2. ÍNDICE:
1.- Introducción.
2.- ¿Qué es el Factor de Sostenibilidad?.
3.- ¿Cuál es su ámbito de aplicación?.
4.-¿Es definitivo o revisable?.
5.- ¿Cómo se calcula?.
6.- Cinco puntos clave a modo de resumen.
7.- Puntos a favor y puntos en contra.
8.- Conclusión.
9.- Referencias.
3. 1.- Introducción.
Nuestro sistema de pensiones tiene que enfrentarse a una
serie de riesgos como la evolución de la esperanza de vida, bajas
tasas de natalidad y una intensa crisis económica que ha anticipado
varios años la aparición de déficits en las cuentas de la Seguridad
Social.
Todo esto hace que se incorporen medidas adicionales a
las previstas en las leyes en vigor.
La Ley 27/2011, de 1 de agosto, introdujo en nuestro
Sistema de Seguridad Social diversas reformas, como la
modificación de la edad de acceso a las pensiones, el modo de
cálculo de la base reguladora, así como el acceso a las modalidades
de jubilación anticipada y parcial.
El artículo 8 de la citada Ley 27/2011, de 1 de
agosto, introduce en nuestro sistema la figura del factor de
sostenibilidad con el objetivo de mantener la proporcionalidad entre
las contribuciones al sistema y las prestaciones esperadas del
mismo y garantizar su sostenibilidad.
4. 2.- ¿Qué es el Factor de Sostenibilidad?
Según la Ley La Ley 27/2011, de 1 de agosto, el factor de
sostenibilidad se define como:
“Un instrumento que con carácter automático
permite vincular el importe de las pensiones de
jubilación del sistema de la Seguridad Social a la
evolución de la esperanza de vida de los
pensionistas, ajustando las cuantías que percibirán
aquellos que se jubilen en similares condiciones en
momentos temporales diferentes”.
5. 3.- ¿Cuál es su ámbito de aplicación?.
El factor de sostenibilidad se aplicará por una sola vez para
la determinación del importe inicial de las nuevas pensiones de
jubilación del sistema de la Seguridad Social.
4.- ¿Es definitivo o revisable?.
Cada cinco años, se revisará la variación interanual de la
esperanza de vida a tener en cuenta para calcular el valor del factor
de sostenibilidad.
6. 5.- ¿Cómo se calcula?.
Para el cálculo del factor de sostenibilidad se tendrán en
cuenta dos factores:
a) Las tablas de mortalidad de la población pensionista de
jubilación del sistema de la Seguridad Social.
b) La edad de 67 años como edad de referencia.
LA FÓRMULA DE APLICACIÓN SERÁ LA SIGUIENTE:
(VER SIGUIENTE DIAPOSITIVA)
Siendo el numerador la esperanza de vida a los 67 años en
el año 2017 y el denominador la esperanza de vida a los 67 años en
el año 2022. Y así sucesivamente.
Para la aplicación del factor de sostenibilidad, se utilizarán
los cuatro primeros decimales.
7.
8. 6.- Cinco puntos clave a modo de resúmen.
1) Las pensiones ya no se revalorizan con el IPC como era
habitual desde 1997. Ahora, la cuantía de las pensiones se
revisará siempre a comienzos de año según el nuevo Índice
de Revalorización (IR) que variará en función de los ingresos
y gastos del sistema de la Seguridad Social.
2) Las prestaciones subirán como mínimo un 0,25% y como
máximo el IPC más el 0,5%.
3) En 2014 las pensiones aumentarán un 0,25%.
4) Se introduce el factor de sostenibilidad para los nuevos
pensionistas.
5) El factor de sostenibilidad se aplicará en 2019 y se revisará
cada cinco años. De momento, las personas que accedan a la
jubilación en los próximos cinco años no deben preocuparse
por el impacto del factor de sostenibilidad en su pensión, ya
que no se aplicará hasta 2019.
9. 7.- Puntos a favor y en contra.
A FAVOR EN CONTRA
Garantía de
Sostenibilidad del
Sistema
Pérdida de
revalorización de
pensiones.
Ahorro considerable
para las arcas del
estado
Mayor exigencia
requisitos para nuevos
pensionistas.
Acceso a pensiones
nuevos pensionistas.
Menores cuantías
mensuales.
10. 9.- Conclusiones.
Con la aplicación del factor de sostenibilidad el Estado pretende
ahorrar una cantidad aproximada a 33.000 millones de euros en una
periodo de ocho años, lo cual garantiza, según la nueva ley de
pensiones, la sostenibilidad del sistema.
Como no puede ser menos, en un periodo de crisis como el que
vivimos, entiendo que son necesarios los recortes presupuestarios que
eviten que nuestro sistema del bienestar quiebre o al menos deba ser
rescatado, pero sin embargo no comparto los criterios establecidos por los
gobernantes en esta nueva ley de pensiones ya que, bajo mi punto de
vista, existen otras muchas partidas presupuestarias que pueden estar
sujetas a recortes bastantes mas considerables y con una significativa
menor repercusión social que no sean la sanidad, las pensiones y la
educación.
Como este comentario es fácil y vacío si no se mencionan estas
otras partidas, quiero exponer que dichos recortes deben aplicarse en la
dirección de la reducción del gasto público de representación de la “clase
política” y me refiero a coches, chóferes, dietas, etc… así como a la
eliminación de la tan mencionadas duplicidades de competencias de las
administraciones
(Ayuntamientos, Diputaciones, Mancomunidades, etc…, así como una
fuerte inversión en el control del fraude fiscal y la evasión de
capitales, consiguiendo de este modo un ahorro más sustancial.
11. 9.- Referencias.
Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del
Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social
(http://www.seg-
social.es/Internet_1/Normativa/index.htm?dDocName=179339&C1=1001&C2=
2001).
www.seg-social.es › ... › Investigaciones
http://www.seg-
social.es/Internet_1/Estadistica/FondodeInvestigacio48073/EstudiosFIPROS/inde
x.htm
http://www1.seg-social.es/ActivaInternet/Panorama/REV_032179
http://cincodias.com/cincodias/2012/09/30/economia/1349141005_850215.htm
l
http://www.expansion.com/2014/01/02/economia/1388668532.html?a=103fd1
578a879ce4879429348b43a8cf&t=1399792871
http://www.fedeablogs.net/economia/?p=34547
http://www.elderecho.com/laboral/sostenibilidad-realidad-recortes-pension-
jubilacion_11_606805001.html