SlideShare uma empresa Scribd logo
1 de 11
Lic. Gregorio Cisneros Rancho
Sistemas Jurídicos
Equipo # 2
Hector Alonso Espinosa Lopez
Raul Gonzalez Toriz
Miguel Angel Aguilar Martinez
RECEPCION DEL DERECHO
La recepción del Derecho Romano en
Europa se inició a finales del siglo XI, a
través de diferentes escuelas. Al
estudiarse el Derecho Romano en
todos los países europeos, se consideró
al Derecho como ius comune(Derecho
común para todas las personas), pero
tras la fragmentación política de
Europa le sustituyó el ius propio. Tipos
de escuelas existentes
RECEPCION DEL DERECHO
 El Derecho romano se difundió a consecuencia de la enseñanza
universitaria que comenzó en Bolonia en el siglo XII, y más
concretamente gracias a la labor desempeñada por
elgramático y jurista Irnerio, cuyo método consistente en hacer
breves aclaraciones textuales o glosas y distinciones
terminológicas, fue con posterioridad desarrollado de modo
progresivo por los denominados Glosadores, entre los que
destacan Azón (profesor en Bolonia entre 1190 y 1229) y
Acursio (compilador de las glosas de los predecesores en
una Glossa ordinaria).
 Sin embargo, no fue hasta la aparición de Bartolo de
Sassoferrato (discípulo de Cino da Pistoia y considerado por
muchos romanistas como uno de los más influyentes juristas
de todos los tiempos) en el siglo XIV, cuando el Derecho
romano alcanzó un gran prestigio. Bártolo, que a pesar de su
corta vida dejó una amplia obra basada en comentarios,
tratados monográficos y dictámenes, fue el mayor artífice e
impulsor del Derecho romano Común, que junto con
el Derecho Canónico originó el utrumque ius, que representa el
fundamento de la cultura jurídica europea.
 A partir del siglo XIV, Inglaterra presentó una tradición jurídica
característica, diferente a la de la romanística en Europa, aunque
se asemejaba en mayor medida al modo operativo de los juristas
romanos y al desinterés por las pruebas judiciales. La recepción
europea del Derecho Común revistió cierta importancia, aunque
fue algo tardía, en Alemania, donde fue objeto de una elaboración
científica que recibe el nombre de Derecho de Pandectas.
 El Renacimiento trajo consigo la desacreditación del método
empleado por Bartolo, consistente en el aprovechamiento de los
textos del Corpus Iuris como argumentos de autoridad. Pero
frente a esta concepción metodológica (el denominado mos
Italicus), se contrapuso una nueva de tintes eruditos, que trataba
de usar los textos del Corpus Iuris como fuentes de conocimiento
para la reconstrucción de la historia jurídica romana, dentro del
marco de otras fuentes, como pueden ser las literarias o las
arqueológicas (mos Gallicus).
LOS GLOSADORES SON AQUELLOS ESPECIALISTAS DEL DERECHO QUE EN EL
SIGLO XI COMIENZA A ESTUDIAR EL DERECHO ROMANO CLÁSICO Y SE LIMITA A
GLOSAR, A COMENTAR CADA UNA DE LAS PALABRAS QUE COMPONÍA LA
DEFINICIÓN DE UN DETERMINADO MATERIAL DE DERECHO ROMANO PERO SIN
NINGUNA ACTUALIZACIÓN. EL QUE INICIA FUE IRNERO, TENEMOS ENTRE
OTROS A BÚLGARO MARTÍN GARCÍA, HUGO DE ALBERICO Y LLEGA A SU
CULMINACIÓN CON ACUCIO ( 1108 - 1260 ), QUE REÚNE LAS GLOSAS O
INTERPRETACIONES ANTERIORES EN LA "GLOSA ORDINARIA" ( 1227 ) OBRA QUE
SE EQUIPARÓ EN AUTORIDAD AL TEXTO DE LOS PANDECTAS Y SE CLAUSURA EL
PRIMER GRADO TEORÉTICO DE LA CIENCIA JURÍDICA MEDIEVAL. LA TAREA
CONSISTÍA EN ACLARAR PALABRA POR PALABRA (GLOSAR) LO QUE HACIA ENTRE
LÍNEAS Y AL MARGEN DEL TEXTO, TAMBIÉN ESCRIBÍAN "SUMAS" QUE ERAN
ESTUDIOS COMPLETOS DE LA PARTE DEL CORPUS.
POSGLOSADORES
Posglosadores o conciliadores Tratan de realizar
una tarea de orden practico. Abordaron los textos
romanos con mayor libertad, no se proponían
explicar la letra sino indagar la razón de ser de es
ley. La escuela se desarrolla desde el siglo XIII al XV
por Cino de Pistoia. Siendo su principal exponente
Bartoleo de Saxoferrato ( 1313 - 1357 ) es el que
principio de la personalidad jurídica para el
extranjero, porque estos No estaban protegidos y
Saxoferrato dijo que "los bienes de una persona,
Siguen el lugar donde esta"
MOS ITALLICUS
 Iuris docenti: método italiano de enseñanza del
derecho
 Su principal autor : Jacques Cuyacius Maestro de
la universidad de burgos.
 Fue un diferente enfoque del derecho romano y se
desarrollo en Francia
 Se interesaban mas en las fuentes originales
para descubrir el derecho romano clásico
MOS GALLICUS
 Promovida por la escuela de comentarista
 Se basaban mas al derecho medieval
 No negaban al derecho romano pero decidieron
que la litera de la edad media habia alcanzado un
derecho relativamente seguro
 En europa tuvo mas éxito ( mos italicus )
.-
DIFERENCIA ENTRE MOS GÁLICUS Y MOS
ITÁLICUS
MOS GÁLICUS
 -Surge en Francia
 -Su fin de estudiar el Derecho Romano es histórico
 -Dan importancia al derecho Romano, pero también toman
en cuenta los demás derechos.
 -Buscan fuentes auténticas del Derecho Romano, fuentes
directas.
 MOS GÁLICUS
 -Surge en Italia
 -Su finalidad es poner en práctica el derecho Romano, es
decir, volverlo vigente.
 -Sólo dan importancia al derecho romano, dejando de lado a
los demás.
 -Se basan en el Corpus Iuris Civilis de Justiniano.
FUNDAMENTO DE LA ESCUELA HOLANDESA O
DE LA JURISPRUDENCIA ELEGANTE.
 Surge en Holanda y Bélgica, se tenían conocimientos
del Derecho Romano y del Derecho Canónico por la
influencia de los tribunales eclesiásticos.
 Se crea como resultado de la emigración de una culta
rama de la Escuela Francesa a Holanda, resultante de
la persecución religiosa. Hubo una matanza en San
Bartolomé en 1571, una masacre de protestantes
dentro del palacio real de la reina de Medici.
 Se desarrolla por la creación de la primera universidad
en Holanda en 1573, llamada “Universidad de Leyden”
USUS MODERNUS PANDECTARUM
 Usus modernus pandectarum significa el uso moderno de
utilizar las pandectas; es la designación para el nuevo
estilo de estudios legales introducido en Alemania
alrededor del año 1600, el cual culminó en el siglo XVIII y
continuó dentro del siglo XX. Al hacer referencia a las
pandectas, se habla del Digesto de Justiniano.
 Usus modernus pandectarum: es la consecuencia del éxito
práctico forense del mos itálicus usado en las universidades
pero adicionado con elementos de origen germánico.
 Las obras escritas por los juristas alemanes sobre el usus
modernus pandectarum fueron usadas como libros de texto
en varios países en el norte de Europa en los siglos XVII y
XVIII.
 El usus modernus pandectarum Estudia el digesto de
Justiniano, pero no deja de lado el derecho feudal
germánico.

Mais conteúdo relacionado

Mais procurados

Concepto derecho penal
Concepto derecho penalConcepto derecho penal
Concepto derecho penal
Juris Cucho
 
Teoría del delito
Teoría del delitoTeoría del delito
Teoría del delito
1121876388
 

Mais procurados (20)

La laguna de_la_ley
La laguna de_la_leyLa laguna de_la_ley
La laguna de_la_ley
 
Concepto derecho penal
Concepto derecho penalConcepto derecho penal
Concepto derecho penal
 
Teorías y escuelas de la Sociología Jurídica
Teorías y escuelas de la Sociología Jurídica Teorías y escuelas de la Sociología Jurídica
Teorías y escuelas de la Sociología Jurídica
 
iusnaturalismo, iuspositivismo, iussociologismo.pptx
iusnaturalismo, iuspositivismo, iussociologismo.pptxiusnaturalismo, iuspositivismo, iussociologismo.pptx
iusnaturalismo, iuspositivismo, iussociologismo.pptx
 
La Estafa
La EstafaLa Estafa
La Estafa
 
¿Ciencia jurídica?
¿Ciencia jurídica?¿Ciencia jurídica?
¿Ciencia jurídica?
 
Distinción entre cosa y bien
Distinción entre cosa y bienDistinción entre cosa y bien
Distinción entre cosa y bien
 
Derecho procesal civil
Derecho procesal civilDerecho procesal civil
Derecho procesal civil
 
D. procesal civil romano ..
D. procesal civil romano ..D. procesal civil romano ..
D. procesal civil romano ..
 
Derecho romano personas y familia
Derecho romano personas y familiaDerecho romano personas y familia
Derecho romano personas y familia
 
El derecho natural
El derecho naturalEl derecho natural
El derecho natural
 
Supuesto juridico (derecho)
Supuesto juridico (derecho)Supuesto juridico (derecho)
Supuesto juridico (derecho)
 
Mapa mental contrato incapacidad.-derecho romano-24-10-15.
Mapa mental contrato incapacidad.-derecho romano-24-10-15.Mapa mental contrato incapacidad.-derecho romano-24-10-15.
Mapa mental contrato incapacidad.-derecho romano-24-10-15.
 
La posesión
La posesiónLa posesión
La posesión
 
Trabajo sobre el tema ii deontologia juridica
Trabajo sobre el tema ii deontologia juridicaTrabajo sobre el tema ii deontologia juridica
Trabajo sobre el tema ii deontologia juridica
 
Fines y derecho
Fines y derechoFines y derecho
Fines y derecho
 
DERECHOS REALES EN ROMA Y EN LA ACTUALIDAD
DERECHOS REALES EN ROMA Y EN LA ACTUALIDADDERECHOS REALES EN ROMA Y EN LA ACTUALIDAD
DERECHOS REALES EN ROMA Y EN LA ACTUALIDAD
 
Concepto de derecho
Concepto de derechoConcepto de derecho
Concepto de derecho
 
Teoría del delito
Teoría del delitoTeoría del delito
Teoría del delito
 
1-26. Sobre el Concepto de Constitución y El derecho constitucional y sus Fue...
1-26. Sobre el Concepto de Constitución y El derecho constitucional y sus Fue...1-26. Sobre el Concepto de Constitución y El derecho constitucional y sus Fue...
1-26. Sobre el Concepto de Constitución y El derecho constitucional y sus Fue...
 

Semelhante a Recepcion del derecho

EL DERECHO EN LA EDAD MEDIA
EL DERECHO EN LA EDAD MEDIAEL DERECHO EN LA EDAD MEDIA
EL DERECHO EN LA EDAD MEDIA
Muma GP
 
Escueladelos comentaristas
Escueladelos comentaristasEscueladelos comentaristas
Escueladelos comentaristas
Jorge Ikeda
 
Ensayo evolucion derecho internacional privado
Ensayo evolucion derecho internacional privadoEnsayo evolucion derecho internacional privado
Ensayo evolucion derecho internacional privado
Danyolis Escalona
 
El derecho civil en la edad moderna
El derecho civil en la edad modernaEl derecho civil en la edad moderna
El derecho civil en la edad moderna
Liseth Guilca
 
El derecho civil en la edad moderna
El derecho civil en la edad modernaEl derecho civil en la edad moderna
El derecho civil en la edad moderna
Grachi-H
 

Semelhante a Recepcion del derecho (20)

EL DERECHO EN LA EDAD MEDIA
EL DERECHO EN LA EDAD MEDIAEL DERECHO EN LA EDAD MEDIA
EL DERECHO EN LA EDAD MEDIA
 
Primer ensayo glosadores terminado
Primer ensayo glosadores terminadoPrimer ensayo glosadores terminado
Primer ensayo glosadores terminado
 
Equipo 6 destino_del_derecho_romano_despues_del_justiniano2
Equipo 6 destino_del_derecho_romano_despues_del_justiniano2Equipo 6 destino_del_derecho_romano_despues_del_justiniano2
Equipo 6 destino_del_derecho_romano_despues_del_justiniano2
 
El Derecho Romano
El Derecho RomanoEl Derecho Romano
El Derecho Romano
 
Revista digital 5
Revista digital 5Revista digital 5
Revista digital 5
 
Escuela glosadores
Escuela glosadoresEscuela glosadores
Escuela glosadores
 
t6-la-formacion-del-derecho-comun-en-la-baja-edad-media.pdf
t6-la-formacion-del-derecho-comun-en-la-baja-edad-media.pdft6-la-formacion-del-derecho-comun-en-la-baja-edad-media.pdf
t6-la-formacion-del-derecho-comun-en-la-baja-edad-media.pdf
 
Sistemas Jurídicos
Sistemas Jurídicos Sistemas Jurídicos
Sistemas Jurídicos
 
Sistemas Juridicos
Sistemas JuridicosSistemas Juridicos
Sistemas Juridicos
 
Escueladelos comentaristas
Escueladelos comentaristasEscueladelos comentaristas
Escueladelos comentaristas
 
Derecho romano
Derecho romanoDerecho romano
Derecho romano
 
La Edad Media y el Derecho Internacional Privado
La Edad Media y el Derecho Internacional Privado La Edad Media y el Derecho Internacional Privado
La Edad Media y el Derecho Internacional Privado
 
Facultad de derecho
Facultad de derechoFacultad de derecho
Facultad de derecho
 
Ensayo evolucion derecho internacional privado
Ensayo evolucion derecho internacional privadoEnsayo evolucion derecho internacional privado
Ensayo evolucion derecho internacional privado
 
El derecho civil en la edad moderna
El derecho civil en la edad modernaEl derecho civil en la edad moderna
El derecho civil en la edad moderna
 
El derecho romano
El derecho romanoEl derecho romano
El derecho romano
 
La norma de conflicto
La norma de conflictoLa norma de conflicto
La norma de conflicto
 
Derecho romano
Derecho romanoDerecho romano
Derecho romano
 
El derecho civil en la edad moderna
El derecho civil en la edad modernaEl derecho civil en la edad moderna
El derecho civil en la edad moderna
 
El derecho civil en la edad moderna
El derecho civil en la edad moderna El derecho civil en la edad moderna
El derecho civil en la edad moderna
 

Último

PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
lupitavic
 
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptxConcepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Fernando Solis
 
NUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdf
NUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdfNUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdf
NUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdf
UPTAIDELTACHIRA
 
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdfProyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
patriciaines1993
 

Último (20)

PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docxPLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
PLAN DE REFUERZO ESCOLAR primaria (1).docx
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
 
Tema 11. Dinámica de la hidrosfera 2024
Tema 11.  Dinámica de la hidrosfera 2024Tema 11.  Dinámica de la hidrosfera 2024
Tema 11. Dinámica de la hidrosfera 2024
 
Qué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativaQué es la Inteligencia artificial generativa
Qué es la Inteligencia artificial generativa
 
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA IIAFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
AFICHE EL MANIERISMO HISTORIA DE LA ARQUITECTURA II
 
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
Procedimientos para la planificación en los Centros Educativos tipo V ( multi...
 
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdfInfografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
Infografía EE con pie del 2023 (3)-1.pdf
 
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptxSEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
SEXTO SEGUNDO PERIODO EMPRENDIMIENTO.pptx
 
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VSOCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
OCTAVO SEGUNDO PERIODO. EMPRENDIEMIENTO VS
 
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
Tema 10. Dinámica y funciones de la Atmosfera 2024
 
Supuestos_prácticos_funciones.docx
Supuestos_prácticos_funciones.docxSupuestos_prácticos_funciones.docx
Supuestos_prácticos_funciones.docx
 
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptxLA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
LA LITERATURA DEL BARROCO 2023-2024pptx.pptx
 
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
LABERINTOS DE DISCIPLINAS DEL PENTATLÓN OLÍMPICO MODERNO. Por JAVIER SOLIS NO...
 
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptxConcepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
Concepto y definición de tipos de Datos Abstractos en c++.pptx
 
NUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdf
NUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdfNUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdf
NUEVAS DIAPOSITIVAS POSGRADO Gestion Publica.pdf
 
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdfFeliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
Feliz Día de la Madre - 5 de Mayo, 2024.pdf
 
Interpretación de cortes geológicos 2024
Interpretación de cortes geológicos 2024Interpretación de cortes geológicos 2024
Interpretación de cortes geológicos 2024
 
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESOPrueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
Prueba de evaluación Geografía e Historia Comunidad de Madrid 4ºESO
 
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdfProyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
Proyecto de aprendizaje dia de la madre MINT.pdf
 
ACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJO
ACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJOACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJO
ACTIVIDAD DIA DE LA MADRE FICHA DE TRABAJO
 

Recepcion del derecho

  • 1. Lic. Gregorio Cisneros Rancho Sistemas Jurídicos Equipo # 2 Hector Alonso Espinosa Lopez Raul Gonzalez Toriz Miguel Angel Aguilar Martinez
  • 2. RECEPCION DEL DERECHO La recepción del Derecho Romano en Europa se inició a finales del siglo XI, a través de diferentes escuelas. Al estudiarse el Derecho Romano en todos los países europeos, se consideró al Derecho como ius comune(Derecho común para todas las personas), pero tras la fragmentación política de Europa le sustituyó el ius propio. Tipos de escuelas existentes
  • 3. RECEPCION DEL DERECHO  El Derecho romano se difundió a consecuencia de la enseñanza universitaria que comenzó en Bolonia en el siglo XII, y más concretamente gracias a la labor desempeñada por elgramático y jurista Irnerio, cuyo método consistente en hacer breves aclaraciones textuales o glosas y distinciones terminológicas, fue con posterioridad desarrollado de modo progresivo por los denominados Glosadores, entre los que destacan Azón (profesor en Bolonia entre 1190 y 1229) y Acursio (compilador de las glosas de los predecesores en una Glossa ordinaria).  Sin embargo, no fue hasta la aparición de Bartolo de Sassoferrato (discípulo de Cino da Pistoia y considerado por muchos romanistas como uno de los más influyentes juristas de todos los tiempos) en el siglo XIV, cuando el Derecho romano alcanzó un gran prestigio. Bártolo, que a pesar de su corta vida dejó una amplia obra basada en comentarios, tratados monográficos y dictámenes, fue el mayor artífice e impulsor del Derecho romano Común, que junto con el Derecho Canónico originó el utrumque ius, que representa el fundamento de la cultura jurídica europea.
  • 4.  A partir del siglo XIV, Inglaterra presentó una tradición jurídica característica, diferente a la de la romanística en Europa, aunque se asemejaba en mayor medida al modo operativo de los juristas romanos y al desinterés por las pruebas judiciales. La recepción europea del Derecho Común revistió cierta importancia, aunque fue algo tardía, en Alemania, donde fue objeto de una elaboración científica que recibe el nombre de Derecho de Pandectas.  El Renacimiento trajo consigo la desacreditación del método empleado por Bartolo, consistente en el aprovechamiento de los textos del Corpus Iuris como argumentos de autoridad. Pero frente a esta concepción metodológica (el denominado mos Italicus), se contrapuso una nueva de tintes eruditos, que trataba de usar los textos del Corpus Iuris como fuentes de conocimiento para la reconstrucción de la historia jurídica romana, dentro del marco de otras fuentes, como pueden ser las literarias o las arqueológicas (mos Gallicus).
  • 5. LOS GLOSADORES SON AQUELLOS ESPECIALISTAS DEL DERECHO QUE EN EL SIGLO XI COMIENZA A ESTUDIAR EL DERECHO ROMANO CLÁSICO Y SE LIMITA A GLOSAR, A COMENTAR CADA UNA DE LAS PALABRAS QUE COMPONÍA LA DEFINICIÓN DE UN DETERMINADO MATERIAL DE DERECHO ROMANO PERO SIN NINGUNA ACTUALIZACIÓN. EL QUE INICIA FUE IRNERO, TENEMOS ENTRE OTROS A BÚLGARO MARTÍN GARCÍA, HUGO DE ALBERICO Y LLEGA A SU CULMINACIÓN CON ACUCIO ( 1108 - 1260 ), QUE REÚNE LAS GLOSAS O INTERPRETACIONES ANTERIORES EN LA "GLOSA ORDINARIA" ( 1227 ) OBRA QUE SE EQUIPARÓ EN AUTORIDAD AL TEXTO DE LOS PANDECTAS Y SE CLAUSURA EL PRIMER GRADO TEORÉTICO DE LA CIENCIA JURÍDICA MEDIEVAL. LA TAREA CONSISTÍA EN ACLARAR PALABRA POR PALABRA (GLOSAR) LO QUE HACIA ENTRE LÍNEAS Y AL MARGEN DEL TEXTO, TAMBIÉN ESCRIBÍAN "SUMAS" QUE ERAN ESTUDIOS COMPLETOS DE LA PARTE DEL CORPUS.
  • 6. POSGLOSADORES Posglosadores o conciliadores Tratan de realizar una tarea de orden practico. Abordaron los textos romanos con mayor libertad, no se proponían explicar la letra sino indagar la razón de ser de es ley. La escuela se desarrolla desde el siglo XIII al XV por Cino de Pistoia. Siendo su principal exponente Bartoleo de Saxoferrato ( 1313 - 1357 ) es el que principio de la personalidad jurídica para el extranjero, porque estos No estaban protegidos y Saxoferrato dijo que "los bienes de una persona, Siguen el lugar donde esta"
  • 7. MOS ITALLICUS  Iuris docenti: método italiano de enseñanza del derecho  Su principal autor : Jacques Cuyacius Maestro de la universidad de burgos.  Fue un diferente enfoque del derecho romano y se desarrollo en Francia  Se interesaban mas en las fuentes originales para descubrir el derecho romano clásico
  • 8. MOS GALLICUS  Promovida por la escuela de comentarista  Se basaban mas al derecho medieval  No negaban al derecho romano pero decidieron que la litera de la edad media habia alcanzado un derecho relativamente seguro  En europa tuvo mas éxito ( mos italicus )
  • 9. .- DIFERENCIA ENTRE MOS GÁLICUS Y MOS ITÁLICUS MOS GÁLICUS  -Surge en Francia  -Su fin de estudiar el Derecho Romano es histórico  -Dan importancia al derecho Romano, pero también toman en cuenta los demás derechos.  -Buscan fuentes auténticas del Derecho Romano, fuentes directas.  MOS GÁLICUS  -Surge en Italia  -Su finalidad es poner en práctica el derecho Romano, es decir, volverlo vigente.  -Sólo dan importancia al derecho romano, dejando de lado a los demás.  -Se basan en el Corpus Iuris Civilis de Justiniano.
  • 10. FUNDAMENTO DE LA ESCUELA HOLANDESA O DE LA JURISPRUDENCIA ELEGANTE.  Surge en Holanda y Bélgica, se tenían conocimientos del Derecho Romano y del Derecho Canónico por la influencia de los tribunales eclesiásticos.  Se crea como resultado de la emigración de una culta rama de la Escuela Francesa a Holanda, resultante de la persecución religiosa. Hubo una matanza en San Bartolomé en 1571, una masacre de protestantes dentro del palacio real de la reina de Medici.  Se desarrolla por la creación de la primera universidad en Holanda en 1573, llamada “Universidad de Leyden”
  • 11. USUS MODERNUS PANDECTARUM  Usus modernus pandectarum significa el uso moderno de utilizar las pandectas; es la designación para el nuevo estilo de estudios legales introducido en Alemania alrededor del año 1600, el cual culminó en el siglo XVIII y continuó dentro del siglo XX. Al hacer referencia a las pandectas, se habla del Digesto de Justiniano.  Usus modernus pandectarum: es la consecuencia del éxito práctico forense del mos itálicus usado en las universidades pero adicionado con elementos de origen germánico.  Las obras escritas por los juristas alemanes sobre el usus modernus pandectarum fueron usadas como libros de texto en varios países en el norte de Europa en los siglos XVII y XVIII.  El usus modernus pandectarum Estudia el digesto de Justiniano, pero no deja de lado el derecho feudal germánico.