2. La tipicidad consiste en la
adecuación de la conducta
humana concreta a los
supuestos paradigmáticos
contenidos en el catalogo
de delitos y penas , a lo
que se le conoce como
tipos penales, luego el tipo
viene a ser la descripción
de la conducta prohibida
realizada por el legislador
en el supuesto de hecho
de una norma penal , el
tipo cumple una función
seleccionadora de
conductas , otorgándole
relevancia penal, y con
ello desempeña una
función garantista
(principio de legalidad) , y
a la vez una función
intimidatoria propiciando
la inhibición de la
trasgresion de norma
prohibitiva de parte del
ciudadano lesionado el
bien jurídico concreto
La tipicidad y el tipo