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CÓDIGO TÉCNICO DE LA
     EDIFICACIÓN:
IMPLICACIONES EN LAS
   CONDICIONES DE
  SEGURIDAD DE LOS
LUGARES DE TRABAJO.
    ALONSO BARAZA PEREGRÍN
    Técnico de Prevención
    E-mail: alonso_baraza@fremap.es
                                      © FREMAP
¿Todo lugar de trabajo está
   situado en un edificio?
¿Qué edificios no son lugares
         de trabajo?
 ¿Qué lugares de trabajo no
        son edificios?
   ¿Se aplican las mismas
 normas a los edificios que a
   los lugares de trabajo?
                          © FREMAP
¿En que se parece un edificio
      a una maquina?




                          © FREMAP
LEY DE ORDENACION DE
LA EDIFICACION
    EDIFICIO:



          Construcción fija de carácter
         permanente pública o privada,
       incluyendo elementos comunes o
      de urbanización, cuyo uso principal
      este comprendido en los siguientes
                   grupos:

4                                   © FREMAP
LEY DE ORDENACION DE
LA EDIFICACION
    A:
         • Administrativo
         • Sanitario
         • Religioso
         • Residencial
         • Docente
         • Cultural


5                           © FREMAP
LEY DE ORDENACION DE
LA EDIFICACION
    B:
     Aeronáutico        Telecomunicaciones
     Agropecuario       Forestal
     Energía            Industrial
     Hidráulico         Naval
     Minero             Saneamiento e higiene
     Transporte         Accesorio a:
            Terrestre        Obras de ingeniería
            Fluvial          Explotación de las mismas
            Marítimo
            Aéreo
6                                                  © FREMAP
LEY DE ORDENACION DE
LA EDIFICACION
    C:
         Cualquier otra edificación cuyo uso no
         esté expresamente relacionado en los
         grupos anteriores

         ES DECIR:
     ESTA NORMATIVA SE APLICA A
     CUALQUIER COSA CON PAREDES
     O TECHO
7                                           © FREMAP
LEY DE ORDENACION DE
LA EDIFICACION
    Proceso de edificación:
      • Acción y resultado de construir un edificio
        de cualquiera de los grupos anteriores.
      • Obras de ampliación, modificación,
        reforma o rehabilitación que modifiquen:
        • La composición general exterior
        • La volumetría
        • El conjunto del sistema estructural
        • El uso del edificio
8                                               © FREMAP
LEY DE ORDENACION DE
LA EDIFICACION
Proceso de edificación- Exclusiones:
    • Obras de escasa entidad y obras sencillas
      que:
      • No sean temporal o permanentemente:
        – Residenciales
        – Publicas
      • Tengan una sola planta



9                                             © FREMAP
LEY DE ORDENACION DE
LA EDIFICACION
Proceso de edificación- Exclusiones:
     • Obras de escasa entidad y obras sencillas
       que:
       • No sean temporal o permanentemente:
         – Residenciales
         – Publicas
       • Tengan una sola planta



10                                             © FREMAP
Edificio/Lugar de trabajo
11                               © FREMAP
R.D. 486/97   LUGARES DE TRABAJO

  Lugar de trabajo
   Cualquier área de un centro de
   trabajo, edificada o no en la que los
   trabajadores deban permanecer o
   puedan acceder incluyendo:
      -   Áreas de servicios higiénicos
      -   Locales de primeros auxilios
      -   Comedores
      -   Instalaciones de servicio o protección
 12                                          © FREMAP
R.D. 486/97     LUGARES DE TRABAJO

  Excepciones:

      •   Medios de transporte (OGSHT)
      •   Obras de construcción (RD 1627/97)
      •   Canteras y minas (RD 1389/1997)
      •   Buques de pesca (RD 1216/1997)
      •   Campos de cultivo, bosques o terrenos no
          cultivados. (OGSHT)


 13                                          © FREMAP
Edificios/Lugares de trabajo




14                                  © FREMAP
TODOS LOS EDIFICIOS NO SON
LUGARES DE TRABAJO NI TODOS LOS
    LUGARES DE TRABAJO SON
           EDIFICIOS



     Lugares de trabajo   Edificios




         R.D. 486/97      CTE
15                                    © FREMAP
Exigencias legales
                           LOE                                      LPRL
 Con el fin de garantizar la seguridad de las              Los trabajadores tienen
 personas, el bienestar de la sociedad y la                derecho a una protección
 protección del medio ambiente, los edificios              eficaz en materia de
 deberán proyectarse, construirse, mantenerse y            seguridad y salud en el
 conservarse de tal forma que se satisfagan los            trabajo.
 requisitos básicos siguientes:                            RD 486/97
     •Funcionalidad:                                       El empresario deberá
         •Utilización correcta
                                                           adoptar las medidas
         •Accesibilidad universal
                                                           necesarias para que la
         •Acceso a servicios
                                                           utilización de los lugares
     •Seguridad:
                                                           de trabajo no origine
         • Estructural
                                                           riesgos para la seguridad y
         • Incendio
         • De utilización y accesibilidad
                                                           salud de los trabajadores
                                                           o, si ello no fuese posible,
     •Habitabilidad:
         •Higiene, salud y protección del medio ambiente
                                                           para que tales riesgos se
         •Ruido                                            reduzcan al mínimo
         •Ahorro de energía y aislamiento térmico



16                                                                          © FREMAP
Exigencias legales
                           LOE                                     LPRL
 Con el fin de garantizar la seguridad de las              R.D.1627/97 POR EL QUE
 personas, el bienestar de la sociedad y la                SE ESTABLECEN
 protección del medio ambiente, los edificios              DISPOSICIONES MÍNIMAS
                                                           DE SEGURIDAD Y SALUD
 deberán proyectarse, construirse, mantenerse y            EN LAS OBRAS DE
 conservarse de tal forma que se satisfagan los            CONSTRUCCIÓN
 requisitos básicos siguientes:
     •Funcionalidad:
         •Utilización correcta
         •Accesibilidad universal
         •Acceso a servicios
     •Seguridad:
         • Estructural
         • Incendio
         • De utilización y accesibilidad
     •Habitabilidad:
         •Higiene, salud y protección del medio ambiente
         •Ruido
         •Ahorro de energía y aislamiento térmico


17                                                                        © FREMAP
DOCUMENTO BASE
              LOE                         LPRL - RD 486/97
CODIGO TECNICO DE                     ANEXOS DEL R.D.:
LA EDIFICACION:
     • EXIGENCIAS   BASICAS             •I Condiciones generales
        • SE Seguridad estructural      •II Orden, limpieza y
        • SI Seguridad en caso de       mantenimiento
        incendio                        •III Condiciones ambientales
        • SUA Seguridad de              •IV Iluminación
        utilización y accesibilidad
                                        • V Servicios higiénicos y de
        • HS Higiene; salud y           descanso
        protección del medio
                                        •VI Primeros auxilios
        ambiente
        • HE Ahorro de energía
        • HR Ruido
18                                                           © FREMAP
SUJETOS RESPONSABLES
           LOE        LPRL
Promotor                Empresario




      AGENTES DE
     LA EDIFICACION



19                           © FREMAP
Cualquier persona física o
               jurídica, pública o privada,
                     que, individual o
                colectivamente, decide,
                 impulsa, programa y
 EL PROMOTOR     financia, con recursos
                  propios o ajenos, las
               obras de edificación, para
                  sí o para su posterior
                 enajenación, entrega o
                 cesión a terceros bajo
                      cualquier título
20                                  © FREMAP
Cualquier persona física o
                          Obligaciones:
                jurídica, pública o privada,
               • Titularidad para construir o
                        que, individual
                 colectivamente, decide,
               • Facilitar información para el
               proyecto y modificaciones
                   impulsa, programa y
 EL PROMOTOR   • Gestionar licencias y permisos
               administrativos. con recursos
                  financia,
               • Suscribir el acta ajenos, las
                    propios o de recepción de
               obra
               •obras de edificación, para
                 Suscribir los seguros obligatorios
               • Entregarpara su posterior
                    sí o documentación al
               adquirente
                  enajenación, entrega o
                   cesión a terceros bajo
                         cualquier título
21                                        © FREMAP
EL PROYECTISTA   Es el agente que, por
                      encargo del promotor
                       y con sujeción a la
                       normativa técnica y
                           urbanística
                        correspondiente,
                      redacta el proyecto



22                                     © FREMAP
EL PROYECTISTA    Es el agente que, por
                              Obligaciones:
                       encargo del promotor
                      • Poseer titulación habilitantela
                          y conelsujeción a a
                      • Redactar proyecto conforme
                      las normas legalestécnica y
                         normativa vigentes.
                      • Redactar el proyecto de acuerdo
                                urbanística
                      con las especificaciones del
                           correspondiente,
                      cliente
                      • Visar el proyecto
                        redacta el proyecto



23                                                © FREMAP
EL CONSTRUCTOR Es el agente que asume,
                    contractualmente ante el
                    promotor , el compromiso
                    de ejecutar con medios
                     humanos y materiales,
                      propios o ajenos, las
                      obras o parte de las
                     mismas con sujeción al
                      proyecto y al contrato

24                                     © FREMAP
Es el agente que asume,
                                Obligaciones:
     EL CONSTRUCTOR • Ejecutar la obra de acuerdo a:
                      contractualmente ante el
                         • El proyecto
                     promotor , elvigente
                         • La legislación compromiso
                         • Las instrucciones de la dirección
                      de ejecutar con medios
                         facultativa
                      humanos y materiales,
                    • Designar al jefe de obra
                    • Asignar los medios necesarios
                    • Hacer las subcontrataciones las
                         propios o ajenos,
                    • Firmar las actas de comienzo y fin de
                    obra obras o parte de las
                    • Facilitar los datos necesarios paraal
                      mismas con obra       sujeción la
                    documentación de la
                    • Suscribir las garantias contrato
                        proyecto y al reglamentarias

25                                                   © FREMAP
Es el agente que, formando
                           parte de la dirección
     EL DIRECTOR DE        facultativa, dirige el
     OBRA             desarrollo de la obra en los
                           aspectos técnicos,
                       estéticos, urbanísticos y
                         medioambientales, de
                      conformidad con el proyecto
                       que la define, la licencia de
                           edificación y demás
                      autorizaciones preceptivas y
                      las condiciones del contrato,
                      con el objeto de asegurar su
                       adecuación al fin propuesto
26                                           © FREMAP
Es el agente que, formando
                             Obligaciones:
                           parte de la dirección
     EL DIRECTOR DE • Poseer titulacióndirige el
                           facultativa, adecuada
     OBRA           •desarrollo de la obra y los
                      Verificar que estructura en
                    cimentación son técnicos, al
                           aspectos adecuadas
                    terreno.
                       estéticos, urbanísticos y
                    • Resolver incidencias e de
                        medioambientales,
                    interpretar el proyecto
                    • conformidad con el proyecto
                      Elaborar las modificaciones al
                    proyecto define, la licencia de
                      que la
                    • Suscribir las actas demás
                           edificación y y
                     autorizaciones preceptivas y
                    certificaciones y visarlas
                    •las condiciones del contrato,
                      Elaborar y suscribir la
                    documentación de la obra
                     con el objeto de asegurar su
                      adecuación al fin propuesto
27                                           © FREMAP
Es el agente que,
EL DIRECTOR DE LA      formando parte de la
EJECUCIÓN DE LA OBRA   dirección facultativa,
                         asume la función
                       técnica de dirigir la
                        ejecución material
                          de la obra y de
                       controlar cualitativa
                       y cuantitativamente
                        la construcción y la
                            calidad de lo
                              edificado
28                                     © FREMAP
Obligaciones:
                            Es el agente que,
                     • Disponer de titulación
EL DIRECTOR DE LA         formando parte de la
                     adecuada
EJECUCIÓN DE LA OBRA • Verificar los ordenando de
                                     materiales
                          dirección facultativa,
                     construcción               las
                            asume la función
                     pruebas y ensayos
                     necesarios. de dirigir la
                          técnica
                           ejecución material
                     • Dirigir la ejecución material
                     de la obra de acuerdo con el
                             de la obra y de
                     proyecto y con el director de
                         controlar cualitativa
                     obra.
                         y cuantitativamente
                     • Consignar en el Libro de
                     Órdenes
                           la construcción y la
                     • Suscribir actas y
                                calidad de lo
                     certificaciones
                     • Colaboraredificado
                                   en la elaboración
                         de la documentación
29                                             © FREMAP
Son entidades de control
                         de la calidad de la
                        edificación aquéllas
                     capacitadas para prestar
                     asistencia técnica en la
ENTIDADES DE CONTROL     verificación de la
                      calidad del proyecto,
                      de los materiales y de
                     la ejecución de la obra
                     y de sus instalaciones
                         de acuerdo con el
                      proyecto y la normativa
                              aplicable
30                                     © FREMAP
Son laboratorios de
                ensayos para el control de
                la calidad de la edificación
                    los capacitados para
 LABORATORIOS        prestar asistencia
                   técnica, mediante la
                realización de ensayos o
                 pruebas de servicio de
                los materiales, sistemas
                  o instalaciones de una
                     obra de edificación

31                                     © FREMAP
Obligaciones:
                       Son laboratorios de
                 ensayos para el control de
                • la calidad de la edificación
                   Prestar la asistencia
                contratada.
                      los capacitados para
                • Entregar resultados a:
                       prestar asistencia
 LABORATORIOS       •Autor delmediante la
                     técnica, encargo
                 realización de ensayosde
                    •Director de ejecución o
                    obra
                   pruebas de servicio de
                •los materiales, sistemas
                   Estar debidamente
                acreditados
                    o instalaciones de una
                       obra de edificación

32                                      © FREMAP
Son los fabricantes,
SUMINISTRADORES        almacenistas,
                      importadores o
                vendedores de productos
                  de construcción con la
                 obligación de facilitar las
                  instrucciones de uso y
                   mantenimiento de los
                  productos entregados,
                    respondiendo de su
                origen, identidad y calidad

33                                      © FREMAP
Son Obligaciones:
                             los fabricantes,
                           almacenistas,
SUMINISTRADORES • Entregar los pedidos de acuerdo a
                          importadores o
                lo especificado
                • vendedores de productos
                  Responder de:
                    de construcción con la
                    • Origen
                    • Identidad
                  obligación de facilitar las
                    • Calidad
                    instrucciones de uso y
                    • Especificaciones técnicas
                     mantenimiento de los
                • Facilitar:
                    • Instrucciones de uso y
                    productos entregados,
                    mantenimiento
                    • Garantias de calidad su
                      respondiendo de
                 origen, identidad y calidad

34                                           © FREMAP
Son los dueños efectivos
               del edificio, pudiendo o no
                      ser usuarios.
                Tienen la obligación de
               mantener en buen estado
PROPIETARIOS    el edificio, mediante un
                     adecuado uso y
                 mantenimiento, siendo
               además responsables de
                   recibir, conservar y
                       transmitir la
               documentación de la obra
                (LIBRO DEL EDIFICIO)
35                                   © FREMAP
Son los agentes que, bajo
             cualquier titulo, gozan del
            derecho de uso del edificio,
           incluyendo las personas que
            trabajan, residen, visitan o
            pueden estar en el área de
                influencia del mismo.
              Todos están obligados a
USUARIOS   utilizar el edificio de acuerdo
           con las instrucciones de uso
                   y mantenimiento
              (LIBRO DEL EDIFICIO)

36                                   © FREMAP
¿Cuándo hay que hacerlo?

• En todos los edificios nuevos sea cual sea
su uso
• En todos los edificios reformados o
rehabilitados
• En todos aquellos edificios o partes de
edificios a los que se les haya cambiado el
uso previsto

37                                       © FREMAP
¿De que consta?
• Proyecto y sus modificaciones y proyectos complementarios
• Licencias
• Certificados
• Acta de recepción del edificio
• Relación de los agentes que han intervenido
• Instrucciones de uso y mantenimiento de:
    • Edificio
    •Instalaciones
• Controles de recepción en obra de productos, equipos y
sistemas.
• Copia de las hojas de los libros de subcontratación
38                                                   © FREMAP
¿Quién lo hace?




     • El   Director de Obra



39                             © FREMAP
¿Quién lo guarda?




     • El   propietario



40                        © FREMAP
¿Quién debe conocerlo?

     • El propietario
     • Los usuarios:
      • Arrendatarios
      • Trabajadores del edificio
      • Vecinos

41                                  © FREMAP
¿Cómo se hace?

     Las Comunidades Autónomas han
     legislado sobre los libros aplicables a
     viviendas.




42                                       © FREMAP
SUJETOS RESPONSABLES
           LOE    LPRL
Promotor            Empresario




43                       © FREMAP
DOCUMENTO BASE
              LOE                        LPRL - RD 486/97
CODIGO TECNICO DE                    ANEXOS DEL R.D.:
LA EDIFICACION:
     • EXIGENCIAS   BASICAS            •I Condiciones generales
        • SE Seguridad estructural     •II Orden, limpieza y
        • SI Seguridad en caso de      mantenimiento
        incendio                       •III Condiciones ambientales
        • SU Seguridad de              •IV Iluminación
        utilización
                                       • V Servicios higiénicos y de
        • HS Higiene; salud y          descanso
        protección del medio
                                       •VI Primeros auxilios
        ambiente
        • HE Ahorro de energía
        • HR Ruido
44                                                          © FREMAP
CODIGO TECNICO DE LA
EDIFICACION - CTE
     Establece las exigencias básicas que deben
     cumplir los edificios para satisfacer los
     requisitos básicos de seguridad y habitabilidad
     según su uso previsto.
     Estas exigencias básicas deben cumplirse en:
     •   El proyecto.
     •   La construcción.
     •   El mantenimiento.
     •   La conservación.
     de los edificios y sus instalaciones.
45                                             © FREMAP
CODIGO TECNICO DE LA
EDIFICACION - CTE
 Se aplicará a los campos definidos en la LOE
 manteniendo la exclusión de los edificios de
 escasa entidad, definiendo mejor lo que es
 rehabilitación y añadiendo que:
    En todo cambio de uso característico de un
   edificio o establecimiento existente se deberá
   comprobar el cumplimiento de las exigencias
  básicas del CTE. Aunque el cambio sea parcial
          se ha de analizar todo el edificio.
AUNQUE ELLO NO IMPLIQUE NECESARIAMENTE
AUNQUE ELLO NO IMPLIQUE NECESARIAMENTE
               Eliminado por RD 1371/2007
            LA REALIZACION DE OBRAS
            LA REALIZACION DE OBRAS

46                                        © FREMAP
Uso previsto
   Uso específico para el que se proyecta y
realiza un edificio o una parte de él y que se
debe reflejar documentalmente.

   El uso previsto se caracteriza por las
actividades que se han de desarrollar en el
edificio y por el tipo de usuario.

   En un mismo edificio pueden coexistir
distintos usos.
47                                         © FREMAP
Uso administrativo

 Lugar en el que se desarrollan actividades de gestión o
 de servicios tales como:
    • Administración pública
    • Bancos
    • Oficinas
    • Despachos profesionales
    • Etc.




48                                                 © FREMAP
Uso aparcamiento

Lugar de más de 100 m2 en el que se estacionan
vehículos y se efectúan actividades tales como:
   • Lavado
   • Puesta a punto
   • Montaje de accesorios
   • Montaje y comprobación de neumáticos y faros
   • Etc.

Siempre que no sea necesario el uso de equipos o
productos que presenten un riesgo adicional



49                                                 © FREMAP
Uso Comercial

Lugar donde se venden productos o se prestan
servicios directamente el publico tales como:
   • Tiendas
   • Comercios
   • Supermercados
   • Galerías comerciales
   • Mercados
   • Grandes almacenes, etc.
   • Actividades asimiladas:
       • Lavanderías
       • Peluquerías
       • Centros de estética, etc.
50                                              © FREMAP
Uso Docente

Lugar dedicado a la docencia en cualquiera de sus
formas:

     • Preescolar
     • Primaria
     • Secundaria
     • Universitaria
     • Formación profesional

Excepto si se imparte la enseñanza en aulas de gran
densidad de ocupación

51                                               © FREMAP
Uso Privado

Lugar que no es de uso público dentro de un recinto
dedicado a cualquier otro uso.

Ejemplos:
      - En Uso administrativo las áreas que no dan
servicio al público.
      - En uso aparcamiento los aparcamientos
privados.
      - En uso docente los despachos
      - En uso sanitario los quirofanos, almacenes,
cocinas, etc.

52                                                © FREMAP
Uso pública concurrencia

Lugar dedicado a alguno de los siguientes usos:

     • Restauración
     • Espectáculos
     • Reunión
     • Esparcimiento
     • Deportes
     • Auditorios
     • Juegos
     • Religioso
     • Transporte de personas

53                                                © FREMAP
Uso público
Zonas o elementos de circulación susceptibles de ser
utilizados por el público en general, personas no familiarizadas
con el edificio, etc., tales como:
- en uso Administrativo los espacios de atención al público;
- en uso Aparcamiento los aparcamientos públicos o que
sirvan a establecimientos públicos;
- en uso Comercial los espacios de venta, los espacios
comunes en centros comerciales, etc.;
- en uso Docente las aulas, las zonas de circulación, el salón
de actos, bibliotecas, etc.;
- en uso Sanitario, las consultas, las zonas de acceso al
público, zonas de espera, etc.;
- en uso Pública Concurrencia todas las zonas excepto las
restringidas al público.
54                                                     © FREMAP
Uso residencial
 PÚBLICO (Alojamiento temporal):
 Lugar dedicado a alguno de los siguientes usos:

     • Hoteles
     • Hostales
     • Pensiones
     • Residencias
     • Apartamentos

 VIVIENDA (Alojamiento permanente):

     • Bloques de pisos
     • Viviendas unifamiliares
55                                                 © FREMAP
Uso sanitario

     Hospitales
     Centros de salud
        •Consultorios
        • Centros de análisis clínicos
        • Ambulatorios
        • Geriatricos




56                                       © FREMAP
Uso restringido


     Utilización de las zonas o elementos de
     circulación limitados a un máximo de 10
     personas que tienen el carácter de
     usuarios habituales, incluido el interior de
     las viviendas y de los alojamientos y
     excluidas las partes comunes de los
     edificios
     Zonas de uso restringido ≈ Zonas de servicio

57                                             © FREMAP
CTE- EXIGENCIAS BÁSICAS
Exigencias básicas de seguridad estructural (SE):

     • Exigencia básica SE 1: Resistencia y estabilidad

     • Exigencia básica SE 2: Aptitud al servicio
     DB SE Seguridad Estructural
     DB-SE-AE Acciones en la edificación
     DB-SE-C Cimientos
     DB-SE-A Acero
     DB-SE-F Fábrica
     DB-SE-M Madera y además
     NCSE (Sismoresistente)
     Instrucciónes de Hormigón Estructural
       Sustituidas por EHE08
                  RD 1247/08
58                                                  © FREMAP
CTE- EXIGENCIAS BÁSICAS
     Exigencias básicas de seguridad en caso
     de incendio (SI)
     • Exigencia básica SI 1: Propagación interior
     • Exigencia básica SI 2: Propagación exterior
     • Exigencia básica SI 3: Evacuación de ocupantes
     • Exigencia básica SI 4: Instalaciones de protección
       contra incendios
     • Exigencia básica SI 5: Intervención de bomberos
     • Exigencia básica SI 6: Resistencia estructural al
       incendio

         DB-SI
59                                                   © FREMAP
CTE- EXIGENCIAS BÁSICAS
     Exigencias básicas de seguridad de utilización y
     accesibilidad (SUA)
     • Exigencia básica SUA 1: Seguridad frente al riesgo de caídas
     • Exigencia básica SUA 2: Seguridad frente al riesgo de impacto o de
       atrapamiento
     • Exigencia básica SUA 3: Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento
     • Exigencia básica SUA 4: Seguridad frente al riesgo causado por
       iluminación inadecuada
     • Exigencia básica SUA 5: Seguridad frente al riesgo causado por
       situaciones con alta ocupación
     • Exigencia básica SUA 6: Seguridad frente al riesgo de ahogamiento
     • Exigencia básica SUA 7: Seguridad frente al riesgo causado por
       vehículos en movimiento
     • Exigencia básica SUA 8: Seguridad frente al riesgo causado por la
       acción del rayo
     • Exigencia básica SUA 9: Accesibilidad

       DB-SUA
60                                                                © FREMAP
CTE- EXIGENCIAS BÁSICAS
     Exigencias básicas de salubridad (HS)

     • Exigencia básica HS 1: Protección frente a la
       humedad
     • Exigencia básica HS 2: Recogida y evacuación de
       residuos
     • Exigencia básica HS 3: Calidad del aire interior
     • Exigencia básica HS 4: Suministro de agua
     • Exigencia básica HS 5: Evacuación de aguas

      DB-HS


61                                                 © FREMAP
CTE- EXIGENCIAS BÁSICAS
     Exigencias básicas de protección frente al
     ruido (HR)
    El objetivo del requisito básico “Protección frente el ruido” consiste
     en limitar, dentro de los edificios y en condiciones normales de
     utilización, el riesgo de molestias o enfermedades que el ruido pueda
     producir a los usuarios como consecuencia de las características de su
     proyecto, construcción, uso y mantenimiento.
    Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán y
     mantendrán de tal forma que los elementos constructivos que conforman
     sus recintos tengan unas características acústicas adecuadas para
     reducir la transmisión del ruido aéreo, del ruido de impactos y del ruido y
     vibraciones de las instalaciones propias del edificio, y para limitar el ruido
     reverberante de los recintos
          DB-HR

62                                                                     © FREMAP
CTE- EXIGENCIAS BÁSICAS
     Exigencias básicas de ahorro de energía (HE)

     • Exigencia básica HE 1: Limitación de demanda energética
     • Exigencia básica HE 2: Rendimiento de las instalaciones
       térmicas
     • Exigencia básica HE 3: Eficiencia energética de las instalaciones
       de iluminación
     • Exigencia básica HE 4: Contribución solar mínima de agua
       caliente sanitaria
     • Exigencia básica HE 5: Contribución fotovoltaica mínima de
       energía eléctrica


       DB-HE


63                                                            © FREMAP
CODIGO TECNICO DE LA
EDIFICACION - CTE
     Las exigencias básicas se entiende
     que se cumplen si se sigue lo
     establecido para cada actividad en
     los documentos básicos, aunque
     pueden utilizarse otros criterios
     siempre que se justifique que se
     cumple con los requisitos básicos.


64                                  © FREMAP
CODIGO TECNICO DE LA
EDIFICACION - CTE
     Si la actividad a que se va a dedicar
     el edificio no esta entre las definidas,
     se adoptará por analogía la mas
     similar o se efectuará un estudio
     especifico del riesgo asociado a la
     actividad basándose en los factores y
     criterios de evaluación siguientes:


65                                     © FREMAP
CODIGO TECNICO DE LA
EDIFICACION - CTE
        Actividades previstas de los usuarios.
        Características de los usuarios.
        Nº de personas que ocupan, visitan, usan o trabajan en
         el edificio.
        Vulnerabilidad de los ocupantes.
        Familiaridad con el edificio.
        Tiempo y periodo de uso.
        Características del contenido del edificio.
        Riesgo admisible en situaciones extraordinarias.
        Nivel de protección del edificio.


    66                                                   © FREMAP
CTE - Proyecto
     Definirá las obras a ejecutar justificando
     técnicamente las soluciones e incluirá
     como mínimo:
     • Características y controles mínimos que han de
       tener los productos, equipos y sistemas.
     • Características de cada unidad de obra con
       indicación de:
        • Las condiciones para su ejecución.
        • Medidas a adoptar para la construcción y para el uso y
          mantenimiento.




67                                                            © FREMAP
CTE - Proyecto
     Definirá las obras a ejecutar justificando
     técnicamente las soluciones e incluirá como
     mínimo:
     • Características y controles mínimos que han de tener los
       productos, equipos y sistemas.
     • Características de cada unidad de obra con indicación de:
        • Las condiciones para su ejecución.
        • Medidas a adoptar para la construcción y para el uso y
          mantenimiento.
        • Verificaciones y pruebas de servicio.
        • Instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado.


68                                                                © FREMAP
CTE - Proyecto
     Definirá las obras a ejecutar justificando
     técnicamente las soluciones e incluirá como
     mínimo:
     •  Características y controles mínimos que han de tener los
       productos, equipos y sistemas.
     • Características de cada unidad de obra con indicación de:
          • Las condiciones para su ejecución.
          • Medidas a adoptar para la construcción y para el uso y
            mantenimiento*.
          • Verificaciones y pruebas de servicio.
          • Instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado*.

         *Ítems imprescindibles para la planificación
         preventiva
69                                                                  © FREMAP
CTE – Uso y conservación

     El edificio se utilizará de acuerdo al uso previsto.
     Debe conservarse mediante un adecuado
     mantenimiento que deberá incluir:

        - Un plan de mantenimiento encargado a un técnico
          competente.
        - La realización de las inspecciones reglamentarias
          conservando la documentación generada.
        - Documentar todas las intervenciones realizadas en el Libro
          del Edificio.



70                                                           © FREMAP
Fabricante                   Usuario

          Producto seguro

Normas tecnicas Normas laborales

 Requisitos basicos Disposiciones minimas

Agentes edificación     Empresario
 71                                © FREMAP
¿En que se parece un edificio
      a una maquina?




                          © FREMAP
Edificio                     Maquina

Diseño seguro                 Diseño seguro
Uso seguro                    Uso seguro
Mantenimiento seguro          Mantenimiento seguro
Materiales constructivos CE   Marcado CE
Instrucciones de uso          Instrucciones de uso
Plan de mantenimiento         Plan de mantenimiento
Libro del edificio            Manual de la maquina
Responsabilidad:              Responsabilidad:
    -Proyectista                  -Proyectista
    -Propietario                  -Empresario
    -Usuario                      -Usuario
73                                               © FREMAP
Edificio                     Maquina

Diseño seguro                 Diseño seguro
Uso seguro                    Uso seguro
Mantenimiento seguro          Mantenimiento seguro
Materiales constructivos CE   Marcado CE
Instrucciones de uso          Instrucciones de uso
Plan de mantenimiento         Plan de mantenimiento
Libro del edificio            Manual de la maquina
Responsabilidad:              Responsabilidad:
    -Proyectista                  -Proyectista
    -Propietario                  -Empresario
    -Usuario                      -Usuario
74                                               © FREMAP
CTE
       Exigencia básica       Documento básico
Seguridad estructural     DB SE
                          DB-SE-AE
                          DB-SE-C
                          DB-SE-A
                          DB-SE-F
                          DB-SE-A
                          y además:
                             - NCSE (Sismoresistente)
                                  Sustituidos por
                             - EHEl (Hormigon estructural)
                             - EFHE (Forjados RD 1247/08
                                 EHE08 prefabricados)


75                                                © FREMAP
CTE – DB-SE-AE
        Acciones permanentes
         • Peso propio
         • Pretensado
         • Acciones del terreno
        Acciones variables
         •   Sobrecarga de uso
         •   Barandillas y elementos divisorios
         •   Viento
         •   Acciones térmicas
         •   Nieve
        Acciones accidentales
         •   Sismo
         •   Incendio
         •   Impacto
         •   Otros
76                                                © FREMAP
Sobrecarga de uso-CTE
      Peso soportado por el edificio en razón de su
       uso
      El DB no contempla la sobrecarga debida a
       equipos ni a acumulaciones por:
         • Bibliotecas
         • Almacenes
         • Industrias
         Esta sobrecarga debe ser determinada aparte
        En zonas de almacén o bibliotecas debe
         figurar en una placa el valor de la carga
         calculada para la zona no excluyendose que
         figure en otros lugares (DB-SE)
77                                                     © FREMAP
Sobrecarga de uso-RD 486/97
      Estructura y solidez adecuada al uso previsto
      Prohibición de sobrecagas
         • Según Guia técnica indicar carga máxima en:
            •   Plantas
            •   Plataformas
            •   Cubiertas
            •   Techos




        Acceso restringido a techos y cubiertas
78                                                       © FREMAP
Impacto
      El edificio debe estar calculado para resistir
       los impactos previsibles contra el mismo.
      Estos impactos pueden ser debidos a:
         • Vehículos.
         • Carretillas elevadoras.
         • Otros equipos.


        No queda claro que hay que hacer cuando
         existen puentes grúa, pórticos, grúas, brazos
         robotizados, etc..

79                                              © FREMAP
Otras acciones
      Cuando el uso del edificio pueda
           conllevar otras acciones
           accidentales tales como
      explosiones, derrames químicos,
      etc. deben constar en el proyecto
       las acciones consideradas con
     indicación de su valor y del modelo
      que se ha utilizado para el calculo

80                                   © FREMAP
CTE
         Exigencia básica                    Documento básico
Seguridad en caso de incendio              DB SI
Seguridad de utilización y accesibilidad   DB-SUA
Salubridad                                 DB-HS
Ruido                                      DB-HR
Ahorro de energía                          DB-HE




81                                                       © FREMAP
Seguridad de Utilización(SUA)
       Objetivos


      El objetivo del requisito básico "Seguridad
     de Utilización y accesibilidad" consiste en
     reducir a límites aceptables el riesgo de que
     los usuarios sufran daños inmediatos en el
     uso previsto de los edificios, como
     consecuencia de las características de su
     proyecto, construcción, uso y mantenimiento,
     así como en facilitar el acceso y la utilización
     no discriminatoria, independiente y segura de
     los mismos a las personas con discapacidad
82                                            © FREMAP
SUA
Objetivos

La protección frente a los riesgos específicos de:
       – las instalaciones de los edificios;
       – las actividades laborales;
       – las zonas y elementos de uso reservado a personal
         especializado en mantenimiento, reparaciones, etc.;
       – los elementos para el público singulares y
         característicos de las infraestructuras del
         transporte, tales como andenes, pasarelas, pasos
         inferiores, etc.;
así como las condiciones de accesibilidad en
estos últimos elementos, se regulan en su
reglamentación específica.
 83                                                 © FREMAP
SUA                                      Añadido por la Orden
                                             VIV/984/2009, de 15 de
    Criterios de aplicación                           abril


    Cuando la aplicación en obras en edificios
     protegidos sea incompatible con su grado de
     protección, se podrán aplicar soluciones
     alternativas que permitan la mayor adecuación
     posible, desde los puntos de vista técnico y
     económico, de las condiciones de seguridad de
     utilización. En la documentación final de la obra
     deberá     quedar     constancia      de   aquellas
     limitaciones al uso del edificio que puedan ser
     necesarias como consecuencia del grado final de
     adecuación alcanzado y que deban ser tenidas en
     cuenta por los titulares de las actividades.
     84                                              © FREMAP
SUA                                         Añadido por la Orden
                                            VIV/984/2009, de 15 de
Criterios de aplicación                              abril




       Cuando se cita una disposición reglamentaria
        se entiende que es la que esté en vigor en el
        momento de la aplicación.
       Cuando se cita una norma se entiende que la
        referencia es a la versión que se cita aunque
        exista versión posterior salvo en el caso de los
        materiales de construcción afectados por la
        Directiva 89/106/CEE en cuyo caso la
        referencia es siempre a la ultima norma
        publicada

 85                                                 © FREMAP
SUA                                          Añadido por la Orden
                                             VIV/984/2009, de 15 de
Criterios de aplicación                               abril




       Aquellos usos previstos que no se encuentren
        entre los definidos deberán cumplir, las
        condiciones particulares del uso al que mejor
        puedan asimilarse en función de los criterios
        expuestos en el artículo 2, punto 7 de la parte I
        del CTE.
       Cuando un cambio de uso afecte únicamente a
        parte de un edificio o cuando se realice una
        ampliación a un edificio existente, este DB
        deberá aplicarse a dicha parte.

 86                                                  © FREMAP
SUA                                       Añadido por la Orden
                                          VIV/984/2009, de 15 de
Criterios de aplicación                            abril




       En obras de reforma en las que se mantenga el
        uso, este DB debe aplicarse a los elementos
        del edificio modificados por la reforma,
        siempre que ello suponga una mayor
        adecuación a las condiciones de seguridad de
        utilización establecidas en este DB.
       En todo caso, las obras de reforma no podrán
        menoscabar las condiciones de seguridad de
        utilización preexistentes, cuando éstas sean
        menos estrictas que las contempladas en este
        DB.
 87                                               © FREMAP
SUA
        Secciones
     SUA1   Seguridad frente al riesgo de caídas
     SUA2   Seguridad frente al riesgo de impacto o de
            atrapamiento
     SUA3   Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento
     SUA4   Seguridad frente al riesgo causado por
            iluminación inadecuada
     SUA5   Seguridad frente al riesgo causado por
            situaciones con alta ocupación
     SUA6   Seguridad frente al riesgo de ahogamiento
     SUA7   Seguridad frente al riesgo causado por
            vehículos en movimiento
     SUA8   Seguridad frente al riesgo causado por la acción del
            rayo
     SUA9   Accesibilidad
88                                                       © FREMAP
SUA
       SUA1 Caídas

     Se limitará el riesgo de que los usuarios
     sufran caídas, para lo cual los suelos
     serán adecuados para favorecer que las
     personas no resbalen, tropiecen o se
     dificulte la movilidad. Asimismo se
     limitará el riesgo de caídas en huecos,
     en cambios de nivel y en escaleras y
     rampas, facilitándose la limpieza de los
     acristalamientos exteriores en
     condiciones de seguridad.

89                                      © FREMAP
SUA
            Resbaladicidad de los suelos
            Ámbito de aplicación

                   Edificios o zonas de uso Residencial público,
                   Sanitario, Docente, Comercial, Administrativo y
                   Pública Concurrencia, excluidas las zonas de
                   ocupación nula definidas en el anejo SI A del DB
                   SI*.


                    *Zona de ocupación nula
     Zona en la que la presencia de personas sea ocasional o
        bien a efectos de mantenimiento, tales como salas
       de máquinas y cuartos de instalaciones, locales para
         material de limpieza, determinados almacenes y
               archivos, trasteros de viviendas, etc.

90                                                             © FREMAP
RD 486/97
       Resbaladicidad de los suelos


     Los suelos de los locales de trabajo
     deberán ser fijos, estables y no
     resbaladizos, sin irregularidades ni
     pendientes peligrosas.




91                                          © FREMAP
SUA
      Resbaladicidad de los suelos

     Clasificación de los suelos
           Ensayo del péndulo según la norma
           UNE ENV 12633:2003
           Permite la realización de ensayos in situ
         Rd            Clase

       Rd ≤ 15           0

     15 < Rd ≤ 35        1

     35 < Rd ≤ 45        2

       Rd > 45           3


92                                                     © FREMAP
SUA
Resbaladicidad de los suelos
 Clase exigible a los suelos en función de su
 localización
                                   Localización y características del suelo                            Clase
      Zonas interiores secas
      - superficies con pendiente menor que el 6%                                                         1
      - superficies con pendiente igual o mayor que el 6% y escaleras                                     2

      Zonas interiores húmedas, tales como las entradas a los edificios desde el espacio
      exterior (1), terrazas cubiertas, vestuarios, baños, aseos, cocinas, etc..
      - superficies con pendiente menor que el 6%
                                                                                                          2
      - superficies con pendiente igual o mayor que el 6% y escaleras
                                                                                                          3

      Zonas interiores donde, además de agua, pueda haber agentes (grasas,

 Eliminado por O VIV/984/2009, de 15 de abril
      lubricantes, etc..) que reduzcan la resistencia al deslizamiento, tales como cocinas
                                         3
      industriales, mataderos, aparcamientos, zonas de uso industrial, etc..

      Zonas exteriores. Piscinas (2) , duchas.                                                            3
               (1)   Excepto cuando se trate de accesos directos a zonas de uso restringido.
               (2)
                 En zonas previstas para usuarios descalzos y en el fondo de los vasos, donde la profundidad no
               exceda de 1,50 m.

 93                                                                                                 © FREMAP
SUA
            Discontinuidades en el pavimento

     Tropiezos
     Excepto en zonas de uso restringido u exteriores
        Imperfecciones o irregularidades ≤ 4 mm
         Para elementos pequeños y puntuales ≤ 12mm    45º

                                                      6mm


      Desniveles ≤ 50 mm       pendiente ≤ 25%
      En zonas de circulación perforaciones o
       huecos ≤ 15 mm                     RD ≤ 8 mm
      Altura barreras divisorias ≥ 800 mm
         (Sin desnivel)
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SUA
         Discontinuidades en el pavimento

     Escalones aislados
     En zonas de circulación no se pueden disponer 1 o 2
     escalones excepto:

     A) en zonas de uso restringido
     B) en zonas comunes de edificios de vivienda
     C) en los accesos y en las salidas de los edificios
     D) en acceso a estrados o escenarios

     Si por estos elementos pasa un itinerario accesible,
     no podrán haber escalones

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SUA
           Discontinuidades en el pavimento
     Eliminado por RD 1371/2007




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SUA
     Desniveles

     Cuestiones generales de desniveles

        Barreras de protección obligatorias

        También en ventanas

        Limitaciones al diseño de barandillas

        Elementos de fácil modificación por parte
         del usuario


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SUA
         Desniveles

     Protección de desniveles
     Barreras de protección en desniveles (incluso ventanas)
     superiores a 55 cm., excepto cuando la disposición
     constructiva haga muy improbable la caída o cuando
     sea incompatible con el uso

     RD 486/97       Protección obligatoria a partir de 2 m.
     En zonas de uso público diferenciación visual y táctil de
     desniveles inferiores a 55 cm. susceptibles de causar
     caídas. Estará situada al menos a 25 cm. del borde


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SUA
        Desniveles
     Características de las barreras

      Altura
        Diferencia de cota ≤ 6 m       900 mm
        Diferencia de cota > 6 m       1100 mm
 RD 486/97 900 mm




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SUA
          Desniveles
Características de las barreras
      Características constructivas
  En general y : esfera de 150 mm
  En zonas de público de uso Comercial o Pública
concurrencia y en los usos residencial vivienda y escuelas
infantiles (presencia de niños):
       - esfera de 100 mm
       - no escalables


      RD 486/97 Rodapiés



100                                               © FREMAP
SUA
             Desniveles
      Características de las barreras: Resistencia.
      Según DB-SE-AE

      Fuerza horizontal, uniformemente distribuida, aplicada a 1,2
      m o sobre el borde superior del elemento, con el valor:




         C5 Zonas de aglomeración (salas de conciertos, estadios, etc)
         C4 Zonas destinadas a gimnasio u actividades físicas
         C3 Zonas sin obstáculos que impidan el libre movimiento de las personas como vestíbulos de edificios públicos,
          administrativos, hoteles; salas de exposición en museos; etc.
         E Zonas de tráfico y de aparcamiento para vehículos ligeros (peso total < 30 kN)
         F Cubiertas transitables accesibles sólo privadamente

      En zonas de tráfico y aparcamientos qk ≥ 50 kN.
      Tabiques 1/2 qk.
101                                                                                                        © FREMAP
SUA
Desniveles




 102         © FREMAP
SUA
Desniveles




 103         © FREMAP
SUA
Desniveles




 104         © FREMAP
SUA
         Desniveles

      Barreras situadas delante de una fila de asientos fijos

     Reducción de altura si se dispone un elemento horizontal




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SUA
      Escaleras y rampas
Cuestiones generales

    Dos tipos de escaleras: uso restringido y
     uso general
          Escaleras de uso restringido ≈ Escaleras de servicio

    Se tratan las rampas solo desde el punto
     de vista de seguridad de utilización (no
     accesibilidad)

    106                                                 © FREMAP
SUA
         Escaleras y rampas

 Escaleras de uso restringido ≈ escaleras de servicio
                                           RD 486/97
   Anchura ≥ 800 mm                        ≥ 550 mm

      Contrahuella ≤ 200 mm                ≤ 250 mm

      Huella ≥ 220 mm                      ≥ 150 mm

      Condiciones para escaleras curvas

      Se permiten mesetas partidas a 45º     NO
      Se permiten escalones sin tabica        SI

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SUA
       Escaleras y rampas

 Escaleras de uso restringido ≈ escaleras de servicio


RD 486/97
H ≥ 150 mm
C ≤ 250 mm




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SUA
       Escaleras curvas
 Escaleras de uso restringido ≈ escaleras de servicio


                                      ≥ 50 mm




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SUA
             Escaleras curvas
        ¿Escaleras curvas ≈ Escaleras de caracol?
            No se permiten las escaleras de caracol ya que se
            especifica que la DIMENSIÓN menor de la huella ha de
            superar los 50 mm. en el lado mas estrecho lo que no
            cumple ninguna escalera de caracol.


                               El RD 486/97 permite
                               escaleras de caracol
                             como escaleras de servicio



      Entendemos por escalera de caracol aquella en la que el escalón llega hasta el eje y
      que normalmente vuelve sobre si misma.

110                                                                            © FREMAP
SUA
Escaleras y rampas
  Escaleras de uso general
       Peldaños                         RD 486/97
          H ≥ 280 mm                 230 ≤ H ≤ 360 mm
          130 ≤ C ≤ 185 mm           130 ≤ C ≤ 200 mm
          540 mm ≤ 2C + H ≤ 700 mm




 111                                                    © FREMAP
SUA
Escaleras y rampas
  Escaleras de uso general
       Peldaños                              RD 486/97
          H ≥ 280 mm                     230 ≤ H ≤ 360 mm
          130 ≤ C ≤ 185 mm               130 ≤ C ≤ 200 mm
          540 mm ≤ 2C + H ≤ 700 mm



  En zonas de uso público y cuando no existe ascensor como
  alternativa a la escalera la contrahuella será de 175 mm. como
  máximo



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SUA
Escaleras y rampas
  Escaleras de uso general

       NO SE ADMITE BOCEL.

       En escaleras de evacuación ascendente o cuando no existe
       un itinerario accesible alternativo:
            - Escalones con tabica
           - Tabicas verticales o inclinadas 15º




 113                                                        © FREMAP
SUA
Escaleras y rampas
  Escaleras de uso general
       Tramos
              Mínimo tres peldaños                            no determinado
              Altura máxima 3,20 m.                           3,7 m
  En zonas de uso público, así como siempre que no se disponga ascensor como alternativa a la escalera 2,25 m

       Entre dos plantas consecutivas todos los peldaños
       han de tener la misma huella en tramos rectos y la
       misma contrahuella.
       Entre dos tramos consecutivos de plantas diferentes
       la contrahuella no variará en ± 10 mm.
       Todos los escalones han de tener las mismas
       dimensiones
       Anchura mínima 1 m            lo mismo
 114                                                                                            © FREMAP
SUA
Condiciones para escaleras curvas
 Escaleras de uso general




 Tramos mixtos:
      Huella en el eje al
      menos igual a huella
      en peldaño




115                          © FREMAP
SUA
Escaleras y rampas
  Escaleras de uso general




 116                         © FREMAP
SUA
Escaleras y rampas
 Escaleras de uso general
                                        RD 486/97 Descansos
       Mesetas                          ½ a ≤ profundidad ≤ 1 m.
       Anchura:     la de la escalera
       Longitud:    ≥1m
       Cambios de dirección
       Distancia con puertas y
       pasillos ≥ 400 mm




       En zonas de público:
 117
       - Señalización táctil de tramos descendentes        © FREMAP
SUA
Escaleras y rampas
 Escaleras de uso general
                                       RD 486/97 Descansos
 Mesetas                               ½ a ≤ profundidad ≤ 1 m.

       En zonas de público:
       - En las mesetas de planta de las escaleras de zonas de
       uso público se dispondrá una franja de pavimento visual y
       táctil en el arranque de los tramos, según las
       características especificadas en el apartado 2.2 de la
       Sección SUA 9. En dichas mesetas no habrá pasillos de
       anchura inferior a 1,20 m ni puertas situados a menos de 40
       cm de distancia del primer peldaño de un tramo.



 118                                                           © FREMAP
SUA
Pasamanos
  Escaleras de uso general
                                                RD 600 mm
      Obligatorio para altura ≥ 550 mm
      Disposición de pasamanos
      - Anchura ≤ 1200 mm                  pasamanos en un lado
      - Anchura > 1200 o inexistencia de
      ascensor alternativo                 pasamanos en 2 lados
      - Anchura > 2400 mm                  pasamanos intermedio
      - En zonas de público se prolongará 300 mm. en un extremo.
      - En uso sanitario cubrirá las mesetas y se prologará en los dos
      extremos                             RD mínimo 900 mm
      - Separados 4 cm. del paramento
      Altura de pasamanos
119   En general         900 – 1100 mm                        © FREMAP
SUA
Escaleras no permitidas




 120                      © FREMAP
SUA
Escaleras no permitidas




 121                      © FREMAP
SUA
Escaleras no permitidas




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SUA
Escaleras no permitidas




 123                      © FREMAP
SUA
Escaleras no permitidas




 124                      © FREMAP
SUA
Escaleras no permitidas




 125                      © FREMAP
SUA
Escaleras no permitidas




      Una joya arquitectónica es,
   sin duda, la enorme escalera de
madera labrada en el centro del local
de la librería Lello & Irmao en Oporto.

 126                                      © FREMAP
SUA
Escaleras no permitidas




 127                      © FREMAP
SUA
Escaleras no permitidas




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SUA




129   © FREMAP
SUA
Escaleras y rampas

  Rampas
       Consideración de rampa a partir de 4% no definido
       Pendientes:                       RD 486/97
       - Pendiente máxima 12%            Longitud menor 3 m. 12%
       - Curva: Lado mas desfavorable    Longitud menor 10 m 10%
       - Itinerarios accesibles:         Resto casos         8%
        Pendiente transversal ≤ 2%       No definido
       - Vehículos y personas      16%   No definido
           Itin. no accesible




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SUA
Escaleras y rampas
  Rampas
  Tramos
       - Longitud de tramo        15m.
                                  9 m. Itinerarios accesibles
       - Anchura                  igual que escaleras
  Si pertenece a un itinerario accesible:

       - Recta o con radio de curvatura › 30 m.
       - Parte horizontal en ambos extremos de ≥ 1,20 m.


       - Rampas mixtas vehículos-personas en aparcamientos:
                   SIN LIMITE DE LONGITUD


 131                                                            © FREMAP
SUA
Escaleras y rampas




 132                 © FREMAP
SUA
Escaleras y rampas
Rampas

       Mesetas
       - Anchura:                  la de la rampa
       - Longitud:                 1500 mm
       - Cambios de dirección:     igual que en escaleras
       Pasamanos
           ≥ 6% y H ≥ 550 mm.           Un lado
Itin. accesible, ≥ 6% y H ≥ 185 mm. 2 lados y mesetas
Bordes libres        Zócalo de 100 mm de altura
H ≥ 3 m. sobresalir 300 mm. ambos extremos
 133                                                  © FREMAP
SUA
Escaleras y rampas
  Escalas fijas
       Condiciones para las escalas fijas
                                            400 – 800 mm




 134                                        © FREMAP
SUA
Limpieza de acristalamientos exteriores
       Limpieza prevista desde el interior
         Superficie de acristalamiento accesible para su limpieza
         Sistemas de bloqueo en acristalamientos reversibles




         O han de ser practicables o fácilmente desmontables
 RD 1371/2007: Sólo se aplica a vidrios transparentes
Orden VIV/984/2009 : Sólo para viviendas
 135                                                                © FREMAP
R.D. 486/97

Los trabajadores deberán poder realizar de forma segura las
operaciones de abertura, cierre, ajuste o fijación de ventanas,
vanos de iluminación cenital y dispositivos de ventilación.
Cuando estén abiertos no deberán colocarse de tal forma
que puedan constituir un riesgo para los trabajadores.
Las ventanas y vanos de iluminación cenital deberán poder
limpiarse sin riesgo para los trabajadores que realicen esta
tarea o para los que se encuentren en el edificio y sus
alrededores. Para ello deberán estar dotados de los
dispositivos necesarios o haber sido proyectados integrando
los sistemas de limpieza.

136                                                     © FREMAP
Seguridad de Utilización
Limpieza de acristalamientos exteriores
       Limpieza prevista desde el exterior

          Altura superior a 6 metros:




              Plataforma de mantenimiento con anchura mínima de 400
            mm. y barrera de de 1200 mm. como mínimo
              O equipamientos de acceso especial (góndolas, escalas,
            arneses, etc..) con previsión de puntos fijos de anclaje (líneas de
            vida)
              ¿Se supone que hasta 6 m. se limpian con escaleras de
            mano?

 137                                                                 © FREMAP
SUA
        SUA2 Impacto o atrapamiento


 Exigencia SUA2.

      “Se limitará el riesgo de que los usuarios
      puedan sufrir impacto o atrapamiento con
      elementos fijos o practicables del edificio .”




138                                            © FREMAP
SUA
Impacto o atrapamiento
 Impacto con elementos fijos

 •     Altura libre de paso en zonas de circulación:   RD 486/97
       - zonas de uso restringido   2100 mm            2500-3000 mm
       - resto de zonas             2200 mm            2500-3000 mm
       - umbrales de puertas        2000 mm            No regulado
       - Altura sobre escalones     No regulado        2200 mm

 •     Elementos fijos que sobresalgan de las fachadas sobre zonas de
       circulación:              2200 mm             No regulado

 •     En zonas de circulación, no habrá elementos salientes que, sin
       arrancar del suelo, vuelen más de 150 mm entre 1000 y 2200 mm
       de altura desde el suelo                        No regulado
 •     Elementos fijos H ≤ 2 m. elementos fijos que restrinjan el acceso
       y sean detectables por bastones

 139                                                             © FREMAP
SUA
Impacto o atrapamiento

Impacto con elementos practicables

•    Excepto en zonas de uso restringido, las puertas de
     recintos que no sean de ocupación nula en pasillos de
     anchura menor de 2,50 m no deben invadir el pasillo




•    Las puertas de vaivén contarán con partes transparentes
     o translucidas entre 0,7 y 1,5m

    140                                              © FREMAP
SUA
Impacto o atrapamiento

Impacto con elementos practicables

•    En pasillos de anchura mayor de 2,50 m no deben invadir
     en el pasillo la zona de evacuación.

    Mínimo 1 metro
                                        ≥ 2,50 m.




•    La anchura de la zona de evacuación estará conforme
     con lo dispuesto en el apartado 4 de la seccion SI3 del
     DB-SI.

    141                                                © FREMAP
SUA
Impacto o atrapamiento
     Las puertas, portones y barreras situados en zonas
     accesibles a las personas y utilizadas para el paso de
     mercancías y vehículos tendrán marcado CE de
     conformidad con la norma UNE-EN 13241-1:2004 y su
     instalación, uso y mantenimiento se realizarán conforme
     a la norma UNE-EN 12635:2002+A1:2009.
    Se excluyen de lo anterior las puertas peatonales de
     maniobra horizontal cuya superficie de hoja no exceda
     de 6,25 m2 cuando sean de uso manual, así como las
     motorizadas que además tengan una anchura que no
     exceda de 2,50 m.
    Las puertas peatonales automáticas tendrán marcado CE
     de conformidad con la D 98/37/CE sobre máquinas
    142                                             © FREMAP
SUA
Impacto o atrapamiento
 Impacto con elementos frágiles
       Áreas de riesgo de impacto




        • Barreras
        • Acristalamiento resistente

 143                                   © FREMAP
SUA
Impacto o atrapamiento
  Impacto con elementos frágiles




       Según norma UNE EN 12600-2003 (Impacto con un elemento
       pendular blando):
       X Altura de caída: 1=1200 mm, 2=450 mm, 3=190 mm
       Y Tipo de vidrio: B Laminado C Templado
       Z Altura máxima sin rotura 1=1200 mm, 2=450 mm, 3=190 mm


 144                                                        © FREMAP
SUA
Impacto o atrapamiento




145                      © FREMAP
SUA
Impacto o atrapamiento

  Impacto con elementos insuficientemente perceptibles

  •    Grandes superficies acristaladas
            - Montantes separados menos de 600 mm
                          O
            - Travesaños entre 850 y 1100 de altura
                          O
            - Dos bandas de señalización a
            850-1100 mm y 1500-1700 mm de altura

  •    Puertas de vidrio sin cerco o tirador
            Misma señalización


 146                                                  © FREMAP
SUA
Impacto o atrapamiento

  Atrapamiento

  •    Puertas correderas de accionamiento manual




  •    Elementos de apertura y cierre automáticos
            Dispositivos de protección adecuados (Marcado CE)

 147                                                        © FREMAP
SUA
        SUA3 Aprisionamiento


 Exigencia SU3.

      “Se limitará el riesgo de que los usuarios
      puedan quedar accidentalmente aprisionados
      en recintos .”




148                                       © FREMAP
SUA
       Aprisionamiento en locales

      Sistema de desbloqueo de puertas
      desde el exterior.
      Iluminación controlada desde el interior.
      Sistema acústico de emergencia
      Dimensiones de recintos adecuadas
      para usuarios en sillas de ruedas.
      Se regula la fuerza de apertura de
      puertas según UNE-EN 12046-2:2000.

149                                      © FREMAP
SUA
        SUA4 Iluminación inadecuada


 Exigencia SUA4.

      “Se limitará el riesgo de daños a las personas
      como consecuencia de una iluminación
      inadecuada en zonas de circulación de los
      edificios, tanto interiores como exteriores,
      incluso en caso de emergencia o de fallo del
      alumbrado normal .”

150                                           © FREMAP
SUA
        Iluminación inadecuada


      ● Alumbrado normal en zonas de circulación. Establece valores
        mínimos de iluminación en exterior e interior (escaleras y
        vehículos).

      ● Alumbrado de emergencia. Define las áreas que deben dotarse.
        Posición y características de las luminarias. Características
        generales de funcionamiento, autonomía (una hora) y
        condiciones de servicio. Iluminación de las señales de seguridad.

      ● Las condiciones que se establecen son básicamente las que
        señala el vigente REBT (ITC-BT-28. Punto 3. Alumbrado de
        emergencia).


151                                                                © FREMAP
SUA
        Iluminación inadecuada


      Tipos de alumbrado

      •Alumbrado normal (de seguridad, no de confort)

      •Alumbrado de emergencia (Hasta ahora en la CPI)




152                                                     © FREMAP
SUA
Iluminación inadecuada
       Alumbrado normal en zonas de circulación

          Niveles mínimos
           • Zonas exteriores      25 lux
           • Zonas interiores      100 lux
           • Aparcamientos interiores 50 lux
           Medidos al nivel del suelo

                                                      RD 486/97
                                                      25-50 lux
          Iluminación de balizamiento en escaleras y rampas en
           uso Pública Concurrencia, en actividades con nivel
           bajo de iluminación,

 153                                                   © FREMAP
SUA
Iluminación inadecuada

       Alumbrado de emergencia

          Definición
           • Sistema que, en caso de fallo, suministra
             la iluminación necesaria para facilitar la
             salida, evitar las situaciones de pánico y
             permite ver las señales y la situación de
             los equipos y medios de protección



 154                                                © FREMAP
SUA
Iluminación inadecuada

   Alumbrado de emergencia

      Obligatorio en:
        • Recintos de ocupación > 100 personas
        • Recorridos de evacuación hasta el exterior seguro
          según DB-SI (incluidas zonas refugio)
        • Aparcamientos > 100 m2
        • Locales que alberguen equipos generales de
          protección y los de riesgo especial según DB-SI
        • Los aseos generales en edif. de uso público
        • Los cuadros de distribución de la inst. de alumbrado
        • Las señales de seguridad
 155
        • Los itinerarios accesibles                     © FREMAP
SUA
Iluminación inadecuada

       Alumbrado de emergencia

          Posición de las luminarias
            • Al menos 2m por encima del suelo
            • En las puertas de salida, en los equipos de
              seguridad y en peligros potenciales como:
                •Puertas
                •Escaleras
                •Cambios de nivel
                •Cambios de dirección e intersecciones de pasillos



 156                                                     © FREMAP
SUA
Iluminación inadecuada
       Alumbrado de emergencia
          Características de la instalación
            • Fuente propia de energía
            • Entrará en funcionamiento cuando la tensión de alimentación
              descienda por debajo del 70%
            • Alcanzará el 50% a los 5 s, 100% a los 60 s
            • Condiciones de servicio durante una hora
            • Iluminancia en el suelo: 1 lux en el eje y 0,5 lux en la banda
              central que comprende la mitad de la vía (2m máx). Para
              vías mayores, varias bandas
            • 5 lux en equipos de seguridad, instalaciones de protección y
              cuadros de distribución de alumbrado
            • Relación entre Iluminancia máx y mín ≤ 40:1
            • Índice de rendimiento cromático de lámparas ≥ 40
 157                                                                © FREMAP
SUA
Iluminación inadecuada


       Alumbrado de emergencia

          Iluminación de las señales de seguridad
            • Luminancia ≥ 2 cd/m2
            • Relación luminancia máxima a mínima ≤ 10:1
            • Relación entre L blanca y L color >10 deberá estar
              comprendida entre 5:1 y 15:1
            • Alcanzará el 50% a los 5 s, y el 100% a los 60s




 158                                                               © FREMAP
SUA
        SUA5 Alta ocupación


 Exigencia SUA5.

      “Se limitará el riesgo causado por situaciones
      con alta ocupación facilitando la circulación
      de las personas y la sectorización con
      elementos de protección y contención en
      previsión del riesgo de aplastamiento .”



159                                          © FREMAP
SUA
Situaciones con alta ocupación


  Ámbito de aplicación
       Graderíos previstos para más 3000 espectadores de pie
       (estadios, pabellones polideportivos, etc..) Considerando
       una densidad de ocupación de 4 pers./m2



       En estas zonas sigue siendo de aplicación las condiciones de
       evacuación del DB SI



 160                                                            © FREMAP
SUA
Situaciones con alta ocupación


  Condiciones de los graderíos
       Pendiente ≤ 50%
       Longitud de filas ≤ 20 m (10m)
       Anchura de pasillos según DB SI
       Diferencia de cota entre fila y salida ≤ 4 m




 161                                             © FREMAP
SUA
Situaciones con alta ocupación
       Rompeolas
        En graderíos de más de 5 filas y pendiente superior a
        6%
        Altura ≥ 1100 mm
        Fuerza horizontal de 5 kN/m
        Delante de la primera fila y a distancia según
        pendiente:

                                      Distancia entre barreras D
                  Pendiente
                                                  m
                6% ≤ P ≤10%                       5
                10% < P ≤ 25%                     4
                25% < P ≤ 50%                     3

 162                                                               © FREMAP
SUA
Situaciones con alta ocupación


  Rompeolas
       Aberturas de anchura comprendida entre 1,10m y
       1,40m no alineadas




 163                                              © FREMAP
SUA
        SUA6 Ahogamiento


 Exigencia SU6.

      “Se limitará el riesgo de caídas que puedan
      derivar en ahogamiento en piscinas,
      depósitos, pozos y similares mediante
      elementos que restrinjan el acceso.”




164                                          © FREMAP
SUA
         Piscinas


      Recoge y unifica los criterios de las normas
      autonómicas sobre piscinas
      Ámbito de aplicación
       Piscinas de uso colectivo, salvo las destinadas exclusivamente a
       competición o enseñanza que tendrán las características propias de
       su actividad
       Quedan excluidas
       - Las piscinas de las viviendas unifamiliares y
       - Baños termales, centros de tratamiento de hidroterapia y otros
       dedicados a usos exclusivamente médicos que cumplirán su
       reglamentación específica

165                                                             © FREMAP
SUA
           Pozos y depósitos
      Los pozos, depósitos o conducciones abiertas
      (¿acequias, canales, etc.?) accesibles y con riesgo de
      ahogamiento estarán equipados con sistemas de
      protección tales como tapas o rejillas de suficiente
      rigidez y resistencia, así como con cierres que
      impidan su apertura por personal no autorizado.




166                                                     © FREMAP
SUA
        SUA7 Vehículos en movimiento


 Exigencia SUA7.

      “Se limitará el riesgo causado por vehículos
      en movimiento atendiendo a los tipos de
      pavimentos y la señalización y protección de
      las zonas de circulación rodada y de las
      personas.”



167                                          © FREMAP
SUA
        Vehículos en movimiento
Ámbito de aplicación
      Zonas de uso aparcamiento y vías de circulación de
      vehículos en edificios, excepto los aparcamientos de la
      viviendas unifamiliares




168                                                   © FREMAP
SUA
      Vehículos en movimiento
Características constructivas
• Espacio de acceso y espera con profundidad
  adecuada al tipo de vehículo (al menos 4,5m) y
  pendiente ≤ 5%
• Espacio suficiente para no realizar maniobras
• Acceso peatonal independiente de las puertas

      Orden VIV/984/2009
  motorizadas para vehículos




169                                       © FREMAP
SUA
         Vehículos en movimiento
Características constructivas
•     Acceso peatonal por rampa de vehiculos
      - Se deberá cumplir con:
          - Anchura ≥ 800 mm
          - Protegido mediante barrera (800 mm) o
          pavimento a un nivel más elevado (desniveles)

•     Pinturas de señalización: Resbaladicidad clase 3
               Orden VIV/984/2009

170                                                  © FREMAP
SUA
         Vehículos en movimiento

 Protección de recorridos peatonales
   Para aparcamientos > 5000 m2 o para más de 200
   vehículos
   Itinerarios utilizables por el público diferenciados con
   pinturas, relieve o nivel más elevado (desniveles)
   Barreras frente a las puertas que comunican con otras
   zonas:
           distancia ≥ 1200 mm
           altura ≥ 800 mm
      Sistema que detecte peatones frente a las puertas de salida de
      vehículos.


171                                                          © FREMAP
SUA
        Vehículos en movimiento

 Señalización
 •    Sentido de la circulación y salidas
 •    Velocidad máxima de 20 km/h
 •    Las zonas de tránsito y paso de peatones en
      vías o rampas de circulación y acceso
 •    Si puede acceder transporte pesado: gálibos y
      altura
 •    Zonas de almacenamiento o carga y descarga

172                                          © FREMAP
SUA
        SUA8 Acción del rayo


 Exigencia SUA8.

      “Se limitará el riesgo de electrocución y de
      incendio causado por la acción del rayo,
      mediante instalaciones adecuadas de
      protección contra el rayo.”




173                                           © FREMAP
SUA
        Sistemas de protección contra el rayo

 Cuestiones generales

      Existía la NTE IPP (no obligatoria)

      Novedad reglamentaria

      Actualización del mapa de rayos



174                                         © FREMAP
SUA
Sistemas de protección contra el rayo

 Evaluación del riesgo.


 •    Será necesaria cuando la frecuencia esperada de
      impactos Ne sea mayor que el riesgo admisible Na.
 •    Edificios que siempre necesitan sistema de protección
      contra el rayo:
          - Edificios donde se manipulen sustancias tóxicas,
            radioactivas, altamente inflamables o explosivas.
          - Edificios de altura > 43 m.



175                                                  © FREMAP
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Sistemas de protección contra el rayo
Evaluación del riesgo
       Frecuencia esperada de impactos:

       Ne = Ng·Ae·C1·10-6

 Ng Densidad de impactos sobre el terreno que se
  obtiene del mapa siguiente




 176                                               © FREMAP
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Evaluación del riesgo
Ae: Superficie de captura equivalente




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Evaluación del riesgo


       C1: coeficiente relacionado con el entorno

                         Situación del edificio                   C1

   Próximo a otros edificios o árboles de la misma altura o más
                                                                  0,5
      altos
   Rodeado de edificios más bajos                                 0,75
   Aislado                                                         1
   Aislado sobre una colina o promontorio                          2




 179                                                                     © FREMAP
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  Evaluación del riesgo

  •    Riesgo admisible:

                  5,5
       Na =                   ⋅10−3
            C2 ⋅ C3 ⋅ C4 ⋅ C5

       Siendo
       C2 coeficiente en función del tipo de construcción
       C3 coeficiente en función del contenido
       C4 coeficiente en función del uso
       C5 coeficiente en función de la necesidad de continuidad del
       servicio
 180                                                          © FREMAP
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Sistemas de protección contra el rayo
          Evaluación del riesgo
                                Cubierta metálica         Cubierta de hormigón       Cubierta de madera
       Estructura metálica                   0,5                        1                      2
 C2    Estructura de hormigón                 1                         1                     2,5
       Estructura de madera                   2                        2,5                     3




         Edificio con contenido inflamable                                                     3
 C3      Otros contenidos                                                                      1




                    Edificios no ocupados normalmente                                              0,5
 C4                 Usos Pública Concurrencia, Sanitario, Comercial, Docente                        3
                    Resto de edificios                                                              1
                   Edificios cuyo deterioro pueda interrumpir un servicio                          5
                   imprescindible (hospitales, bomberos, ...) o pueda ocasionar un
 C5                impacto ambiental grave
                   Resto de edificios                                                              1

 181                                                                                            © FREMAP
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Sistemas de protección contra el rayo
  Tipo de instalación exigido
  • Eficiencia de la instalación

                                Na
                         E = 1−                                     Rayo
                                Ne
  Nivel de protección
             Eficiencia requerida             Nivel de protección
                  E > 0,98                            1
               0,95 < E <0,98                         2
               0,80 < E <0,95                         3
                0 < E < 0,80                          4


  Para el nivel de protección 4 la instalación de pararrayos no es obligatoria

 182                                                                  © FREMAP
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Sistemas de protección contra el rayo

  Anejo B

       Condiciones para calcular la cobertura de los
       diferentes sistemas en función del nivel de
       protección exigido
       Permite al proyectista elegir un sistema de
       protección y decidir su número y posición
       Incluye condiciones para el sistema interno


 183                                           © FREMAP
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Sistemas de protección contra el rayo

  Anejo B

       Tres métodos aplicables a puntas franklin y
       mallas conductoras
         Ángulo de protección
         Esfera rodante
         Mallado o retícula
       Evaluación de la cobertura para pararrayos
       con dispositivo de cebado

 184                                          © FREMAP
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Sistemas de protección contra el rayo
       Anejo B

        Ángulo de protección




                              Diferencia de altura h entre la punta del pararrayos y el plano
                                           horizontal considerado en metros
        Nivel de protección
                              20          30                45                     60
                1             25º          *                 *                      *
                2             35º         25º                *                      *
                3             45º         35º               25º                     *
                4             55º         45º               35º                    25º



 185                                                                                 © FREMAP
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Sistemas de protección contra el rayo

  Anejo B

  •    Esfera rodante




             Nivel de protección   Radio de la esfera rodante   m

                     1                          20
                     2                          30
                     3                          45
                     4                          60


 186                                                                © FREMAP
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Sistemas de protección contra el rayo

  Anejo B

       Malla
       Nivel de protección   Dimensión de la retícula m

               1                         5
               2                        10
               3                        15
               4                        20




  Se dan condiciones que tiene que cumplir la malla para que sea
  efectiva



 187                                                        © FREMAP
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Sistemas de protección contra el rayo
       Anejo B Pararrayos con dispositivo de cebado
                        R = D + ∆L
                      ∆L= ∆t
                      ∆t ≤ 60 µs




               Nivel de protección   Distancia D m
                       1                  20
                       2                  30
                       3                  45
                       4                  60


 188                                                 © FREMAP
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Sistemas de protección contra el rayo

   Anejo B Conductores de bajada.

   • Al menos uno por cada pararrayos.
   • Dos cuando:
       • Proyección horizontal > Proyección vertical.
       • Altura edificio > 28 m.
   • Longitud lo mas corta posible.
   • Conex. equip. en suelo y cada 20 m.




 189                                                    © FREMAP
SUA
Sistemas de protección contra el rayo
       Anejo B Conductores de bajada (mallas)

       •Repartidos en el perímetro a proteger de forma que su
       separación media no exceda:
                Nivel de protección    Distancia entre conductores m
                        1                           10
                        2                           15
                        3                           20
                        4                           25


       •   Protegidos en toda su longitud o inaccesibles




 190                                                                   © FREMAP
SUA
Sistemas de protección contra el rayo
       Anejo B Sistema interno.

       Todas las partes conductoras del edificio deben estar unidas
       equipotencialmente o con protectores de sobretensiones a la red
       de tierra.
       Cuando no sea posible, guardar una distancia de seguridad
       minima.
                                     Ds = 0.1 L.
       Siendo L la distancia vertical entre el punto considerado y la tierra
       o la union equipotencial mas proxima.

       Si es una canalizacion de gas Ds mínima 5 m.



 191                                                               © FREMAP
SUA
Sistemas de protección contra el rayo
       Anejo B Red de tierra




       Adecuada para dispersar en el terreno la descarga




 192                                                 © FREMAP
SUA
SUA9 ACCESIBILIDAD

         Con el fin de facilitar el acceso y la utilización no
          discriminatoria, independiente y segura de los
          edificios a las personas con discapacidad se
          cumplirán las condiciones funcionales y de dotación
          de elementos accesibles que se establecen a
          continuación.
         Dentro de los límites de las viviendas, incluidas las
          unifamiliares y sus zonas exteriores privativas, las
          condiciones de accesibilidad únicamente son
          exigibles en aquellas que deban ser accesibles

      A continuación veremos las prescripciones para los
      usos distintos al Residencial Vivienda
193                                                     © FREMAP
SUA
SUA9 ACCESIBILIDAD

         Todas las parcelas dispondrán al menos de un
          itinerario accesible que comunique una entrada con
          la calle y con las partes comunes de la parcela
         Cuando existan en el edificio:
          • Mas de dos plantas o
          • Mas de 200 m2        o   Ascensor o rampa
          • Uso público + 100 m2
         Itinerario accesible que comunique la puerta con:
             Las zonas de uso público
             Los orígenes de evacuación
             Los elementos accesibles


194                                                     © FREMAP
SUA
SUA9 ACCESIBILIDAD

 PLAZAS DE APARCAMIENTO ACCESIBLES

 En uso residencial público:
    Una plaza por cada alojamiento accesible

 En usos: Comercial, pública concurrencia o aparcamiento público:
    Una plaza accesible por cada 33 plazas de aparcamiento

 En cualquier otro uso:
    Una plaza por cada 50, hasta 200; a partir de aquí una por cada 100


 Al menos un aparcamiento accesible por cada plaza
 reservada para silla de ruedas
195                                                            © FREMAP
SUA
SUA9 ACCESIBILIDAD

 RESERVA DE PLAZAS ACCESIBLES

 En zonas públicas (auditorios, cines, teatros, deportes, etc):
    Una plaza para silla de ruedas para cada 100
    Una plaza para sordos por cada 50

 En zonas de espera con asientos:
    Una plaza para silla de ruedas por cada 100

 Piscinas:
     Una entrada al vaso mediante grúas o similares



196                                                           © FREMAP
SUA
SUA9 ACCESIBILIDAD

 SERVICIOS HIGIENICOS ACCESIBLES

 Un aseo accesible por cada 10 unidades o fracción de inodoros

 En cada vestuario, una cabina, un aseo y una ducha accesibles por
 cada 10 unidades o fracción

 MOBILIARIO
 En zonas de atención al público
    Un punto de atención accesible o un punto de llamada accesible

 MECANISMOS
 Los interruptores, los dispositivos de intercomunicación y los
 pulsadores de alarma serán mecanismos accesibles

197                                                           © FREMAP
SUA
SUA9 ACCESIBILIDAD - SEÑALIZACIÓN




198                             © FREMAP
SUA
SUA9 ACCESIBILIDAD - SEÑALIZACIÓN




199                             © FREMAP
SUA
SUA9 ACCESIBILIDAD - SEÑALIZACIÓN
 CARACTERISTICAS
 En ascensores señalización en braille y arábigo en
 relieve entre 0.8 y 1,2 m.

 Servicios higiénicos: pictogramas en relieve y
 contrastados cromáticamente a la altura anterior.

 Bandas de señalización táctil en:
      Arranque escaleras (perpendiculares)
      Itinerarios accesibles (paralelas)



200                                                  © FREMAP
MUCHAS GRACIAS POR
   SU ATENCIÓN

    alonso_baraza@fremap.es


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Código Técnico de la Edificación e implicaciones en la Seguridad en los Lugares de Trabajo -Ponencia Alonso Baraza

  • 1. CÓDIGO TÉCNICO DE LA EDIFICACIÓN: IMPLICACIONES EN LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD DE LOS LUGARES DE TRABAJO. ALONSO BARAZA PEREGRÍN Técnico de Prevención E-mail: alonso_baraza@fremap.es © FREMAP
  • 2. ¿Todo lugar de trabajo está situado en un edificio? ¿Qué edificios no son lugares de trabajo? ¿Qué lugares de trabajo no son edificios? ¿Se aplican las mismas normas a los edificios que a los lugares de trabajo? © FREMAP
  • 3. ¿En que se parece un edificio a una maquina? © FREMAP
  • 4. LEY DE ORDENACION DE LA EDIFICACION EDIFICIO: Construcción fija de carácter permanente pública o privada, incluyendo elementos comunes o de urbanización, cuyo uso principal este comprendido en los siguientes grupos: 4 © FREMAP
  • 5. LEY DE ORDENACION DE LA EDIFICACION A: • Administrativo • Sanitario • Religioso • Residencial • Docente • Cultural 5 © FREMAP
  • 6. LEY DE ORDENACION DE LA EDIFICACION B: Aeronáutico Telecomunicaciones Agropecuario Forestal Energía Industrial Hidráulico Naval Minero Saneamiento e higiene Transporte Accesorio a: Terrestre Obras de ingeniería Fluvial Explotación de las mismas Marítimo Aéreo 6 © FREMAP
  • 7. LEY DE ORDENACION DE LA EDIFICACION C: Cualquier otra edificación cuyo uso no esté expresamente relacionado en los grupos anteriores ES DECIR: ESTA NORMATIVA SE APLICA A CUALQUIER COSA CON PAREDES O TECHO 7 © FREMAP
  • 8. LEY DE ORDENACION DE LA EDIFICACION Proceso de edificación: • Acción y resultado de construir un edificio de cualquiera de los grupos anteriores. • Obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que modifiquen: • La composición general exterior • La volumetría • El conjunto del sistema estructural • El uso del edificio 8 © FREMAP
  • 9. LEY DE ORDENACION DE LA EDIFICACION Proceso de edificación- Exclusiones: • Obras de escasa entidad y obras sencillas que: • No sean temporal o permanentemente: – Residenciales – Publicas • Tengan una sola planta 9 © FREMAP
  • 10. LEY DE ORDENACION DE LA EDIFICACION Proceso de edificación- Exclusiones: • Obras de escasa entidad y obras sencillas que: • No sean temporal o permanentemente: – Residenciales – Publicas • Tengan una sola planta 10 © FREMAP
  • 12. R.D. 486/97 LUGARES DE TRABAJO Lugar de trabajo Cualquier área de un centro de trabajo, edificada o no en la que los trabajadores deban permanecer o puedan acceder incluyendo: - Áreas de servicios higiénicos - Locales de primeros auxilios - Comedores - Instalaciones de servicio o protección 12 © FREMAP
  • 13. R.D. 486/97 LUGARES DE TRABAJO Excepciones: • Medios de transporte (OGSHT) • Obras de construcción (RD 1627/97) • Canteras y minas (RD 1389/1997) • Buques de pesca (RD 1216/1997) • Campos de cultivo, bosques o terrenos no cultivados. (OGSHT) 13 © FREMAP
  • 15. TODOS LOS EDIFICIOS NO SON LUGARES DE TRABAJO NI TODOS LOS LUGARES DE TRABAJO SON EDIFICIOS Lugares de trabajo Edificios R.D. 486/97 CTE 15 © FREMAP
  • 16. Exigencias legales LOE LPRL Con el fin de garantizar la seguridad de las Los trabajadores tienen personas, el bienestar de la sociedad y la derecho a una protección protección del medio ambiente, los edificios eficaz en materia de deberán proyectarse, construirse, mantenerse y seguridad y salud en el conservarse de tal forma que se satisfagan los trabajo. requisitos básicos siguientes: RD 486/97 •Funcionalidad: El empresario deberá •Utilización correcta adoptar las medidas •Accesibilidad universal necesarias para que la •Acceso a servicios utilización de los lugares •Seguridad: de trabajo no origine • Estructural riesgos para la seguridad y • Incendio • De utilización y accesibilidad salud de los trabajadores o, si ello no fuese posible, •Habitabilidad: •Higiene, salud y protección del medio ambiente para que tales riesgos se •Ruido reduzcan al mínimo •Ahorro de energía y aislamiento térmico 16 © FREMAP
  • 17. Exigencias legales LOE LPRL Con el fin de garantizar la seguridad de las R.D.1627/97 POR EL QUE personas, el bienestar de la sociedad y la SE ESTABLECEN protección del medio ambiente, los edificios DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD deberán proyectarse, construirse, mantenerse y EN LAS OBRAS DE conservarse de tal forma que se satisfagan los CONSTRUCCIÓN requisitos básicos siguientes: •Funcionalidad: •Utilización correcta •Accesibilidad universal •Acceso a servicios •Seguridad: • Estructural • Incendio • De utilización y accesibilidad •Habitabilidad: •Higiene, salud y protección del medio ambiente •Ruido •Ahorro de energía y aislamiento térmico 17 © FREMAP
  • 18. DOCUMENTO BASE LOE LPRL - RD 486/97 CODIGO TECNICO DE ANEXOS DEL R.D.: LA EDIFICACION: • EXIGENCIAS BASICAS •I Condiciones generales • SE Seguridad estructural •II Orden, limpieza y • SI Seguridad en caso de mantenimiento incendio •III Condiciones ambientales • SUA Seguridad de •IV Iluminación utilización y accesibilidad • V Servicios higiénicos y de • HS Higiene; salud y descanso protección del medio •VI Primeros auxilios ambiente • HE Ahorro de energía • HR Ruido 18 © FREMAP
  • 19. SUJETOS RESPONSABLES LOE LPRL Promotor Empresario AGENTES DE LA EDIFICACION 19 © FREMAP
  • 20. Cualquier persona física o jurídica, pública o privada, que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y EL PROMOTOR financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación, para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título 20 © FREMAP
  • 21. Cualquier persona física o Obligaciones: jurídica, pública o privada, • Titularidad para construir o que, individual colectivamente, decide, • Facilitar información para el proyecto y modificaciones impulsa, programa y EL PROMOTOR • Gestionar licencias y permisos administrativos. con recursos financia, • Suscribir el acta ajenos, las propios o de recepción de obra •obras de edificación, para Suscribir los seguros obligatorios • Entregarpara su posterior sí o documentación al adquirente enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título 21 © FREMAP
  • 22. EL PROYECTISTA Es el agente que, por encargo del promotor y con sujeción a la normativa técnica y urbanística correspondiente, redacta el proyecto 22 © FREMAP
  • 23. EL PROYECTISTA Es el agente que, por Obligaciones: encargo del promotor • Poseer titulación habilitantela y conelsujeción a a • Redactar proyecto conforme las normas legalestécnica y normativa vigentes. • Redactar el proyecto de acuerdo urbanística con las especificaciones del correspondiente, cliente • Visar el proyecto redacta el proyecto 23 © FREMAP
  • 24. EL CONSTRUCTOR Es el agente que asume, contractualmente ante el promotor , el compromiso de ejecutar con medios humanos y materiales, propios o ajenos, las obras o parte de las mismas con sujeción al proyecto y al contrato 24 © FREMAP
  • 25. Es el agente que asume, Obligaciones: EL CONSTRUCTOR • Ejecutar la obra de acuerdo a: contractualmente ante el • El proyecto promotor , elvigente • La legislación compromiso • Las instrucciones de la dirección de ejecutar con medios facultativa humanos y materiales, • Designar al jefe de obra • Asignar los medios necesarios • Hacer las subcontrataciones las propios o ajenos, • Firmar las actas de comienzo y fin de obra obras o parte de las • Facilitar los datos necesarios paraal mismas con obra sujeción la documentación de la • Suscribir las garantias contrato proyecto y al reglamentarias 25 © FREMAP
  • 26. Es el agente que, formando parte de la dirección EL DIRECTOR DE facultativa, dirige el OBRA desarrollo de la obra en los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que la define, la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto 26 © FREMAP
  • 27. Es el agente que, formando Obligaciones: parte de la dirección EL DIRECTOR DE • Poseer titulacióndirige el facultativa, adecuada OBRA •desarrollo de la obra y los Verificar que estructura en cimentación son técnicos, al aspectos adecuadas terreno. estéticos, urbanísticos y • Resolver incidencias e de medioambientales, interpretar el proyecto • conformidad con el proyecto Elaborar las modificaciones al proyecto define, la licencia de que la • Suscribir las actas demás edificación y y autorizaciones preceptivas y certificaciones y visarlas •las condiciones del contrato, Elaborar y suscribir la documentación de la obra con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto 27 © FREMAP
  • 28. Es el agente que, EL DIRECTOR DE LA formando parte de la EJECUCIÓN DE LA OBRA dirección facultativa, asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado 28 © FREMAP
  • 29. Obligaciones: Es el agente que, • Disponer de titulación EL DIRECTOR DE LA formando parte de la adecuada EJECUCIÓN DE LA OBRA • Verificar los ordenando de materiales dirección facultativa, construcción las asume la función pruebas y ensayos necesarios. de dirigir la técnica ejecución material • Dirigir la ejecución material de la obra de acuerdo con el de la obra y de proyecto y con el director de controlar cualitativa obra. y cuantitativamente • Consignar en el Libro de Órdenes la construcción y la • Suscribir actas y calidad de lo certificaciones • Colaboraredificado en la elaboración de la documentación 29 © FREMAP
  • 30. Son entidades de control de la calidad de la edificación aquéllas capacitadas para prestar asistencia técnica en la ENTIDADES DE CONTROL verificación de la calidad del proyecto, de los materiales y de la ejecución de la obra y de sus instalaciones de acuerdo con el proyecto y la normativa aplicable 30 © FREMAP
  • 31. Son laboratorios de ensayos para el control de la calidad de la edificación los capacitados para LABORATORIOS prestar asistencia técnica, mediante la realización de ensayos o pruebas de servicio de los materiales, sistemas o instalaciones de una obra de edificación 31 © FREMAP
  • 32. Obligaciones: Son laboratorios de ensayos para el control de • la calidad de la edificación Prestar la asistencia contratada. los capacitados para • Entregar resultados a: prestar asistencia LABORATORIOS •Autor delmediante la técnica, encargo realización de ensayosde •Director de ejecución o obra pruebas de servicio de •los materiales, sistemas Estar debidamente acreditados o instalaciones de una obra de edificación 32 © FREMAP
  • 33. Son los fabricantes, SUMINISTRADORES almacenistas, importadores o vendedores de productos de construcción con la obligación de facilitar las instrucciones de uso y mantenimiento de los productos entregados, respondiendo de su origen, identidad y calidad 33 © FREMAP
  • 34. Son Obligaciones: los fabricantes, almacenistas, SUMINISTRADORES • Entregar los pedidos de acuerdo a importadores o lo especificado • vendedores de productos Responder de: de construcción con la • Origen • Identidad obligación de facilitar las • Calidad instrucciones de uso y • Especificaciones técnicas mantenimiento de los • Facilitar: • Instrucciones de uso y productos entregados, mantenimiento • Garantias de calidad su respondiendo de origen, identidad y calidad 34 © FREMAP
  • 35. Son los dueños efectivos del edificio, pudiendo o no ser usuarios. Tienen la obligación de mantener en buen estado PROPIETARIOS el edificio, mediante un adecuado uso y mantenimiento, siendo además responsables de recibir, conservar y transmitir la documentación de la obra (LIBRO DEL EDIFICIO) 35 © FREMAP
  • 36. Son los agentes que, bajo cualquier titulo, gozan del derecho de uso del edificio, incluyendo las personas que trabajan, residen, visitan o pueden estar en el área de influencia del mismo. Todos están obligados a USUARIOS utilizar el edificio de acuerdo con las instrucciones de uso y mantenimiento (LIBRO DEL EDIFICIO) 36 © FREMAP
  • 37. ¿Cuándo hay que hacerlo? • En todos los edificios nuevos sea cual sea su uso • En todos los edificios reformados o rehabilitados • En todos aquellos edificios o partes de edificios a los que se les haya cambiado el uso previsto 37 © FREMAP
  • 38. ¿De que consta? • Proyecto y sus modificaciones y proyectos complementarios • Licencias • Certificados • Acta de recepción del edificio • Relación de los agentes que han intervenido • Instrucciones de uso y mantenimiento de: • Edificio •Instalaciones • Controles de recepción en obra de productos, equipos y sistemas. • Copia de las hojas de los libros de subcontratación 38 © FREMAP
  • 39. ¿Quién lo hace? • El Director de Obra 39 © FREMAP
  • 40. ¿Quién lo guarda? • El propietario 40 © FREMAP
  • 41. ¿Quién debe conocerlo? • El propietario • Los usuarios: • Arrendatarios • Trabajadores del edificio • Vecinos 41 © FREMAP
  • 42. ¿Cómo se hace? Las Comunidades Autónomas han legislado sobre los libros aplicables a viviendas. 42 © FREMAP
  • 43. SUJETOS RESPONSABLES LOE LPRL Promotor Empresario 43 © FREMAP
  • 44. DOCUMENTO BASE LOE LPRL - RD 486/97 CODIGO TECNICO DE ANEXOS DEL R.D.: LA EDIFICACION: • EXIGENCIAS BASICAS •I Condiciones generales • SE Seguridad estructural •II Orden, limpieza y • SI Seguridad en caso de mantenimiento incendio •III Condiciones ambientales • SU Seguridad de •IV Iluminación utilización • V Servicios higiénicos y de • HS Higiene; salud y descanso protección del medio •VI Primeros auxilios ambiente • HE Ahorro de energía • HR Ruido 44 © FREMAP
  • 45. CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION - CTE Establece las exigencias básicas que deben cumplir los edificios para satisfacer los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad según su uso previsto. Estas exigencias básicas deben cumplirse en: • El proyecto. • La construcción. • El mantenimiento. • La conservación. de los edificios y sus instalaciones. 45 © FREMAP
  • 46. CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION - CTE Se aplicará a los campos definidos en la LOE manteniendo la exclusión de los edificios de escasa entidad, definiendo mejor lo que es rehabilitación y añadiendo que: En todo cambio de uso característico de un edificio o establecimiento existente se deberá comprobar el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE. Aunque el cambio sea parcial se ha de analizar todo el edificio. AUNQUE ELLO NO IMPLIQUE NECESARIAMENTE AUNQUE ELLO NO IMPLIQUE NECESARIAMENTE Eliminado por RD 1371/2007 LA REALIZACION DE OBRAS LA REALIZACION DE OBRAS 46 © FREMAP
  • 47. Uso previsto Uso específico para el que se proyecta y realiza un edificio o una parte de él y que se debe reflejar documentalmente. El uso previsto se caracteriza por las actividades que se han de desarrollar en el edificio y por el tipo de usuario. En un mismo edificio pueden coexistir distintos usos. 47 © FREMAP
  • 48. Uso administrativo Lugar en el que se desarrollan actividades de gestión o de servicios tales como: • Administración pública • Bancos • Oficinas • Despachos profesionales • Etc. 48 © FREMAP
  • 49. Uso aparcamiento Lugar de más de 100 m2 en el que se estacionan vehículos y se efectúan actividades tales como: • Lavado • Puesta a punto • Montaje de accesorios • Montaje y comprobación de neumáticos y faros • Etc. Siempre que no sea necesario el uso de equipos o productos que presenten un riesgo adicional 49 © FREMAP
  • 50. Uso Comercial Lugar donde se venden productos o se prestan servicios directamente el publico tales como: • Tiendas • Comercios • Supermercados • Galerías comerciales • Mercados • Grandes almacenes, etc. • Actividades asimiladas: • Lavanderías • Peluquerías • Centros de estética, etc. 50 © FREMAP
  • 51. Uso Docente Lugar dedicado a la docencia en cualquiera de sus formas: • Preescolar • Primaria • Secundaria • Universitaria • Formación profesional Excepto si se imparte la enseñanza en aulas de gran densidad de ocupación 51 © FREMAP
  • 52. Uso Privado Lugar que no es de uso público dentro de un recinto dedicado a cualquier otro uso. Ejemplos: - En Uso administrativo las áreas que no dan servicio al público. - En uso aparcamiento los aparcamientos privados. - En uso docente los despachos - En uso sanitario los quirofanos, almacenes, cocinas, etc. 52 © FREMAP
  • 53. Uso pública concurrencia Lugar dedicado a alguno de los siguientes usos: • Restauración • Espectáculos • Reunión • Esparcimiento • Deportes • Auditorios • Juegos • Religioso • Transporte de personas 53 © FREMAP
  • 54. Uso público Zonas o elementos de circulación susceptibles de ser utilizados por el público en general, personas no familiarizadas con el edificio, etc., tales como: - en uso Administrativo los espacios de atención al público; - en uso Aparcamiento los aparcamientos públicos o que sirvan a establecimientos públicos; - en uso Comercial los espacios de venta, los espacios comunes en centros comerciales, etc.; - en uso Docente las aulas, las zonas de circulación, el salón de actos, bibliotecas, etc.; - en uso Sanitario, las consultas, las zonas de acceso al público, zonas de espera, etc.; - en uso Pública Concurrencia todas las zonas excepto las restringidas al público. 54 © FREMAP
  • 55. Uso residencial PÚBLICO (Alojamiento temporal): Lugar dedicado a alguno de los siguientes usos: • Hoteles • Hostales • Pensiones • Residencias • Apartamentos VIVIENDA (Alojamiento permanente): • Bloques de pisos • Viviendas unifamiliares 55 © FREMAP
  • 56. Uso sanitario Hospitales Centros de salud •Consultorios • Centros de análisis clínicos • Ambulatorios • Geriatricos 56 © FREMAP
  • 57. Uso restringido Utilización de las zonas o elementos de circulación limitados a un máximo de 10 personas que tienen el carácter de usuarios habituales, incluido el interior de las viviendas y de los alojamientos y excluidas las partes comunes de los edificios Zonas de uso restringido ≈ Zonas de servicio 57 © FREMAP
  • 58. CTE- EXIGENCIAS BÁSICAS Exigencias básicas de seguridad estructural (SE): • Exigencia básica SE 1: Resistencia y estabilidad • Exigencia básica SE 2: Aptitud al servicio DB SE Seguridad Estructural DB-SE-AE Acciones en la edificación DB-SE-C Cimientos DB-SE-A Acero DB-SE-F Fábrica DB-SE-M Madera y además NCSE (Sismoresistente) Instrucciónes de Hormigón Estructural Sustituidas por EHE08 RD 1247/08 58 © FREMAP
  • 59. CTE- EXIGENCIAS BÁSICAS Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio (SI) • Exigencia básica SI 1: Propagación interior • Exigencia básica SI 2: Propagación exterior • Exigencia básica SI 3: Evacuación de ocupantes • Exigencia básica SI 4: Instalaciones de protección contra incendios • Exigencia básica SI 5: Intervención de bomberos • Exigencia básica SI 6: Resistencia estructural al incendio DB-SI 59 © FREMAP
  • 60. CTE- EXIGENCIAS BÁSICAS Exigencias básicas de seguridad de utilización y accesibilidad (SUA) • Exigencia básica SUA 1: Seguridad frente al riesgo de caídas • Exigencia básica SUA 2: Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento • Exigencia básica SUA 3: Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento • Exigencia básica SUA 4: Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada • Exigencia básica SUA 5: Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupación • Exigencia básica SUA 6: Seguridad frente al riesgo de ahogamiento • Exigencia básica SUA 7: Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento • Exigencia básica SUA 8: Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo • Exigencia básica SUA 9: Accesibilidad DB-SUA 60 © FREMAP
  • 61. CTE- EXIGENCIAS BÁSICAS Exigencias básicas de salubridad (HS) • Exigencia básica HS 1: Protección frente a la humedad • Exigencia básica HS 2: Recogida y evacuación de residuos • Exigencia básica HS 3: Calidad del aire interior • Exigencia básica HS 4: Suministro de agua • Exigencia básica HS 5: Evacuación de aguas DB-HS 61 © FREMAP
  • 62. CTE- EXIGENCIAS BÁSICAS Exigencias básicas de protección frente al ruido (HR)  El objetivo del requisito básico “Protección frente el ruido” consiste en limitar, dentro de los edificios y en condiciones normales de utilización, el riesgo de molestias o enfermedades que el ruido pueda producir a los usuarios como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento.  Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán y mantendrán de tal forma que los elementos constructivos que conforman sus recintos tengan unas características acústicas adecuadas para reducir la transmisión del ruido aéreo, del ruido de impactos y del ruido y vibraciones de las instalaciones propias del edificio, y para limitar el ruido reverberante de los recintos  DB-HR 62 © FREMAP
  • 63. CTE- EXIGENCIAS BÁSICAS Exigencias básicas de ahorro de energía (HE) • Exigencia básica HE 1: Limitación de demanda energética • Exigencia básica HE 2: Rendimiento de las instalaciones térmicas • Exigencia básica HE 3: Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación • Exigencia básica HE 4: Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria • Exigencia básica HE 5: Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica DB-HE 63 © FREMAP
  • 64. CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION - CTE Las exigencias básicas se entiende que se cumplen si se sigue lo establecido para cada actividad en los documentos básicos, aunque pueden utilizarse otros criterios siempre que se justifique que se cumple con los requisitos básicos. 64 © FREMAP
  • 65. CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION - CTE Si la actividad a que se va a dedicar el edificio no esta entre las definidas, se adoptará por analogía la mas similar o se efectuará un estudio especifico del riesgo asociado a la actividad basándose en los factores y criterios de evaluación siguientes: 65 © FREMAP
  • 66. CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACION - CTE  Actividades previstas de los usuarios.  Características de los usuarios.  Nº de personas que ocupan, visitan, usan o trabajan en el edificio.  Vulnerabilidad de los ocupantes.  Familiaridad con el edificio.  Tiempo y periodo de uso.  Características del contenido del edificio.  Riesgo admisible en situaciones extraordinarias.  Nivel de protección del edificio. 66 © FREMAP
  • 67. CTE - Proyecto Definirá las obras a ejecutar justificando técnicamente las soluciones e incluirá como mínimo: • Características y controles mínimos que han de tener los productos, equipos y sistemas. • Características de cada unidad de obra con indicación de: • Las condiciones para su ejecución. • Medidas a adoptar para la construcción y para el uso y mantenimiento. 67 © FREMAP
  • 68. CTE - Proyecto Definirá las obras a ejecutar justificando técnicamente las soluciones e incluirá como mínimo: • Características y controles mínimos que han de tener los productos, equipos y sistemas. • Características de cada unidad de obra con indicación de: • Las condiciones para su ejecución. • Medidas a adoptar para la construcción y para el uso y mantenimiento. • Verificaciones y pruebas de servicio. • Instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado. 68 © FREMAP
  • 69. CTE - Proyecto Definirá las obras a ejecutar justificando técnicamente las soluciones e incluirá como mínimo: • Características y controles mínimos que han de tener los productos, equipos y sistemas. • Características de cada unidad de obra con indicación de: • Las condiciones para su ejecución. • Medidas a adoptar para la construcción y para el uso y mantenimiento*. • Verificaciones y pruebas de servicio. • Instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado*. *Ítems imprescindibles para la planificación preventiva 69 © FREMAP
  • 70. CTE – Uso y conservación El edificio se utilizará de acuerdo al uso previsto. Debe conservarse mediante un adecuado mantenimiento que deberá incluir: - Un plan de mantenimiento encargado a un técnico competente. - La realización de las inspecciones reglamentarias conservando la documentación generada. - Documentar todas las intervenciones realizadas en el Libro del Edificio. 70 © FREMAP
  • 71. Fabricante Usuario Producto seguro Normas tecnicas Normas laborales Requisitos basicos Disposiciones minimas Agentes edificación Empresario 71 © FREMAP
  • 72. ¿En que se parece un edificio a una maquina? © FREMAP
  • 73. Edificio Maquina Diseño seguro Diseño seguro Uso seguro Uso seguro Mantenimiento seguro Mantenimiento seguro Materiales constructivos CE Marcado CE Instrucciones de uso Instrucciones de uso Plan de mantenimiento Plan de mantenimiento Libro del edificio Manual de la maquina Responsabilidad: Responsabilidad: -Proyectista -Proyectista -Propietario -Empresario -Usuario -Usuario 73 © FREMAP
  • 74. Edificio Maquina Diseño seguro Diseño seguro Uso seguro Uso seguro Mantenimiento seguro Mantenimiento seguro Materiales constructivos CE Marcado CE Instrucciones de uso Instrucciones de uso Plan de mantenimiento Plan de mantenimiento Libro del edificio Manual de la maquina Responsabilidad: Responsabilidad: -Proyectista -Proyectista -Propietario -Empresario -Usuario -Usuario 74 © FREMAP
  • 75. CTE Exigencia básica Documento básico Seguridad estructural DB SE DB-SE-AE DB-SE-C DB-SE-A DB-SE-F DB-SE-A y además: - NCSE (Sismoresistente) Sustituidos por - EHEl (Hormigon estructural) - EFHE (Forjados RD 1247/08 EHE08 prefabricados) 75 © FREMAP
  • 76. CTE – DB-SE-AE  Acciones permanentes • Peso propio • Pretensado • Acciones del terreno  Acciones variables • Sobrecarga de uso • Barandillas y elementos divisorios • Viento • Acciones térmicas • Nieve  Acciones accidentales • Sismo • Incendio • Impacto • Otros 76 © FREMAP
  • 77. Sobrecarga de uso-CTE  Peso soportado por el edificio en razón de su uso  El DB no contempla la sobrecarga debida a equipos ni a acumulaciones por: • Bibliotecas • Almacenes • Industrias Esta sobrecarga debe ser determinada aparte  En zonas de almacén o bibliotecas debe figurar en una placa el valor de la carga calculada para la zona no excluyendose que figure en otros lugares (DB-SE) 77 © FREMAP
  • 78. Sobrecarga de uso-RD 486/97  Estructura y solidez adecuada al uso previsto  Prohibición de sobrecagas • Según Guia técnica indicar carga máxima en: • Plantas • Plataformas • Cubiertas • Techos  Acceso restringido a techos y cubiertas 78 © FREMAP
  • 79. Impacto  El edificio debe estar calculado para resistir los impactos previsibles contra el mismo.  Estos impactos pueden ser debidos a: • Vehículos. • Carretillas elevadoras. • Otros equipos.  No queda claro que hay que hacer cuando existen puentes grúa, pórticos, grúas, brazos robotizados, etc.. 79 © FREMAP
  • 80. Otras acciones Cuando el uso del edificio pueda conllevar otras acciones accidentales tales como explosiones, derrames químicos, etc. deben constar en el proyecto las acciones consideradas con indicación de su valor y del modelo que se ha utilizado para el calculo 80 © FREMAP
  • 81. CTE Exigencia básica Documento básico Seguridad en caso de incendio DB SI Seguridad de utilización y accesibilidad DB-SUA Salubridad DB-HS Ruido DB-HR Ahorro de energía DB-HE 81 © FREMAP
  • 82. Seguridad de Utilización(SUA) Objetivos El objetivo del requisito básico "Seguridad de Utilización y accesibilidad" consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios sufran daños inmediatos en el uso previsto de los edificios, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento, así como en facilitar el acceso y la utilización no discriminatoria, independiente y segura de los mismos a las personas con discapacidad 82 © FREMAP
  • 83. SUA Objetivos La protección frente a los riesgos específicos de: – las instalaciones de los edificios; – las actividades laborales; – las zonas y elementos de uso reservado a personal especializado en mantenimiento, reparaciones, etc.; – los elementos para el público singulares y característicos de las infraestructuras del transporte, tales como andenes, pasarelas, pasos inferiores, etc.; así como las condiciones de accesibilidad en estos últimos elementos, se regulan en su reglamentación específica. 83 © FREMAP
  • 84. SUA Añadido por la Orden VIV/984/2009, de 15 de Criterios de aplicación abril  Cuando la aplicación en obras en edificios protegidos sea incompatible con su grado de protección, se podrán aplicar soluciones alternativas que permitan la mayor adecuación posible, desde los puntos de vista técnico y económico, de las condiciones de seguridad de utilización. En la documentación final de la obra deberá quedar constancia de aquellas limitaciones al uso del edificio que puedan ser necesarias como consecuencia del grado final de adecuación alcanzado y que deban ser tenidas en cuenta por los titulares de las actividades. 84 © FREMAP
  • 85. SUA Añadido por la Orden VIV/984/2009, de 15 de Criterios de aplicación abril  Cuando se cita una disposición reglamentaria se entiende que es la que esté en vigor en el momento de la aplicación.  Cuando se cita una norma se entiende que la referencia es a la versión que se cita aunque exista versión posterior salvo en el caso de los materiales de construcción afectados por la Directiva 89/106/CEE en cuyo caso la referencia es siempre a la ultima norma publicada 85 © FREMAP
  • 86. SUA Añadido por la Orden VIV/984/2009, de 15 de Criterios de aplicación abril  Aquellos usos previstos que no se encuentren entre los definidos deberán cumplir, las condiciones particulares del uso al que mejor puedan asimilarse en función de los criterios expuestos en el artículo 2, punto 7 de la parte I del CTE.  Cuando un cambio de uso afecte únicamente a parte de un edificio o cuando se realice una ampliación a un edificio existente, este DB deberá aplicarse a dicha parte. 86 © FREMAP
  • 87. SUA Añadido por la Orden VIV/984/2009, de 15 de Criterios de aplicación abril  En obras de reforma en las que se mantenga el uso, este DB debe aplicarse a los elementos del edificio modificados por la reforma, siempre que ello suponga una mayor adecuación a las condiciones de seguridad de utilización establecidas en este DB.  En todo caso, las obras de reforma no podrán menoscabar las condiciones de seguridad de utilización preexistentes, cuando éstas sean menos estrictas que las contempladas en este DB. 87 © FREMAP
  • 88. SUA Secciones SUA1 Seguridad frente al riesgo de caídas SUA2 Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento SUA3 Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento SUA4 Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada SUA5 Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupación SUA6 Seguridad frente al riesgo de ahogamiento SUA7 Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento SUA8 Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo SUA9 Accesibilidad 88 © FREMAP
  • 89. SUA SUA1 Caídas Se limitará el riesgo de que los usuarios sufran caídas, para lo cual los suelos serán adecuados para favorecer que las personas no resbalen, tropiecen o se dificulte la movilidad. Asimismo se limitará el riesgo de caídas en huecos, en cambios de nivel y en escaleras y rampas, facilitándose la limpieza de los acristalamientos exteriores en condiciones de seguridad. 89 © FREMAP
  • 90. SUA Resbaladicidad de los suelos Ámbito de aplicación Edificios o zonas de uso Residencial público, Sanitario, Docente, Comercial, Administrativo y Pública Concurrencia, excluidas las zonas de ocupación nula definidas en el anejo SI A del DB SI*. *Zona de ocupación nula Zona en la que la presencia de personas sea ocasional o bien a efectos de mantenimiento, tales como salas de máquinas y cuartos de instalaciones, locales para material de limpieza, determinados almacenes y archivos, trasteros de viviendas, etc. 90 © FREMAP
  • 91. RD 486/97 Resbaladicidad de los suelos Los suelos de los locales de trabajo deberán ser fijos, estables y no resbaladizos, sin irregularidades ni pendientes peligrosas. 91 © FREMAP
  • 92. SUA Resbaladicidad de los suelos Clasificación de los suelos Ensayo del péndulo según la norma UNE ENV 12633:2003 Permite la realización de ensayos in situ Rd Clase Rd ≤ 15 0 15 < Rd ≤ 35 1 35 < Rd ≤ 45 2 Rd > 45 3 92 © FREMAP
  • 93. SUA Resbaladicidad de los suelos Clase exigible a los suelos en función de su localización Localización y características del suelo Clase Zonas interiores secas - superficies con pendiente menor que el 6% 1 - superficies con pendiente igual o mayor que el 6% y escaleras 2 Zonas interiores húmedas, tales como las entradas a los edificios desde el espacio exterior (1), terrazas cubiertas, vestuarios, baños, aseos, cocinas, etc.. - superficies con pendiente menor que el 6% 2 - superficies con pendiente igual o mayor que el 6% y escaleras 3 Zonas interiores donde, además de agua, pueda haber agentes (grasas, Eliminado por O VIV/984/2009, de 15 de abril lubricantes, etc..) que reduzcan la resistencia al deslizamiento, tales como cocinas 3 industriales, mataderos, aparcamientos, zonas de uso industrial, etc.. Zonas exteriores. Piscinas (2) , duchas. 3 (1) Excepto cuando se trate de accesos directos a zonas de uso restringido. (2) En zonas previstas para usuarios descalzos y en el fondo de los vasos, donde la profundidad no exceda de 1,50 m. 93 © FREMAP
  • 94. SUA Discontinuidades en el pavimento Tropiezos Excepto en zonas de uso restringido u exteriores  Imperfecciones o irregularidades ≤ 4 mm Para elementos pequeños y puntuales ≤ 12mm 45º 6mm  Desniveles ≤ 50 mm pendiente ≤ 25%  En zonas de circulación perforaciones o huecos ≤ 15 mm RD ≤ 8 mm  Altura barreras divisorias ≥ 800 mm (Sin desnivel) 94 © FREMAP
  • 95. SUA Discontinuidades en el pavimento Escalones aislados En zonas de circulación no se pueden disponer 1 o 2 escalones excepto: A) en zonas de uso restringido B) en zonas comunes de edificios de vivienda C) en los accesos y en las salidas de los edificios D) en acceso a estrados o escenarios Si por estos elementos pasa un itinerario accesible, no podrán haber escalones 95 © FREMAP
  • 96. SUA Discontinuidades en el pavimento Eliminado por RD 1371/2007 96 © FREMAP
  • 97. SUA Desniveles Cuestiones generales de desniveles  Barreras de protección obligatorias  También en ventanas  Limitaciones al diseño de barandillas  Elementos de fácil modificación por parte del usuario 97 © FREMAP
  • 98. SUA Desniveles Protección de desniveles Barreras de protección en desniveles (incluso ventanas) superiores a 55 cm., excepto cuando la disposición constructiva haga muy improbable la caída o cuando sea incompatible con el uso RD 486/97 Protección obligatoria a partir de 2 m. En zonas de uso público diferenciación visual y táctil de desniveles inferiores a 55 cm. susceptibles de causar caídas. Estará situada al menos a 25 cm. del borde 98 © FREMAP
  • 99. SUA Desniveles Características de las barreras Altura Diferencia de cota ≤ 6 m 900 mm Diferencia de cota > 6 m 1100 mm RD 486/97 900 mm 99 © FREMAP
  • 100. SUA Desniveles Características de las barreras Características constructivas En general y : esfera de 150 mm En zonas de público de uso Comercial o Pública concurrencia y en los usos residencial vivienda y escuelas infantiles (presencia de niños): - esfera de 100 mm - no escalables RD 486/97 Rodapiés 100 © FREMAP
  • 101. SUA Desniveles Características de las barreras: Resistencia. Según DB-SE-AE Fuerza horizontal, uniformemente distribuida, aplicada a 1,2 m o sobre el borde superior del elemento, con el valor:  C5 Zonas de aglomeración (salas de conciertos, estadios, etc)  C4 Zonas destinadas a gimnasio u actividades físicas  C3 Zonas sin obstáculos que impidan el libre movimiento de las personas como vestíbulos de edificios públicos, administrativos, hoteles; salas de exposición en museos; etc.  E Zonas de tráfico y de aparcamiento para vehículos ligeros (peso total < 30 kN)  F Cubiertas transitables accesibles sólo privadamente En zonas de tráfico y aparcamientos qk ≥ 50 kN. Tabiques 1/2 qk. 101 © FREMAP
  • 102. SUA Desniveles 102 © FREMAP
  • 103. SUA Desniveles 103 © FREMAP
  • 104. SUA Desniveles 104 © FREMAP
  • 105. SUA Desniveles Barreras situadas delante de una fila de asientos fijos  Reducción de altura si se dispone un elemento horizontal 105 © FREMAP
  • 106. SUA Escaleras y rampas Cuestiones generales  Dos tipos de escaleras: uso restringido y uso general Escaleras de uso restringido ≈ Escaleras de servicio  Se tratan las rampas solo desde el punto de vista de seguridad de utilización (no accesibilidad) 106 © FREMAP
  • 107. SUA Escaleras y rampas Escaleras de uso restringido ≈ escaleras de servicio RD 486/97 Anchura ≥ 800 mm ≥ 550 mm Contrahuella ≤ 200 mm ≤ 250 mm Huella ≥ 220 mm ≥ 150 mm Condiciones para escaleras curvas Se permiten mesetas partidas a 45º NO Se permiten escalones sin tabica SI 107 © FREMAP
  • 108. SUA Escaleras y rampas Escaleras de uso restringido ≈ escaleras de servicio RD 486/97 H ≥ 150 mm C ≤ 250 mm 108 © FREMAP
  • 109. SUA Escaleras curvas Escaleras de uso restringido ≈ escaleras de servicio ≥ 50 mm 109 © FREMAP
  • 110. SUA Escaleras curvas ¿Escaleras curvas ≈ Escaleras de caracol? No se permiten las escaleras de caracol ya que se especifica que la DIMENSIÓN menor de la huella ha de superar los 50 mm. en el lado mas estrecho lo que no cumple ninguna escalera de caracol. El RD 486/97 permite escaleras de caracol como escaleras de servicio Entendemos por escalera de caracol aquella en la que el escalón llega hasta el eje y que normalmente vuelve sobre si misma. 110 © FREMAP
  • 111. SUA Escaleras y rampas Escaleras de uso general Peldaños RD 486/97 H ≥ 280 mm 230 ≤ H ≤ 360 mm 130 ≤ C ≤ 185 mm 130 ≤ C ≤ 200 mm 540 mm ≤ 2C + H ≤ 700 mm 111 © FREMAP
  • 112. SUA Escaleras y rampas Escaleras de uso general Peldaños RD 486/97 H ≥ 280 mm 230 ≤ H ≤ 360 mm 130 ≤ C ≤ 185 mm 130 ≤ C ≤ 200 mm 540 mm ≤ 2C + H ≤ 700 mm En zonas de uso público y cuando no existe ascensor como alternativa a la escalera la contrahuella será de 175 mm. como máximo 112 © FREMAP
  • 113. SUA Escaleras y rampas Escaleras de uso general NO SE ADMITE BOCEL. En escaleras de evacuación ascendente o cuando no existe un itinerario accesible alternativo: - Escalones con tabica - Tabicas verticales o inclinadas 15º 113 © FREMAP
  • 114. SUA Escaleras y rampas Escaleras de uso general Tramos Mínimo tres peldaños no determinado Altura máxima 3,20 m. 3,7 m En zonas de uso público, así como siempre que no se disponga ascensor como alternativa a la escalera 2,25 m Entre dos plantas consecutivas todos los peldaños han de tener la misma huella en tramos rectos y la misma contrahuella. Entre dos tramos consecutivos de plantas diferentes la contrahuella no variará en ± 10 mm. Todos los escalones han de tener las mismas dimensiones Anchura mínima 1 m lo mismo 114 © FREMAP
  • 115. SUA Condiciones para escaleras curvas Escaleras de uso general Tramos mixtos: Huella en el eje al menos igual a huella en peldaño 115 © FREMAP
  • 116. SUA Escaleras y rampas Escaleras de uso general 116 © FREMAP
  • 117. SUA Escaleras y rampas Escaleras de uso general RD 486/97 Descansos Mesetas ½ a ≤ profundidad ≤ 1 m. Anchura: la de la escalera Longitud: ≥1m Cambios de dirección Distancia con puertas y pasillos ≥ 400 mm En zonas de público: 117 - Señalización táctil de tramos descendentes © FREMAP
  • 118. SUA Escaleras y rampas Escaleras de uso general RD 486/97 Descansos Mesetas ½ a ≤ profundidad ≤ 1 m. En zonas de público: - En las mesetas de planta de las escaleras de zonas de uso público se dispondrá una franja de pavimento visual y táctil en el arranque de los tramos, según las características especificadas en el apartado 2.2 de la Sección SUA 9. En dichas mesetas no habrá pasillos de anchura inferior a 1,20 m ni puertas situados a menos de 40 cm de distancia del primer peldaño de un tramo. 118 © FREMAP
  • 119. SUA Pasamanos Escaleras de uso general RD 600 mm Obligatorio para altura ≥ 550 mm Disposición de pasamanos - Anchura ≤ 1200 mm pasamanos en un lado - Anchura > 1200 o inexistencia de ascensor alternativo pasamanos en 2 lados - Anchura > 2400 mm pasamanos intermedio - En zonas de público se prolongará 300 mm. en un extremo. - En uso sanitario cubrirá las mesetas y se prologará en los dos extremos RD mínimo 900 mm - Separados 4 cm. del paramento Altura de pasamanos 119 En general 900 – 1100 mm © FREMAP
  • 120. SUA Escaleras no permitidas 120 © FREMAP
  • 121. SUA Escaleras no permitidas 121 © FREMAP
  • 122. SUA Escaleras no permitidas 122 © FREMAP
  • 123. SUA Escaleras no permitidas 123 © FREMAP
  • 124. SUA Escaleras no permitidas 124 © FREMAP
  • 125. SUA Escaleras no permitidas 125 © FREMAP
  • 126. SUA Escaleras no permitidas Una joya arquitectónica es, sin duda, la enorme escalera de madera labrada en el centro del local de la librería Lello & Irmao en Oporto. 126 © FREMAP
  • 127. SUA Escaleras no permitidas 127 © FREMAP
  • 128. SUA Escaleras no permitidas 128 © FREMAP
  • 129. SUA 129 © FREMAP
  • 130. SUA Escaleras y rampas Rampas Consideración de rampa a partir de 4% no definido Pendientes: RD 486/97 - Pendiente máxima 12% Longitud menor 3 m. 12% - Curva: Lado mas desfavorable Longitud menor 10 m 10% - Itinerarios accesibles: Resto casos 8% Pendiente transversal ≤ 2% No definido - Vehículos y personas 16% No definido Itin. no accesible 130 © FREMAP
  • 131. SUA Escaleras y rampas Rampas Tramos - Longitud de tramo 15m. 9 m. Itinerarios accesibles - Anchura igual que escaleras Si pertenece a un itinerario accesible: - Recta o con radio de curvatura › 30 m. - Parte horizontal en ambos extremos de ≥ 1,20 m. - Rampas mixtas vehículos-personas en aparcamientos: SIN LIMITE DE LONGITUD 131 © FREMAP
  • 132. SUA Escaleras y rampas 132 © FREMAP
  • 133. SUA Escaleras y rampas Rampas Mesetas - Anchura: la de la rampa - Longitud: 1500 mm - Cambios de dirección: igual que en escaleras Pasamanos ≥ 6% y H ≥ 550 mm. Un lado Itin. accesible, ≥ 6% y H ≥ 185 mm. 2 lados y mesetas Bordes libres Zócalo de 100 mm de altura H ≥ 3 m. sobresalir 300 mm. ambos extremos 133 © FREMAP
  • 134. SUA Escaleras y rampas Escalas fijas Condiciones para las escalas fijas 400 – 800 mm 134 © FREMAP
  • 135. SUA Limpieza de acristalamientos exteriores Limpieza prevista desde el interior Superficie de acristalamiento accesible para su limpieza Sistemas de bloqueo en acristalamientos reversibles O han de ser practicables o fácilmente desmontables RD 1371/2007: Sólo se aplica a vidrios transparentes Orden VIV/984/2009 : Sólo para viviendas 135 © FREMAP
  • 136. R.D. 486/97 Los trabajadores deberán poder realizar de forma segura las operaciones de abertura, cierre, ajuste o fijación de ventanas, vanos de iluminación cenital y dispositivos de ventilación. Cuando estén abiertos no deberán colocarse de tal forma que puedan constituir un riesgo para los trabajadores. Las ventanas y vanos de iluminación cenital deberán poder limpiarse sin riesgo para los trabajadores que realicen esta tarea o para los que se encuentren en el edificio y sus alrededores. Para ello deberán estar dotados de los dispositivos necesarios o haber sido proyectados integrando los sistemas de limpieza. 136 © FREMAP
  • 137. Seguridad de Utilización Limpieza de acristalamientos exteriores Limpieza prevista desde el exterior Altura superior a 6 metros: Plataforma de mantenimiento con anchura mínima de 400 mm. y barrera de de 1200 mm. como mínimo O equipamientos de acceso especial (góndolas, escalas, arneses, etc..) con previsión de puntos fijos de anclaje (líneas de vida) ¿Se supone que hasta 6 m. se limpian con escaleras de mano? 137 © FREMAP
  • 138. SUA SUA2 Impacto o atrapamiento Exigencia SUA2. “Se limitará el riesgo de que los usuarios puedan sufrir impacto o atrapamiento con elementos fijos o practicables del edificio .” 138 © FREMAP
  • 139. SUA Impacto o atrapamiento Impacto con elementos fijos • Altura libre de paso en zonas de circulación: RD 486/97 - zonas de uso restringido 2100 mm 2500-3000 mm - resto de zonas 2200 mm 2500-3000 mm - umbrales de puertas 2000 mm No regulado - Altura sobre escalones No regulado 2200 mm • Elementos fijos que sobresalgan de las fachadas sobre zonas de circulación: 2200 mm No regulado • En zonas de circulación, no habrá elementos salientes que, sin arrancar del suelo, vuelen más de 150 mm entre 1000 y 2200 mm de altura desde el suelo No regulado • Elementos fijos H ≤ 2 m. elementos fijos que restrinjan el acceso y sean detectables por bastones 139 © FREMAP
  • 140. SUA Impacto o atrapamiento Impacto con elementos practicables • Excepto en zonas de uso restringido, las puertas de recintos que no sean de ocupación nula en pasillos de anchura menor de 2,50 m no deben invadir el pasillo • Las puertas de vaivén contarán con partes transparentes o translucidas entre 0,7 y 1,5m 140 © FREMAP
  • 141. SUA Impacto o atrapamiento Impacto con elementos practicables • En pasillos de anchura mayor de 2,50 m no deben invadir en el pasillo la zona de evacuación. Mínimo 1 metro ≥ 2,50 m. • La anchura de la zona de evacuación estará conforme con lo dispuesto en el apartado 4 de la seccion SI3 del DB-SI. 141 © FREMAP
  • 142. SUA Impacto o atrapamiento  Las puertas, portones y barreras situados en zonas accesibles a las personas y utilizadas para el paso de mercancías y vehículos tendrán marcado CE de conformidad con la norma UNE-EN 13241-1:2004 y su instalación, uso y mantenimiento se realizarán conforme a la norma UNE-EN 12635:2002+A1:2009.  Se excluyen de lo anterior las puertas peatonales de maniobra horizontal cuya superficie de hoja no exceda de 6,25 m2 cuando sean de uso manual, así como las motorizadas que además tengan una anchura que no exceda de 2,50 m.  Las puertas peatonales automáticas tendrán marcado CE de conformidad con la D 98/37/CE sobre máquinas 142 © FREMAP
  • 143. SUA Impacto o atrapamiento Impacto con elementos frágiles Áreas de riesgo de impacto • Barreras • Acristalamiento resistente 143 © FREMAP
  • 144. SUA Impacto o atrapamiento Impacto con elementos frágiles Según norma UNE EN 12600-2003 (Impacto con un elemento pendular blando): X Altura de caída: 1=1200 mm, 2=450 mm, 3=190 mm Y Tipo de vidrio: B Laminado C Templado Z Altura máxima sin rotura 1=1200 mm, 2=450 mm, 3=190 mm 144 © FREMAP
  • 146. SUA Impacto o atrapamiento Impacto con elementos insuficientemente perceptibles • Grandes superficies acristaladas - Montantes separados menos de 600 mm O - Travesaños entre 850 y 1100 de altura O - Dos bandas de señalización a 850-1100 mm y 1500-1700 mm de altura • Puertas de vidrio sin cerco o tirador Misma señalización 146 © FREMAP
  • 147. SUA Impacto o atrapamiento Atrapamiento • Puertas correderas de accionamiento manual • Elementos de apertura y cierre automáticos Dispositivos de protección adecuados (Marcado CE) 147 © FREMAP
  • 148. SUA SUA3 Aprisionamiento Exigencia SU3. “Se limitará el riesgo de que los usuarios puedan quedar accidentalmente aprisionados en recintos .” 148 © FREMAP
  • 149. SUA Aprisionamiento en locales Sistema de desbloqueo de puertas desde el exterior. Iluminación controlada desde el interior. Sistema acústico de emergencia Dimensiones de recintos adecuadas para usuarios en sillas de ruedas. Se regula la fuerza de apertura de puertas según UNE-EN 12046-2:2000. 149 © FREMAP
  • 150. SUA SUA4 Iluminación inadecuada Exigencia SUA4. “Se limitará el riesgo de daños a las personas como consecuencia de una iluminación inadecuada en zonas de circulación de los edificios, tanto interiores como exteriores, incluso en caso de emergencia o de fallo del alumbrado normal .” 150 © FREMAP
  • 151. SUA Iluminación inadecuada ● Alumbrado normal en zonas de circulación. Establece valores mínimos de iluminación en exterior e interior (escaleras y vehículos). ● Alumbrado de emergencia. Define las áreas que deben dotarse. Posición y características de las luminarias. Características generales de funcionamiento, autonomía (una hora) y condiciones de servicio. Iluminación de las señales de seguridad. ● Las condiciones que se establecen son básicamente las que señala el vigente REBT (ITC-BT-28. Punto 3. Alumbrado de emergencia). 151 © FREMAP
  • 152. SUA Iluminación inadecuada Tipos de alumbrado •Alumbrado normal (de seguridad, no de confort) •Alumbrado de emergencia (Hasta ahora en la CPI) 152 © FREMAP
  • 153. SUA Iluminación inadecuada Alumbrado normal en zonas de circulación  Niveles mínimos • Zonas exteriores 25 lux • Zonas interiores 100 lux • Aparcamientos interiores 50 lux Medidos al nivel del suelo RD 486/97 25-50 lux  Iluminación de balizamiento en escaleras y rampas en uso Pública Concurrencia, en actividades con nivel bajo de iluminación, 153 © FREMAP
  • 154. SUA Iluminación inadecuada Alumbrado de emergencia  Definición • Sistema que, en caso de fallo, suministra la iluminación necesaria para facilitar la salida, evitar las situaciones de pánico y permite ver las señales y la situación de los equipos y medios de protección 154 © FREMAP
  • 155. SUA Iluminación inadecuada Alumbrado de emergencia  Obligatorio en: • Recintos de ocupación > 100 personas • Recorridos de evacuación hasta el exterior seguro según DB-SI (incluidas zonas refugio) • Aparcamientos > 100 m2 • Locales que alberguen equipos generales de protección y los de riesgo especial según DB-SI • Los aseos generales en edif. de uso público • Los cuadros de distribución de la inst. de alumbrado • Las señales de seguridad 155 • Los itinerarios accesibles © FREMAP
  • 156. SUA Iluminación inadecuada Alumbrado de emergencia  Posición de las luminarias • Al menos 2m por encima del suelo • En las puertas de salida, en los equipos de seguridad y en peligros potenciales como: •Puertas •Escaleras •Cambios de nivel •Cambios de dirección e intersecciones de pasillos 156 © FREMAP
  • 157. SUA Iluminación inadecuada Alumbrado de emergencia  Características de la instalación • Fuente propia de energía • Entrará en funcionamiento cuando la tensión de alimentación descienda por debajo del 70% • Alcanzará el 50% a los 5 s, 100% a los 60 s • Condiciones de servicio durante una hora • Iluminancia en el suelo: 1 lux en el eje y 0,5 lux en la banda central que comprende la mitad de la vía (2m máx). Para vías mayores, varias bandas • 5 lux en equipos de seguridad, instalaciones de protección y cuadros de distribución de alumbrado • Relación entre Iluminancia máx y mín ≤ 40:1 • Índice de rendimiento cromático de lámparas ≥ 40 157 © FREMAP
  • 158. SUA Iluminación inadecuada Alumbrado de emergencia  Iluminación de las señales de seguridad • Luminancia ≥ 2 cd/m2 • Relación luminancia máxima a mínima ≤ 10:1 • Relación entre L blanca y L color >10 deberá estar comprendida entre 5:1 y 15:1 • Alcanzará el 50% a los 5 s, y el 100% a los 60s 158 © FREMAP
  • 159. SUA SUA5 Alta ocupación Exigencia SUA5. “Se limitará el riesgo causado por situaciones con alta ocupación facilitando la circulación de las personas y la sectorización con elementos de protección y contención en previsión del riesgo de aplastamiento .” 159 © FREMAP
  • 160. SUA Situaciones con alta ocupación Ámbito de aplicación Graderíos previstos para más 3000 espectadores de pie (estadios, pabellones polideportivos, etc..) Considerando una densidad de ocupación de 4 pers./m2 En estas zonas sigue siendo de aplicación las condiciones de evacuación del DB SI 160 © FREMAP
  • 161. SUA Situaciones con alta ocupación Condiciones de los graderíos Pendiente ≤ 50% Longitud de filas ≤ 20 m (10m) Anchura de pasillos según DB SI Diferencia de cota entre fila y salida ≤ 4 m 161 © FREMAP
  • 162. SUA Situaciones con alta ocupación Rompeolas En graderíos de más de 5 filas y pendiente superior a 6% Altura ≥ 1100 mm Fuerza horizontal de 5 kN/m Delante de la primera fila y a distancia según pendiente: Distancia entre barreras D Pendiente m 6% ≤ P ≤10% 5 10% < P ≤ 25% 4 25% < P ≤ 50% 3 162 © FREMAP
  • 163. SUA Situaciones con alta ocupación Rompeolas Aberturas de anchura comprendida entre 1,10m y 1,40m no alineadas 163 © FREMAP
  • 164. SUA SUA6 Ahogamiento Exigencia SU6. “Se limitará el riesgo de caídas que puedan derivar en ahogamiento en piscinas, depósitos, pozos y similares mediante elementos que restrinjan el acceso.” 164 © FREMAP
  • 165. SUA Piscinas Recoge y unifica los criterios de las normas autonómicas sobre piscinas Ámbito de aplicación Piscinas de uso colectivo, salvo las destinadas exclusivamente a competición o enseñanza que tendrán las características propias de su actividad Quedan excluidas - Las piscinas de las viviendas unifamiliares y - Baños termales, centros de tratamiento de hidroterapia y otros dedicados a usos exclusivamente médicos que cumplirán su reglamentación específica 165 © FREMAP
  • 166. SUA Pozos y depósitos Los pozos, depósitos o conducciones abiertas (¿acequias, canales, etc.?) accesibles y con riesgo de ahogamiento estarán equipados con sistemas de protección tales como tapas o rejillas de suficiente rigidez y resistencia, así como con cierres que impidan su apertura por personal no autorizado. 166 © FREMAP
  • 167. SUA SUA7 Vehículos en movimiento Exigencia SUA7. “Se limitará el riesgo causado por vehículos en movimiento atendiendo a los tipos de pavimentos y la señalización y protección de las zonas de circulación rodada y de las personas.” 167 © FREMAP
  • 168. SUA Vehículos en movimiento Ámbito de aplicación Zonas de uso aparcamiento y vías de circulación de vehículos en edificios, excepto los aparcamientos de la viviendas unifamiliares 168 © FREMAP
  • 169. SUA Vehículos en movimiento Características constructivas • Espacio de acceso y espera con profundidad adecuada al tipo de vehículo (al menos 4,5m) y pendiente ≤ 5% • Espacio suficiente para no realizar maniobras • Acceso peatonal independiente de las puertas Orden VIV/984/2009 motorizadas para vehículos 169 © FREMAP
  • 170. SUA Vehículos en movimiento Características constructivas • Acceso peatonal por rampa de vehiculos - Se deberá cumplir con: - Anchura ≥ 800 mm - Protegido mediante barrera (800 mm) o pavimento a un nivel más elevado (desniveles) • Pinturas de señalización: Resbaladicidad clase 3 Orden VIV/984/2009 170 © FREMAP
  • 171. SUA Vehículos en movimiento Protección de recorridos peatonales Para aparcamientos > 5000 m2 o para más de 200 vehículos Itinerarios utilizables por el público diferenciados con pinturas, relieve o nivel más elevado (desniveles) Barreras frente a las puertas que comunican con otras zonas: distancia ≥ 1200 mm altura ≥ 800 mm Sistema que detecte peatones frente a las puertas de salida de vehículos. 171 © FREMAP
  • 172. SUA Vehículos en movimiento Señalización • Sentido de la circulación y salidas • Velocidad máxima de 20 km/h • Las zonas de tránsito y paso de peatones en vías o rampas de circulación y acceso • Si puede acceder transporte pesado: gálibos y altura • Zonas de almacenamiento o carga y descarga 172 © FREMAP
  • 173. SUA SUA8 Acción del rayo Exigencia SUA8. “Se limitará el riesgo de electrocución y de incendio causado por la acción del rayo, mediante instalaciones adecuadas de protección contra el rayo.” 173 © FREMAP
  • 174. SUA Sistemas de protección contra el rayo Cuestiones generales Existía la NTE IPP (no obligatoria) Novedad reglamentaria Actualización del mapa de rayos 174 © FREMAP
  • 175. SUA Sistemas de protección contra el rayo Evaluación del riesgo. • Será necesaria cuando la frecuencia esperada de impactos Ne sea mayor que el riesgo admisible Na. • Edificios que siempre necesitan sistema de protección contra el rayo: - Edificios donde se manipulen sustancias tóxicas, radioactivas, altamente inflamables o explosivas. - Edificios de altura > 43 m. 175 © FREMAP
  • 176. SUA Sistemas de protección contra el rayo Evaluación del riesgo Frecuencia esperada de impactos: Ne = Ng·Ae·C1·10-6 Ng Densidad de impactos sobre el terreno que se obtiene del mapa siguiente 176 © FREMAP
  • 177. SUA Sistemas de protección contra el rayo 177 © FREMAP
  • 178. SUA Sistemas de protección contra el rayo Evaluación del riesgo Ae: Superficie de captura equivalente 178 © FREMAP
  • 179. SUA Sistemas de protección contra el rayo Evaluación del riesgo C1: coeficiente relacionado con el entorno Situación del edificio C1 Próximo a otros edificios o árboles de la misma altura o más 0,5 altos Rodeado de edificios más bajos 0,75 Aislado 1 Aislado sobre una colina o promontorio 2 179 © FREMAP
  • 180. SUA Sistemas de protección contra el rayo Evaluación del riesgo • Riesgo admisible: 5,5 Na = ⋅10−3 C2 ⋅ C3 ⋅ C4 ⋅ C5 Siendo C2 coeficiente en función del tipo de construcción C3 coeficiente en función del contenido C4 coeficiente en función del uso C5 coeficiente en función de la necesidad de continuidad del servicio 180 © FREMAP
  • 181. SUA Sistemas de protección contra el rayo Evaluación del riesgo Cubierta metálica Cubierta de hormigón Cubierta de madera Estructura metálica 0,5 1 2 C2 Estructura de hormigón 1 1 2,5 Estructura de madera 2 2,5 3 Edificio con contenido inflamable 3 C3 Otros contenidos 1 Edificios no ocupados normalmente 0,5 C4 Usos Pública Concurrencia, Sanitario, Comercial, Docente 3 Resto de edificios 1 Edificios cuyo deterioro pueda interrumpir un servicio 5 imprescindible (hospitales, bomberos, ...) o pueda ocasionar un C5 impacto ambiental grave Resto de edificios 1 181 © FREMAP
  • 182. SUA Sistemas de protección contra el rayo Tipo de instalación exigido • Eficiencia de la instalación Na E = 1− Rayo Ne Nivel de protección Eficiencia requerida Nivel de protección E > 0,98 1 0,95 < E <0,98 2 0,80 < E <0,95 3 0 < E < 0,80 4 Para el nivel de protección 4 la instalación de pararrayos no es obligatoria 182 © FREMAP
  • 183. SUA Sistemas de protección contra el rayo Anejo B Condiciones para calcular la cobertura de los diferentes sistemas en función del nivel de protección exigido Permite al proyectista elegir un sistema de protección y decidir su número y posición Incluye condiciones para el sistema interno 183 © FREMAP
  • 184. SUA Sistemas de protección contra el rayo Anejo B Tres métodos aplicables a puntas franklin y mallas conductoras Ángulo de protección Esfera rodante Mallado o retícula Evaluación de la cobertura para pararrayos con dispositivo de cebado 184 © FREMAP
  • 185. SUA Sistemas de protección contra el rayo Anejo B Ángulo de protección Diferencia de altura h entre la punta del pararrayos y el plano horizontal considerado en metros Nivel de protección 20 30 45 60 1 25º * * * 2 35º 25º * * 3 45º 35º 25º * 4 55º 45º 35º 25º 185 © FREMAP
  • 186. SUA Sistemas de protección contra el rayo Anejo B • Esfera rodante Nivel de protección Radio de la esfera rodante m 1 20 2 30 3 45 4 60 186 © FREMAP
  • 187. SUA Sistemas de protección contra el rayo Anejo B Malla Nivel de protección Dimensión de la retícula m 1 5 2 10 3 15 4 20 Se dan condiciones que tiene que cumplir la malla para que sea efectiva 187 © FREMAP
  • 188. SUA Sistemas de protección contra el rayo Anejo B Pararrayos con dispositivo de cebado R = D + ∆L ∆L= ∆t ∆t ≤ 60 µs Nivel de protección Distancia D m 1 20 2 30 3 45 4 60 188 © FREMAP
  • 189. SUA Sistemas de protección contra el rayo Anejo B Conductores de bajada. • Al menos uno por cada pararrayos. • Dos cuando: • Proyección horizontal > Proyección vertical. • Altura edificio > 28 m. • Longitud lo mas corta posible. • Conex. equip. en suelo y cada 20 m. 189 © FREMAP
  • 190. SUA Sistemas de protección contra el rayo Anejo B Conductores de bajada (mallas) •Repartidos en el perímetro a proteger de forma que su separación media no exceda: Nivel de protección Distancia entre conductores m 1 10 2 15 3 20 4 25 • Protegidos en toda su longitud o inaccesibles 190 © FREMAP
  • 191. SUA Sistemas de protección contra el rayo Anejo B Sistema interno. Todas las partes conductoras del edificio deben estar unidas equipotencialmente o con protectores de sobretensiones a la red de tierra. Cuando no sea posible, guardar una distancia de seguridad minima. Ds = 0.1 L. Siendo L la distancia vertical entre el punto considerado y la tierra o la union equipotencial mas proxima. Si es una canalizacion de gas Ds mínima 5 m. 191 © FREMAP
  • 192. SUA Sistemas de protección contra el rayo Anejo B Red de tierra Adecuada para dispersar en el terreno la descarga 192 © FREMAP
  • 193. SUA SUA9 ACCESIBILIDAD  Con el fin de facilitar el acceso y la utilización no discriminatoria, independiente y segura de los edificios a las personas con discapacidad se cumplirán las condiciones funcionales y de dotación de elementos accesibles que se establecen a continuación.  Dentro de los límites de las viviendas, incluidas las unifamiliares y sus zonas exteriores privativas, las condiciones de accesibilidad únicamente son exigibles en aquellas que deban ser accesibles A continuación veremos las prescripciones para los usos distintos al Residencial Vivienda 193 © FREMAP
  • 194. SUA SUA9 ACCESIBILIDAD  Todas las parcelas dispondrán al menos de un itinerario accesible que comunique una entrada con la calle y con las partes comunes de la parcela  Cuando existan en el edificio: • Mas de dos plantas o • Mas de 200 m2 o Ascensor o rampa • Uso público + 100 m2  Itinerario accesible que comunique la puerta con:  Las zonas de uso público  Los orígenes de evacuación  Los elementos accesibles 194 © FREMAP
  • 195. SUA SUA9 ACCESIBILIDAD PLAZAS DE APARCAMIENTO ACCESIBLES En uso residencial público: Una plaza por cada alojamiento accesible En usos: Comercial, pública concurrencia o aparcamiento público: Una plaza accesible por cada 33 plazas de aparcamiento En cualquier otro uso: Una plaza por cada 50, hasta 200; a partir de aquí una por cada 100 Al menos un aparcamiento accesible por cada plaza reservada para silla de ruedas 195 © FREMAP
  • 196. SUA SUA9 ACCESIBILIDAD RESERVA DE PLAZAS ACCESIBLES En zonas públicas (auditorios, cines, teatros, deportes, etc): Una plaza para silla de ruedas para cada 100 Una plaza para sordos por cada 50 En zonas de espera con asientos: Una plaza para silla de ruedas por cada 100 Piscinas: Una entrada al vaso mediante grúas o similares 196 © FREMAP
  • 197. SUA SUA9 ACCESIBILIDAD SERVICIOS HIGIENICOS ACCESIBLES Un aseo accesible por cada 10 unidades o fracción de inodoros En cada vestuario, una cabina, un aseo y una ducha accesibles por cada 10 unidades o fracción MOBILIARIO En zonas de atención al público Un punto de atención accesible o un punto de llamada accesible MECANISMOS Los interruptores, los dispositivos de intercomunicación y los pulsadores de alarma serán mecanismos accesibles 197 © FREMAP
  • 198. SUA SUA9 ACCESIBILIDAD - SEÑALIZACIÓN 198 © FREMAP
  • 199. SUA SUA9 ACCESIBILIDAD - SEÑALIZACIÓN 199 © FREMAP
  • 200. SUA SUA9 ACCESIBILIDAD - SEÑALIZACIÓN CARACTERISTICAS En ascensores señalización en braille y arábigo en relieve entre 0.8 y 1,2 m. Servicios higiénicos: pictogramas en relieve y contrastados cromáticamente a la altura anterior. Bandas de señalización táctil en: Arranque escaleras (perpendiculares) Itinerarios accesibles (paralelas) 200 © FREMAP
  • 201. MUCHAS GRACIAS POR SU ATENCIÓN alonso_baraza@fremap.es © FREMAP