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JULIMA CHUQUIN BERRIOS
JUAN CARVO IPARRAGUIRRE
CIRO CARHUALLANQUI IBARRA
RUBÉN PEÑALOZA CORDOVA
TEDDY JOHNNIE SALAS MATOS
NOMBRE :
PROF. :
Dra. KONI DURAND
CÁTEDRA : LIDERAZGO Y GESTIÓN EDUCATIVA
TRUJILLO PERÚ
2013
E S C U E L A D E P O S T G R A D O
Art. 10: Finalidad y alcance
Reglamento
Gestión del
Sistema
Educativo
Se aplica a
Instituciones
educativas
Instanciasde
GestiónEducativa
Descentralizada
Programas Educativos
públicos
Unidad de Gestión
Local
Dirección Regional de
Educación
Ministerio de Educación del
Perú
Artículo 10.- El presente reglamento norma la Gestión del Sistema Educativo, y se aplica a las instancias de Gestión Educativa
Descentralizada: Instituciones Educativas y Programas Educativos públicos de los niveles y modalidades de la etapa de Educación Básica y de
la Educación Técnico-Productiva; Unidades de Gestión Educativa Local; Direcciones Regionales de Educación y Ministerio de Educación.
Art. 20: Características de Gestión
Gestión del
Sistema
Educativo
Descentralizada
Artículo 20.- Las principales características de la gestión del Sistema Educativo son las siguientes: a) Es descentralizada, b) Es simplificada y
flexible, c) Es participativa y creativa, d) Está centrada en los procesos de aprendizaje, e) Es formativa, f) Es unitaria, sistémica y eficaz, f)
Es integral.
Simplificada
Flexible
Participativa Creativa
Centrada en procesos de aprendizaje
Formativa
Unitaria
Sistémica
Eficaz
Integral
Art. 2: Características de Gestión
Gestión del
Sistema
Educativo
Descentralizada
a) Es descentralizada: Porque se realiza en cada instancia de gestión y articula las acciones del Ministerio de Educación, Direcciones
Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas, de acuerdo a las competencias que la ley les
asigna, respetando sus autonomías en sus ámbitos de jurisdicción.
Se realiza en cada instancia de
gestión.
Se respeta las autonomías en sus
ámbitos de jurisdicción.
Se articula
Art. 2: Características de Gestión
Gestión del
Sistema
Educativo
Simplificada y flexible
b) Es simplificada y flexible: Porque favorece la fluidez de los procesos y procedimientos de trabajo y permite que el sistema educativo se
adapte a la diversidad de necesidades de aprendizaje y socialización de los estudiantes de todas las regiones.
Favorece la fluidez
Permite adaptación
- Procesos
- Procedimientos
- A la diversidad de
aprendizajes
- A la socialización
Art. 2: Características de Gestión
Gestión del
Sistema
Educativo
Participativa y
creativa
c) Es participativa y creativa: Porque la sociedad interviene en forma organizada, democrática e innovadora en la planificación,
organización, seguimiento y evaluación de la gestión en cada una de las instancias de gestión descentralizada del sistema educativo, por
intermedio de su respectivo Consejo Educativo Institucional (CONEI), Consejo Participativo Local de Educación (COPALE), Consejo
Participativo Regional de Educación (COPARE) y otras organizaciones de la comunidad educativa.
- Organizadamente
- Democráticamente
- Innovadoramente
Sociedad
Art. 2: Características de Gestión
Gestión del
Sistema
Educativo
Formativa
e) Es formativa: Porque contribuye al desarrollo de los integrantes de la comunidad educativa y se basa en la comunicación y
transparencia.
Contribuye al
desarrollo Comunidad
educativa
Art. 2: Características de Gestión
Gestión del
Sistema
Educativo
Unitaria, sistémica y
eficaz
f) Es unitaria, sistémica y eficaz: Porque la gestión de cada instancia se articula con las otras y tiende al logro de sus objetivos.
Art. 2: Características de Gestión
Gestión del
Sistema
Educativo
Integral
g) Es integral: Porque comprende las dimensiones pedagógica, institucional y administrativa de la gestión educativa.
Comprende
dimensiones
GESTIÓN POR PROCESOS
Es una forma de organización de la
Institución en la que prima los intereses del
usuario; entendiendo como una
secuencia de actividades orientadas a
generar valor añadido es decir un servicio
adecuado a las necesidades de los
usuarios.
NIVELES DE GOBIERNO E INSTANCIAS EDUCATIVAS
GOBIERNO CENTRAL
GOBIERNO REGIONAL
UGEL
DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN
MINISTERIO DE EDUCACIÓN
GOBIERNO LOCAL
II. EE
La Institución
Educativa
La Institución Educativa, primera y principal
instancia de gestión del sistema educativo
descentralizado, es una comunidad de aprendizaje y
enseñanza, que presta el servicio educativo dentro
de determinado nivel, modalidad o ciclo del sistema.
En ella se toman decisiones orientadas a mejorar los
aprendizajes de todos los estudiantes, siguiendo los
lineamientos de política y normas nacionales,
regionales y locales incorporados en su Proyecto
Educativo Institucional. Tiene autonomía en la
ejecución y evaluación del servicio educativo, en la
elaboración de Proyecto Curricular de Centro y en la
calendarización del año lectivo, dentro del marco de
la normatividad vigente. Se vincula con su entorno,
está atenta a sus necesidades y apoya propuestas de
desarrollo local.
La Institución
Educativa
En ella se toman decisiones siguiendo
lineamientos políticos y las normas
nacionales, regionales, locales,
incorporados en su PEI.
a) Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional, así como
su Plan Anual y su Reglamento
Interno en concordancia con los lineamientos de política educativa regional y
educativa.
b) Organizar, conducir y evaluar sus procesos de gestión institucional y pedagógica.
c) Diversificar y complementar el currículo básico
d) Otorgar certificados, diplomas y títulos según corresponda.
e) Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la institución.
f) Promover el desarrollo educativo, cultural y deportivo de su comunidad.
g) Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión,
experimentación e investigación
educativa.
h) Desarrollar acciones de formación y capacitación permanente.
i) Rendir cuentas anualmente de su gestión pedagógica admi9nistrativa y
económica ante la comunidad educativa.
ART. 120: OBJETIVOS
La Institución
Educativa
Artículo 120.- Son objetivos de la Institución Educativa o Programa público o privado: a) Contribuir al ejercicio del derecho de los estudiantes a una
educación de calidad, sin exclusiones, en razón de la diversidad de las personas; b) Formar ciudadanos capaces de ejercer sus deberes y derechos, de
convivir en armonía con su entorno, de integrarse críticamente a la sociedad y de contribuir en la construcción de una sociedad democrática, justa e
inclusiva, y en el desarrollo educativo y cultural de la comunidad; c) Formar integralmente a los estudiantes para que utilicen sus conocimientos,
desarrollen capacidades, actitudes y valores, y sean capaces de construir su proyecto de vida; d) Promover la incorporación de nuevas tecnologías en
apoyo de los aprendizajes de los alumnos y de la gestión institucional; e) Propiciar una participación de calidad de los padres, en apoyo de la gestión
educativa organizando procesos de formación permanente para ellos, de modo que puedan adquirir capacidades para el buen desempeño de sus
funciones; f) Propiciar el clima institucional que coadyuve al logro de los objetivos, facilitanto la interacción de los actores en un escenario de gestión
democrática, armónica, ética, eficaz, y creativa, respetando el principio de autoridad; g) Facilitar la acción del Estado para garantizar la gratuidad de la
enseñanza, el acceso y la permanencia de los estudiantes en la Educación Básica o Técnico-Productiva, en las Instituciones y Programas Educativos
públicos; h) Contribuir a la articulación del sistema educativo descentralizado con el gobierno local para el desarrollo comunal.
Educación de
calidad
Sociedad democrática, justa,
inclusiva
Formación
integral
Uso de las TIC Participación de Padres
de familia
Clima
institucional
Sistema de educación
descentralizado
Art. 130: Ámbito de la Institución Educativa
Instituciones
Educativas
Educación Básica
Educación Técnico -
Productiva
Artículo 130.- La Institución Educativa comprende a los centros de Educación Básica, los de Educación Técnico-Productiva y las instituciones de Educación Superior.
Educación Superior
Art. 140: Uso de las instalaciones
Instituciones
Educativas
Facilita sus
instalaciones a
organismos de su
entorno (*)
Evento
educativo
Artículo 140.- La Institución Educativa puede facilitar sus instalaciones a otros organismos de su entorno para el
desarrollo de actividades de carácter educativo, cultural y recreativo, preservando los fines y objetivos institucionales, la
conservación del local y equipamiento, sin afectar el servicio educativo.
Evento
cultural
Evento
recreativo
(* Sin afectar el servicio
educativo)
Art. 150: Tipos de Instituciones Educativas por el número de
docentes
Instituciones
Educativas
Polidocentes
Por el n0 de docentes
se clasifican en:
Artículo 150.- Las Instituciones Educativas, de acuerdo al número de docentes que tiene para atender el servicio educativo, se clasifican de la siguiente manera: a)
Polidocente completa, cuando cada sección de un año o grado, está a cargo de un docente; b) Polidocente multigrado
(incompleta): cuando los docentes o, por lo menos, uno de ellos, tiene a su cargo dos o más años o grados de estudio; y
c) Unidocente: cuando cuenta sólo con un docente para atender todos los años o grados de estudio del nivel o modalidad.
Polidocente
multigrado
Unidocentes
- Cada sección cuenta con
un docente.
- Un docente por lo
menos tiene a su cargo 2
o más secciones.
- Un docente se hace
cargo de todas las
secciones.
ART. 160: TIPOS DE INSTITUCIONES POR LA GESTIÓN
Instituciones
Educativas
Artículo 160.- Las Instituciones Educativas son públicas o privadas y su funcionamiento es autorizado por la Dirección Regional de Educación
correspondiente, en coordinación con la Unidad de Gestión Educativa Local. Por el tipo de gestión pueden ser: a) Públicas de gestión directa, a cargo
de autoridades educativas nombradas o encargadas por el Sector Educación, otros Sectores o Instituciones del Estado. Son gratuitas. En este tipo se
encuentran las Instituciones Educativas públicas creadas y sostenidas por el Estado. Los inmuebles y bienes son de propiedad estatal, y el pago de
remuneraciones es asumido por el Sector Educación u otro Sector de la Administración Pública que esté a cargo de la Institución Educativa. b)
Públicas de gestión privada, a cargo de entidades sin fines de lucro que prestan servicios educativos gratuitos en convenio con el Estado. En este tipo
se encuentran las Instituciones Públicas creadas y sostenidas por el Estado que son gestionadas por entidades privadas mediante convenio con el
Ministerio de Educación. Los inmuebles y equipos son de propiedad del Estado o de la entidad gestora y las remuneraciones son asumidas por el
Estado. c) De gestión privada, a cargo de personas naturales o jurídicas de derecho privado. En este tipo se encuentran las Instituciones Educativas
creadas por iniciativa privada.
Públicas
Por el tipo de
gestión se
clasifican en:
Públicas de gestión
privada
Privadas
- A cargo de entidades sin fines de
lucro
- Son gratuitas.
- Existe un convenio con el Ministerio
de Educación.
- A cargo de autoridades nombradas o
encargadas por el Sector Educación.
- Son gratuitas.
- El pago de remuneraciones es
asumido por el Estado.
- A cargo de personas naturales o
jurídicas
- No son gratuitas.
ORGANIZACIÓN DE LAS II EE
PROCESOS EQUIPOS DE TRABAJO UNIDADES ORGÁN
Planificación Dirección Dirección
Participación
Pedagógico Subdirección
Desarrollo Pedagógico
Formación Docente Académico Consejo Académ
Desarrollo Organizacional
Administrativos
Equipo AdministraAdministración de recursos
Servicio al Usuario Secretaría
REDES EDUCATIVAS
INSTITUCIONALES
A cargo de entidades sin fines
de b) Optimizar los recursos
humanos y compartir equipos,
infraestructuras y material
educativo.
a) Elevar la calidad profesional de
los docentes y propiciar la
formación de comunidades
académicas.
c) Coordinar
intersectorialmente para
mejorar la calidad de los
servicios educativos en el
ámbito local.
Son instancias de
cooperación,
intercambio y
ayuda recíproca
entre Instituciones
Educativas,
ubicadas en áreas
rurales o urbanas
LA UNIDAD DE
GESTION
EDUCATIVA
LOCAL
La UGEL como
organización
desconcentrada y
descentralizada del
Ministerio de Educación,
depende política y
normativamente del
Ministerio de Educación y
administrativamente del
Gobierno Regional.
LA UNIDAD DE
GESTION EDUCATIVA
LOCAL
a) Diseñar, ejecutar y evaluar el Proyecto
Educativo de su jurisdicción en
concordancia con los Proyectos Educativos
Regionales y Nacionales.
b) Regularizar y supervisar las actividades
y servicios que brindan las instituciones
educativas preservando su autonomía.
c) Promover y apoyar la diversificación de
los currículos de las IEs
d) Identificar las necesidades de
capacitación del personal docente y
administrativo y desarrollar programas de
capacitación.
e) Entre otras.
FUNCIONES
ESTRUCTURA DE LA UGEL
CONSEJO
PARTICIPATIVO
LOCAL DE
EDUCACIÓN
El Consejo Participativo Local de
Educación (COPALE) es un órgano de
participación, concertación y vigilancia
educativa durante la elaboración,
seguimiento y evaluación del Proyecto
Educativo Local en la Unidad de Gestión
Educativa Local. Es presidido por el
Director de la Unidad de Gestión
Educativa Local e integrado por
representantes de los estamentos de la
comunidad educativa local, de los
sectores económicos productivos, del
Municipio y de las instituciones públicas y
privadas.
CONSEJO
PARTICIPATIVO
LOCAL DE
EDUCACIÓN
a) Canalizar la participación de la comunidad local en la elaboración,
seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Local, dentro del
marco del Proyecto Educativo
Regional.
b) Participar en la elaboración y rendición de cuentas del
presupuesto de la Unidad de Gestión Educativa Local, cuidando la
transparencia de la gestión educativa.
c) Establecer canales de diálogo en materia educativa entre la
población y las autoridades educativas locales.
d) Apoyar al Director de la Unidad de Gestión Educativa Local en la
promoción y ejecución de políticas de incentivos que promuevan la
mejora de la eficiencia en la gestión pedagógica e institucional.
e) Cooperar con el desarrollo de los Consejos Educativos
Institucionales de las
Instituciones Educativas en su jurisdicción, favoreciendo sus
intercambios y coordinar con el Consejo Participativo Regional de
Educación.
f) Opinar sobre las políticas, estrategias de desarrollo local y
medidas en favor de la universalidad, equidad y calidad de la
educación en su jurisdicción y velar por el cumplimiento de las
mismas.
g) Promover convenios entre la Unidad de Gestión Educativa Local y
las organizaciones locales en beneficio del servicio educativo.
FUNCIONES
DIRECCIÓN
REGIONAL DE
EDUCACIÓN
La Dirección Regional de Educación (DRE) es un
órgano especializado del Gobierno Regional
encargado de planificar, ejecutar y administrar
las políticas y planes regionales en materia de
educación, cultura, deporte, recreación, ciencia
y tecnología, en concordancia con las políticas
sectoriales nacionales emanadas del Ministerio
de Educación. Mantiene relación técnico-
normativa con el Ministerio de Educación.
Es responsable, también, de la Educación
Superior no Universitaria y, a través de las UGEL,
de asegurar la prestación de los servicios
educativos de la Educación Básica y Técnico-
Productiva, y promover la Educación
Comunitaria.
DIRECCIÓN
REGIONAL DE
EDUCACIÓN
a) Autorizar en coordinación con las UGELs el
funcionamiento de las instituciones educativas
y privadas y supervisarlas.
b) Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto
educativo de la región.
c) Suscribir convenios y contratos para apoyo
nacional e internacional para la mejora de la
calidad educativa de su región
d) Asegurar la calidad y la oportunidad de la
formación inicial y en servicio de los
profesores.
e) Conducir el proceso de concurso público de
directores de las UGELs
f) Actuar en las instancias administrativas en
los asuntos de su competencia.
FUNCIONES
ESTRUCTURA ORGÁNICA DRE
CONSEJO
PARTICIPATIVO
REGIONAL DE
EDUCACIÓN
El Consejo Participativo Regional de Educación
(COPARE) es una instancia de participación,
concertación y vigilancia en la elaboración, seguimiento
y evaluación del Proyecto Educativo Regional.
Constituye un espacio de concertación entre los
estamentos vinculados al quehacer educativo en la
región en favor del mejoramiento de la calidad
educativa y del desarrollo regional.
Está presidido por el Director Regional de Educación e
integrado por representantes de docentes, universidades
e Institutos Superiores, sectores económicos productivos,
comunidad educativa local e instituciones públicas y
privadas de la región.
El Ministerio de Educación, en coordinación con los
Gobiernos Regionales, dicta las normas generales que
regulen la elección de los miembros del Consejo.
.
MINISTERIO DE
EDUCACIÓN
El Ministerio de Educación es el órgano del
Gobierno Nacional que tiene la
responsabilidad de definir, dirigir, normar y
gestionar la política educativa nacional,
teniendo en cuenta los intereses generales
del Estado y la diversidad de las realidades
regionales, concordando el carácter
unitario y descentralizado del gobierno de
la República.
Sus funciones se ejercen con criterios de
orden técnico-normativo y funcional.
MINISTERIO DE
EDUCACIÓN
a) Definir, dirigir, regular y evaluar, en coordinación con las
regiones, la política educativa y pedagógica nacional y
establecer políticas específicas de equidad.
b) Formular, aprobar, ejecutar y evaluar, de manera
concertada, el Proyecto
Educativo Nacional y conducir el proceso de planificación de la
educación. El Consejo Nacional de Educación participa en la
formulación, concertación, seguimiento y evaluación del
Proyecto Educativo Nacional.
c) Elaborar los diseños curriculares básicos de los niveles y
modalidades del sistema educativo, y establecer los
lineamientos técnicos para su diversificación.
d) Diseñar programas nacionales de aprovechamiento de
nuevas tecnologías de información y comunicación,
coordinando su implementación con los órganos intermedios
del sector.
e) Organizar programas especiales de apoyo al servicio
educativo que sirvan para compensar las desigualdades y
lograr equidad en el acceso, procesos y resultados educativos.
Se crean en función de la dinámica y necesidades sociales
específicas.
FUNCIONES
MINISTERIO DE
EDUCACIÓN
f) Dirigir el Programa Nacional de Formación y
Capacitación Permanente del magisterio en coordinación
con las instancias regionales y locales.
g) Dirigir el Programa Nacional de Investigación Educativa
en articulación con las instituciones especializadas en la
materia y con las Direcciones Regionales de Educación.
h) Definir las políticas sectoriales de personal, programas
de mejoramiento del personal directivo, docente y
administrativo del sector e implementar la carrera pública
magisterial.
i) Liderar la gestión para conseguir el incremento de la
inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de
educación, así como los planes de inversión e
infraestructura educativa.
j) Establecer un plan nacional de transparencia en la
gestión que consolide una ética pública.
k) Implementar un sistema de información para la toma de
decisiones estratégicas.
FUNCIONES
MINISTERIO DE
EDUCACIÓN
I) Coordinar con los organismos encargados de operar
el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y
Certificación de la Calidad Educativa, los procesos de
medición y evaluación de logros de aprendizaje en los
términos establecidos por ley, así como su difusión.
m) Promover una evaluación formativa que motive el
desarrollo integral del estudiante, de acuerdo a los
principios y fines de la educación establecidos por la
presente ley.
n) Asegurar, desde una perspectiva intersectorial en
una acción conjunta con los demás sectores del
Gobierno Nacional, la atención integral de los
estudiantes para garantizar su desarrollo equilibrado.
o) Elaborar normas técnicas de carácter
arquitectónico, estructural y urbanístico para el
desarrollo de la infraestructura educativa.
FUNCIONES
MINISTERIO DE
EDUCACIÓN
p) Fortalecer el funcionamiento de los
Organismos Públicos Descentralizados y
regular la relación de éstos con el Ministerio
de Educación.
q) Establecer los lineamientos básicos para
garantizar la participación de la sociedad civil
en la orientación y mejoramiento de la
educación.
r) Concertar y promover la cooperación
nacional e internacional técnica y financiera
para el mejoramiento de la educación.
s) Las demás establecidas por ley, así como
las que sean necesarias para el mejor
cumplimiento de sus fines y que no hayan
sido asignadas a otras instancias o entidades.
FUNCIONES
CONCLUSIONES
1.Las instancias de gestión educativa
descentralizada (IE, UGEL, DRE, MED) se
organizan y gestionan de acuerdo a la división
y especialización del trabajo por
departamentos o funciones diferenciadas,
sistema que en la actualidad no permite una
orientación y atención adecuada a los
usuarios.
CONCLUSIONES
2.Como alternativa a la estructura organizativa
de corte jerárquico funcional, está la gestión
por procesos que percibe la organización
como un sistema interrelacionado; modelo de
gestión moderna, participativa, innovadora,
que contribuye a mejorar la educación, la
gestión pedagógica y administrativa y por
ende, la calidad del servicio educativo.
CONCLUSIONES
3.La gestión por procesos gira en torno a un
protagonismo predominante del usuario y trata
de eliminar las ineficiencias asociadas a la rutina
de las acciones o actividades, para tal fin
requiere que el trabajo sea en equipo, con
estructuras flexibles y menos formales, fuerte
liderazgo directivo y con voluntad e interés por
el aprendizaje permanente como la única
forma de aprovechar las oportunidades que los
continuos cambios ofrecen.
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Gestión educativa_así se maneja la educación en Perú.

  • 1. GUSTAVO BASTIDAS PÁRRAGA JULIMA CHUQUIN BERRIOS JUAN CARVO IPARRAGUIRRE CIRO CARHUALLANQUI IBARRA RUBÉN PEÑALOZA CORDOVA TEDDY JOHNNIE SALAS MATOS NOMBRE : PROF. : Dra. KONI DURAND CÁTEDRA : LIDERAZGO Y GESTIÓN EDUCATIVA TRUJILLO PERÚ 2013 E S C U E L A D E P O S T G R A D O
  • 2.
  • 3. Art. 10: Finalidad y alcance Reglamento Gestión del Sistema Educativo Se aplica a Instituciones educativas Instanciasde GestiónEducativa Descentralizada Programas Educativos públicos Unidad de Gestión Local Dirección Regional de Educación Ministerio de Educación del Perú Artículo 10.- El presente reglamento norma la Gestión del Sistema Educativo, y se aplica a las instancias de Gestión Educativa Descentralizada: Instituciones Educativas y Programas Educativos públicos de los niveles y modalidades de la etapa de Educación Básica y de la Educación Técnico-Productiva; Unidades de Gestión Educativa Local; Direcciones Regionales de Educación y Ministerio de Educación.
  • 4. Art. 20: Características de Gestión Gestión del Sistema Educativo Descentralizada Artículo 20.- Las principales características de la gestión del Sistema Educativo son las siguientes: a) Es descentralizada, b) Es simplificada y flexible, c) Es participativa y creativa, d) Está centrada en los procesos de aprendizaje, e) Es formativa, f) Es unitaria, sistémica y eficaz, f) Es integral. Simplificada Flexible Participativa Creativa Centrada en procesos de aprendizaje Formativa Unitaria Sistémica Eficaz Integral
  • 5. Art. 2: Características de Gestión Gestión del Sistema Educativo Descentralizada a) Es descentralizada: Porque se realiza en cada instancia de gestión y articula las acciones del Ministerio de Educación, Direcciones Regionales de Educación, Unidades de Gestión Educativa Local e Instituciones Educativas, de acuerdo a las competencias que la ley les asigna, respetando sus autonomías en sus ámbitos de jurisdicción. Se realiza en cada instancia de gestión. Se respeta las autonomías en sus ámbitos de jurisdicción. Se articula
  • 6. Art. 2: Características de Gestión Gestión del Sistema Educativo Simplificada y flexible b) Es simplificada y flexible: Porque favorece la fluidez de los procesos y procedimientos de trabajo y permite que el sistema educativo se adapte a la diversidad de necesidades de aprendizaje y socialización de los estudiantes de todas las regiones. Favorece la fluidez Permite adaptación - Procesos - Procedimientos - A la diversidad de aprendizajes - A la socialización
  • 7. Art. 2: Características de Gestión Gestión del Sistema Educativo Participativa y creativa c) Es participativa y creativa: Porque la sociedad interviene en forma organizada, democrática e innovadora en la planificación, organización, seguimiento y evaluación de la gestión en cada una de las instancias de gestión descentralizada del sistema educativo, por intermedio de su respectivo Consejo Educativo Institucional (CONEI), Consejo Participativo Local de Educación (COPALE), Consejo Participativo Regional de Educación (COPARE) y otras organizaciones de la comunidad educativa. - Organizadamente - Democráticamente - Innovadoramente Sociedad
  • 8. Art. 2: Características de Gestión Gestión del Sistema Educativo Formativa e) Es formativa: Porque contribuye al desarrollo de los integrantes de la comunidad educativa y se basa en la comunicación y transparencia. Contribuye al desarrollo Comunidad educativa
  • 9. Art. 2: Características de Gestión Gestión del Sistema Educativo Unitaria, sistémica y eficaz f) Es unitaria, sistémica y eficaz: Porque la gestión de cada instancia se articula con las otras y tiende al logro de sus objetivos.
  • 10. Art. 2: Características de Gestión Gestión del Sistema Educativo Integral g) Es integral: Porque comprende las dimensiones pedagógica, institucional y administrativa de la gestión educativa. Comprende dimensiones
  • 11. GESTIÓN POR PROCESOS Es una forma de organización de la Institución en la que prima los intereses del usuario; entendiendo como una secuencia de actividades orientadas a generar valor añadido es decir un servicio adecuado a las necesidades de los usuarios.
  • 12. NIVELES DE GOBIERNO E INSTANCIAS EDUCATIVAS GOBIERNO CENTRAL GOBIERNO REGIONAL UGEL DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN MINISTERIO DE EDUCACIÓN GOBIERNO LOCAL II. EE
  • 13. La Institución Educativa La Institución Educativa, primera y principal instancia de gestión del sistema educativo descentralizado, es una comunidad de aprendizaje y enseñanza, que presta el servicio educativo dentro de determinado nivel, modalidad o ciclo del sistema. En ella se toman decisiones orientadas a mejorar los aprendizajes de todos los estudiantes, siguiendo los lineamientos de política y normas nacionales, regionales y locales incorporados en su Proyecto Educativo Institucional. Tiene autonomía en la ejecución y evaluación del servicio educativo, en la elaboración de Proyecto Curricular de Centro y en la calendarización del año lectivo, dentro del marco de la normatividad vigente. Se vincula con su entorno, está atenta a sus necesidades y apoya propuestas de desarrollo local.
  • 14. La Institución Educativa En ella se toman decisiones siguiendo lineamientos políticos y las normas nacionales, regionales, locales, incorporados en su PEI. a) Elaborar, aprobar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo Institucional, así como su Plan Anual y su Reglamento Interno en concordancia con los lineamientos de política educativa regional y educativa. b) Organizar, conducir y evaluar sus procesos de gestión institucional y pedagógica. c) Diversificar y complementar el currículo básico d) Otorgar certificados, diplomas y títulos según corresponda. e) Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto anual de la institución. f) Promover el desarrollo educativo, cultural y deportivo de su comunidad. g) Diseñar, ejecutar y evaluar proyectos de innovación pedagógica y de gestión, experimentación e investigación educativa. h) Desarrollar acciones de formación y capacitación permanente. i) Rendir cuentas anualmente de su gestión pedagógica admi9nistrativa y económica ante la comunidad educativa.
  • 15. ART. 120: OBJETIVOS La Institución Educativa Artículo 120.- Son objetivos de la Institución Educativa o Programa público o privado: a) Contribuir al ejercicio del derecho de los estudiantes a una educación de calidad, sin exclusiones, en razón de la diversidad de las personas; b) Formar ciudadanos capaces de ejercer sus deberes y derechos, de convivir en armonía con su entorno, de integrarse críticamente a la sociedad y de contribuir en la construcción de una sociedad democrática, justa e inclusiva, y en el desarrollo educativo y cultural de la comunidad; c) Formar integralmente a los estudiantes para que utilicen sus conocimientos, desarrollen capacidades, actitudes y valores, y sean capaces de construir su proyecto de vida; d) Promover la incorporación de nuevas tecnologías en apoyo de los aprendizajes de los alumnos y de la gestión institucional; e) Propiciar una participación de calidad de los padres, en apoyo de la gestión educativa organizando procesos de formación permanente para ellos, de modo que puedan adquirir capacidades para el buen desempeño de sus funciones; f) Propiciar el clima institucional que coadyuve al logro de los objetivos, facilitanto la interacción de los actores en un escenario de gestión democrática, armónica, ética, eficaz, y creativa, respetando el principio de autoridad; g) Facilitar la acción del Estado para garantizar la gratuidad de la enseñanza, el acceso y la permanencia de los estudiantes en la Educación Básica o Técnico-Productiva, en las Instituciones y Programas Educativos públicos; h) Contribuir a la articulación del sistema educativo descentralizado con el gobierno local para el desarrollo comunal. Educación de calidad Sociedad democrática, justa, inclusiva Formación integral Uso de las TIC Participación de Padres de familia Clima institucional Sistema de educación descentralizado
  • 16. Art. 130: Ámbito de la Institución Educativa Instituciones Educativas Educación Básica Educación Técnico - Productiva Artículo 130.- La Institución Educativa comprende a los centros de Educación Básica, los de Educación Técnico-Productiva y las instituciones de Educación Superior. Educación Superior
  • 17. Art. 140: Uso de las instalaciones Instituciones Educativas Facilita sus instalaciones a organismos de su entorno (*) Evento educativo Artículo 140.- La Institución Educativa puede facilitar sus instalaciones a otros organismos de su entorno para el desarrollo de actividades de carácter educativo, cultural y recreativo, preservando los fines y objetivos institucionales, la conservación del local y equipamiento, sin afectar el servicio educativo. Evento cultural Evento recreativo (* Sin afectar el servicio educativo)
  • 18. Art. 150: Tipos de Instituciones Educativas por el número de docentes Instituciones Educativas Polidocentes Por el n0 de docentes se clasifican en: Artículo 150.- Las Instituciones Educativas, de acuerdo al número de docentes que tiene para atender el servicio educativo, se clasifican de la siguiente manera: a) Polidocente completa, cuando cada sección de un año o grado, está a cargo de un docente; b) Polidocente multigrado (incompleta): cuando los docentes o, por lo menos, uno de ellos, tiene a su cargo dos o más años o grados de estudio; y c) Unidocente: cuando cuenta sólo con un docente para atender todos los años o grados de estudio del nivel o modalidad. Polidocente multigrado Unidocentes - Cada sección cuenta con un docente. - Un docente por lo menos tiene a su cargo 2 o más secciones. - Un docente se hace cargo de todas las secciones.
  • 19. ART. 160: TIPOS DE INSTITUCIONES POR LA GESTIÓN Instituciones Educativas Artículo 160.- Las Instituciones Educativas son públicas o privadas y su funcionamiento es autorizado por la Dirección Regional de Educación correspondiente, en coordinación con la Unidad de Gestión Educativa Local. Por el tipo de gestión pueden ser: a) Públicas de gestión directa, a cargo de autoridades educativas nombradas o encargadas por el Sector Educación, otros Sectores o Instituciones del Estado. Son gratuitas. En este tipo se encuentran las Instituciones Educativas públicas creadas y sostenidas por el Estado. Los inmuebles y bienes son de propiedad estatal, y el pago de remuneraciones es asumido por el Sector Educación u otro Sector de la Administración Pública que esté a cargo de la Institución Educativa. b) Públicas de gestión privada, a cargo de entidades sin fines de lucro que prestan servicios educativos gratuitos en convenio con el Estado. En este tipo se encuentran las Instituciones Públicas creadas y sostenidas por el Estado que son gestionadas por entidades privadas mediante convenio con el Ministerio de Educación. Los inmuebles y equipos son de propiedad del Estado o de la entidad gestora y las remuneraciones son asumidas por el Estado. c) De gestión privada, a cargo de personas naturales o jurídicas de derecho privado. En este tipo se encuentran las Instituciones Educativas creadas por iniciativa privada. Públicas Por el tipo de gestión se clasifican en: Públicas de gestión privada Privadas - A cargo de entidades sin fines de lucro - Son gratuitas. - Existe un convenio con el Ministerio de Educación. - A cargo de autoridades nombradas o encargadas por el Sector Educación. - Son gratuitas. - El pago de remuneraciones es asumido por el Estado. - A cargo de personas naturales o jurídicas - No son gratuitas.
  • 20. ORGANIZACIÓN DE LAS II EE PROCESOS EQUIPOS DE TRABAJO UNIDADES ORGÁN Planificación Dirección Dirección Participación Pedagógico Subdirección Desarrollo Pedagógico Formación Docente Académico Consejo Académ Desarrollo Organizacional Administrativos Equipo AdministraAdministración de recursos Servicio al Usuario Secretaría
  • 21. REDES EDUCATIVAS INSTITUCIONALES A cargo de entidades sin fines de b) Optimizar los recursos humanos y compartir equipos, infraestructuras y material educativo. a) Elevar la calidad profesional de los docentes y propiciar la formación de comunidades académicas. c) Coordinar intersectorialmente para mejorar la calidad de los servicios educativos en el ámbito local. Son instancias de cooperación, intercambio y ayuda recíproca entre Instituciones Educativas, ubicadas en áreas rurales o urbanas
  • 22. LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL La UGEL como organización desconcentrada y descentralizada del Ministerio de Educación, depende política y normativamente del Ministerio de Educación y administrativamente del Gobierno Regional.
  • 23. LA UNIDAD DE GESTION EDUCATIVA LOCAL a) Diseñar, ejecutar y evaluar el Proyecto Educativo de su jurisdicción en concordancia con los Proyectos Educativos Regionales y Nacionales. b) Regularizar y supervisar las actividades y servicios que brindan las instituciones educativas preservando su autonomía. c) Promover y apoyar la diversificación de los currículos de las IEs d) Identificar las necesidades de capacitación del personal docente y administrativo y desarrollar programas de capacitación. e) Entre otras. FUNCIONES
  • 25. CONSEJO PARTICIPATIVO LOCAL DE EDUCACIÓN El Consejo Participativo Local de Educación (COPALE) es un órgano de participación, concertación y vigilancia educativa durante la elaboración, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Local en la Unidad de Gestión Educativa Local. Es presidido por el Director de la Unidad de Gestión Educativa Local e integrado por representantes de los estamentos de la comunidad educativa local, de los sectores económicos productivos, del Municipio y de las instituciones públicas y privadas.
  • 26. CONSEJO PARTICIPATIVO LOCAL DE EDUCACIÓN a) Canalizar la participación de la comunidad local en la elaboración, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Local, dentro del marco del Proyecto Educativo Regional. b) Participar en la elaboración y rendición de cuentas del presupuesto de la Unidad de Gestión Educativa Local, cuidando la transparencia de la gestión educativa. c) Establecer canales de diálogo en materia educativa entre la población y las autoridades educativas locales. d) Apoyar al Director de la Unidad de Gestión Educativa Local en la promoción y ejecución de políticas de incentivos que promuevan la mejora de la eficiencia en la gestión pedagógica e institucional. e) Cooperar con el desarrollo de los Consejos Educativos Institucionales de las Instituciones Educativas en su jurisdicción, favoreciendo sus intercambios y coordinar con el Consejo Participativo Regional de Educación. f) Opinar sobre las políticas, estrategias de desarrollo local y medidas en favor de la universalidad, equidad y calidad de la educación en su jurisdicción y velar por el cumplimiento de las mismas. g) Promover convenios entre la Unidad de Gestión Educativa Local y las organizaciones locales en beneficio del servicio educativo. FUNCIONES
  • 27. DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN La Dirección Regional de Educación (DRE) es un órgano especializado del Gobierno Regional encargado de planificar, ejecutar y administrar las políticas y planes regionales en materia de educación, cultura, deporte, recreación, ciencia y tecnología, en concordancia con las políticas sectoriales nacionales emanadas del Ministerio de Educación. Mantiene relación técnico- normativa con el Ministerio de Educación. Es responsable, también, de la Educación Superior no Universitaria y, a través de las UGEL, de asegurar la prestación de los servicios educativos de la Educación Básica y Técnico- Productiva, y promover la Educación Comunitaria.
  • 28. DIRECCIÓN REGIONAL DE EDUCACIÓN a) Autorizar en coordinación con las UGELs el funcionamiento de las instituciones educativas y privadas y supervisarlas. b) Formular, ejecutar y evaluar el presupuesto educativo de la región. c) Suscribir convenios y contratos para apoyo nacional e internacional para la mejora de la calidad educativa de su región d) Asegurar la calidad y la oportunidad de la formación inicial y en servicio de los profesores. e) Conducir el proceso de concurso público de directores de las UGELs f) Actuar en las instancias administrativas en los asuntos de su competencia. FUNCIONES
  • 30. CONSEJO PARTICIPATIVO REGIONAL DE EDUCACIÓN El Consejo Participativo Regional de Educación (COPARE) es una instancia de participación, concertación y vigilancia en la elaboración, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Regional. Constituye un espacio de concertación entre los estamentos vinculados al quehacer educativo en la región en favor del mejoramiento de la calidad educativa y del desarrollo regional. Está presidido por el Director Regional de Educación e integrado por representantes de docentes, universidades e Institutos Superiores, sectores económicos productivos, comunidad educativa local e instituciones públicas y privadas de la región. El Ministerio de Educación, en coordinación con los Gobiernos Regionales, dicta las normas generales que regulen la elección de los miembros del Consejo. .
  • 31. MINISTERIO DE EDUCACIÓN El Ministerio de Educación es el órgano del Gobierno Nacional que tiene la responsabilidad de definir, dirigir, normar y gestionar la política educativa nacional, teniendo en cuenta los intereses generales del Estado y la diversidad de las realidades regionales, concordando el carácter unitario y descentralizado del gobierno de la República. Sus funciones se ejercen con criterios de orden técnico-normativo y funcional.
  • 32. MINISTERIO DE EDUCACIÓN a) Definir, dirigir, regular y evaluar, en coordinación con las regiones, la política educativa y pedagógica nacional y establecer políticas específicas de equidad. b) Formular, aprobar, ejecutar y evaluar, de manera concertada, el Proyecto Educativo Nacional y conducir el proceso de planificación de la educación. El Consejo Nacional de Educación participa en la formulación, concertación, seguimiento y evaluación del Proyecto Educativo Nacional. c) Elaborar los diseños curriculares básicos de los niveles y modalidades del sistema educativo, y establecer los lineamientos técnicos para su diversificación. d) Diseñar programas nacionales de aprovechamiento de nuevas tecnologías de información y comunicación, coordinando su implementación con los órganos intermedios del sector. e) Organizar programas especiales de apoyo al servicio educativo que sirvan para compensar las desigualdades y lograr equidad en el acceso, procesos y resultados educativos. Se crean en función de la dinámica y necesidades sociales específicas. FUNCIONES
  • 33. MINISTERIO DE EDUCACIÓN f) Dirigir el Programa Nacional de Formación y Capacitación Permanente del magisterio en coordinación con las instancias regionales y locales. g) Dirigir el Programa Nacional de Investigación Educativa en articulación con las instituciones especializadas en la materia y con las Direcciones Regionales de Educación. h) Definir las políticas sectoriales de personal, programas de mejoramiento del personal directivo, docente y administrativo del sector e implementar la carrera pública magisterial. i) Liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa. j) Establecer un plan nacional de transparencia en la gestión que consolide una ética pública. k) Implementar un sistema de información para la toma de decisiones estratégicas. FUNCIONES
  • 34. MINISTERIO DE EDUCACIÓN I) Coordinar con los organismos encargados de operar el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, los procesos de medición y evaluación de logros de aprendizaje en los términos establecidos por ley, así como su difusión. m) Promover una evaluación formativa que motive el desarrollo integral del estudiante, de acuerdo a los principios y fines de la educación establecidos por la presente ley. n) Asegurar, desde una perspectiva intersectorial en una acción conjunta con los demás sectores del Gobierno Nacional, la atención integral de los estudiantes para garantizar su desarrollo equilibrado. o) Elaborar normas técnicas de carácter arquitectónico, estructural y urbanístico para el desarrollo de la infraestructura educativa. FUNCIONES
  • 35. MINISTERIO DE EDUCACIÓN p) Fortalecer el funcionamiento de los Organismos Públicos Descentralizados y regular la relación de éstos con el Ministerio de Educación. q) Establecer los lineamientos básicos para garantizar la participación de la sociedad civil en la orientación y mejoramiento de la educación. r) Concertar y promover la cooperación nacional e internacional técnica y financiera para el mejoramiento de la educación. s) Las demás establecidas por ley, así como las que sean necesarias para el mejor cumplimiento de sus fines y que no hayan sido asignadas a otras instancias o entidades. FUNCIONES
  • 36. CONCLUSIONES 1.Las instancias de gestión educativa descentralizada (IE, UGEL, DRE, MED) se organizan y gestionan de acuerdo a la división y especialización del trabajo por departamentos o funciones diferenciadas, sistema que en la actualidad no permite una orientación y atención adecuada a los usuarios.
  • 37. CONCLUSIONES 2.Como alternativa a la estructura organizativa de corte jerárquico funcional, está la gestión por procesos que percibe la organización como un sistema interrelacionado; modelo de gestión moderna, participativa, innovadora, que contribuye a mejorar la educación, la gestión pedagógica y administrativa y por ende, la calidad del servicio educativo.
  • 38. CONCLUSIONES 3.La gestión por procesos gira en torno a un protagonismo predominante del usuario y trata de eliminar las ineficiencias asociadas a la rutina de las acciones o actividades, para tal fin requiere que el trabajo sea en equipo, con estructuras flexibles y menos formales, fuerte liderazgo directivo y con voluntad e interés por el aprendizaje permanente como la única forma de aprovechar las oportunidades que los continuos cambios ofrecen.