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Gastos Personales

Tutor: Ma. Dolores Niemes Novillo
Objetivo

   Al     finalizar  la    capacitación,    los
    participantes estarán en la capacidad de
    identificar correctamente los rubros que
    componen los Gastos Personales con sus
    límites, llenado correcto del formulario GP
    y el anexo de GP.
¿Qué son los gastos personales?
   Son aquellos gastos realizados por una
    persona natural, por concepto de:

 Vivienda
 Educación
 Salud
 Alimentación
 Vestimenta.
Gastos de vivienda

   Arriendo - único inmueble para vivienda;

   Los intereses de préstamos hipotecarios otorgados por
    instituciones autorizadas, destinados a la ampliación,
    remodelación, restauración, adquisición o construcción,
    de una única vivienda.

   Impuestos prediales de un único bien inmueble en el cual
    habita y que sea de su propiedad.
Gastos de educación


   Matrícula y pensión, cursos de actualización,
    seminarios de formación profesional.
   Útiles y textos escolares; materiales didácticos
    utilizados en la educación; y, libros.
   Servicios de educación especial para personas
    discapacitadas.
   Servicios prestados por centros de cuidado infantil;
    y,
   Uniformes.
Gastos de Salud
   Honorarios de médicos y profesionales de la
    salud.
   Servicios de salud prestados por clínicas,
    hospitales, laboratorios clínicos y farmacias.
   Medicamentos, insumos médicos, lentes y
    prótesis;
   Medicina prepagada y prima de seguro médico
    en contratos individuales y corporativos; y,
   El deducible no reembolsado de la liquidación
    del seguro privado.
Gastos de Alimentación
 Compras de alimentos para consumo
  humano.
 Pensiones     alimenticias,   debidamente
  sustentadas en resolución judicial o
  actuación de la autoridad correspondiente.
 Compra de alimentos en Centros de
  expendio de alimentos preparados.
Gastos de Vestimenta
   Se considerarán gastos de vestimenta los
    realizados por cualquier tipo de prenda de
    vestir.
Límites de los gastos personales

   50% del total de sus ingresos gravados y no
    mayor al equivalente a 1.3 veces la fracción
    básica desgravada de I.R.

   Las anteriores condiciones aplican hasta el
    ejercicio fiscal 2010, para los ejercicios
    económicos 2011 en adelante, se considerarán
    adicionalmente lo siguiente:
Límites de los gastos personales…
   La cuantía máxima de cada tipo de gasto no podrá
    exceder a la fracción básica desgravada de
    impuesto a la renta en:

   Vivienda: 0,325 veces
   Educación: 0,325 veces
   Alimentación: 0,325 veces
   Vestimenta: 0,325 veces
   Salud: 1,3 veces
Formulario SRI-GP
   A presentarse dentro del mes de enero de cada
    año, con una proyección de los gastos
    personales.

   El formulario GP deberá contener el concepto y
    el monto estimado o proyectado durante todo el
    ejercicio fiscal, en el formato y límites previstos
    en el respectivo reglamento o en los que
    mediante Resolución establezca el Director
    General del Servicio de Rentas Internas.
Formulario SRI-GP
Anexo de Gastos Personales
   Deberá presentarse de acuerdo a las
    siguientes condiciones:

   Ejercicio fiscal 2008 a 2010: Ingresos > a
    USD. 15.000 y sus GP > a USD 7.500.

   La fecha de presentación vencía hasta el mes de
    febrero de cada año, de acuerdo al noveno
    dígito del RUC o cédula.
Anexo de Gastos Personales…


   Desde el ejercicio fiscal 2011: Gastos >
    al 50% de la F.B.D.

   Para la presentación del anexo de gastos
    personales del 2011, la fecha de presentación
    será por única vez hasta el mes de junio de
    acuerdo al noveno dígito del RUC o CC.
Dimm Anexos de Gastos Personales
   Para obtener el
    programa       del
    Anexo de Gastos
    Personales,
    acceder          a
    www.sri.gob.ec
    en Guía Básica
    Tributaria, opción
    Descarga       del
    dimm anexos.
Llenado del anexo de gastos personales

 Organizar los comprobantes de venta por
  proveedor.
 El valor deducible sustentado en el
  comprobante de venta no incluye IVA e
  ICE.
 Los comprobantes deben cumplir con los
  requisitos establecidos en el Reglamento
  de Comprobantes de Venta y Retención.
Llenado del anexo de gastos personales


 Período que está informando.
 Ingresar los datos de su identificación
  como informante.
 - Cónyuge o conviviente
 - Sus hijos dependientes
 - Sus dependientes discapacitados
Llenado del anexo de gastos personales
   Llenar la información según el detalle del proveedor
   RUC
   Cantidad de comprobantes de venta
   Base Imponible Deducible.- Registrará la suma de
    todos los valores de base imponible deducible (sin
    incluir IVA e ICE) de todos los comprobantes de
    venta de este proveedor.
   Tipo de Gasto.- Escogerá un tipo de gasto.
   Recuerde que debe ingresar un registro por cada
    proveedor y tipo de gasto.
Llenado del anexo de gastos personales


   En la parte que le señala sin proveedor,
    exclusivamente se reportarán los valores por:

   -   Pensiones alimenticias
   -   Valores no cubiertos por aseguradoras
Llenado del anexo de gastos personales


   Una vez ingresados todos los gastos, guardará
    la información e imprimirá el talón resumen.

   Debe presentar el archivo generado con la
    información por Internet www.sri.gob.ec

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  • 1. Gastos Personales Tutor: Ma. Dolores Niemes Novillo
  • 2. Objetivo  Al finalizar la capacitación, los participantes estarán en la capacidad de identificar correctamente los rubros que componen los Gastos Personales con sus límites, llenado correcto del formulario GP y el anexo de GP.
  • 3. ¿Qué son los gastos personales?  Son aquellos gastos realizados por una persona natural, por concepto de:  Vivienda  Educación  Salud  Alimentación  Vestimenta.
  • 4. Gastos de vivienda  Arriendo - único inmueble para vivienda;  Los intereses de préstamos hipotecarios otorgados por instituciones autorizadas, destinados a la ampliación, remodelación, restauración, adquisición o construcción, de una única vivienda.  Impuestos prediales de un único bien inmueble en el cual habita y que sea de su propiedad.
  • 5. Gastos de educación  Matrícula y pensión, cursos de actualización, seminarios de formación profesional.  Útiles y textos escolares; materiales didácticos utilizados en la educación; y, libros.  Servicios de educación especial para personas discapacitadas.  Servicios prestados por centros de cuidado infantil; y,  Uniformes.
  • 6. Gastos de Salud  Honorarios de médicos y profesionales de la salud.  Servicios de salud prestados por clínicas, hospitales, laboratorios clínicos y farmacias.  Medicamentos, insumos médicos, lentes y prótesis;  Medicina prepagada y prima de seguro médico en contratos individuales y corporativos; y,  El deducible no reembolsado de la liquidación del seguro privado.
  • 7. Gastos de Alimentación  Compras de alimentos para consumo humano.  Pensiones alimenticias, debidamente sustentadas en resolución judicial o actuación de la autoridad correspondiente.  Compra de alimentos en Centros de expendio de alimentos preparados.
  • 8. Gastos de Vestimenta  Se considerarán gastos de vestimenta los realizados por cualquier tipo de prenda de vestir.
  • 9. Límites de los gastos personales  50% del total de sus ingresos gravados y no mayor al equivalente a 1.3 veces la fracción básica desgravada de I.R.  Las anteriores condiciones aplican hasta el ejercicio fiscal 2010, para los ejercicios económicos 2011 en adelante, se considerarán adicionalmente lo siguiente:
  • 10. Límites de los gastos personales…  La cuantía máxima de cada tipo de gasto no podrá exceder a la fracción básica desgravada de impuesto a la renta en:  Vivienda: 0,325 veces  Educación: 0,325 veces  Alimentación: 0,325 veces  Vestimenta: 0,325 veces  Salud: 1,3 veces
  • 11. Formulario SRI-GP  A presentarse dentro del mes de enero de cada año, con una proyección de los gastos personales.  El formulario GP deberá contener el concepto y el monto estimado o proyectado durante todo el ejercicio fiscal, en el formato y límites previstos en el respectivo reglamento o en los que mediante Resolución establezca el Director General del Servicio de Rentas Internas.
  • 13. Anexo de Gastos Personales  Deberá presentarse de acuerdo a las siguientes condiciones:  Ejercicio fiscal 2008 a 2010: Ingresos > a USD. 15.000 y sus GP > a USD 7.500.  La fecha de presentación vencía hasta el mes de febrero de cada año, de acuerdo al noveno dígito del RUC o cédula.
  • 14. Anexo de Gastos Personales…  Desde el ejercicio fiscal 2011: Gastos > al 50% de la F.B.D.  Para la presentación del anexo de gastos personales del 2011, la fecha de presentación será por única vez hasta el mes de junio de acuerdo al noveno dígito del RUC o CC.
  • 15. Dimm Anexos de Gastos Personales  Para obtener el programa del Anexo de Gastos Personales, acceder a www.sri.gob.ec en Guía Básica Tributaria, opción Descarga del dimm anexos.
  • 16. Llenado del anexo de gastos personales  Organizar los comprobantes de venta por proveedor.  El valor deducible sustentado en el comprobante de venta no incluye IVA e ICE.  Los comprobantes deben cumplir con los requisitos establecidos en el Reglamento de Comprobantes de Venta y Retención.
  • 17. Llenado del anexo de gastos personales  Período que está informando.  Ingresar los datos de su identificación como informante.  - Cónyuge o conviviente  - Sus hijos dependientes  - Sus dependientes discapacitados
  • 18. Llenado del anexo de gastos personales  Llenar la información según el detalle del proveedor  RUC  Cantidad de comprobantes de venta  Base Imponible Deducible.- Registrará la suma de todos los valores de base imponible deducible (sin incluir IVA e ICE) de todos los comprobantes de venta de este proveedor.  Tipo de Gasto.- Escogerá un tipo de gasto.  Recuerde que debe ingresar un registro por cada proveedor y tipo de gasto.
  • 19. Llenado del anexo de gastos personales  En la parte que le señala sin proveedor, exclusivamente se reportarán los valores por:  - Pensiones alimenticias  - Valores no cubiertos por aseguradoras
  • 20. Llenado del anexo de gastos personales  Una vez ingresados todos los gastos, guardará la información e imprimirá el talón resumen.  Debe presentar el archivo generado con la información por Internet www.sri.gob.ec