Este documento resume el concepto de domicilio como principal factor de conexión en la legislación de derecho internacional privado de Venezuela. Explica que desde 1999, el domicilio reemplazó a la nacionalidad como factor principal. Define el domicilio como el lugar donde una persona se considera siempre presente para el ejercicio de sus derechos y obligaciones, aunque no esté físicamente. También presenta dos teorías sobre la naturaleza del domicilio: la teoría clásica lo ve como una noción abstracta de relación jurídica con un lugar,