ACERTIJO DE POSICIÓN DE CORREDORES EN LA OLIMPIADA. Por JAVIER SOLIS NOYOLA
artículo del control difuso
1. El presente artículo es un análisis del
control difuso, donde nos dicen que este
debe ser exclusivo de los jueces del Poder
Judicial (Arbitrales, Militares) y de los
Magistradosdel Tribunal Constitucional.
Así mismo en sede Administrativa, sería
Notarias en relación de competencia entre
los distintos Órganos Estatales. En tanto el
pueblo concentra todas las potestades
públicas y al ser creadoes Estado, delegada
soberanía en aquéllas de los poderes
constituidos, haciendo así que la
jurisdicción o función jurisdiccional sea el
poder-deber del Estado, para así
solucionar conflictos y controlar las
conductas antisociales y la
constitucionalidad normativa e n forma
exclusivaydefinitiva.
El Art. 138 y seguido del 139 numeral 1,
nos habla de la unidad y exclusividad de la
función jurisdiccional, que no puede ser
Military Arbitral.
Si hablamos de potestad jurisdiccional que
le daría el control difuso a la
administración Encontraríamos una
diferencia en lo que viene hacer la
Administración ella solo ¨juzga¨ a
diferencia del Poder Judicial que sus
resoluciones , por que las de la
administración no tienen la misma fuerza
que una sentenciaJudicial.
La Constitución solo reconoce la
jurisdicción Judicial, la militar y la arbitral,
en estas Jurisdicciones es posible hablar de
Jueces y de procesos, porque siendo el
tribunal constitucional el órgano del
control de la constitución , esta tienen dos
facultades esenciales de la interpretación
de los postulados constitucionales,
también tiene la tarea de diseñar y definir
los alcances de los demás órganos Estatales,
es por ello que al considerar a la
administración pública del poder
constituyente y atribuirle de control
constitucional se le debería reconocerles
también las capacidades de inaplicar ley,
para que esta sea calificada
inconstitucional, esta entonces se llegaría a
caracterizar porla agilidadde procesos.
Si hablamos de una legislación comparada
veremos el caso de chile, que ha dispuesto
en un órgano administrativo concreto, la
Contraloría General de la República de
Chile, tenga la facultad de controlar
preventivamente la legalidad de la
actividadadministrativa.
También en el Derecho Español veremos
algo más distinto, que la propia
constitución niega este poder a los jueces
ordinarios y la reserva como una facultad
propiadel tribunal constitucional.
Las funciones han sido otorgadas de
manera explicitas y la función jurisdiccional
esuna de estas.
Es por ella que la sentencia del TC invalida
el control difusoensede Administrativa.
El Control Difuso
El Control Difuso en sede administrativo
Ñauri Pando Yoshelin C.
08/09/2015