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PENA DE MUERTE BELÉN VALVERDE MORALES 5º CARMEN LAURA GARCÍA BOLIVAR 5º
ÍNDICE 1. ¿Qué es la pena de muerte? 2. Historia de la pena de muerte. 3. La pena de muerte en el mundo. 4. Tipos de pena de muerte. 5. Algunas fotos de la pena de muerte. 6. Datos de ejecuciones. 7. Argumentos a favor y en contra. 8.  La pena de muerte en  España. 9. Conclusión
1.LA PENA DE MUERTE ES La pena de muerte, pena capital o ejecución consiste en provocar la muerte de un condenado por parte del Estado, como castigo por un delito establecido en la legislación; los delitos a los cuales se aplican esta sanción penal suelen denominarse crímenes o delitos capitales. La ejecución de criminales y disidentes políticos ha sido empleada por casi todas las sociedades. En muchos países donde aún se aplica la pena de muerte, se la reserva como castigo para crímenes de asesinato, espionaje, traición, o como parte del Derecho militar. En algunos países se aplica también para castigar delitos sexuales, siendo considerados como tales el adulterio o la sodomía. También se castiga con pena de muerte en otros países la apostasía, la renuncia formal a la propia religión. En un momento u otro de su historia, tanto para castigar el crimen como para suprimir la disensión política.
2.HISTORIA DE LA PENA DE MUERTE El uso de la ejecución formal como castigo se remonta prácticamente a los principios mismos de la historia escrita. Muchos registros históricos, así como prácticas tribales primitivas, indican que la pena de muerte ha sido parte de los sistemas judiciales desde el principio de la existencia de los mismos; los castigos comunitarios incluían generalmente compensación por parte del infractor, castigo corporal, repudio, exilio y ejecución. Sin embargo, en comunidades pequeñas los crímenes suelen ser raros, y el asesinato resulta ser casi siempre un crimen pasional. Por esa razón las ejecuciones y el exilio solían ser castigos muy infrecuentes. Usualmente se solía emplear la compensación o el repudio. Sin embargo, estas no son respuestas eficaces cuando el crimen es cometido por individuos ajenos a la comunidad. En consecuencia, todo crimen, por pequeño que fuera, tendía a ser considerado como un ataque a toda la comunidad si era cometido por un extranjero, y era castigado con severidad.
Los métodos variaban, desde palizas hasta esclavitud o ejecución. Sin embargo, la respuesta a crímenes cometidos por tribus o comunidades vecinas incluían disculpas formales, compensaciones o incluso vendettas. Cuando no existe un sistema de arbitraje entre familias o tribus, o, existiendo, dicho sistema falla, se producen disputas familiares o «vendettas». Esa forma primitiva de justicia era común antes de la aparición de los sistemas de arbitraje basados en Estados o en la religión organizada. Podía desembocarse en su uso por crímenes, disputas de tierra o la aplicación de códigos de honor: «Los actos de venganza resaltan la habilidad del colectivo social de defenderse a sí mismo, y demuestran a sus enemigos (así como a los aliados potenciales) que los daños a las propiedades, derechos o personas miembros de dicho colectivo no quedarán impunes». Sin embargo, en la práctica suele ser difícil distinguir entre una guerra de venganza, pensada como castigo por una ofensa, y una de conquista.
Las formas más elaboradas de arbitraje de discusiones incluían condiciones y tratados de paz hechos con frecuencia dentro de un contexto religioso, con un mecanismo de compensación también de base religiosa. Se basaba la compensación en el principio de «sustitución», que podía incluir compensaciones materiales (en ganado o esclavos), intercambio de novias o novios, o pago de la deuda de sangre. Las normas de cada tribu o sociedad podían permitir que se pagara la sangre humana derramada con sangre animal, que se compensara con dinero de sangre, o en algunos casos, exigir el pago mediante el ofrecimiento de un ser humano para su ejecución. La persona ofrecida no tenía porqué ser el perpetrador original del crimen, ya que el sistema se basaba en las tribus, no en los individuos. Las disputas de sangre podían ser resueltas en reuniones periódicas, como en los Things vikingos. A pesar de su origen primitivo, los sistemas basados en disputas de sangre pueden sobrevivir de forma paralela a otros sistemas legales más modernos, o ser incluso aceptados en juicios (por ejemplo el caso de los juicios por combate). Una de las formas modernas más refinadas de la disputa de sangre es el duelo.
En ciertas partes del mundo emergieron naciones con la forma de repúblicas, monarquías u oligarquías tribales. Estas naciones solían unirse mediante lazos comunes lingüísticos, religiosos o familiares. La expansión de este tipo de naciones solía darse por conquista de tribus o naciones vecinas. En consecuencia, emergieron varias clases de realeza, nobleza, ciudadanía y esclavitud, por lo que los sistemas de arbitraje tribal tuvieron que modernizarse para formar un sistema de justicia que formalizara la relación entre las distintas «clases» dentro de la misma sociedad, en lugar de entre distintas «tribus» relativamente independientes. El primer y más famoso sistema de justicia conocido para este nuevo tipo de justicia es el Código de Hammurabi, que establecía penas y compensaciones de acuerdo con las distintas clases o grupos sociales de las víctimas y los infractores.
3.LA PENA DE MUERTE EN EL MUNDO Por lo menos desde la Segunda Guerra Mundial existe una tendencia clara a nivel mundial hacia la abolición de la pena de muerte. En 1977, 16 países eran abolicionistas de facto, cantidad que asciende en el 2007 a 128: 89 países han abolido la pena capital para todos los crímenes, 10 para todos excepto bajo circunstancias especiales (generalmente en estado de guerra), y otros 29 hace más de 10 años que no la aplican. 69 países aún contemplan la pena de muerte dentro de su legislación; varios de ellos permiten su aplicación a menores de 18 años (en el 2006 Irán ejecutó a 4 menores, y Pakistán a uno). La República Popular China realizó más de 3.400 ejecuciones en el 2004, más del 90% del total mundial. Aunque en algunos casos se emplea un pelotón de ejecución, China ha decidido recientemente que todas las ejecuciones se realicen mediante inyección letal, generalmente efectuadas empleando furgonetas de ejecución de la marca Iveco. Irán realizó 159 ejecuciones en el 2004. En los Estados Unidos de América, Texas es el estado que más ejecuciones realiza, con 370 entre 1976 y 2006. Singapur es el país con más ejecuciones per cápita del mundo, con 70 ahorcamientos para una población de cerca de 4 millones, y tiene, junto con Japón, la menor tasa de asesinatos.
4.TIPOS DE PENA DE MUERTE Hay:  - En la silla eléctrica. Al asesino lo sientan en una silla con electricidad y le dan a un botón y se muere de insofacto. - Con inyecciones. Le pinchan una inyección que provoca que le dé un infarto.... - Garrote vil. Al asesino le ponen un collar de hierro, que por medio de un tornillo, con una bola al final retrocedía produciendo la muerte al reo por la dislocación de la apófisis de la vértebra axis sobre el atlas en la columna cervical, es decir, se le rompe el cuello a la víctima, que muere de esta manera rápidamente.
5.Algunas fotos de  la pena de muerte
6.DATOS DE EJECUCIÓN PAÍS MUERTE Estados Unidos  52 Irak 120 Arabia Saudí 69 Yemen  30 88  países y territorios han abolido la pena de muerte para  todos los delitos. Algunos de ellos son:
RAZA AÑO 1987 1997 Blanco 1128 1876 Negro 813 1406 Indio Americano 17 28 Asiático 9 17 Otros 0 8
7.ARGUMENTOS A FAVOR Y EN CONTRA  Deberían poner la pena de muerte en todos los países y sobretodo en los países que hay más delitos porque hay gente que comete delitos y sabe que solo va a estar muy poco tiempo en la cárcel y  algunos delincuentes se ríen de la justicia. También a veces  se escapan de la cárcel y no los vuelven a encontrar o los encuentran pero cuando ya han matado a una o varias personas. La primera vez se podría perdonar si no fuera grave  pero la segunda ya no porque eso es señal de que va a seguir matando.
8.LA PENA DE MUERTE EN ESPAÑA La pena de muerte fue abolida del código penal militar con la ley orgánica 11/95 del 27 noviembre. Esta ley fue aprobada con el apoyo de todos los partidos políticos, representados en el Congreso de los Diputados, el 27 noviembre de 1995, de tal forma que abolía la pena de muerte en tiempos de guerra, que vino a completar la abolición y a convertirla en absoluta. La actual Constitución de 1978 establece su abolición, excepto en tiempos de guerra. La pena de muerte fue utilizada en España sin interrupción hasta 1932, cuando fue abolida a raíz de una reforma del Código Penal introducida durante la Segunda República. Fue restablecida en octubre de 1934, para delitos de terrorismo y bandolerismo. Francisco Franco la reincorporó plenamente al código penal en 1938, argumentando que su abolición no era compatible con el buen funcionamiento de un estado. Las últimas ejecuciones en España fueron las de dos miembros de ETA y tres del FRAP, fusilados el 17 de septiembre de 1975.
9.CONCLUSIÓN Nosotras estamos a favor de la pena de muerte porque no es justo que personas buenas sin hacer daño a otras las maten y el asesino no pague y que lo metan en la cárcel solo por un tiempo. También pensamos en las personas que han matado por equivocación que su familia debe de estar muy mal por eso, y que el delincuente se haya también reído de esa familia matando a su hija u otro familiar. Pero para que no pase eso podrían investigar muy bien el caso y hacer muchas pruebas así aunque sea en una debe salir lo correcto y seguirían investigando.
FIN

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La pena de muerte

  • 1. PENA DE MUERTE BELÉN VALVERDE MORALES 5º CARMEN LAURA GARCÍA BOLIVAR 5º
  • 2. ÍNDICE 1. ¿Qué es la pena de muerte? 2. Historia de la pena de muerte. 3. La pena de muerte en el mundo. 4. Tipos de pena de muerte. 5. Algunas fotos de la pena de muerte. 6. Datos de ejecuciones. 7. Argumentos a favor y en contra. 8. La pena de muerte en España. 9. Conclusión
  • 3. 1.LA PENA DE MUERTE ES La pena de muerte, pena capital o ejecución consiste en provocar la muerte de un condenado por parte del Estado, como castigo por un delito establecido en la legislación; los delitos a los cuales se aplican esta sanción penal suelen denominarse crímenes o delitos capitales. La ejecución de criminales y disidentes políticos ha sido empleada por casi todas las sociedades. En muchos países donde aún se aplica la pena de muerte, se la reserva como castigo para crímenes de asesinato, espionaje, traición, o como parte del Derecho militar. En algunos países se aplica también para castigar delitos sexuales, siendo considerados como tales el adulterio o la sodomía. También se castiga con pena de muerte en otros países la apostasía, la renuncia formal a la propia religión. En un momento u otro de su historia, tanto para castigar el crimen como para suprimir la disensión política.
  • 4. 2.HISTORIA DE LA PENA DE MUERTE El uso de la ejecución formal como castigo se remonta prácticamente a los principios mismos de la historia escrita. Muchos registros históricos, así como prácticas tribales primitivas, indican que la pena de muerte ha sido parte de los sistemas judiciales desde el principio de la existencia de los mismos; los castigos comunitarios incluían generalmente compensación por parte del infractor, castigo corporal, repudio, exilio y ejecución. Sin embargo, en comunidades pequeñas los crímenes suelen ser raros, y el asesinato resulta ser casi siempre un crimen pasional. Por esa razón las ejecuciones y el exilio solían ser castigos muy infrecuentes. Usualmente se solía emplear la compensación o el repudio. Sin embargo, estas no son respuestas eficaces cuando el crimen es cometido por individuos ajenos a la comunidad. En consecuencia, todo crimen, por pequeño que fuera, tendía a ser considerado como un ataque a toda la comunidad si era cometido por un extranjero, y era castigado con severidad.
  • 5. Los métodos variaban, desde palizas hasta esclavitud o ejecución. Sin embargo, la respuesta a crímenes cometidos por tribus o comunidades vecinas incluían disculpas formales, compensaciones o incluso vendettas. Cuando no existe un sistema de arbitraje entre familias o tribus, o, existiendo, dicho sistema falla, se producen disputas familiares o «vendettas». Esa forma primitiva de justicia era común antes de la aparición de los sistemas de arbitraje basados en Estados o en la religión organizada. Podía desembocarse en su uso por crímenes, disputas de tierra o la aplicación de códigos de honor: «Los actos de venganza resaltan la habilidad del colectivo social de defenderse a sí mismo, y demuestran a sus enemigos (así como a los aliados potenciales) que los daños a las propiedades, derechos o personas miembros de dicho colectivo no quedarán impunes». Sin embargo, en la práctica suele ser difícil distinguir entre una guerra de venganza, pensada como castigo por una ofensa, y una de conquista.
  • 6. Las formas más elaboradas de arbitraje de discusiones incluían condiciones y tratados de paz hechos con frecuencia dentro de un contexto religioso, con un mecanismo de compensación también de base religiosa. Se basaba la compensación en el principio de «sustitución», que podía incluir compensaciones materiales (en ganado o esclavos), intercambio de novias o novios, o pago de la deuda de sangre. Las normas de cada tribu o sociedad podían permitir que se pagara la sangre humana derramada con sangre animal, que se compensara con dinero de sangre, o en algunos casos, exigir el pago mediante el ofrecimiento de un ser humano para su ejecución. La persona ofrecida no tenía porqué ser el perpetrador original del crimen, ya que el sistema se basaba en las tribus, no en los individuos. Las disputas de sangre podían ser resueltas en reuniones periódicas, como en los Things vikingos. A pesar de su origen primitivo, los sistemas basados en disputas de sangre pueden sobrevivir de forma paralela a otros sistemas legales más modernos, o ser incluso aceptados en juicios (por ejemplo el caso de los juicios por combate). Una de las formas modernas más refinadas de la disputa de sangre es el duelo.
  • 7. En ciertas partes del mundo emergieron naciones con la forma de repúblicas, monarquías u oligarquías tribales. Estas naciones solían unirse mediante lazos comunes lingüísticos, religiosos o familiares. La expansión de este tipo de naciones solía darse por conquista de tribus o naciones vecinas. En consecuencia, emergieron varias clases de realeza, nobleza, ciudadanía y esclavitud, por lo que los sistemas de arbitraje tribal tuvieron que modernizarse para formar un sistema de justicia que formalizara la relación entre las distintas «clases» dentro de la misma sociedad, en lugar de entre distintas «tribus» relativamente independientes. El primer y más famoso sistema de justicia conocido para este nuevo tipo de justicia es el Código de Hammurabi, que establecía penas y compensaciones de acuerdo con las distintas clases o grupos sociales de las víctimas y los infractores.
  • 8. 3.LA PENA DE MUERTE EN EL MUNDO Por lo menos desde la Segunda Guerra Mundial existe una tendencia clara a nivel mundial hacia la abolición de la pena de muerte. En 1977, 16 países eran abolicionistas de facto, cantidad que asciende en el 2007 a 128: 89 países han abolido la pena capital para todos los crímenes, 10 para todos excepto bajo circunstancias especiales (generalmente en estado de guerra), y otros 29 hace más de 10 años que no la aplican. 69 países aún contemplan la pena de muerte dentro de su legislación; varios de ellos permiten su aplicación a menores de 18 años (en el 2006 Irán ejecutó a 4 menores, y Pakistán a uno). La República Popular China realizó más de 3.400 ejecuciones en el 2004, más del 90% del total mundial. Aunque en algunos casos se emplea un pelotón de ejecución, China ha decidido recientemente que todas las ejecuciones se realicen mediante inyección letal, generalmente efectuadas empleando furgonetas de ejecución de la marca Iveco. Irán realizó 159 ejecuciones en el 2004. En los Estados Unidos de América, Texas es el estado que más ejecuciones realiza, con 370 entre 1976 y 2006. Singapur es el país con más ejecuciones per cápita del mundo, con 70 ahorcamientos para una población de cerca de 4 millones, y tiene, junto con Japón, la menor tasa de asesinatos.
  • 9. 4.TIPOS DE PENA DE MUERTE Hay: - En la silla eléctrica. Al asesino lo sientan en una silla con electricidad y le dan a un botón y se muere de insofacto. - Con inyecciones. Le pinchan una inyección que provoca que le dé un infarto.... - Garrote vil. Al asesino le ponen un collar de hierro, que por medio de un tornillo, con una bola al final retrocedía produciendo la muerte al reo por la dislocación de la apófisis de la vértebra axis sobre el atlas en la columna cervical, es decir, se le rompe el cuello a la víctima, que muere de esta manera rápidamente.
  • 10. 5.Algunas fotos de la pena de muerte
  • 11. 6.DATOS DE EJECUCIÓN PAÍS MUERTE Estados Unidos 52 Irak 120 Arabia Saudí 69 Yemen 30 88 países y territorios han abolido la pena de muerte para todos los delitos. Algunos de ellos son:
  • 12. RAZA AÑO 1987 1997 Blanco 1128 1876 Negro 813 1406 Indio Americano 17 28 Asiático 9 17 Otros 0 8
  • 13. 7.ARGUMENTOS A FAVOR Y EN CONTRA Deberían poner la pena de muerte en todos los países y sobretodo en los países que hay más delitos porque hay gente que comete delitos y sabe que solo va a estar muy poco tiempo en la cárcel y algunos delincuentes se ríen de la justicia. También a veces se escapan de la cárcel y no los vuelven a encontrar o los encuentran pero cuando ya han matado a una o varias personas. La primera vez se podría perdonar si no fuera grave pero la segunda ya no porque eso es señal de que va a seguir matando.
  • 14. 8.LA PENA DE MUERTE EN ESPAÑA La pena de muerte fue abolida del código penal militar con la ley orgánica 11/95 del 27 noviembre. Esta ley fue aprobada con el apoyo de todos los partidos políticos, representados en el Congreso de los Diputados, el 27 noviembre de 1995, de tal forma que abolía la pena de muerte en tiempos de guerra, que vino a completar la abolición y a convertirla en absoluta. La actual Constitución de 1978 establece su abolición, excepto en tiempos de guerra. La pena de muerte fue utilizada en España sin interrupción hasta 1932, cuando fue abolida a raíz de una reforma del Código Penal introducida durante la Segunda República. Fue restablecida en octubre de 1934, para delitos de terrorismo y bandolerismo. Francisco Franco la reincorporó plenamente al código penal en 1938, argumentando que su abolición no era compatible con el buen funcionamiento de un estado. Las últimas ejecuciones en España fueron las de dos miembros de ETA y tres del FRAP, fusilados el 17 de septiembre de 1975.
  • 15. 9.CONCLUSIÓN Nosotras estamos a favor de la pena de muerte porque no es justo que personas buenas sin hacer daño a otras las maten y el asesino no pague y que lo metan en la cárcel solo por un tiempo. También pensamos en las personas que han matado por equivocación que su familia debe de estar muy mal por eso, y que el delincuente se haya también reído de esa familia matando a su hija u otro familiar. Pero para que no pase eso podrían investigar muy bien el caso y hacer muchas pruebas así aunque sea en una debe salir lo correcto y seguirían investigando.
  • 16. FIN