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Código Técnico de la Edificación e implicaciones en la Seguridad en los Lugares de Trabajo -Ponencia Alonso Baraza
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PONENCIA JORNADAS CODIGO TECNICO DE LA EDIFICACIÓN Y SEGURIDAD EN LOS LUGARES DE TRABAJO
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Código Técnico de la Edificación e implicaciones en la Seguridad en los Lugares de Trabajo -Ponencia Alonso Baraza
1.
CÓDIGO TÉCNICO DE
LA EDIFICACIÓN: IMPLICACIONES EN LAS CONDICIONES DE SEGURIDAD DE LOS LUGARES DE TRABAJO. ALONSO BARAZA PEREGRÍN Técnico de Prevención E-mail: alonso_baraza@fremap.es © FREMAP
2.
¿Todo lugar de
trabajo está situado en un edificio? ¿Qué edificios no son lugares de trabajo? ¿Qué lugares de trabajo no son edificios? ¿Se aplican las mismas normas a los edificios que a los lugares de trabajo? © FREMAP
3.
¿En que se
parece un edificio a una maquina? © FREMAP
4.
LEY DE ORDENACION
DE LA EDIFICACION EDIFICIO: Construcción fija de carácter permanente pública o privada, incluyendo elementos comunes o de urbanización, cuyo uso principal este comprendido en los siguientes grupos: 4 © FREMAP
5.
LEY DE ORDENACION
DE LA EDIFICACION A: • Administrativo • Sanitario • Religioso • Residencial • Docente • Cultural 5 © FREMAP
6.
LEY DE ORDENACION
DE LA EDIFICACION B: Aeronáutico Telecomunicaciones Agropecuario Forestal Energía Industrial Hidráulico Naval Minero Saneamiento e higiene Transporte Accesorio a: Terrestre Obras de ingeniería Fluvial Explotación de las mismas Marítimo Aéreo 6 © FREMAP
7.
LEY DE ORDENACION
DE LA EDIFICACION C: Cualquier otra edificación cuyo uso no esté expresamente relacionado en los grupos anteriores ES DECIR: ESTA NORMATIVA SE APLICA A CUALQUIER COSA CON PAREDES O TECHO 7 © FREMAP
8.
LEY DE ORDENACION
DE LA EDIFICACION Proceso de edificación: • Acción y resultado de construir un edificio de cualquiera de los grupos anteriores. • Obras de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación que modifiquen: • La composición general exterior • La volumetría • El conjunto del sistema estructural • El uso del edificio 8 © FREMAP
9.
LEY DE ORDENACION
DE LA EDIFICACION Proceso de edificación- Exclusiones: • Obras de escasa entidad y obras sencillas que: • No sean temporal o permanentemente: – Residenciales – Publicas • Tengan una sola planta 9 © FREMAP
10.
LEY DE ORDENACION
DE LA EDIFICACION Proceso de edificación- Exclusiones: • Obras de escasa entidad y obras sencillas que: • No sean temporal o permanentemente: – Residenciales – Publicas • Tengan una sola planta 10 © FREMAP
11.
Edificio/Lugar de trabajo 11
© FREMAP
12.
R.D. 486/97
LUGARES DE TRABAJO Lugar de trabajo Cualquier área de un centro de trabajo, edificada o no en la que los trabajadores deban permanecer o puedan acceder incluyendo: - Áreas de servicios higiénicos - Locales de primeros auxilios - Comedores - Instalaciones de servicio o protección 12 © FREMAP
13.
R.D. 486/97
LUGARES DE TRABAJO Excepciones: • Medios de transporte (OGSHT) • Obras de construcción (RD 1627/97) • Canteras y minas (RD 1389/1997) • Buques de pesca (RD 1216/1997) • Campos de cultivo, bosques o terrenos no cultivados. (OGSHT) 13 © FREMAP
14.
Edificios/Lugares de trabajo 14
© FREMAP
15.
TODOS LOS EDIFICIOS
NO SON LUGARES DE TRABAJO NI TODOS LOS LUGARES DE TRABAJO SON EDIFICIOS Lugares de trabajo Edificios R.D. 486/97 CTE 15 © FREMAP
16.
Exigencias legales
LOE LPRL Con el fin de garantizar la seguridad de las Los trabajadores tienen personas, el bienestar de la sociedad y la derecho a una protección protección del medio ambiente, los edificios eficaz en materia de deberán proyectarse, construirse, mantenerse y seguridad y salud en el conservarse de tal forma que se satisfagan los trabajo. requisitos básicos siguientes: RD 486/97 •Funcionalidad: El empresario deberá •Utilización correcta adoptar las medidas •Accesibilidad universal necesarias para que la •Acceso a servicios utilización de los lugares •Seguridad: de trabajo no origine • Estructural riesgos para la seguridad y • Incendio • De utilización y accesibilidad salud de los trabajadores o, si ello no fuese posible, •Habitabilidad: •Higiene, salud y protección del medio ambiente para que tales riesgos se •Ruido reduzcan al mínimo •Ahorro de energía y aislamiento térmico 16 © FREMAP
17.
Exigencias legales
LOE LPRL Con el fin de garantizar la seguridad de las R.D.1627/97 POR EL QUE personas, el bienestar de la sociedad y la SE ESTABLECEN protección del medio ambiente, los edificios DISPOSICIONES MÍNIMAS DE SEGURIDAD Y SALUD deberán proyectarse, construirse, mantenerse y EN LAS OBRAS DE conservarse de tal forma que se satisfagan los CONSTRUCCIÓN requisitos básicos siguientes: •Funcionalidad: •Utilización correcta •Accesibilidad universal •Acceso a servicios •Seguridad: • Estructural • Incendio • De utilización y accesibilidad •Habitabilidad: •Higiene, salud y protección del medio ambiente •Ruido •Ahorro de energía y aislamiento térmico 17 © FREMAP
18.
DOCUMENTO BASE
LOE LPRL - RD 486/97 CODIGO TECNICO DE ANEXOS DEL R.D.: LA EDIFICACION: • EXIGENCIAS BASICAS •I Condiciones generales • SE Seguridad estructural •II Orden, limpieza y • SI Seguridad en caso de mantenimiento incendio •III Condiciones ambientales • SUA Seguridad de •IV Iluminación utilización y accesibilidad • V Servicios higiénicos y de • HS Higiene; salud y descanso protección del medio •VI Primeros auxilios ambiente • HE Ahorro de energía • HR Ruido 18 © FREMAP
19.
SUJETOS RESPONSABLES
LOE LPRL Promotor Empresario AGENTES DE LA EDIFICACION 19 © FREMAP
20.
Cualquier persona física
o jurídica, pública o privada, que, individual o colectivamente, decide, impulsa, programa y EL PROMOTOR financia, con recursos propios o ajenos, las obras de edificación, para sí o para su posterior enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título 20 © FREMAP
21.
Cualquier persona física
o Obligaciones: jurídica, pública o privada, • Titularidad para construir o que, individual colectivamente, decide, • Facilitar información para el proyecto y modificaciones impulsa, programa y EL PROMOTOR • Gestionar licencias y permisos administrativos. con recursos financia, • Suscribir el acta ajenos, las propios o de recepción de obra •obras de edificación, para Suscribir los seguros obligatorios • Entregarpara su posterior sí o documentación al adquirente enajenación, entrega o cesión a terceros bajo cualquier título 21 © FREMAP
22.
EL PROYECTISTA
Es el agente que, por encargo del promotor y con sujeción a la normativa técnica y urbanística correspondiente, redacta el proyecto 22 © FREMAP
23.
EL PROYECTISTA
Es el agente que, por Obligaciones: encargo del promotor • Poseer titulación habilitantela y conelsujeción a a • Redactar proyecto conforme las normas legalestécnica y normativa vigentes. • Redactar el proyecto de acuerdo urbanística con las especificaciones del correspondiente, cliente • Visar el proyecto redacta el proyecto 23 © FREMAP
24.
EL CONSTRUCTOR Es
el agente que asume, contractualmente ante el promotor , el compromiso de ejecutar con medios humanos y materiales, propios o ajenos, las obras o parte de las mismas con sujeción al proyecto y al contrato 24 © FREMAP
25.
Es el agente
que asume, Obligaciones: EL CONSTRUCTOR • Ejecutar la obra de acuerdo a: contractualmente ante el • El proyecto promotor , elvigente • La legislación compromiso • Las instrucciones de la dirección de ejecutar con medios facultativa humanos y materiales, • Designar al jefe de obra • Asignar los medios necesarios • Hacer las subcontrataciones las propios o ajenos, • Firmar las actas de comienzo y fin de obra obras o parte de las • Facilitar los datos necesarios paraal mismas con obra sujeción la documentación de la • Suscribir las garantias contrato proyecto y al reglamentarias 25 © FREMAP
26.
Es el agente
que, formando parte de la dirección EL DIRECTOR DE facultativa, dirige el OBRA desarrollo de la obra en los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que la define, la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto 26 © FREMAP
27.
Es el agente
que, formando Obligaciones: parte de la dirección EL DIRECTOR DE • Poseer titulacióndirige el facultativa, adecuada OBRA •desarrollo de la obra y los Verificar que estructura en cimentación son técnicos, al aspectos adecuadas terreno. estéticos, urbanísticos y • Resolver incidencias e de medioambientales, interpretar el proyecto • conformidad con el proyecto Elaborar las modificaciones al proyecto define, la licencia de que la • Suscribir las actas demás edificación y y autorizaciones preceptivas y certificaciones y visarlas •las condiciones del contrato, Elaborar y suscribir la documentación de la obra con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto 27 © FREMAP
28.
Es el agente
que, EL DIRECTOR DE LA formando parte de la EJECUCIÓN DE LA OBRA dirección facultativa, asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado 28 © FREMAP
29.
Obligaciones:
Es el agente que, • Disponer de titulación EL DIRECTOR DE LA formando parte de la adecuada EJECUCIÓN DE LA OBRA • Verificar los ordenando de materiales dirección facultativa, construcción las asume la función pruebas y ensayos necesarios. de dirigir la técnica ejecución material • Dirigir la ejecución material de la obra de acuerdo con el de la obra y de proyecto y con el director de controlar cualitativa obra. y cuantitativamente • Consignar en el Libro de Órdenes la construcción y la • Suscribir actas y calidad de lo certificaciones • Colaboraredificado en la elaboración de la documentación 29 © FREMAP
30.
Son entidades de
control de la calidad de la edificación aquéllas capacitadas para prestar asistencia técnica en la ENTIDADES DE CONTROL verificación de la calidad del proyecto, de los materiales y de la ejecución de la obra y de sus instalaciones de acuerdo con el proyecto y la normativa aplicable 30 © FREMAP
31.
Son laboratorios de
ensayos para el control de la calidad de la edificación los capacitados para LABORATORIOS prestar asistencia técnica, mediante la realización de ensayos o pruebas de servicio de los materiales, sistemas o instalaciones de una obra de edificación 31 © FREMAP
32.
Obligaciones:
Son laboratorios de ensayos para el control de • la calidad de la edificación Prestar la asistencia contratada. los capacitados para • Entregar resultados a: prestar asistencia LABORATORIOS •Autor delmediante la técnica, encargo realización de ensayosde •Director de ejecución o obra pruebas de servicio de •los materiales, sistemas Estar debidamente acreditados o instalaciones de una obra de edificación 32 © FREMAP
33.
Son los fabricantes, SUMINISTRADORES
almacenistas, importadores o vendedores de productos de construcción con la obligación de facilitar las instrucciones de uso y mantenimiento de los productos entregados, respondiendo de su origen, identidad y calidad 33 © FREMAP
34.
Son Obligaciones:
los fabricantes, almacenistas, SUMINISTRADORES • Entregar los pedidos de acuerdo a importadores o lo especificado • vendedores de productos Responder de: de construcción con la • Origen • Identidad obligación de facilitar las • Calidad instrucciones de uso y • Especificaciones técnicas mantenimiento de los • Facilitar: • Instrucciones de uso y productos entregados, mantenimiento • Garantias de calidad su respondiendo de origen, identidad y calidad 34 © FREMAP
35.
Son los dueños
efectivos del edificio, pudiendo o no ser usuarios. Tienen la obligación de mantener en buen estado PROPIETARIOS el edificio, mediante un adecuado uso y mantenimiento, siendo además responsables de recibir, conservar y transmitir la documentación de la obra (LIBRO DEL EDIFICIO) 35 © FREMAP
36.
Son los agentes
que, bajo cualquier titulo, gozan del derecho de uso del edificio, incluyendo las personas que trabajan, residen, visitan o pueden estar en el área de influencia del mismo. Todos están obligados a USUARIOS utilizar el edificio de acuerdo con las instrucciones de uso y mantenimiento (LIBRO DEL EDIFICIO) 36 © FREMAP
37.
¿Cuándo hay que
hacerlo? • En todos los edificios nuevos sea cual sea su uso • En todos los edificios reformados o rehabilitados • En todos aquellos edificios o partes de edificios a los que se les haya cambiado el uso previsto 37 © FREMAP
38.
¿De que consta? •
Proyecto y sus modificaciones y proyectos complementarios • Licencias • Certificados • Acta de recepción del edificio • Relación de los agentes que han intervenido • Instrucciones de uso y mantenimiento de: • Edificio •Instalaciones • Controles de recepción en obra de productos, equipos y sistemas. • Copia de las hojas de los libros de subcontratación 38 © FREMAP
39.
¿Quién lo hace?
• El Director de Obra 39 © FREMAP
40.
¿Quién lo guarda?
• El propietario 40 © FREMAP
41.
¿Quién debe conocerlo?
• El propietario • Los usuarios: • Arrendatarios • Trabajadores del edificio • Vecinos 41 © FREMAP
42.
¿Cómo se hace?
Las Comunidades Autónomas han legislado sobre los libros aplicables a viviendas. 42 © FREMAP
43.
SUJETOS RESPONSABLES
LOE LPRL Promotor Empresario 43 © FREMAP
44.
DOCUMENTO BASE
LOE LPRL - RD 486/97 CODIGO TECNICO DE ANEXOS DEL R.D.: LA EDIFICACION: • EXIGENCIAS BASICAS •I Condiciones generales • SE Seguridad estructural •II Orden, limpieza y • SI Seguridad en caso de mantenimiento incendio •III Condiciones ambientales • SU Seguridad de •IV Iluminación utilización • V Servicios higiénicos y de • HS Higiene; salud y descanso protección del medio •VI Primeros auxilios ambiente • HE Ahorro de energía • HR Ruido 44 © FREMAP
45.
CODIGO TECNICO DE
LA EDIFICACION - CTE Establece las exigencias básicas que deben cumplir los edificios para satisfacer los requisitos básicos de seguridad y habitabilidad según su uso previsto. Estas exigencias básicas deben cumplirse en: • El proyecto. • La construcción. • El mantenimiento. • La conservación. de los edificios y sus instalaciones. 45 © FREMAP
46.
CODIGO TECNICO DE
LA EDIFICACION - CTE Se aplicará a los campos definidos en la LOE manteniendo la exclusión de los edificios de escasa entidad, definiendo mejor lo que es rehabilitación y añadiendo que: En todo cambio de uso característico de un edificio o establecimiento existente se deberá comprobar el cumplimiento de las exigencias básicas del CTE. Aunque el cambio sea parcial se ha de analizar todo el edificio. AUNQUE ELLO NO IMPLIQUE NECESARIAMENTE AUNQUE ELLO NO IMPLIQUE NECESARIAMENTE Eliminado por RD 1371/2007 LA REALIZACION DE OBRAS LA REALIZACION DE OBRAS 46 © FREMAP
47.
Uso previsto
Uso específico para el que se proyecta y realiza un edificio o una parte de él y que se debe reflejar documentalmente. El uso previsto se caracteriza por las actividades que se han de desarrollar en el edificio y por el tipo de usuario. En un mismo edificio pueden coexistir distintos usos. 47 © FREMAP
48.
Uso administrativo Lugar
en el que se desarrollan actividades de gestión o de servicios tales como: • Administración pública • Bancos • Oficinas • Despachos profesionales • Etc. 48 © FREMAP
49.
Uso aparcamiento Lugar de
más de 100 m2 en el que se estacionan vehículos y se efectúan actividades tales como: • Lavado • Puesta a punto • Montaje de accesorios • Montaje y comprobación de neumáticos y faros • Etc. Siempre que no sea necesario el uso de equipos o productos que presenten un riesgo adicional 49 © FREMAP
50.
Uso Comercial Lugar donde
se venden productos o se prestan servicios directamente el publico tales como: • Tiendas • Comercios • Supermercados • Galerías comerciales • Mercados • Grandes almacenes, etc. • Actividades asimiladas: • Lavanderías • Peluquerías • Centros de estética, etc. 50 © FREMAP
51.
Uso Docente Lugar dedicado
a la docencia en cualquiera de sus formas: • Preescolar • Primaria • Secundaria • Universitaria • Formación profesional Excepto si se imparte la enseñanza en aulas de gran densidad de ocupación 51 © FREMAP
52.
Uso Privado Lugar que
no es de uso público dentro de un recinto dedicado a cualquier otro uso. Ejemplos: - En Uso administrativo las áreas que no dan servicio al público. - En uso aparcamiento los aparcamientos privados. - En uso docente los despachos - En uso sanitario los quirofanos, almacenes, cocinas, etc. 52 © FREMAP
53.
Uso pública concurrencia Lugar
dedicado a alguno de los siguientes usos: • Restauración • Espectáculos • Reunión • Esparcimiento • Deportes • Auditorios • Juegos • Religioso • Transporte de personas 53 © FREMAP
54.
Uso público Zonas o
elementos de circulación susceptibles de ser utilizados por el público en general, personas no familiarizadas con el edificio, etc., tales como: - en uso Administrativo los espacios de atención al público; - en uso Aparcamiento los aparcamientos públicos o que sirvan a establecimientos públicos; - en uso Comercial los espacios de venta, los espacios comunes en centros comerciales, etc.; - en uso Docente las aulas, las zonas de circulación, el salón de actos, bibliotecas, etc.; - en uso Sanitario, las consultas, las zonas de acceso al público, zonas de espera, etc.; - en uso Pública Concurrencia todas las zonas excepto las restringidas al público. 54 © FREMAP
55.
Uso residencial PÚBLICO
(Alojamiento temporal): Lugar dedicado a alguno de los siguientes usos: • Hoteles • Hostales • Pensiones • Residencias • Apartamentos VIVIENDA (Alojamiento permanente): • Bloques de pisos • Viviendas unifamiliares 55 © FREMAP
56.
Uso sanitario
Hospitales Centros de salud •Consultorios • Centros de análisis clínicos • Ambulatorios • Geriatricos 56 © FREMAP
57.
Uso restringido
Utilización de las zonas o elementos de circulación limitados a un máximo de 10 personas que tienen el carácter de usuarios habituales, incluido el interior de las viviendas y de los alojamientos y excluidas las partes comunes de los edificios Zonas de uso restringido ≈ Zonas de servicio 57 © FREMAP
58.
CTE- EXIGENCIAS BÁSICAS Exigencias
básicas de seguridad estructural (SE): • Exigencia básica SE 1: Resistencia y estabilidad • Exigencia básica SE 2: Aptitud al servicio DB SE Seguridad Estructural DB-SE-AE Acciones en la edificación DB-SE-C Cimientos DB-SE-A Acero DB-SE-F Fábrica DB-SE-M Madera y además NCSE (Sismoresistente) Instrucciónes de Hormigón Estructural Sustituidas por EHE08 RD 1247/08 58 © FREMAP
59.
CTE- EXIGENCIAS BÁSICAS
Exigencias básicas de seguridad en caso de incendio (SI) • Exigencia básica SI 1: Propagación interior • Exigencia básica SI 2: Propagación exterior • Exigencia básica SI 3: Evacuación de ocupantes • Exigencia básica SI 4: Instalaciones de protección contra incendios • Exigencia básica SI 5: Intervención de bomberos • Exigencia básica SI 6: Resistencia estructural al incendio DB-SI 59 © FREMAP
60.
CTE- EXIGENCIAS BÁSICAS
Exigencias básicas de seguridad de utilización y accesibilidad (SUA) • Exigencia básica SUA 1: Seguridad frente al riesgo de caídas • Exigencia básica SUA 2: Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento • Exigencia básica SUA 3: Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento • Exigencia básica SUA 4: Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada • Exigencia básica SUA 5: Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupación • Exigencia básica SUA 6: Seguridad frente al riesgo de ahogamiento • Exigencia básica SUA 7: Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento • Exigencia básica SUA 8: Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo • Exigencia básica SUA 9: Accesibilidad DB-SUA 60 © FREMAP
61.
CTE- EXIGENCIAS BÁSICAS
Exigencias básicas de salubridad (HS) • Exigencia básica HS 1: Protección frente a la humedad • Exigencia básica HS 2: Recogida y evacuación de residuos • Exigencia básica HS 3: Calidad del aire interior • Exigencia básica HS 4: Suministro de agua • Exigencia básica HS 5: Evacuación de aguas DB-HS 61 © FREMAP
62.
CTE- EXIGENCIAS BÁSICAS
Exigencias básicas de protección frente al ruido (HR) El objetivo del requisito básico “Protección frente el ruido” consiste en limitar, dentro de los edificios y en condiciones normales de utilización, el riesgo de molestias o enfermedades que el ruido pueda producir a los usuarios como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento. Para satisfacer este objetivo, los edificios se proyectarán, construirán y mantendrán de tal forma que los elementos constructivos que conforman sus recintos tengan unas características acústicas adecuadas para reducir la transmisión del ruido aéreo, del ruido de impactos y del ruido y vibraciones de las instalaciones propias del edificio, y para limitar el ruido reverberante de los recintos DB-HR 62 © FREMAP
63.
CTE- EXIGENCIAS BÁSICAS
Exigencias básicas de ahorro de energía (HE) • Exigencia básica HE 1: Limitación de demanda energética • Exigencia básica HE 2: Rendimiento de las instalaciones térmicas • Exigencia básica HE 3: Eficiencia energética de las instalaciones de iluminación • Exigencia básica HE 4: Contribución solar mínima de agua caliente sanitaria • Exigencia básica HE 5: Contribución fotovoltaica mínima de energía eléctrica DB-HE 63 © FREMAP
64.
CODIGO TECNICO DE
LA EDIFICACION - CTE Las exigencias básicas se entiende que se cumplen si se sigue lo establecido para cada actividad en los documentos básicos, aunque pueden utilizarse otros criterios siempre que se justifique que se cumple con los requisitos básicos. 64 © FREMAP
65.
CODIGO TECNICO DE
LA EDIFICACION - CTE Si la actividad a que se va a dedicar el edificio no esta entre las definidas, se adoptará por analogía la mas similar o se efectuará un estudio especifico del riesgo asociado a la actividad basándose en los factores y criterios de evaluación siguientes: 65 © FREMAP
66.
CODIGO TECNICO DE
LA EDIFICACION - CTE Actividades previstas de los usuarios. Características de los usuarios. Nº de personas que ocupan, visitan, usan o trabajan en el edificio. Vulnerabilidad de los ocupantes. Familiaridad con el edificio. Tiempo y periodo de uso. Características del contenido del edificio. Riesgo admisible en situaciones extraordinarias. Nivel de protección del edificio. 66 © FREMAP
67.
CTE - Proyecto
Definirá las obras a ejecutar justificando técnicamente las soluciones e incluirá como mínimo: • Características y controles mínimos que han de tener los productos, equipos y sistemas. • Características de cada unidad de obra con indicación de: • Las condiciones para su ejecución. • Medidas a adoptar para la construcción y para el uso y mantenimiento. 67 © FREMAP
68.
CTE - Proyecto
Definirá las obras a ejecutar justificando técnicamente las soluciones e incluirá como mínimo: • Características y controles mínimos que han de tener los productos, equipos y sistemas. • Características de cada unidad de obra con indicación de: • Las condiciones para su ejecución. • Medidas a adoptar para la construcción y para el uso y mantenimiento. • Verificaciones y pruebas de servicio. • Instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado. 68 © FREMAP
69.
CTE - Proyecto
Definirá las obras a ejecutar justificando técnicamente las soluciones e incluirá como mínimo: • Características y controles mínimos que han de tener los productos, equipos y sistemas. • Características de cada unidad de obra con indicación de: • Las condiciones para su ejecución. • Medidas a adoptar para la construcción y para el uso y mantenimiento*. • Verificaciones y pruebas de servicio. • Instrucciones de uso y mantenimiento del edificio terminado*. *Ítems imprescindibles para la planificación preventiva 69 © FREMAP
70.
CTE – Uso
y conservación El edificio se utilizará de acuerdo al uso previsto. Debe conservarse mediante un adecuado mantenimiento que deberá incluir: - Un plan de mantenimiento encargado a un técnico competente. - La realización de las inspecciones reglamentarias conservando la documentación generada. - Documentar todas las intervenciones realizadas en el Libro del Edificio. 70 © FREMAP
71.
Fabricante
Usuario Producto seguro Normas tecnicas Normas laborales Requisitos basicos Disposiciones minimas Agentes edificación Empresario 71 © FREMAP
72.
¿En que se
parece un edificio a una maquina? © FREMAP
73.
Edificio
Maquina Diseño seguro Diseño seguro Uso seguro Uso seguro Mantenimiento seguro Mantenimiento seguro Materiales constructivos CE Marcado CE Instrucciones de uso Instrucciones de uso Plan de mantenimiento Plan de mantenimiento Libro del edificio Manual de la maquina Responsabilidad: Responsabilidad: -Proyectista -Proyectista -Propietario -Empresario -Usuario -Usuario 73 © FREMAP
74.
Edificio
Maquina Diseño seguro Diseño seguro Uso seguro Uso seguro Mantenimiento seguro Mantenimiento seguro Materiales constructivos CE Marcado CE Instrucciones de uso Instrucciones de uso Plan de mantenimiento Plan de mantenimiento Libro del edificio Manual de la maquina Responsabilidad: Responsabilidad: -Proyectista -Proyectista -Propietario -Empresario -Usuario -Usuario 74 © FREMAP
75.
CTE
Exigencia básica Documento básico Seguridad estructural DB SE DB-SE-AE DB-SE-C DB-SE-A DB-SE-F DB-SE-A y además: - NCSE (Sismoresistente) Sustituidos por - EHEl (Hormigon estructural) - EFHE (Forjados RD 1247/08 EHE08 prefabricados) 75 © FREMAP
76.
CTE – DB-SE-AE
Acciones permanentes • Peso propio • Pretensado • Acciones del terreno Acciones variables • Sobrecarga de uso • Barandillas y elementos divisorios • Viento • Acciones térmicas • Nieve Acciones accidentales • Sismo • Incendio • Impacto • Otros 76 © FREMAP
77.
Sobrecarga de uso-CTE
Peso soportado por el edificio en razón de su uso El DB no contempla la sobrecarga debida a equipos ni a acumulaciones por: • Bibliotecas • Almacenes • Industrias Esta sobrecarga debe ser determinada aparte En zonas de almacén o bibliotecas debe figurar en una placa el valor de la carga calculada para la zona no excluyendose que figure en otros lugares (DB-SE) 77 © FREMAP
78.
Sobrecarga de uso-RD
486/97 Estructura y solidez adecuada al uso previsto Prohibición de sobrecagas • Según Guia técnica indicar carga máxima en: • Plantas • Plataformas • Cubiertas • Techos Acceso restringido a techos y cubiertas 78 © FREMAP
79.
Impacto
El edificio debe estar calculado para resistir los impactos previsibles contra el mismo. Estos impactos pueden ser debidos a: • Vehículos. • Carretillas elevadoras. • Otros equipos. No queda claro que hay que hacer cuando existen puentes grúa, pórticos, grúas, brazos robotizados, etc.. 79 © FREMAP
80.
Otras acciones
Cuando el uso del edificio pueda conllevar otras acciones accidentales tales como explosiones, derrames químicos, etc. deben constar en el proyecto las acciones consideradas con indicación de su valor y del modelo que se ha utilizado para el calculo 80 © FREMAP
81.
CTE
Exigencia básica Documento básico Seguridad en caso de incendio DB SI Seguridad de utilización y accesibilidad DB-SUA Salubridad DB-HS Ruido DB-HR Ahorro de energía DB-HE 81 © FREMAP
82.
Seguridad de Utilización(SUA)
Objetivos El objetivo del requisito básico "Seguridad de Utilización y accesibilidad" consiste en reducir a límites aceptables el riesgo de que los usuarios sufran daños inmediatos en el uso previsto de los edificios, como consecuencia de las características de su proyecto, construcción, uso y mantenimiento, así como en facilitar el acceso y la utilización no discriminatoria, independiente y segura de los mismos a las personas con discapacidad 82 © FREMAP
83.
SUA Objetivos La protección frente
a los riesgos específicos de: – las instalaciones de los edificios; – las actividades laborales; – las zonas y elementos de uso reservado a personal especializado en mantenimiento, reparaciones, etc.; – los elementos para el público singulares y característicos de las infraestructuras del transporte, tales como andenes, pasarelas, pasos inferiores, etc.; así como las condiciones de accesibilidad en estos últimos elementos, se regulan en su reglamentación específica. 83 © FREMAP
84.
SUA
Añadido por la Orden VIV/984/2009, de 15 de Criterios de aplicación abril Cuando la aplicación en obras en edificios protegidos sea incompatible con su grado de protección, se podrán aplicar soluciones alternativas que permitan la mayor adecuación posible, desde los puntos de vista técnico y económico, de las condiciones de seguridad de utilización. En la documentación final de la obra deberá quedar constancia de aquellas limitaciones al uso del edificio que puedan ser necesarias como consecuencia del grado final de adecuación alcanzado y que deban ser tenidas en cuenta por los titulares de las actividades. 84 © FREMAP
85.
SUA
Añadido por la Orden VIV/984/2009, de 15 de Criterios de aplicación abril Cuando se cita una disposición reglamentaria se entiende que es la que esté en vigor en el momento de la aplicación. Cuando se cita una norma se entiende que la referencia es a la versión que se cita aunque exista versión posterior salvo en el caso de los materiales de construcción afectados por la Directiva 89/106/CEE en cuyo caso la referencia es siempre a la ultima norma publicada 85 © FREMAP
86.
SUA
Añadido por la Orden VIV/984/2009, de 15 de Criterios de aplicación abril Aquellos usos previstos que no se encuentren entre los definidos deberán cumplir, las condiciones particulares del uso al que mejor puedan asimilarse en función de los criterios expuestos en el artículo 2, punto 7 de la parte I del CTE. Cuando un cambio de uso afecte únicamente a parte de un edificio o cuando se realice una ampliación a un edificio existente, este DB deberá aplicarse a dicha parte. 86 © FREMAP
87.
SUA
Añadido por la Orden VIV/984/2009, de 15 de Criterios de aplicación abril En obras de reforma en las que se mantenga el uso, este DB debe aplicarse a los elementos del edificio modificados por la reforma, siempre que ello suponga una mayor adecuación a las condiciones de seguridad de utilización establecidas en este DB. En todo caso, las obras de reforma no podrán menoscabar las condiciones de seguridad de utilización preexistentes, cuando éstas sean menos estrictas que las contempladas en este DB. 87 © FREMAP
88.
SUA
Secciones SUA1 Seguridad frente al riesgo de caídas SUA2 Seguridad frente al riesgo de impacto o de atrapamiento SUA3 Seguridad frente al riesgo de aprisionamiento SUA4 Seguridad frente al riesgo causado por iluminación inadecuada SUA5 Seguridad frente al riesgo causado por situaciones con alta ocupación SUA6 Seguridad frente al riesgo de ahogamiento SUA7 Seguridad frente al riesgo causado por vehículos en movimiento SUA8 Seguridad frente al riesgo causado por la acción del rayo SUA9 Accesibilidad 88 © FREMAP
89.
SUA
SUA1 Caídas Se limitará el riesgo de que los usuarios sufran caídas, para lo cual los suelos serán adecuados para favorecer que las personas no resbalen, tropiecen o se dificulte la movilidad. Asimismo se limitará el riesgo de caídas en huecos, en cambios de nivel y en escaleras y rampas, facilitándose la limpieza de los acristalamientos exteriores en condiciones de seguridad. 89 © FREMAP
90.
SUA
Resbaladicidad de los suelos Ámbito de aplicación Edificios o zonas de uso Residencial público, Sanitario, Docente, Comercial, Administrativo y Pública Concurrencia, excluidas las zonas de ocupación nula definidas en el anejo SI A del DB SI*. *Zona de ocupación nula Zona en la que la presencia de personas sea ocasional o bien a efectos de mantenimiento, tales como salas de máquinas y cuartos de instalaciones, locales para material de limpieza, determinados almacenes y archivos, trasteros de viviendas, etc. 90 © FREMAP
91.
RD 486/97
Resbaladicidad de los suelos Los suelos de los locales de trabajo deberán ser fijos, estables y no resbaladizos, sin irregularidades ni pendientes peligrosas. 91 © FREMAP
92.
SUA
Resbaladicidad de los suelos Clasificación de los suelos Ensayo del péndulo según la norma UNE ENV 12633:2003 Permite la realización de ensayos in situ Rd Clase Rd ≤ 15 0 15 < Rd ≤ 35 1 35 < Rd ≤ 45 2 Rd > 45 3 92 © FREMAP
93.
SUA Resbaladicidad de los
suelos Clase exigible a los suelos en función de su localización Localización y características del suelo Clase Zonas interiores secas - superficies con pendiente menor que el 6% 1 - superficies con pendiente igual o mayor que el 6% y escaleras 2 Zonas interiores húmedas, tales como las entradas a los edificios desde el espacio exterior (1), terrazas cubiertas, vestuarios, baños, aseos, cocinas, etc.. - superficies con pendiente menor que el 6% 2 - superficies con pendiente igual o mayor que el 6% y escaleras 3 Zonas interiores donde, además de agua, pueda haber agentes (grasas, Eliminado por O VIV/984/2009, de 15 de abril lubricantes, etc..) que reduzcan la resistencia al deslizamiento, tales como cocinas 3 industriales, mataderos, aparcamientos, zonas de uso industrial, etc.. Zonas exteriores. Piscinas (2) , duchas. 3 (1) Excepto cuando se trate de accesos directos a zonas de uso restringido. (2) En zonas previstas para usuarios descalzos y en el fondo de los vasos, donde la profundidad no exceda de 1,50 m. 93 © FREMAP
94.
SUA
Discontinuidades en el pavimento Tropiezos Excepto en zonas de uso restringido u exteriores Imperfecciones o irregularidades ≤ 4 mm Para elementos pequeños y puntuales ≤ 12mm 45º 6mm Desniveles ≤ 50 mm pendiente ≤ 25% En zonas de circulación perforaciones o huecos ≤ 15 mm RD ≤ 8 mm Altura barreras divisorias ≥ 800 mm (Sin desnivel) 94 © FREMAP
95.
SUA
Discontinuidades en el pavimento Escalones aislados En zonas de circulación no se pueden disponer 1 o 2 escalones excepto: A) en zonas de uso restringido B) en zonas comunes de edificios de vivienda C) en los accesos y en las salidas de los edificios D) en acceso a estrados o escenarios Si por estos elementos pasa un itinerario accesible, no podrán haber escalones 95 © FREMAP
96.
SUA
Discontinuidades en el pavimento Eliminado por RD 1371/2007 96 © FREMAP
97.
SUA
Desniveles Cuestiones generales de desniveles Barreras de protección obligatorias También en ventanas Limitaciones al diseño de barandillas Elementos de fácil modificación por parte del usuario 97 © FREMAP
98.
SUA
Desniveles Protección de desniveles Barreras de protección en desniveles (incluso ventanas) superiores a 55 cm., excepto cuando la disposición constructiva haga muy improbable la caída o cuando sea incompatible con el uso RD 486/97 Protección obligatoria a partir de 2 m. En zonas de uso público diferenciación visual y táctil de desniveles inferiores a 55 cm. susceptibles de causar caídas. Estará situada al menos a 25 cm. del borde 98 © FREMAP
99.
SUA
Desniveles Características de las barreras Altura Diferencia de cota ≤ 6 m 900 mm Diferencia de cota > 6 m 1100 mm RD 486/97 900 mm 99 © FREMAP
100.
SUA
Desniveles Características de las barreras Características constructivas En general y : esfera de 150 mm En zonas de público de uso Comercial o Pública concurrencia y en los usos residencial vivienda y escuelas infantiles (presencia de niños): - esfera de 100 mm - no escalables RD 486/97 Rodapiés 100 © FREMAP
101.
SUA
Desniveles Características de las barreras: Resistencia. Según DB-SE-AE Fuerza horizontal, uniformemente distribuida, aplicada a 1,2 m o sobre el borde superior del elemento, con el valor: C5 Zonas de aglomeración (salas de conciertos, estadios, etc) C4 Zonas destinadas a gimnasio u actividades físicas C3 Zonas sin obstáculos que impidan el libre movimiento de las personas como vestíbulos de edificios públicos, administrativos, hoteles; salas de exposición en museos; etc. E Zonas de tráfico y de aparcamiento para vehículos ligeros (peso total < 30 kN) F Cubiertas transitables accesibles sólo privadamente En zonas de tráfico y aparcamientos qk ≥ 50 kN. Tabiques 1/2 qk. 101 © FREMAP
102.
SUA Desniveles 102
© FREMAP
103.
SUA Desniveles 103
© FREMAP
104.
SUA Desniveles 104
© FREMAP
105.
SUA
Desniveles Barreras situadas delante de una fila de asientos fijos Reducción de altura si se dispone un elemento horizontal 105 © FREMAP
106.
SUA
Escaleras y rampas Cuestiones generales Dos tipos de escaleras: uso restringido y uso general Escaleras de uso restringido ≈ Escaleras de servicio Se tratan las rampas solo desde el punto de vista de seguridad de utilización (no accesibilidad) 106 © FREMAP
107.
SUA
Escaleras y rampas Escaleras de uso restringido ≈ escaleras de servicio RD 486/97 Anchura ≥ 800 mm ≥ 550 mm Contrahuella ≤ 200 mm ≤ 250 mm Huella ≥ 220 mm ≥ 150 mm Condiciones para escaleras curvas Se permiten mesetas partidas a 45º NO Se permiten escalones sin tabica SI 107 © FREMAP
108.
SUA
Escaleras y rampas Escaleras de uso restringido ≈ escaleras de servicio RD 486/97 H ≥ 150 mm C ≤ 250 mm 108 © FREMAP
109.
SUA
Escaleras curvas Escaleras de uso restringido ≈ escaleras de servicio ≥ 50 mm 109 © FREMAP
110.
SUA
Escaleras curvas ¿Escaleras curvas ≈ Escaleras de caracol? No se permiten las escaleras de caracol ya que se especifica que la DIMENSIÓN menor de la huella ha de superar los 50 mm. en el lado mas estrecho lo que no cumple ninguna escalera de caracol. El RD 486/97 permite escaleras de caracol como escaleras de servicio Entendemos por escalera de caracol aquella en la que el escalón llega hasta el eje y que normalmente vuelve sobre si misma. 110 © FREMAP
111.
SUA Escaleras y rampas
Escaleras de uso general Peldaños RD 486/97 H ≥ 280 mm 230 ≤ H ≤ 360 mm 130 ≤ C ≤ 185 mm 130 ≤ C ≤ 200 mm 540 mm ≤ 2C + H ≤ 700 mm 111 © FREMAP
112.
SUA Escaleras y rampas
Escaleras de uso general Peldaños RD 486/97 H ≥ 280 mm 230 ≤ H ≤ 360 mm 130 ≤ C ≤ 185 mm 130 ≤ C ≤ 200 mm 540 mm ≤ 2C + H ≤ 700 mm En zonas de uso público y cuando no existe ascensor como alternativa a la escalera la contrahuella será de 175 mm. como máximo 112 © FREMAP
113.
SUA Escaleras y rampas
Escaleras de uso general NO SE ADMITE BOCEL. En escaleras de evacuación ascendente o cuando no existe un itinerario accesible alternativo: - Escalones con tabica - Tabicas verticales o inclinadas 15º 113 © FREMAP
114.
SUA Escaleras y rampas
Escaleras de uso general Tramos Mínimo tres peldaños no determinado Altura máxima 3,20 m. 3,7 m En zonas de uso público, así como siempre que no se disponga ascensor como alternativa a la escalera 2,25 m Entre dos plantas consecutivas todos los peldaños han de tener la misma huella en tramos rectos y la misma contrahuella. Entre dos tramos consecutivos de plantas diferentes la contrahuella no variará en ± 10 mm. Todos los escalones han de tener las mismas dimensiones Anchura mínima 1 m lo mismo 114 © FREMAP
115.
SUA Condiciones para escaleras
curvas Escaleras de uso general Tramos mixtos: Huella en el eje al menos igual a huella en peldaño 115 © FREMAP
116.
SUA Escaleras y rampas
Escaleras de uso general 116 © FREMAP
117.
SUA Escaleras y rampas
Escaleras de uso general RD 486/97 Descansos Mesetas ½ a ≤ profundidad ≤ 1 m. Anchura: la de la escalera Longitud: ≥1m Cambios de dirección Distancia con puertas y pasillos ≥ 400 mm En zonas de público: 117 - Señalización táctil de tramos descendentes © FREMAP
118.
SUA Escaleras y rampas
Escaleras de uso general RD 486/97 Descansos Mesetas ½ a ≤ profundidad ≤ 1 m. En zonas de público: - En las mesetas de planta de las escaleras de zonas de uso público se dispondrá una franja de pavimento visual y táctil en el arranque de los tramos, según las características especificadas en el apartado 2.2 de la Sección SUA 9. En dichas mesetas no habrá pasillos de anchura inferior a 1,20 m ni puertas situados a menos de 40 cm de distancia del primer peldaño de un tramo. 118 © FREMAP
119.
SUA Pasamanos Escaleras
de uso general RD 600 mm Obligatorio para altura ≥ 550 mm Disposición de pasamanos - Anchura ≤ 1200 mm pasamanos en un lado - Anchura > 1200 o inexistencia de ascensor alternativo pasamanos en 2 lados - Anchura > 2400 mm pasamanos intermedio - En zonas de público se prolongará 300 mm. en un extremo. - En uso sanitario cubrirá las mesetas y se prologará en los dos extremos RD mínimo 900 mm - Separados 4 cm. del paramento Altura de pasamanos 119 En general 900 – 1100 mm © FREMAP
120.
SUA Escaleras no permitidas
120 © FREMAP
121.
SUA Escaleras no permitidas
121 © FREMAP
122.
SUA Escaleras no permitidas
122 © FREMAP
123.
SUA Escaleras no permitidas
123 © FREMAP
124.
SUA Escaleras no permitidas
124 © FREMAP
125.
SUA Escaleras no permitidas
125 © FREMAP
126.
SUA Escaleras no permitidas
Una joya arquitectónica es, sin duda, la enorme escalera de madera labrada en el centro del local de la librería Lello & Irmao en Oporto. 126 © FREMAP
127.
SUA Escaleras no permitidas
127 © FREMAP
128.
SUA Escaleras no permitidas
128 © FREMAP
129.
SUA 129
© FREMAP
130.
SUA Escaleras y rampas
Rampas Consideración de rampa a partir de 4% no definido Pendientes: RD 486/97 - Pendiente máxima 12% Longitud menor 3 m. 12% - Curva: Lado mas desfavorable Longitud menor 10 m 10% - Itinerarios accesibles: Resto casos 8% Pendiente transversal ≤ 2% No definido - Vehículos y personas 16% No definido Itin. no accesible 130 © FREMAP
131.
SUA Escaleras y rampas
Rampas Tramos - Longitud de tramo 15m. 9 m. Itinerarios accesibles - Anchura igual que escaleras Si pertenece a un itinerario accesible: - Recta o con radio de curvatura › 30 m. - Parte horizontal en ambos extremos de ≥ 1,20 m. - Rampas mixtas vehículos-personas en aparcamientos: SIN LIMITE DE LONGITUD 131 © FREMAP
132.
SUA Escaleras y rampas
132 © FREMAP
133.
SUA Escaleras y rampas Rampas
Mesetas - Anchura: la de la rampa - Longitud: 1500 mm - Cambios de dirección: igual que en escaleras Pasamanos ≥ 6% y H ≥ 550 mm. Un lado Itin. accesible, ≥ 6% y H ≥ 185 mm. 2 lados y mesetas Bordes libres Zócalo de 100 mm de altura H ≥ 3 m. sobresalir 300 mm. ambos extremos 133 © FREMAP
134.
SUA Escaleras y rampas
Escalas fijas Condiciones para las escalas fijas 400 – 800 mm 134 © FREMAP
135.
SUA Limpieza de acristalamientos
exteriores Limpieza prevista desde el interior Superficie de acristalamiento accesible para su limpieza Sistemas de bloqueo en acristalamientos reversibles O han de ser practicables o fácilmente desmontables RD 1371/2007: Sólo se aplica a vidrios transparentes Orden VIV/984/2009 : Sólo para viviendas 135 © FREMAP
136.
R.D. 486/97 Los trabajadores
deberán poder realizar de forma segura las operaciones de abertura, cierre, ajuste o fijación de ventanas, vanos de iluminación cenital y dispositivos de ventilación. Cuando estén abiertos no deberán colocarse de tal forma que puedan constituir un riesgo para los trabajadores. Las ventanas y vanos de iluminación cenital deberán poder limpiarse sin riesgo para los trabajadores que realicen esta tarea o para los que se encuentren en el edificio y sus alrededores. Para ello deberán estar dotados de los dispositivos necesarios o haber sido proyectados integrando los sistemas de limpieza. 136 © FREMAP
137.
Seguridad de Utilización Limpieza
de acristalamientos exteriores Limpieza prevista desde el exterior Altura superior a 6 metros: Plataforma de mantenimiento con anchura mínima de 400 mm. y barrera de de 1200 mm. como mínimo O equipamientos de acceso especial (góndolas, escalas, arneses, etc..) con previsión de puntos fijos de anclaje (líneas de vida) ¿Se supone que hasta 6 m. se limpian con escaleras de mano? 137 © FREMAP
138.
SUA
SUA2 Impacto o atrapamiento Exigencia SUA2. “Se limitará el riesgo de que los usuarios puedan sufrir impacto o atrapamiento con elementos fijos o practicables del edificio .” 138 © FREMAP
139.
SUA Impacto o atrapamiento
Impacto con elementos fijos • Altura libre de paso en zonas de circulación: RD 486/97 - zonas de uso restringido 2100 mm 2500-3000 mm - resto de zonas 2200 mm 2500-3000 mm - umbrales de puertas 2000 mm No regulado - Altura sobre escalones No regulado 2200 mm • Elementos fijos que sobresalgan de las fachadas sobre zonas de circulación: 2200 mm No regulado • En zonas de circulación, no habrá elementos salientes que, sin arrancar del suelo, vuelen más de 150 mm entre 1000 y 2200 mm de altura desde el suelo No regulado • Elementos fijos H ≤ 2 m. elementos fijos que restrinjan el acceso y sean detectables por bastones 139 © FREMAP
140.
SUA Impacto o atrapamiento Impacto
con elementos practicables • Excepto en zonas de uso restringido, las puertas de recintos que no sean de ocupación nula en pasillos de anchura menor de 2,50 m no deben invadir el pasillo • Las puertas de vaivén contarán con partes transparentes o translucidas entre 0,7 y 1,5m 140 © FREMAP
141.
SUA Impacto o atrapamiento Impacto
con elementos practicables • En pasillos de anchura mayor de 2,50 m no deben invadir en el pasillo la zona de evacuación. Mínimo 1 metro ≥ 2,50 m. • La anchura de la zona de evacuación estará conforme con lo dispuesto en el apartado 4 de la seccion SI3 del DB-SI. 141 © FREMAP
142.
SUA Impacto o atrapamiento
Las puertas, portones y barreras situados en zonas accesibles a las personas y utilizadas para el paso de mercancías y vehículos tendrán marcado CE de conformidad con la norma UNE-EN 13241-1:2004 y su instalación, uso y mantenimiento se realizarán conforme a la norma UNE-EN 12635:2002+A1:2009. Se excluyen de lo anterior las puertas peatonales de maniobra horizontal cuya superficie de hoja no exceda de 6,25 m2 cuando sean de uso manual, así como las motorizadas que además tengan una anchura que no exceda de 2,50 m. Las puertas peatonales automáticas tendrán marcado CE de conformidad con la D 98/37/CE sobre máquinas 142 © FREMAP
143.
SUA Impacto o atrapamiento
Impacto con elementos frágiles Áreas de riesgo de impacto • Barreras • Acristalamiento resistente 143 © FREMAP
144.
SUA Impacto o atrapamiento
Impacto con elementos frágiles Según norma UNE EN 12600-2003 (Impacto con un elemento pendular blando): X Altura de caída: 1=1200 mm, 2=450 mm, 3=190 mm Y Tipo de vidrio: B Laminado C Templado Z Altura máxima sin rotura 1=1200 mm, 2=450 mm, 3=190 mm 144 © FREMAP
145.
SUA Impacto o atrapamiento 145
© FREMAP
146.
SUA Impacto o atrapamiento
Impacto con elementos insuficientemente perceptibles • Grandes superficies acristaladas - Montantes separados menos de 600 mm O - Travesaños entre 850 y 1100 de altura O - Dos bandas de señalización a 850-1100 mm y 1500-1700 mm de altura • Puertas de vidrio sin cerco o tirador Misma señalización 146 © FREMAP
147.
SUA Impacto o atrapamiento
Atrapamiento • Puertas correderas de accionamiento manual • Elementos de apertura y cierre automáticos Dispositivos de protección adecuados (Marcado CE) 147 © FREMAP
148.
SUA
SUA3 Aprisionamiento Exigencia SU3. “Se limitará el riesgo de que los usuarios puedan quedar accidentalmente aprisionados en recintos .” 148 © FREMAP
149.
SUA
Aprisionamiento en locales Sistema de desbloqueo de puertas desde el exterior. Iluminación controlada desde el interior. Sistema acústico de emergencia Dimensiones de recintos adecuadas para usuarios en sillas de ruedas. Se regula la fuerza de apertura de puertas según UNE-EN 12046-2:2000. 149 © FREMAP
150.
SUA
SUA4 Iluminación inadecuada Exigencia SUA4. “Se limitará el riesgo de daños a las personas como consecuencia de una iluminación inadecuada en zonas de circulación de los edificios, tanto interiores como exteriores, incluso en caso de emergencia o de fallo del alumbrado normal .” 150 © FREMAP
151.
SUA
Iluminación inadecuada ● Alumbrado normal en zonas de circulación. Establece valores mínimos de iluminación en exterior e interior (escaleras y vehículos). ● Alumbrado de emergencia. Define las áreas que deben dotarse. Posición y características de las luminarias. Características generales de funcionamiento, autonomía (una hora) y condiciones de servicio. Iluminación de las señales de seguridad. ● Las condiciones que se establecen son básicamente las que señala el vigente REBT (ITC-BT-28. Punto 3. Alumbrado de emergencia). 151 © FREMAP
152.
SUA
Iluminación inadecuada Tipos de alumbrado •Alumbrado normal (de seguridad, no de confort) •Alumbrado de emergencia (Hasta ahora en la CPI) 152 © FREMAP
153.
SUA Iluminación inadecuada
Alumbrado normal en zonas de circulación Niveles mínimos • Zonas exteriores 25 lux • Zonas interiores 100 lux • Aparcamientos interiores 50 lux Medidos al nivel del suelo RD 486/97 25-50 lux Iluminación de balizamiento en escaleras y rampas en uso Pública Concurrencia, en actividades con nivel bajo de iluminación, 153 © FREMAP
154.
SUA Iluminación inadecuada
Alumbrado de emergencia Definición • Sistema que, en caso de fallo, suministra la iluminación necesaria para facilitar la salida, evitar las situaciones de pánico y permite ver las señales y la situación de los equipos y medios de protección 154 © FREMAP
155.
SUA Iluminación inadecuada
Alumbrado de emergencia Obligatorio en: • Recintos de ocupación > 100 personas • Recorridos de evacuación hasta el exterior seguro según DB-SI (incluidas zonas refugio) • Aparcamientos > 100 m2 • Locales que alberguen equipos generales de protección y los de riesgo especial según DB-SI • Los aseos generales en edif. de uso público • Los cuadros de distribución de la inst. de alumbrado • Las señales de seguridad 155 • Los itinerarios accesibles © FREMAP
156.
SUA Iluminación inadecuada
Alumbrado de emergencia Posición de las luminarias • Al menos 2m por encima del suelo • En las puertas de salida, en los equipos de seguridad y en peligros potenciales como: •Puertas •Escaleras •Cambios de nivel •Cambios de dirección e intersecciones de pasillos 156 © FREMAP
157.
SUA Iluminación inadecuada
Alumbrado de emergencia Características de la instalación • Fuente propia de energía • Entrará en funcionamiento cuando la tensión de alimentación descienda por debajo del 70% • Alcanzará el 50% a los 5 s, 100% a los 60 s • Condiciones de servicio durante una hora • Iluminancia en el suelo: 1 lux en el eje y 0,5 lux en la banda central que comprende la mitad de la vía (2m máx). Para vías mayores, varias bandas • 5 lux en equipos de seguridad, instalaciones de protección y cuadros de distribución de alumbrado • Relación entre Iluminancia máx y mín ≤ 40:1 • Índice de rendimiento cromático de lámparas ≥ 40 157 © FREMAP
158.
SUA Iluminación inadecuada
Alumbrado de emergencia Iluminación de las señales de seguridad • Luminancia ≥ 2 cd/m2 • Relación luminancia máxima a mínima ≤ 10:1 • Relación entre L blanca y L color >10 deberá estar comprendida entre 5:1 y 15:1 • Alcanzará el 50% a los 5 s, y el 100% a los 60s 158 © FREMAP
159.
SUA
SUA5 Alta ocupación Exigencia SUA5. “Se limitará el riesgo causado por situaciones con alta ocupación facilitando la circulación de las personas y la sectorización con elementos de protección y contención en previsión del riesgo de aplastamiento .” 159 © FREMAP
160.
SUA Situaciones con alta
ocupación Ámbito de aplicación Graderíos previstos para más 3000 espectadores de pie (estadios, pabellones polideportivos, etc..) Considerando una densidad de ocupación de 4 pers./m2 En estas zonas sigue siendo de aplicación las condiciones de evacuación del DB SI 160 © FREMAP
161.
SUA Situaciones con alta
ocupación Condiciones de los graderíos Pendiente ≤ 50% Longitud de filas ≤ 20 m (10m) Anchura de pasillos según DB SI Diferencia de cota entre fila y salida ≤ 4 m 161 © FREMAP
162.
SUA Situaciones con alta
ocupación Rompeolas En graderíos de más de 5 filas y pendiente superior a 6% Altura ≥ 1100 mm Fuerza horizontal de 5 kN/m Delante de la primera fila y a distancia según pendiente: Distancia entre barreras D Pendiente m 6% ≤ P ≤10% 5 10% < P ≤ 25% 4 25% < P ≤ 50% 3 162 © FREMAP
163.
SUA Situaciones con alta
ocupación Rompeolas Aberturas de anchura comprendida entre 1,10m y 1,40m no alineadas 163 © FREMAP
164.
SUA
SUA6 Ahogamiento Exigencia SU6. “Se limitará el riesgo de caídas que puedan derivar en ahogamiento en piscinas, depósitos, pozos y similares mediante elementos que restrinjan el acceso.” 164 © FREMAP
165.
SUA
Piscinas Recoge y unifica los criterios de las normas autonómicas sobre piscinas Ámbito de aplicación Piscinas de uso colectivo, salvo las destinadas exclusivamente a competición o enseñanza que tendrán las características propias de su actividad Quedan excluidas - Las piscinas de las viviendas unifamiliares y - Baños termales, centros de tratamiento de hidroterapia y otros dedicados a usos exclusivamente médicos que cumplirán su reglamentación específica 165 © FREMAP
166.
SUA
Pozos y depósitos Los pozos, depósitos o conducciones abiertas (¿acequias, canales, etc.?) accesibles y con riesgo de ahogamiento estarán equipados con sistemas de protección tales como tapas o rejillas de suficiente rigidez y resistencia, así como con cierres que impidan su apertura por personal no autorizado. 166 © FREMAP
167.
SUA
SUA7 Vehículos en movimiento Exigencia SUA7. “Se limitará el riesgo causado por vehículos en movimiento atendiendo a los tipos de pavimentos y la señalización y protección de las zonas de circulación rodada y de las personas.” 167 © FREMAP
168.
SUA
Vehículos en movimiento Ámbito de aplicación Zonas de uso aparcamiento y vías de circulación de vehículos en edificios, excepto los aparcamientos de la viviendas unifamiliares 168 © FREMAP
169.
SUA
Vehículos en movimiento Características constructivas • Espacio de acceso y espera con profundidad adecuada al tipo de vehículo (al menos 4,5m) y pendiente ≤ 5% • Espacio suficiente para no realizar maniobras • Acceso peatonal independiente de las puertas Orden VIV/984/2009 motorizadas para vehículos 169 © FREMAP
170.
SUA
Vehículos en movimiento Características constructivas • Acceso peatonal por rampa de vehiculos - Se deberá cumplir con: - Anchura ≥ 800 mm - Protegido mediante barrera (800 mm) o pavimento a un nivel más elevado (desniveles) • Pinturas de señalización: Resbaladicidad clase 3 Orden VIV/984/2009 170 © FREMAP
171.
SUA
Vehículos en movimiento Protección de recorridos peatonales Para aparcamientos > 5000 m2 o para más de 200 vehículos Itinerarios utilizables por el público diferenciados con pinturas, relieve o nivel más elevado (desniveles) Barreras frente a las puertas que comunican con otras zonas: distancia ≥ 1200 mm altura ≥ 800 mm Sistema que detecte peatones frente a las puertas de salida de vehículos. 171 © FREMAP
172.
SUA
Vehículos en movimiento Señalización • Sentido de la circulación y salidas • Velocidad máxima de 20 km/h • Las zonas de tránsito y paso de peatones en vías o rampas de circulación y acceso • Si puede acceder transporte pesado: gálibos y altura • Zonas de almacenamiento o carga y descarga 172 © FREMAP
173.
SUA
SUA8 Acción del rayo Exigencia SUA8. “Se limitará el riesgo de electrocución y de incendio causado por la acción del rayo, mediante instalaciones adecuadas de protección contra el rayo.” 173 © FREMAP
174.
SUA
Sistemas de protección contra el rayo Cuestiones generales Existía la NTE IPP (no obligatoria) Novedad reglamentaria Actualización del mapa de rayos 174 © FREMAP
175.
SUA Sistemas de protección
contra el rayo Evaluación del riesgo. • Será necesaria cuando la frecuencia esperada de impactos Ne sea mayor que el riesgo admisible Na. • Edificios que siempre necesitan sistema de protección contra el rayo: - Edificios donde se manipulen sustancias tóxicas, radioactivas, altamente inflamables o explosivas. - Edificios de altura > 43 m. 175 © FREMAP
176.
SUA Sistemas de protección
contra el rayo Evaluación del riesgo Frecuencia esperada de impactos: Ne = Ng·Ae·C1·10-6 Ng Densidad de impactos sobre el terreno que se obtiene del mapa siguiente 176 © FREMAP
177.
SUA Sistemas de protección
contra el rayo 177 © FREMAP
178.
SUA Sistemas de protección
contra el rayo Evaluación del riesgo Ae: Superficie de captura equivalente 178 © FREMAP
179.
SUA Sistemas de protección
contra el rayo Evaluación del riesgo C1: coeficiente relacionado con el entorno Situación del edificio C1 Próximo a otros edificios o árboles de la misma altura o más 0,5 altos Rodeado de edificios más bajos 0,75 Aislado 1 Aislado sobre una colina o promontorio 2 179 © FREMAP
180.
SUA Sistemas de protección
contra el rayo Evaluación del riesgo • Riesgo admisible: 5,5 Na = ⋅10−3 C2 ⋅ C3 ⋅ C4 ⋅ C5 Siendo C2 coeficiente en función del tipo de construcción C3 coeficiente en función del contenido C4 coeficiente en función del uso C5 coeficiente en función de la necesidad de continuidad del servicio 180 © FREMAP
181.
SUA Sistemas de protección
contra el rayo Evaluación del riesgo Cubierta metálica Cubierta de hormigón Cubierta de madera Estructura metálica 0,5 1 2 C2 Estructura de hormigón 1 1 2,5 Estructura de madera 2 2,5 3 Edificio con contenido inflamable 3 C3 Otros contenidos 1 Edificios no ocupados normalmente 0,5 C4 Usos Pública Concurrencia, Sanitario, Comercial, Docente 3 Resto de edificios 1 Edificios cuyo deterioro pueda interrumpir un servicio 5 imprescindible (hospitales, bomberos, ...) o pueda ocasionar un C5 impacto ambiental grave Resto de edificios 1 181 © FREMAP
182.
SUA Sistemas de protección
contra el rayo Tipo de instalación exigido • Eficiencia de la instalación Na E = 1− Rayo Ne Nivel de protección Eficiencia requerida Nivel de protección E > 0,98 1 0,95 < E <0,98 2 0,80 < E <0,95 3 0 < E < 0,80 4 Para el nivel de protección 4 la instalación de pararrayos no es obligatoria 182 © FREMAP
183.
SUA Sistemas de protección
contra el rayo Anejo B Condiciones para calcular la cobertura de los diferentes sistemas en función del nivel de protección exigido Permite al proyectista elegir un sistema de protección y decidir su número y posición Incluye condiciones para el sistema interno 183 © FREMAP
184.
SUA Sistemas de protección
contra el rayo Anejo B Tres métodos aplicables a puntas franklin y mallas conductoras Ángulo de protección Esfera rodante Mallado o retícula Evaluación de la cobertura para pararrayos con dispositivo de cebado 184 © FREMAP
185.
SUA Sistemas de protección
contra el rayo Anejo B Ángulo de protección Diferencia de altura h entre la punta del pararrayos y el plano horizontal considerado en metros Nivel de protección 20 30 45 60 1 25º * * * 2 35º 25º * * 3 45º 35º 25º * 4 55º 45º 35º 25º 185 © FREMAP
186.
SUA Sistemas de protección
contra el rayo Anejo B • Esfera rodante Nivel de protección Radio de la esfera rodante m 1 20 2 30 3 45 4 60 186 © FREMAP
187.
SUA Sistemas de protección
contra el rayo Anejo B Malla Nivel de protección Dimensión de la retícula m 1 5 2 10 3 15 4 20 Se dan condiciones que tiene que cumplir la malla para que sea efectiva 187 © FREMAP
188.
SUA Sistemas de protección
contra el rayo Anejo B Pararrayos con dispositivo de cebado R = D + ∆L ∆L= ∆t ∆t ≤ 60 µs Nivel de protección Distancia D m 1 20 2 30 3 45 4 60 188 © FREMAP
189.
SUA Sistemas de protección
contra el rayo Anejo B Conductores de bajada. • Al menos uno por cada pararrayos. • Dos cuando: • Proyección horizontal > Proyección vertical. • Altura edificio > 28 m. • Longitud lo mas corta posible. • Conex. equip. en suelo y cada 20 m. 189 © FREMAP
190.
SUA Sistemas de protección
contra el rayo Anejo B Conductores de bajada (mallas) •Repartidos en el perímetro a proteger de forma que su separación media no exceda: Nivel de protección Distancia entre conductores m 1 10 2 15 3 20 4 25 • Protegidos en toda su longitud o inaccesibles 190 © FREMAP
191.
SUA Sistemas de protección
contra el rayo Anejo B Sistema interno. Todas las partes conductoras del edificio deben estar unidas equipotencialmente o con protectores de sobretensiones a la red de tierra. Cuando no sea posible, guardar una distancia de seguridad minima. Ds = 0.1 L. Siendo L la distancia vertical entre el punto considerado y la tierra o la union equipotencial mas proxima. Si es una canalizacion de gas Ds mínima 5 m. 191 © FREMAP
192.
SUA Sistemas de protección
contra el rayo Anejo B Red de tierra Adecuada para dispersar en el terreno la descarga 192 © FREMAP
193.
SUA SUA9 ACCESIBILIDAD
Con el fin de facilitar el acceso y la utilización no discriminatoria, independiente y segura de los edificios a las personas con discapacidad se cumplirán las condiciones funcionales y de dotación de elementos accesibles que se establecen a continuación. Dentro de los límites de las viviendas, incluidas las unifamiliares y sus zonas exteriores privativas, las condiciones de accesibilidad únicamente son exigibles en aquellas que deban ser accesibles A continuación veremos las prescripciones para los usos distintos al Residencial Vivienda 193 © FREMAP
194.
SUA SUA9 ACCESIBILIDAD
Todas las parcelas dispondrán al menos de un itinerario accesible que comunique una entrada con la calle y con las partes comunes de la parcela Cuando existan en el edificio: • Mas de dos plantas o • Mas de 200 m2 o Ascensor o rampa • Uso público + 100 m2 Itinerario accesible que comunique la puerta con: Las zonas de uso público Los orígenes de evacuación Los elementos accesibles 194 © FREMAP
195.
SUA SUA9 ACCESIBILIDAD PLAZAS
DE APARCAMIENTO ACCESIBLES En uso residencial público: Una plaza por cada alojamiento accesible En usos: Comercial, pública concurrencia o aparcamiento público: Una plaza accesible por cada 33 plazas de aparcamiento En cualquier otro uso: Una plaza por cada 50, hasta 200; a partir de aquí una por cada 100 Al menos un aparcamiento accesible por cada plaza reservada para silla de ruedas 195 © FREMAP
196.
SUA SUA9 ACCESIBILIDAD RESERVA
DE PLAZAS ACCESIBLES En zonas públicas (auditorios, cines, teatros, deportes, etc): Una plaza para silla de ruedas para cada 100 Una plaza para sordos por cada 50 En zonas de espera con asientos: Una plaza para silla de ruedas por cada 100 Piscinas: Una entrada al vaso mediante grúas o similares 196 © FREMAP
197.
SUA SUA9 ACCESIBILIDAD SERVICIOS
HIGIENICOS ACCESIBLES Un aseo accesible por cada 10 unidades o fracción de inodoros En cada vestuario, una cabina, un aseo y una ducha accesibles por cada 10 unidades o fracción MOBILIARIO En zonas de atención al público Un punto de atención accesible o un punto de llamada accesible MECANISMOS Los interruptores, los dispositivos de intercomunicación y los pulsadores de alarma serán mecanismos accesibles 197 © FREMAP
198.
SUA SUA9 ACCESIBILIDAD -
SEÑALIZACIÓN 198 © FREMAP
199.
SUA SUA9 ACCESIBILIDAD -
SEÑALIZACIÓN 199 © FREMAP
200.
SUA SUA9 ACCESIBILIDAD -
SEÑALIZACIÓN CARACTERISTICAS En ascensores señalización en braille y arábigo en relieve entre 0.8 y 1,2 m. Servicios higiénicos: pictogramas en relieve y contrastados cromáticamente a la altura anterior. Bandas de señalización táctil en: Arranque escaleras (perpendiculares) Itinerarios accesibles (paralelas) 200 © FREMAP
201.
MUCHAS GRACIAS POR
SU ATENCIÓN alonso_baraza@fremap.es © FREMAP
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