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UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES
FALCULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES
“Año del buen servicio al ciudadano”
CARRERA PROFESIONAL DE ADMINISTRACION Y
SISTEMAS
INFORME FINAL DE
PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES III
ALUMNO(A):
Lopez Junco Ines Cynthia
CODIGO:
F10383E
DOCENTE:
Lic.
SATIPO - PERU
2018 - I
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO
SATIPO
SUB. GERENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL
2
INDICE
Dedicatoria 3
Presentación 4
Agradecimiento 5
Resumen 6
Introducción 7
CAPITULO I: GENERALIDADE 8
Descripción del Sector 8
Descripción General de la empresa 9
Breve descripción general de la empresa 9
Organización de la empresa 15
Descripción del área donde se realiza las practicas
Funciones del Administrador 18
Funciones del departamento donde desarrollo la práctica 19
Perfilprofesional 2
Conclusiones 28
Sugerencias 29
Referencias bibliográficas 29
Anexos 30
3
DEDICATORIA:
A mis padres, por estar conmigo, por
enseñarme a crecer y a que si caigo
debo levantarme, por apoyarme y
guiarme, por ser las bases que me
ayudaron a llegar hasta aquí.
4
PRESENTACIÓN
El presente trabajo ha sido elaborado tomando en consideración la información de la
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO y especialmente de la SUB. GERENCIA DE
RECAUDACION Y CONTROL en la que realicé las practicas Pre-Profesionales l.
Para ello pongo a disposición el informe del desarrollo de las Practicas Pre-Profesionales
l que se llevaron a cabo en la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO, con la
finalidad de que los estudiantes logremos conocer tanto la infraestructura, organización y
funciones que cumple las instituciones, para que en el momento apropiado cuando
empecemos a trabajar estemos preparados y tengamos una visión de las actividades de
cada institución.
Motivo por el cual se expone en detalle el recorrido que se realizó durante el proceso y a
través del cual obtuvimos respuestas a nuestras interrogantes. La cual nos servirá como
experiencia para nuestra trayectoria profesional.
5
AGRADECIMIENTO
Primero y antes que nada, dar gracias a Dios, por estar conmigo cada paso que doy, por
fortalecer mi corazón e iluminar mi mente y por haber puesto en mi camino aquellos
personas que son mi soporte y compañía durante este periodo de estudio.
Del mismo modo agradecer a mi familia por darme el apoyo incondicional (moral,
psicológico), motivo para lograr mi objetivo.
Agradecer a la Universidad Peruana Los Andes - Sede Satipo, por abrirnos la puerta y
darnos la oportunidad para ser dignos profesionales para el bien de nuestra sociedad.
A mis Docentes por darnos sus enseñanzas y conocimientos durante nuestra carrera
profesional.
Del mismo modo a mis futuros colegas quienes nos vamos motivando moralmente en
todas las actividades.
6
RESUMEN
El informe de prácticas Pre-Profesionales IIl en la Facultad de Ciencias Administrativas y
Contables de Administración y Sistemas fueron desarrolladas en la MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE SATIPO, ubicada en el distrito y provincia de Satipo Jr. Colonos
Fundadores N° 312, en la Sub Gerencia de Recaudación y Control de la Gerencia de
Rentas.
El informe contiene el desarrollo íntegro y descriptivo de las funciones realizadas a lo
largo de las prácticas mencionando datos referentes de la institución y el servicio que
brinda a la población.
El objetivo de este informe es de dar a conocer en forma detallada todas las actividades
realizadas en la institución, como las sus funciones y actividades que realiza la Gerencia
de Rentas y la Sub gerencia de Recaudación y control, que busca generar mayores
recursos a la municipalidad a través del incremento de la recaudación. Idealmente, los
esfuerzos de cobranza deben ser sostenidos, de modo que la recaudación sea creciente
y de alguna manera predecible.
Así mismo tenemos que tener en cuenta que estas prácticas es de gran ayuda para los
estudiantes, porque al egresar tendrán una idea más clara de lo que representa ser un
administrador, esto ayudara de apoyo en las diversas actividades que realice al ejercer
su carreara en cualquier empresa ya sea pública o privada y desarrollar con eficiencia,
destreza y creatividad todas sus actividades.
7
INTRODUCCIÓN
La Gerencia de Rentas, es el órgano de apoyo encargado de Normar, Planificar,
Organizar, Ejecutar y Fomentar la recaudación de rentas tributarias y no tributarias que
contribuyan hacia el incremento de los ingresos del Gobierno Local. Así mismo, proponer
las medidas sobre políticas y simplificación del sistema tributario. La Gerencia de Rentas
está a cargo de un Gerente que depende jerárquicamente del Gerente Municipal.
Son funciones y atribuciones de la Gerencia de Rentas, lo establecido en el Decreto
Supremo Nº 135-99-EF Código Tributario, DS. 156-2004-EF Texto Único Ordenado de la
Ley de Tributación, Ley 27972 Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas
Municipales, Ley 27783 Ley de Descentralización, Ley 28411 Ley General del Sistema
de Presupuesto. Para el cumplimiento cabal de sus funciones dispone de las siguientes
Subgerencias: Sub Gerencia de Orientación Tributaria, Sub Gerencia de Recaudación y
Control, Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva.
8
CAPITULO I
GENERALIDADES
1.- DESCRIPCIÓN DEL SECTOR.
“MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO”
Regulado por la Ley Orgánica de Municipalidades:
GOBIERNOS LOCALES: Los gobiernos locales son entidades básicas de la
organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los
asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios
de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local,
el territorio, la población y la organización. Las municipalidades provinciales y distritales
son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de
derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.
AUTONOMÍA: Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución
Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer
actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento
jurídico.
ORIGEN: Las municipalidades provinciales y distritales se originan en la respectiva
demarcación territorial que aprueba el Congreso de la República, a propuesta del Poder
Ejecutivo. Sus principales autoridades emanan de la voluntad popular conforme a la Ley
Electoral correspondiente. Las municipalidades de centros poblados son creadas por
ordenanza municipal provincial.
FINALIDAD: Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada
prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico
de su circunscripción.
ESTADO DEMOCRÁTICO, DESCENTRALIZADO Y DESCONCENTRADO: La
estructura, organización y funciones específicas de los gobiernos locales se cimientan en
una visión de Estado democrático, unitario, descentralizado y desconcentrado, con la
finalidad de lograr el desarrollo sostenible del país. 7 En el marco del proceso de
9
descentralización y conforme al criterio de subsidiariedad, el gobierno más cercano a la
población es el más idóneo para ejercer la competencia o función; por consiguiente el
gobierno nacional no debe asumir competencias que pueden ser cumplidas más
eficientemente por los gobiernos regionales, y éstos, a su vez, no deben hacer aquello
que puede ser ejecutado por los gobiernos locales.
PROMOCIÓN DEL DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL: Los gobiernos locales
promueven el desarrollo económico local, con incidencia en la micro y pequeña empresa,
a través de planes de desarrollo económico local aprobados en armonía con las políticas
y planes nacionales y regionales de desarrollo; así como el desarrollo social, el
desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones.
RELACIONES ENTRE LOS GOBIERNOS NACIONAL, REGIONAL Y LOCAL: El
gobierno en sus distintos niveles se ejerce dentro de su jurisdicción, evitando la
duplicidad y superposición de funciones, con criterio de concurrencia y preeminencia del
interés público. Las relaciones entre los tres niveles de gobierno deben ser de
cooperación y coordinación, sobre la base del principio de subsidiariedad.
APLICACIÓN DE LEYES GENERALES Y POLÍTICAS Y PLANES NACIONALES: Los
gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de
conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y
funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los
servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su
naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Las competencias y funciones
específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales,
regionales y locales de desarrollo.
PLANEACIÓN LOCAL: El proceso de planeación local es integral, permanente y
participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se
establecen las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y
funciones específicas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades
provinciales y distritales. El sistema de planificación tiene como principios la participación
ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión
moderna y rendición de cuentas, inclusión, eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y
neutralidad, subsidiariedad, consistencia con las políticas nacionales, especialización de
las funciones, competitividad e integración.
PROMOCIÓN DEL DESARROLLO INTEGRAL: Los gobiernos locales promueven el
desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la
10
sostenibilidad ambiental. La promoción del desarrollo local es permanente e integral. Las
municipalidades provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en coordinación
y asociación con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la
competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población.
2. DESCRIPCION GENERAL DE LA ENTIDAD
“MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO”
DATOS DE LA ENTIDAD
RAZÓN SOCIAL : Municipalidad Provincial De Satipo
RUC : 20146674403
REPRESENTANTE LEGAL : Teódulo Santos Arana
DIRECCIÓN : Jr. Colonos Fundadores N° 312
E-MAIL : Muni_satipo@hotmail.com
PAGINA WEB : http://www.munisatipo.gob.pe/
2.1 DESCRIPCION DE LA EMPRESA
2.1.1 RESEÑA HISTÓRICA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO
ÉPOCA PRE-HISPÁNICA:
Los Asháninkas mantenían una relación comercial creciente con los pueblos Alto
Andinos, quienes migraban a esta zona para cultivar coca, extraer tintes y coleccionar
plumas multicolores, según datos registrados en el Plan de Desarrollo Concertado de la
Provincia de Satipo para los años 2008 a 2021, elaborado en enero del 2009, se afirma
que la cultura Asháninka y Nomatsiguenga mantuvieron contacto con la cultura incaica
y practicaron el intercambio de productos llamado “el trueque”. Se han hallado
cerámica e implemento de bronce que indican que hubo intercambio entre estos
pueblos originarios de bosque tropical con el Imperio Incaico, probablemente entre los
años 1430 – 1463, durante el reinado del Inca Pachacútec (Rowe, 1946), claro está
que desde esa época mantuviera contacto con la sociedad dominante.
Según el contenido del Plan de Desarrollo Concertado de la Provincia de Satipo para
los años 2008 a 2021, elaborado por los miembros del Comité de Coordinación Local
(CCL) el origen de estas culturas primigenias son variadas: primero, se sostiene que se
desplazaron, vía fluvial, desde Colombia y Brasil hasta las cabeceras del río Ucayali,
11
migrándose así en las tierras altas ínter fluviales, tomando posesión de los ríos Tambo,
Perené, Ene y Satipo, quienes se desplazaban de un lugar a otro, usando las
estaciones del tiempo en busca de tierras fértiles y nuevas zonas de caza, pesca y
recolección; segundo, se sostienen que estas culturas milenarias, son de origen
andino, y que luego de la invasión española al Imperio Inca se refugiaron en la zona
selvática, formándose así los pueblos amazónicos construyendo una nueva identidad; y
tercero, afirma que los pueblos amazónicos emergieron en el mismo territorio ancestral
que habitan actualmente, manteniendo sus usos y costumbres autóctonos, mas no
desplazados de otros lugares.
EPOCA COLONIAL:
En esa época, los españoles no prestaron atención a la selva ni a sus habitantes, ni de
sus bondades de la zona selvática de Satipo, ya que su preocupación era el saqueo del
oro y la riqueza del Inca, hasta que se dio el primer choque en el año 1539 y el
rompimiento de modo de vida natural del pueblo Asháninka y de los demás pueblos
originarios de la selva central. Por tanto, los españoles optaron por desprestigiar a los
Asháninkas, acusándoles como chunchos infieles, salvajes, come gentes, bestias, etc.
con la finalidad de humillarlos y de que los demás pueblos indigenas no se subleven.
Sin embargo, los españoles, continuaron con la búsqueda de la mina de oro y
evangelizar en el cristianismo a los nativos. En consecuencia, ellos enfocaron su mayor
interés en la zona de Selva Central a fines de la colonización, la misma que fue
fortalecida en la época republicana por los Misioneros Franciscanos; quienes hicieron
su ingreso a esta parte del territorio indígena con la cruz y biblia en la mano para
“cristianizar” y “evangelizar” a los Ashaninka, Nomatsiguenga y demás pueblos
originarios.
El convento de Santa Rosa de Ocopa (Concepción) es el centro de operación misional
para el ingreso hacia la selva, atravesando por la zona del actual distrito de “Llaylla”,
prosiguiendo por el distrito de “Mazamari”, quienes finalmente, llegaron al valle de
“Pangoa” y “Puerto Ocopa”. Pues impusieron y fundaron la misión de San Juan de la
Frontera en el año 1539 donde finalmente sometieron a los Asháninkas y
Nomatsiguengas lugareños.
12
EPOCA DE LA REPUBLICA:
En 1898 ingresa a Satipo el primer colono llamado “Augusto Hilser”. Luego, en 1912
ingresa también el Monseñor Irazola, quien refuerza el proceso de colonización en la
selva central. Asimismo, en 1919 comenzaron a establecerse numerosos colonos
extranjeros y grupos de colonos nacionales. Por tanto, en 1922, se inicia la construcción
de la carretera “Concepción – Satipo”, por la ruta de “Comas-Concepción”. A su vez, en
1926 llega un grupo organizado de colonos, “los Yauyinos”, quienes se asentaron en la
zona de “Paratushali” para iniciar la explotación de los recursos naturales,
especialmente, el caucho. En consecuencia, se inicia la etapa de una explotación salvaje
de los recursos naturales y de esclavización de los ashaninkas y nomatsiguenga.
El 24 de Julio de 1929 se proclama a Satipo como primer “centro poblado de la selva
central”. Luego, el 18 de setiembre de 1940, mediante Ley Nº 9171, el Presidente
Manuel Prado crea el distrito de Satipo como parte de la provincia de Jauja, quedando
conformado por los Pueblos de La Victoria, Santa Ana, Santa Rosita, Puerto Ocopa,
Mariposa, Santo Domingo y Río Negro, cuyo primer Alcalde fué el Sr. Salvador Urco
(1940 – 1943). En noviembre de 1947 un terremoto causó desastres e inundaciones que
destruyeron la ciudad de Satipo, cuya reconstrucción se inició en 1951 con la
rehabilitación de la carretera Lima – Concepción – Satipo – Río Negro. El 30 de
Noviembre de 1951, mediante Ley Nº 11648 se crea la Provincia de Jauja, conformada
por 23 distritos, entre ellos Satipo. El 26 de Marzo de 1965, siendo Alcalde José A. Voto
Bernales, mediante Ley Nº 15481 se crea la Provincia de Satipo conformada por 8
Distritos: Satipo (Distrito capital), Coviriali, Llaylla, Mazamari, Pampa Hermosa, Pangoa,
Río Negro y Río Tambo. Entre la década del 80 y 90, el terrorismo azotó la zona,
propicia para ser refugio por sus terrenos inhóspitos y la falta de atención del Gobierno.
Este hecho dejó consecuencia, una larga lista de muerte, desolación y traumas. Por lo
13
tanto, la peor secuela de la violencia recayó al pueblo Ashaninka y Nomatsiguenga ya
que murieron más de 6 000 y afectado 30 000 de los 52 000 habitantes según registro
publicado por la Comisión de Emergencia Ashaninka. En el Gobierno del presidente de
la república Dr. Valentín Paniagua en el año 2000, creo la Comisión de la Verdad y
Reconciliación Nacional (CVR), una entidad estatal encargada de investigar los hechos
ocurrido en época de la violencia social y política y recomendar para que el Estado
asuma la reparación de las víctimas.
ALCALDES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO POR PERIODOS
ALCALDES DEL DISTRITO DE SATIPO
01 SALVADOR URCO 1940-1943
02 EMILIO QUIROZ BECERRA 1944-1945
03 MIGUEL TELLO SALABARRIA 1945
04 JULIO QUIROZ PATIÑO 1946-1948
05 EMILIO QUIROZ BECERRA 1948
06 MIGUEL SANDOVAL OLORTEGUI 1948-1949
07 GUILLERMO VEGA LETTE 1950-1951
08 MIGUEL SANDOVAL OLORTEGUI 1952-1953
09 UBALDO ANGOSTO HERNANDEZ 1953
10 GUILLERMO CARPIO POLANCO 1954-1955
14
11 JAVIER MAGDE VELASCO 1956
12 FERMIN PERALTA CHAMORRO 1956-1957
13 MIGUEL SANDOVAL OLORTEGUI 1959
14 FERMIN PERALTA CHAMORRO 1960
15 SALVADOR URCO 1961-1962
16 JOSE MORENO MORENO 1962
17 CARLOS A. VOTTO BERNALES 1963-1965
ALCALDES DE LA PROVINCIA DE SATIPO
01 CARLOS A. VOTTO BERNALES 1965-1968
02 DAMASO PAREDES CORVACHO 1968-1970
03 FLAVIO NIEVA BAQUERIZO 1970
04 RALPH NORMAN OCAMPO 1971
05 GONZALO QUIROZ BALAREZO 1972-1973
06 CUPERTINO COLLACHAHUA 1973
07 JUAN RAZURI SANCHEZ 1974
08 RODRIGO PEREZ YUPANQUI 1978
09 CESAR MARTICORENA CASTRO 1979-1980
10 CIRO LANDEO DE LA PEÑA 1981-1983
11 CESAR MARTICORENA CASTRO 1983
12 GUSTAVO ESTABRIDIS QUEIROLO 1984-1986
13 FIDEL JUAREZ TORRES 1987-1989
14 ILMER QUIJANDRIA VARGAS 1989
15 NEMESIO MEJIA DEL CASTILLO 1990-1992
16 ALEJANDRO MORVELI CASTRO 1993-1995
17 CELSO ARTURO DURAND PANEZ 1995-1998
18 CELSO ARTURO DURAND PANEZ 1999-2000
15
19 ROGER HUARI ORDOÑEZ 2000-2002
20 MARIA V. QUEVEDO DE ARELLANO 2003-2006
21 CESAR AUGUSTO MEREA TELLO 2007-2010
22 CESAR AUGUSTO MEREA TELLO 2011-2014
23 TEODULO SANTOS ARANA 2015-2018
MISIÓN
La Municipalidad Provincial de Satipo, es una institución concertadora, fortaleciendo los
ámbitos de comunicación entre la población satipeña y sus autoridades. Cuenta con
personal con vocación de servicio y solidario. Trabaja con una gestión transparente,
brindando servicios públicos de calidad para satisfacer las necesidades de la población
nativa y urbana, promoviendo el desarrollo integral sostenible y administrando de manera
óptima los recursos que se hallan dentro de su jurisdicción.”
VISIÓN
Al 2021, La provincia de Satipo será la principal zona agro-ecológica y turística de la
selva central. Exporta productos agroindustriales competitivos promoviendo la inversión.
Respeta su ordenamiento territorial y ambiental y brinda servicios ambientales”.
Satipo es una provincia competitiva con educación, capacidades desarrolladas y salud
de calidad; con servicios básicos eficientes, con gobiernos locales concertadores y
donde se practica la inclusión social y valores y respeto a la multiculturalidad.
2.2.- ORGANIZACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD.
2.2.1. GENERALIDADES
La Provincia de Satipo, se crea mediante Ley N° 15481 del 26 de Marzo de 1965,
fecha en la cual se inician sus funciones como Gobierno Local.
La sede de la Municipalidad se ubica en el Jr. Colonos Fundadores N° 312 – frente al
Parque Principal de la Ciudad de Satipo, y sus actividades se desarrollan en toda la
jurisdicción de la Provincia que incluye los Ocho (09) Distritos. Su funcionamiento tiene
carácter indefinido y se encuentra regulado por la Ley Orgánica de Municipalidades N°
27972, y los artículos pertinentes de la actual Constitución Política del Estado.
16
2.2.2. ORGANIGRAMA DE LA MUNCIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO
17
2.3 DESCRIPIÓN DE LA GERENCIA DE RENTAS
2.3.1 ORGANIGRAMA
2.3.2 GERENCIA DE RENTAS
La Gerencia de Rentas, es el órgano de apoyo que tiene la categoría de segundo nivel,
dependiendo administrativa y funcionalmente de la Gerencia Municipal. Tiene como
objetivo administrar los tributos y rentas municipales, así como planificar, organizar,
coordinar y controlar las actividades de administración, recaudación, fiscalización,
determinación y supervisión de los ingresos tributarios y no tributarios de la
Municipalidad; realizar las cobranzas regulares y coactivas y ejecuciones forzosas de
acuerdo a las normas y dispositivos legales vigentes. En concordancia con el Decreto
Supremo Nº 133-2013-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario,
el D. S. Nº 156-2004-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de
Tributación, Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas
Municipales, Ley Nº27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley 28411, Ley
General del Sistema Nacional de Presupuesto.
La Gerencia de Rentas está a cargo de un Gerente designado por Alcaldía y para el
cumplimiento de sus funciones cuenta con los siguientes órganos de categoría de
tercer nivel, Sub Gerencias:
 Sub Gerencia de Registro Tributario.
 Sub Gerencia de Recaudación y Control.
 Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria.
 Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva.
Son competencias de la Gerencia de Rentas:
GERENCIA DE RENTAS
SUB. GERENCIA DE
ORIENTACION
TRIBUTARIA
SUB. GERENCIA DE
RECAUDACION Y
CONTROL
SUB. GERENCIA DE
FISCALIZACION
TRIBUTARIA
SUB. GERENCIA DE
EJUTORIA
COACTIVA
18
1. Emitir Resoluciones Gerenciales, proyecto de Ordenanzas, Directivas, Informes,
Memorándums, Proyectos de Inversión en el marco de sus funciones.
2. Asesorar a la Alta Dirección en asuntos de su competencia.
3. Otras competencias que le encomiende la Alcaldía de acuerdo al Reglamento de
Organización y Funciones de la Municipalidad.
Son sus funciones:
1. Planear, Organizar, Supervisar y controlar, Plan de Ampliación de la Base Tributaria,
Plan de Recaudación Eficaz de Tributos Municipales y Plan Anual de Cobranza de
Obligaciones Tributarias y no Tributarias en Cobranza Coactiva;
2. Formular, Consol idar y evaluar el Plan Operativo Institucional –POI en lo que
corresponda a la Unidades Orgánicas;
3. Formular y ejecutar las Directivas en materia de los sistemas administrativos de su
competencia.
4. Ejecutar el control previo y control concurrente de los procedimientos administrativos
de las unidades orgánicas bajo su dependencia y emitir el informe trimestral a la
Gerencia Municipal;
5. Efectuar estudios de investigación científica del Sistema Tributario Municipal y
proponer estrategias de mejoramiento de captación de recursos económicos-
financieros;
6. Brindar información oportuna y completa debidamente documentada en forma física o
magnética, asesoría y asistencia técnica a las Comisiones Ordinarias o Comisiones
Especiales de Regidores;
7. Participar en las Sesiones del Concejo Municipal y apoyar en la sustentación de los
temas en debate de la agenda a pedido del Presidente de la Comisión Ordinaria o
Especial, inherentes a las funciones de la Unidad Orgánica;
8. Proponer a los Órganos de la Alta Dirección, las políticas en materia de administración
tributaria, recaudación tributaria, fiscalización tributaria y ejecución coactiva;
9. Elevar los expedientes a la Gerencia Municipal, los ante-proyectos de actualización de
las Tablas de Cálculo del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y
Valores Arancelarios a emplearse en la determinación de las cuantías actualizadas en
cada ejercicio fiscal;
10. Proponer ante-proyectos de Ordenanzas Municipales, Decretos de Alcaldía,
Directivas e Instructivos en materia de tributación municipal, a fin de optimizar la
gestión de la Administración Tributaria Municipal;
11. Supervisar el proceso de administración tributaria de la Municipalidad por ejercicios
fiscales anualizados;
19
12. Supervisar la ejecución del programa de beneficios para el pago al contado de la
deuda tributaria y no tributaria a favor de la Municipalidad y premiación al Contribuyente
puntual.
13. Emitir resoluciones gerenciales en primera instancia, que resuelvan los recursos de
reclamaciones de naturaleza tributaria y las apelaciones elevar a la Gerencia Municipal;
14. Evaluar los procesos de emisión, notificación, control, gestión de cobranza y
transferencia a Ejecutoria Coactiva de los instrumentos de cobranza señalados por ley,
así como la atención de los expedientes;
15. Autorizar en forma expresa, las acciones tácticas y operativas de fiscalización
tributaria;
16. Supervisar las acciones en materia de ejecución de cobranza coactiva;
17. Visar las resoluciones de Determinación, de Multas Tributarias, de Pérdida de
Fraccionamiento, de Órdenes de Pago y de Prescripción con arreglo al Código Tributario
y demás disposiciones legales pertinentes.
18. Emitir informe técnico del proceso de quiebre e incineración de valores, en los casos
que la obligación tributaria o administrativa que sería incobrable, dudosas y/u onerosa;
19. Proponer por conducto regular la aprobación por el Concejo Municipal, de los
Proyecto de Ordenanzas en materia tributaria, según corresponda con adecuación a Ley,
de los tributos que administra la Municipalidad;
20. Proponer, impulsar e implementar las mejoras e innovaciones en los procesos,
procedimientos y normatividad interna de la Unidad Orgánica, en coordinación con la
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto responsable de las funciones en materia del
sistema administrativo de racionalización;
21. Cumplir con las demás funciones de su competencia asignadas por la Gerencia
Municipal.
De las interrelaciones interna y externa:
La Gerencia de Rentas, mantiene interrelación interna con la Oficina de Asesoría
Jurídica, Oficina de Procuraduría Pública Municipal, Gerencia de Administración y
Finanzas, Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Gerencia de Desarrollo Económico
Local, Gerencia de Servicios Públicos y Seguridad Ciudadana y Seguridad Ciudadana,
Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto.
La Gerencia de Rentas, mantiene interrelación externa con la Superintendencia
Nacional de Administración Tributaria, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio
Público, Policía Nacional del Perú y otras Entidades Públicas y Privadas con relación en
materia de Rentas.
20
FUNCIONARIOS:
CARGO ESTRUCTURAL
 GERENTE
 SECRETARIA I
GERENTE
Funciones Específicas
1. Planear organizar, coordinar, planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar el
proceso de Administración de los Tributos Municipales a fin de cumplir con las metas
presupuestadas.
2. Supervisar las actividades de las Sub-Gerencias para el cumplimiento progresivo de
los objetivos y metas.
3. Proponer proyectos de dispositivos legales que creen, modifiquen, complementen y
optimicen la administración y recaudación de los tributos municipales, de conformidad
con la Legislación Tributaria vigente.
4. Evaluar los costos de los servicios públicos (Residuos sólidos, parques y Jardines y
Serenazgo).
5. Informar mensualmente a la Alta Dirección los ingresos y las proyecciones anuales
tributarias, mediante los respectivos cuadros sustenta torios.
6. Emitir Resoluciones Gerenciales en primera instancia, relacionada con los
procedimientos tributarios, conforme a lo dispuesto en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos y/o Resoluciones de Alcaldía sobre delegación de facultades.
7. Determinar la base imponible, liquidación y acotación de los tributos tales derechos y
contribuciones como otros ingresos, sobre la base de disposiciones legales vigentes.
8. Cautelar el cumplimiento de la Leyes, Ordenanzas, Decretos, Reglamentos y demás
disposiciones legales relacionadas con la Tributación Municipal.
9. Procesar los expedientes, documentos y recursos, relacionados con el Sistema
Tributario Municipal, de acuerdo con las directivas y normas legales vigentes,
10. Formular la Proyección de Recaudación de Ingresos de los Tributos Municipales,
para la sustentación del Presupuesto, en coordinación con la oficina de Planeamiento y
Presupuesto, así como evaluar su ejecución.
11. Establecer Planes, Proyectos Programas, relacionados con el Sistema Tributario
Municipal, en concordancia con las Políticas Estrategias de la Alta Dirección.
21
12. Disponer la aplicación de Sanciones previstas en el Código Tributario, Ordenanzas,
velando por su cumplimiento
13. Proporcionar información veraz y oportuna a los contribuyentes sobre sus
obligaciones tributarias formales y sustanciales.
14. Otras funciones que el Gerente Municipal le asigne.
RESPONSABILIDAD
Es responsable del cumplimiento de las funciones asignadas y de la conservación y
mantenimiento en buen estado de los bienes patrimoniales a su cargo.
SECRETARIA I
Funciones específicas:
1. Planear, dirigir, revisar, organizar y controlar los despachos y documentos dirigidos a
la Gerencia.
2. Ordenar, clasificar, codificar, archivar, mantener y actualizar los archivos
documentales y digitales de la Oficina, así como cuidar de su conservación, protección y
confidencialidad de los mismos
3. Elaborar y mantener la Agenda de Actividades de la Gerencia.
4. Revisar y preparar la documentación para la atención y firma del Gerente.
5. Apoyar las acciones para la tramitación documentaria de los documentos y/o
expedientes generados en la Gerencia.
6. Digitación de Documentos Administrativos.
7. Preparar la agenda de las citas y reuniones protocolares o de trabajo
correspondientes, controlando y realizando el seguimiento correspondientes a las
actividades de la Gerencia.
8. Prestar apoyo administrativo especializado, manejo del software, procesador de texto
y hojas de cálculo.
9. Realizar el seguimiento de los expedientes que ingresan y egresan de la oficina, e
informar su estado de trámite.
10. Recepcionar y envía documentación vía fax y correo electrónico (email)
11. Otras funciones del cargo que le sean asignadas.
22
Responsabilidad
Es responsable de la Recaudación Municipal, en aplicación del Plan de Modernización
Municipal; del cumplimiento de las funciones asignadas y de la conservación y
mantenimiento en buen estado de los bienes patrimoniales a su cargo.
2.4. DESCRIPIÓN DEL AREA DONDE SE REALIZA PRACTICAS
FUNCIONARIOS
CARGO ESTRUCTURAL
 SUB. GERENTE
 ASISTENTE ADMINISTRATIVO II
2.4.1 SUB-GERENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL
La Sub Gerencia de Recaudación y Control, tiene como objetivo realizar la gestión
de cobranza ordinaria de las deudas tributarias y no tributarias ejerciendo actos que
impulsen el cumplimiento tributario. Está a cargo de un Sub Gerente quien depende
del Gerente de Rentas.
2.4.2 FLUJOGRAMA
GERENCIA DE RENTAS
SUB. GERENCIA DE
RECAUDACION Y
CONTROL
23
PROCESO DE LIQUIDACION DE PAGO DE IMPUESTO PREDIAL
NO
SI
CONTRIBUYENTE
CANCELA LA DEUDA EN
CAJA
CONTRIBUYENTE
REGRESA A LA OFICINA
ENTREGA RECIBO
CONTRIBUYENTE
INGRESA A LA OFICINA
SOLICITA CTA.
CORRIENTE
LIQUIDADOR VERIFICA
DEUDA
LIQUIDADOR ENVIA A
CONTRIBUYENTE A
REALIZAR SU PAGO
DESICION
FIN
CONTRIBUYENTE NO
CANCELA LA DEUDA
TERMINA EL
PROCESO
INICIO
24
3. FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR
3.1 FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DONDE DESARROLLA LA PRÁCTICA:
1. Formular, ejecutar y evaluar el Plan de Recaudación Eficaz de Tributos Municipales;
2. Formular, ejecutar y evaluar el Plan Operativo Institucional –POI- en lo que
corresponda a la Unidad Orgánica;
3. Ejecutar el control previo y control concurrente de los procedimientos administrativos
y servicios públicos locales prestados en exclusividad realizados por los cargos bajo su
dependencia y emitir el informe mensual a la Gerencia;
4. Emitir las comunicaciones y disponer las medidas necesarias para la inducción al
pago de las obligaciones tributarias y no tributarias.
5. Brindar información oportuna y completa debidamente documentada en forma física
o magnética, asesoría y asistencia técnica a las Comisiones de Regidores y la
Gerencia;
6. Participar en las Sesiones del Concejo Municipal cuando sea necesario inherentes a
las funciones de la Unidad Orgánica;
7. Administrar la gestión de cobranza ordinaria de las deudas tributarias y no tributarias
registradas en la cuenta corriente del sistema de SIAF;
8. Organizar el Registro de Cobranzas por Tesorería Municipal y por recaudadores
(comisionistas, Financieras y Bancos), autorizados efectuando arqueos periódicos;
9. 9. Dar cumplimiento a los fraccionamiento y compensación de deudas y de las
obligaciones tributarias;
10. Administrar los procesos de evaluación, emisión, notificación, control, gestión de
cobranza y transferencia a Ejecutoria Coactiva de los instrumentos de cobranza
señalados por ley, así como la atención de expedientes;
11. Emitir informe técnico sustentada del proceso de quiebre e incineración de valores,
en los casos que la obligación tributaria o administrativa que sería incobrable y/u
onerosa;
12. Mantener permanentemente informado a la Gerencia Rentas, sobre los niveles de
recaudación y deudas por cobrar que mantiene los contribuyentes y las acciones a
tomar para mejorar la recaudación municipal; así como efectuar la conciliación mensual
de cuentas con la Sub Gerencia de Contabilidad y Finanzas;
13. Administrar el tratamiento técnico de las Declaraciones al Impuesto a los
Espectáculos Públicos No Deportivos y otros de carácter municipal;
14. Integrar la Comisión de Quiebra para la depuración y sinceramiento de la deuda en
valores o se encuentren prescritos o incobrables de acuerdo a Ley;
15. Mantener al día el estado de cuenta de los valores a su cargo;
25
16. Emitir proyectos de Resoluciones de Determinación y/o Resoluciones de Multa
como resultados de fiscalización acorde a las normas vigentes a cada ejercicio
gravable;
17. Proponer, impulsar e implementar las mejoras e innovaciones en los procesos,
procedimientos y normatividad interna de la Unidad Orgánica, en coordinación con la
Gerencia de Planeamiento y Presupuesto responsable de las funciones en materia
del sistema administrativo de racionalización;
18. Cumplir con las demás funciones asignadas por la Gerencia de Rentas.
3.1.2 ESPECIFICACIONES Y FUNCIONES DE LOS CARGOS:
SUB. GERENTE
Funciones específicas:
1. Programar, elaborar y controlar el flujo de recaudación para el control concurrente y
posterior de las obligaciones de los contribuyentes
2. Atender, asesorar y orientar al contribuyente;
3. Coordinar e informar a otras áreas de la Gerencia de Administración Tributaria los
hechos que incida sobre la determinación de la deuda de los contribuyentes para su
verificación correspondiente (domicilio fiscal, suspensión de cobranza, condición de no
habido, etc.)
4. Ejecutar y dirigir las cobranzas directas, con arreglo a lo establecido en el Código
Tributario y normas pertinentes.
5. Recibir, registrar, clasificar y entregar las notificaciones por tributos, multas y otros
elaboradas por las gerencias
6. Tramitar, aprobar y controlar los convenios de Fraccionamiento de deudas tributarias
de acuerdo a los dispositivos legales vigentes.
7. Elaborar informes y proyectos de resoluciones directorales como productos del
desarrollo de procedimientos tributarios contenciosos y no contenciosos.
8. Elaborar informes mensuales respecto a la recaudación y captación de ingresos
municipales así como de la morosidad y saldos por cobrar.
9. Remitir oportunamente a la Oficina de Ejecución Coactiva aquellos valores cuyo plazo
de pago haya vencido conforme a Ley.
10. Emitir las resoluciones de pérdida de beneficio.
11. Custodiar los convenios de fraccionamiento que se emitan y consolidar aquellos
convenios que se realicen en otras áreas de la Sub Gerencia
26
12. Velar por el cumplimiento de las Ordenanzas y otros;
13. Otras funciones propias que le sean asignadas.
Responsabilidad:
Es responsable del cumplimiento de las funciones asignadas y de la conservación y
mantenimiento en buen estado de los bienes patrimoniales a su cargo.
3.1.3. PERFIL PROFESIONAL, DESCRIPCION DEL PUESTO
ASISTENTE ADMINISTRATIVO II
Funciones Específicas
1. Planear, dirigir, revisar, organizar y controlar los despachos y documentos dirigidos a
la Sub Gerencia.
2. Derivar la documentación a las Gerencias, Sub Gerencias de acuerdo a lo solicitado
para su trámite; debidamente visados por su Jefe inmediato.
3. Ordenar, clasificar, codificar, archivar, mantener y actualizar los archivos
documentales y digitales de la Oficina, así como cuidar de su conservación, protección y
confidencialidad de los mismos
4. Elaborar y mantener la Agenda de Actividades de la Sub Gerencia.
5. Revisar y preparar la documentación para la atención y firma del Sub Gerencia
6. Apoyar las acciones para la tramitación documentaria de los documentos y/o
expedientes generados en la Sub Gerencia.
7. Digitación de Documentos Administrativos.
8. Preparar la agenda de las citas y reuniones protocolares o de trabajo
correspondientes, controlando y realizando el seguimiento correspondientes a las
actividades de la Sub Gerencia.
9. Prestar apoyo administrativo especializado, manejo del software, procesador de texto
y hojas de cálculo.
10. Realizar el seguimiento de los expedientes que ingresan y egresan de la de la
oficina, e informar su estado de trámite.
11. Atender y orientar al público sobre consultas y gestiones por realizar en lo que
respecta a la ejecución de Actividades
12. Decepcionar y envía documentación vía fax y correo electrónico (email)
13. Otras funciones del cargo que le sean asignadas.
27
Responsabilidad
Es responsable del cumplimiento de las funciones asignados y de la conservación y
mantenimiento en buen estado de los bienes patrimoniales a su cargo.
Requisitos Mínimos
 Título superior técnico en administración y/o a fines ; y/o estudios universitarios
no concluidos no menos de seis semestres
 Capacitación especializad en el área
 Conocimiento del SIAF GL-RENTAS
 Conocimientos de los sistemas informáticos: Windows office, Windows ecxel,
internet
 Experiencia de 02 años en las labores de su especialidad
Línea De Dependencia
Dependencia directamente del sub. Gerente.
3.1.4 PERFIL, DESCRIPCION DEL PRACTICANTE
Funciones Específicas
1. Elaborar expedientes de deudas pendientes de Arbitrios Municipales e Impuesto
Predial para el envió a cobranza coactiva.
2. Elaborar expedientes de Multas Administrativas para él envió a la cobranza
coactiva.
3. Registrar ordenar y derivar los documentos que ingresan de mesa de partes con
su respectiva visacion del jefe inmediato.
4. Ordenar y clasificar los documentos para su respectivo archivo.
5. Otros encomendados por su Jefe inmediato.
Requisitos Mínimos
 Estudiantes de las carreras profesionales de Administración, Contabilidad,
computación e informativas y/o similares.
 Desenvolvimiento, Trabajo en equipo.
 Ser proactivo Dinámico
28
CAPITULO II
PROYECTO O TAREA ACADEMICA
1. TITULO.
Análisis del sistema de Recaudación tributaria en la Sub. Gerencia de
Recaudación y Control de la Municipalidad Provincial de Satipo.
2. REALIDAD PROBLEMÁTICA
 Morosidad en los tributos (Impuesto predial y arbitrios municipales). La
morosidad sea incrementado por parte de los contribuyentes, debido a
que ellos vienen realizando sus pagos de una manera desprogramada ya
que estos no realizan sus pagos en las fechas correspondientes, ello
conlleva al incremento de intereses y cobros forzosos mediante la
ejecución coactiva.
 Carencia de cultura tributaria los contribuyentes deciden priorizar otras
deudas, el usuario desconoce la finalidad de esta recaudación e incluso
creen que son utilizados con fines irregulares en beneficio personal y no
hacia la colectividad.
 Carencia de infraestructura y personal capacitado comprometido con el
objetivo institucional y de gerencia para que brinden una atención de
calidad y amable.
 Los gobiernos locales se manejan políticamente; la cual carecen de un
trabajo técnico de llegada a los usuarios.
3. DEFINICION DEL PROBLEMA
Incremento del índice de morosidad de los tributos Municipales, por falta de
cultura tributaria y recesión económica.
4. ANTECEDENTES
 Factor Económico La economía como una ciencia que estudia los recursos,
la creación de riqueza, producción, distribución y consumo de bienes y
servicios, para satisfacer las necesidades del ser humano”.
 Factor Social Este factor se refiere “al desenvolvimiento que el ser humano
presenta dentro de la sociedad, ya sea en conocimiento, cultura, tradiciones,
valores, creencias, etc. y cómo estos influyen y moldean las percepciones y
conductas de los individuos frente a una sociedad o comunidad en particular”.
29
 Factor Cultural Es generalmente todo complejo que incluye el conocimiento,
el arte, las creencias, la ley, la moral, las costumbres y todos los hábitos y
habilidades adquiridos por el hombre no sólo en la familia, sino también al ser
parte de una
 LOCALES.- En la Municipalidad Provincial de Satipo según los saldos por
cobrar al 30 de Diciembre del 2016. Según Informe Nº01-2017-SGRC/MPS
Ascendía la suma de S/. 3,393.441.67 soles por concepto de Impuestos como:
Impuesto predial, impuesto Vehicular, impuesto de alcabala y arbitrios
Municipales. Mediante esta cartera pesada por cobrar se implementó el
sistema Siaf-rentas-GL y el plano catastral actualizados mediante Cofopri en la
Gerencia de Rentas para un mejor manejo y actualización de predios y
actualización de deudas.
 REGIONAL.-. Huancayo tiene un 35% de vecinos morosos. Por ello el Servicio
de Administración Tributaria de Huancayo (SATH) programó una serie de
embargos. “Es una medida extrema, pero necesaria”, precisó el jefe del SATH,
Wilfredo Arana de la Peña. Se realizan campañas de sensibilización, es
necesario que la población esté enterada para qué son las recaudaciones de
sus pagos por impuestos y arbitrios. En qué se va a gastar, manifestó. añadió
que la información es abierta para explicar cuánto se recauda por impuestos y
en qué se gasta.
 NACIONAL.- La Municipalidad de Santiago de Surco, disminuyó el índice de
morosidad en la recaudación del impuesto predial y arbitrios, en el periodo
2015. en Surco a través de una Cultura Tributaria que promueve el Municipio a
través de su Gerencia de Administración Tributaria desde el 2011, a través del
programa “Tu Responsabilidad Tributaria Tiene Premio”, las personas lo
ven como una oportunidad de contribuir a generar recursos para promover el
desarrollo en el distrito.
30
5.- MARCO TEORICO
5.1 GOBIERNO CENTRAL
A) Definición
Conjunto de entidades constituidas por ministerios, oficinas y otros organismos
bajo el ámbito del Poder ejecutivo. Se incluye estas dependencias del Gobierno
Central que pueden operar en el ámbito regional o local de acuerdo a la
constitución política.
Se considera Gobierno Central a los, Contraloría General de la República y
Tribunal Constitucional.
Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como al Ministerio Público, Jurado
Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Registro
Nacional de Identificación y Estado Civil, Consejo Nacional de la Magistratura,
Defensoría del Pueblo.
https://prezi.com/0xtlkkuhoeg5/gobierno-central/
 GOBIERNO REGIONAL
Son los que se encargan de las instituciones públicas encargadas de la
administración superior de cada uno de los departamentos. Son
considerados personas jurídicas de derecho público con autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Los gobiernos
regionales del Perú se componen de dos órganos: un Consejo Regional y un
Gobernador Regional (hasta antes de 2015 se usó el término de Presidente
Regional).
https://es.wikipedia.org/wiki/Gobiernos_Regionales_del_Per%C3%BA
 GOBIERNO LOCAL
Es la organización que se encarga de la administración local en
un pueblo o ciudad, compuesta por un alcalde y varios concejales para la
administración de los intereses de un municipio. Suele estar encabezado por
un alcalde, intendente, presidente de comuna o presidente municipal, que
ostenta la presidencia de la administración local y del pleno municipal, y formado
por los concejales, ediles o regidores que, reunidos en pleno, ejercen la potestad
normativa a nivel local.
https://es.wikipedia.org/wiki/Gobierno_local
31
5.2 EL TRIBUTO
A) Definición
La palabra Tributo proviene de la voz latina “TRIBUTUM” y que en los Tiempos
de Roma equivalía a la Gabela que significaba toda imposición Pública. Los
tributos son ingresos públicos de Derecho público que consisten en prestaciones
pecuniarias obligatorias, impuestas unilateralmente, exigidas por una
Administración pública como consecuencia de la realización del hecho imponible
al que la Ley vincula el deber de contribuir. Su fin primordial es el de obtener los
ingresos necesarios para el sostenimiento del gasto público, sin perjuicio de su
posible vinculación a otros fines.
B) Naturaleza Y Características
Un tributo es una modalidad de ingreso público o prestación patrimonial de
carácter público, exigida a los particulares, que presenta los siguientes rasgos
identificatorios:
 Carácter coactivo
El carácter coactivo de los tributos está presente en su naturaleza desde los
orígenes de esta figura. Supone que el tributo se impone unilateralmente por los
entes públicos, de acuerdo con los principios constitucionales y reglas jurídicas
aplicables, sin que concurra la voluntad del obligado tributario, al que cabe
impeler coactivamente al pago.
 Carácter pecuniario
Si bien en sistemas pre modernos existían tributos consistentes en pagos en
especie o prestaciones personales, en los sistemas tributarios capitalistas la
obligación tributaria tiene carácter dinerario. Pueden, no obstante, mantenerse
algunas prestaciones personales obligatorias para colaborar a la realización de
las funciones del Estado.
C) Clasificación de los Tributos
Existen numerosas clasificaciones de tributos, entre estos tenemos:
32
 IMPUESTOS
Es un tributo exigido por el Estado a quienes se hallan en las situaciones
consideradas por la ley como hechos imponibles, siendo estos hechos
imponibles ajenos a toda actividad estatal relativa al obligado.
 CONTRIBUCIONES
Son tributos que paga el contribuyente al fisco en contraprestación a un beneficio
grupal o sectorial derivado de algún servicio que presta el Estado. Tienen una
reversión directa a favor del sector de los contribuyentes, que hacen aportes, el
beneficiario no recibe el efecto de la contribución en relación a su aporte, si no
en relación al aporte de todos los contribuyentes.
 TASAS
Es un tributo cuyo hecho generador está integrado con una actividad del Estado
divisible e inherente a su soberanía hallándose esa actividad relacionada
directamente con el contribuyente.
Las tasas, entre otras, pueden ser:
Arbitrios: Son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un
servicio público.
Derechos: Son tasas que se pagan por la prestación de un servicio
Administrativo público o el uso o aprovechamiento de bienes públicos
Licencias: Son tasas que gravan la obtención de autorizaciones específicas para
la realización de actividades de provecho particular sujetas a control o
fiscalización.
Teniendo en cuenta la forma de recaudación
33
 Tributos Directos
Son aquellos impuestos que gravan de una manera inmediata y directa la
capacidad contributiva del ciudadano. En el caso de la imposición directa, la
entidad administrativa del Estado encargado de la percepción de los impuestos,
conoce a la persona del contribuyente afectado por los impuestos en razón de
que es un Gravamen a la actividad productora de bienes o renta.
Son directos los impuestos que gravan las distintas categorías de renta o
patrimonio.
 Tributos Indirectos
Los que descubren la capacidad de prestación del contribuyente en signos
externos exponentes de ella, cuando se usan o consumen los ingresos. En el
caso de la imposición indirecta, la entidad administrativa respectiva tan sólo
percibe el impuesto mismo con ocasión del consumo o empleo 10 de los
ingresos y en realidad no le interesa conocer a los contribuyentes, sin los actos
de vida económica en que funciona el impuesto. Se consideran como indirectos,
los impuestos sobre el uso y el consumo, es decir los gravámenes que impone el
estado sobre el empleo de los ingresos.
Teniendo en cuenta su territorialidad
 Tributos Internos
Son aquellos tributos que se aplican a las actividades económicas que se
desarrollan dentro del territorio nacional, son de cargo de las personas
domiciliadas en el país.
 Tributos Externos
Son tributos que gravan en su conjunto al comercio internacional o sea a las
importaciones y exportaciones.
5.3 LA OBLIGACION TRIBUTARIA
a) Definición
La obligación tributaria es el vínculo jurídico originado por el tributo, cuya fuente
es la ley, y constituye el nexo entre el Estado (acreedor) y el responsable o
contribuyente (deudor), que se manifiesta en una obligación de dar (pago del
tributo) o en obligaciones adicionales de hacer frente (presentar balances y
declaraciones juradas) o de tolerar (soportar las revisiones fiscales). La
característica principal de la obligación tributaria es su naturaleza “personal”, es
decir, que existe un nexo jurídico entre el sujeto activo, llamado Estado o cualquier
otra institución con potestad tributaria delegada (Administración Tributaria,
34
Municipalidades, etc.) y el sujeto pasivo, que puede ser una persona natural o una
persona jurídica con patrimonio, o que realice actividades económicas o haga uso
de un derecho que genere una obligación tributaria.
b) Elementos
 Personal: Con el cual se busca determinar la calidad de las personas que
conforman la relación jurídico-tributario, esto es, quien ha de ser el sujeto activo
(acreedor tributario) y el sujeto pasivo (deudor o responsable) de la misma.
 Temporal: Permite indicar el momento preciso en el cual se cumple el supuesto
de hecho tributario sea de forma expresa o implícita. Este aspecto puede estar
determinado por una fecha o circunstancia determinable en el tiempo.
 Espacial: Está en relación con el lugar en donde el supuesto de hecho tributario
ha de darse. Podemos mencionar como criterios que permiten la aplicación de
este aspecto las siguientes: criterio de nacionalidad, de domicilio, criterio de
fuente.
 Material: El autor Iglesias Ferrer nos dice sobre este aspecto que representa la
descripción abstracta del hecho concreto que el destinatario legal tributario
realiza o la situación en que el destinatario legal tributario se halla o a cuyo
35
 Mensurable: Ligado íntimamente con el anterior, este aspecto está relacionado
al hecho de que la ley debe establecer cómo se ha de determinar la cantidad de
riqueza sobre la cual se deberá aplicar la tasa o alícuota del impuesto, es decir,
cómo se ha de llegar a establecer la base imponible de un impuesto
determinado.
5.4. EL SISTEMA TRIBUTARIO
a) Definición
Según la definición de la Real Academia de la Lengua, sistema es un conjunto de
reglas o principios sobre una materia enlazadas entre si y en doctrina se entiende
por sistema tributario al conjunto de tributos vigentes en un país en una determinada
época; se plantean también dos tipos de sistema que son; el sistema histórico que
se caracteriza por la inexistencia de armonía entre los elementos principales de la
tributación, el Estado, los contribuyentes y las actividades económicas; así mismo
por la particularidad de política tributaria que aplica el gobernante de turno. En
cambio, el sistema tributario racional, busca la armonía de estos tres elementos
dentro de un objetivo final de equilibrio económico y social entre la población
económicamente activa, teniendo presente lo que señala el autor Valer quien
afirma: el sistema tributario está integrado por los variados impuestos que cada país
adopta según su género de producción, su naturaleza geográfica, su forma política,
sus necesidades, sus tradiciones.
No se puede establecer científicamente un sistema tributario modelo, ideal para
todos los países ni para alguno en particular; no se puede prescindir del pasado ni
despreciar los factores políticos, morales, psicológicos e inclusive religiosos. Vale
decir que el sistema tributario racional tiene que aplicarse de acuerdo con las
características y peculiaridades de la economía y el comportamiento social de cada
país.
La ventaja que ofrece tener como base un sistema racional está en que permite una
Más fácil adecuación a lo normal y frecuente variación de la situación económica del
País. El sistema que no tiene una sola partida de nacimiento, o sea el histórico
Contiene contradicciones y difícilmente alcanza un alto grado de racionalidad.
b) Estructura del Sistema Tributario Nacional
36
5.5 TRIBUTACION MUNICIPAL
a) Definición
La municipalidad es por definición el órgano nato de gobierno local por tanto
promueve el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios
públicos de su responsabilidad. Para cumplir con estas funciones y
responsabilidades necesita de recursos económicos. De acuerdo a la
constitución y a las leyes es obligación de todos pagar los impuestos conforme a
37
la capacidad contributiva de cada quien. Si no tributamos con qué recursos el
gobierno local realiza sus fines y funciones y no estaría en la capacidad de
cumplir con las funciones que le son propias (construcciones de obras,
prestación de servicios, recursos para atender emergencias, etc.)
b) La Administración Tributaria
Los Gobiernos Locales están facultados para crear, modificar y suprimir
contribuciones y tasa, exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los
límites que señala ley; más no así con los impuestos.
La Administración tributaria, constituye el principal componente ejecutor del
sistema tributario y su importancia está dada por la actitud que adopte para
aplicar las normas tributarias.
Son impuestos creados a favor de las municipalidades: el impuesto predial, el
impuesto de alcabala, impuesto al patrimonio automotriz, a las apuestas, a los
juegos y a los espectáculos públicos. Asimismo, son ingresos municipales: las
contribuciones especiales por obras públicas, las tasas y el fondo de
compensación municipal.
c) La Tasa de Morosidad en los tributos
La tasa de morosidad se obtiene dividiendo el número de contribuyentes
morosos entre el total de contribuyentes de cada grupo residencial, o zona.Los
municipios, en su mayoría, asumen directamente la cobranza de los arbitrios por
ventanilla municipal o a través de entidades bancarias autorizadas, pero en la
práctica no ejercen ninguna presión para hacerla efectiva, quedando el pago
librado a la buena voluntad del contribuyente. Esto, junto al bajo nivel de
conciencia tributaria de la población, es causa de los alarmantes niveles de
morosidad.
d) Impuestos Municipales
Según lo establece el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF LEY DE
TRIBUTACION MUNICIPAL, los impuestos municipales son tributos cuyo
cumplimiento no origina una contraprestación directa. La recaudación y
fiscalización de su cumplimiento corresponde a los Gobiernos Locales. Los
impuestos municipales son los siguientes:
38
 IMPUESTO PREDIAL
1. DEFINICION
El Impuesto Predial es un tributo municipal de periodicidad anual que grava el
valor de los predios urbanos o rústicos. Para este efecto, se consideran predios
a los terrenos, las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes. La
recaudación, administración y fiscalización del impuesto corresponde a la
Municipalidad Distrital donde se encuentre ubicado el Predio.
2. Sujeto pasivo del impuesto
Son sujetos pasivos en calidad de contribuyentes, las personas naturales o
jurídicas propietarias de los predios, cualquiera sea su naturaleza.
3. Base Imponible
La base imponible para la determinación del impuesto está constituida por el
valor total de los predios del contribuyente ubicados en cada jurisdicción distrital.
El impuesto se calcula aplicando a la base imponible escala progresiva
acumulativa siguiente:
TRAMO DE AUTOAVALÚO ALÍCUOTA
Hasta 15 UIT 0.2 %
Más de 15 UIT hasta 60 UIT 0.6 %
Más de 60 UIT 1.0 %
 IMPUESTO A LA ALCABALA
1. Definición
El Impuesto de Alcabala es de realización inmediata y grava las transferencias
de propiedad de bienes inmuebles urbanos o rústicos a título oneroso o gratuito,
cualquiera sea su forma o modalidad, inclusive las ventas con reserva de
dominio. La primera venta de inmuebles que realizan las empresas constructoras
no se encuentra afecta al impuesto, salvo en la parte correspondiente al valor del
terreno.
2. Sujeto Pasivo del Impuesto
Es sujeto pasivo en calidad de contribuyente, el comprador o adquirente del
inmueble.
3. Base Imponible
La base imponible del impuesto es el valor de transferencia, el cual no podrá ser
menor al valor de autovalúo del predio correspondiente al ejercicio en que se
produce la transferencia ajustado por el Índice de 25 Precios al por Mayor (IPM)
para Lima Metropolitana que determina el Instituto Nacional de Estadística e
Informática.
39
4. Tasa del Impuesto
La tasa del impuesto es de 3%, siendo de cargo exclusivo del comprador, sin
admitir pacto en contrario. No está afecto al Impuesto de Alcabala, el tramo
comprendido por las primeras 10 UIT del valor del inmueble.
5. Inafectación
 Están inafectos del impuesto las siguientes transferencias:
Los anticipos de legítima.
Las que se produzcan por causa de muerte.
La resolución del contrato de transferencia que se produzca antes de la
Cancelación del precio.
Las transferencias de aeronaves y naves.
Las de derechos sobre inmuebles que no conlleven la transmisión de propiedad.
Las producidas por la división y partición de la masa hereditaria, de
gananciales o de condóminos originarios
Las de alícuotas entre herederos o de condóminos originarios.
 Se encuentran inafectos al pago del impuesto, la adquisición de propiedad
inmobiliaria que efectúe las siguiente entidades:
El Gobierno Central, las Regiones y las Municipalidades.
Los Gobiernos extranjeros y organismos internacionales.
Entidades religiosas.
Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.
Universidades y centros educativos, conforme a la
Constitución.
 IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR
1. Definición
El Impuesto al Patrimonio Vehicular, de periodicidad anual, grava la propiedad
de los vehículos, automóviles, camionetas, stationwagons, camiones, buses y
ómnibuses, con una antigüedad no mayor de tres (3) años. Dicho plazo se
computará a partir de la primera inscripción en el Registro de Propiedad
Vehicular.
2. Sujeto Pasivo del Impuesto
Son sujetos pasivos, en calidad de contribuyentes, las personas naturales o
jurídicas propietarias de los vehículos señalados anteriormente. El carácter de
sujeto del impuesto se atribuirá con arreglo a la situación jurídica configurada al
1 de enero del año a que corresponda la obligación tributaria. Cuando se efectúe
cualquier transferencia, el adquirente asumirá la condición de contribuyente a
partir del 1 de enero del año siguiente de producido el hecho.
40
3. Base Imponible
La base imponible del impuesto está constituida por el valor original de
adquisición, importación o de ingreso al patrimonio, el que en ningún caso será
menor a la tabla referencial que anualmente debe aprobar el Ministerio de
Economía y Finanzas, considerando un valor de ajuste por antigüedad del
vehículo.
4. Tasa del Impuesto
La tasa del impuesto es de 1%, aplicable sobre el valor del vehículo. En ningún
caso, el monto a pagar será inferior al 1.5% de la UIT vigente al 1 de enero del
año al que corresponde el impuesto.
5. Declaración Jurada
Anualmente, el último día hábil del mes de febrero, salvo que la Municipalidad
establezca una prórroga.
Cuando se efectúe cualquier transferencia de dominio. En estos casos, la
declaración jurada debe presentarse hasta el último día hábil del mes siguiente
de producidos los hechos. Cuando así lo determine la administración tributaria
para la generalidad de contribuyentes y dentro del plazo que determine para tal
fin.
6. Inafectación
El Gobierno Central, las Regiones y las Municipalidades.
- Los Gobiernos extranjeros y organismos internacionales.
- Entidades religiosas
- Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.
- Universidades y centros educativos, conforme a la Constitución.
- Los vehículos de propiedad de las personas jurídicas que no formen parte de
su activo fijo.
- Los vehículos nuevos de pasajeros con antigüedad no mayor de tres (3) años
de propiedad.
 IMPUESTO A LAS APUESTAS
1. Definición
El Impuesto a las Apuestas grava los ingresos de la Entidades organizadoras de
eventos hípicos y similares, en las que se realice apuestas.
2. Sujeto Pasivo del Impuesto
El sujeto pasivo del impuesto es la empresa o institución que realiza actividades
Gravadas.
3. Cálculo y Tasa del Impuesto
El Impuesto es de periodicidad mensual. Se calcula sobre la diferencia
41
resultante entre el ingreso total percibido en un mes por concepto de apuestas y
el monto total de los premios otorgados el mismo mes La Tasa Porcentual del
Impuesto a las Apuestas es de 20%. La Tasa Porcentual del Impuesto a las
Apuestas Hípicas es de 12%.
 IMPUESTO A LOS JUEGOS
1. Definición
El Impuesto a los Juegos grava la realización de actividades relacionadas con los
juegos, tales como loterías, bingos y rifas, así como la obtención de premios en
juegos de azar.
2. Sujeto Pasivo del Impuesto
El sujeto pasivo del impuesto es la empresa o institución que realiza las
actividades gravadas, así como quienes obtienen los premios
3. Base Imponible del Impuesto
Para el juego de bingo, rifas, sorteos y similares, así como para el juego de
pimball, juegos de video y demás juegos electrónicos: el valor nominal de los
cartones de juego, de los boletos de juego, de la ficha o cualquier otro medio
utilizado en el funcionamiento o alquiler de los juegos, según sea el caso.Para
las Loterías y otros juegos de azar: el monto o valor de los premios. En caso de
premios en especie, se utilizarán como base imponible el valor del mercado del
bien.
4. Tasa del Impuesto
- Bingos, Rifas y Sorteos: 10%.
- Pimball, juegos de video y demás juegos electrónicos: 10%.
- Loterías y otros juegos de azar: 10%.
 IMPUESTO A LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS NO DEPORTIVOS
1. Definición
El Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos grava el monto que se
abona por concepto de ingreso a espectáculos públicos no deportivos en locales
y parques cerrados con excepción de los 31 espectáculos en vivo de teatro,
zarzuela, conciertos de música clásica,ópera, opereta, ballet, circo y folclore
nacional, calificados como espectáculos públicos culturales por el Instituto
Nacional de Cultura. La obligación tributaria se origina al momento del pago del
derecho a presenciar el espectáculo.
2. Sujeto Pasivo del Impuesto
Son sujetos pasivos del impuesto las personas que adquieran entradas para
asistir a los espectáculos. Son responsables tributarios, en calidad de agentes
42
perceptores del impuesto, las personas que organicen el espectáculo, siendo
responsable solidario al pago del mismo el conductor del local donde se realice
el espectáculo afecto.
3. Base Imponible del Impuesto
La base imponible del impuesto está constituida por el valor de entrada para
presenciar o participar en los espectáculos.
4. Tasa del Impuesto
- Espectáculos Taurinos: 15%
- Carreras de caballos: 15%
- Espectáculos cinematográficos: 10%
- Otros espectáculos: 15%
 Contribuciones Municipales
Según lo establece el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF LEY DE
TRIBUTACION MUNICIPAL, las contribuciones municipales es el tributo cuya
obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de
obras públicas o de actividades estatales. Las contribuciones municipales son
las siguientes:
 CONTRIBUCION ESPECIAL DE OBRAS PÚBLICAS
La Contribución Especial de Obras Públicas grava los beneficios derivados de la
ejecución de obras públicas por la Municipalidad. Las Municipalidades emitirán
las normas procesales para la recaudación, fiscalización y administración de las
contribuciones.
6.- OBJETIVOS
6.1. GENERAL
Concientizar y establecer mecanismos para reducir las deudas tributarias, dando
a conocer a los contribuyentes la importancia de tributar oportunamente.
6.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS
 Desarrollar mecanismos que permiten reducir la morosidad.
 Efectuar incentivos tributarios, sensibilizando mediante difusión masivo
(radio, televisión, gigantografia, volantes, afiches, etc.)
 Incentivar a los contribuyentes por su pronto pago o puntualidad de
contribución con premios a fin de año como sorteos de electrodomésticos.
43
7. DESARROLLO
ENCUENTA REALIZADO A LOS CIUDADANOS DE LA PROVINCIA DE
SATIPO PARA DETERMINAR LAS CAUSAS DEL INCUMPLIMIENTO EN EL
PAGO DE SUS TRIBUTOS
Al realizar la encuesta a los Ciudadanos de la Provincia de Satipo para saber
cuál es la razón del incumplimiento de los pagos de los tributos, se obtuvieron los
siguientes resultados:
 Se desconoce los gastos que realiza la entidad con el dinero que se
recauda.
 Ignoran lo que es un tributo.
 Falta de Medios Económicos.
 No hay exigibilidad en el pago de los tributos.
 Los recaudadores no llegan a la zona donde vive el contribuyente.
GRÁFICOS DE LA ENCUESTA
Pregunta Nº 01 ¿Porque existe la Morosidad tributaria en la Provincia de Satipo?
CUADRO Nº 01
RESPUESTA PORCENTAJE
Conciencia tributaria
Factor económico
Descontento con la gestión
Desconoce de sus Tributos municipales
No sabe /no opina
TOTAL
FUENTE: ELABORADO POR LA AUTORA
44
Pregunta Nº 02 ¿Cuál cree Ud. que sea el motivo que los contribuyentes no pagan
sus tributos municipales?
CUADRO Nº 02
RESPUESTA PORCENTAJE
Deudas bancarias con otras entidades
Recursos económicos
Cultura tributaria
No benéfica a la población
No sabe /no opina
TOTAL
FUENTE: ELABORADO POR LA AUTORA
45
Pregunta Nº 03 ¿Cuál sería la forma de pago que Ud. se acogería para cancelar sus
Tributos Municipales?
CUADRO N°3
RESPUESTA PORCENTAJE
Al contado
Por cuotas trimestrales
Fraccionado
Otros
TOTAL
FUENTE: ELABORADO POR LA AUTORA
46
Pregunta Nº 04 ¿En qué cree Ud. que se destina el dinero que paga por
sus tributos Municipales?
CUADRO N°4
RESPUESTA PORCENTAJE
Mejora en los servicios municipales
Incremento de obras publicas
Mejora en la calidad de atención al contribuyente
otros
TOTAL
FUENTE: ELABORADO POR LA AUTORA
47
Pregunta Nº 05 ¿En su condición de Contribuyente de esta Provincia cual serían
las estrategias que debe proponer la Municipalidad Provincial de
Satipo para los pagos de sus tributos Municipales?
CUADRO N°5
RESPUESTA PORCENTAJE
Beneficios tributario (Amnistía, descuentos)
Incentivos (sorteo, regalos)
Campaña de sensibilización tributaria-radio ,tv, afiches,
etc.
Otros
TOTAL
FUENTE: ELABORADO POR LA AUTORA
48
7.- DESARROLLO
7.1 MECANISMOS QUE TIENE LA MUNICIPALIDAD
7.1.1 PRESUPUESTO MUNICIPAL
Es un instrumento de gestión que expresa la previsión de ingresos y gastos de
manera equilibrada. Basado en las orientaciones, objetivos y políticas contenidas en
los planes de desarrollo integrales formulados en cada municipalidad
 Debe ser EQUILIBRADO
 Debe estar basado en PLANES DE DESARROLLO CONCERTADOS
 Debe ser a un Año fiscal
7.1.2 FASES DEL PROCESO PRESUPUESTAL
49
7.1.3 ESTRUCTURA DE PRESUPUESTO
7.1.4 FUENTES DE FINANCIAMIENTO
FUENTES DE FINANCIAMIENTO
RUBROS AÑO 2017 AÑO 2018
07 FONDO DE COMPENSACION MUNICIPAL 27,118,301.00 28,257,273.00
08 IMPUESTOS MUNICIPALES 1,454,507.00 2,265,594.00
09 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 3,251,822.00 4,124,025.00
18 CANON Y SOBRECANON 963,008.00 1,003,454.00
32,787,638.00 35,650,346.00
8.73%
50
7.1.5 TECHO PRESUPUESTAL PARA BIENES SERVICIOS Y
EQUIPAMIENTO AÑO FISCAL 2017-2018
UNIDAD ORGANICA
PRESUPUESTO
2017
PRESUPUESTO
2018
19. GERENCIA DE RENTAS 187,970 204,382
19.1. GERENCIA DE RENTAS 45,879 49,884
19.2. SUB GERENCIA DE ORIENTACION TRIBUTARIA 41,871 45,527
19.3. SUB GERENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL 40,696 44,249
19.4. SUB GERENCIA DE FISCALIZACION TRIBUTARIA 25,534 27,763
19.5. SUB GERENCIA DE EJECUTORIA COACTIVA 33,990 36,958
7.2 MECANISMO PARA REDUCIR LA MORASIDAD
 REGISTRO DE CONTRIBUYENTES
Se cuenta con registros de contribuyentes actualizados, logran alcanzar
de una forma eficiente una mayor recaudación, con el programa SIAF-
rentas-GL y el plano catastral actualizados mediante Cofopri un
módulo denominado “Receptoría” que incluye la cuenta corriente o
registro de contribuyentes.
51
52
 FIZCALIZACION
Mediante la fiscalización se va obtener nuevos registro y
actualizaciones de predios registrados y no registrados, la cual va
conllevar que los contribuyentes no evadan sus tributos que le
corresponde pagar.
 MEDIOS DE PAGO O CONSULTAS
Facilitar al contribuyente o usuario medios alternativos de pago
consultas.
- Consultas telefónicas
- Información de sus deudas a través en la página institucional
- Números de cuentas para que realicen sus pagos sin necesidad que
se acerquen a la municipalidad.
7.3 BENEFICIOS E INCENTIVOS TRIBUTARIO POR EL PRONTO PAGO
 DIFUCION Y SENSIBILIZACION MEDIANTE MEDIOS MASIVOS
-Televisión
-Radio
-Gigantografias
-Volantes
-Afiches
Radial
Dando a conocer a la población lo importante que son las fechas de pago
de su impuesto predial y arbitrios Municipales y de los beneficios tributarios
que brinda la Municipalidad por su pronto pago.
53
AFICHES/ VOLANTES
54
GIGANTOGRAFIAS
7.4 EDUCACION Y SENSIBILIZACION TRIBUTARIA
Se debe tenerse presente que el artículo 17 del Código Municipal
establece que una de las obligaciones que tienen los vecinos hacia el
municipio en el que residen es Contribuir a los gastos públicos
municipales, en la forma prescrita por la ley. La mayor parte de los
ingresos propios que recibe la municipalidad tienen un destino
específico: a) Las tasas para cubrir el mantenimiento y prestación del
servicio;
b) Las contribuciones por mejoras para sufragar el costo de obras de
infraestructura;
Esta circunstancia debe aprovecharse para demostrar a los vecinos
que el uso que se está dando a los pagos que ellos hacen está
apegado a lo que las leyes establecen. Así como para hacerles saber,
si ese fuere el caso, que los ingresos que se perciben por el cobro de
una tasa, son insuficientes para prestar un buen servicio. La forma más
apropiada para hacer conciencia en los vecinos de la importancia del
pago de sus tributos municipales es comunicándoles el uso que se da a
55
los ingresos que se perciben, por medio de informes de rendición de
cuentas. Una vía para hacerlo es mediante el Consejo Municipal.
 OBJETIVOS Y FINALIDADES DE LA EDUCACIÓN FISCAL
La educación fiscal tiene como objetivo primordial transmitir ideas,
valores y actitudes favorables a la responsabilidad tributaria y
contrarios a las conductas defraudadoras. Su finalidad no es tanto
facilitar contenidos académicos con contenidos morales, sino deba
tratarse en el aula como un tema de responsabilidad ciudadana.
56
8.- ANALISIS DE LOS RESULTADOS
TENDENCIA DE RECAUDACIÒN 2017 GERENCIA DE RENTAS (VALOR INSOLUTO)
Nº RUBRO PIA 2017 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SETIEMBRE OCT. NOV. DIC. TOTAL
INDICADOR
%
IMP.MUNICIPALES
1 Impuesto Predial 1,135,000.00 85,509.38 213,649.76 183,211.87 111,056.82 144,326.55 148,774.37 149,034.04 418,783.66 56,159.02 54,159.78 67,012.21 1,564,828.25
2 Impuesto Alcabala 199,210.00 426.98 11612.55 24,809.42 37,285.63 5,727.50 2,953.58 10,729.55 45,173.93 74,904.20 16,688.36 21,419.17 230,311.70
3 Impuesto Vehicular 40,245.00 0.00 3,090.01 5,336.16 2,874.94 7,856.67 1,501.60 5,471.88 5,212.98 307.68 324.04 4,967.90 31,975.96
4
Impuesto a los
Espectaculos 1,022.00 0.0 0.0 1350.00 643.50 2414.10 0.00 540.00 0 0 2,865.00 1,300.00 7,812.60
SUB TOTAL 1,375,477.00 85,936.36 228,352.32 214,707.45 151,860.89 160,324.82 153,229.55 165,775.47 469,170.57 131,370.90 74,200.18 94,699.28 0.00 1,834,928.51
ARBITRIOS
MUNICIPALES
1 Barrido de Calles
383,157.00
10,008.33 16,550.64 18,048.91 8,634.13 9,931.73 8,406.44 13,278.31 38,370.02 5,185.69 4,048.28 3,720.09 132,462.48
2
Recojo de Residuos
Solidos 27,477.14 35,007.87 42,748.77 27,867.05 28,899.06 28,229.50 36,152.27 127,943.63 13,690.20 16,042.45 10,549.41 384,057.94
3 Parques y Jardines 80,556.00 11,583.57 24,868.48 24,880.29 13,900.22 11,888.19 13,423.26 19,854.40 53,363.27 8,386.08 6,524.29 8,199.29 188,672.05
4 Serenazgo 198,042.00 22,437.31 40,236.94 41,586.82 24,947.94 25,916.90 25,790.40 43,247.61 110,805.30 13,920.11 10,674.29 11,996.87 359,563.62
SUB TOTAL 661,755.00 71,506.35 116,663.93 127,264.79 75,349.34 76,635.88 75,849.60 112,532.59 330,482.22 41,182.08 37,289.31 34,465.66 1,064,756.09
TOTALES 2,037,232.00 157,442.71 345,016.25 341,972.24 227,210.23 236,960.70 229,079.15 278,308.06 799,652.79 172,552.98 111,489.49 129,164.94 2,899,684.60 142.33
57
 El cuadro de tendencia de recaudación 2017 de la Gerencia De Rentas
refleja los montos mensuales recaudados de los tributos municipales; la
cual es un indicador de buen desempeño que se viene realizando.
 El indicador en porcentajes nos refleja un 142.33% eso nos indica que la
recaudación gobal de los tributos se está cumpliendo y superando los
limites programados para el año 2017.
 Los resultados obtenidos, que reflejan el cuadro de tendencia de
recaudación son parte de una estrategia bien elaborada y planificada para
una mejor captación y recaudación de los Tributos municipales.
 Su colaboración y participación del personal que labora en la gerencia de
rentas es muy eficiente y eficaz para el logro de los objetivos; la cual se
157,442.71
345,016.25
341,972.24
227,210.23
236,960.70
229,079.15
278,380.06
799,652.79
172,552.98
111,489.49
0.00
100,000.00
200,000.00
300,000.00
400,000.00
500,000.00
600,000.00
700,000.00
800,000.00
900,000.00
TENDENCIA DE RECAUDACION2017
Serie 1
58
9.- CONCLUSIONES
1. La gerencia de Rentas (Administración tributaria) es el órgano de línea,
encargado de administrar las actividades y proyectos orientados a
impulsar la captación de los ingresos tributarios y obligación
administrativa propia del sistema de gestión tributario municipal;
estableciendo las políticas de gestión y las estrategias adecuadas para
simplificar el sistema tributario municipal y garantizar la consecución de
los objetivos institucionales.
2. La Municipalidad provincial de satipo atravez de la Gerencia de Rentas
tiene bien Definidas las estrategias que permiten una mejor
recaudación de los tributos Municipales; la cual se refleja en los
indicadores del cuadro de tendencia de recaudación 2017.
3. El sistema integrado SIAF de rentas es un sistema integral, confiable,
actualizado por el MEF; la cual brinda facilidades para los registros y
determinación de Impuestos y taza.
4. La amnistías tributarias, se han convertido en “arreglos que rebotan” que
muy por el contrario en vez de incentivar el pago de las deudas
tributarias, acrecienta la cultura del no pago.
5. Los beneficios y incentivos tributarios por el pronto pago de los tributos,
son estrategias muy beneficiosos para la obtención de una mayor
recaudación de los tributos; por lo tanto de deben realizar con mayor
frecuencia dentro del año fiscal.
5. El personal que labora tiene vocación de servicio, trabaja en equipo
Identificando los objetivos gerenciales de la institución.
59
10.- RECOMENDACIONES
1. Implementar con infraestructura adecuada.
2. Se sugiere mayor iluminación y ventilación en la oficina
3. Adquirir más equipos de cómputo para agilizar las operaciones de
cobranza y brindar mayor satisfacción al púbico
4. .Hacer efectivo las medidas de cobranza coactiva con las centrales de
riesgo para una mayor recaudación reducir La morosidad que existe en la
Población.
5. Plantear estrategias para concientizar a la población sobre la importancia
de tributar en las fechas oportunas.
6. mayor difusión radial y televisiva de los beneficios tributarios que bringa
la municipalidad.
7. Capacitar al personal de rentas periódicamente para un mayor
Desenvolvimiento en sus funciones y lograr cumplir con las metas
trazadas de la Gerencia.
8. Incremento de personal notificador para distribución de las
notificaciones y ordenes de pagos de los tributos municipales.
9. Realizar empadronamientos a los establecimiento comerciales y
contribuyentes con el fin de obtener más ingresos tributarios.
60
11.- REFERENCIA BIBLIOGRAFICAS
1. http://www.martingarcialo.com/bolg/lostributos-concepto-yclasificacion/.
2. http://www.monografias.com/trabajos36/satisfaccion_laboral/.
3. Manual tributario 2011-Estudio Caballero Bustamante.
4. Cogido tributario comentado y concordado-actualidad Empresarial
Edición 2017.
5. Municipalidades legislación y jurisprudencia, editorial normal legales
S.A.Trujillo1989.
6. Ley Nº27972 Ley Orgánica de Municipalidades
7. http://www.monografias.comtrabajos93/separata-derecho-
tributario/separata-derechoTributario2.
8. Página web la Municipalidad Provincial de Satipo
http://www.munisatipo.gog.pe/
61
ANEXOS
62

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Municipalidad provincial de satipo sub. gerencia de recaudacion y control

  • 1. 1 UNIVERSIDAD PERUANA LOS ANDES FALCULTAD DE CIENCIAS ADMINISTRATIVAS Y CONTABLES “Año del buen servicio al ciudadano” CARRERA PROFESIONAL DE ADMINISTRACION Y SISTEMAS INFORME FINAL DE PRÁCTICAS PRE PROFESIONALES III ALUMNO(A): Lopez Junco Ines Cynthia CODIGO: F10383E DOCENTE: Lic. SATIPO - PERU 2018 - I MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO SATIPO SUB. GERENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL
  • 2. 2 INDICE Dedicatoria 3 Presentación 4 Agradecimiento 5 Resumen 6 Introducción 7 CAPITULO I: GENERALIDADE 8 Descripción del Sector 8 Descripción General de la empresa 9 Breve descripción general de la empresa 9 Organización de la empresa 15 Descripción del área donde se realiza las practicas Funciones del Administrador 18 Funciones del departamento donde desarrollo la práctica 19 Perfilprofesional 2 Conclusiones 28 Sugerencias 29 Referencias bibliográficas 29 Anexos 30
  • 3. 3 DEDICATORIA: A mis padres, por estar conmigo, por enseñarme a crecer y a que si caigo debo levantarme, por apoyarme y guiarme, por ser las bases que me ayudaron a llegar hasta aquí.
  • 4. 4 PRESENTACIÓN El presente trabajo ha sido elaborado tomando en consideración la información de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO y especialmente de la SUB. GERENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL en la que realicé las practicas Pre-Profesionales l. Para ello pongo a disposición el informe del desarrollo de las Practicas Pre-Profesionales l que se llevaron a cabo en la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO, con la finalidad de que los estudiantes logremos conocer tanto la infraestructura, organización y funciones que cumple las instituciones, para que en el momento apropiado cuando empecemos a trabajar estemos preparados y tengamos una visión de las actividades de cada institución. Motivo por el cual se expone en detalle el recorrido que se realizó durante el proceso y a través del cual obtuvimos respuestas a nuestras interrogantes. La cual nos servirá como experiencia para nuestra trayectoria profesional.
  • 5. 5 AGRADECIMIENTO Primero y antes que nada, dar gracias a Dios, por estar conmigo cada paso que doy, por fortalecer mi corazón e iluminar mi mente y por haber puesto en mi camino aquellos personas que son mi soporte y compañía durante este periodo de estudio. Del mismo modo agradecer a mi familia por darme el apoyo incondicional (moral, psicológico), motivo para lograr mi objetivo. Agradecer a la Universidad Peruana Los Andes - Sede Satipo, por abrirnos la puerta y darnos la oportunidad para ser dignos profesionales para el bien de nuestra sociedad. A mis Docentes por darnos sus enseñanzas y conocimientos durante nuestra carrera profesional. Del mismo modo a mis futuros colegas quienes nos vamos motivando moralmente en todas las actividades.
  • 6. 6 RESUMEN El informe de prácticas Pre-Profesionales IIl en la Facultad de Ciencias Administrativas y Contables de Administración y Sistemas fueron desarrolladas en la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO, ubicada en el distrito y provincia de Satipo Jr. Colonos Fundadores N° 312, en la Sub Gerencia de Recaudación y Control de la Gerencia de Rentas. El informe contiene el desarrollo íntegro y descriptivo de las funciones realizadas a lo largo de las prácticas mencionando datos referentes de la institución y el servicio que brinda a la población. El objetivo de este informe es de dar a conocer en forma detallada todas las actividades realizadas en la institución, como las sus funciones y actividades que realiza la Gerencia de Rentas y la Sub gerencia de Recaudación y control, que busca generar mayores recursos a la municipalidad a través del incremento de la recaudación. Idealmente, los esfuerzos de cobranza deben ser sostenidos, de modo que la recaudación sea creciente y de alguna manera predecible. Así mismo tenemos que tener en cuenta que estas prácticas es de gran ayuda para los estudiantes, porque al egresar tendrán una idea más clara de lo que representa ser un administrador, esto ayudara de apoyo en las diversas actividades que realice al ejercer su carreara en cualquier empresa ya sea pública o privada y desarrollar con eficiencia, destreza y creatividad todas sus actividades.
  • 7. 7 INTRODUCCIÓN La Gerencia de Rentas, es el órgano de apoyo encargado de Normar, Planificar, Organizar, Ejecutar y Fomentar la recaudación de rentas tributarias y no tributarias que contribuyan hacia el incremento de los ingresos del Gobierno Local. Así mismo, proponer las medidas sobre políticas y simplificación del sistema tributario. La Gerencia de Rentas está a cargo de un Gerente que depende jerárquicamente del Gerente Municipal. Son funciones y atribuciones de la Gerencia de Rentas, lo establecido en el Decreto Supremo Nº 135-99-EF Código Tributario, DS. 156-2004-EF Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación, Ley 27972 Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas Municipales, Ley 27783 Ley de Descentralización, Ley 28411 Ley General del Sistema de Presupuesto. Para el cumplimiento cabal de sus funciones dispone de las siguientes Subgerencias: Sub Gerencia de Orientación Tributaria, Sub Gerencia de Recaudación y Control, Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria, Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva.
  • 8. 8 CAPITULO I GENERALIDADES 1.- DESCRIPCIÓN DEL SECTOR. “MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO” Regulado por la Ley Orgánica de Municipalidades: GOBIERNOS LOCALES: Los gobiernos locales son entidades básicas de la organización territorial del Estado y canales inmediatos de participación vecinal en los asuntos públicos, que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades; siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización. Las municipalidades provinciales y distritales son los órganos de gobierno promotores del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. AUTONOMÍA: Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. ORIGEN: Las municipalidades provinciales y distritales se originan en la respectiva demarcación territorial que aprueba el Congreso de la República, a propuesta del Poder Ejecutivo. Sus principales autoridades emanan de la voluntad popular conforme a la Ley Electoral correspondiente. Las municipalidades de centros poblados son creadas por ordenanza municipal provincial. FINALIDAD: Los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción. ESTADO DEMOCRÁTICO, DESCENTRALIZADO Y DESCONCENTRADO: La estructura, organización y funciones específicas de los gobiernos locales se cimientan en una visión de Estado democrático, unitario, descentralizado y desconcentrado, con la finalidad de lograr el desarrollo sostenible del país. 7 En el marco del proceso de
  • 9. 9 descentralización y conforme al criterio de subsidiariedad, el gobierno más cercano a la población es el más idóneo para ejercer la competencia o función; por consiguiente el gobierno nacional no debe asumir competencias que pueden ser cumplidas más eficientemente por los gobiernos regionales, y éstos, a su vez, no deben hacer aquello que puede ser ejecutado por los gobiernos locales. PROMOCIÓN DEL DESARROLLO ECONÓMICO LOCAL: Los gobiernos locales promueven el desarrollo económico local, con incidencia en la micro y pequeña empresa, a través de planes de desarrollo económico local aprobados en armonía con las políticas y planes nacionales y regionales de desarrollo; así como el desarrollo social, el desarrollo de capacidades y la equidad en sus respectivas circunscripciones. RELACIONES ENTRE LOS GOBIERNOS NACIONAL, REGIONAL Y LOCAL: El gobierno en sus distintos niveles se ejerce dentro de su jurisdicción, evitando la duplicidad y superposición de funciones, con criterio de concurrencia y preeminencia del interés público. Las relaciones entre los tres niveles de gobierno deben ser de cooperación y coordinación, sobre la base del principio de subsidiariedad. APLICACIÓN DE LEYES GENERALES Y POLÍTICAS Y PLANES NACIONALES: Los gobiernos locales están sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad con la Constitución Política del Perú, regulan las actividades y funcionamiento del Sector Público; así como a las normas técnicas referidas a los servicios y bienes públicos, y a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio. Las competencias y funciones específicas municipales se cumplen en armonía con las políticas y planes nacionales, regionales y locales de desarrollo. PLANEACIÓN LOCAL: El proceso de planeación local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se establecen las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones específicas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales. El sistema de planificación tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, eficiencia, eficacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiariedad, consistencia con las políticas nacionales, especialización de las funciones, competitividad e integración. PROMOCIÓN DEL DESARROLLO INTEGRAL: Los gobiernos locales promueven el desarrollo integral, para viabilizar el crecimiento económico, la justicia social y la
  • 10. 10 sostenibilidad ambiental. La promoción del desarrollo local es permanente e integral. Las municipalidades provinciales y distritales promueven el desarrollo local, en coordinación y asociación con los niveles de gobierno regional y nacional, con el objeto de facilitar la competitividad local y propiciar las mejores condiciones de vida de su población. 2. DESCRIPCION GENERAL DE LA ENTIDAD “MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO” DATOS DE LA ENTIDAD RAZÓN SOCIAL : Municipalidad Provincial De Satipo RUC : 20146674403 REPRESENTANTE LEGAL : Teódulo Santos Arana DIRECCIÓN : Jr. Colonos Fundadores N° 312 E-MAIL : Muni_satipo@hotmail.com PAGINA WEB : http://www.munisatipo.gob.pe/ 2.1 DESCRIPCION DE LA EMPRESA 2.1.1 RESEÑA HISTÓRICA DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO ÉPOCA PRE-HISPÁNICA: Los Asháninkas mantenían una relación comercial creciente con los pueblos Alto Andinos, quienes migraban a esta zona para cultivar coca, extraer tintes y coleccionar plumas multicolores, según datos registrados en el Plan de Desarrollo Concertado de la Provincia de Satipo para los años 2008 a 2021, elaborado en enero del 2009, se afirma que la cultura Asháninka y Nomatsiguenga mantuvieron contacto con la cultura incaica y practicaron el intercambio de productos llamado “el trueque”. Se han hallado cerámica e implemento de bronce que indican que hubo intercambio entre estos pueblos originarios de bosque tropical con el Imperio Incaico, probablemente entre los años 1430 – 1463, durante el reinado del Inca Pachacútec (Rowe, 1946), claro está que desde esa época mantuviera contacto con la sociedad dominante. Según el contenido del Plan de Desarrollo Concertado de la Provincia de Satipo para los años 2008 a 2021, elaborado por los miembros del Comité de Coordinación Local (CCL) el origen de estas culturas primigenias son variadas: primero, se sostiene que se desplazaron, vía fluvial, desde Colombia y Brasil hasta las cabeceras del río Ucayali,
  • 11. 11 migrándose así en las tierras altas ínter fluviales, tomando posesión de los ríos Tambo, Perené, Ene y Satipo, quienes se desplazaban de un lugar a otro, usando las estaciones del tiempo en busca de tierras fértiles y nuevas zonas de caza, pesca y recolección; segundo, se sostienen que estas culturas milenarias, son de origen andino, y que luego de la invasión española al Imperio Inca se refugiaron en la zona selvática, formándose así los pueblos amazónicos construyendo una nueva identidad; y tercero, afirma que los pueblos amazónicos emergieron en el mismo territorio ancestral que habitan actualmente, manteniendo sus usos y costumbres autóctonos, mas no desplazados de otros lugares. EPOCA COLONIAL: En esa época, los españoles no prestaron atención a la selva ni a sus habitantes, ni de sus bondades de la zona selvática de Satipo, ya que su preocupación era el saqueo del oro y la riqueza del Inca, hasta que se dio el primer choque en el año 1539 y el rompimiento de modo de vida natural del pueblo Asháninka y de los demás pueblos originarios de la selva central. Por tanto, los españoles optaron por desprestigiar a los Asháninkas, acusándoles como chunchos infieles, salvajes, come gentes, bestias, etc. con la finalidad de humillarlos y de que los demás pueblos indigenas no se subleven. Sin embargo, los españoles, continuaron con la búsqueda de la mina de oro y evangelizar en el cristianismo a los nativos. En consecuencia, ellos enfocaron su mayor interés en la zona de Selva Central a fines de la colonización, la misma que fue fortalecida en la época republicana por los Misioneros Franciscanos; quienes hicieron su ingreso a esta parte del territorio indígena con la cruz y biblia en la mano para “cristianizar” y “evangelizar” a los Ashaninka, Nomatsiguenga y demás pueblos originarios. El convento de Santa Rosa de Ocopa (Concepción) es el centro de operación misional para el ingreso hacia la selva, atravesando por la zona del actual distrito de “Llaylla”, prosiguiendo por el distrito de “Mazamari”, quienes finalmente, llegaron al valle de “Pangoa” y “Puerto Ocopa”. Pues impusieron y fundaron la misión de San Juan de la Frontera en el año 1539 donde finalmente sometieron a los Asháninkas y Nomatsiguengas lugareños.
  • 12. 12 EPOCA DE LA REPUBLICA: En 1898 ingresa a Satipo el primer colono llamado “Augusto Hilser”. Luego, en 1912 ingresa también el Monseñor Irazola, quien refuerza el proceso de colonización en la selva central. Asimismo, en 1919 comenzaron a establecerse numerosos colonos extranjeros y grupos de colonos nacionales. Por tanto, en 1922, se inicia la construcción de la carretera “Concepción – Satipo”, por la ruta de “Comas-Concepción”. A su vez, en 1926 llega un grupo organizado de colonos, “los Yauyinos”, quienes se asentaron en la zona de “Paratushali” para iniciar la explotación de los recursos naturales, especialmente, el caucho. En consecuencia, se inicia la etapa de una explotación salvaje de los recursos naturales y de esclavización de los ashaninkas y nomatsiguenga. El 24 de Julio de 1929 se proclama a Satipo como primer “centro poblado de la selva central”. Luego, el 18 de setiembre de 1940, mediante Ley Nº 9171, el Presidente Manuel Prado crea el distrito de Satipo como parte de la provincia de Jauja, quedando conformado por los Pueblos de La Victoria, Santa Ana, Santa Rosita, Puerto Ocopa, Mariposa, Santo Domingo y Río Negro, cuyo primer Alcalde fué el Sr. Salvador Urco (1940 – 1943). En noviembre de 1947 un terremoto causó desastres e inundaciones que destruyeron la ciudad de Satipo, cuya reconstrucción se inició en 1951 con la rehabilitación de la carretera Lima – Concepción – Satipo – Río Negro. El 30 de Noviembre de 1951, mediante Ley Nº 11648 se crea la Provincia de Jauja, conformada por 23 distritos, entre ellos Satipo. El 26 de Marzo de 1965, siendo Alcalde José A. Voto Bernales, mediante Ley Nº 15481 se crea la Provincia de Satipo conformada por 8 Distritos: Satipo (Distrito capital), Coviriali, Llaylla, Mazamari, Pampa Hermosa, Pangoa, Río Negro y Río Tambo. Entre la década del 80 y 90, el terrorismo azotó la zona, propicia para ser refugio por sus terrenos inhóspitos y la falta de atención del Gobierno. Este hecho dejó consecuencia, una larga lista de muerte, desolación y traumas. Por lo
  • 13. 13 tanto, la peor secuela de la violencia recayó al pueblo Ashaninka y Nomatsiguenga ya que murieron más de 6 000 y afectado 30 000 de los 52 000 habitantes según registro publicado por la Comisión de Emergencia Ashaninka. En el Gobierno del presidente de la república Dr. Valentín Paniagua en el año 2000, creo la Comisión de la Verdad y Reconciliación Nacional (CVR), una entidad estatal encargada de investigar los hechos ocurrido en época de la violencia social y política y recomendar para que el Estado asuma la reparación de las víctimas. ALCALDES DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO POR PERIODOS ALCALDES DEL DISTRITO DE SATIPO 01 SALVADOR URCO 1940-1943 02 EMILIO QUIROZ BECERRA 1944-1945 03 MIGUEL TELLO SALABARRIA 1945 04 JULIO QUIROZ PATIÑO 1946-1948 05 EMILIO QUIROZ BECERRA 1948 06 MIGUEL SANDOVAL OLORTEGUI 1948-1949 07 GUILLERMO VEGA LETTE 1950-1951 08 MIGUEL SANDOVAL OLORTEGUI 1952-1953 09 UBALDO ANGOSTO HERNANDEZ 1953 10 GUILLERMO CARPIO POLANCO 1954-1955
  • 14. 14 11 JAVIER MAGDE VELASCO 1956 12 FERMIN PERALTA CHAMORRO 1956-1957 13 MIGUEL SANDOVAL OLORTEGUI 1959 14 FERMIN PERALTA CHAMORRO 1960 15 SALVADOR URCO 1961-1962 16 JOSE MORENO MORENO 1962 17 CARLOS A. VOTTO BERNALES 1963-1965 ALCALDES DE LA PROVINCIA DE SATIPO 01 CARLOS A. VOTTO BERNALES 1965-1968 02 DAMASO PAREDES CORVACHO 1968-1970 03 FLAVIO NIEVA BAQUERIZO 1970 04 RALPH NORMAN OCAMPO 1971 05 GONZALO QUIROZ BALAREZO 1972-1973 06 CUPERTINO COLLACHAHUA 1973 07 JUAN RAZURI SANCHEZ 1974 08 RODRIGO PEREZ YUPANQUI 1978 09 CESAR MARTICORENA CASTRO 1979-1980 10 CIRO LANDEO DE LA PEÑA 1981-1983 11 CESAR MARTICORENA CASTRO 1983 12 GUSTAVO ESTABRIDIS QUEIROLO 1984-1986 13 FIDEL JUAREZ TORRES 1987-1989 14 ILMER QUIJANDRIA VARGAS 1989 15 NEMESIO MEJIA DEL CASTILLO 1990-1992 16 ALEJANDRO MORVELI CASTRO 1993-1995 17 CELSO ARTURO DURAND PANEZ 1995-1998 18 CELSO ARTURO DURAND PANEZ 1999-2000
  • 15. 15 19 ROGER HUARI ORDOÑEZ 2000-2002 20 MARIA V. QUEVEDO DE ARELLANO 2003-2006 21 CESAR AUGUSTO MEREA TELLO 2007-2010 22 CESAR AUGUSTO MEREA TELLO 2011-2014 23 TEODULO SANTOS ARANA 2015-2018 MISIÓN La Municipalidad Provincial de Satipo, es una institución concertadora, fortaleciendo los ámbitos de comunicación entre la población satipeña y sus autoridades. Cuenta con personal con vocación de servicio y solidario. Trabaja con una gestión transparente, brindando servicios públicos de calidad para satisfacer las necesidades de la población nativa y urbana, promoviendo el desarrollo integral sostenible y administrando de manera óptima los recursos que se hallan dentro de su jurisdicción.” VISIÓN Al 2021, La provincia de Satipo será la principal zona agro-ecológica y turística de la selva central. Exporta productos agroindustriales competitivos promoviendo la inversión. Respeta su ordenamiento territorial y ambiental y brinda servicios ambientales”. Satipo es una provincia competitiva con educación, capacidades desarrolladas y salud de calidad; con servicios básicos eficientes, con gobiernos locales concertadores y donde se practica la inclusión social y valores y respeto a la multiculturalidad. 2.2.- ORGANIZACIÓN DE LA MUNICIPALIDAD. 2.2.1. GENERALIDADES La Provincia de Satipo, se crea mediante Ley N° 15481 del 26 de Marzo de 1965, fecha en la cual se inician sus funciones como Gobierno Local. La sede de la Municipalidad se ubica en el Jr. Colonos Fundadores N° 312 – frente al Parque Principal de la Ciudad de Satipo, y sus actividades se desarrollan en toda la jurisdicción de la Provincia que incluye los Ocho (09) Distritos. Su funcionamiento tiene carácter indefinido y se encuentra regulado por la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, y los artículos pertinentes de la actual Constitución Política del Estado.
  • 16. 16 2.2.2. ORGANIGRAMA DE LA MUNCIPALIDAD PROVINCIAL DE SATIPO
  • 17. 17 2.3 DESCRIPIÓN DE LA GERENCIA DE RENTAS 2.3.1 ORGANIGRAMA 2.3.2 GERENCIA DE RENTAS La Gerencia de Rentas, es el órgano de apoyo que tiene la categoría de segundo nivel, dependiendo administrativa y funcionalmente de la Gerencia Municipal. Tiene como objetivo administrar los tributos y rentas municipales, así como planificar, organizar, coordinar y controlar las actividades de administración, recaudación, fiscalización, determinación y supervisión de los ingresos tributarios y no tributarios de la Municipalidad; realizar las cobranzas regulares y coactivas y ejecuciones forzosas de acuerdo a las normas y dispositivos legales vigentes. En concordancia con el Decreto Supremo Nº 133-2013-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado del Código Tributario, el D. S. Nº 156-2004-EF, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación, Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Ordenanzas Municipales, Ley Nº27783, Ley de Bases de la Descentralización, Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. La Gerencia de Rentas está a cargo de un Gerente designado por Alcaldía y para el cumplimiento de sus funciones cuenta con los siguientes órganos de categoría de tercer nivel, Sub Gerencias:  Sub Gerencia de Registro Tributario.  Sub Gerencia de Recaudación y Control.  Sub Gerencia de Fiscalización Tributaria.  Sub Gerencia de Ejecutoría Coactiva. Son competencias de la Gerencia de Rentas: GERENCIA DE RENTAS SUB. GERENCIA DE ORIENTACION TRIBUTARIA SUB. GERENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL SUB. GERENCIA DE FISCALIZACION TRIBUTARIA SUB. GERENCIA DE EJUTORIA COACTIVA
  • 18. 18 1. Emitir Resoluciones Gerenciales, proyecto de Ordenanzas, Directivas, Informes, Memorándums, Proyectos de Inversión en el marco de sus funciones. 2. Asesorar a la Alta Dirección en asuntos de su competencia. 3. Otras competencias que le encomiende la Alcaldía de acuerdo al Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad. Son sus funciones: 1. Planear, Organizar, Supervisar y controlar, Plan de Ampliación de la Base Tributaria, Plan de Recaudación Eficaz de Tributos Municipales y Plan Anual de Cobranza de Obligaciones Tributarias y no Tributarias en Cobranza Coactiva; 2. Formular, Consol idar y evaluar el Plan Operativo Institucional –POI en lo que corresponda a la Unidades Orgánicas; 3. Formular y ejecutar las Directivas en materia de los sistemas administrativos de su competencia. 4. Ejecutar el control previo y control concurrente de los procedimientos administrativos de las unidades orgánicas bajo su dependencia y emitir el informe trimestral a la Gerencia Municipal; 5. Efectuar estudios de investigación científica del Sistema Tributario Municipal y proponer estrategias de mejoramiento de captación de recursos económicos- financieros; 6. Brindar información oportuna y completa debidamente documentada en forma física o magnética, asesoría y asistencia técnica a las Comisiones Ordinarias o Comisiones Especiales de Regidores; 7. Participar en las Sesiones del Concejo Municipal y apoyar en la sustentación de los temas en debate de la agenda a pedido del Presidente de la Comisión Ordinaria o Especial, inherentes a las funciones de la Unidad Orgánica; 8. Proponer a los Órganos de la Alta Dirección, las políticas en materia de administración tributaria, recaudación tributaria, fiscalización tributaria y ejecución coactiva; 9. Elevar los expedientes a la Gerencia Municipal, los ante-proyectos de actualización de las Tablas de Cálculo del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales, Multas Tributarias y Valores Arancelarios a emplearse en la determinación de las cuantías actualizadas en cada ejercicio fiscal; 10. Proponer ante-proyectos de Ordenanzas Municipales, Decretos de Alcaldía, Directivas e Instructivos en materia de tributación municipal, a fin de optimizar la gestión de la Administración Tributaria Municipal; 11. Supervisar el proceso de administración tributaria de la Municipalidad por ejercicios fiscales anualizados;
  • 19. 19 12. Supervisar la ejecución del programa de beneficios para el pago al contado de la deuda tributaria y no tributaria a favor de la Municipalidad y premiación al Contribuyente puntual. 13. Emitir resoluciones gerenciales en primera instancia, que resuelvan los recursos de reclamaciones de naturaleza tributaria y las apelaciones elevar a la Gerencia Municipal; 14. Evaluar los procesos de emisión, notificación, control, gestión de cobranza y transferencia a Ejecutoria Coactiva de los instrumentos de cobranza señalados por ley, así como la atención de los expedientes; 15. Autorizar en forma expresa, las acciones tácticas y operativas de fiscalización tributaria; 16. Supervisar las acciones en materia de ejecución de cobranza coactiva; 17. Visar las resoluciones de Determinación, de Multas Tributarias, de Pérdida de Fraccionamiento, de Órdenes de Pago y de Prescripción con arreglo al Código Tributario y demás disposiciones legales pertinentes. 18. Emitir informe técnico del proceso de quiebre e incineración de valores, en los casos que la obligación tributaria o administrativa que sería incobrable, dudosas y/u onerosa; 19. Proponer por conducto regular la aprobación por el Concejo Municipal, de los Proyecto de Ordenanzas en materia tributaria, según corresponda con adecuación a Ley, de los tributos que administra la Municipalidad; 20. Proponer, impulsar e implementar las mejoras e innovaciones en los procesos, procedimientos y normatividad interna de la Unidad Orgánica, en coordinación con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto responsable de las funciones en materia del sistema administrativo de racionalización; 21. Cumplir con las demás funciones de su competencia asignadas por la Gerencia Municipal. De las interrelaciones interna y externa: La Gerencia de Rentas, mantiene interrelación interna con la Oficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Procuraduría Pública Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Desarrollo Urbano y Rural, Gerencia de Desarrollo Económico Local, Gerencia de Servicios Públicos y Seguridad Ciudadana y Seguridad Ciudadana, Gerencia de Desarrollo Social, Gerencia de Planeamiento y Presupuesto. La Gerencia de Rentas, mantiene interrelación externa con la Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, Ministerio de Economía y Finanzas, Ministerio Público, Policía Nacional del Perú y otras Entidades Públicas y Privadas con relación en materia de Rentas.
  • 20. 20 FUNCIONARIOS: CARGO ESTRUCTURAL  GERENTE  SECRETARIA I GERENTE Funciones Específicas 1. Planear organizar, coordinar, planear, organizar, dirigir, coordinar y controlar el proceso de Administración de los Tributos Municipales a fin de cumplir con las metas presupuestadas. 2. Supervisar las actividades de las Sub-Gerencias para el cumplimiento progresivo de los objetivos y metas. 3. Proponer proyectos de dispositivos legales que creen, modifiquen, complementen y optimicen la administración y recaudación de los tributos municipales, de conformidad con la Legislación Tributaria vigente. 4. Evaluar los costos de los servicios públicos (Residuos sólidos, parques y Jardines y Serenazgo). 5. Informar mensualmente a la Alta Dirección los ingresos y las proyecciones anuales tributarias, mediante los respectivos cuadros sustenta torios. 6. Emitir Resoluciones Gerenciales en primera instancia, relacionada con los procedimientos tributarios, conforme a lo dispuesto en el Texto Único de Procedimientos Administrativos y/o Resoluciones de Alcaldía sobre delegación de facultades. 7. Determinar la base imponible, liquidación y acotación de los tributos tales derechos y contribuciones como otros ingresos, sobre la base de disposiciones legales vigentes. 8. Cautelar el cumplimiento de la Leyes, Ordenanzas, Decretos, Reglamentos y demás disposiciones legales relacionadas con la Tributación Municipal. 9. Procesar los expedientes, documentos y recursos, relacionados con el Sistema Tributario Municipal, de acuerdo con las directivas y normas legales vigentes, 10. Formular la Proyección de Recaudación de Ingresos de los Tributos Municipales, para la sustentación del Presupuesto, en coordinación con la oficina de Planeamiento y Presupuesto, así como evaluar su ejecución. 11. Establecer Planes, Proyectos Programas, relacionados con el Sistema Tributario Municipal, en concordancia con las Políticas Estrategias de la Alta Dirección.
  • 21. 21 12. Disponer la aplicación de Sanciones previstas en el Código Tributario, Ordenanzas, velando por su cumplimiento 13. Proporcionar información veraz y oportuna a los contribuyentes sobre sus obligaciones tributarias formales y sustanciales. 14. Otras funciones que el Gerente Municipal le asigne. RESPONSABILIDAD Es responsable del cumplimiento de las funciones asignadas y de la conservación y mantenimiento en buen estado de los bienes patrimoniales a su cargo. SECRETARIA I Funciones específicas: 1. Planear, dirigir, revisar, organizar y controlar los despachos y documentos dirigidos a la Gerencia. 2. Ordenar, clasificar, codificar, archivar, mantener y actualizar los archivos documentales y digitales de la Oficina, así como cuidar de su conservación, protección y confidencialidad de los mismos 3. Elaborar y mantener la Agenda de Actividades de la Gerencia. 4. Revisar y preparar la documentación para la atención y firma del Gerente. 5. Apoyar las acciones para la tramitación documentaria de los documentos y/o expedientes generados en la Gerencia. 6. Digitación de Documentos Administrativos. 7. Preparar la agenda de las citas y reuniones protocolares o de trabajo correspondientes, controlando y realizando el seguimiento correspondientes a las actividades de la Gerencia. 8. Prestar apoyo administrativo especializado, manejo del software, procesador de texto y hojas de cálculo. 9. Realizar el seguimiento de los expedientes que ingresan y egresan de la oficina, e informar su estado de trámite. 10. Recepcionar y envía documentación vía fax y correo electrónico (email) 11. Otras funciones del cargo que le sean asignadas.
  • 22. 22 Responsabilidad Es responsable de la Recaudación Municipal, en aplicación del Plan de Modernización Municipal; del cumplimiento de las funciones asignadas y de la conservación y mantenimiento en buen estado de los bienes patrimoniales a su cargo. 2.4. DESCRIPIÓN DEL AREA DONDE SE REALIZA PRACTICAS FUNCIONARIOS CARGO ESTRUCTURAL  SUB. GERENTE  ASISTENTE ADMINISTRATIVO II 2.4.1 SUB-GERENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL La Sub Gerencia de Recaudación y Control, tiene como objetivo realizar la gestión de cobranza ordinaria de las deudas tributarias y no tributarias ejerciendo actos que impulsen el cumplimiento tributario. Está a cargo de un Sub Gerente quien depende del Gerente de Rentas. 2.4.2 FLUJOGRAMA GERENCIA DE RENTAS SUB. GERENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL
  • 23. 23 PROCESO DE LIQUIDACION DE PAGO DE IMPUESTO PREDIAL NO SI CONTRIBUYENTE CANCELA LA DEUDA EN CAJA CONTRIBUYENTE REGRESA A LA OFICINA ENTREGA RECIBO CONTRIBUYENTE INGRESA A LA OFICINA SOLICITA CTA. CORRIENTE LIQUIDADOR VERIFICA DEUDA LIQUIDADOR ENVIA A CONTRIBUYENTE A REALIZAR SU PAGO DESICION FIN CONTRIBUYENTE NO CANCELA LA DEUDA TERMINA EL PROCESO INICIO
  • 24. 24 3. FUNCIONES DEL ADMINISTRADOR 3.1 FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO DONDE DESARROLLA LA PRÁCTICA: 1. Formular, ejecutar y evaluar el Plan de Recaudación Eficaz de Tributos Municipales; 2. Formular, ejecutar y evaluar el Plan Operativo Institucional –POI- en lo que corresponda a la Unidad Orgánica; 3. Ejecutar el control previo y control concurrente de los procedimientos administrativos y servicios públicos locales prestados en exclusividad realizados por los cargos bajo su dependencia y emitir el informe mensual a la Gerencia; 4. Emitir las comunicaciones y disponer las medidas necesarias para la inducción al pago de las obligaciones tributarias y no tributarias. 5. Brindar información oportuna y completa debidamente documentada en forma física o magnética, asesoría y asistencia técnica a las Comisiones de Regidores y la Gerencia; 6. Participar en las Sesiones del Concejo Municipal cuando sea necesario inherentes a las funciones de la Unidad Orgánica; 7. Administrar la gestión de cobranza ordinaria de las deudas tributarias y no tributarias registradas en la cuenta corriente del sistema de SIAF; 8. Organizar el Registro de Cobranzas por Tesorería Municipal y por recaudadores (comisionistas, Financieras y Bancos), autorizados efectuando arqueos periódicos; 9. 9. Dar cumplimiento a los fraccionamiento y compensación de deudas y de las obligaciones tributarias; 10. Administrar los procesos de evaluación, emisión, notificación, control, gestión de cobranza y transferencia a Ejecutoria Coactiva de los instrumentos de cobranza señalados por ley, así como la atención de expedientes; 11. Emitir informe técnico sustentada del proceso de quiebre e incineración de valores, en los casos que la obligación tributaria o administrativa que sería incobrable y/u onerosa; 12. Mantener permanentemente informado a la Gerencia Rentas, sobre los niveles de recaudación y deudas por cobrar que mantiene los contribuyentes y las acciones a tomar para mejorar la recaudación municipal; así como efectuar la conciliación mensual de cuentas con la Sub Gerencia de Contabilidad y Finanzas; 13. Administrar el tratamiento técnico de las Declaraciones al Impuesto a los Espectáculos Públicos No Deportivos y otros de carácter municipal; 14. Integrar la Comisión de Quiebra para la depuración y sinceramiento de la deuda en valores o se encuentren prescritos o incobrables de acuerdo a Ley; 15. Mantener al día el estado de cuenta de los valores a su cargo;
  • 25. 25 16. Emitir proyectos de Resoluciones de Determinación y/o Resoluciones de Multa como resultados de fiscalización acorde a las normas vigentes a cada ejercicio gravable; 17. Proponer, impulsar e implementar las mejoras e innovaciones en los procesos, procedimientos y normatividad interna de la Unidad Orgánica, en coordinación con la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto responsable de las funciones en materia del sistema administrativo de racionalización; 18. Cumplir con las demás funciones asignadas por la Gerencia de Rentas. 3.1.2 ESPECIFICACIONES Y FUNCIONES DE LOS CARGOS: SUB. GERENTE Funciones específicas: 1. Programar, elaborar y controlar el flujo de recaudación para el control concurrente y posterior de las obligaciones de los contribuyentes 2. Atender, asesorar y orientar al contribuyente; 3. Coordinar e informar a otras áreas de la Gerencia de Administración Tributaria los hechos que incida sobre la determinación de la deuda de los contribuyentes para su verificación correspondiente (domicilio fiscal, suspensión de cobranza, condición de no habido, etc.) 4. Ejecutar y dirigir las cobranzas directas, con arreglo a lo establecido en el Código Tributario y normas pertinentes. 5. Recibir, registrar, clasificar y entregar las notificaciones por tributos, multas y otros elaboradas por las gerencias 6. Tramitar, aprobar y controlar los convenios de Fraccionamiento de deudas tributarias de acuerdo a los dispositivos legales vigentes. 7. Elaborar informes y proyectos de resoluciones directorales como productos del desarrollo de procedimientos tributarios contenciosos y no contenciosos. 8. Elaborar informes mensuales respecto a la recaudación y captación de ingresos municipales así como de la morosidad y saldos por cobrar. 9. Remitir oportunamente a la Oficina de Ejecución Coactiva aquellos valores cuyo plazo de pago haya vencido conforme a Ley. 10. Emitir las resoluciones de pérdida de beneficio. 11. Custodiar los convenios de fraccionamiento que se emitan y consolidar aquellos convenios que se realicen en otras áreas de la Sub Gerencia
  • 26. 26 12. Velar por el cumplimiento de las Ordenanzas y otros; 13. Otras funciones propias que le sean asignadas. Responsabilidad: Es responsable del cumplimiento de las funciones asignadas y de la conservación y mantenimiento en buen estado de los bienes patrimoniales a su cargo. 3.1.3. PERFIL PROFESIONAL, DESCRIPCION DEL PUESTO ASISTENTE ADMINISTRATIVO II Funciones Específicas 1. Planear, dirigir, revisar, organizar y controlar los despachos y documentos dirigidos a la Sub Gerencia. 2. Derivar la documentación a las Gerencias, Sub Gerencias de acuerdo a lo solicitado para su trámite; debidamente visados por su Jefe inmediato. 3. Ordenar, clasificar, codificar, archivar, mantener y actualizar los archivos documentales y digitales de la Oficina, así como cuidar de su conservación, protección y confidencialidad de los mismos 4. Elaborar y mantener la Agenda de Actividades de la Sub Gerencia. 5. Revisar y preparar la documentación para la atención y firma del Sub Gerencia 6. Apoyar las acciones para la tramitación documentaria de los documentos y/o expedientes generados en la Sub Gerencia. 7. Digitación de Documentos Administrativos. 8. Preparar la agenda de las citas y reuniones protocolares o de trabajo correspondientes, controlando y realizando el seguimiento correspondientes a las actividades de la Sub Gerencia. 9. Prestar apoyo administrativo especializado, manejo del software, procesador de texto y hojas de cálculo. 10. Realizar el seguimiento de los expedientes que ingresan y egresan de la de la oficina, e informar su estado de trámite. 11. Atender y orientar al público sobre consultas y gestiones por realizar en lo que respecta a la ejecución de Actividades 12. Decepcionar y envía documentación vía fax y correo electrónico (email) 13. Otras funciones del cargo que le sean asignadas.
  • 27. 27 Responsabilidad Es responsable del cumplimiento de las funciones asignados y de la conservación y mantenimiento en buen estado de los bienes patrimoniales a su cargo. Requisitos Mínimos  Título superior técnico en administración y/o a fines ; y/o estudios universitarios no concluidos no menos de seis semestres  Capacitación especializad en el área  Conocimiento del SIAF GL-RENTAS  Conocimientos de los sistemas informáticos: Windows office, Windows ecxel, internet  Experiencia de 02 años en las labores de su especialidad Línea De Dependencia Dependencia directamente del sub. Gerente. 3.1.4 PERFIL, DESCRIPCION DEL PRACTICANTE Funciones Específicas 1. Elaborar expedientes de deudas pendientes de Arbitrios Municipales e Impuesto Predial para el envió a cobranza coactiva. 2. Elaborar expedientes de Multas Administrativas para él envió a la cobranza coactiva. 3. Registrar ordenar y derivar los documentos que ingresan de mesa de partes con su respectiva visacion del jefe inmediato. 4. Ordenar y clasificar los documentos para su respectivo archivo. 5. Otros encomendados por su Jefe inmediato. Requisitos Mínimos  Estudiantes de las carreras profesionales de Administración, Contabilidad, computación e informativas y/o similares.  Desenvolvimiento, Trabajo en equipo.  Ser proactivo Dinámico
  • 28. 28 CAPITULO II PROYECTO O TAREA ACADEMICA 1. TITULO. Análisis del sistema de Recaudación tributaria en la Sub. Gerencia de Recaudación y Control de la Municipalidad Provincial de Satipo. 2. REALIDAD PROBLEMÁTICA  Morosidad en los tributos (Impuesto predial y arbitrios municipales). La morosidad sea incrementado por parte de los contribuyentes, debido a que ellos vienen realizando sus pagos de una manera desprogramada ya que estos no realizan sus pagos en las fechas correspondientes, ello conlleva al incremento de intereses y cobros forzosos mediante la ejecución coactiva.  Carencia de cultura tributaria los contribuyentes deciden priorizar otras deudas, el usuario desconoce la finalidad de esta recaudación e incluso creen que son utilizados con fines irregulares en beneficio personal y no hacia la colectividad.  Carencia de infraestructura y personal capacitado comprometido con el objetivo institucional y de gerencia para que brinden una atención de calidad y amable.  Los gobiernos locales se manejan políticamente; la cual carecen de un trabajo técnico de llegada a los usuarios. 3. DEFINICION DEL PROBLEMA Incremento del índice de morosidad de los tributos Municipales, por falta de cultura tributaria y recesión económica. 4. ANTECEDENTES  Factor Económico La economía como una ciencia que estudia los recursos, la creación de riqueza, producción, distribución y consumo de bienes y servicios, para satisfacer las necesidades del ser humano”.  Factor Social Este factor se refiere “al desenvolvimiento que el ser humano presenta dentro de la sociedad, ya sea en conocimiento, cultura, tradiciones, valores, creencias, etc. y cómo estos influyen y moldean las percepciones y conductas de los individuos frente a una sociedad o comunidad en particular”.
  • 29. 29  Factor Cultural Es generalmente todo complejo que incluye el conocimiento, el arte, las creencias, la ley, la moral, las costumbres y todos los hábitos y habilidades adquiridos por el hombre no sólo en la familia, sino también al ser parte de una  LOCALES.- En la Municipalidad Provincial de Satipo según los saldos por cobrar al 30 de Diciembre del 2016. Según Informe Nº01-2017-SGRC/MPS Ascendía la suma de S/. 3,393.441.67 soles por concepto de Impuestos como: Impuesto predial, impuesto Vehicular, impuesto de alcabala y arbitrios Municipales. Mediante esta cartera pesada por cobrar se implementó el sistema Siaf-rentas-GL y el plano catastral actualizados mediante Cofopri en la Gerencia de Rentas para un mejor manejo y actualización de predios y actualización de deudas.  REGIONAL.-. Huancayo tiene un 35% de vecinos morosos. Por ello el Servicio de Administración Tributaria de Huancayo (SATH) programó una serie de embargos. “Es una medida extrema, pero necesaria”, precisó el jefe del SATH, Wilfredo Arana de la Peña. Se realizan campañas de sensibilización, es necesario que la población esté enterada para qué son las recaudaciones de sus pagos por impuestos y arbitrios. En qué se va a gastar, manifestó. añadió que la información es abierta para explicar cuánto se recauda por impuestos y en qué se gasta.  NACIONAL.- La Municipalidad de Santiago de Surco, disminuyó el índice de morosidad en la recaudación del impuesto predial y arbitrios, en el periodo 2015. en Surco a través de una Cultura Tributaria que promueve el Municipio a través de su Gerencia de Administración Tributaria desde el 2011, a través del programa “Tu Responsabilidad Tributaria Tiene Premio”, las personas lo ven como una oportunidad de contribuir a generar recursos para promover el desarrollo en el distrito.
  • 30. 30 5.- MARCO TEORICO 5.1 GOBIERNO CENTRAL A) Definición Conjunto de entidades constituidas por ministerios, oficinas y otros organismos bajo el ámbito del Poder ejecutivo. Se incluye estas dependencias del Gobierno Central que pueden operar en el ámbito regional o local de acuerdo a la constitución política. Se considera Gobierno Central a los, Contraloría General de la República y Tribunal Constitucional. Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial, así como al Ministerio Público, Jurado Nacional de Elecciones, Oficina Nacional de Procesos Electorales, Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, Consejo Nacional de la Magistratura, Defensoría del Pueblo. https://prezi.com/0xtlkkuhoeg5/gobierno-central/  GOBIERNO REGIONAL Son los que se encargan de las instituciones públicas encargadas de la administración superior de cada uno de los departamentos. Son considerados personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. Los gobiernos regionales del Perú se componen de dos órganos: un Consejo Regional y un Gobernador Regional (hasta antes de 2015 se usó el término de Presidente Regional). https://es.wikipedia.org/wiki/Gobiernos_Regionales_del_Per%C3%BA  GOBIERNO LOCAL Es la organización que se encarga de la administración local en un pueblo o ciudad, compuesta por un alcalde y varios concejales para la administración de los intereses de un municipio. Suele estar encabezado por un alcalde, intendente, presidente de comuna o presidente municipal, que ostenta la presidencia de la administración local y del pleno municipal, y formado por los concejales, ediles o regidores que, reunidos en pleno, ejercen la potestad normativa a nivel local. https://es.wikipedia.org/wiki/Gobierno_local
  • 31. 31 5.2 EL TRIBUTO A) Definición La palabra Tributo proviene de la voz latina “TRIBUTUM” y que en los Tiempos de Roma equivalía a la Gabela que significaba toda imposición Pública. Los tributos son ingresos públicos de Derecho público que consisten en prestaciones pecuniarias obligatorias, impuestas unilateralmente, exigidas por una Administración pública como consecuencia de la realización del hecho imponible al que la Ley vincula el deber de contribuir. Su fin primordial es el de obtener los ingresos necesarios para el sostenimiento del gasto público, sin perjuicio de su posible vinculación a otros fines. B) Naturaleza Y Características Un tributo es una modalidad de ingreso público o prestación patrimonial de carácter público, exigida a los particulares, que presenta los siguientes rasgos identificatorios:  Carácter coactivo El carácter coactivo de los tributos está presente en su naturaleza desde los orígenes de esta figura. Supone que el tributo se impone unilateralmente por los entes públicos, de acuerdo con los principios constitucionales y reglas jurídicas aplicables, sin que concurra la voluntad del obligado tributario, al que cabe impeler coactivamente al pago.  Carácter pecuniario Si bien en sistemas pre modernos existían tributos consistentes en pagos en especie o prestaciones personales, en los sistemas tributarios capitalistas la obligación tributaria tiene carácter dinerario. Pueden, no obstante, mantenerse algunas prestaciones personales obligatorias para colaborar a la realización de las funciones del Estado. C) Clasificación de los Tributos Existen numerosas clasificaciones de tributos, entre estos tenemos:
  • 32. 32  IMPUESTOS Es un tributo exigido por el Estado a quienes se hallan en las situaciones consideradas por la ley como hechos imponibles, siendo estos hechos imponibles ajenos a toda actividad estatal relativa al obligado.  CONTRIBUCIONES Son tributos que paga el contribuyente al fisco en contraprestación a un beneficio grupal o sectorial derivado de algún servicio que presta el Estado. Tienen una reversión directa a favor del sector de los contribuyentes, que hacen aportes, el beneficiario no recibe el efecto de la contribución en relación a su aporte, si no en relación al aporte de todos los contribuyentes.  TASAS Es un tributo cuyo hecho generador está integrado con una actividad del Estado divisible e inherente a su soberanía hallándose esa actividad relacionada directamente con el contribuyente. Las tasas, entre otras, pueden ser: Arbitrios: Son tasas que se pagan por la prestación o mantenimiento de un servicio público. Derechos: Son tasas que se pagan por la prestación de un servicio Administrativo público o el uso o aprovechamiento de bienes públicos Licencias: Son tasas que gravan la obtención de autorizaciones específicas para la realización de actividades de provecho particular sujetas a control o fiscalización. Teniendo en cuenta la forma de recaudación
  • 33. 33  Tributos Directos Son aquellos impuestos que gravan de una manera inmediata y directa la capacidad contributiva del ciudadano. En el caso de la imposición directa, la entidad administrativa del Estado encargado de la percepción de los impuestos, conoce a la persona del contribuyente afectado por los impuestos en razón de que es un Gravamen a la actividad productora de bienes o renta. Son directos los impuestos que gravan las distintas categorías de renta o patrimonio.  Tributos Indirectos Los que descubren la capacidad de prestación del contribuyente en signos externos exponentes de ella, cuando se usan o consumen los ingresos. En el caso de la imposición indirecta, la entidad administrativa respectiva tan sólo percibe el impuesto mismo con ocasión del consumo o empleo 10 de los ingresos y en realidad no le interesa conocer a los contribuyentes, sin los actos de vida económica en que funciona el impuesto. Se consideran como indirectos, los impuestos sobre el uso y el consumo, es decir los gravámenes que impone el estado sobre el empleo de los ingresos. Teniendo en cuenta su territorialidad  Tributos Internos Son aquellos tributos que se aplican a las actividades económicas que se desarrollan dentro del territorio nacional, son de cargo de las personas domiciliadas en el país.  Tributos Externos Son tributos que gravan en su conjunto al comercio internacional o sea a las importaciones y exportaciones. 5.3 LA OBLIGACION TRIBUTARIA a) Definición La obligación tributaria es el vínculo jurídico originado por el tributo, cuya fuente es la ley, y constituye el nexo entre el Estado (acreedor) y el responsable o contribuyente (deudor), que se manifiesta en una obligación de dar (pago del tributo) o en obligaciones adicionales de hacer frente (presentar balances y declaraciones juradas) o de tolerar (soportar las revisiones fiscales). La característica principal de la obligación tributaria es su naturaleza “personal”, es decir, que existe un nexo jurídico entre el sujeto activo, llamado Estado o cualquier otra institución con potestad tributaria delegada (Administración Tributaria,
  • 34. 34 Municipalidades, etc.) y el sujeto pasivo, que puede ser una persona natural o una persona jurídica con patrimonio, o que realice actividades económicas o haga uso de un derecho que genere una obligación tributaria. b) Elementos  Personal: Con el cual se busca determinar la calidad de las personas que conforman la relación jurídico-tributario, esto es, quien ha de ser el sujeto activo (acreedor tributario) y el sujeto pasivo (deudor o responsable) de la misma.  Temporal: Permite indicar el momento preciso en el cual se cumple el supuesto de hecho tributario sea de forma expresa o implícita. Este aspecto puede estar determinado por una fecha o circunstancia determinable en el tiempo.  Espacial: Está en relación con el lugar en donde el supuesto de hecho tributario ha de darse. Podemos mencionar como criterios que permiten la aplicación de este aspecto las siguientes: criterio de nacionalidad, de domicilio, criterio de fuente.  Material: El autor Iglesias Ferrer nos dice sobre este aspecto que representa la descripción abstracta del hecho concreto que el destinatario legal tributario realiza o la situación en que el destinatario legal tributario se halla o a cuyo
  • 35. 35  Mensurable: Ligado íntimamente con el anterior, este aspecto está relacionado al hecho de que la ley debe establecer cómo se ha de determinar la cantidad de riqueza sobre la cual se deberá aplicar la tasa o alícuota del impuesto, es decir, cómo se ha de llegar a establecer la base imponible de un impuesto determinado. 5.4. EL SISTEMA TRIBUTARIO a) Definición Según la definición de la Real Academia de la Lengua, sistema es un conjunto de reglas o principios sobre una materia enlazadas entre si y en doctrina se entiende por sistema tributario al conjunto de tributos vigentes en un país en una determinada época; se plantean también dos tipos de sistema que son; el sistema histórico que se caracteriza por la inexistencia de armonía entre los elementos principales de la tributación, el Estado, los contribuyentes y las actividades económicas; así mismo por la particularidad de política tributaria que aplica el gobernante de turno. En cambio, el sistema tributario racional, busca la armonía de estos tres elementos dentro de un objetivo final de equilibrio económico y social entre la población económicamente activa, teniendo presente lo que señala el autor Valer quien afirma: el sistema tributario está integrado por los variados impuestos que cada país adopta según su género de producción, su naturaleza geográfica, su forma política, sus necesidades, sus tradiciones. No se puede establecer científicamente un sistema tributario modelo, ideal para todos los países ni para alguno en particular; no se puede prescindir del pasado ni despreciar los factores políticos, morales, psicológicos e inclusive religiosos. Vale decir que el sistema tributario racional tiene que aplicarse de acuerdo con las características y peculiaridades de la economía y el comportamiento social de cada país. La ventaja que ofrece tener como base un sistema racional está en que permite una Más fácil adecuación a lo normal y frecuente variación de la situación económica del País. El sistema que no tiene una sola partida de nacimiento, o sea el histórico Contiene contradicciones y difícilmente alcanza un alto grado de racionalidad. b) Estructura del Sistema Tributario Nacional
  • 36. 36 5.5 TRIBUTACION MUNICIPAL a) Definición La municipalidad es por definición el órgano nato de gobierno local por tanto promueve el desarrollo y la economía local y la prestación de los servicios públicos de su responsabilidad. Para cumplir con estas funciones y responsabilidades necesita de recursos económicos. De acuerdo a la constitución y a las leyes es obligación de todos pagar los impuestos conforme a
  • 37. 37 la capacidad contributiva de cada quien. Si no tributamos con qué recursos el gobierno local realiza sus fines y funciones y no estaría en la capacidad de cumplir con las funciones que le son propias (construcciones de obras, prestación de servicios, recursos para atender emergencias, etc.) b) La Administración Tributaria Los Gobiernos Locales están facultados para crear, modificar y suprimir contribuciones y tasa, exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala ley; más no así con los impuestos. La Administración tributaria, constituye el principal componente ejecutor del sistema tributario y su importancia está dada por la actitud que adopte para aplicar las normas tributarias. Son impuestos creados a favor de las municipalidades: el impuesto predial, el impuesto de alcabala, impuesto al patrimonio automotriz, a las apuestas, a los juegos y a los espectáculos públicos. Asimismo, son ingresos municipales: las contribuciones especiales por obras públicas, las tasas y el fondo de compensación municipal. c) La Tasa de Morosidad en los tributos La tasa de morosidad se obtiene dividiendo el número de contribuyentes morosos entre el total de contribuyentes de cada grupo residencial, o zona.Los municipios, en su mayoría, asumen directamente la cobranza de los arbitrios por ventanilla municipal o a través de entidades bancarias autorizadas, pero en la práctica no ejercen ninguna presión para hacerla efectiva, quedando el pago librado a la buena voluntad del contribuyente. Esto, junto al bajo nivel de conciencia tributaria de la población, es causa de los alarmantes niveles de morosidad. d) Impuestos Municipales Según lo establece el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF LEY DE TRIBUTACION MUNICIPAL, los impuestos municipales son tributos cuyo cumplimiento no origina una contraprestación directa. La recaudación y fiscalización de su cumplimiento corresponde a los Gobiernos Locales. Los impuestos municipales son los siguientes:
  • 38. 38  IMPUESTO PREDIAL 1. DEFINICION El Impuesto Predial es un tributo municipal de periodicidad anual que grava el valor de los predios urbanos o rústicos. Para este efecto, se consideran predios a los terrenos, las edificaciones e instalaciones fijas y permanentes. La recaudación, administración y fiscalización del impuesto corresponde a la Municipalidad Distrital donde se encuentre ubicado el Predio. 2. Sujeto pasivo del impuesto Son sujetos pasivos en calidad de contribuyentes, las personas naturales o jurídicas propietarias de los predios, cualquiera sea su naturaleza. 3. Base Imponible La base imponible para la determinación del impuesto está constituida por el valor total de los predios del contribuyente ubicados en cada jurisdicción distrital. El impuesto se calcula aplicando a la base imponible escala progresiva acumulativa siguiente: TRAMO DE AUTOAVALÚO ALÍCUOTA Hasta 15 UIT 0.2 % Más de 15 UIT hasta 60 UIT 0.6 % Más de 60 UIT 1.0 %  IMPUESTO A LA ALCABALA 1. Definición El Impuesto de Alcabala es de realización inmediata y grava las transferencias de propiedad de bienes inmuebles urbanos o rústicos a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma o modalidad, inclusive las ventas con reserva de dominio. La primera venta de inmuebles que realizan las empresas constructoras no se encuentra afecta al impuesto, salvo en la parte correspondiente al valor del terreno. 2. Sujeto Pasivo del Impuesto Es sujeto pasivo en calidad de contribuyente, el comprador o adquirente del inmueble. 3. Base Imponible La base imponible del impuesto es el valor de transferencia, el cual no podrá ser menor al valor de autovalúo del predio correspondiente al ejercicio en que se produce la transferencia ajustado por el Índice de 25 Precios al por Mayor (IPM) para Lima Metropolitana que determina el Instituto Nacional de Estadística e Informática.
  • 39. 39 4. Tasa del Impuesto La tasa del impuesto es de 3%, siendo de cargo exclusivo del comprador, sin admitir pacto en contrario. No está afecto al Impuesto de Alcabala, el tramo comprendido por las primeras 10 UIT del valor del inmueble. 5. Inafectación  Están inafectos del impuesto las siguientes transferencias: Los anticipos de legítima. Las que se produzcan por causa de muerte. La resolución del contrato de transferencia que se produzca antes de la Cancelación del precio. Las transferencias de aeronaves y naves. Las de derechos sobre inmuebles que no conlleven la transmisión de propiedad. Las producidas por la división y partición de la masa hereditaria, de gananciales o de condóminos originarios Las de alícuotas entre herederos o de condóminos originarios.  Se encuentran inafectos al pago del impuesto, la adquisición de propiedad inmobiliaria que efectúe las siguiente entidades: El Gobierno Central, las Regiones y las Municipalidades. Los Gobiernos extranjeros y organismos internacionales. Entidades religiosas. Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. Universidades y centros educativos, conforme a la Constitución.  IMPUESTO AL PATRIMONIO VEHICULAR 1. Definición El Impuesto al Patrimonio Vehicular, de periodicidad anual, grava la propiedad de los vehículos, automóviles, camionetas, stationwagons, camiones, buses y ómnibuses, con una antigüedad no mayor de tres (3) años. Dicho plazo se computará a partir de la primera inscripción en el Registro de Propiedad Vehicular. 2. Sujeto Pasivo del Impuesto Son sujetos pasivos, en calidad de contribuyentes, las personas naturales o jurídicas propietarias de los vehículos señalados anteriormente. El carácter de sujeto del impuesto se atribuirá con arreglo a la situación jurídica configurada al 1 de enero del año a que corresponda la obligación tributaria. Cuando se efectúe cualquier transferencia, el adquirente asumirá la condición de contribuyente a partir del 1 de enero del año siguiente de producido el hecho.
  • 40. 40 3. Base Imponible La base imponible del impuesto está constituida por el valor original de adquisición, importación o de ingreso al patrimonio, el que en ningún caso será menor a la tabla referencial que anualmente debe aprobar el Ministerio de Economía y Finanzas, considerando un valor de ajuste por antigüedad del vehículo. 4. Tasa del Impuesto La tasa del impuesto es de 1%, aplicable sobre el valor del vehículo. En ningún caso, el monto a pagar será inferior al 1.5% de la UIT vigente al 1 de enero del año al que corresponde el impuesto. 5. Declaración Jurada Anualmente, el último día hábil del mes de febrero, salvo que la Municipalidad establezca una prórroga. Cuando se efectúe cualquier transferencia de dominio. En estos casos, la declaración jurada debe presentarse hasta el último día hábil del mes siguiente de producidos los hechos. Cuando así lo determine la administración tributaria para la generalidad de contribuyentes y dentro del plazo que determine para tal fin. 6. Inafectación El Gobierno Central, las Regiones y las Municipalidades. - Los Gobiernos extranjeros y organismos internacionales. - Entidades religiosas - Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú. - Universidades y centros educativos, conforme a la Constitución. - Los vehículos de propiedad de las personas jurídicas que no formen parte de su activo fijo. - Los vehículos nuevos de pasajeros con antigüedad no mayor de tres (3) años de propiedad.  IMPUESTO A LAS APUESTAS 1. Definición El Impuesto a las Apuestas grava los ingresos de la Entidades organizadoras de eventos hípicos y similares, en las que se realice apuestas. 2. Sujeto Pasivo del Impuesto El sujeto pasivo del impuesto es la empresa o institución que realiza actividades Gravadas. 3. Cálculo y Tasa del Impuesto El Impuesto es de periodicidad mensual. Se calcula sobre la diferencia
  • 41. 41 resultante entre el ingreso total percibido en un mes por concepto de apuestas y el monto total de los premios otorgados el mismo mes La Tasa Porcentual del Impuesto a las Apuestas es de 20%. La Tasa Porcentual del Impuesto a las Apuestas Hípicas es de 12%.  IMPUESTO A LOS JUEGOS 1. Definición El Impuesto a los Juegos grava la realización de actividades relacionadas con los juegos, tales como loterías, bingos y rifas, así como la obtención de premios en juegos de azar. 2. Sujeto Pasivo del Impuesto El sujeto pasivo del impuesto es la empresa o institución que realiza las actividades gravadas, así como quienes obtienen los premios 3. Base Imponible del Impuesto Para el juego de bingo, rifas, sorteos y similares, así como para el juego de pimball, juegos de video y demás juegos electrónicos: el valor nominal de los cartones de juego, de los boletos de juego, de la ficha o cualquier otro medio utilizado en el funcionamiento o alquiler de los juegos, según sea el caso.Para las Loterías y otros juegos de azar: el monto o valor de los premios. En caso de premios en especie, se utilizarán como base imponible el valor del mercado del bien. 4. Tasa del Impuesto - Bingos, Rifas y Sorteos: 10%. - Pimball, juegos de video y demás juegos electrónicos: 10%. - Loterías y otros juegos de azar: 10%.  IMPUESTO A LOS ESPECTÁCULOS PÚBLICOS NO DEPORTIVOS 1. Definición El Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos grava el monto que se abona por concepto de ingreso a espectáculos públicos no deportivos en locales y parques cerrados con excepción de los 31 espectáculos en vivo de teatro, zarzuela, conciertos de música clásica,ópera, opereta, ballet, circo y folclore nacional, calificados como espectáculos públicos culturales por el Instituto Nacional de Cultura. La obligación tributaria se origina al momento del pago del derecho a presenciar el espectáculo. 2. Sujeto Pasivo del Impuesto Son sujetos pasivos del impuesto las personas que adquieran entradas para asistir a los espectáculos. Son responsables tributarios, en calidad de agentes
  • 42. 42 perceptores del impuesto, las personas que organicen el espectáculo, siendo responsable solidario al pago del mismo el conductor del local donde se realice el espectáculo afecto. 3. Base Imponible del Impuesto La base imponible del impuesto está constituida por el valor de entrada para presenciar o participar en los espectáculos. 4. Tasa del Impuesto - Espectáculos Taurinos: 15% - Carreras de caballos: 15% - Espectáculos cinematográficos: 10% - Otros espectáculos: 15%  Contribuciones Municipales Según lo establece el Decreto Supremo Nº 156-2004-EF LEY DE TRIBUTACION MUNICIPAL, las contribuciones municipales es el tributo cuya obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la realización de obras públicas o de actividades estatales. Las contribuciones municipales son las siguientes:  CONTRIBUCION ESPECIAL DE OBRAS PÚBLICAS La Contribución Especial de Obras Públicas grava los beneficios derivados de la ejecución de obras públicas por la Municipalidad. Las Municipalidades emitirán las normas procesales para la recaudación, fiscalización y administración de las contribuciones. 6.- OBJETIVOS 6.1. GENERAL Concientizar y establecer mecanismos para reducir las deudas tributarias, dando a conocer a los contribuyentes la importancia de tributar oportunamente. 6.2. OBJETIVOS ESPECIFICOS  Desarrollar mecanismos que permiten reducir la morosidad.  Efectuar incentivos tributarios, sensibilizando mediante difusión masivo (radio, televisión, gigantografia, volantes, afiches, etc.)  Incentivar a los contribuyentes por su pronto pago o puntualidad de contribución con premios a fin de año como sorteos de electrodomésticos.
  • 43. 43 7. DESARROLLO ENCUENTA REALIZADO A LOS CIUDADANOS DE LA PROVINCIA DE SATIPO PARA DETERMINAR LAS CAUSAS DEL INCUMPLIMIENTO EN EL PAGO DE SUS TRIBUTOS Al realizar la encuesta a los Ciudadanos de la Provincia de Satipo para saber cuál es la razón del incumplimiento de los pagos de los tributos, se obtuvieron los siguientes resultados:  Se desconoce los gastos que realiza la entidad con el dinero que se recauda.  Ignoran lo que es un tributo.  Falta de Medios Económicos.  No hay exigibilidad en el pago de los tributos.  Los recaudadores no llegan a la zona donde vive el contribuyente. GRÁFICOS DE LA ENCUESTA Pregunta Nº 01 ¿Porque existe la Morosidad tributaria en la Provincia de Satipo? CUADRO Nº 01 RESPUESTA PORCENTAJE Conciencia tributaria Factor económico Descontento con la gestión Desconoce de sus Tributos municipales No sabe /no opina TOTAL FUENTE: ELABORADO POR LA AUTORA
  • 44. 44 Pregunta Nº 02 ¿Cuál cree Ud. que sea el motivo que los contribuyentes no pagan sus tributos municipales? CUADRO Nº 02 RESPUESTA PORCENTAJE Deudas bancarias con otras entidades Recursos económicos Cultura tributaria No benéfica a la población No sabe /no opina TOTAL FUENTE: ELABORADO POR LA AUTORA
  • 45. 45 Pregunta Nº 03 ¿Cuál sería la forma de pago que Ud. se acogería para cancelar sus Tributos Municipales? CUADRO N°3 RESPUESTA PORCENTAJE Al contado Por cuotas trimestrales Fraccionado Otros TOTAL FUENTE: ELABORADO POR LA AUTORA
  • 46. 46 Pregunta Nº 04 ¿En qué cree Ud. que se destina el dinero que paga por sus tributos Municipales? CUADRO N°4 RESPUESTA PORCENTAJE Mejora en los servicios municipales Incremento de obras publicas Mejora en la calidad de atención al contribuyente otros TOTAL FUENTE: ELABORADO POR LA AUTORA
  • 47. 47 Pregunta Nº 05 ¿En su condición de Contribuyente de esta Provincia cual serían las estrategias que debe proponer la Municipalidad Provincial de Satipo para los pagos de sus tributos Municipales? CUADRO N°5 RESPUESTA PORCENTAJE Beneficios tributario (Amnistía, descuentos) Incentivos (sorteo, regalos) Campaña de sensibilización tributaria-radio ,tv, afiches, etc. Otros TOTAL FUENTE: ELABORADO POR LA AUTORA
  • 48. 48 7.- DESARROLLO 7.1 MECANISMOS QUE TIENE LA MUNICIPALIDAD 7.1.1 PRESUPUESTO MUNICIPAL Es un instrumento de gestión que expresa la previsión de ingresos y gastos de manera equilibrada. Basado en las orientaciones, objetivos y políticas contenidas en los planes de desarrollo integrales formulados en cada municipalidad  Debe ser EQUILIBRADO  Debe estar basado en PLANES DE DESARROLLO CONCERTADOS  Debe ser a un Año fiscal 7.1.2 FASES DEL PROCESO PRESUPUESTAL
  • 49. 49 7.1.3 ESTRUCTURA DE PRESUPUESTO 7.1.4 FUENTES DE FINANCIAMIENTO FUENTES DE FINANCIAMIENTO RUBROS AÑO 2017 AÑO 2018 07 FONDO DE COMPENSACION MUNICIPAL 27,118,301.00 28,257,273.00 08 IMPUESTOS MUNICIPALES 1,454,507.00 2,265,594.00 09 RECURSOS DIRECTAMENTE RECAUDADOS 3,251,822.00 4,124,025.00 18 CANON Y SOBRECANON 963,008.00 1,003,454.00 32,787,638.00 35,650,346.00 8.73%
  • 50. 50 7.1.5 TECHO PRESUPUESTAL PARA BIENES SERVICIOS Y EQUIPAMIENTO AÑO FISCAL 2017-2018 UNIDAD ORGANICA PRESUPUESTO 2017 PRESUPUESTO 2018 19. GERENCIA DE RENTAS 187,970 204,382 19.1. GERENCIA DE RENTAS 45,879 49,884 19.2. SUB GERENCIA DE ORIENTACION TRIBUTARIA 41,871 45,527 19.3. SUB GERENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL 40,696 44,249 19.4. SUB GERENCIA DE FISCALIZACION TRIBUTARIA 25,534 27,763 19.5. SUB GERENCIA DE EJECUTORIA COACTIVA 33,990 36,958 7.2 MECANISMO PARA REDUCIR LA MORASIDAD  REGISTRO DE CONTRIBUYENTES Se cuenta con registros de contribuyentes actualizados, logran alcanzar de una forma eficiente una mayor recaudación, con el programa SIAF- rentas-GL y el plano catastral actualizados mediante Cofopri un módulo denominado “Receptoría” que incluye la cuenta corriente o registro de contribuyentes.
  • 51. 51
  • 52. 52  FIZCALIZACION Mediante la fiscalización se va obtener nuevos registro y actualizaciones de predios registrados y no registrados, la cual va conllevar que los contribuyentes no evadan sus tributos que le corresponde pagar.  MEDIOS DE PAGO O CONSULTAS Facilitar al contribuyente o usuario medios alternativos de pago consultas. - Consultas telefónicas - Información de sus deudas a través en la página institucional - Números de cuentas para que realicen sus pagos sin necesidad que se acerquen a la municipalidad. 7.3 BENEFICIOS E INCENTIVOS TRIBUTARIO POR EL PRONTO PAGO  DIFUCION Y SENSIBILIZACION MEDIANTE MEDIOS MASIVOS -Televisión -Radio -Gigantografias -Volantes -Afiches Radial Dando a conocer a la población lo importante que son las fechas de pago de su impuesto predial y arbitrios Municipales y de los beneficios tributarios que brinda la Municipalidad por su pronto pago.
  • 54. 54 GIGANTOGRAFIAS 7.4 EDUCACION Y SENSIBILIZACION TRIBUTARIA Se debe tenerse presente que el artículo 17 del Código Municipal establece que una de las obligaciones que tienen los vecinos hacia el municipio en el que residen es Contribuir a los gastos públicos municipales, en la forma prescrita por la ley. La mayor parte de los ingresos propios que recibe la municipalidad tienen un destino específico: a) Las tasas para cubrir el mantenimiento y prestación del servicio; b) Las contribuciones por mejoras para sufragar el costo de obras de infraestructura; Esta circunstancia debe aprovecharse para demostrar a los vecinos que el uso que se está dando a los pagos que ellos hacen está apegado a lo que las leyes establecen. Así como para hacerles saber, si ese fuere el caso, que los ingresos que se perciben por el cobro de una tasa, son insuficientes para prestar un buen servicio. La forma más apropiada para hacer conciencia en los vecinos de la importancia del pago de sus tributos municipales es comunicándoles el uso que se da a
  • 55. 55 los ingresos que se perciben, por medio de informes de rendición de cuentas. Una vía para hacerlo es mediante el Consejo Municipal.  OBJETIVOS Y FINALIDADES DE LA EDUCACIÓN FISCAL La educación fiscal tiene como objetivo primordial transmitir ideas, valores y actitudes favorables a la responsabilidad tributaria y contrarios a las conductas defraudadoras. Su finalidad no es tanto facilitar contenidos académicos con contenidos morales, sino deba tratarse en el aula como un tema de responsabilidad ciudadana.
  • 56. 56 8.- ANALISIS DE LOS RESULTADOS TENDENCIA DE RECAUDACIÒN 2017 GERENCIA DE RENTAS (VALOR INSOLUTO) Nº RUBRO PIA 2017 ENERO FEBRERO MARZO ABRIL MAYO JUNIO JULIO AGOSTO SETIEMBRE OCT. NOV. DIC. TOTAL INDICADOR % IMP.MUNICIPALES 1 Impuesto Predial 1,135,000.00 85,509.38 213,649.76 183,211.87 111,056.82 144,326.55 148,774.37 149,034.04 418,783.66 56,159.02 54,159.78 67,012.21 1,564,828.25 2 Impuesto Alcabala 199,210.00 426.98 11612.55 24,809.42 37,285.63 5,727.50 2,953.58 10,729.55 45,173.93 74,904.20 16,688.36 21,419.17 230,311.70 3 Impuesto Vehicular 40,245.00 0.00 3,090.01 5,336.16 2,874.94 7,856.67 1,501.60 5,471.88 5,212.98 307.68 324.04 4,967.90 31,975.96 4 Impuesto a los Espectaculos 1,022.00 0.0 0.0 1350.00 643.50 2414.10 0.00 540.00 0 0 2,865.00 1,300.00 7,812.60 SUB TOTAL 1,375,477.00 85,936.36 228,352.32 214,707.45 151,860.89 160,324.82 153,229.55 165,775.47 469,170.57 131,370.90 74,200.18 94,699.28 0.00 1,834,928.51 ARBITRIOS MUNICIPALES 1 Barrido de Calles 383,157.00 10,008.33 16,550.64 18,048.91 8,634.13 9,931.73 8,406.44 13,278.31 38,370.02 5,185.69 4,048.28 3,720.09 132,462.48 2 Recojo de Residuos Solidos 27,477.14 35,007.87 42,748.77 27,867.05 28,899.06 28,229.50 36,152.27 127,943.63 13,690.20 16,042.45 10,549.41 384,057.94 3 Parques y Jardines 80,556.00 11,583.57 24,868.48 24,880.29 13,900.22 11,888.19 13,423.26 19,854.40 53,363.27 8,386.08 6,524.29 8,199.29 188,672.05 4 Serenazgo 198,042.00 22,437.31 40,236.94 41,586.82 24,947.94 25,916.90 25,790.40 43,247.61 110,805.30 13,920.11 10,674.29 11,996.87 359,563.62 SUB TOTAL 661,755.00 71,506.35 116,663.93 127,264.79 75,349.34 76,635.88 75,849.60 112,532.59 330,482.22 41,182.08 37,289.31 34,465.66 1,064,756.09 TOTALES 2,037,232.00 157,442.71 345,016.25 341,972.24 227,210.23 236,960.70 229,079.15 278,308.06 799,652.79 172,552.98 111,489.49 129,164.94 2,899,684.60 142.33
  • 57. 57  El cuadro de tendencia de recaudación 2017 de la Gerencia De Rentas refleja los montos mensuales recaudados de los tributos municipales; la cual es un indicador de buen desempeño que se viene realizando.  El indicador en porcentajes nos refleja un 142.33% eso nos indica que la recaudación gobal de los tributos se está cumpliendo y superando los limites programados para el año 2017.  Los resultados obtenidos, que reflejan el cuadro de tendencia de recaudación son parte de una estrategia bien elaborada y planificada para una mejor captación y recaudación de los Tributos municipales.  Su colaboración y participación del personal que labora en la gerencia de rentas es muy eficiente y eficaz para el logro de los objetivos; la cual se 157,442.71 345,016.25 341,972.24 227,210.23 236,960.70 229,079.15 278,380.06 799,652.79 172,552.98 111,489.49 0.00 100,000.00 200,000.00 300,000.00 400,000.00 500,000.00 600,000.00 700,000.00 800,000.00 900,000.00 TENDENCIA DE RECAUDACION2017 Serie 1
  • 58. 58 9.- CONCLUSIONES 1. La gerencia de Rentas (Administración tributaria) es el órgano de línea, encargado de administrar las actividades y proyectos orientados a impulsar la captación de los ingresos tributarios y obligación administrativa propia del sistema de gestión tributario municipal; estableciendo las políticas de gestión y las estrategias adecuadas para simplificar el sistema tributario municipal y garantizar la consecución de los objetivos institucionales. 2. La Municipalidad provincial de satipo atravez de la Gerencia de Rentas tiene bien Definidas las estrategias que permiten una mejor recaudación de los tributos Municipales; la cual se refleja en los indicadores del cuadro de tendencia de recaudación 2017. 3. El sistema integrado SIAF de rentas es un sistema integral, confiable, actualizado por el MEF; la cual brinda facilidades para los registros y determinación de Impuestos y taza. 4. La amnistías tributarias, se han convertido en “arreglos que rebotan” que muy por el contrario en vez de incentivar el pago de las deudas tributarias, acrecienta la cultura del no pago. 5. Los beneficios y incentivos tributarios por el pronto pago de los tributos, son estrategias muy beneficiosos para la obtención de una mayor recaudación de los tributos; por lo tanto de deben realizar con mayor frecuencia dentro del año fiscal. 5. El personal que labora tiene vocación de servicio, trabaja en equipo Identificando los objetivos gerenciales de la institución.
  • 59. 59 10.- RECOMENDACIONES 1. Implementar con infraestructura adecuada. 2. Se sugiere mayor iluminación y ventilación en la oficina 3. Adquirir más equipos de cómputo para agilizar las operaciones de cobranza y brindar mayor satisfacción al púbico 4. .Hacer efectivo las medidas de cobranza coactiva con las centrales de riesgo para una mayor recaudación reducir La morosidad que existe en la Población. 5. Plantear estrategias para concientizar a la población sobre la importancia de tributar en las fechas oportunas. 6. mayor difusión radial y televisiva de los beneficios tributarios que bringa la municipalidad. 7. Capacitar al personal de rentas periódicamente para un mayor Desenvolvimiento en sus funciones y lograr cumplir con las metas trazadas de la Gerencia. 8. Incremento de personal notificador para distribución de las notificaciones y ordenes de pagos de los tributos municipales. 9. Realizar empadronamientos a los establecimiento comerciales y contribuyentes con el fin de obtener más ingresos tributarios.
  • 60. 60 11.- REFERENCIA BIBLIOGRAFICAS 1. http://www.martingarcialo.com/bolg/lostributos-concepto-yclasificacion/. 2. http://www.monografias.com/trabajos36/satisfaccion_laboral/. 3. Manual tributario 2011-Estudio Caballero Bustamante. 4. Cogido tributario comentado y concordado-actualidad Empresarial Edición 2017. 5. Municipalidades legislación y jurisprudencia, editorial normal legales S.A.Trujillo1989. 6. Ley Nº27972 Ley Orgánica de Municipalidades 7. http://www.monografias.comtrabajos93/separata-derecho- tributario/separata-derechoTributario2. 8. Página web la Municipalidad Provincial de Satipo http://www.munisatipo.gog.pe/
  • 62. 62