Este documento describe las funciones y responsabilidades de los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad (CPHS) según la ley chilena. Los CPHS son órganos técnicos formados por representantes de los trabajadores y la empresa para promover medidas de seguridad en el lugar de trabajo. El documento explica cómo se constituyen los CPHS, sus facultades, requisitos de membresía, funciones como investigar accidentes y hacer recomendaciones de seguridad, y más.
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1. DECRETO SUPREMO Nº 54
“Aprueba Reglamento para la Constitución y Funcionamiento
de Los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad”
TALCA, NOVIEMBRE 2006
2. CONSTITUCIÓN Y FUNCIONAMIENTO DE LOS COMITÉS
PARITARIOS DE HIGIENE Y SEGURIDAD
FELIPE JARA ARÉVALO
ING EN PREVENCIÓN DE RIESGOS
3. INTRODUCCIÓN
Los CPHS son herramientas fundamentales para la
gestión preventiva de las empresas, debido a que:
– Conocen las reales fortalezas y debilidades de la
empresa.
– Se relacionan de manera directa con los trabajadores
– Su accionar esta respaldado por ley.
– Es el organismo técnico propulsor de las medidas de
prevención de riesgos en la empresa.
4. 1. Objetivos
− Identificar el protocolo de elección de los CPHS
− Conocer la labor y principales características de los CPHS.
− Aplicar conocimientos técnicos durante su participación como
integrante de un CPHS.
− Entregar metodologías y herramientas para la gestión
5. 2. Marco Legal
− Ley N°16.744 “Establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades
profesionales”
− Ley N° 19.345 “Incorpora al seguro a los funcionarios públicos”
− Ley Nº 19.069 Establece normas sobre Org. Sindicales, negociaciones sindicales,
fuero laboral en comités paritarios de higiene y seguridad.
− DS N° 109 “Reglamento para la calificación y evaluación de los accidentes del
trabajo y enfermedades profesionales, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N°
16.744”
− D.S. N° 54 “Reglamento para la Constitución y Funcionamiento de los Comités
Paritarios de Higiene y Seguridad.
− D.S. N° 40 “Reglamento sobre prevención de riesgos profesionales”
− D.S. N° 594 “Reglamento sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en
los lugares de trabajo”
− D.F.L. N° 1 “Código del trabajo”
6. DEFINICIÓN DE COMITÉ PARITARIO DE HIGIENE Y
SEGURIDAD
Definición:
“Entidad técnica y práctica, formada por representantes de
la empresa y de los trabajadores, los cuales sin
antagonismos y con espíritu de cooperación, buscan
soluciones prácticas para la seguridad de los
trabajadores y de toda la organización.”
7. El Comité Paritario no es un grupo de mando o poder ; sus
funciones no son gremiales y están definidas por ley ; pero tienen
la mayor importancia como agentes multiplicadores de la
seguridad; son activos y creativos, comprometidos con la
seguridad para todos.
8. Ley 16.744, Art. 66
“En toda empresa, faena, sucursal o agencia en que trabajen más
de 25 personas, se organizarán un Comité Paritarios de Higiene y
Seguridad, compuesto por representantes patronales y
representantes de los trabajadores”.
¿Cuándo debe constituirse un CPHS?
9. Todas las decisiones, adoptadas en el ejercicio de las atribuciones que
les encomienda la Ley 16.744, serán obligatorias para la empresa y los
trabajadores.
FACULTAD DEL COMITÉ PARITARIO DE HIGIENE Y
SEGURIDAD
10. REQUISITOS PARA INTEGRAR EL COMITÉ
PARITARIO
• TENER MAS DE 18 AÑOS
• SABER LEER Y ESCRIBIR
• ACREDITAR HABER REALIZADO UN CURSO DE
PREVENCIÓN DE RIESGOS
• ANTIGÜEDAD LABORAL MINIMO UN AÑO EN LA
RESPECTIVA EMPRESA
11. CONSTITUCIÓN DEL COMITÉ
• REPRESENTANTES DE LA EMPRESA
Serán designados por la empresa, nombrando los 3
titulares y los 3 suplentes.
12. ¿Cómo se eligen los representantes
de los trabajadores?
Se inscriben todos los trabajadores interesados
Se eligen por votación secreta y directa
•Titulares, las personas que obtengan las 3 más
altas mayorías
•Suplentes, las 3 personas que sigan en
orden decreciente de sufragios
Se consideran elegidos como:
13. ¿Cómo se constituye el
CPHS?
• Se designan los representantes de la dirección de la
empresa y elegidos los representantes de los trabajadores:
• Se elige, entre sus miembros, él Presidente y el Secretario.
SE LEVANTA ACTA DE CONSTITUCIÓN
14. COMO SE CONSTITUYE EL CPHS
• Votación
• De la elección se levantará acta en triplicado:
- Inspección del Trabajo.
- Entidad Empleadora.
- Comité Paritario de Higiene y Seguridad.
15. • Información que contendrá:
– Constancia total de votantes.
– Total de representantes a elegir.
– Nombres en orden decreciente de las personas que obtuvieron
votos.
– Nómina de los elegidos.
ACTA DE VOTACIÓN
16. FUERO EN EL COMITÉ PARITARIO
•Un representante titular de los trabajadores, tendrá derecho
a fuero.
•Será designado por los representantes titulares de los trabajadores.
•Solo podrá ser reemplazado por otro representante titular o en subsidio
de este por un suplente, la decisión deberá ser informada por escrito el
día hábil siguiente a la administración de la empresa
17. •Al existir mas de un comité gozará de fuero un representante
titular del comité permanente de toda la empresa, en caso
contrario un representante titular del primer comité que se
hubiese constituido.
Sin perjuicio de lo anterior el fuero laboral durara mientras
dure su contrato o permanencia en el comité.
18.
19. LAS REUNIONES
•Los Comités Paritarios de Higiene y Seguridad se reunirán en forma
ordinaria una vez al mes.
• Reuniones extraordinarias:
-Podrán reunirse en forma extraordinaria a petición conjunta de un
representante de los trabajadores y uno de la empresa
-Cuando ocurra un accidente fatal
-Cuando ocurra un accidente grave
Se dejará constancia de lo tratado en cada reunión, mediante
las correspondientes actas escritas en un libro de actas foliado.
20. LAS REUNIONES
• Las reuniones se efectuarán en horario de trabajo,
considerándose como trabajado el tiempo en ellas
empleado.
• Se dejará constancia de lo tratado en cada reunión,
mediante las correspondientes actas.
• El Comité podrá funcionar siempre que concurra un
representante patronal y un representante de los
trabajadores.
•Los acuerdos se adoptarán por simple mayoría.
21. ¿Cuánto tiempo dura en función los
miembros del CPHS?
• DOS AÑOS, pudiendo ser
reelegidos.
• Cesarán en sus cargos los
miembros que dejen de prestar
servicios en la respectiva
empresa.
• Cuando no asistan a dos
sesiones consecutivas, sin
causa justificada.
22. 1. FUNCIONES DEL COMITÉ
Asesorar e instruir a los trabajadores
para la correcta utilización de los
instrumentos de protección.
Visitas periódicas a los
lugares de trabajo, inspección
y observación
Utilizando los recursos,
asesorías o colaboraciones
que se puedan obtener
del organismo administrador.
Organizando reuniones
informativas, charlas o
cualquier otro medio de
divulgación.
23. 2. FUNCIONES DEL COMITÉ
revisar las maquinarias, equipos,
e instalaciones .
Complementar la información de
todos los accidentes ocurridos.
Jerarquización de los problemas
Según importancia y magnitud.
Controlar el desarrollo del Programa
y Evaluar resultados.
Vigilar el cumplimiento, tanto por parte
de las empresas, como de los trabajadores,
de las medidas de prevención, higiene y
seguridad.
25. 3. FUNCIONES DEL COMITÉ
Interrogando a testigos y afectado
cuando sea posible.
Investigar las causas de los accidentes de
trabajo y enfermedades profesionales
que se produzcan en la empresa
Determinando las causas, formulando
recomendaciones e informando a
Gerencia.
26. 4. FUNCIONES DEL COMITÉ
Investigación de los Accidentes.
Decidir si el accidente o la enfermedad profesional
se debió a negligencia inexcusable de trabajador.
27. 5. FUNCIONES DEL COMITÉ
Inspecciones, entrevistas,
observaciones,
etcétera.
Indicar la adopción de todas las medidas de higiene
y seguridad que sirvan para la prevención de los
riesgos profesionales.
Conociendo antecedentes estadísticos
de accidentes y enfermedades
ocurridas en la empresa.
28. 6. FUNCIONES DEL COMITÉ
Cumplir las demás funciones o misiones
Que le encomiende el organismo
administrador respectivo.
Informando al organismo administrador
sobre materias de competencia del CPHS
que se le haya encomendado.
29. Promover la realización de cursos de adiestramiento
Destinado a la capacitación profesional de los
Trabajadores.
Conociendo la opinión de los
supervisores y trabajadores .
Analizando la estadística y causalidad
de los accidentes.
Identificando los principales riesgos
de cada puesto de trabajo.
7. FUNCIONES DEL COMITÉ
30. CÓDIGO DE CONDUCTA
De los participantes
• Identificación
• Permitir que todos puedan
expresar su opinión.
• No ridiculizar la participación de
algún miembro.
• Debe haber lealtad entre los
miembros.
• Los horarios deben respetarse.
• Las conclusiones deben lograrse
por consenso
31. ESTABLECER UN PLAN DE TRABAJO
• A. Estudio histórico de causas de accidentes.
• B. Objetivos a Cumplir
• C. Evaluación sistemática de avance y resultados.
• D . Responsabilidad de Ejecución de Acciones
• E. Creación de comisiones de trabajo.
–Comisión de investigación de accidentes.
–Comisión detección de riesgos
–Comisión de capacitación y difusión
32. Ejemplo de organización de un C.P.H.S.
SECRETARIO EXPERTO
PREVENCIÓN
Procedimientos
y Normas Seguras
de trabajo
Control y evaluación
de actividades del CPHS.
Inspecciones
de
terreno
Observaciones
del
trabajo
Instrucción
en uso de
EPP
Investigación de
Accidentes
SUBCOMITE O
COMISIONES
PRESIDENTE
DEL COMITÉ
33. La Prevención de Riesgos de Accidentes del
Trabajo y de Enfermedades Profesionales está
dada por:
• Conocimiento
• Y principalmente el autocuidado