Este documento discute la protección de los recursos genéticos y conocimientos tradicionales de las plantas medicinales de la cuenca amazónica. Explica la asimetría entre los sistemas de los países industrializados y megadiversos, y la necesidad de desarrollar un sistema sui generis que proteja adecuadamente estos recursos y distribuya los beneficios de manera justa. También presenta algunos casos de biopiratería y concluye que se requiere acción coordinada para impedir el saqueo de los conocimientos
4. De libre y gratuito acceso Mónica Ruiz Astudillo
5. ANTECEDENTES El Conocimiento ancestral ha sido menospreciado históricamente Ejemplos La quinina: tratamiento de malaria durante las guerras de expansión del imperio inglés Algodón Caucho Mónica Ruiz Astudillo Las culturas indígenas Amazónicas utilizan aproximadamente 3300 plantas medicinales que incluyen antibióticos, narcóticos, plantas abortivas, anticonceptivos, fungicidas, relajantes musculares y muchos más.
6. Avances tecnológicos Avances tecnológicos permiten extraer y sintetizar componentes activos de material biológico Gran interés de industrias farmacéuticas para acceder a estos recursos genéticos Revolución tecnológica tornó la biodiversidad y el conocimiento tradicional de los indígenas en importante objeto de investigación científica orientada a conservación de: conocimiento especies relaciones bio-tecnológicas de los distintos eco-sistemas y micro-climas principalmente en el hemisferio sur. Mónica Ruiz Astudillo
7. Asimetria de sistemas PAÍSES INDUSTRIALIZADOS DEL NORTE PAÍSES MEGADIVERSOS DEL SUR Nuevos parámetros de patentabilidad aceptado por las Cortes Norte Americanas permite patentar un gen aislado. Invencionestecnológicas se patentanporhaberaislado un gen Se fundamenta en el bienestar económico Busca compensación costos de investigación y desarrollo tecnológico La CAN prioriza el patrimonio biológico y genético y a los CT sobre la PI Se fundamenta en la justicia No admite patentes de plantas ni seres vivos Asegurar DPI de auténticos titulares sobre CT Busca crear derechos positivos sobre CT (sistema Sui Géneris/ Suscripción contratos con base en sistemas vigentes de protección de PI) Mónica Ruiz Astudillo
8. Asimetria de sistemas PAÍSES DEL NORTE PAÍSES DEL SUR Proteger las riquezas Sustentabilidad de estos recursos Retribución justa Reconoce el Derecho Colectivo Reconoce el derecho consuetudinario de cada pueblo Cosmovisión indígena integra al mundo como uno solo (Pacha Mama) Mayor margen de ganancia CT se consideran en el estado de la técnica CT son de usolibre Solo el desarrollotécnológicobasado en este CT puede ser protegido Prohibeusolibre de lo patentado Derechosindividualesprevalece Mónica Ruiz Astudillo
10. regulacionesinternacionales ADPIC CDB Nace con la OMC en abril de 1994 Solución a pérdidade biodiversidadeslimitada Patentes ilimitadas para todas las invenciones, sean de productos o de procedimientos, en todos los campos de tecnología, siempre que sean nuevas, entrañen una actividad inventiva y sean susceptibles de aplicación industria Suscrito en Cumbre de la Tierra en 1992 Compromisopolítico de la comunidadinternacional de defender y respetar los derechos de laspoblacionesindígenas Respeto a prácticas y conocimientosancestrales Reconocesoberanía del Estado sobre los recursos Mónica Ruiz Astudillo
11. INCOMPATIBILIDAD ADPIC/CDB ADPIC no exige que los sistemas nacionales de patentes reconozcan los principios del CDB Patentes de plantas y animales podrían permitir apropiación indebida de recursos genéticos o CT desconociendo: • Soberanía de Estados sobre recursos • Principio de consentimiento fundamentado previo (biopiratería) • Participación equitativa en los beneficios Objetivos del CDB (Artículo 1): • Conservación de la DB • Uso sostenible de sus componentes • Distribución justa y equitativa de los beneficios, incluyendo mediante transferencia de tecnologías apropiadas Mónica Ruiz Astudillo
12. Las Directrices de Bonn de 1999 Guías elaboradas para la gestión al acceso a los recursos genéticos y a la participación justa y equitativa en los beneficios provenientes de la utilización de los mismos Mónica Ruiz Astudillo
13. SOBRE PROPIEDAD INTELECTUAL El CDB y ComitéIntergubernamental de la OMPI sobrepropiedadintelectual y recursosgenéticos, conocimientostradicionales y folclore(CIG) Responsablesdel desarrollo de temas de los conocimientos, innovaciones y prácticastradicionaleshacia la formulación de un sistema Sui Generis de protección en el ámbitonacional,regional e internacional Proyectos de principios y objetivosrelacionados con expresionesculturales y tradicionales Mónica Ruiz Astudillo
14. Conocimientostradicionales (CT) Se generan, conservan y transmiten en un contextotradicional; Se asocian a la cultura o unacomunidadtradicional o indígenaque los conserva y transmite; Vinculados a comunidad local o indígenaquiencustodia o esdepositaria de esos CT; Se originan en unaactividadintelectual en distintosámbitos: social, cultural, ambiental y tecnológico; Reconocidospor la comunidad de origencomo CT Mónica Ruiz Astudillo
15. PROTECCIÓN CT Para verdadera protección del patrimonio inmaterial de nuestros pueblos indígenas y afro ecuatorianos es necesario: Implementar políticas de Estado que se apliquen; Conciencia sobre la materia; Normas expresas constitucionales y regulaciones, reglamentos, organismos etc; Política de Estado que sea sustentable Mónica Ruiz Astudillo
26. Problemas PARA aplicaR LA normaTIVAandina Diferentes interpretaciones dificulta su aplicación efectiva y uniforme Dificultades legales e institucionales que requieren una definición más precisa del ámbito de aplicación La consolidación los mecanismos gubernamentales de cada país La desigualdad en la capacidad científica Falta de soporte financiero específico Falta de registro de información que permitan la difusión Gran diversidad biológica y cultura, variedad de hábitos y tradiciones inciden en las relaciones y uso de recursos biológicos Mónica Ruiz Astudillo
27. Problemas PARA aplicaR LA normaTIVAandinaPAISES MIEMBROS DE LA CAN Mónica Ruiz Astudillo
29. ORDEN SUI GENERIS El CDB prepara elementos para un sistema sui generis que brinde protección de los CT asociados a los recursos genéticos que permitan la conservación, preservación, uso sostenible y la distribución equitativa de beneficios por su utilización La OPMI prepara elementos para la protección de los CT utilizando los actuales sistemas de los DPI y la protección mediante leyes consuetudinarias de los pueblos indígenas Los pueblos indígenas en todo el mundo cuestionan lo anterior manifestando que los CT son de PI colectiva de los pueblos indígenas y cualquier toma de decisión debe realizarse con la participación de estos pueblos y con su consentimiento informado previo Mónica Ruiz Astudillo
30. sistema Sui Generis deberá consistir de El uso de los instrumentos y herramientas del actual sistema de PI, adaptados o modificados a las especiales características de los CT El Estado debe proteger y salvaguardar la identidad cultural, el patrimonio intelectual y cultural, como las manifestaciones culturales, entre las cuales encontramos el conocimiento tradicional Reconocer las facultades de decisión de las comunidades indígenas, afroamericanas y locales sobre sus CT Reconocer los derechos de propiedad colectiva de las comunidades sobre su patrimonio intangible. Prever un mecanismo para la distribución justa y equitativa. Mónica Ruiz Astudillo
31. Elementos de un sistema sui generis Impedir apropiación indebida de los CT Impedir la concesión de derechos de PI sin validez legal a partes no autorizadas Garantizar el consentimiento fundamentado previo por parte de los titulares Derecho de los titulares a la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven del uso comercial o industrial de los CT Que sean creados y preservados en un contexto tradicional y se transmitan de una generación a otra La vinculación a un pueblo o comunidad indígena o tradicional, que los preserva y transmite de una generación a otra Ser parte integrante de la identidad cultural de un pueblo o comunidad indígena o tradicional que es reconocido como su titular Mónica Ruiz Astudillo
32. NEGOCIACIONES EN LOS TLC Dificultadesquesurgen en lasnegociaciones: Establecer la forma de garantizar que los canales legales sean respetados y por ende lograr reducir biopiratería Lograr conceso respecto de la definición del conocimiento tradicional Determinar a quién se consulta y quien otorga el acceso o uso de un recurso, en especial cuando pueden existir varias comunidades y etnias diferentes que poseen el mismo conocimiento Cómo se distribuirán los beneficios generados por el uso comercial de productos derivados de recursos genéticos y el conocimiento tradicional asociado La propiedad comunitaria sobre los conocimientos medicinales ancestrales Mónica Ruiz Astudillo
33. LA BIOPIRATERÍA Acción de patentar un organismo vivo y no compartir los beneficios provenientes de la explotación comercial de la patente con el país de origen del organismo vivo, ni con las comunidades tradicionales que aportaron con su conocimiento. La apropiación de los recursos genéticos y los conocimientos colectivo de comunidades por parte de empresas transnacionales e instituciones públicas de investigación o particulares, para su procesamiento y comercialización en exclusiva no controlada. Mónica Ruiz Astudillo
34. Casos notables Ayahuasca o Yagé La ayahuasca o yagé (Banisteriopsis caapi) ancestralmente ha sido usada como medicina o para ceremonias religiosas. Es centro de la cultura pueblos del Putumayo ya que su cosmovisión la identifica como una planta sagrada, fuente de alucinaciones que muestran el pasado y el futuro y que les da el don del conocimiento de la naturales, brindándoles cura para diversas enfermedades. LOREN MILLER de nacionalidad estadounidense reivindicó haber descubierto una nueva variedad de Banisteriopsis en el jardín de una casa en Ecuador. La Plant Medicine Corporation patentó la Ayahuasca (17 de junio de 1986, patente PP05752) sobre la variedad “Davine” en la Oficina de Patentes de Estados Unidos a nombre de Loren Miller. La Coordinadora de Organizaciones Indígenas de la Cuenca del Amazonas (COICA) recusó la patente ante los tribunales. El 3 de noviembre de 1999 se revocó provisionalmente la patente. El 26 de enero del 2001, la Oficina de Patentes de Estados Unidos de Norteamérica emitió una decisión final reconfirmando la patente de yagué. Mónica Ruiz Astudillo
35. Casos notables ShamanPharmaceuticals empresa norteamericana de bioprospección. En los 90 ingresó en los países tropicales para obtener productos medicinales. Suscribió contratos con las comunidades indígenas del mundo comprometiéndose a una distribución equitativa de los beneficios por medio del “modelo Shaman”. Se declaró en banca rota. No obstante, dejó a varias comunidades con las plantaciones de drago establecidas, muchas de las cuales se habían asentado en bosques naturales, con el consecuente desmedro al medio ambiente. Mónica Ruiz Astudillo
36.
37. US Patent Nº 6.093.421. por Biotics Research Corporation instalada el 25 de Julio del 2000 cuyo título es Maca y sostiene que sirve para el aumento de los niveles de testosterona.
38. US Patent Aplication Nº 878,141 cuyo titular es Pure World Botanicals, Inc. publicada el 11de abril del 2002 composición y métodos de preparación de Lepidium. Mónica Ruiz Astudillo
39. La resina roja se usaba en tiempos antiguos como barniz, medicina, incienso, y tintura. Continua empleándose para los mismos propósitos. Sangre de drago PATENTE ESPAÑOLA Mónica Ruiz Astudillo
40. CONCLUSIONES La protección de los CT es complejo debido a la asimetría existente en la concepción del mundo entre los países del norte industrializados y los países del sur que son megadiversos Los sistemas de DPI vigentes se han demostrado insuficientes para proteger los recursos genéticos y conocimientos tradicionales Hay que desarrollar formas sui generis de protección, para satisfacer las diferentes necesidades de las comunidades, cada una de ellas con sus características propias Dada la diversidad de culturas y recursos debe haber una diversidad de opciones para protegerlos conocimientos tradicionales Mónica Ruiz Astudillo
41. CONCLUSIONES Debe haber acción conjunta y coordinada de los gobiernos de los países amazónicos y los grupos indígenas de la región para establecer mecanismos que impidan y penalicen la biopiratería, la expropiación de recursos genéticos y el saqueo de los conocimientos ancestrales de las comunidades indígenas Creación de normas, reglamentos e instancias administrativas y judiciales idóneos para una efectiva protección de estos recursos Crear mecanismos para la compensación efectiva y real a las comunidades y pueblos indígenas Mónica Ruiz Astudillo