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PLAN DE ESTÍMULO ECONÓMICO
  Y APOYO AL EMPRENDEDOR
«El Gobierno va a emprender una segunda generación de
 reformas. Unas reformas que sean útiles, también para
            volver a crecer y crear empleo»

                20 de febrero de 2013
Apoyos fiscales al crecimiento empresarial


   Aplicación del IVA de caja para PYMES
       Se crea un régimen especial en el IVA, de carácter voluntario, que permita evitar ingresar el IVA hasta
         que se cobre la factura, sustituyendo el tradicional criterio de devengo (facturación) por el de cobro y
         pago a todas las operaciones de la PYME.
       Se aplicará a PYMES y autónomos no sujetos al régimen de módulos con un volumen de negocio
         inferior a 2 millones de euros, como establece la normativa europea.
       Los clientes y proveedores de la PYME deberán utilizar el criterio de caja.
       Esta medida será aplicable a partir del 1 de enero de 2014.
       Se podrán beneficiar casi 1.300.000 autónomos y más de 1 millón de PYMES.
   Fomento de la reinversión en la actividad económica de los beneficios
       Las empresas con un volumen de negocio inferior a 10 millones de euros podrán deducirse hasta un
         10% en la cuota íntegra del IS de los beneficios obtenidos en el período impositivo que se reinviertan
         en la actividad económica.
    Incentivos fiscales a la calidad del crecimiento a través de la innovación empresarial
       Se permite que las deducciones por I+D+i que no hayan podido aplicarse en un ejercicio puedan
         recuperarse mediante un sistema único en España de devoluciones.
       Será el único incentivo fiscal del impuesto que no esté condicionado a la existencia de cuota del
         Impuesto sobre Sociedades, pero vinculado a la creación o el mantenimiento de empleo.


                                                                                                                    2
Apoyos fiscales a la iniciativa emprendedora

   Tributación reducida de sociedades de nueva creación y autónomos durante los dos primeros ejercicios
    de actividad.
          Las sociedades de nueva creación tributarán a un tipo reducido del 15% durante los dos primeros
           ejercicios en que se obtengan resultados positivos.
          Los autónomos que inicien actividades económicas podrán aplicar una reducción del 20% en los
           rendimientos netos que obtengan durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados
           positivos.
   Canalización de recursos a la actividad emprendedora
       El inversor particular que participe temporalmente en empresas nuevas o de reciente creación
         aportando, o capital financiero exclusivamente (capital semilla), o capital financiero acompañado de
         sus conocimientos empresariales o profesionales para el desarrollo de la actividad de la sociedad en la
         que invierten (inversor de proximidad o “business angel”) tendrá un doble incentivo fiscal:
            a) Una deducción del 15% en la cuota estatal en el IRPF con ocasión de la inversión realizada al
               entrar en la sociedad, con un funcionamiento similar a la deducción en vivienda habitual.
            b) Una exención parcial de la plusvalía (50%) al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta
               en otra entidad de nueva o reciente creación.
       La inversión deberá ser temporal, de manera que deban transmitirse las acciones entre el tercer y el
         noveno año de tenencia de la participación.
   Fomento del autoempleo en régimen de autónomos
       Los desempleados que decidan establecerse como autónomos podrán beneficiarse de la exención
         completa en el IRPF de las prestaciones por desempleo cuando el abono de la prestación sea en
         forma de pago único (hasta ahora están exentos solo hasta 15.500€).                                      3
Apoyo a la financiación
                                                                        por 45.000 millones de euros


   Apoyo a la financiación bancaria en 32.000 millones de euros
       Líneas de Mediación del ICO, con una dotación de 22.000 millones de euros .
       Impulso a la estrategia de negocio dirigida a PYMES por las entidades bancarias saneadas, 10.000
         millones de euros.
   Sistemas públicos de avales y garantías para la financiación bancaria que permitirán movilizar 1.720
    millones de euros.
       Refuerzo del capital de CERSA.
       Creación de una Línea de avales CESCE para PYMES.
   Impulso de la desintermediación bancaria y al capital riesgo , movilizando fondos por 2.176 millones de
    euros.
       Constitución de un Fondo de Fondos encargado de licitar y adjudicar inversiones entre gestoras de
         capital riesgo en áreas y sectores vinculados a la internacionalización y la mejora de la competitividad.
       Creación de la Red Nacional de Incubadoras de Empresas
       Refuerzo de los programas de préstamos participativos en empresas
       Impulso a los business angels o inversiones informales
       Mejora del acceso a fondos para la implantación de PYMES españolas en el exterior.




                                                                                                                     4
Apoyo a la financiación
                                                                   por 45.000 millones de euros


   Facilitación del acceso a los mercados de capitales para movilizar 3.300 millones de euros
       Flexibilización del acceso al Mercado Alternativo Bursátil.
       Creación del Mercado Alternativo de Renta Fija (MARFI).
       Creación de la Línea de mediación de pagarés y bonos de empresa para facilitar la puesta en marcha
          del MARFI.
•    Fondo de Titulización de préstamos a PYMES
       Con una dotación de 3.000 millones de euros para avalar emisiones de fondos de titulización de
          préstamos a PYMES.
   Ampliación del Plan de Pago a Proveedores
       Con una dotación de 2.684 millones de euros.
       Se podrán adherir las Entidades Locales de País Vasco y Navarra incluidas en el modelo de
          participación en tributos del Estado y determinadas entidades locales distintas del municipio.
       Se incluyen también obligaciones pendientes de pago derivadas de contratos de gestión de servicios
          públicos, bajo la modalidad de concesión, para facturas anteriores al 31/12/11.
   Medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales
       Se establece un plazo de pago de 30 días para todas las operaciones privadas, ampliables como
          mucho a los 60 y se aumentan los intereses de demora.
       A su vez, las Administraciones Públicas en sus Planes de Ajuste deberán establecer una senda de
          reducción de sus deudas con proveedores, que será vigilada muy estrechamente.
       Ley reguladora de la facturación electrónica en las AA.PP.                                         5
Estímulo a la actividad emprendedora


   Fomento de la cultura y la iniciativa emprendedora en los diferentes niveles educativos
      Contenidos mínimos de los distintos niveles educativos que fomenten el desarrollo de su creatividad,
         el trabajo en equipo y el espíritu emprendedor.
      Medidas para la formación permanente del profesorado.
   Tarifa plana de 50€ en la cotización a la Seguridad Social
      Para menores de 30 años y nuevos autónomos que inicien una actividad por cuenta propia durante los
         primeros 6 meses.
      Posteriormente, durante los 6 meses siguientes, se les aplicará una reducción en la base mínima de
         cotización del 50% y, durante los 18 meses siguientes, una reducción y una bonificación de un 30%,
         que se amplia en el caso de las mujeres hasta los 35 años.
   Compatibilización de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia.
      Durante un máximo de 9 meses la percepción de la prestación por desempleo será compatible con la
         situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, para menores de 30 años.
   Ampliación de las posibilidades de capitalización del desempleo para iniciar una actividad emprendedora
      Los beneficiarios de prestaciones por desempleo menores de 30 años podrán capitalizar hasta el 100%
         de su prestación para realizar una aportación al capital social de una sociedad mercantil, siempre y
         cuando se establezca una vinculación profesional o laboral de carácter indefinido.
      Igualmente se abre la posibilidad a que la capitalización de la prestación por desempleo pueda
         utilizarse para adquirir servicios de asesoramiento, formación e información, así como para cubrir los
         gastos de constitución de una nueva sociedad.
                                                                                                                  6
Estímulo a la actividad emprendedora


   Facilitación de la creación de empresas
      Creación de la figura del “emprendedor de responsabilidad limitada”, mediante la cual las personas
          físicas podrán ver limitada su responsabilidad por deudas derivadas de su actividad profesional o
          empresarial, no viéndose afectados determinados bienes tales como la vivienda o vehículos de uso
          familiar.
   Facilitación de la segunda oportunidad empresarial
      Establecimiento de un mecanismo ágil, sencillo y barato que abra, para los ciudadanos, empresarios
          individuales y sociedades de menor dimensión, una vía alternativa al concurso judicial, que sea más
          flexible, más amplia y más adaptada a las necesidades de estos colectivos que los acuerdos de
          refinanciación.
      Mejora de la red de seguridad de los autónomos menores de 30 años para facilitar una segunda
          oportunidad, permitiendo reanudar el cobro de la prestación por desempleo tras realizar una
          actividad por cuenta propia si antes del quinto año se produce una baja en el régimen de autónomos.
   Agilización de trámites para la creación de empresas
      Agilización de los trámites municipales para el ejercicio de actividades económicas a través de la
          reforma de la Administración Local.
      Lanzamiento del portal “Emprende en tres”, que permitirá a los emprendedores tramitar, de forma
          más sencilla y accesible, los trámites municipales necesarios para el inicio de actividades económicas
          sometidas a declaración responsable o comunicación.

                                                                                                                   7
Empleabilidad


   Mejora de la empleabilidad de los jóvenes
      Desarrollo de estímulos para que los jóvenes desempleados puedan obtener el título de Educación
         Secundaria Obligatoria, mejorando su capacitación y ampliando sus posibilidades de acceso al
         mercado de trabajo.
      Se extenderán los programas formativos dirigidos a la obtención de certificados de profesionalidad y
         con compromiso de contratación.
   Estímulos a la contratación de los jóvenes hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%
      Reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social en un 75% para empresas de más de 250
         trabajadores y del 100% para el resto, para la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa
         para menores de 30 años sin experiencia laboral previa, que provengan de sectores donde no haya
         demanda de empleo o que se encuentren desempleados desde hace más de 12 meses.
      Reducción del 100% de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes
         durante el primer año cuando se contrate de forma indefinida a un desempleado menor de 30 años.
         Podrán beneficiarse los autónomos y las empresas de hasta nueve trabajadores.
      Contrato “primer empleo joven”, temporal de 6 meses para menores de 30 años desempleados, con
         incentivos a su trasformación en indefinido.
      Incentivos al contrato en prácticas para el primer empleo, para que aquellos jóvenes que han
         terminado su periodo formativo puedan tener una primera experiencia laboral vinculada a su
         titulación.

                                                                                                                  8
Empleabilidad



   Mejora de la intermediación laboral

      Impulso con las Comunidades Autónomas a la colaboración público-privada para la intermediación en
        el ámbito de los servicios públicos de empleo.

      Autorización a las Empresas de Trabajo Temporal a formalizar contratos para la formación y el
        aprendizaje, aprovechando así sinergias pues muchas ETTs ya prestan servicios de formación.

      Portal Único de Empleo que facilite la búsqueda de empleo y donde se alojará toda la información de
        utilidad para orientar a los jóvenes y poner a su alcance todas las herramientas que faciliten la
        búsqueda de empleo o el inicio de una actividad empresarial




                                                                                                             9
Competitividad

   Ley de Garantía de la Unidad de Mercado
       La próxima aprobación de la Ley permitirá que cualquier producto o servicio producido al amparo de
         cualquier normativa autonómica pueda ser ofertado en todo el territorio nacional sin necesidad de
         trámite adicional. Los operadores necesitarán la licencia de una sola Comunidad Autónoma y podrán
         operar por todo el territorio nacional.
       Todas las Administraciones Públicas compartirán una única base de datos electrónica para ejercer
         labores de control y supervisión.
       El Consejo para la Unidad de Mercado acogerá a Administración General y CC.AA. para velar por el
         cumplimiento de la norma
       Se establece un procedimiento ágil de resolución de conflictos con la participación de la futura CNMC.
   Medidas de reducción y simplificación de cargas administrativas
       Adopción e implantación del séptimo Acuerdo para la reducción de cargas administrativas.
       Con un horizonte temporal de dos años. Permitirá a ciudadanos y empresas ahorrar más de 1.000
         millones de euros en costes de tiempo e indirectos derivados de los trámites administrativos, que
         hasta ahora tenían que emplear en burocracia y trámites administrativos.
   Reforma en profundidad de diferentes sectores económicos estratégicos
       Sector energético
       Infraestructuras ferroviarias
       Transporte y logística
   Rehabilitación, regeneración y renovación urbana
                                                                                                                 10

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Anexo 1 plan estimulo apoyo emprendedor 20 02 2013

  • 1. PLAN DE ESTÍMULO ECONÓMICO Y APOYO AL EMPRENDEDOR «El Gobierno va a emprender una segunda generación de reformas. Unas reformas que sean útiles, también para volver a crecer y crear empleo» 20 de febrero de 2013
  • 2. Apoyos fiscales al crecimiento empresarial  Aplicación del IVA de caja para PYMES  Se crea un régimen especial en el IVA, de carácter voluntario, que permita evitar ingresar el IVA hasta que se cobre la factura, sustituyendo el tradicional criterio de devengo (facturación) por el de cobro y pago a todas las operaciones de la PYME.  Se aplicará a PYMES y autónomos no sujetos al régimen de módulos con un volumen de negocio inferior a 2 millones de euros, como establece la normativa europea.  Los clientes y proveedores de la PYME deberán utilizar el criterio de caja.  Esta medida será aplicable a partir del 1 de enero de 2014.  Se podrán beneficiar casi 1.300.000 autónomos y más de 1 millón de PYMES.  Fomento de la reinversión en la actividad económica de los beneficios  Las empresas con un volumen de negocio inferior a 10 millones de euros podrán deducirse hasta un 10% en la cuota íntegra del IS de los beneficios obtenidos en el período impositivo que se reinviertan en la actividad económica.  Incentivos fiscales a la calidad del crecimiento a través de la innovación empresarial  Se permite que las deducciones por I+D+i que no hayan podido aplicarse en un ejercicio puedan recuperarse mediante un sistema único en España de devoluciones.  Será el único incentivo fiscal del impuesto que no esté condicionado a la existencia de cuota del Impuesto sobre Sociedades, pero vinculado a la creación o el mantenimiento de empleo. 2
  • 3. Apoyos fiscales a la iniciativa emprendedora  Tributación reducida de sociedades de nueva creación y autónomos durante los dos primeros ejercicios de actividad.  Las sociedades de nueva creación tributarán a un tipo reducido del 15% durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.  Los autónomos que inicien actividades económicas podrán aplicar una reducción del 20% en los rendimientos netos que obtengan durante los dos primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.  Canalización de recursos a la actividad emprendedora  El inversor particular que participe temporalmente en empresas nuevas o de reciente creación aportando, o capital financiero exclusivamente (capital semilla), o capital financiero acompañado de sus conocimientos empresariales o profesionales para el desarrollo de la actividad de la sociedad en la que invierten (inversor de proximidad o “business angel”) tendrá un doble incentivo fiscal: a) Una deducción del 15% en la cuota estatal en el IRPF con ocasión de la inversión realizada al entrar en la sociedad, con un funcionamiento similar a la deducción en vivienda habitual. b) Una exención parcial de la plusvalía (50%) al salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o reciente creación.  La inversión deberá ser temporal, de manera que deban transmitirse las acciones entre el tercer y el noveno año de tenencia de la participación.  Fomento del autoempleo en régimen de autónomos  Los desempleados que decidan establecerse como autónomos podrán beneficiarse de la exención completa en el IRPF de las prestaciones por desempleo cuando el abono de la prestación sea en forma de pago único (hasta ahora están exentos solo hasta 15.500€). 3
  • 4. Apoyo a la financiación por 45.000 millones de euros  Apoyo a la financiación bancaria en 32.000 millones de euros  Líneas de Mediación del ICO, con una dotación de 22.000 millones de euros .  Impulso a la estrategia de negocio dirigida a PYMES por las entidades bancarias saneadas, 10.000 millones de euros.  Sistemas públicos de avales y garantías para la financiación bancaria que permitirán movilizar 1.720 millones de euros.  Refuerzo del capital de CERSA.  Creación de una Línea de avales CESCE para PYMES.  Impulso de la desintermediación bancaria y al capital riesgo , movilizando fondos por 2.176 millones de euros.  Constitución de un Fondo de Fondos encargado de licitar y adjudicar inversiones entre gestoras de capital riesgo en áreas y sectores vinculados a la internacionalización y la mejora de la competitividad.  Creación de la Red Nacional de Incubadoras de Empresas  Refuerzo de los programas de préstamos participativos en empresas  Impulso a los business angels o inversiones informales  Mejora del acceso a fondos para la implantación de PYMES españolas en el exterior. 4
  • 5. Apoyo a la financiación por 45.000 millones de euros  Facilitación del acceso a los mercados de capitales para movilizar 3.300 millones de euros  Flexibilización del acceso al Mercado Alternativo Bursátil.  Creación del Mercado Alternativo de Renta Fija (MARFI).  Creación de la Línea de mediación de pagarés y bonos de empresa para facilitar la puesta en marcha del MARFI. • Fondo de Titulización de préstamos a PYMES  Con una dotación de 3.000 millones de euros para avalar emisiones de fondos de titulización de préstamos a PYMES.  Ampliación del Plan de Pago a Proveedores  Con una dotación de 2.684 millones de euros.  Se podrán adherir las Entidades Locales de País Vasco y Navarra incluidas en el modelo de participación en tributos del Estado y determinadas entidades locales distintas del municipio.  Se incluyen también obligaciones pendientes de pago derivadas de contratos de gestión de servicios públicos, bajo la modalidad de concesión, para facturas anteriores al 31/12/11.  Medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales  Se establece un plazo de pago de 30 días para todas las operaciones privadas, ampliables como mucho a los 60 y se aumentan los intereses de demora.  A su vez, las Administraciones Públicas en sus Planes de Ajuste deberán establecer una senda de reducción de sus deudas con proveedores, que será vigilada muy estrechamente.  Ley reguladora de la facturación electrónica en las AA.PP. 5
  • 6. Estímulo a la actividad emprendedora  Fomento de la cultura y la iniciativa emprendedora en los diferentes niveles educativos  Contenidos mínimos de los distintos niveles educativos que fomenten el desarrollo de su creatividad, el trabajo en equipo y el espíritu emprendedor.  Medidas para la formación permanente del profesorado.  Tarifa plana de 50€ en la cotización a la Seguridad Social  Para menores de 30 años y nuevos autónomos que inicien una actividad por cuenta propia durante los primeros 6 meses.  Posteriormente, durante los 6 meses siguientes, se les aplicará una reducción en la base mínima de cotización del 50% y, durante los 18 meses siguientes, una reducción y una bonificación de un 30%, que se amplia en el caso de las mujeres hasta los 35 años.  Compatibilización de la prestación por desempleo con el inicio de una actividad por cuenta propia.  Durante un máximo de 9 meses la percepción de la prestación por desempleo será compatible con la situación de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, para menores de 30 años.  Ampliación de las posibilidades de capitalización del desempleo para iniciar una actividad emprendedora  Los beneficiarios de prestaciones por desempleo menores de 30 años podrán capitalizar hasta el 100% de su prestación para realizar una aportación al capital social de una sociedad mercantil, siempre y cuando se establezca una vinculación profesional o laboral de carácter indefinido.  Igualmente se abre la posibilidad a que la capitalización de la prestación por desempleo pueda utilizarse para adquirir servicios de asesoramiento, formación e información, así como para cubrir los gastos de constitución de una nueva sociedad. 6
  • 7. Estímulo a la actividad emprendedora  Facilitación de la creación de empresas  Creación de la figura del “emprendedor de responsabilidad limitada”, mediante la cual las personas físicas podrán ver limitada su responsabilidad por deudas derivadas de su actividad profesional o empresarial, no viéndose afectados determinados bienes tales como la vivienda o vehículos de uso familiar.  Facilitación de la segunda oportunidad empresarial  Establecimiento de un mecanismo ágil, sencillo y barato que abra, para los ciudadanos, empresarios individuales y sociedades de menor dimensión, una vía alternativa al concurso judicial, que sea más flexible, más amplia y más adaptada a las necesidades de estos colectivos que los acuerdos de refinanciación.  Mejora de la red de seguridad de los autónomos menores de 30 años para facilitar una segunda oportunidad, permitiendo reanudar el cobro de la prestación por desempleo tras realizar una actividad por cuenta propia si antes del quinto año se produce una baja en el régimen de autónomos.  Agilización de trámites para la creación de empresas  Agilización de los trámites municipales para el ejercicio de actividades económicas a través de la reforma de la Administración Local.  Lanzamiento del portal “Emprende en tres”, que permitirá a los emprendedores tramitar, de forma más sencilla y accesible, los trámites municipales necesarios para el inicio de actividades económicas sometidas a declaración responsable o comunicación. 7
  • 8. Empleabilidad  Mejora de la empleabilidad de los jóvenes  Desarrollo de estímulos para que los jóvenes desempleados puedan obtener el título de Educación Secundaria Obligatoria, mejorando su capacitación y ampliando sus posibilidades de acceso al mercado de trabajo.  Se extenderán los programas formativos dirigidos a la obtención de certificados de profesionalidad y con compromiso de contratación.  Estímulos a la contratación de los jóvenes hasta que la tasa de paro se sitúe por debajo del 15%  Reducción de la cuota de la empresa a la Seguridad Social en un 75% para empresas de más de 250 trabajadores y del 100% para el resto, para la contratación a tiempo parcial con vinculación formativa para menores de 30 años sin experiencia laboral previa, que provengan de sectores donde no haya demanda de empleo o que se encuentren desempleados desde hace más de 12 meses.  Reducción del 100% de la cuota de la empresa a la Seguridad Social por contingencias comunes durante el primer año cuando se contrate de forma indefinida a un desempleado menor de 30 años. Podrán beneficiarse los autónomos y las empresas de hasta nueve trabajadores.  Contrato “primer empleo joven”, temporal de 6 meses para menores de 30 años desempleados, con incentivos a su trasformación en indefinido.  Incentivos al contrato en prácticas para el primer empleo, para que aquellos jóvenes que han terminado su periodo formativo puedan tener una primera experiencia laboral vinculada a su titulación. 8
  • 9. Empleabilidad  Mejora de la intermediación laboral  Impulso con las Comunidades Autónomas a la colaboración público-privada para la intermediación en el ámbito de los servicios públicos de empleo.  Autorización a las Empresas de Trabajo Temporal a formalizar contratos para la formación y el aprendizaje, aprovechando así sinergias pues muchas ETTs ya prestan servicios de formación.  Portal Único de Empleo que facilite la búsqueda de empleo y donde se alojará toda la información de utilidad para orientar a los jóvenes y poner a su alcance todas las herramientas que faciliten la búsqueda de empleo o el inicio de una actividad empresarial 9
  • 10. Competitividad  Ley de Garantía de la Unidad de Mercado  La próxima aprobación de la Ley permitirá que cualquier producto o servicio producido al amparo de cualquier normativa autonómica pueda ser ofertado en todo el territorio nacional sin necesidad de trámite adicional. Los operadores necesitarán la licencia de una sola Comunidad Autónoma y podrán operar por todo el territorio nacional.  Todas las Administraciones Públicas compartirán una única base de datos electrónica para ejercer labores de control y supervisión.  El Consejo para la Unidad de Mercado acogerá a Administración General y CC.AA. para velar por el cumplimiento de la norma  Se establece un procedimiento ágil de resolución de conflictos con la participación de la futura CNMC.  Medidas de reducción y simplificación de cargas administrativas  Adopción e implantación del séptimo Acuerdo para la reducción de cargas administrativas.  Con un horizonte temporal de dos años. Permitirá a ciudadanos y empresas ahorrar más de 1.000 millones de euros en costes de tiempo e indirectos derivados de los trámites administrativos, que hasta ahora tenían que emplear en burocracia y trámites administrativos.  Reforma en profundidad de diferentes sectores económicos estratégicos  Sector energético  Infraestructuras ferroviarias  Transporte y logística  Rehabilitación, regeneración y renovación urbana 10