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Lorena Melián Barrios
Sarah Sosa Martínez
María Llanos Lorenzo
Zaida M.ª González Medina
Sara Armas Bayoll
NORMATIVAS PARA LA ATENCIÓN EDUCATIVA A LA
INFANCIA.
 Fue aprobada como tratado internacional de derechos humanos el 20 de noviembre de
1989.
 Reconoce que los niños son individuos con derecho de pleno desarrollo físico, mental y
social, y con derecho a expresar libremente sus opiniones.
 Además esta es también un modelo para la salud, la supervivencia y el progreso de
toda la sociedad humana.
CONVENCIÓN DE LOS
DERECHOS DEL NIÑO
DECLARACIÓN DE
LOS DERECHOS DE
LOS NIÑOS
 Tratado internacional aprobado el 20 de noviembre de 1959 de manera unánime por
todos los 78 Estados miembros que componían entonces la Organización de las
Naciones Unidas (ONU).
 Se basa a su vez en la Declaración de Ginebra (1924),
 Recoge 10 principios
 Se consideran Derechos de la Infancia los siguientes:
1. IGUALDAD 2. IDENTIDAD
3. AMOR 4. EDUCACIÓN
5. PROTECCIÓN 6. CALIDAD DE VIDA
7. SOLIDARIDAD 8. INTEGRACIÓN
9. DENUNCIA 10. AUXILIO
PRINCIPIOS
LEGISLACIÓN DE LOS
DERECHOS DE LA INFANCIA EN
ESPAÑA
Tiene su punto de partida en
la Constitución Española de
1978 en el artículo 39 de la
constitución:
1. Los poderes públicos aseguran la protección
social, económica y jurídica de la familia.
2. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la
protección integral de los hijos, iguales éstos ante
la ley con independencia de su filiación, y de las
madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley
posibilitará la investigación de la paternidad.
3. Los padres deben prestar asistencia de todo
orden a los hijos habidos dentro o fuera del
matrimonio, durante su minoría de edad y en los
demás casos en que legalmente proceda.
4. Los niños gozarán de la protección prevista en los
acuerdos internacionales que velan por sus
derechos.
 En base al artículo 27.1: Todos
tienen el derecho a la educación.
 Se reconoce la libertad de
enseñanza. Estas leyes son:
LODE, LOGSE, LOCE, LOE, LOGSE.
EL ÁMBITO DEL
DERECHO A LA
EDUCACIÓN
ORGANISMOS INTERNACIONALES DE ATENCIÓN A LA INFANCIA.
UNICEF
"Fondo internacional
de emergencia de las
naciones unidas".
 Fue creado en diciembre de 1946 por la Asamblea General de
Naciones Unidas para responder a las necesidades más urgentes de
la infancia en Europa que, tras la Segunda Guerra mundial, se
encontraba en una precaria situación
 En el año 1965 obtuvo el Premio Nobel de la Paz por su labor en
favor de la protección infantil.
 Tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de los derechos de
la infancia.
 Tiene su sede en Nueva York
UNESCO
"Organización de las
naciones unidas para la
educación la ciencia y
la cultura”.
 Es un organismo especializado de las Naciones Unidas.
 Se fundó el 16 de noviembre de 1945 con el objetivo de contribuir a
la paz y a la seguridad en el mundo mediante la educación, la
ciencia, la cultura y las comunicaciones.
 La constitución firmada ese día entró en vigor el 4 de noviembre de
1946, ratificada por veinte países.​ En 1958 se inauguró su sede
principal, en París.​
 Su directora general es Audrey Azoulay. En 2017 cuenta con 195
Estados miembros y 10 miembros asociados.
OMS
“Organización mundial
de la salud".
OMEP
"Organización mundial
de educación
preescolar".
 Es el Organismo de la ONU especializado en gestionar políticas de
prevención, promoción e intervención en salud a nivel mundial.
 La primera reunión de la OMS tuvo lugar en Ginebra El 7 de abril de
1948.
 Los 196 Estados Miembros de la OMS gobiernan la Organización por
medio de la Asamblea Mundial de la Salud.
 La Asamblea está compuesta por representantes de todos los Estados
Miembros de la OMS.
 En 2009, la institución fue galardonada con el Premio Príncipe de
Asturias de Cooperación Internacional.
 Organización internacional, no gubernamental y sin fines de lucro con
Estatus Consultivo en Naciones Unidas y UNESCO.
 Fundada en 1948 en Praga, defiende y promueve el derecho de niños y
niñas a educación y cuidados en todo el mundo, y apoya las actividades
que mejoran la accesibilidad a la educación y cuidados de más calidad.
 Está vinculada a las grandes organizaciones del sistema de las Naciones
Unidas.
OCDE
“Organización para la
Cooperación y el
Desarrollo Económicos”
 Organismo de cooperación internacional
 Compuesto por 34 países, cuyo objetivo es coordinar sus políticas
económicas y sociales.
 Fundada en 1960 para dar continuidad y consolidar el trabajo
realizado por la antigua Organización Europea de Cooperación
Económica, OECE.
 Su sede central se encuentra en París (Francia).
 España al ser miembro de la
comunidad internacional
reconoce la normativa que los
organismos internacionales
han creado para los derechos
de los niños y, asimismo,
recoge en sus propias leyes
disposiciones propias para
garantizarlos en nuestro país.
LEGISLACIÓN DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA EN
ESPAÑA
 El marco legal para la
protección integral de
los derechos del niño en
España tiene su punto
de partida en
la Constitución Española
de 1978 en el artículo
39.
 El ámbito del derecho a la
educación, en base
al artículo 27.1, se
encuentra desarrollado en
las distintas leyes
educativas promulgadas a
lo largo de la democracia
(LODE, LOGSE, LOCE, LOE
Y LOMCE).
 Los datos más trágicos
están,
afortunadamente, muy
lejos de la realidad
cotidiana de los niños
que viven hoy en
España. Sin embargo,
ello no significa que la
Convención sobre los
Derechos del niño sea
una realidad plena
para todos y cada uno
de ellos.
 En España se han conseguido algunos
avances en los últimos 20 años desde
que el 6 de diciembre de 1990 se
ratifica la Convención de los
Derechos del Niño.
En estos años se ha reformado la
legislación Nacional y Autonómica,
estableciendo leyes que eliminan el
castigo físico de la educación de los
niños. Por otra parte, no se ha
logrado eliminar la dispersión de
competencia entre las distintas
administraciones locales, regionales
y nacionales.
 Algunos ejemplos de las noticias
que constatan el incumplimiento
de los derechos del niño en
nuestro país es la existencia de
unos 20.000 menores víctimas de
explotación infantil en España; el
abandono de una madre de su
hijo de nueve días en un
contenedor de basura; el caso de
una adolescente que era
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ORGANISMOS Y NORMATIVAS PARA LA ATENCIÓN EDUCATIVA A LA INFANCIA.

  • 1. Lorena Melián Barrios Sarah Sosa Martínez María Llanos Lorenzo Zaida M.ª González Medina Sara Armas Bayoll
  • 2. NORMATIVAS PARA LA ATENCIÓN EDUCATIVA A LA INFANCIA.  Fue aprobada como tratado internacional de derechos humanos el 20 de noviembre de 1989.  Reconoce que los niños son individuos con derecho de pleno desarrollo físico, mental y social, y con derecho a expresar libremente sus opiniones.  Además esta es también un modelo para la salud, la supervivencia y el progreso de toda la sociedad humana. CONVENCIÓN DE LOS DERECHOS DEL NIÑO DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS NIÑOS  Tratado internacional aprobado el 20 de noviembre de 1959 de manera unánime por todos los 78 Estados miembros que componían entonces la Organización de las Naciones Unidas (ONU).  Se basa a su vez en la Declaración de Ginebra (1924),  Recoge 10 principios  Se consideran Derechos de la Infancia los siguientes: 1. IGUALDAD 2. IDENTIDAD 3. AMOR 4. EDUCACIÓN 5. PROTECCIÓN 6. CALIDAD DE VIDA 7. SOLIDARIDAD 8. INTEGRACIÓN 9. DENUNCIA 10. AUXILIO
  • 4. LEGISLACIÓN DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA EN ESPAÑA Tiene su punto de partida en la Constitución Española de 1978 en el artículo 39 de la constitución: 1. Los poderes públicos aseguran la protección social, económica y jurídica de la familia. 2. Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales éstos ante la ley con independencia de su filiación, y de las madres, cualquiera que sea su estado civil. La ley posibilitará la investigación de la paternidad. 3. Los padres deben prestar asistencia de todo orden a los hijos habidos dentro o fuera del matrimonio, durante su minoría de edad y en los demás casos en que legalmente proceda. 4. Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos.  En base al artículo 27.1: Todos tienen el derecho a la educación.  Se reconoce la libertad de enseñanza. Estas leyes son: LODE, LOGSE, LOCE, LOE, LOGSE. EL ÁMBITO DEL DERECHO A LA EDUCACIÓN
  • 5. ORGANISMOS INTERNACIONALES DE ATENCIÓN A LA INFANCIA. UNICEF "Fondo internacional de emergencia de las naciones unidas".  Fue creado en diciembre de 1946 por la Asamblea General de Naciones Unidas para responder a las necesidades más urgentes de la infancia en Europa que, tras la Segunda Guerra mundial, se encontraba en una precaria situación  En el año 1965 obtuvo el Premio Nobel de la Paz por su labor en favor de la protección infantil.  Tiene como objetivo garantizar el cumplimiento de los derechos de la infancia.  Tiene su sede en Nueva York UNESCO "Organización de las naciones unidas para la educación la ciencia y la cultura”.  Es un organismo especializado de las Naciones Unidas.  Se fundó el 16 de noviembre de 1945 con el objetivo de contribuir a la paz y a la seguridad en el mundo mediante la educación, la ciencia, la cultura y las comunicaciones.  La constitución firmada ese día entró en vigor el 4 de noviembre de 1946, ratificada por veinte países.​ En 1958 se inauguró su sede principal, en París.​  Su directora general es Audrey Azoulay. En 2017 cuenta con 195 Estados miembros y 10 miembros asociados.
  • 6. OMS “Organización mundial de la salud". OMEP "Organización mundial de educación preescolar".  Es el Organismo de la ONU especializado en gestionar políticas de prevención, promoción e intervención en salud a nivel mundial.  La primera reunión de la OMS tuvo lugar en Ginebra El 7 de abril de 1948.  Los 196 Estados Miembros de la OMS gobiernan la Organización por medio de la Asamblea Mundial de la Salud.  La Asamblea está compuesta por representantes de todos los Estados Miembros de la OMS.  En 2009, la institución fue galardonada con el Premio Príncipe de Asturias de Cooperación Internacional.  Organización internacional, no gubernamental y sin fines de lucro con Estatus Consultivo en Naciones Unidas y UNESCO.  Fundada en 1948 en Praga, defiende y promueve el derecho de niños y niñas a educación y cuidados en todo el mundo, y apoya las actividades que mejoran la accesibilidad a la educación y cuidados de más calidad.  Está vinculada a las grandes organizaciones del sistema de las Naciones Unidas.
  • 7. OCDE “Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos”  Organismo de cooperación internacional  Compuesto por 34 países, cuyo objetivo es coordinar sus políticas económicas y sociales.  Fundada en 1960 para dar continuidad y consolidar el trabajo realizado por la antigua Organización Europea de Cooperación Económica, OECE.  Su sede central se encuentra en París (Francia).
  • 8.  España al ser miembro de la comunidad internacional reconoce la normativa que los organismos internacionales han creado para los derechos de los niños y, asimismo, recoge en sus propias leyes disposiciones propias para garantizarlos en nuestro país. LEGISLACIÓN DE LOS DERECHOS DE LA INFANCIA EN ESPAÑA  El marco legal para la protección integral de los derechos del niño en España tiene su punto de partida en la Constitución Española de 1978 en el artículo 39.  El ámbito del derecho a la educación, en base al artículo 27.1, se encuentra desarrollado en las distintas leyes educativas promulgadas a lo largo de la democracia (LODE, LOGSE, LOCE, LOE Y LOMCE).
  • 9.  Los datos más trágicos están, afortunadamente, muy lejos de la realidad cotidiana de los niños que viven hoy en España. Sin embargo, ello no significa que la Convención sobre los Derechos del niño sea una realidad plena para todos y cada uno de ellos.  En España se han conseguido algunos avances en los últimos 20 años desde que el 6 de diciembre de 1990 se ratifica la Convención de los Derechos del Niño. En estos años se ha reformado la legislación Nacional y Autonómica, estableciendo leyes que eliminan el castigo físico de la educación de los niños. Por otra parte, no se ha logrado eliminar la dispersión de competencia entre las distintas administraciones locales, regionales y nacionales.  Algunos ejemplos de las noticias que constatan el incumplimiento de los derechos del niño en nuestro país es la existencia de unos 20.000 menores víctimas de explotación infantil en España; el abandono de una madre de su hijo de nueve días en un contenedor de basura; el caso de una adolescente que era amenazada con perder su trabajo si no cumplía las órdenes de los criminales...