La Circular Externa 022 de 2007 de la Superfinanciera instruye a miembros de juntas directivas, representantes legales, revisores fiscales y oficiales de cumplimiento de entidades vigiladas sobre la administración del riesgo de lavado de activos y financiación del terrorismo. Establece parámetros mínimos para el Sistema de Administración del Riesgo de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo y nuevos formatos de informes. Fija como fecha límite de implementación el 1 de enero de 2008 y asigna vigilancia
1. Elaborado
por
Ing.
Miller
Alexis
Romero
Cardenas
Mapa Conceptual Circular externa No. 022 de 2007 de la Superfinanciera.
La SUPERINTENDENCIA FINANCIERA soportada en
el numeral 3 literal a) del artículo 326 del Estatuto
Orgánico del Sistema Financiero y en el numeral 9 del
artículo 11 del Decreto 4327 de 2005
MIEMBROS DE JUNTA
Expide
DIRECTIVA,
Deroga
REPRESENTANTES las Circulares Externas 03 y 10 de 2005 junto
LEGALES, REVISORES
con sus respectivos anexos expedidas por la
FISCALES Y OFICIALES DE CIRCULAR EXTERNA 022 DE 2007 antigua Superintendencia de Valores y
CUMPLIMIENTO DE LAS
Obligados
( Abril 19 ) sustituye en su integridad el Capítulo Décimo
Primero de la Circular Externa 007 de 1996 –
ENTIDADES SOMETIDAS A Circular Básica Jurídica- junto con sus anexos
INSPECCIÓN Y VIGILANCIA.
Instrucción
sobre
la
Nuevos
formatos
anexos
para
ROS
por
parte
de
obligados
administración del riesgo de lavado de activos y de Fecha
Limite
la financiación del terrorismo, estableciendo los implementación
parámetros mínimos que las entidades vigiladas
deben atender en el desarrollo e implementación 01/01/2008
del Sistema de Administración del Riesgo de
Lavado de Activos y de la Financiación del
Terrorismo “SARLAFT”.
“SARLAFT”
Anexo I: Instructivo y formato para el “Reporte de
Operaciones Sospechosas – ROS”
Anexo II: Instructivo y formato “Transacciones en Efectivo”.
Anexo III: Instructivo y formato “Clientes Exonerados”.
Anexo IV: Instructivo y formato “Información sobre
operaciones de transferencia, remesa, compra y venta de
divisas”.
¿Que
se
debe
Anexo V: Instructivo y formato “Información sobre
hacer?
transacciones realizadas en Colombia con tarjetas débito y
crédito expedidas en el exterior”.
Anexo VI: Instructivo y formato “Información sobre Campañas
Políticas”.
¿Quién
debe
hacer
seguimiento?
Vigilancia
Elaborar cronograma para
La Junta Directiva u órgano que
al
cumplimiento
haga sus veces, y estar a la implementación y ajuste a
disposición de la Superintendencia las instrucciones adoptadas
Financiera de Colombia.
mediante la presente
ACTIVIDAD
1.
SARLAFT
/
SENA
VIRTUAL
circular