Reglamento interno de convivencia año escolar 2013
1. REGLAMENTO
INTERNO DE
CONVIVENCIA
ESCOLAR
AÑO 2013
ESCUELA : RURAL CUMBRE DEL BARRO DE PEÑOL
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2. R.B.D. : 7869-7
NIVELES : BASICO DE 1º A 6º AÑO
TIPO ESCUELA : ESTABLECIMIENTO UNIDOCENTE
MATRICULA : 3 ALUMNOS
E-MAIL :escuelaruralcumbredelbarro
@hotmail.com
: microcentrosurcandoesperanzas
@hotmail.com
:oyarzun_manuel@hotmail.com
REGION : DE LOS LAGOS
PROVINCIA : LLANQUIHUE
COMUNA : MAULLIN
AÑO ESCOLAR : 2013
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3. FUNDAMENTO LEGAL
En la elaboración el presente documento se ha tomado en consideración los siguientes documento
legales:
• ART. 46 letra f) del DFL N° 2 del 2009.
• Ley 20.536.
• DEC. Sup. N° 79/2004.
• Ley. 20.609. antidiscriminación.
• Ley 20.370.
Además para su formulación se ha tenido presente lo siguiente:
• Que esté acorde con las normas, leyes nacionales y tratados internacionales. Así como también,
con los principios que regulan la vida en sociedad.
• Que sea coherente con los principios de convivencia contenidos en el Proyecto Educativo
institucional de esta Unidad Educativa.
ARTÍCULO 1°. Objetivos.
1.1. El presente reglamento tiene por finalidad promover y desarrollar en todos los integrantes de
la comunidad educativa los principios y elementos que construyan una sana convivencia escolar, con
especial énfasis en una formación que favorezca la prevención de toda clase de violencia o agresión.
1.2. Asimismo establece protocolos de actuación para los casos de maltrato escolar, los que deberán
estimular el acercamiento y entendimiento de las partes en conflicto e implementar acciones
reparatorias para los afectados.
ARTÍCULO 2°. Conceptos.
2.1 Sana Convivencia escolar:
La sana convivencia escolar es un derecho y un deber que tienen todos los miembros de la comunidad
educativa, cuyo fundamento principal es la dignidad de las personas y el respeto que éstas se deben. Es
un aprendizaje en sí mismo que contribuye a un proceso educativo implementado en un ambiente
tolerante y libre de violencia, orientado a que cada uno de sus miembros pueda desarrollar
plenamente su personalidad, ejercer sus derechos y cumplir sus deberes correlativos.
2.2. Comunidad Educativa:
Por comunidad educativa se entiende aquella agrupación de personas que, inspiradas en un propósito
común, integran la institución educacional, incluyendo a alumnos, alumnas, padres, madres y
apoderados, profesionales de la educación, asistentes de la educación, administrativos, equipos
docentes directivos y sostenedores educacionales.
2.3 Buena Convivencia Escolar:
Se entenderá por buena convivencia escolar la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad
educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los
objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes (Art.16.A, Ley
20.536).
2.4 Acoso Escolar:
Se entenderá por acoso escolar toda acción u omisión constitutiva de agresión u hostigamiento
reiterado, realizada fuera o dentro del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma
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4. individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de
superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato,
humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios
tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición ( Art. 16.A , Ley 20.536).
2.5 Bullying:
Por BULLYNG se hace referencia a situaciones de matonaje, intimidación o acoso escolar. Es una
manifestación de violencia en la que un(a) estudiante es agredido y se convierte en víctima al ser
expuesto(a) ,de forma repetida y durante un tiempo, a acciones negativas por parte de uno o varios
compañeros(as).
El bulling puede ser manifestado como :
• Maltrato psicológico
• Maltrato verbal
• Maltrato físico
Dicho maltrato puede presentarse de dos manera:
a) Puede ser presencial(en directo)
b) Puede ser no presencial (por medio de mensajes de texto, chat, llamadas telefónicas, redes sociales
de Internet como facebook, twitter , correo electrónico, etc), es decir indirecto
El bulling tiene 3 características que permiten diferenciarlo de otra expresiones de violencia:
1. Se produce entre pares
2. Existe abuso de poder e imposición de criterios a los demás
3. Es sostenido en el tiempo, es decir, se repite durante un tiempo
2.6. Como se manifiesta de violencia
a. Violencia psicológica: incluye humillaciones, insultos, amenazas, burlas, rumores mal
intencionados, aislamiento, discriminación en base a la orientación sexual, étnica, religiosa, etc.
También considera las agresiones psicológicas de carácter permanente, que constituyen el acoso
escolar o Bullying.
b. Violencia física: es toda agresión física que provoca daño o malestar: patadas, empujones
cachetadas, manotazos, mordidas, arañazos, etc., que pueden ser realizadas con el cuerpo o con algún
objeto. Considera desde las agresiones físicas ocasionales, hasta las agresiones sistemáticas que
constituyen el acoso escolar o Bullying.
c. Violencia sexual: son las agresiones que vulneran los límites corporales con connotación sexualizada
y transgreden la esfera de la sexualidad de una persona, sea hombre o mujer. Incluye tocaciones,
insinuaciones, comentarios de connotación sexual, abuso sexual, violación, intento de violación, etc.
d.Violencia por razones de género: son agresiones provocadas por los estereotipos de género, que
afecta principalmente a las mujeres, pero también puede afectar a los hombres. Esta manifestación de la
violencia ayuda a mantener el desequilibrio de poder entre hombres y mujeres. Incluye comentarios
descalificatorios, humillaciones, trato degradante, agresiones físicas o psicológicas fundadas en la presunta
superioridad de uno de los sexos por sobre el otro.
e. Violencia a través de medios tecnológicos: implica el uso de la tecnología para realizar
agresiones o amenazas a través de correos electrónicos, chat, blogs, fotologs, mensajes de texto,
sitios web o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico, que puede constituirse en
ciberbullying. Generan un profundo daño en las víctimas, dado que son acosos de carácter masivo y la
identificación de él o los agresores se hace difícil, por el anonimato que permiten las relaciones virtuales.
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5. 2.7 Medidas reparatorias:
La medida reparatoria no es un acto mecánico, tiene que ver con un sentido de reconocimiento y
una voluntad de enmendar el daño por parte del agresor, junto con la posibilidad de sentir empatía y
comprensión por la víctima.
Las medidas reparatorias consideran gestos y acciones que un “agresor” puede tener con la persona
agredida y que acompañan el reconocimiento de haber infringido un daño. Estas acciones restituyen el
daño causado y deben surgir del diálogo, del acuerdo y de la toma de conciencia del daño
ocasionado, no de una imposición externa, porque pierde el carácter formativo.
2.8 La negociación, el arbitraje, la mediación:
La negociación: se realiza entre las partes involucradas en un conflicto, sin intervención de
terceros, para que los implicados entablen una comunicación en busca de una solución aceptable a sus
diferencias, la que se explicita en un compromiso. Los involucrados se centran en el problema pensando
en una solución conveniente para ambos y en la que las concesiones se encaminen a satisfacer los
intereses comunes. Esta estrategia puede ser aplicada, también, entre personas que se encuentran en
asimetría jerárquica (un profesor y un estudiante, por ejemplo), siempre y cuando no exista uso ilegítimo
de poder por una de las partes.
El arbitraje: es un procedimiento que está guiado por un adulto que proporcione garantías de
legitimidad ante la comunidad educativa, con atribuciones en la institución escolar quien, a través del
diálogo, la escucha atenta y reflexiva de las posiciones e intereses de los involucrados, indaga sobre
una solución justa y formativa para ambas partes, en relación a la situación planteada. La función
de esta persona adulta es buscar una solución formativa para todos los involucrados, sobre la base
del diálogo y de una reflexión crítica sobre la experiencia vivenciada en el conflicto.
La mediación: es un procedimiento en el que una persona o grupo de personas, ajenas al conflicto,
ayuda a los involucrados a llegar a un acuerdo y/o resolución del problema, sin establecer sanciones
ni culpables, sino buscando el acuerdo para restablecer la relación y la reparación cuando sea
necesaria. El sentido de la mediación es que todos los involucrados aprendan de la experiencia y se
comprometan con su propio proceso formativo. El mediador adopta una posición de neutralidad
respecto de las partes en conflicto y no impone soluciones, sino que orienta el diálogo y el
acuerdo. Es importante tener presente que no es aplicable la mediación cuando ha existido un uso
ilegítimo de la fuerza o el poder, porque esta estrategia no está orientada a sancionar conductas de
abuso.
Consideración de instancias reparatorias:
Las acciones reparatorias pueden ser variadas, dependiendo del tipo de conflicto, de las características
de los involucrados y de la comunidad educativa en general; entre otras, se pueden mencionar:
Acciones para reparar o restituir el daño causado: su punto de partida es el
reconocimiento de haber provocado daño a un tercero, lo que implica una instancia de diálogo, mediada
por un adulto/a de la
comunidad educativa establecido previamente. La acción reparatoria debe ser absolutamente voluntaria:
la obligatoriedad en este tipo de medida la hace perder su sentido, dado que lo que se pretende es
que una de las partes se responsabilice de su acción. El acto de restitución debe estar relacionado
y ser proporcional con el daño causado. Por ejemplo, restituir un bien o pedir disculpas públicas, si el
daño fue causado por un rumor o comentario mal intencionado.
Servicios en beneficio de la comunidad: implica la prestación de un servicio en favor de la
comunidad que ha sido dañada, e igualmente debe estar relacionado con el daño causado. Por ejemplo:
hermosear o arreglar dependencias del establecimiento.
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6. 2.8) Diferencia entre los conceptos: agresividad, conflicto, violencia y Bullying
Agresividad:
Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de
enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una
amenaza que eventualmente podría afectar su integridad. La agresividad no implica,
necesariamente, un hecho de violencia pero cuando está mal canalizada o la persona no logra
controlar sus impulsos, se puede convertir en una agresión o manifestarse en hechos de violencia.
Los impulsos agresivos deben ser modulados,
orientados y canalizados mediante la autorregulación, el autocontrol y la autoformación.
Conflicto:
Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a intereses, verdadera o
aparentemente incompatibles. El conflicto no es sinónimo de violencia, pero un conflicto mal
abordado o que no es resuelto a tiempo puede derivar en situaciones de violencia.
Es un hecho social. Debe ser abordado y resuelto, no ignorado y para ello existen
mecanismos como la mediación, la negociación y el arbitraje.
Violencia:
Todas las definiciones de violencia conocidas contienen 2 ideas básicas:
1) El uso ilegítimo del poder y la fuerza, sea física o psicológica
2) El daño al otro como consecuencia
Es un aprendizaje, no es un hecho o condición natural de las personas. La violencia debe ser
erradicada mediante prácticas solidarias, pacíficas, que fomenten el diálogo y la convivencia
social.
Bullying:
Es una manifestación de violencia, en la que un(a) estudiante es agredido(a) por uno(a) o varios(as)
compañeros(as) por un tiempo.
Se puede manifestar como maltrato psicológico, verbal o físico ,que puede ser presencial o no
presencial.
El Bullying tiene 3 características que lo diferencian de otras formas de violencia.
• Se producen entre pares.
• Existe abuso de poder
• Es sostenido en el tiempo
2.9) Graduación de las faltas:
Falta leve: actitudes y comportamientos que alteren la convivencia, pero que no involucren daño físico
o psicológico a otros miembros de la comunidad.
Falta grave: actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad psicológica de otro
miembro de la comunidad educativa y del bien común, así como acciones deshonestas que afecten
la convivencia.
Falta gravísima: actitudes y comportamientos que atenten contra la integridad física y psicológica de
otros miembros de la comunidad educativa, agresiones sostenidas en el tiempo, conductas tipificadas
como delito.
2.9.1) Se entenderá por falta leve las siguientes:
• Atrasos
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7. • Olvidar un material ( cuadernos, libros, lápices, toalla, cepillo dental, etc.)
• Uso del celular en horario de clases
• No traer su uniforme (el primer dia de la semana)
• No entrar a tiempo en clases
• Volver del recreo cuando todos están en clases
• Quitar la pelota o juegos a los más pequeños
• Mentir
• No realizar actividades solicitadas en horario de clases
• Contestar en forma irrespetuosa
• Esconder objetos a otros compañeros
• Rayar materiales del establecimiento
• Llegar sin tareas a clases
• Copiar tarea a otros compañeros
• Dar portazos
• Molestar a un compañero(a), cuando este esté leyendo o realizando una tarea en clases
• No traer ropa adecuada para la realización de clases de educación física(zapatillas, buzo o
pantalón corto, polera liviana)
• Hacer desorden
• Jugar o correr dentro de la sala de clases
• No dejar el material utilizado en clases en su sitio (textos, mapas, libros biblioteca CRA,
balones, juegos ,etc.)
• Romper material del establecimiento ( señalética de emergencia, letreros , diario mural,
material didáctico en la paredes, etc)
2.9.2 Se entenderá por falta grave cada una de las siguientes:
• Dañar el bien común( quebrar un vidrio, romper materiales, rayar muros, etc.)
• Agredir a otro miembro de la comunidad, (con empujones, tirones, llaves, zancadillas,
escupitajos, apodos, garabatos, juegos que inciten a la violencia)
• Ofender a otro miembro de la comunidad
• Intimidar a otro miembro de la comunidad
• Discriminar a otro miembro de la comunidad (por edad, sexo, enfermedades, situación
social , situación económica, embarazo, tendencia política, problemas familiares, opción
religiosa, orientación sexual, etc.)
• Copiar en una prueba
• Ser sorprendido con ayuda-memoria en una prueba
• Falsificar la firma del apoderado(a) en una comunicación o prueba
2.9.3 Se entenderá por falta gravísima cada una de las siguientes:
• Falsear o corregir sus notas
• Agresión verbal
• Agresión con lesiones
• Robos, hurtos
• amenazas
• Abuso sexual
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8. • Porte de arma de de fuego o arma blanca
• Acoso escolar o Bullying
2.10 Aplicación de procedimientos claros y justos a la faltas.
Antes de la aplicación de una sanción o medida, es necesario conocer la versión de todos los
involucrados, considerando el contexto y las circunstancias que rodearon la falta. Cuando las
sanciones son aplicadas sin considerar el contexto, se arriesga actuar con rigidez y arbitrariedad.
El procedimiento debe respetar el debido proceso, es decir, establecer el derecho de todos los
involucrados
• Que sean escuchados;
• Que sus argumentos sean considerados;
• Que se presuma su inocencia; y
• Que se reconozca su derecho a apelación.
2.11 Consideración de factores agravantes o atenuantes.
De acuerdo con la edad, el rol y la jerarquía de los involucrados, varía el nivel de responsabilidad que
cada persona tiene sobre sus acciones: si se trata de un adulto o de una persona con jerarquía dentro de la
institución escolar, ésta será mayor y, por el contrario, mientras menor edad tengan los involucrados,
disminuye su autonomía y, por ende, su responsabilidad.
Por otra parte, es necesario conocer el contexto, la motivación y los intereses que rodean la
aparición de la falta. Ejemplos: una agresión física debe evaluarse distinto si se trata de un acto en
defensa propia o de un acto de discriminación; igualmente deben considerarse otras
circunstancias, como la existencia de problemas familiares que afecten la situación emocional de un
niño o niña, las que pueden alterar su comportamiento. En tales casos, no se trata de ignorar o
justificar una falta, sino de resignificarla de acuerdo con las circunstancias, poniéndola en contexto.
ARTÍCULO 3°. Derechos y deberes de la comunidad educativa.
3.1. Todos los integrantes de la comunidad educativa deberán promover y asegurar una sana
convivencia escolar y realizar sus actividades bajo las máximas del respeto mutuo y la tolerancia.
3.2. Los miembros de la comunidad educativa tienen derecho a desarrollarse en un ambiente sano
y a recibir la formación integral necesaria para construirlo. En caso de que dicho ambiente no se
cumpla o se vea afectado, sus integrantes tendrán derecho a comunicar e informar, solicitando ser
atendidos en resguardo de sus derechos. A su vez, están obligados a colaborar en el tratamiento
oportuno de situaciones de conflicto o maltrato entre cualquiera de los integrantes de la
comunidad educativa y en el esclarecimiento de los hechos denunciados.
Los apoderados(as) deberán ser informados al momento de la matrícula o a más tardar en la primera
reunión del Centro de Padre y Apoderadas en el mes de marzo sobre la existencia de este documento y serle
entregado una copia del mismo, debiendo el(la) apoderado(a) firmar la recepción de este reglamento
ARTÍCULO 4°. Encargado de Convivencia Escolar.
El profesor encargado de este establecimiento unidocente , será el encargado de Convivencia escolar
del establecimiento, debiendo ejecutar de manera permanente los acuerdos de este reglamento
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9. acordados en reuniones del Consejo Escolar del Establecimiento, investigar en los casos
correspondientes e informar sobre cualquier asunto relativo a la convivencia.
En la primera reunión del Conejo Escolar 2013 se procederá a su designación, bajo firma de cada uno(a)
de los apoderados(as) presentes en la asamblea. Lo que será comunicado a lo apoderado en la primera
reunión
ARTICULO 5º,comité de Convivencia escolar
Por ser este un establecimiento unidocente rural, que imparte enseñanza de 1º a 6º básico, con una
matrícula de 3 alumno y dos apoderados, no constituirá un Reglamento de Convivencia Escolar por el
presente año escolar 2013
ARTÍCULO 6°. Conductas contrarias a la sana convivencia escolar.
Se considera cualquier acción u omisión que atente contra o vulnere la sana convivencia escolar. La
autoridad competente investigará, de conformidad a la normativa interna del establecimiento, las
conductas consideradas como maltrato escolar, las que deberán ser debidamente explicitadas y, de ser
pertinente, sancionadas mediante un sistema gradual.
ARTÍCULO 7°. Definición de maltrato escolar.
7.1. Se entenderá por maltrato escolar cualquier acción u omisión intencional, ya sea física o psicológica,
realizada en forma escrita, verbal o a través de medios tecnológicos o cibernéticos, en contra de
cualquier integrante de la comunidad educativa, con independencia del lugar en que se cometa,
siempre que pueda:
• Producir el temor razonable de sufrir un menoscabo considerable en su integridad física o psíquica, su
vida privada, su propiedad o en otros derechos fundamentales;
• Crear un ambiente escolar hostil, intimidatorio, humillante o abusivo; o
• Dificultar o impedir de cualquier manera su desarrollo o desempeño académico, afectivo, moral,
intelectual, espiritual o físico.
7.2. Se considerarán constitutivas de maltrato escolar, entre otras, las siguientes conductas:
• Proferir insultos o garabatos, hacer gestos groseros o amenazantes u ofender reiteradamente a
cualquier miembro de la comunidad educativa;
• Agredir físicamente, golpear o ejercer violencia en contra de un alumno o de cualquier otro
miembro de la comunidad educativa;
• Agredir verbal o psicológicamente a cualquier miembro de la comunidad educativa;
• Amedrentar, amenazar, chantajear, intimidar, hostigar, acosar o burlarse de un alumno u otro
miembro de la comunidad educativa (por ejemplo: utilizar sobrenombres hirientes, mofarse de
características físicas, etc.);
• Discriminar a un integrante de la comunidad educativa, ya sea por su condición social, situación
económica, religión, pensamiento político o filosófico, ascendencia étnica, nombre, nacionalidad,
orientación sexual, discapacidad, defectos físicos o cualquier otra circunstancia;
• Amenazar, atacar, injuriar o desprestigiar a un alumno o a cualquier otro integrante de la
comunidad educativa a través de chats, blogs, facebook, youtube, mensajes de texto, correos
electrónicos, foros, servidores que almacenan videos o fotografías, sitios webs, teléfonos o cualquier
otro medio tecnológico, virtual o electrónico;
• Exhibir, transmitir o difundir por medios cibernéticos cualquier conducta de maltrato escolar;
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10. • Realizar acosos o ataques de connotación sexual, aun cuando no sean constitutivos de delito;
• Portar todo tipo de armas, instrumentos, utensilios u objetos cortantes, punzantes o contundentes, ya
sean genuinos o con apariencia de ser reales, aun cuando no se haya hecho uso de ellos; o
• Encontrarse bajo los efectos de bebidas alcohólicas, drogas o sustancias ilícitas,
ya sea al interior del establecimiento educacional o en actividades organizadas, coordinadas,
patrocinadas o supervisadas por éste, junto con portar, vender, comprar, distribuir o consumirlas.
ARTÍCULO 8°. Medidas y Sanciones Disciplinarias.
8.1. Todo alumno(a) tiene un hoja de vida en el leccionario y en aquellas se consignaran las acciones
positivas y negativas de consideración con el objeto de informar a su apoderado y llegado el momento
tomar una medida de sanción en cuerdo con el apoderado.
8.2. cada vez que ocurra un hecho que infrinja uno de los artículos de este reglamento, el docente podrá
proceder de la o las siguientes maneras (en atención al tipo de falta)
En caso de falta leve
Se aplicará a quien incurra en conductas contrarias a la sana convivencia escolar, y especialmente en
los casos de maltrato, alguna o algunas de las siguientes medidas o sanciones disciplinarias,
independiente del orden:
En caso de falta leve se podrá recurrir a cualquiera de estas instancias para la búsqueda de una
solución ,dentro de los protocolos de actuación
a) Se investigará
b) Se conversará con el (a) o los(as) alumno(as)
c) Se buscará una solución que permita a el (a) alumnos(as) tomar conciencia
d) Diálogo personal pedagógico y correctivo;
e) Diálogo grupal reflexivo
f) Amonestación verbal
g) Amonestación por escrito
h) Comunicación al o a los(as) apoderados(as)
i) Citación al a los (as)apoderados(as)
j) Conocer la versión de todos(as) los(as) involucrados (as)
k) Agotadas estas instancias(todas o las que se crean necesarias) se dará por resuelto el conflicto ,
dándose cuenta de ello en el leccionario y en reunión del centro de padres más próxima
En caso de faltas graves o gravísimas
En caso de faltas graves y gravísimas, además de las instancias anteriores se podrá
recurrir a la siguientes instancias dentro de los protocolos de actuación
a) Derivación psicosocial (terapia personal, familiar, grupal talleres de reforzamiento, educación o
de control de las conductas contrarias a la sana convivencia escolar);
b) Derivación a charlas o talleres relativos al consumo o efectos de las bebidas alcohólicas,
las drogas o sustancias ilícitas;
c) Suspensión temporal de el (a) o los(as) educandos por 1 dia y 3 días,
d) Búsqueda de medidas reparatorias
e) Aplicación de sanciones( servicio comunitario y/o servicio pedagógico)
f) Negociación en la resolución de conflictos
g) Arbitraje
h) Mediación
i) Instancias reparatorias donde el que cometió la falta debe reconocer el daño causado
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11. j) Denuncias ante los organismos pertinentes en caso de faltas tipificadas como delito(robos,
lesiones, hurto, amenazas, tenencia de armas de fuego o armas blancas, tráfico, consumo y porte
de drogas, abuso sexual, maltratos, explotación laboral)
k) No se contempla la condicionalidad de la renovación de la matrícula para el próximo año escolar
productos de alguna falta grave o gravísima
l) No se contempla la Expulsión del Establecimiento Educacional producto de una falta grave o
gravísima
8.3. Si el responsable fuere un funcionario del establecimiento, se aplicarán las medidas contempladas
en la normas internas, así como las establecidas en la legislación pertinente.
8.4. Si el responsable fuere el padre, madre o apoderado de un alumno, en casos graves se podrán
disponer medidas como la obligación de designar un nuevo apoderado o la prohibición de
ingreso al establecimiento.
ARTÍCULO 9°. Criterios de aplicación de medidas o sanciones disciplinarias.
9.1. Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y
para la comunidad en su conjunto. Será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la
dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación
del responsable.
9.2. Deberán tomarse en cuenta al momento de determinar la sanción o medida, los siguientes
criterios:
a) La edad, la etapa de desarrollo y madurez de las partes involucradas;
b) La naturaleza, intensidad y extensión del daño causado;
c) La naturaleza, intensidad y extensión de la agresión por factores como:
• La pluralidad y grado de responsabilidad de los agresores;
• El carácter vejatorio o humillante del maltrato;
• Haber actuado en anonimato, con una identidad falsa u ocultando el rostro;
• Haber obrado a solicitud de un tercero o bajo recompensa;
d) La conducta anterior del responsable;
e) El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de autoridad u otra;
f) La discapacidad o indefensión del afectado.
ARTÍCULO 10°. Obligación de denuncia de delitos.
El docente encargado del establecimiento deberá denunciar cualquier acción u omisión que revista
caracteres de delito y que afecte a un miembro de la comunidad educativa, tales como lesiones,
amenazas, robos, hurtos, abusos sexuales, porte o tenencia ilegal de armas, tráfico de sustancias ilícitas
u otros. Se deberá denunciar ante Carabineros de Chile, la Policía de Investigaciones, las fiscalías del
Ministerio Público o los tribunales competentes, dentro del plazo de 24 horas desde que se tome
conocimiento del hecho, sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 175 letra e) y 176 del Código
Procesal Penal.
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12. ARTÍCULO 11° Información de conductas contrarias a la sana convivencia escolar
11.1. Se deberá siempre resguardar la identidad del informante y no se podrá imponer una sanción
disciplinaria en su contra basada únicamente en el mérito de su reclamo.
ARTÍCULO 12°. Protocolo de actuación.
12.1. Mientras se estén llevando a cabo las indagaciones aclaratorias y el discernimiento de las medidas
correspondientes, se asegurará a todas las partes la mayor confidencialidad, privacidad y respeto por
su dignidad y honra.
12.2. De cada actuación y resolución deberá quedar constancia escrita en los instrumentos propios del
establecimiento, debiendo mantenerse el registro individual de cada caso. No se podrá tener acceso a
dichos antecedentes por terceros ajenos a la investigación, a excepción de la autoridad pública
competente.
12.3. En el procedimiento se garantizará la protección del afectado y de todos los involucrados,
el derecho de todas las partes a ser oídas, la fundamentación de las decisiones y la posibilidad de
impugnarlas.
ARTÍCULO 13°. Deber de protección.
13.1. Si el afectado fuere un alumno, se le deberá brindar protección, apoyo e información durante todo el
proceso.
13.2. Si el afectado fuere un profesor o funcionario del establecimiento, se le deberá otorgar
protección y se tomarán todas las medidas para que pueda desempeñar normalmente sus
funciones, salvo que esto último ponga en peligro su integridad.
ARTÍCULO 14°. Notificación a los apoderados.
Al inicio de todo proceso en el que sea parte un estudiante, se deberá notificar a sus padres o apoderados.
Dicha notificación podrá efectuarse por cualquier medio idóneo, pero deberá quedar constancia de ella.
ARTÍCULO 15º. Investigación.
15.1. El encargado de convivencia escolar deberá llevar adelante la investigación de los casos,
entrevistando a las partes, solicitando información a terceros o disponiendo cualquier otra medida que
estime necesaria para su esclarecimiento.
15.2. Una vez recopilados los antecedentes correspondientes o agotados la investigación, el encargado
deberá informar a la autoridad competente .
ARTÍCULO 16°. Citación a entrevista.
16.1. Una vez recibidos los antecedentes el docente encargado deberá citar a las partes y, en su caso,
a los padres o apoderados del estudiante o los estudiantes involucrados, a una reunión que
tendrá como principal finalidad buscar un acuerdo entre las partes. Para esta entrevista, se considerará el
tipo de tópicos que convenga tratar en presencia de los alumnos o sólo entre adultos.
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13. 16.2. En caso de existir acuerdo entre las partes se podrá suspender el curso de la indagación,
exigiendo a cambio el cumplimiento de determinadas condiciones por un período de tiempo
convenido. Si se cumplen íntegramente las condiciones impuestas se dará por cerrado el caso,
dejándose constancia de esta circunstancia.
16.3. Si no hubiere acuerdo, se deberá oír a las partes involucradas, quienes deberán presentar
todos los antecedentes que estimen necesarios.
ARTÍCULO 17°. Resolución.
La autoridad competente deberá resolver si se cumplen los requisitos para imponer una sanción, o
bien si el reclamo debe ser desestimado. Deberá quedar constancia de los fundamentos que
justifiquen la decisión adoptada. Dicha resolución debe ser notificada a todas las partes.
ARTÍCULO 18°. Medidas de reparación.
En la resolución, se deberá especificar las medidas de reparación adoptadas a favor del afectado, así
como la forma en que se supervisará su efectivo cumplimiento. Tales medidas podrán consistir, por
ejemplo, en disculpas privadas o públicas, restablecimiento de efectos personales, por ser establecimiento
unidocente no se contempla cambio de curso .
ARTÍCULO 19°. Recurso contra la resolución.
Todas las partes tendrán la posibilidad de recurrir fundadamente en contra de la resolución adoptada por
la autoridad competente, mediante el llenado de un formulario que el establecimiento proporcionará,
dentro de un plazo de cinco días hábiles, desde el momento de conocida la resolución .
ARTÍCULO 20°. Mediación.
El establecimiento podrá implementar instancias de mediación u otros mecanismos de similar
naturaleza como alternativa para la solución pacífica y constructiva de los conflictos de convivencia
escolar. Este sistema incluirá la intervención de alumnos, docente, orientadores, y especialistas.
ARTÍCULO 21°. Difusión
El establecimiento, realizará una oportuna y completa difusión acerca de las normas y planes
relativos a la convivencia escolar mediante de la entrega de una copia a cada apoderada en la primera
reunión de marzo del 2013 y el otorgamiento de un espacio en cada reunión de apoderados
ARTÍCULO 22º
Este reglamento de convivencia escolar se actualizará cada vez que sea necesario de acuerdo a la
normativa legal vigente del país
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14. PROCOLOLO PARA FALTA LEVE Nº
ALUMNO: SEXO: M F
FECHA: CURSO
ENCARGADO CONVIVENCIA ESCOLAR Manuel Jesús Oyarzún Vásquez RUN:8.682.445-0
APODERADODEL ALUMNO RUN:
DIA/LUGAR/HORA/DONDE OCURRE LA FALTA:
DESCRIPCIÓN DE LA FALTA:
CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS Y/ SANCIONES DISCIPLINARIAS:
ATENUANTES AGRAVANTES
MEDIDAS A SER APLICADAS( pueden ser tomadas todas o solamente algunas)
SE REALIZA LA INVESTIGACION SI NO
SE CONOCIERON TODAS LAS VERSIONES DE LOS INVOLUCRADOS SI NO
DIALOGO PEDAGOGICO PERSONAL Y CORRECTIVO SI NO
BUSQUEDA DE UNA SOLUCION QUE PERMITA LA TOMA DE CONCIENCIA SI NO
AMONESTACION VERBAL SI NO AMONESTACION ESCRITA SI NO
DIALOGO GRUPAL SI NO CITACION A APODERADOS SI NO
REFLEXIVO
COMUNICACION A SI NO NECESIDAD DE MEDIACION SI NO
APODERADOS
NECESIDAD DE ARBITRAJE SI NO NECESIDAD DE NEGOCIACION SI NO
SE REGISTRA EN SI NO SE INFORMA EN REUNION CCPP SI NO
LECCIONARIO
SANCIONES APLICADAS
MEDIDAS DE REPARACION DE LA FALTA
RECURSO CONTRA LA RESOLUCION PLAZO HASTA EL
SE RECURRE CONTRA LA RESOLUCION SI NO FECHA
¿QUIEN RECURRE?
FECHA CIERRE INVESTIGACION
REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 14
15. PROCOLOLO PARA FALTA GRAVE Nº
ALUMNO(OS):
FECHA: CURSO(S)
ENCARGADO CONVIVENCIA ESCOLAR Manuel Jesús Oyarzún Vásquez RUN:8.682.445-0
APODERADO DE ALUMNO/OS RUN:
DIA/LUGAR/HORA/DONDE OCURRE LA FALTA:
DESCRIPCIÓN DE LA FALTA:
CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS Y/ SANCIONES DISCIPLINARIAS:
ATENUANTES AGRAVANTES
MEDIDAS APLICADAS EN EL CASO
SE REALIZA LA INVESTIGACION SI NO
SE CONOCIERON TODAS LAS VERSIONES DE LOS INVOLUCRADOS SI NO
DIALOGO PEDAGOGICO PERSONAL Y CORRECTIVO SI NO
BUSQUEDA DE UNA SOLUCION QUE PERMITA LA TOMA DE CONCIENCIA SI NO
AMONESTACION VERBAL SI NO AMONESTACION ESCRITA SI NO
DERIVACION PSICOSOCIAL SI NO DERIVACION A CHARLAS SI NO
COMUNICACIÓN ESCRITA A APODERADOS SI NO FECHA
NECESIDAD DE MEDIACION SI NO NECESIDAD DE NEGOCIACION SI NO
MEDIDAS REPARATORIAS SI NO NECESIDAD DE ARBITRAJE SI NO
FALTA TIPIFICADA COMO DELITO SI NO QUE TIPO DE DELITO
SE DENUNCIA ANTE ORGANISMO PERTINENTE SI NO FECHA
SUSPENSION POR UN DIA SI NO SUSPENSIÓN POR 3 DIAS SI NO
SE REGISTRA EN LECCIONARIO SI NO SE INFORMA EN REUNION CCPP SI NO
CITACION A ENTREVISTA A APODERADO(OS) SI NO FECHA
ENTREGA DE INFORME ESCRITO A APODERADOS SI NO FECHA
SANCIONES APLICADAS
MEDIDAS DE REPARACION DE LA FALTA
RECURSO CONTRA LA RESOLUCION PLAZO HASTA EL
SE RECURRE CONTRA LA RESOLUCION SI NO
APODERADO 1 RECURRE CONTRA LA RESOLUCION SI NO
APODERADO 2 RECURRE CONTRA LA RESOLUCION SI NO
FECHA CIERRE INVESTIGACION
REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 15
16. PROCOLOLO PARA FALTA GRAVISIMA Nº
ALUMNO(OS):
FECHA: CURSO(S)
ENCARGADO CONVIVENCIA ESCOLAR Manuel Jesús Oyarzún Vásquez RUN:8.682.445-0
APODERADODEL ALUMNO/OS RUN:
DIA/LUGAR/HORA/DONDE OCURRE LA FALTA:
DESCRIPCIÓN DE LA FALTA:
CRITERIOS DE APLICACIÓN DE LAS MEDIDAS Y/ SANCIONES DISCIPLINARIAS:
ATENUANTES AGRAVANTES
MEDIDAS APLICADAS EN EL CASO
SE REALIZA LA INVESTIGACION SI NO
SE CONOCIERON TODAS LAS VERSIONES DE LOS INVOLUCRADOS SI NO
DIALOGO PEDAGOGICO PERSONAL Y CORRECTIVO SI NO
BUSQUEDA DE UNA SOLUCION QUE PERMITA LA TOMA DE CONCIENCIA SI NO
AMONESTACION VERBAL SI NO AMONESTACION ESCRITA SI NO
DERIVACION PSICOSOCIAL SI NO DERIVACION A CHARLAS SI NO
COMUNICACIÓN ESCRITA A APODERADOS SI NO FECHA
NECESIDAD DE MEDIACION SI NO NECESIDAD DE NEGOCIACION SI NO
MEDIDAS REPARATORIAS SI NO NECESIDAD DE ARBITRAJE SI NO
FALTA TIPIFICADA COMO DELITO SI NO QUE TIPO DE DELITO
SE DENUNCIA ANTE ORGANISMO PERTINENTE SI NO FECHA
SUSPENSION POR UN DIA SI NO SUSPENSIÓN POR 3 DIAS SI NO
SE REGISTRA EN LECCIONARIO SI NO SE INFORMA EN REUNION CCPP SI NO
CITACION A ENTREVISTA A APODERADO(OS) SI NO FECHA
ENTREGA DE INFORME ESCRITO A APODERADOS SI NO FECHA
SANCIONES APLICADAS
MEDIDAS DE REPARACION DE LA FALTA
RECURSO CONTRA LA RESOLUCION PLAZO HASTA EL
SE RECURRE CONTRA LA RESOLUCION SI NO
APODERADO 1 RECURRE CONTRA LA RESOLUCION SI NO
APODERADO 2 RECURRE CONTRA LA RESOLUCION SI NO
FECHA CIERRE INVESTIGACION
REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 16
17. PROCOLOLO DE COMUNICACIÓN ESCRITA A APODERADO Nº
AÑO ESCOLAR 2013 PROTOCOLO DE COMUNICACIÓN Nº
1)ENCARGADO CONVIVENCIA ESCOLAR Manuel Jesús Oyarzún Vásquez RUN:8.682.445-0
2)APODERADO(A) SR.(A):
NOMBRE ALUMNO(A) RUN:
NOMBRE ALUMNO(A) RUN:
NOMBRE ALUMNO(A) RUN:
NOMBRE ALUMNO(A) RUN:
NOMBRE ALUMNO(A) RUN:
RUN:
3) INFORME DE FALTA
TIPO DE FALTA
LEVE GRAVE GRAVISIMA
4) DESCRIPCION DE LA FALTA
5) DIA/LUGAR/HORA/DONDE OCURRE LA FALTA:
DIA: HORA:
LUGAR:
6) FECHA INICIO INVESTIGACION
MES: DIA AÑO
7) LA FALTA CONSTITUYE DELITO SI NO
si la respuesta anterior ha sido no ,pase al punto Nº9
8) SI LA FALTA CONTITUYE DELITO :
ES PERTINENTE LA DENUNCIA ANTE AUTORIDADES SI NO
QUIEN REALIZA LA DENUNCIA
FECHA DENUNCIA DIA MES HORA
9) SE LE PIDE AL APODERADO:
ESTAR ATENTO A NUEVAS COMUNICACIONES SI NO
ACERCARSE AL ESTABLECIMIENTO EDUCACIONAL A LA BREVEDAD SI NO
REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 17
18. ESTE DOCUMENTO SE ELABORO EN 5COPIAS PARA SER DISTRIBUIDO DE LA
SIGUIENTE MANERA:
2 COPIAS PARA APODERADAS
1 COPIA DEPROVEDUC
1 COPIA DAEM MAULLIN
1 COPIA ESTABLECIMIENTO
ATENTAMENTE
MANUEL J. OYARZUN VASQUEZ
PROFESOR ENCARGADO
ESCUELA RURAL
CUMBRE DEL BARRO DE PEÑOL
COMUNA DE MAULLIN
CUMBRE DEL BARRO DE PEÑOL, MARZO DEL 2013
DADO A CONOCER Y APROBADO EN REUNION DEL CENTRO DE PADRES
Y APODERADOS CON FECHA JUEVES 07 DE MARZO DEL 2013
ATENTAMENTE
---------------------------------------- -----------------------------------
JESSICA ELIANA ALMONACID ISABEL ORBITA OJEDA MANSILLA
PRESIDENTA SOCIA
REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 18
19.
20. ANEXO
REGLAMENTO
INTERNO
ESCOLAR
AÑO 2013
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 20
21. ESCUELA : RURAL CUMBRE DEL BARRO DE PEÑOL
R.B.D. : 7869-7
NIVELES : BASICO DE 1º A 6º AÑO
TIPO ESCUELA : ESTABLECIMIENTO UNIDOCENTE
MATRICULA : 3 ALUMNOS
E-MAIL :escuelaruralcumbredelbarro
@hotmail.com
: microcentrosurcandoesperanzas
@hotmail.com
:oyarzun_manuel@hotmail.com
REGION : DE LOS LAGOS
PROVINCIA : LLANQUIHUE
COMUNA : MAULLIN
AÑO ESCOLAR : 2013
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 21
22. Se establece el siguiente Reglamento Interno de Convivencia Escolar entre los principales
estamentos de esta unidad educativa como son: padres, apoderados, alumnos, alumnas , personal
manipulador de alimentos y docente encargado.
Para la elaboración de este reglamento se han considerado los siguientes aspectos:
I. Normas Generales de Carácter Técnico Pedagógico
II. Normas Técnico Administrativas
III. Normas de Convivencia Escolar
IV. Normas de Prevención de riesgos , higiene y seguridad
CAPITULO I
NORMAS GENERALES DE CARÁCTER TECNICO PEDAGOGICO
FUNDAMENTACION
El objetivo de la implementación de este reglamento no es otro que propender a una
mejor convivencia en relación a los deberes y derechos de cada uno de los involucrados y
luchar por una buena resolución de los conflictos que se pudieran dar en el transcurso del
proceso de enseñanza-aprendizaje.
Para que esta convivencia sea optima se hace necesario el que cada protagonista del
proceso educativo sea informado de sus deberes y derechos los cuales deben de ser
consensuados de manera de lograr una equidad entre lo que se debe o debe hacerse.
En el proceso de actualización de este Reglamento de convivencia escolar se contó con la
participación de todas las apoderadas ya que en las reuniones de noviembre y diciembre se
procedió a analizar este documentación artículo por artículo, razón por la cual firman al final
I. DE LA CONCEPCION CURRICULAR
ARTICULO 1º
o Este establecimiento imparte el presente año escolar los siguientes Planes y Programas
de Estudios :
ASIGNATURAS DECRETO DECRETO
Marco/Base Programas de estudio
Lenguaje y comunicación
Matemática
Historia, Geografía y Ciencias Sociales. Decreto Nº 439/2012 Decreto Nº 2960/2012
Ciencias Naturales
Idioma Extranjero (ingles)
Aretes Visuales
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 22
23. Música
Educación Física y Salud Decreto Nº433/2012 Decreto Nº2960/2012
Tecnología
Orientación
o Este establecimiento se encuentra inserto en el PROYECTO PEDAGOGICO DE
JORNADA ESCOLAR COMPLETA DIURNA, aprobado mediante REX Nº 401 del
28.02.1997 y aprobada su reformulacion bajo la EXENTA Nº 401 del 01/febrero/2012
REGLAMENTO DE EVALUACION Y PROMOCION ESCOLAR
Decreto Exento Nº 511 de 1997
II. DEL FUNCIONAMIENTO
ARTICULO 2º
DIRECCION : Sector Cumbre del Barro de Peñol Comuna de Maullín
MODALIDAD : Nivel Básico
CURSOS : Combinado de 1º a 6º básico
MATRICULA : 3 Alumnos
DOCENTES : 01
JORNADA : Jornada Escolar Completa Diurna
HORARIO ESCUELA: lunes a jueves de 8 a 17 horas
Viernes de 8 a 16 horas
PERIODO ESCOLAR: Del Docente del 01/03 al 31/12
De los alumnos del 05/03 al 13/12
REGIMEN
EVALUACION : Semestral:
1º Semestre del 05/03 al 05/07
2º Semestre del 30/07 al 13/12
VACACIONES : Vacaciones de invierno
Desde 08 al 26 de julio
III. DE LOS PLANES Y PROGRAMAS DE ESTUDIOS
ARTICULO 3º
Esta unidad educativa imparte los siguientes planes y programas de estudios:
1º A 3º AÑO BASICO
SUBSECTOR DECRETOS BASES DECRETOS PROGRAMAS DE
CURRICULARES ESTUDIO
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 23
24. Lenguaje y Comunicación, DECRETO Nº DECRETO
Matemática, Historia, Geografía y 439/2012 EN TRAMITE
Ciencias Sociales, Ciencias Naturales
Educación Tecnológica, Educación DECRETO Nº DECRETO Nº
Artística, Educación Física 232/2002 625/2003
4º AÑO BASICO
SUBSECTOR DECRETOS BASES DECRETOS PROGRAMAS DE
CURRICULARES ESTUDIO
Lenguaje y Comunicación, DECRETO Nº DECRETO Nº
Matemática, Historia, Geografía y 232/2002 625/2003
Ciencias Sociales, Ciencias Naturales
Educación Tecnológica, Educación DECRETO Nº DECRETO Nº
Artística, Educación Física 232/2002 625/2003
5º A 8º AÑO BASICO
SUBSECTOR DECRETOS BASES DECRETOS PROGRAMAS DE
CURRICULARES ESTUDIO
Lenguaje y Comunicación, DECRETO Nº DECRETO Nº
Matemática, Historia, Geografía y 256/2009 1363/2011
Ciencias Sociales, Ciencias
Naturales, Inglés
Educación Tecnológica, Educación DECRETO Nº 5º:DECRETO 220/1999
Artística(Arte Visuales, Artes 232/2002 6º:DECRETO 81/2000
Musicales), Educación Física 7º:DECRETO 481/2000
8º:DECRETO92/2002
IV. DE LA EVALUACION Y PROMOCION
ARTICULO 4º
De 1º a 6º Año de Educación General Básica Decreto de Evaluación y Promoción 511 de 1997
V. DE LOS INTEGRANTES DEL CONSEJO ESCOLAR
Por el presente año escolar2011, componen el CONSEJO ESCOLAR, las siguientes
personas:
Manuel Jesús Oyarzún Vásquez Profesor encargado
RUN 8682445-0
Representante del Sostenedor
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 24
25. Jessica Eliana Almonacid Almonacid Presidenta Centro de Padres
RUN 15.479.647-9
Catalina Esperanza Aguilar Almonacid Representante de los Alumnos(as)
RUN 21.595.036-0
CAPITULO II
DISPOSISIONES GENERALES DE LA UNIDAD EDUCATIVA
ARTICULO 5ª
Con el propósito de privilegiar la convivencia entre los actores educativos de este
establecimiento educacional, estará prohibido:
a) Exigir promedios para permanecer en el establecimiento
b) Negar matricula a cualquier alumno , pues se debe atender a la diversidad
c) Discriminar , cancelar matrícula o exigir retiro por temas de opción religiosa, razones
étnicas y de opción sexual de los padres.
d) Sancionar problemas de disciplina con evaluaciones deficientes
e) Exigir retiro voluntario ,expulsar o cancelar matrícula a alumnas embarazadas
f) Discriminar, cancelar matrícula o exigir retiro a alumnos por ser VIH.
g) Exigir retiro voluntario ,expulsar o cancelar matrícula a alumnos con repitencia reiterada
h) Exigir retiro voluntario , expulsar o cancelar matrícula a alumnos(as) con problemas de
aprendizaje
i) Retener la documentación escolar de un alumno(a) bajo ningún concepto
j) Devolver a un alumno(a) a su hogar bajo ningún concepto
k) Permitir la salida de un alumno(a) durante el horario de clases sin que venga el apoderado
a firmar su retiro
l) Calificar a un alumno de manera deficiente por algún incumplimiento de su apoderado(a)
m) Se sugiere a los alumnos evitar el porte de: celulares ,joyas ,relojes , equipos de audio
por el valor económico que poseen, dejando sentado que por no estar catalogados como
“útiles escolares”, el establecimiento no se hace responsable de ellos.
DERECHOS Y DEBERES DE LOS ACTORES EDUCATIVOS
1. PROFESOR ENCARGADO
DEBERES
ARTICULO 6º
a) Determinar en cooperación con los padres y apoderados los objetivos propios de la
escuela
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 25
26. b) Proponer a los apoderados una organización pedagógica de los contenidos a enseñar por
curso y sector
c) Mantener informado a los apoderados respecto de circulares y documentación técnicas de
importancia para ellos , sus alumnos y el establecimiento
d) Procurar una distribución eficiente de los recursos asignados
e) Representar oficialmente al establecimiento frente a las autoridades educacionales y
cumplir con normas e instrucciones que ellas determinen
f) Elaborar , presentar al centro de padres , aplicar y monitorear el Plan Anual de Trabajo de
La Escuela
g) Autorizar o no el uso del establecimiento y sus implementos a otras organizaciones
h) Velar por el cumplimiento de la higiene y seguridad dentro del establecimiento.
i) Mantener al día la documentación de alumnos y del establecimiento.
j) Velar por el cuidado y mantención de los bienes del establecimiento.
k) Mantener informados a los apoderados de la correspondencia que les atañe
l) Velar por el cumplimiento de proyectos y programas en los cuales se encuentra inmerso
el establecimiento.
m) Reunirse mensualmente con el centro de padres y crear espacios para ellos sean un agente
cooperador de la labor educativa del establecimiento educacional
n) Denunciar ante la justicia ordinaria robos o hurtos cometidos al interior del
establecimiento.
o) Registrar en el leccionario observaciones significativas de los alumnos(as)
p) Informar por escrito al DAEM con copia al establecimiento de toda actividad concerniente
al establecimiento a su cargo
q) Elaborar y entregar a cada apoderado un Informe de Gestión sobre lo ocurrido en el año
escolar, dicho informe de gestión debe ser presentado al Centro de Padres y Apoderados
en reunión al término del año escolar.
DERECHOS
ARTICULO Nº 7
a) Ser respetado como persona y/o profesional
b) Ser respetado en los horarios de atención al público
c) Hacer uso de días de permiso otorgados
d) Hacer uso de licencias médicas en caso de enfermedades y accidentes
2. DOCENTE
DEBERES
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 26
27. ARTICULO Nº 8
a) Tener conocimiento del P.E.I , El Reglamento Interno , El Reglamento de Evaluación y
todos aquellos documentos inherentes a un profesional de la educación
b) Mantener al día sus planificaciones de cada clase
c) Mantener al día su leccionario de clases
d) Mantener ordenadas carpetas de documentación recibida y despachada
e) Mantener al día registro de salidas y registro de inasistencias
f) Cumplir con su jornada de trabajo semanal por la que ha sido contratado
g) Velar por el cumplimiento de la higiene y seguridad dentro del establecimiento
h) Informar cada mes a los apoderados del rendimiento de sus alumnos así como de sus
avances y retrocesos
i) Entregar mensualmente las libretas de notas en reuniones de apoderados mensualmente
j) Confeccionar y entregar certificados y actas de evaluación al finalizar cada año escolar
k) Concurrir a reuniones de Microcentro
3) AUXILIAR MANIPULADORA DE ALIMENTOS
DEBERES
ARTICULO 9
a) Preparar y servir la alimentación destinada a los niños y niñas
b) Mantener su cocina y persona libres de agentes que pudieran ocasionar enfermedades y
contagios en niños y niñas
c) Avisar cuando esté servida alimentación
d) Colaborar con la tarea del docente de vigilar desayunos y almuerzos
e) Respetar y cumplir los horarios impuestos por el establecimiento
DERECHOS
ARTICULO Nº 10
a) Ser valorada en lo que hace
b) Ser considerada parte imprescindible de la unidad educativa
c) Ser respetada en la forma y en actitudes por alumnos(as) y apoderados(as)
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 27
28. 4. NIÑAS Y NIÑOS
DEBERES
ARTICULO Nº 11
a) Asistir puntualmente a clases
b) Justificar sus inasistencias y atrasos
c) Respetar al personal de la escuela (docente y manipuladora)
d) Asistir al menos el 85% de las clases del año lectivo
e) Servirse toda la alimentación preparada para él(ella)
f) Usar de manera obligatoria solo cada primer día de la semana el uniforme
escolar(lunes)
g) Cuidar su higiene y presentación escolar
h) Cuidar el mobiliario y materiales del establecimiento
i) Cuidar de sus pertenencias personales
j) No pelear ,evitar los juegos bruscos y cuidar su vocabulario
k) Participar en todas las actividades lectivas y no lectivas realizadas por el establecimiento
educacional
l) Representar a la escuela en eventos deportivos y culturales
m) Cumplir oportunamente con tareas y trabajos encomendados por el docente
n) Cuidar el entorno natural del establecimiento
o) Entregar oportunamente al apoderado la información(comunicaciones) que la escuela
envíe al hogar
p) Asumir el costo o reparación de daños causados a bienes del establecimiento y de
compañeros
DERECHOS
ARTICULO Nº 12
a) Ser protagonista de su propio aprendizaje teniendo orientación permanente del docente
para alcanzar su potencialidad máxima
b) Ser respetado en su integridad y dignidad personal
c) Ser escuchado con respeto basado en el dialogo permanente
d) Ser evaluado en su rendimiento escolar ,de acuerdo con el Reglamento de evaluación y
Promoción escolar vigente
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 28
29. e) Recibir los beneficios de la ley Nº16.744 reglamentada por el Decreto Supremo
Nª313(sobre accidentes escolares)
f) Poder participar en actividades extraescolares
g) Permanecer en un ambiente limpio , seguro e higiénico
h) Conocer el contenido de Los Derechos del Niño ,dados en la convención sobre los
derechos del niño
i) Ser matriculado y retirado cuando su apoderado así lo requiera
j) No ser devuelto a su hogar bajo ninguna circunstancia
k) Conocer el texto de las anotaciones que se le hagan el su hoja de vida en el leccionario
l) Conocer el motivo y razones de sus evaluaciones
m) Recibir alimentación de JUNAEB
5) PADRES YAPODERADOS
DEBERES
ARTICULO Nº 13
El apoderado es la persona mayor de edad que se responsabiliza por el cumplimiento de
los derechos y obligaciones de su alumno(a) y responderá por las posibles acciones y
consecuencias derivadas del comportamiento de su pupilo(a)
a) Contribuir a un ambiente de sana convivencia y seguridad de su hijos manteniendo
cordiales relaciones con ellos y con el establecimiento escolar
b) Conocer horarios de entrada , salida de si pupilo(a) , de sectores y subsectores
c) Asistir a reuniones ordinarias (3º jueves de cada mes) y extraordinarias
d) Colaborar con las necesidades del establecimiento
e) Proveer a su alumno(a) de los materiales solicitados por el establecimiento
f) Cumplir oportunamente con los compromisos que contraiga con la escuela
g) Avisar de inmediato todo accidente que sufra su pupilo(a) en el trayecto desde su casa
hacia la escuela o viceversa, a fin de acogerse a los beneficios del seguro escolar
obligatorio
h) Avisar de inmediato cuando el alumno(a) sufra una enfermedad
i) Reforzar en su hogar hábitos de estudio ,de aseo , de higiene , de presentación personal y
de respeto a los demás de sus hijos o pupilos
j) Todos los días dar el tiempo suficiente y un lugar apropiado para que sus alumnos
cumplan con las tareas propias de su función de alumnos(as)
k) Participar en charlas educativas organizadas por el establecimiento
l) Acudir al establecimiento a firmar carpeta de inasistencia cada vez que su alumno(a)
falte a clases
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 29
30. m) Acudir al establecimiento a firmar carpeta de retiro cada vez que su alumno(a) deba
salir de la escuela antes del término de la jornada escolar
n) Acudir al establecimiento en diciembre a matricular personalmente a su hijo(a) ,pupilo(a)
o) Asumir la restitución o pago de los daños ocasionados por su pupilo(a) , en la escuela
causados intencionalmente ,previa comprobación de los hechos
p) Asumir la restitución o pago de los daños ocasionados por su pupilo(a) , en los bienes de
un compañero(a) causados intencionalmente ,previa comprobación de los hechos
q) Respetar y conocer íntegramente los estatutos del centro de padres ,regirse por ellos y
acatar lo que este documento establezca
DERECHOS
ARTICULO Nº 14
a) Ser informado(a) de la diversa documentación técnica que de una u otra manera le
concierna
b) Serle entregada al momento de matricularse por primera vez una copia del reglamento
interno de convivencia escolar y cada vez que este sea modificado
c) A serle entregado el reglamento de evaluación y promoción que regirá el destino
escolar de su pupilo(a) cada vez que este sea modificado
d) A serle entregado el reglamento del centro general de padres y apoderados institución
a la de tiene derecho a integrar
e) Serle entregado al término de cada año escolar una copia del informe de gestión de la
unidad educativa, la que debe describir los acontecimientos y logros de la unidad
educativa durante el año escolar a informar, este documento será entregado al momento
de matricular a su niño(a)
f) Ser informado de otros documentos asociados a la implementación y desarrollo del
establecimiento y educación de su pupilo(a) como ser: proyecto educativo institucional
,jornada escolar completa , plan de mejoramiento (ley SEP)
g) Ser informado periódicamente del rendimiento y conducta de su pupilo(a)
h) Ser recibido en la unidad educativa cada vez que vaya con respeto y deferencia en
horarios previamente acordados
i) Poder participar de cada uno de las actividades culturales ,sociales y deportivas del
establecimiento
j) No ser discriminado(a) por problemas de índole económico, cultural ni social
k) Conocer de primera fuente y en forma oportuna de lo que ocurra en el establecimiento
referido a su alumno(a)
l) Poder presentar observaciones y sugerencias referidas a cada uno de los tópicos
educativos en la medida que sean fundamentadas, respetuosas y convenientes.
m) Serle entregada la documentación que requiera en los plazos previamente acordados
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 30
31. n) No serle retenido documento alguno bajo ningún precepto
o) Serle entregado cada mes en reuniones un informe de las notas y asistencia que
correspondan a su alumno(a)
p) Conocer de las calificaciones aplicadas a su pupilo (fecha y nota) con anterioridad,
pudiendo pedir serle mostrado el instrumento de evaluación.
DE LAS SANCIONES
ARTICULO Nº 15
a) Todo alumno(a) tiene una hoja de vida en el leccionario en aquellas se consignarán
aquellas acciones positivas y negativas de consideración con el objeto de informar a su
apoderado y llegado el momento tomar una medida de sanción en acuerdo con el
apoderado.
b) Cada vez que ocurra un hecho que infrinja uno de los artículos de este reglamento , el
docente procederá de la siguiente manera:
• Investigará,
• Conversará con el(a) alumno o alumnos y buscará una solución
• Hecho esto se dará por resuelto el conflicto, dándose cuenta de ello en el
leccionario y en reunión del centro de padres del mes.
• Si no se encuentra solución se citará a el apoderado de el o los niños para en
forma conjunta hallar una resolución a dicho conflicto
DE LA APELACIÓN DE LAS SANCIONES
ARTICULO Nº 16
Existirán de todo momento instancias de apelación por parte de los alumnos a las
sanciones aplicadas, debido a que a que la razón de ser de un establecimiento es la
educación de los alumnos a partir de sus errores. Dicha apelación ha de ser dilucidada
por el Director y según la trascendencia refrendada por el Consejo escolar y El Centro
de Padres.
RECONOCIMIENTO A LOS DESTACADOS
ARTICULO Nº 17
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 31
32. Cuando un alumno (a) demuestre superación en algún problema, una conducta o sobresalga en
algún aspecto del quehacer educativo será reconocido(a) por este logro de las siguientes
maneras:
a) Reconocimiento verbal ante el curso
b) Anotación de carácter positivo
c) Elección del alumno(a) destacado del semestre
d) Elección del alumno(a) destacado del año
e) la designación del (de la)alumno(a) destacado (a) del semestre y del año recibirán un
obsequio en actos de cierre del semestre y del año escolar
CAPITULO III
NORMAS DE CONVIVENCIA ESCOLAR Y RESOLUCION DE
CONFLICTOS
En un establecimiento conviven a diario variados seres humanos, todos únicos e irrepetibles por
lo que no es de asombrarse la aparición de conflictos, la forma en que se resuelvan dichos
conflictos va a ser determinante en la calidad de convivencia escolar la cual es responsabilidad
de todos y cada uno
ARTICULO Nº 18
a) Los conflictos se deben considerar como normales en la escuela los cuales se pueden dar
en distintos niveles e intensidad, pero todo conflicto debe enfrentarse bajo un clima de
respeto, indagando sobre la verdad, buscando una solución más que un culpable donde
aplicar un castigo
b) Los conflictos deben ser considerados como una instancia pedagógica más del proceso
enseñanza- aprendizaje , en donde el (a) alumno(a) puede aprender de sus errores
CAPITULO IV
NORMAS DE PREVENCION DE RIESGOS DE HIGIENE Y DE
SEGURIDAD
PREVENCION DE RIESGOS
ARTICULO Nº 19
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 32
33. a) Se adoptaran todas las medidas tendientes a proteger la vida y salud de niños y niñas y
del personal de la escuela
b) Se aplicarán 2 operaciones DEYSE por semestre
c) Se mantendrá implementado un botiquín de primeros auxilios con aquellos utensilios
básicos
d) Se señalizarán las Zonas de Seguridad
e) Se instruirá de manera permanente a los alumno(as) que eviten conductas que pudieran
constituir un riesgo para sus personas
f) Se efectuará una observación durante los recreos por parte del docente con el objeto de
evitar acciones de riesgo por parte del alumnado
HIGIENE Y SEGURIDAD
ARTICULO Nº 20
a) Eliminar permanentemente elementos peligrosos para el alumno(a) y el personal del
establecimiento
b) Mantener la cocina , despensa y comedor en buenas condiciones de higiene
c) Reponer o retirar vidrios quebrado, muebles defectuosos, interruptores y enchufes
eléctricos quebrados, y todo aquel elemento que pueda ocasionar un accidente
d) Mantener servicios higiénicos siempre limpios
e) Constatación diaria de que los alumnos se sequen se manos con sus toallas traídas desde
su hogar
f) Constatación diaria de que los alumnos se cepillen a diario los dientes después de
desayuno y almuerzo
ESTE DOCUMENTO SE ELABORO EN 5COPIAS PARA SER DISTRIBUIDO DE LA
SIGUIENTE MANERA:
2 COPIAS PARA APODERADAS
1 COPIA DEPROVEDUC
1 COPIA DAEM MAULLIN
1 COPIA ESTABLECIMIENTO
ATENTAMENTE
MANUEL J. OYARZUN VASQUEZ
PROFESOR ENCARGADO
ESCUELA RURAL
CUMBRE DEL BARRO DE PEÑOL
COMUNA DE MAULLIN
CUMBRE DEL BARRO DE PEÑOL, MARZO 03 DEL 2013
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 33
34. DADO A CONOCER Y APROBADO EN REUNION DEL CENTRO DE PADRES Y
APODERADOS CON FECHA DOMINGO 07 DE MARZO DEL 2013
ATENTAMENTE
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JESSICA ELIANA ALMONACID ISABEL ORBITA OJEDA MANSILLA
SOCIA SOCIA
ANEXO REGLAMENTO INTERNO DE CONVIVENCIA ESCOLAR 2013 Página 34