionales y personales (Ley 1098 Art. 41 #19, Art. 44 
#5). 
27. Ser informado oportunamente del cambio de horarios de clase y demás actividades 
programadas. 
28. Ser escuchado antes de ser sancionado haciendo buen uso al derecho a la defensa y al 
debido proceso. 
29. Ser escuchado en sus reclamos e inquietudes por sus profesores y directivas; siempre y 
cuando estas sean pronunciadas en forma oportuna y respetuosa. 
30. Tener acceso, en los horarios establecidos, a la biblioteca, y demás lugares de formación 
en el Institución Educativa. 
31. Ser auxiliado oportunamente en caso de accidente o enfermedad, por personal idóneo, 
mientras llega el acudiente o recibe atención profesional. 
32. Al debido proceso ante cualquier eventualidad académica y de convivencia. 
33. Presentar solicitud verbal o escrita, siguiendo el conducto regular, ante las personas e 
instancias correspondientes y obtener respuesta oportuna. 
34. Disfrutar del medio ambiente y de la planta física, sus dependencias, implementos y 
servicios que pueda utilizar el estudiante, de acuerdo al horario y normas 
establecidas por la Institución Educativa para tal fin. 
ARTÍCULO 20: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES 
El deber se entiende como un quehacer que engendra responsabilidad, y esta encierra la 
capacidad de responder por lo que se haga o se deje de hacer, directa o indirectamente. 
Los estudiantes Gabrielistas deben cumplir los siguientes deberes: 
1. Conocer y acatar el presente Manual de Convivencia. 
2. Evitar el fraude, plagio de trabajos y evaluaciones; sustracción de evaluaciones, 
cuestionarios o alterar el juicio valorativo de los mismos. 
3. Presentar las excusas justificadas por escrito al director de grado de las áreas del 
respectivo grado (en un tiempo hasta de 3 días hábiles). 
4. Entregar oportunamente la documentación requerida para participar en las diferentes 
actividades programadas por la Institución Educativa. 
5. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, 
procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año 
escolar. 
6. En caso de traer elementos que no hacen parte de los implementos escolares y que 
requieran para efectos académicos como (portátiles, video cámaras entre otros) deben 
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ser reportados al coordinador de convivencia, justificando la necesidad de portarlos y 
asumiendo toda la responsabilidad frente a la posible pérdida o deterioro del mismo. 
7. Presentar trabajos, exámenes y lecciones en la fecha y hora asignada, de lo contrario 
presentar excusa al profesor correspondiente, certificada por la coordinación de 
convivencia. 
8. Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus 
debilidades. 
9. Ser reconocido y respetado como sujeto social y miembro activo de la Comunidad. 
10. Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y 
sociales. 
11. Mantener un trato amable y respetuoso con todos los miembros de la comunidad 
educativa dentro y fuera de la institución 
12. Solicitar permiso para ausentarse de la institución en compañía de los padres o 
acudiente, previa autorización. 
13. Asistir puntualmente a las actividades escolares de acuerdo con los horarios establecidos 
para cada sede y jornada con sus respectivos útiles escolares o elementos de trabajo. 
14. Cultivar los valores humanos de la autenticidad, la búsqueda de la verdad, la sinceridad, 
la honestidad, la justicia, el diálogo, la gratitud, la constancia, en el cumplimiento del 
deber, espíritu de servicio y solidaridad con los demás. 
15. Demostrar sentido de pertenencia y lealtad a la Institución Educativa. 
16. Representar con seriedad y responsabilidad a la Institución en eventos de cualquier 
índole en todo lugar. 
17. Informar a los padres y/o acudientes sobre las citaciones a reuniones y otras actividades 
que se realicen en la Institución. 
18. Cumplir y participar en el aseo del salón de clase y de la institución en general. 
19. Asistir a la institución con una adecuada presentación personal, evitando modas que no 
estén de acuerdo con las directrices de la institución 
20. Evitar el consumo e ingreso de alcohol o sustancias psicoactivas a la Institución educativa 
y a las actividades programadas bajo el efecto. 
21. Hacer uso adecuado de las diferentes dependencias de la institución y de los recursos 
físicos, pedagógicos y ecológicos. 
22. Ser tolerante, comprender y atender a los aportes que hacen orientadoras, maestros, 
padres de familia y/o acudientes frente a su proceso formativo 
23. Respetar la libertad de pensamiento, conciencia, opinión o religión de los demás 
miembros de la comunidad educativa. 
24. Evitar las manifestaciones de tipo amoroso que atenten contra las normas de respeto y 
convivencia en las diferentes actividades que realice o participe la institución. 
ARTÍCULO 21: DEBERES FUERA DE LA INSTITUCIÓN 
Los deberes de todo miembro de la comunidad no se inscriben únicamente al interior de la 
Institución. La formación integral tiene que estar representada en los comportamientos que 
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cada uno de los integrantes de esta comunidad manifieste cuando actúa en otros medios, como 
el familiar y social; significando la continuidad del proceso formativo y educativo, claramente 
definido en la filosofía de la institución. 
Fuera de la institución el estudiante debe: 
1. Responder a los principios de educación y buenas maneras, propios de los miembros de la 
comunidad educativa. 
2. El uniforme de la Institución no debe ser utilizado en eventos o sitios públicos, excepto 
cuando sea en representación de la misma. 
3. Los bailes, minitecas y otros eventos nunca deben realizarse utilizando el nombre de la 
Institución, salvo que sea programada por la misma. 
4. Las ventas o cuotas grupales, solamente deben realizarse previa autorización de rectoría y 
Consejo Directivo de la institución. 
5. Mantener un comportamiento correcto en la calle, con los vecinos, en los medios de 
transporte, y en los sitios públicos. 
6. Respetar y conservar contra las zonas verdes, árboles, jardines y en general contra el 
patrimonio cultural y ecológico. 
OBSERVADOR DEL ESTUDIANTE 
El Observador del estudiante es una herramienta que permite el registro de todo el proceso 
académico, de comportamiento y disciplina, además de la información personal que en 
determinado momento necesite la Institución del estudiante. 
· Esta herramienta debe ser controlada, observando constantemente la 
discreción en lo consignado. El estudiante y el padre de familia o acudiente, 
Pueden solicitar el observador del alumno en cualquier momento, y solicitar 
copia de éste si así lo desean. 
· Para su manejo, el observador debe estar bajo la responsabilidad de la 
· Coordinación de convivencia, para permitir un fácil manejo. 
· El diligenciamiento del observador será exclusivo de los directores de grado, 
y el control se hará periódicamente por parte de la Coordinación de convivencia. 
· En el observador se deben registrar las fortalezas y debilidades observadas en los 
estudiantes. 
Estos comportamientos deben ser consignados por el docente o directivo docente que observe la falta o 
la fortaleza diligenciándolo correctamente 
ARTÍCULO 22: FALTAS Y SANCIONES 
Son todos aquellos comportamientos que quebrantan las obligaciones o deberes establecidos 
en el manual de convivencia, las normas y principios constitucionales, morales, éticos y sociales; 
que ameritan por lo tanto un correctivo, teniendo siempre en cuenta el debido proceso. 
De ello se debe dejar constancia escrita en el observador del alumno de manera clara, precisa y 
avalándola con las firmas de todos los que intervinieron. 
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ARTÍCULO 23. FALTAS LEVES: 
1. No portar el uniforme acorde con el modelo establecido. 
2. Presentarse con el cabello largo o rapado, cortes y/o tintes extravagantes. 
3. Presentarse a la institución y a clases después del horario reglamentado. 
4. No justificar la inasistencia a la institución dentro del plazo estipulado. 
5. El uso de teléfonos celulares, reproductores de música y otros dispositivos electrónicos 
durante la hora de clase o actos institucionales. 
6. Esconder, maltratar o arrojar objetos o útiles a otros compañeros. 
7. El no cumplimiento en las funciones de monitor, representante estudiantil, contralor y 
personería. 
8. Comprar o permanecer en la tienda escolar en horas distintas al descanso. 
9. Perturbar el normal desarrollo de la clase o actividad institucional con conversaciones no 
autorizadas, gritos, risas, burlas, juegos, gestos, silbidos, remedos, circulación por el salón en 
momentos inadecuados etc. 
10. Ausentarse del aula de clases o de algún acto institucional sin autorización. 
11.Arrojar papeles, desechos o desperdicios por fuera de las canecas o elementos designados 
para ello. 
12. Comer, beber o masticar alimentos o chicle en clase o durante algún acto institucional. 
13. Practicar un vocabulario soez y juegos agresivos u ofensivos. 
14. Cualquier conducta que vaya en contra de las normas de urbanidad y las sanas costumbres y 
que alteren la sana convivencia. 
15. Lucir cualquier tipo de maquillaje en ojos, labios, mejillas, uñas y peinados ostentosos 
durante la jornada escolar en actividades de la institución y otros portando el uniforme. 
16. No presentarse a cumplir con sus deberes escolares e irse a otros sitios diferentes. 
17. La Impuntualidad o inasistencia injustificada a todos los actos programados por la 
institución. 
18. Dormir durante las clases. 
19. Asumir una actitud de apatía, indiferencia y desinterés, frente a las actividades propuestas 
por los maestros y la institución. 
20. Entrar a las aulas, ambientes o laboratorios que no correspondan a su grupo sin 
autorización. 
21. Faltar con los materiales necesarios para el buen desarrollo de las actividades planteadas 
por la Institución en clases, lúdicas, retiros, convivencias, etc. 
22. Pegar chicles en sillas, paredes, pisos, elementos del aula, en ropa, cabello y útiles de sus 
compañeros(as) y demás miembros de la institución. 
23. Vender comestibles y otros elementos dentro del ambiente de clase y demás espacios 
académicos. 
24. No entregar oportunamente los comunicados, citaciones y demás comunicados a los Padres 
de Familia y/o acudientes. 
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25. Jugar, en las zonas no autorizadas como interiores, ambientes, baños, parqueaderos, 
auditorio, escaleras, parque infantil, pasillos entre otros. 
26. El no acatar con responsabilidad y respeto las observaciones ecológicas frente al manejo del 
entorno y el cuidado del agua y las instalaciones eléctricas. 
27. Permanecer en los ambientes de clase o en otros espacios, mientras la totalidad de la 
comunidad se encuentra en el patio en descansos o en actividades programadas por la 
institución. 
28. Las manifestaciones indiscretas e imprudentes de las relaciones de noviazgo y/o de pareja 
en la institución o en cualquier actividad programada por la Institución o portando el uniforme. 
Parágrafo I: Las faltas leves se convierten en graves , cuando el o la estudiante a pesar del 
acompañamiento y compromiso generado en el dialogo concertado , como proceso de 
seguimiento y control, señalado en el registro de valoración y bajo el acompañamiento del 
director de curso , persiste por tercera vez en seguir cometiendo este acto u omisión . 
Parágrafo II: El uso de teléfonos celulares solo será permitido en casos de fuerza mayor y con 
autorización del docente este deberá mantenerse en vibrador. Los demás elementos como: 
reproductores de música, de video y otros dispositivos tecnológicos que sean utilizados en 
actividades diferentes a las académicas, serán decomisados por el docente o coordinador de 
convivencia; estos serán entregados únicamente al acudiente del dueño del artículo durante los 
tres días hábiles siguientes al decomiso. 
Parágrafo III. La institución no se hace responsable por la pérdida de ningún elemento que no 
corresponde a los útiles escolares. 
Parágrafo IV. El estudiante que cause daño a los elementos de la institución y a los de sus 
compañeros, su acudiente debe responsabilizarse por ello. 
ARTÍCULO 24: PROCEDIMIENTO PARA LAS FALTAS LEVES: 
1. Amonestación verbal: lo hace el educador que se enteró de la falta y consiste en un diálogo 
con el estudiante para invitarlo a reflexionar sobre su actitud equivocada y para fijar metas de 
rectificación. 
2. Amonestación escrita: procede cuando ya se ha realizado una amonestación verbal sobre una 
falta leve y se realizará llamado de atención por escrito por parte del educador que conoció la 
situación, en la ficha del observador del estudiante, designando la falta, el correctivo, el 
compromiso adquirido por el estudiante y la firma del docente y la del estudiante. 
3. Citación a Coordinación. Cuando ya se han realizado dos (2) Amonestaciones escritas, el 
coordinador de convivencia dialoga con el estudiante sobre la falta cometida, le recuerda sus 
derechos y deberes y le plantea las posibles sanciones al reincidir en un mal comportamiento. 
Se deja constancia escrita del diálogo en la ficha del observador del estudiante. 
4. Notificación a los Padres de Familia o Acudientes. Cuando el estudiante en la ficha del 
observador tiene tres (3) amonestaciones escritas por faltas leves, el Coordinador (a) y el 
orientador de grupo notificarán por escrito, a los padres de familia o acudiente(s) autorizado(s) 
para dialogar, analizar en forma conjunta la situación del estudiante y buscar estrategias que 
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permitan una adecuada normalización. De este diálogo se dejará constancia escrita en la ficha 
del observador del estudiante y contará con la firma del coordinador, del orientador de grupo, 
los padres de familia y/o acudiente (s) autorizados y el estudiante. 
ARTÍCULO 25: FALTAS GRAVES 
1. Hacer fraude en las evaluaciones o en cualquier actividad escolar. 
2. Propiciar o participar en riñas, escándalos públicos, dentro y fuera de la institución. 
3. Daños intencionales causados a la infraestructura, muebles, enseres de la institución y a los 
vehículos. 
4. Jugar o correr en aulas, pasillos y utilizar de manera inadecuada las barandas, ventanales, 
puertas, poniendo en riesgo su integridad y/o la de cualquier miembro de la comunidad. 
5. Comercializar productos sin autorización dentro de la institución. 
6. Actuar de forma agresiva frente a las observaciones y/o recomendaciones de cualquier 
miembro de la comunidad educativa. 
7. Irresponsabilidad en la devolución y uso de materiales prestados por sus compañeros, 
docentes y/o la institución. 
8. Encontrarse en el baño de género contrario. 
9. Ingresar a una dependencia sin la debida autorización o violentando la seguridad. . 
10. Causar daños a la planta física y el mobiliario de la institución. 
11. Fomentar el desorden y/o causar daños en el paradero y dentro de las rutas escolares. 
12. La sustracción o alteración de documentos institucionales. 
13. Utilizar continuamente la mentira para justificar sus errores. 
14. Satisfacer necesidades fisiológicas en lugares distintos a los baños. 
15. Celebrar inadecuadamente cualquier evento, arrojando huevos, harina, agua, haciendo 
bromas que atenten contra el aseo y seguridad de compañeros y de la institución. 
16. Práctica de espiritismo, de brujería, hechicerías, o satanismo. 
17. No entregar oportunamente los comunicados, citaciones a los Padres de Familia y/o 
acudientes. 
18. Desacato a las amonestaciones por parte de rectoría, coordinación y profesores. 
19. Usar apodos o sobrenombres para llamar a los profesores, directivos, compañeros y demás 
comunidad educativa. 
20. Elaborar, realizar o escribir grafitis indecorosos y mensajes en paredes, baños o pupitres. 
21. Practicar conductas con un contenido erótico- sexual. 
22. Agresión escolar sea física, verbal, relacional, gestual a un alumno o alumna o cualquier 
miembro de la comunidad educativa, siempre y cuando las lesiones no produzcan incapacidad. . 
De acuerdo a la ley 1620/13 y el decreto 1965/13. 
23. Acoso escolar (bullyng), realizar toda conducta negativa, intencional y sistemática de 
agresión e intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento 
deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal 
y físico, a cualquier miembro de la comunidad educativa. De acuerdo a la ley 1620/13 y el 
decreto 1965/13. 
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Melgar gabriela mistral manual de convivencia modificado

  • 1. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” AJUSTE MANUAL DE CONVIVENCIA 2014 “Por una educación de calidad”
  • 2. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 “Por una educación de calidad”
  • 3. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 TABLA DE CONTENIDO ACUERDO Adopción ajustes Manual de Convivencia 2014 PRESENTACIÓN CAPÍTULO I MARCO INSTITUCIONAL ARTÍCULO 1. IDENTIDAD INSTITUCIONAL ARTÍCULO 2. CONOCIMIENTO Y DIFUSIÓN ARTÍCULO 3. HORIZONTE INSTITUCIONAL (Principios, Filosofía, Visión, Misión, Objetivos) ARTÍCULO 4. CONSTRUCCIÓN DE VALORES CAPÌTULO II MARCO LEGAL ARTÍCULO 5. FUNDAMENTACIÓN LEGAL. ARTICULO 6. APLICABILIDAD NORMATIVA CAPÍTULO III MARCO ADMINISTRATIVO ARTICULO 7. LA COMUNIDAD EDUCATIVA ARTICULO 8. INSCRIPCION, ADMISIÓN Y MATRÍCULA ARTÍCULO 9. RESPECTO A LA SEDE Y JORNADA ARTÍCULO 10. LA ASISTENCIA ESCOLAR ARTÍCULO 11. PRESENTACION PERSONAL DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 12. HORARIOS CAPITULO IV CORRESPONSABILIDAD DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA ARTÍCULO 13. PRINCIPIOS BÁSICOS PARA LA CONVIVENCIA ARTÍCULO 14. MECANISMOS DE PERMANENCIA CONTINUIDAD Y RETENCIÓN ESCOLAR ARTÍCULO 15. POBLACIÓN VULNERABLE ARTÍCULO 16. INCLUSIÓN CAPITULO V CAMPAÑAS DE PREVENCION ARTÍCULO 17. CAMPAÑAS DE ATENCIÓN Y RUTAS DE ATENCIÓN CAPÍTULO VI LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 18. PERFIL DEL ESTUDIANTE ARTÍCULO 19. DERECHOS DEL ESTUDIANTE ARTÍCULO 20. DEBERES DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 21. DEBERES FUERA DE LA INSTITUCIÓN “Por una educación de calidad”
  • 4. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 ARTÍCULO 22. FALTAS Y SANCIONES ARTÍCULO 23. FALTAS LEVES: ARTÍCULO 24. PROCEDIMIENTO PARA LAS FALTAS LEVES ARTÍCULO 25. FALTAS GRAVES ARTÍCULO 26. PROCEDIMIENTO PARA FALTAS GRAVES ARTICULO 27. SITUACIONES MÁS COMUNES QUE AFECTAN LA CONVIVENCIA ESCOLAR Y EL EJERCICIO DE LOS DERECHOS HUMANOS, SEXUALES Y REPRODUCTIVOS Y SU CLASIFICACION ARTÍCULO 28. DEBIDO PROCESO. ARTÍCULO 29. ATENUANTES, CIRCUNSTANCIAS EXIMENTES DE RESPONSABILIDAD Y AGRAVANTE. ARTÍCULO 30. RECURSOS DE LEY ARTÍCULO 31. DE LA EVALUACIÓN DEL COMPORTAMIENTO ARTÍCULO 32. ESTÍMULOS ARTÍCULO 33. CLASES DE ESTÍMULOS CAPITULO VII ORGANIZACIÓN ACADEMICA ARTÍCULO 34. JORNADA ESCOLAR ARTÍCULO 35. HORARIO DE CLASES ARTÍCULO 36. SISTEMA DE EVALUACIÓN DEL APRENDIZAJE Y PROMOCIÓN DE ESTUDIANTES PARA LA INSTITUCIÓN EDUCATIVA “SEGAM” ARTÍCULO 37. CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 38. ESCALA DE VALORACION INSTITUCIONAL ARTÍCULO 39. ACCIONES DE SEGUIMIENTO PARA EL MEJORAMIENTO DE LOS DESEMPEÑOS DE LOS ESTUDIANTES DURANTE EL AÑO ESCOLAR. ARTÍCULO 40. ESTRATEGIAS DE APOYO NECESARIAS PARA RESOLVER SITUACIONES PEDAGÓGICAS PENDIENTES DE LOS ESTUDIANTES ARTÍCULO 41. ESTRUCTURA DE LOS INFORMES DE LOS ESTUDIANTES, PARA QUE SEAN CLAROS, COMPRENSIBLES Y DEN INFORMACIÓN INTEGRAL DEL AVANCE EN LA FORMACIÓN ARTÍCULO 42. PROCEDIMIENTOS Y MECANISMOS DE ATENCIÓN Y RECLAMACIÓN DE PADRES DE FAMILIA Y ESTUDIANTES SOBRE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ARTÍCULO 43. PERIODICIDAD DE ENTREGA DE INFORMES A LOS PADRES DE FAMILIA ARTÍCULO 44. CRITERIOS DE PROMOCIÓN. ARTÍCULO 45. CRITERIOS DE REPROBACIÓN. ARTÍCULO 46. IMPLEMENTACION DE LA MEDIA TÉCNICA ARTÍCULO 47. DEL INGRESO ARTÍCULO 48. DE LA ETAPA PRODUCTIVA ARTÍCULO 49. DE LAS SALIDAS ARTÍCULO 50. DE LA EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN CAPITULO VIII GOBIERNO ESCOLAR “Por una educación de calidad”
  • 5. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 ARTÍCULO 51. CONFORMACIÓN DEL GOBIERNO ESCOLAR ARTÍCULO 52. EL CONSEJO DIRECTIVO ARTÍCULO 53. EL RECTOR ARTÍCULO 54. CONSEJO ACADÉMICO ARTÍCULO 55. INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES ARTÍCULO 56. EL PERSONERO ESTUDIANTIL ARTÌCULO 57. CONSEJO DE ESTUDIANTE ARTÍCULO 58. COMISIONES DE EVALUACIÓN Y PROMOCIÓN ARTÍCULO 59. COMITÉ DE CONVIVENCIA ARTÍCULO 60. LOS MONITORES DE CURSO ARTÍCULO 61. FUNCIONES DEL MONITOR DE DISCIPLINA ARTÍCULO 62. FUNCIONES DEL MONITOR ACADÉMICO CAPITULO IX PADRES DE FAMILIA Y/O ACUDIENTES ARTÍCULO 63. PERFIL ARTÍCULO 64. DERECHOS DE LOS PADRES DE FAMILIA ARTÍCULO 65. DEBERES DE LOS PADRES DE FAMILIA ARTÍCULO 66. FALTAS ARTÍCULO 67. CONSEJO DE PADRES ARTÍCULO 68. ASOCIACIÓN DE PADRES DE FAMILIA ARTÍCULO 69. ESTÍMULOS ARTÍCULO 70. PROCEDIMIENTO CUANDO EL PADRE DE FAMILIA NO ASISTE A LAS CITACIONES ARTÍCULO 71. ESCUELA DE PADRES. CAPITULO X DE LOS DOCENTES ARTÍCULO 72. PERFIL ARTÍCULO 73. DERECHOS ARTÍCULO 74. DEBERES ARTÍCULO 75. DE LOS PROFESORES DE DISCIPLINA ARTÍCULO 76. QUEJAS, CONFLICTOS Y PROCEDIMIENTOS. ARTÍCULO 77. PROHIBICIONES ARTICULO 78. RECONOCIMIENTOS, EXALTACIONES Y ESTIMULOS CAPÍTULO XI ANEXOS A C U E R D O Nº 01 “Por una educación de calidad”
  • 6. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 Por el cual se adopta el Manual de Convivencia de la I.E.T. “GABRIELA MISTRAL” EL CONSEJO DIRECTIVO de la I.E.T. “GABRIELA MISTRAL” en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los Artículos 73 y 87 de la ley 115 de 1994; ley 1453 de 2011 o ley de Seguridad Ciudadana; ley 1098 de 2006 de la infancia y la adolescencia; ley 1620 de 2013 y decreto 1965, ley 375 de 1997 o ley de la Juventud; decreto 1860 de 1994 sobre aspectos pedagógicos y organizativos de la ley 115 de 1994; el decreto 1290 de 2009 sobre evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de educación básica y media; decreto 1286 de 2005 sobre normas para la participación de los padres de familia en el proceso educativo; lineamientos del Ministerio de Educación Nacional; y los principios Institucionales; y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que para el logro de los fines del proceso de formación integral de los educandos, cada establecimiento educativo de acuerdo con su realidad particular debe elaborar y poner en práctica su propio Manual de Convivencia, en el cual se definan claramente los derechos y obligaciones de los estudiantes. SEGUNDO: Que los estudiantes, padres de familia, acudientes al firmar la matrícula correspondiente en representación de sus hijos, estarán manifestando su aceptación. RESUELVE Adoptar el Manual de Convivencia por medio del cual se regirán los estamentos de nuestra comunidad educativa, el cual, fue elaborado con la participación de todos los estamentos y forma parte integral del Proyecto Educativo Institucional. PRESENTACIÓN “Por una educación de calidad”
  • 7. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 La Institución Educativa Técnica Gabriela Mistral articula su proyecto en torno a la formación integral de personas para una mejor sociedad; en este sentido, su misión es formar personas competentes para vivir en sociedad, desarrollar en los estudiantes un conjunto de conocimientos y habilidades cognitivas, emocionales y comunicativas que hagan posible que el ciudadano actúe de manera constructiva en la sociedad democrática. Se trata de ofrecer a los niños y jóvenes las herramientas necesarias para relacionarse con otros, de una manera cada vez más comprensiva y justa, y para que sean capaces de resolver de manera pacífica sus problemas cotidianos. Para nuestra institución, el Manual de Convivencia representa la directriz de comportamiento, ejemplo y cumplimiento de toda la comunidad educativa, con identidad, con carácter, que ejerce liderazgo a través de todas sus acciones; su objetivo fundamental consiste en reconocer y plasmar una identidad, un proyecto de vida y la formación integral de los estudiantes con visión futurista. El Manual de convivencia escolar más que un conjunto de derechos y deberes, es un acuerdo colectivo en torno al ejercicio ciudadano. Se orienta en la dirección de las competencias ciudadanas: Aprender a convivir con los demás y a tener consideración de su condición humana; aprender a participar responsablemente en la vida democrática y aprender a valorar y a reconocer las diferencias. Es un componente del Proyecto Educativo Institucional. Allí, se establecen los principios, las normas y los procedimientos que regulan la vida escolar. En él se establecen los derechos y deberes de todos los miembros de la comunidad educativa, se identifican los comportamientos que afectan la convivencia escolar y los correctivos pedagógicos acordados en el debido proceso. Además, se presentan los criterios para la evaluación y promoción de los estudiantes, los mecanismos para la participación y elección del gobierno escolar, las normas para el uso de las diferentes dependencias, las normas para el uso de los medios de comunicación y otras disposiciones que son necesarias para la sana convivencia escolar. CAPÍTULO I MARCO INSTITUCIONAL “Por una educación de calidad”
  • 8. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 ARTÍCULO 1: IDENTIDAD INSTITUCIONAL NOMBRE DE LA INSTITUCIÓN: Institución Educativa Técnica. “Gabriela Mistral” Melgar Tolima DIRECCIÓN: Barrio: La Colina. NATURALEZA: Pública. CARÁCTER: Técnicos en ventas de productos y servicios y Mantenimiento electrónica de pequeños aparatos. CONVENIOS: Sena NIVELES: Pre-escolar, Básica Primaría; básica Secundaría y Media Técnica E-mail: ietgmistralmelgar@hotmail.es Web: Nit: 809009531-5 TELÉFONO: 2450917 CÓDIGO DANE: 173449000759 REGISTRO EDUCATIVO: 123277- 123278 SITUACIÓN LEGAL: Resolución 5293 de noviembre 09 de 2011 hasta 2015 NÚMERO DE SEDES: 10 NÚMERO DE ESTUDIANTES MATRÍCULADOS 2070 DEPARTAMENTO: Tolima MUNICIPIO: Melgar PROPIEDAD JURÍDICA: Departamento JORNADAS: Mañana y Tarde CALENDARIO: A CARÁCTER: Mixto TIPO DE EDUCACIÓN: Formal RESOLUCIÓN DE INTEGRACIÓN: 1211 del 03 de Octubre de 2002. RESOLUCIÓN DE ASOCIACIÓN: No 1015 del 12 de noviembre de 2004. APROBACIÓN DE ESTUDIOS: Resolución 5392 de 9 de noviembre de 2011. ARTÍCULO 2. CONOCIMIENTO Y DIFUSIÓN El Manual de Convivencia debe ser estudiado por todos los miembros de la comunidad educativa, para ser revisado y actualizado, según las necesidades. Las normas estipuladas en el manual se difunden en las todas las reuniones que se realizan en la Institución, con el propósito de fortalecer día a día su práctica eficaz y lograr de esta manera una verdadera y sólida formación integral de la persona. Al iniciar el año se realiza una inducción a docentes, padres de familia y estudiantes, con el objeto de socializar y afianzar las normas establecidas en el manual, quienes analizarán, interiorizarán y asumirán dichas normas y disposiciones para lograr una mayor apropiación y eficacia en los procesos institucionales. El estudio del Manual de Convivencia es permanente. “Por una educación de calidad”
  • 9. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 ARTÍCULO 3. HORIZONTE INSTITUCIONAL 3.1 PRINCIPIOS La institución educativa Gabriela Mistral interesados por formar personas integrales se fundamenta en los siguientes principios: · En la institución Educativa Gabriela Mistral entendemos la educación como un proceso de personalización y socialización de tal manera que con EXCELENCIA INTEGRAL formamos hombres y mujeres para los demás y con los demás. · El Reglamento o Manual de Convivencia es el código ético y moral de nuestros/as Estudiantes, Padres y Madres de Familia o Acudientes, fundamentado en el derecho a la educación como un DERECHO - DEBER. · LA FORMACIÓN INTEGRAL GABRIELISTA y el Manual de Convivencia han de ser el horizonte que guíe las acciones de nuestros/as Estudiantes. · El Reglamento o Manual de Convivencia se construye con la participación de los diferentes estamentos de la Comunidad Educativa para ser interiorizado, asumido y vivido por todos sus miembros. · Enseñamos al estudiante a asumir los problemas como oportunidades de enriquecimiento. 3.2 FILOSOFIA La Institución Educativa Gabriela Mistral, contribuye desde un modelo pedagógico humanista y social, fundamentado en el constructivismo, al desarrollo del pensamiento humano, entendiendo al hombre como ser cultural, histórico y social capaz de construir una nueva cultura desde la escuela; Cuya base se fundamenta en la autenticidad, la justicia y la paz; el educador, es generador de inquietudes, oportunidades y procesos de socialización, integración y coordinación entre los participantes, para generar así una actitud positiva y el compromiso en la construcción de proyectos tanto personales como colectivos. De igual forma, centra su atención en la superación académica como Técnicos en gestión empresarial y comercial con énfasis en Mantenimiento Electrónico de Equipos Domésticos y de pequeña industria y ventas de Productos y Servicios como respuesta a las exigencias que el contexto socio cultural y laboral requiere, formando lideres generadores de sus propios negocios o microempresas enmarcados en la productividad de manera que incida en el mejoramiento de la calidad de vida del estudiante y de su familia. 3.3 VISIÓN Consolidarnos en el año 2015 como una institución líder en educación con alto nivel académico, formadora de excelentes seres humanos y de reconocimiento regional en el desarrollo del pensamiento empresarial y comercial como aporte al mejoramiento de la calidad de vida de nuestros estudiantes y de sus familias. “Por una educación de calidad”
  • 10. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 3.4 MISIÓN Brindamos a la niñez y juventud Megarense una educación integral de excelente calidad, desarrollando sus potencialidades con sentido humano y permitiéndoles proyectarse en el mundo empresarial y laboral con competencias en ventas de productos y servicios y personal calificado en el mantenimiento electrónico de aparatos domésticos y de pequeña industria. 3.5. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA Objetivo General: Brindar una educación integral que garantice el desarrollo cualitativo de los procesos previa identificación de las necesidades de aprendizaje y de formación de los estudiantes de la Institución Educativa GABRIELA MISTRAL. Objetivos Específicos: · Dotar a la Institución de un MANUAL DE CONVIVENCIA que permita unificar criterios administrativos, pedagógicos, educativos y disciplinarios entre las diferentes instancias de la comunidad educativa. · Establecer los mecanismos de acción y normas que rigen la prestación del Servicio Educativo en la Institución Educativa Técnica Gabriela Mistral. · Interiorizar los deberes y derechos, con el fin de contribuir desde la convivencia escolar a la estructuración de un Proyecto de Vida. · Estimular y mantener el diálogo y la cordialidad entre los diferentes miembros de la comunidad educativa, para que la unidad de criterios y objetivos comunes guíen el desarrollo de los procesos institucionales. · Responder a las necesidades y expectativas de estudiantes, padres de familia, y comunidad en general mejorando continuamente los estándares de competencia del talento humano. ARTÍCULO 4. CONSTRUCCIÓN DE VALORES La I.E.T Gabriela Mistral reafirma su proyecto educativo sobre los siguientes valores: · EL RESPETO: “significa valorar a los demás, acatar su autoridad y considerar su dignidad. el respeto se acoge siempre a la verdad; no tolera bajo ninguna circunstancia la mentira y repugna la calumnia y el engaño” Es el reconocimiento de que algo o alguien tiene valor. Es la base del sustento de la moral y la ética. El respeto consiste en el reconocimiento de los intereses y sentimientos del otro en una relación. Aunque el término se usa comúnmente en el ámbito de las relaciones interpersonales, también aplica a las relaciones entre grupos de personas, en la Institución Educativa, entre países y organizaciones de diversa índole. No es simplemente la consideración o deferencia, sino que implica un verdadero interés no egoísta por el otro más allá de las obligaciones explícitas que puedan existir. “Por una educación de calidad”
  • 11. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 · LA RESPONSABILIDAD: Sobre el compromiso de mantener la integración de la comunidad Gabrielista, como un conjunto de individuos que al interactuar y compartir sus conocimientos, habilidades, destrezas, aptitudes y actitudes, crecen en su autonomía y generan un ambiente de experiencias centrados en la ciencia y la cultura. · LA LEALTAD: Es el respeto a las convicciones, es la más sublime expresión de nuestro ser, es cuando se lucha sin tregua alguna por ser congruente con el propio existir. Es una obligación de fidelidad, una virtud que desarrolla nuestra conciencia, un corresponder, una obligación que se tiene con los demás. La lealtad es un compromiso consistente en el cumplimiento de lo que exigen las normas de fidelidad, honor y compromiso a defender lo que creemos y en quien creemos. La lealtad es un valor, Cuando somos leales, logramos llevar la amistad y cualquier otra relación a su etapa más profunda. · LA TOLERANCIA: del latín tolerare (sostener, soportar), es una noción que define el grado de aceptación frente a un elemento contrario a una regla moral Es la capacidad de saber escuchar y aceptar a los demás, aceptando la diversidad de opinión, social, étnica, cultural y religiosa, valorando las distintas formas de entender y posicionarse en la vida, siempre que no atenten contra los derechos fundamentales de la persona... sabiendo que hay que ejercer la tolerancia, y que no todo puede tolerarse. · LA SOLIDARIDAD: La Solidaridad es una característica de la sociabilidad que inclina al hombre a sentirse unido a sus semejantes y a la cooperación con ellos. se manifiesta en reconocer en el bien común, el sentido de una vida exitosa para todos. Podemos manifestar esta unión y cooperación, cada vez que procuramos el bienestar de los demás, participando en iniciativas que nos impulsen a servirles, como puede ser la visita a los enfermos en un hospital, haciendo colectas de ropa y alimentos para los más necesitados, en un grupo que imparta educación en comunidades marginadas, colaborando en campañas de cuidado y limpieza de calles y áreas recreativas de la comunidad, en los momentos que auxiliamos a quienes son víctimas de alguna Catástrofe, es decir, prestando nuestros servicios en la creación de mejores condiciones de vida. · LA PUNTUALIDAD: Es la disciplina de estar a tiempo para cumplir nuestras obligaciones Es muy importar para ayudar a formar nuestro carácter. Un aspecto importante de la puntualidad, es concentrarse en la actividad que estamos realizando, procurando mantener nuestra atención para no divagar y aprovechar mejor el tiempo. CAPÌTULO II “Por una educación de calidad”
  • 12. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 MARCO LEGAL ARTÍCULO 5. FUNDAMENTACIÓN LEGAL. La Institución Educativa Técnica Gabriela Mistral es de carácter oficial con modalidad técnica y con énfasis en ventas de productos y servicios y electrónica brindándoles herramientas valiosas a nuestros estudiantes para que se perfilen como empresarios, además de velar por una educación integral. Para la estructuración del presente Manual de Convivencia se tienen en cuenta las siguientes normas: El Manual de Convivencia de la I.E.T. “GABRIELA MISTRAL “será interpretado en conformidad con las normas vigentes, y la interpretación del Proyecto Educativo Institucional, La Constitución Política de Colombia, Ley 1098 de la infancia y la adolescencia, la Ley 115 General de Educación y las disposiciones reglamentarias vigentes, así como por la jurisprudencia de los diferentes tribunales que administran justicia. En especial se inspira en: CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA: Título II, de los derechos, las garantías y los deberes. Resaltamos los siguientes artículos (1: Dignidad humana, 2: Fines esenciales del Estado, 16: Libre desarrollo de la personalidad, 18: Libertad de conciencia, 29: Debido proceso, 44: Derechos de los niños, 67: Derecho a la educación y 68: Libertad de enseñanza). LEY 115 DE 1994 O LEY GENERAL DE EDUCACIÓN, Títulos I, II, III, IV, V, VII, X, artículos (5: Fines de la educación, 6: Comunidad educativa, 7: La familia, 24: Formación ética y moral, 91: El Estudiante, 92: Formación del educando, 93: Representante de los estudiantes, 94: Personero de los estudiantes, 95: La matrícula, 96: Permanencia en el establecimiento educativo y 97: Servicio social obligatorio). LEY 112 DE 1991 CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DE LA NIÑEZ LEY 375 DE 1997 O LEY DE LA JUVENTUD. LEY 1098 DE 2006 O CÓDIGO DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA. Se adopta toda la ley y Destacamos los siguientes artículos (7: Protección integral, 8: Interés superior de los niños, las niñas y los adolescentes, 9: Prevalencia de los derechos, 11: Exigibilidad de los derechos, 18: Derecho a la integridad personal. 20: Derecho de protección. 26: Debido proceso, 28: Derecho a la educación, 31: Derecho a la participación de los niños, niñas y los adolescentes 33:Derecho a la intimidad 42:Obligaciones especiales de las instituciones educativas, 43:Obligación ética fundamental de los establecimientos educativos y 44: Obligaciones complementarias de las instituciones educativas) anexar padres de familia y acudientes DECRETO 1860 DE 1994, reglamentario de la Ley 115 en los aspectos pedagógicos y organizativos. “Por una educación de calidad”
  • 13. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 DECRETO 1290, sobre evaluación del aprendizaje y promoción de los estudiantes de los niveles de educación básica y media. DECRETO 1108 DE 1994. CAPITULO III “Porte y consumo de estupefacientes” CÓDIGO DISCIPLINARIO ÚNICO LEY 734 DE 2002 Artículo 18.: Artículos significativos como: (18: Proporcionalidad, 35: Prohibiciones y 42: Clasificación de las faltas) DECRETO 1286 DE 2005 “Por el cual se establecen normas sobre la participación de los padres de familia en el mejoramiento de los procesos educativos de los establecimientos oficiales y privados”… Reglamenta el Consejo de Padres y la Asociación de Padres de Familia”. - Ley 1453 de 2011 o ley de Seguridad Ciudadana. LEY 1620 DEL 15 DE MARZO DE 2013 "por la cual se crea el Sistema Nacional de Convivencia Escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar" Se adopta toda Ley y resaltamos los siguientes artículos. 1: Objeto de la ley, 2: Competencias ciudadanas, Educación para el ejercicio de los derechos humanos sexuales y reproductivos, Acoso escolar o bullyn, Ciberbullying o Ciberacoso sexual. 3: Creación del Comité de Convivencia Escolar, 4: Objetivos del Sistema, 5: principios del Sistema, 6: estructura del sistema,12: Conformación del Comité escolar de convivencia y 13: Funciones del Comité escolar den Convivencia. Y SU Decreto reglamentario 1955 de 2013 JURISPRUDENCIAS DE LA CORTE CONSTITUCIONAL (T492 DE 1992, T519 DEL 992, T429 DE 1992, ENTRE OTRAS). La reglamentación propuesta en este MANUAL DE CONVIVENCIA, tiene obligatoriedad de cumplimiento, una vez los padres de familia han decidido matricular a su hijo(a) en la I.E.T. “GABRIELA MISTRAL”, pues se están acogiendo al artículo 68 de la Constitución Política de Colombia. La Reforma Del Manual De Convivencia. Será evaluado y ajustado cada dos años y antes si la normatividad vigente lo exige, por la comunidad educativa de la institución (Artículo 9 del Decreto 1423 de 1.993) Este Manual rige a partir de la fecha de su expedición y debe ser ampliamente difundido por las directivas del plantel y sus educadores ante todos los miembros de la comunidad educativa. La reforma del manual se llevará a cabo por el Consejo Directivo, bajo el siguiente procedimiento: Se conforman mesas de trabajo para reformar el Manual de Convivencia con participación de diferentes estamentos de la Comunidad Educativa, (Padres de familia, estudiantes, docentes, exalumnos, directivos, personal administrativo) y se realizan propuestas para ajustes. Las propuestas de modificación serán presentadas por escritos debidamente motivados y justificados a la rectoría. El Consejo Directivo estudia la propuesta y toma la decisión de aceptarla en su totalidad o “Por una educación de calidad”
  • 14. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 en parte de rechazarla y formular sus propias iniciativas si las juzga pertinentes. En caso de ser aceptadas, el Consejo Directivo elabora su propia formulación, las aprueba y ordena su incorporación al P.E.I. Una vez aprobado el manual por el Consejo Directivo, la institución procede a su publicación y difusión . ARTICULO 6. APLICABILIDAD NORMATIVA El presente manual ha pretendido ajustar su legislación a principios, mandatos, reformas legislativas e institucionales nacionales, generando estados de situación comprensible a nivel de procesos, atendiendo que la a exigencia actual es la de reformular las políticas institucionales, con un enfoque de derechos, que sea garantía de protección integral y le permita cumplir con la Ley. En ese aspecto se tiene en cuenta el tema de correspondencia y corresponsabilidad entre familia, sociedad y estado, como agentes esenciales en la formación integral del niño, pues están presentes de forma continua en los diferentes ámbitos y contextos en que se desenvuelve. Por ello se tiene como base la Ley 1098 de 2006 (Infancia y Adolescencia) en especial los artículos 40, 41, 42, 43, 44, 45 y que para su aplicabilidad indican que: ARTÍCULO 40. OBLIGACIONES DE LA SOCIEDAD En cumplimiento de los principios de corresponsabilidad y solidaridad, las organizaciones de la sociedad civil, las asociaciones, las empresas, el comercio organizado, los gremios económicos y demás personas jurídicas, así como las personas naturales, tienen la obligación y la responsabilidad de tomar parte activa en el logro de la vigencia efectiva de los derechos y garantías de los niños, las niñas y los adolescentes. ARTÍCULO 41. OBLIGACIONES DEL ESTADO El Estado es el contexto institucional en el desarrollo integral de los niños, las niñas y los adolescentes. ARTÍCULO 42. OBLIGACIONES ESPECIALES DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Para cumplir con su misión las instituciones educativas tendrán entre otras las siguientes obligaciones: · Facilitar el acceso de los niños, niñas y adolescentes al sistema educativo y garantizar su permanencia. · Brindar una educación pertinente y de calidad. · Respetar en toda circunstancia la dignidad de los miembros de la comunidad educativa. · Facilitar la participación de los estudiantes en la gestión académica del centro educativo. · Abrir espacios de comunicación con los padres de familia para el seguimiento del proceso educativo y propiciar la democracia en las relaciones dentro de la comunidad educativa. “Por una educación de calidad”
  • 15. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 · Organizar programas de nivelación de los niños y niñas que presenten dificultades de aprendizaje o estén retrasados en el ciclo escolar y establecer programas de orientación psicopedagógica y psicológica. · Respetar, permitir y fomentar la expresión y el conocimiento de las diversas culturas nacionales y extranjeras y organizar actividades culturales extracurriculares con la comunidad educativa para tal fin. · Estimular las manifestaciones e inclinaciones culturales de los niños, niñas y adolescentes, y promover su producción artística, científica y tecnológica. · Garantizar la utilización de los medios tecnológicos de acceso y difusión de la cultura y dotar al establecimiento de una biblioteca adecuada. · Organizar actividades conducentes al conocimiento, respeto y conservación del patrimonio ambiental, cultural, arquitectónico y arqueológico nacional. · Fomentar el estudio de idiomas nacionales y extranjeros y de lenguajes especiales. · Evitar cualquier conducta discriminatoria por razones de sexo, etnia, credo, condición socio-económica o cualquier otra que afecte el ejercicio de sus derechos. ARTÍCULO 43. OBLIGACIÓN ÉTICA FUNDAMENTAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS · Las instituciones de educación primaria y secundaria, públicas y privadas, tendrán la obligación fundamental de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. · Para tal efecto, deberán: · Formar a los niños, niñas y adolescentes en el respeto por los valores fundamentales de la dignidad humana, los Derechos Humanos, la aceptación, la tolerancia hacia las diferencias entre personas. Para ello deberán inculcar un trato respetuoso y considerado hacia los demás, especialmente hacia quienes presentan discapacidades, especial vulnerabilidad o capacidades sobresalientes. · Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o sicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros y de los profesores. · Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia niños y adolescentes con dificultades en el aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños y adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. ARTÍCULO 44. OBLIGACIONES COMPLEMENTARIAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS Los directivos y docentes de los establecimientos académicos y la comunidad educativa en general pondrán en marcha mecanismos para: “Por una educación de calidad”
  • 16. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 · Comprobar la inscripción del registro civil de nacimiento. · Establecer la detección oportuna y el apoyo y la orientación en casos de malnutrición, maltrato, abandono, abuso sexual, violencia intrafamiliar, y explotación económica y laboral, las formas contemporáneas de servidumbre y esclavitud, incluidas las peores formas de trabajo infantil. · Comprobar la afiliación de los estudiantes a un régimen de salud. · Garantizar a los niños, niñas y adolescentes el pleno respeto a su dignidad, vida, integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. · Proteger eficazmente a los niños, niñas y adolescentes contra toda forma de maltrato, agresión física o psicológica, humillación, discriminación o burla de parte de los demás compañeros o profesores. · Establecer en sus reglamentos los mecanismos adecuados de carácter disuasivo, correctivo y reeducativo para impedir la agresión física o psicológica, los comportamientos de burla, desprecio y humillación hacia los niños, niñas y adolescentes con dificultades de aprendizaje, en el lenguaje o hacia niños o adolescentes con capacidades sobresalientes o especiales. · Prevenir el tráfico y consumo de todo tipo de sustancias psicoactivas que producen dependencia dentro de las instalaciones educativas y solicitar a las autoridades competentes acciones efectivas contra el tráfico, venta y consumo alrededor de las instalaciones educativas. · Coordinar los apoyos pedagógicos, terapéuticos y tecnológicos necesarios para el acceso y la integración educativa del niño, niña o adolescente con discapacidad. · Reportar a las autoridades competentes, las situaciones de abuso, maltrato o peores formas de trabajo infantil detectadas en niños, niñas y adolescentes. · Orientar a la comunidad educativa para la formación en la salud sexual y reproductiva y la vida en pareja. ARTÍCULO 45. PROHIBICIÓN DE SANCIONES CRUELES, HUMILLANTES O DEGRADANTES Los directores y educadores de los centros públicos o privados de educación formal, no formal e informal, no podrán imponer sanciones que conlleven maltrato físico o psicológico de los estudiantes a su cargo, o adoptar medidas que de alguna manera afecten su dignidad. Así mismo, queda prohibida su inclusión bajo cualquier modalidad, en los manuales de convivencia escolar. CAPÍTULO III MARCO ADMINISTRATIVO “Por una educación de calidad”
  • 17. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 ARTÍCULO 7. LA COMUNIDAD EDUCATIVA Forman parte de la comunidad educativa Técnica Gabriela Mistral : · La familia · Los estudiantes debidamente matriculados · Los padres y madres de familia y/o acudientes. · La planta de personal directivo. · El grupo de docentes. · La planta de personal administrativo · El personal de servicios generales · Los bachilleres egresados. ARTÍCULO 8. INSCRIPCIÓN, ADMISIÓN Y MATRICULA 8.1 INSCRIPCIÓN: Es el acto en el que el aspirante, que es representado por su padre o acudiente solicita la admisión en cualquiera de los grados que ofrece la institución. Se debe adquirir el formulario directamente en la secretaria de la institución, diligenciarlo correctamente y hacerlo llegar oportunamente a la institución con los documentos requeridos para el grado solicitado 8.2 PRECISIONES SOBRE INSCRIPCIONES · La inscripción no es considerada como derechos de admisión. · Los estudiantes nuevos son aquellos que ingresan por primera vez a la institución o quienes vuelven nuevamente después de algún tiempo. · El ingreso de estudiantes nuevos depende de los cupos disponibles que existan. · Las inscripciones se efectuaran en las fechas pre – establecidas por la institución. · En el proceso de inscripción se cancelará el costo del formulario según acuerdo establecido por el consejo directivo. 8.3 ADMISIÓN Es el acto por el cual la Institución confiere al estudiante el derecho a matricularse como estudiante de la misma. 8.4 REQUISITOS · Que el formulario de inscripción haya sido diligenciado correctamente. · Que demuestre excelente comportamiento · Adquirir conocer y aceptar y el Manual de Convivencia. “Por una educación de calidad”
  • 18. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 · Cancelar los costos educativos que el Consejo Directivo estime Conveniente. 8.5 DERECHO A CUPO Para que un estudiante tenga derecho a cupo para el grado siguiente debe cumplir con las siguientes condiciones: · Haber aprobado la totalidad de las áreas académicas del grado inmediatamente anterior. · Tener un excelente comportamiento. (Copia del anecdotario) · Estar a paz y salvo con todos los compromisos adquiridos o derivados de los servicios prestados por la Institución. · Diligenciar el formulario de inscripción · Matricularse en las fechas establecidas · Presentarse el día de la matrícula · Leer, diligenciar y apropiarse del contrato de matrícula. · Cumplir con las edades requeridas por la Institución. PARAGRAFO: El cupo para los estudiantes que reprueban el año, estará sujeto a su valoración de comportamiento que bajo ninguna circunstancia podrá ser inferior al desempeño básico. 8.6 MATRICULA Es un acto jurídico (contrato) que formaliza la vinculación de los estudiantes, padres de familia o acudientes a cumplir con las normas internas de la Institución dentro del proceso de formación integral. Se realiza por una sola vez cuando se ingresa a la institución y será renovada cada año lectivo. 8.7 CLASES DE MATRÍCULA 1. MATRÍCULA ORDINARIA: Es la otorgada al estudiante en la fecha indicada sin condición especial , antes de iniciar labores académicas de acuerdo al calendario escolar establecido por la secretaria de educación del departamento del Tolima 2. MATRÍCULA EXTRAORDINARIA: Se efectúa después de vencido el plazo para realizar la matrícula ordinaria. los requisitos son iguales al anterior siempre y cuando haya cupos disponibles y no haya transcurrido una cuarta parte del tiempo total previsto para las actividades pedagógicas. Artículo 52 del decreto 1860. 3. MATRÍCULA POR TRANSFERENCIA: Se realiza previa disponibilidad de cupos y presentación de requisitos exigidos para estudiantes nuevos. Debe presentar traslado de matrícula de la “Por una educación de calidad”
  • 19. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 institución de donde proviene especificando el último día de asistencia a clases. La valoración de su comportamiento social debe ser mínimo sobresaliente y presentar buen rendimiento académico. Los casos especiales serán estudiados por el Comité de Evaluación y Promoción del grado al que aspira el estudiante. 8.8 REQUISITOS PARA MATRÍCULA · Estar dentro de las edades señaladas para el respectivo nivel, de acuerdo con las normas establecidas por el Ministerio de Educación Nacional. · Presentarse en la hora y fecha indicadas por la institución, acompañado de su representante legal o acudiente. · Haber sido oficialmente admitido. · Estar a paz y salvo con la Institución en todo concepto. · Tener orden de matrícula. · Diligenciar debidamente los formularios. · Traer todos los documentos de requisito para ser matriculado en la Institución. PARAGRAFO: La matrícula da derecho a pertenecer a la Institución, pero ésta se reserva el derecho a ubicarlo en la sede y jornada cuando las circunstancias lo ameriten por reorganización administrativa, necesidad pedagógica, circunstancias del entorno o cualquier otra causa justificada. 8.9 MATRÍCULA CON COMPROMISO Es la que aunque se haga dentro de las fechas establecidas está sujeta a condiciones especiales para el estudiante a través del consejo directivo bien sea por problemas graves de disciplina y/o insuficiencias continuas académicas. Se elaborará un acta compromisoria firmada por el padre o acudiente y el estudiante. También se aplica a los estudiantes repitentes a los cuales se les conceda cupo. Parágrafo: Si terminado el primer periodo académico el estudiante no mostró cambio de actitud en su comportamiento y en su desempeño académico el estudiante será entregado a su acudiente. 8.10 DE LOS ESTUDIANTES NUEVOS Se entiende por estudiante nuevo, aquel que es autorizado para matricularse y fue seleccionado entre la población estudiantil que no ha estudiado en la Institución o que ha dejado de hacerlo por más de un año lectivo. Para ser admitido debe cumplir con los requisitos que exija el Consejo Directivo. Estos requisitos se adaptarán cada año de acuerdo a las necesidades y se publicarán en acta de Rectoría y teniendo cuenta los criterios establecidos para la admisión. “Por una educación de calidad”
  • 20. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 PARAGRAFO 1: La Institución, por intermedio de sus directivas se reserva la readmisión de estudiantes que por alguna razón hayan salido de la Institución y deseen regresar a formar parte de la misma. En tal evento, la readmisión estará supeditada al análisis de informe académico y del comportamiento del estudiante durante el o los años que cursó anteriormente en la Institución. PARAGRAFO 2: Los estudiantes nuevos procedentes de otros países se regirán por el proceso de validación o equivalencia tal como lo señala el Decreto Nº 2832 de 2005 en su Art. 2 y se informará a la Secretaria de Educación. Se les exigirá un curso o plan de trabajo en el dominio de La Lengua Española, La Lengua Extranjera (Inglés) y Las Ciencias Sociales (Geografía e Historia de Colombia). Sustentado estos requisitos se procederá al proceso de inscripción de estudiantes nuevos de la institución. 8.10.1 PROCEDIMIENTO DE MATRICULA PARA ESTUDIANTES NUEVOS · Haber sido oficialmente admitido como estudiante nuevo. · Presentarse con sus padres o acudiente en la hora y fecha establecida por la Institución para sentar matrícula de acuerdo a la orden de matrícula. · Presentar el último boletín o informe académico con el año PROMOVIDO, carta de certificación buena conducta, paz y salvo actualizado de la Institución de procedencia y haber presentado los documentos solicitados en el proceso de admisión. · Presentar Contrato de Prestación de Servicios Educativos. 8.10.2 MATRÍCULAS ESTUDIANTES NUEVOS PARA EL GRADO ONCE Y DECIMO Se tendrá en cuenta lo siguiente: · Admisión para el grado Once, hasta antes de finalizar el primer periodo académico por compensación de currículo y tiempo de nivelación de saberes del estudiante · Si la Institución de procedencia oferta la misma o similar técnica de la institución, se convalidan los saberes (Certifica el Coordinador de las Técnicas). · Si la institución de procedencia NO oferta la misma Técnica de la Institución, el Coordinador de las Técnicas, asigna la especialización previo estudio de cupos. Con el Padre/Madre de Familia y/o Acudiente y estudiante acordarán por escrito cuál de las siguientes opciones opta el estudiante para desarrollar el plan de ajuste y nivelación para compensar el currículo, firmando para ello la respectiva Acta de Compromiso. Opciones para nivelar: · Solicitar los módulos a los docentes y por autoformación realizar las actividades y presentar los informes y evaluaciones de nivelación. · Realizar cursos virtuales o presenciales en el Sena o cualquier institución certificada para convalidar saberes. Debe presentar certificación. “Por una educación de calidad”
  • 21. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 · Asistir en jornada contraria a nivelar conocimientos y competencias. PARÁGRAFO: Si en el plan de estudios de la Institución de procedencia se desarrollan módulos o asignaturas afines a las de la Especialidad en la que se vincule al estudiante estos se convalidaran. 8.11 DE LOS ESTUDIANTES ANTIGUOS Se entiende por estudiante antiguo aquél que ha cursado en la Institución el año lectivo correspondiente y ha renovado su matrícula dentro de los plazos fijados por la Institución. 8.11.1 PROCEDIMIENTO DE MATRICULA DE ESTUDIANTES ANTIGUOS · Haber obtenido la promoción de grado correspondiente en su calidad de estudiante antiguo. · Presentarse con sus padres o acudiente en la hora y fecha establecida por la Institución para sentar matricula de acuerdo a la orden de matrícula. · Presentar paz y salvo actualizado del año que finalizó. · Presentar Contrato de Prestación de Servicios Educativos 8.12 EDADES PARA MATRÍCULA NIVELES EDADES Pre – escolar 5 años cumplidos PRIMARÍA : 1° y 2° hasta 8 años 3º hasta 10 años 4º y 5º hasta 12 años BÁSICA SECUNDARÍA: 6° y 7° 8º y 9º Hasta 14 años Hasta 16 años MEDIA TÉCNICA 10º Y 11º Hasta 18 años PARÁGRAFO: Cuando un estudiante no cumple con las edades establecidas pero certifica excelente comportamiento y rendimiento académico el Consejo Directivo autorizará su matrícula con actas de compromiso según el caso y según disposición de cupos. Los cupos de los estudiantes con NEE se establecerán de acuerdo a la Ley y con base en el concepto del profesional de apoyo si lo hubiere. 8.13 DOCUMENTOS REQUERIDOS PARA PREESCOLAR · Registro Civil “Por una educación de calidad”
  • 22. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 · Copia del Seguro médico · Copia del R.H. · 3 fotos tamaño documento · Carné de vacunación PARA ESTUDIANTES DE BÁSICA – SECUNDARIA Y MEDIA TECNICA · Formulario de inscripción debidamente diligenciado. · Contrato de servicios educativos firmado por parte del acudiente y estudiante · Fotocopia del carné de salud vigente · 4 Fotos recientes tamaño 3x4. · Informe final del año anterior · Paz y salvo institucional del año anterior · Fotocopia del R.H. · Fotocopia de la Tarjeta de Identidad. · Fotocopia del anecdotario (estudiantes nuevos) · Carpeta blanca con ganchos tamaño oficio · Certificados de los años anteriores desde el grado quinto hasta el último grado cursado. · Certificado del retiro de SIMAT de la institución de procedencia. · Reportes médicos para niños con necesidades especiales. PARÁGRAFO: El estudiante que aspira a estudiar en la Institución debe presentarse con su acudiente en el momento de la matrícula. 8.14 DE LA RENOVACIÓN DE MATRÍCULA La renovación de matrícula es el acto jurídico mediante el cual el acudiente y estudiante legaliza su permanencia en la institución para cada año escolar. · La matrícula puede renovarse en los siguientes casos: · Cuando el estudiante haya sido promovido al grado siguiente al termino del año lectivo. · Cuando a juicio de la comisión de promoción el estudiante sea promovido a un grado superior, dentro del mismo año académico. · Cuando el estudiante repruebe el año cursado de acuerdo con lo establecido en el artículo 53 del decreto 1860 de 1994, y manifieste su voluntad de repetirlo; y no tenga antecedentes disciplinarios calificados como graves, según lo previsto en el manual de convivencia. siempre y cuando hayan cupos. · Cuando no exista una recomendación del comité de evaluación y avalada por el consejo directivo para que por rendimiento académico o disciplinario el estudiante no sea admitido dentro de la institución para el grado siguiente o para el mismo grado en caso de repitencia. “Por una educación de calidad”
  • 23. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 · Si el estudiante no se presenta a renovar la MATRÍCULA en las fechas establecida por la institución se entiende que no está interesado en el cupo y será otorgado a un nuevo estudiante. 8.15 DERECHO DE RESERVA DE LA INSTITUCIÓN PARA RENOVAR LA MATRÍCULA En los siguientes casos la Institución se reserva el derecho de renovar la matrícula: · Al estudiante que presente constante y sistemático incumplimiento en acuerdos de convivencia. · Estudiante cuyos Padres de Familia o Acudiente presenten constante inasistencia a los talleres de Padres, Entregas de Informes Académicos o citaciones Institucionales. · Aquellos estudiantes que durante dos años consecutivos no hayan sido promovidos al grado siguiente. · Cuando haya sido sancionado por la institución educativa por faltas gravísimas que atenten contra el bienestar e integridad de la Comunidad Educativa. 8.16 CANCELACIÓN DE MATRÍCULA · Voluntaria: Cuando el padre o acudiente decide retirar al estudiante del plantel, en este caso la institución se reserva el derecho a recibirlo nuevamente. si se autoriza su ingreso deberá realizar todo el proceso desde la inscripción y se considerará como alumno nuevo. · Involuntaria: Cuando por fuerza mayor por caso fortuito comprobado no puede terminar el año en la institución. para el siguiente año se Matriculará como alumno antiguo. · Por parte de la Institución: Cuando se incumple lo convenido en el manual de convivencia la institución se reserva el derecho de admisión por los siguientes años según lo establecido en la misma resolución. · Cuando un estudiante al Matricularse ha firmado un acta de compromiso e incumple con lo aceptado en ella. · Cuando un estudiante repruebe consecutivamente en dos ocasiones un mismo grado. · Cuando un estudiante presenta logros pendientes en dos periodos consecutivos en cinco o más áreas. · Cuando se haya cumplido totalmente el debido proceso disciplinario y el Consejo Directivo haya tomado la decisión de la exclusión. ARTÍCULO 9. RESPECTO A LA SEDE Y JORNADA Los estudiantes que tendrán derecho a que se respete su Sede y/o Jornada, si así lo desean son aquellos que: · Durante el año escolar hayan demostrado buen rendimiento académico y disciplinario. “Por una educación de calidad”
  • 24. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 · Los estudiantes que su lugar de residencia sea en la zona rural. · Los que medicamente demuestren la necesidad de garantizarles la jornada donde venían estudiando. · Aquellos que cumplan estrictamente con la hora de llegada a la institución. · PARÁGRAFO: Cuando la Institución necesite reorganizar uno o varios cursos, por causas administrativas, del entorno u otra causa justificada y se haga necesario transferir a uno o varios estudiantes. ARTÍCULO 10: LA ASISTENCIA ESCOLAR Todos los estudiantes Matriculados deben cumplir con las horas escolares establecidas por la institución y la inasistencia injustificada a un 20% de las actividades académicas del año escolar, es causal para la no promoción al finalizar el año, de acuerdo a la autonomía institucional autorizada por el Decreto 1290 de 2009. Desde la coordinación (académica) se ejerce el control diario de asistencia a clases con el apoyo de los monitores académicos quienes manejarán un formato para registrar la inasistencia de los estudiantes. Inasistencias: Se da cuando un estudiante no se hace presente a la jornada académica. La inasistencia sólo se justifica cuando: · Se presenta incapacidad médica explicita · Por calamidad doméstica como: muerte o enfermedad grave de familiares cercanos, catástrofes entre otros. · Los estudiantes que estén representando a la institución en eventos municipales, departamentales, nacionales o internacionales. · Los estudiantes que participen en actividades lúdicas, deportivas u otras que requieran su inasistencia. Cuando el estudiante regresa a la institución después de una inasistencia y antes de ingresar al salón de clase, debe entregar en la coordinación académica la excusa formal, debidamente justificada, firmada por los padres de familia. Autorizaciones de ausencia de la institución: Cuando se trata de ausencia de la institución por tres o más días, esta autorización la concede el coordinador académico, previo cumplimiento de estos requisitos: · Solicitud formulada por escrito por sus padres o acudientes, con cinco días de antelación a la fecha de ausencia. · Si se trata de alguna representación deportiva o cultural, carta de la institución responsable. · Fotocopia de los resultados académicos del período anterior. · Certificado de buen comportamiento expedido por el coordinador de convivencia. “Por una educación de calidad”
  • 25. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 Permisos para salir de la institución: Este permiso lo concede el coordinador de convivencia, previa solicitud enviada por los padres de familia o acudientes, quienes deberán acudir personalmente a la institución a firmar el retiro. Es responsabilidad de los padres cualquier circunstancia que se presente después de que los alumnos se retiren de la Institución Educativa. PARÁGRAFO 1.Incumplimiento a la jornada escolar: cuando un estudiante llega a clase 5 minutos después de haber comenzado la jornada de clase o a cualquier actividad programada por la institución el docente responsable de la clase o actividad hará anotación en el observador y si reincide lo remite a coordinación académica para establecer compromisos con el padre de familia. PARÁGRAFO 2.Por ningún motivo un estudiante se puede dejar por fuera de clase ya que somos garantes de los niños (as) y adolescentes y responsables de su integridad física y moral dentro de la convivencia escolar. (Artículo 42 # 1 y Artículo 44 # 4 de la Ley 1098). PARÁGRAFO 3: Permisos y excusas: Los permisos y excusas deben ser presentados por el acudiente en coordinación académica presentando la correspondiente certificación médica o excusa en forma escrita y personal. Toda ausencia con o sin excusa queda registrada en el control diario del estudiante y contabilizada como falla. Toda ausencia mayor o igual a un día debe ser justificada personalmente por el acudiente cualquiera sea la razón, dentro de los tres (3) primeros días hábiles una vez se haya dado la ausencia. ARTÍCULO 11. PRESENTACION PERSONAL DE LOS ESTUDIANTES Todos los estudiantes de la Institución Educativa Técnica Gabriela Mistral deben utilizar el uniforme de diario y el uniforme de educación física según los parámetros establecidos y desde el PRIMER DIA DE CLASE para los estudiantes antiguos. Por tal razón el uniforme debe portarse con respeto, decoro, dignidad y orgullo, dentro y fuera de la institución, adquiriendo el sentido de pertenencia con la misma. Bajo Ninguna circunstancia los estudiantes y/o los padres de familia o acudiente podrán cambiar el modelo del uniforme. UNIFORME OFICIAL FEMENINO UNIFORME OFICIAL MASCULINO UNIFORME DE EDUCACIÓN FÍSICA UNIFORME OFICIAL DE LA TÉCNICA VENTAS GRADOS 10º Y 11º UNIFORME OFICIAL DE LA TÉCNICA ELECTRÓNICA GRADO 10º Y 11º Falda pantalón Pantalón en lino azul Buso blanco con cuello en FEMENINO MASCULI NO FEMENINO MASCULINO “Por una educación de calidad”
  • 26. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 en lino azul oscuro, sobre la rodilla oscuro bota recta, con pretina, pasadores y cinturón negro, según modelo “V” con ribete vino tinto y amarillo, el escudo de la institución debe ir cocido al lado izquierdo según modelo; Pantaloneta vino tinto con embone amarillo, según modelo Pantalón azul bota recta Únicament e aretes pequeños blancos. Cabello recogido moña blanca o azul (Cola de caballo) Pantalón azul en gabardina bota recta Sin accesorio s (piercings , expansion es, manillas entre otras) Corte de cabello clásico y corto Pantalón camuflado negro con bolsillos laterales Únicamente aretes pequeños blancos. Cabello recogido moña negra(Cola de caballo) Pantalón camuflado negro con bolsillos laterales Sin accesorios (piercings, expansiones, manillas entre otras) camibusos con bolsillo al lado izquierdo donde llevará cocido el escudo de la institución según modelo camibusos blanco con bolsillo al lado izquierdo donde llevará cocido el escudo de la institución según modelo Sudadera vino tinto con embone amarillo, bolsillo a lado y lado, bota recta y pantaloneta vino tinto con embone amarillo, según modelo camisa manga tres cuartos a rayas color tiza donde en la parte izquierda del frente irá bordado el logo del colegio, y al lado derecho el logo del SENA al cual está articulada camisa manga larga a rayas color tiza en la parte izquierda del frente ira bordado el logo del colegio, y al lado derecho el logo del SENA al cual está articulada Camibuso negro manga corta en la parte izquierda del frente ira el logo del colegio, y al lado derecho el logo del SENA en hilo blanco. En la manga derecha debe ir bordado (ELECTRÓ NICA) y en la espalda Camibuso negro manga corta en la parte izquierda del frente ira el logo del colegio, y al lado derecho el logo del SENA en hilo blanco. En la manga derecha debe ir bordado (ELECTRÓNICA) y en la espalda debajo del cuello el Nombre y Apellido del aprendiz “Por una educación de calidad”
  • 27. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 debajo del cuello el Nombre y Apellido del aprendiz Medias colegiales blancas y zapato Completam ente negro de amarrar. Medias azul oscuro y zapato completament e negro de amarrar. y opcional una gorra vino tinto según modelo. zapatos negros tacón 3 ½ cm de alto cerrado Zapatos negros de amarrar en material. Medias largas Botas de suela aislante, de amarrar (Negra, Beige o café) Medias largas Botas de suela aislante, de amarrar (Negra, Beige o café) PARÁGRAFO 1 Si un estudiante no se puede presentar con el uniforme correspondiente, el padre de familia o acudiente debe justificar ante la Coordinación para que sea otorgado el permiso por escrito, sin el cual no podrá ingresar a clase y en dicho caso presentarse con el otro uniforme de particular no se puede presentar. PARÁGRAFO 2 Para estudiantes nuevos se les concederá un tiempo de transición hasta de quince (15) días hábiles después de iniciado el periodo de clase. 11.1 PORTE DEL UNIFORME Los camibusos y busos de diario y Educación Física deberán ir dentro del pantalón y/o falda respectivamente. Para las mujeres la falda pantalón debe ir sobre la rodilla. La falda pantalón, el pantalón y la sudadera deben estar a la altura de la cintura La camisa de sudoración debe ser completamente blanca No llevar elementos adicionales que dañen la uniformidad (pulseras, piercing, collares, aretes largos y de colores etc. Estos serán decomisados por la coordinación y/o docentes). El corte de cabello y peinado para hombres debe ser clásico. Para las mujeres el cabello debe ir recogido con una bamba blanca o azul oscuro sin tintes ostentosos que dañen la uniformidad. No utilizar cuando se porte el uniforme del colegio maquillaje, uñas pintadas de colores fuertes. Para las prácticas de laboratorio de física y química deben usar una bata blanca. Los estudiantes de los grados 10 y 11 deben presentarse a las prácticas con los uniformes respectivos de acuerdo a la técnica de su elección. ARTÍCULO 12. HORARIOS “Por una educación de calidad”
  • 28. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 Es la distribución organizada que debe tener la institución para una buena organización y para asegurar el cumplimiento de las diferentes actividades. Los Horarios deben ser: · Publicados · Expuestos públicamente · Ser conocidos por todos los miembros de la Comunidad Educativa. · Deben ser controlados y cumplidos estrictamente. CAPITULO IV CORRESPONSABILIDAD DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Es la responsabilidad compartida, quiere decir que dicha responsabilidad debe ser entendida como una obligación legal o moral, es común a los miembros de la Comunidad Educativa, quienes comparten una obligación o compromiso en determinado momento o circunstancia y teniendo como base la Sentencia 493 de la Corte Constitucional Corte Constitucional que plantea que “La educación es un Derecho – Deber” ARTÍCULO 13. PRINCIPIOS BASICOS PARA LA CONVIVENCIA DE LA COMUNIDAD EDUCATIVA Implica: · Aprender a no agredirse. Base de todo modelo de convivencia social. · Aprender a comunicarse. Base de la autoformación personal y grupal. · El ejercicio responsable de los derechos y el cumplimiento de los deberes establecidos por parte de todos y cada uno de los miembros. · Aprender a interactuar. Base de los modelos de interacción social. Si me acerco a los otros, reconozco y acepto sus opiniones y aprendo a convivir. · Aprender a decidir en grupo supone aprender a sobrevivir y a proyectarse basados en la concertación. · Aprender a cuidarse. Base de los modelos y seguridad social. Aprender a cuidar el bienestar físico y psicológico de si mismo y de los otros es una forma de expresar amor a la vida. · Aprender a cuidar el entorno: fundamento de la supervivencia. La convivencia social es posible si aceptamos que somos parte de la naturaleza y del universo. · Aprender a valorar el saber cultural y académico, base de la evolución social y cultural. ARTÍCULO 14: MECANISMOS DE PERMANENCIA CONTINUIDAD Y RETENCIÓN ESCOLAR La Institución Educativa Gabriela Mistral garantiza buenas prácticas de inclusión y retención escolar evidenciadas en intervenciones educativas que tienen un efecto positivo en la participación y permanencia de los estudiantes en el sistema escolar, lo que implica diseñar estrategias generales de respuesta a la diversidad del alumnado, cualquiera sea su procedencia “Por una educación de calidad”
  • 29. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 o nivel de partida o características personales, a fin de acompañarlos en un proceso encaminado hacia el logro de los objetivos propuestos. ” La retención escolar la entendemos como la capacidad que tiene nuestro modelo educativo para lograr la permanencia de los estudiantes en las aulas, garantizando la terminación de ciclos y niveles en los tiempos previstos y asegurando el dominio de las competencias y conocimientos definidos por los marcos curriculares pertinentes. Lo anterior requiere el desarrollo de una educación inclusiva, que no sólo respete el derecho a ser diferente como algo legítimo, sino que valore explícitamente la existencia de esa diversidad. Por tanto, generar prácticas de retención e inclusión escolar implica diseñar estrategias generales de respuesta a la diversidad del alumnado, cualquiera sea su procedencia o nivel de partida o características personales, a fin de acompañarlos en un proceso encaminado hacia el logro de los objetivos propuestos. Las buenas prácticas apoyan las trayectorias educacionales de los estudiantes generando mecanismos flexibles y ofertas cada más diversificadas, con el fin de enfrentar rezagos en el aprendizaje, responder a los más diversos intereses de los estudiantes y ofrecer reales expectativas de proyección futura en sus búsquedas vocacionales. Estrategias institucionales para la retención escolar: • El trabajo conjunto de los docentes para planificar y gestionar las acciones educativas • Contar con instancias de participación para la gestión o elaboración del proyecto institucional, curricular y programaciones en el aula. • Contar con canales de participación para los estudiantes. • La autonomía del establecimiento y de cada docente a lo largo del tiempo para realizar ajustes al proceso educativo. Diseñar los programas de diversificación curricular cuando ya las medidas tomadas anteriormente para atender a los estudiantes son insuficientes (de reforzamiento en áreas de aprendizaje) • Diseñar acciones de reforzamiento de la convivencia estudiantil y al manejo de conflictos al interior del establecimiento . • Diseñar acciones que apoyen el desarrollo personal de los estudiantes con riesgo social Estrategias en el aula para la retención escolar: • La puesta en marcha de la planificación o programación • La gestión de recursos para el aprendizaje • Desarrollar estrategias para mejorar la autoestima de los estudiantes • Desarrollar formas de fomentar el aprendizaje cooperativo entre estudiantes. • Construir un clima relacional, basado en la aceptación, la seguridad y confianzas mutuas entre los estudiantes y los docentes. “Por una educación de calidad”
  • 30. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 • Implementar actividades complementarias, de apoyo al aula (actividades extraescolares, espacios y actividades de recreación, etc.) que permitan superar las barreras al aprendizaje y la participación. ARTÍCULO 15: INCLUSIÓN La ley 115, Título III, Modalidades de Atención Educativa a Poblaciones, capítulo1°, Educación para personas con Limitaciones o Capacidades Excepcionales 1997, que establece mecanismos de integración de las personas con discapacidad. El decreto 2082 del 18 de noviembre de 1996, por el cual se reglamenta la atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales. La ley 361 del 7 de febrero de 1997, que establece mecanismos de integración de las personas con discapacidad. Resolución 2565 de octubre de 2003 del Ministerio de Educación, por la cual se reglamenta las disposiciones para la atención a la población con necesidades especiales. ARTÍCULO 16: POBLACIÓN VULNERABLE: Los estudiantes en condiciones vulnerables son tenidos en cuenta en los diferentes programas que direcciona la Secretaria de educación siendo ellos los primeros beneficiados en cuanto tiene que ver con el desayuno escolar, el almuerzo, el transporte escolar y en los diferentes aportes que le llegan a la institución primero se tienen en cuenta a todos estos niños, niñas y adolescentes que tienen esta dificultad. Se implementan acciones de atención psicoactiva y proyectos educativos transversales. CAPITULO V CAMPAÑAS DE PREVENCION Nuestros estudiantes son el eje principal del proceso y del sistema educativo, de tal manera propendemos por el bienestar y la garantía de sus derechos con responsabilidad en el cumplimiento de su deberes y así evitar que los afecten, enfatizando la prevención del maltrato, físico, psicológico; el abuso y explotación sexual y todo tipo de discriminación. Se relacionan una serie de acciones como de medidas preventivas las cuales deberán entre otros aspectos tener su propia reglamentación, medir su impacto, ser orientadas por profesionales, expertos o conocedores en la temática, socializadas, incluyendo orientación a las familias sobre dicho proceso. No significa que sean las únicas, la Institución º otras acciones preventivas cuando las circunstancias lo ameriten · Jornada de Socialización de la Normatividad: Conocimiento de la Ley, de las Normas, Manual de convivencia. · Campañas de sensibilización y prevención por instituciones de apoyo: Policía Nacional, Hospital, Defensa Civil, Bomberos Voluntarios. “Por una educación de calidad”
  • 31. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 · Campañas de prevención y erradicación de las peores formas de trabajo infantil, la drogadicción, la explotación sexual y todas aquellas amenazas en las que está inmersa la sociedad actual. · Campañas de prevención de embarazos en adolescentes. · Talleres de Formación: Círculos Académicos, Escuelas de Formación Académica, Artística, Deportivas y Culturales. · Curso de capacitación docente y administrativo. · Cursos de formación complementaria. · Programas de difusión e información: Pagina web, Blog, carteleras, periódico escolar… · Proyectos de Formación y Proyección Personal y Profesional. · Programas de mejoramiento de la calidad educativa. · Convenios interinstitucionales: EPS, Escuelas de Enfermería y demás entidades. “Por una educación de calidad”
  • 32. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 “Por una educación de calidad”
  • 33. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 ARTÍCULO 17.RUTAS DE ATENCIÓN La Ruta de Atención es un instrumento importante y eficaz para actuar en contra de los casos que atenten contra la vida y la integridad de los miembros de la comunidad educativa, especialmente los estudiantes, donde las autoridades competentes colaboran en este proceso. Por lo anterior podemos garantizar a nuestros ambiente libre de violencia y se contribuye a lograr la equidad y el respeto por la dignidad humana. DIRECTORIO DE AUTORIDADES Y ENTIDADES DE APOYO N° AUTORIDADES TELÉFONO 1 POLICIA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA (PATRULLERA) 3014632058 2 POLICIA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA (P. CAMILA) 3205764417 3 POLICIA DE INFANCIA Y ADOLESCENCIA (P.MANJARREZ) 3134863438 4 BIENESTAR FAMILIAR 2451732 5 SECRETARIA DE EDUCACIÓN MUNICIPAL(DRA ANDREA) 3144433522 6 SECRETARIA DE GOBIERNO 7 BOMBEROS 3134412164 8 HOSPITAL LOUIS PASTEUR 2457268-2456168 9 CRUZ ROJA COLOMBIANA 111-(8)2642344 10 BOMBEROS VOLUNTARIOS 119-2453976 11 DEFENSA CIVIL 3102352812 12 RUTA ESCOLAR (FARID CÓRDOBA) 3185682028 13 SERVICIO DE TAXIS 2456777-2450233 14 SERVICIO DE BUSETAS 2450777 CAPÍTULO VI DE LOS ESTUDIANTES “Por una educación de calidad”
  • 34. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 ARTÍCULO 18. PERFIL DEL ESTUDIANTE · Nuestro estudiante se describe como una persona reflexiva frente a un problema, analítica frente a una situación y competente en la solución de sus problemas, desarrolla valores cognitivos, sociales y morales. El estudiante Gabrielista debe ser una persona que: · Aporta y contribuye en la sociedad con sus ideas, habilidades y talentos. · Que se distinga por ser siempre una dama y un caballero en todas sus acciones, respetando, tolerando comprendiendo a los demás. · Ser siempre un estudiante íntegro y practicar en todo momento los valores. · Debe ser responsable de sus actos, aceptando las consecuencias que trae cada uno de ellos. · Ser creativo y autónomo en todas sus labores y deberes. · Ser reflexivo y consciente de su proceso de aprendizaje en la construcción de un proyecto de vida eficaz. · Asume la responsabilidad de sus acciones. · Aceptar sus errores y cada situación como una experiencia de aprendizaje y como un escalón en su vida. · Amarse y cuidar de sí mismo de modo que pueda hacerlo con los demás. ARTÍCULO 19: DERECHOS DEL ESTUDIANTES Los Derechos son términos que enmarcan una auténtica reciprocidad, al adquirirlos, también obtengo unos deberes, los cuales son un conjunto de principios y reglas que también imponen obligaciones, y determinan las relaciones sociales con los distintos estamentos de la institución. La corte Constitucional (S-492-1992) dice: “La educación es un derecho-deber en cuanto no solamente otorga prerrogativas a favor del individuo, sino que comparte exigencias de cuyo cumplimiento depende en buena parte la subsistencia del derecho, Con base en los artículos 7 al 37 la Ley de la Infancia y la Adolescencia, el estudiante de la Institución Educativa Técnica Gabriela Mistral tiene derecho a: 1. Tiene derecho a la vida, la integridad física, moral, la salud, la educación, el descanso y la recreación, la libre y respetuosa expresión de la opinión, la seguridad física y moral (Art. 44 45 79, CPN, Art. 9 y 15 C M). 2. Conocer el manual de convivencia y normas que lo promueven con sus respectivas aplicaciones para así, aceptarlo, cumplirlo y formar parte de la Comunidad Educativa Gabrielista 3. Recibir orientación para superar dificultades y conflictos (Ley 1098, Art.43 #3, Art. 44 #6). (Ley 1098 Art. 42 #7, 8, 9, 10 y 11). “Por una educación de calidad”
  • 35. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 4. Recibir una formación integral en valores, basada en la afectividad, la ética, la academia , y lo religioso, proyectada al bien común 5. Disfrutar del medio ambiente y de la planta física, sus dependencias, implementos y servicios que pueda utilizar el estudiante, de acuerdo al horario y normas establecidas por la Institución Educativa para tal fin. 6. A la igualdad de oportunidades y eficaz cumplimiento de los estímulos por destacarse en actividades Institucionales. 7. Utilizar adecuadamente materiales, recursos y ayudas didácticas que la institución ofrezca para el logro de los objetivos dentro del proceso educativo. 8. A que se le evalúe cualitativa y permanentemente, conociendo las formas de evaluación por competencias según planilla e informarse sobre los resultados de las mismas y ser escuchadas sus reclamaciones respetuosas. 9. A que se le realicen las evaluaciones que por causa justificada no se hayan presentado en día y hora fijada. 10. Reconocimiento escrito en el observador por destacarse en actividades académicas, culturales, deportivas y todas aquellas que desarrolle la institución 11. Participar en el gobierno escolar como representante de los compañeros cuando resulte elegido. 12. Conocer los logros propuestos en cada una de las asignaturas al comenzar el año escolar. 13. Presentar actividades de nivelación y recuperación en las áreas que presenta dificultad o deficiencia. 14. Participar en la organización y evaluación institucional (Ley 1098 Art. 31 y 42 #4). 15. Conocer las notas de cada periodo de manera oportuna, antes de ser pasadas al sistema académico, al igual que las notas del proceso durante todo el periodo. 16. Recibir oportunamente sus evaluaciones para los reclamos o aclaraciones respectivas. 17. Solicitar en la secretaria de la Institución Educativa certificados de calificaciones y constancias de estudio. 18. A que se le revisen tareas, talleres, ejercicios realizados de las diferentes áreas para obtener calificación en dicha área. 19. Recibir puntualmente las clases según el horario establecido por la institución. 20. Recibir un trato amable, respetuoso y digno por parte de sus compañeros, profesores, directivas y demás miembros de la institución evitando el ser objeto de discriminación por sexo, edad, raza, religión o política. (Ley 1098 Art. 42 #12). 21. Expresar libre y respetuosamente las inquietudes siempre y cuando no atente contra la integridad psicológica y moral de los demás miembros de la Comunidad Educativa (set. ST-02/92 Corte constitucional. 22. Ser orientado y protegido contra el consumo y distribución de sustancias psico-activas que puedan producir dependencia y afectar su bienestar físico mental. 23. Participar activamente en los eventos sociales, cívicos, religiosos, culturales y deportivos por el plantel, demostrando siempre excelente presentación personal y comportamiento. “Por una educación de calidad”
  • 36. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 24. Representar a la Institución Educativa en los diferentes eventos siempre y cuando redunde en bien de la comunidad y de él mismo. 25. Al descanso y a la recreación, en los horarios y sitios establecidos para tal fin (Ley 1098 Art. 30)- 26. A gozar de la amistad de sus maestros, dentro de las normas del respeto mutuo y las respectivas distancias éticas, profesionales y personales (Ley 1098 Art. 41 #19, Art. 44 #5). 27. Ser informado oportunamente del cambio de horarios de clase y demás actividades programadas. 28. Ser escuchado antes de ser sancionado haciendo buen uso al derecho a la defensa y al debido proceso. 29. Ser escuchado en sus reclamos e inquietudes por sus profesores y directivas; siempre y cuando estas sean pronunciadas en forma oportuna y respetuosa. 30. Tener acceso, en los horarios establecidos, a la biblioteca, y demás lugares de formación en el Institución Educativa. 31. Ser auxiliado oportunamente en caso de accidente o enfermedad, por personal idóneo, mientras llega el acudiente o recibe atención profesional. 32. Al debido proceso ante cualquier eventualidad académica y de convivencia. 33. Presentar solicitud verbal o escrita, siguiendo el conducto regular, ante las personas e instancias correspondientes y obtener respuesta oportuna. 34. Disfrutar del medio ambiente y de la planta física, sus dependencias, implementos y servicios que pueda utilizar el estudiante, de acuerdo al horario y normas establecidas por la Institución Educativa para tal fin. ARTÍCULO 20: DEBERES DE LOS ESTUDIANTES El deber se entiende como un quehacer que engendra responsabilidad, y esta encierra la capacidad de responder por lo que se haga o se deje de hacer, directa o indirectamente. Los estudiantes Gabrielistas deben cumplir los siguientes deberes: 1. Conocer y acatar el presente Manual de Convivencia. 2. Evitar el fraude, plagio de trabajos y evaluaciones; sustracción de evaluaciones, cuestionarios o alterar el juicio valorativo de los mismos. 3. Presentar las excusas justificadas por escrito al director de grado de las áreas del respectivo grado (en un tiempo hasta de 3 días hábiles). 4. Entregar oportunamente la documentación requerida para participar en las diferentes actividades programadas por la Institución Educativa. 5. Conocer el sistema institucional de evaluación de los estudiantes: criterios, procedimientos e instrumentos de evaluación y promoción desde el inicio del año escolar. 6. En caso de traer elementos que no hacen parte de los implementos escolares y que requieran para efectos académicos como (portátiles, video cámaras entre otros) deben “Por una educación de calidad”
  • 37. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 ser reportados al coordinador de convivencia, justificando la necesidad de portarlos y asumiendo toda la responsabilidad frente a la posible pérdida o deterioro del mismo. 7. Presentar trabajos, exámenes y lecciones en la fecha y hora asignada, de lo contrario presentar excusa al profesor correspondiente, certificada por la coordinación de convivencia. 8. Cumplir con las recomendaciones y compromisos adquiridos para la superación de sus debilidades. 9. Ser reconocido y respetado como sujeto social y miembro activo de la Comunidad. 10. Ser evaluado de manera integral en todos los aspectos académicos, personales y sociales. 11. Mantener un trato amable y respetuoso con todos los miembros de la comunidad educativa dentro y fuera de la institución 12. Solicitar permiso para ausentarse de la institución en compañía de los padres o acudiente, previa autorización. 13. Asistir puntualmente a las actividades escolares de acuerdo con los horarios establecidos para cada sede y jornada con sus respectivos útiles escolares o elementos de trabajo. 14. Cultivar los valores humanos de la autenticidad, la búsqueda de la verdad, la sinceridad, la honestidad, la justicia, el diálogo, la gratitud, la constancia, en el cumplimiento del deber, espíritu de servicio y solidaridad con los demás. 15. Demostrar sentido de pertenencia y lealtad a la Institución Educativa. 16. Representar con seriedad y responsabilidad a la Institución en eventos de cualquier índole en todo lugar. 17. Informar a los padres y/o acudientes sobre las citaciones a reuniones y otras actividades que se realicen en la Institución. 18. Cumplir y participar en el aseo del salón de clase y de la institución en general. 19. Asistir a la institución con una adecuada presentación personal, evitando modas que no estén de acuerdo con las directrices de la institución 20. Evitar el consumo e ingreso de alcohol o sustancias psicoactivas a la Institución educativa y a las actividades programadas bajo el efecto. 21. Hacer uso adecuado de las diferentes dependencias de la institución y de los recursos físicos, pedagógicos y ecológicos. 22. Ser tolerante, comprender y atender a los aportes que hacen orientadoras, maestros, padres de familia y/o acudientes frente a su proceso formativo 23. Respetar la libertad de pensamiento, conciencia, opinión o religión de los demás miembros de la comunidad educativa. 24. Evitar las manifestaciones de tipo amoroso que atenten contra las normas de respeto y convivencia en las diferentes actividades que realice o participe la institución. ARTÍCULO 21: DEBERES FUERA DE LA INSTITUCIÓN Los deberes de todo miembro de la comunidad no se inscriben únicamente al interior de la Institución. La formación integral tiene que estar representada en los comportamientos que “Por una educación de calidad”
  • 38. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 cada uno de los integrantes de esta comunidad manifieste cuando actúa en otros medios, como el familiar y social; significando la continuidad del proceso formativo y educativo, claramente definido en la filosofía de la institución. Fuera de la institución el estudiante debe: 1. Responder a los principios de educación y buenas maneras, propios de los miembros de la comunidad educativa. 2. El uniforme de la Institución no debe ser utilizado en eventos o sitios públicos, excepto cuando sea en representación de la misma. 3. Los bailes, minitecas y otros eventos nunca deben realizarse utilizando el nombre de la Institución, salvo que sea programada por la misma. 4. Las ventas o cuotas grupales, solamente deben realizarse previa autorización de rectoría y Consejo Directivo de la institución. 5. Mantener un comportamiento correcto en la calle, con los vecinos, en los medios de transporte, y en los sitios públicos. 6. Respetar y conservar contra las zonas verdes, árboles, jardines y en general contra el patrimonio cultural y ecológico. OBSERVADOR DEL ESTUDIANTE El Observador del estudiante es una herramienta que permite el registro de todo el proceso académico, de comportamiento y disciplina, además de la información personal que en determinado momento necesite la Institución del estudiante. · Esta herramienta debe ser controlada, observando constantemente la discreción en lo consignado. El estudiante y el padre de familia o acudiente, Pueden solicitar el observador del alumno en cualquier momento, y solicitar copia de éste si así lo desean. · Para su manejo, el observador debe estar bajo la responsabilidad de la · Coordinación de convivencia, para permitir un fácil manejo. · El diligenciamiento del observador será exclusivo de los directores de grado, y el control se hará periódicamente por parte de la Coordinación de convivencia. · En el observador se deben registrar las fortalezas y debilidades observadas en los estudiantes. Estos comportamientos deben ser consignados por el docente o directivo docente que observe la falta o la fortaleza diligenciándolo correctamente ARTÍCULO 22: FALTAS Y SANCIONES Son todos aquellos comportamientos que quebrantan las obligaciones o deberes establecidos en el manual de convivencia, las normas y principios constitucionales, morales, éticos y sociales; que ameritan por lo tanto un correctivo, teniendo siempre en cuenta el debido proceso. De ello se debe dejar constancia escrita en el observador del alumno de manera clara, precisa y avalándola con las firmas de todos los que intervinieron. “Por una educación de calidad”
  • 39. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 ARTÍCULO 23. FALTAS LEVES: 1. No portar el uniforme acorde con el modelo establecido. 2. Presentarse con el cabello largo o rapado, cortes y/o tintes extravagantes. 3. Presentarse a la institución y a clases después del horario reglamentado. 4. No justificar la inasistencia a la institución dentro del plazo estipulado. 5. El uso de teléfonos celulares, reproductores de música y otros dispositivos electrónicos durante la hora de clase o actos institucionales. 6. Esconder, maltratar o arrojar objetos o útiles a otros compañeros. 7. El no cumplimiento en las funciones de monitor, representante estudiantil, contralor y personería. 8. Comprar o permanecer en la tienda escolar en horas distintas al descanso. 9. Perturbar el normal desarrollo de la clase o actividad institucional con conversaciones no autorizadas, gritos, risas, burlas, juegos, gestos, silbidos, remedos, circulación por el salón en momentos inadecuados etc. 10. Ausentarse del aula de clases o de algún acto institucional sin autorización. 11.Arrojar papeles, desechos o desperdicios por fuera de las canecas o elementos designados para ello. 12. Comer, beber o masticar alimentos o chicle en clase o durante algún acto institucional. 13. Practicar un vocabulario soez y juegos agresivos u ofensivos. 14. Cualquier conducta que vaya en contra de las normas de urbanidad y las sanas costumbres y que alteren la sana convivencia. 15. Lucir cualquier tipo de maquillaje en ojos, labios, mejillas, uñas y peinados ostentosos durante la jornada escolar en actividades de la institución y otros portando el uniforme. 16. No presentarse a cumplir con sus deberes escolares e irse a otros sitios diferentes. 17. La Impuntualidad o inasistencia injustificada a todos los actos programados por la institución. 18. Dormir durante las clases. 19. Asumir una actitud de apatía, indiferencia y desinterés, frente a las actividades propuestas por los maestros y la institución. 20. Entrar a las aulas, ambientes o laboratorios que no correspondan a su grupo sin autorización. 21. Faltar con los materiales necesarios para el buen desarrollo de las actividades planteadas por la Institución en clases, lúdicas, retiros, convivencias, etc. 22. Pegar chicles en sillas, paredes, pisos, elementos del aula, en ropa, cabello y útiles de sus compañeros(as) y demás miembros de la institución. 23. Vender comestibles y otros elementos dentro del ambiente de clase y demás espacios académicos. 24. No entregar oportunamente los comunicados, citaciones y demás comunicados a los Padres de Familia y/o acudientes. “Por una educación de calidad”
  • 40. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 25. Jugar, en las zonas no autorizadas como interiores, ambientes, baños, parqueaderos, auditorio, escaleras, parque infantil, pasillos entre otros. 26. El no acatar con responsabilidad y respeto las observaciones ecológicas frente al manejo del entorno y el cuidado del agua y las instalaciones eléctricas. 27. Permanecer en los ambientes de clase o en otros espacios, mientras la totalidad de la comunidad se encuentra en el patio en descansos o en actividades programadas por la institución. 28. Las manifestaciones indiscretas e imprudentes de las relaciones de noviazgo y/o de pareja en la institución o en cualquier actividad programada por la Institución o portando el uniforme. Parágrafo I: Las faltas leves se convierten en graves , cuando el o la estudiante a pesar del acompañamiento y compromiso generado en el dialogo concertado , como proceso de seguimiento y control, señalado en el registro de valoración y bajo el acompañamiento del director de curso , persiste por tercera vez en seguir cometiendo este acto u omisión . Parágrafo II: El uso de teléfonos celulares solo será permitido en casos de fuerza mayor y con autorización del docente este deberá mantenerse en vibrador. Los demás elementos como: reproductores de música, de video y otros dispositivos tecnológicos que sean utilizados en actividades diferentes a las académicas, serán decomisados por el docente o coordinador de convivencia; estos serán entregados únicamente al acudiente del dueño del artículo durante los tres días hábiles siguientes al decomiso. Parágrafo III. La institución no se hace responsable por la pérdida de ningún elemento que no corresponde a los útiles escolares. Parágrafo IV. El estudiante que cause daño a los elementos de la institución y a los de sus compañeros, su acudiente debe responsabilizarse por ello. ARTÍCULO 24: PROCEDIMIENTO PARA LAS FALTAS LEVES: 1. Amonestación verbal: lo hace el educador que se enteró de la falta y consiste en un diálogo con el estudiante para invitarlo a reflexionar sobre su actitud equivocada y para fijar metas de rectificación. 2. Amonestación escrita: procede cuando ya se ha realizado una amonestación verbal sobre una falta leve y se realizará llamado de atención por escrito por parte del educador que conoció la situación, en la ficha del observador del estudiante, designando la falta, el correctivo, el compromiso adquirido por el estudiante y la firma del docente y la del estudiante. 3. Citación a Coordinación. Cuando ya se han realizado dos (2) Amonestaciones escritas, el coordinador de convivencia dialoga con el estudiante sobre la falta cometida, le recuerda sus derechos y deberes y le plantea las posibles sanciones al reincidir en un mal comportamiento. Se deja constancia escrita del diálogo en la ficha del observador del estudiante. 4. Notificación a los Padres de Familia o Acudientes. Cuando el estudiante en la ficha del observador tiene tres (3) amonestaciones escritas por faltas leves, el Coordinador (a) y el orientador de grupo notificarán por escrito, a los padres de familia o acudiente(s) autorizado(s) para dialogar, analizar en forma conjunta la situación del estudiante y buscar estrategias que “Por una educación de calidad”
  • 41. INSTITUCIÓN EDUCATIVA TÉCNICA “GABRIELA MISTRAL” MELGAR – TOLIMA EDUCACIÓN PRE-ESCOLAR-BASICA PRIMARIA-SECUNDARIA Y MEDIA Reg. Ed. No. 123277-123278 DANE 173449-000759 NIT 809.009.531-5 Resolución de Aprobación 5392 de nov. 9 de 2011. Barrio la Colina Telefax 245091 permitan una adecuada normalización. De este diálogo se dejará constancia escrita en la ficha del observador del estudiante y contará con la firma del coordinador, del orientador de grupo, los padres de familia y/o acudiente (s) autorizados y el estudiante. ARTÍCULO 25: FALTAS GRAVES 1. Hacer fraude en las evaluaciones o en cualquier actividad escolar. 2. Propiciar o participar en riñas, escándalos públicos, dentro y fuera de la institución. 3. Daños intencionales causados a la infraestructura, muebles, enseres de la institución y a los vehículos. 4. Jugar o correr en aulas, pasillos y utilizar de manera inadecuada las barandas, ventanales, puertas, poniendo en riesgo su integridad y/o la de cualquier miembro de la comunidad. 5. Comercializar productos sin autorización dentro de la institución. 6. Actuar de forma agresiva frente a las observaciones y/o recomendaciones de cualquier miembro de la comunidad educativa. 7. Irresponsabilidad en la devolución y uso de materiales prestados por sus compañeros, docentes y/o la institución. 8. Encontrarse en el baño de género contrario. 9. Ingresar a una dependencia sin la debida autorización o violentando la seguridad. . 10. Causar daños a la planta física y el mobiliario de la institución. 11. Fomentar el desorden y/o causar daños en el paradero y dentro de las rutas escolares. 12. La sustracción o alteración de documentos institucionales. 13. Utilizar continuamente la mentira para justificar sus errores. 14. Satisfacer necesidades fisiológicas en lugares distintos a los baños. 15. Celebrar inadecuadamente cualquier evento, arrojando huevos, harina, agua, haciendo bromas que atenten contra el aseo y seguridad de compañeros y de la institución. 16. Práctica de espiritismo, de brujería, hechicerías, o satanismo. 17. No entregar oportunamente los comunicados, citaciones a los Padres de Familia y/o acudientes. 18. Desacato a las amonestaciones por parte de rectoría, coordinación y profesores. 19. Usar apodos o sobrenombres para llamar a los profesores, directivos, compañeros y demás comunidad educativa. 20. Elaborar, realizar o escribir grafitis indecorosos y mensajes en paredes, baños o pupitres. 21. Practicar conductas con un contenido erótico- sexual. 22. Agresión escolar sea física, verbal, relacional, gestual a un alumno o alumna o cualquier miembro de la comunidad educativa, siempre y cuando las lesiones no produzcan incapacidad. . De acuerdo a la ley 1620/13 y el decreto 1965/13. 23. Acoso escolar (bullyng), realizar toda conducta negativa, intencional y sistemática de agresión e intimidación, humillación, ridiculización, difamación, coacción, aislamiento deliberado, amenaza o incitación a la violencia o cualquier forma de maltrato psicológico, verbal y físico, a cualquier miembro de la comunidad educativa. De acuerdo a la ley 1620/13 y el decreto 1965/13. “Por una educación de calidad”