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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE ECONOMÍA Y BANCA PÚBLICA
ESCUELA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN Y HACIENDA PÚBLICA
CARTEDRA: SISTEMA TRIBUTARIO
5º SEMESTRE SECCION “D”
LA OBLIGACION TRIBUTARIA
DOCENTE: ESTUDIANTE:
Egle Silva MANUEL GONZALEZ
31 DE OCTUBRE DE 2016
Obligación tributaria
La obligación tributaria es el vínculo que se establece por ley entre un acreedor,
que vendría siendo el Estado y el deudor tributario que son las personas física o
jurídicas, su objetivo no es más que el cumplimiento de la prestación tributaria. La
cual puede ser exigida de manera coactiva y finaliza con su cumplimiento, es decir
cancelando el tributo.
Elementos de la obligación tributaria.
- Sujeto Activo: Es el acreedor el cual reclama el pago del tributo. Es el Estado
Nacional, Estado Provincial y Municipal.
- Sujeto Pasivo: Es el deudor, quien se encuentra obligado al pago del tributo,
por realizar el hecho imponible, es decir por cumplir una condición que
establece la ley para que el tributo pueda aplicarse.
- Hecho Imponible: Es el hecho que tengo que realizar para que me impongan
el pago del tributo.
- Deuda Tributaria: En este punto podemos destacar tres casos:
Tributos de cuota fija: Es la cantidad a pagar establecida en la norma reguladora
del propio tributo. Consiste en una cantidad determinada que el sujeto pagará
cada vez que realice el hecho imponible.
Tributos de cuota variable: Su cuantía no viene directamente establecida en la Ley
reguladora de los mismos, sino que la norma nos ofrece lo que se denominan
elementos de cuantificación, que son, la base imponible y el tipo de gravamen. Por
ejemplo en una compraventa la base imponible sería el valor del bien y el tipo de
gravamen de esta operación es un 6%. La cuota a pagar sería la resultante de
aplicar el tipo de gravamen sobre la base imponible.
Tributos de cuota mixta: En estos la cantidad a pagar aparece una parte fijada en
la norma del propio tributo como una suma determinada y otra parte deberá
determinarse a través de la aplicación de los elementos de cuantificación que
viene siendo la base imponible y tipo de gravamen.
Relacion jurídica tributaria
La relación jurídica tributaria es determinante de las obligaciones del individuo
sometido al poder de imposición, que da lugar, por una parte, a una prestación
jurídica patrimonial (relación de deuda tributaria) y, por otra, a un determinado
procedimiento para la fijación del impuesto (relación de determinación), con lo cual
queda establecido el carácter paralelo de ambos deberes. En cuanto a la
obligación que se imponen a terceras personas respecto al procedimiento de
determinación, esto se trata de un deber establecido en interés de la comunidad y
de la conservación del orden público. Podemos destacar que toda obligación
jurídica nace de una relación jurídica, sea esta contractual o extracontractual.
Determinación de la obligación tributaria
La Determinación de la obligación tributaria consiste en el acto o conjunto de actos
emanados de la administración, de los particulares o de ambos coordinadamente,
destinados a establecer en cada caso particular, la configuración del presupuesto
de hecho, la medida de lo imponible y el alcance de la obligación. Por medio de la
Determinación de la obligación tributaria, siendo el Estado quien provee la
ejecución efectiva de su exigencia.
La ley establece en forma general las circunstancias o presupuestos de hecho de
cuya producción deriva la sujeción al tributo. Este mandato indeterminado tiene su
secuencia en una operación posterior, mediante la cual la norma de la ley se
particulariza, se individualiza y se adapta a la situación de cada persona que
pueda hallarse incluida en la Hipótesis de Incidencia Tributaria. La situación
hipotética contemplada por la ley se concreta y exterioriza en cada caso particular,
en materia tributaria, este procedimiento se denomina "determinación de la
obligación tributaria".
La Determinación está destinado a establecer: La configuración del presupuesto
de hecho, la medida de lo imponible y el alcance de la obligación.
La Determinación de la obligación tributaria tiene por finalidad establecer la deuda
líquida exigible consecuencia de la realización del hecho imponible. Como ya se
ha aclarado anteriormente, la obligación nace con el presupuesto del tributo, por
esa razón la determinación tiene siempre efecto declarativo.
El Art. 127 del COT establece que:
"La Administración tributaria dispondrá de amplias facultades de fiscalización y
determinación para comprobar y exigir el cumplimiento de las obligaciones
tributarias, pudiendo especialmente:
1. Practicar fiscalizaciones las cuales se autorizarán a través de providencias
administrativas...
2. Realizar fiscalizaciones...
La fiscalización en materia tributaria es la acción o efecto de fiscalizar,
inspeccionar; constituye la fase o etapa inicial del procedimiento administrativo
de determinación tributaria.
Órganos
SENIAT
SENIAT, Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria.
Es el órgano encargado de todo lo referido a las normativas y recaudación de
impuestos en todo el territorio venezolano. Su recaudación es adquirida
mediante un sistema de administración tributaria moderno, eficiente, equitativo
y confiable, bajo los principios de legalidad y respeto al contribuyente.
Objetivos estratégicos del SENIAT
- Incrementar la recaudación tributaria de origen no petrolero.
- Modernización del sistema jurídico tributario.
- Desarrollo de la cultura tributaria y mejora de la eficiencia y eficacia
institucional.
Que es el Impuesto
El impuesto es el tributo, exigencia o la cantidad de dinero que se paga al Estado,
obligatoriamente, y está establecida sobre las personas, físicas o jurídicas,
para contribuir con la hacienda pública, financiar los gastos del Estado y otros
entes y servicios públicos.
Clases de impuestos
Existen diferentes tipos de impuestos, que se clasifican como:
Impuestos directos
Son aquellos que se aplican de manera periódica e individual a las personas
físicas o jurídicas sobre sus bienes e ingresos económicos, por ejemplo, el
impuesto sobre la renta
Impuestos indirectos
Son aquellos que se aplican a lo que se consume o a los servicios que se usan,
también añadiéndose al precio de las mercancías, por ejemplo, el Impuesto sobre
el Valor Agregado (IVA), que es el tributo básico de la imposición indirecta, que
incide sobre el consumo y se exige con ocasión de la entrega de bienes, las
transacciones y las prestaciones de servicios, realizadas en una actividad
empresarial o profesional.
Impuestos específicos
Son los pagos que formalizó la unidad económica por la retención que realizó de
estos impuestos por cada unidad de un determinado bien o servicio. Normalmente
se devengan cuando se produce, vende, importa, exporta, arrienda, transfiere,
suministra y cuando se usa para autoconsumo o para la propia formación de
capital.
Impuestos generales
Grava diversas actividades u operaciones pero que tienen un denominador
común, por ser de la misma naturaleza, este recae sobre una situación económica
globalmente considerada. Competen diversas actividades económicas.
Impuestos internos
Son todos los impuestos generales dentro de un territorio o nación, afectando a las
personas jurídicas y naturales del mismo.
Impuestos de fronteras
Estos impuestos son los más orientados a los aranceles e impuestos a la
exportación e importación en contra de los bienes que se envía dentro y fuera de
la nación.
Que es el Impuesto sobre la Renta
El Impuesto sobre la Renta (ISLR) es una contribución monetaria de carácter
obligatoria para personas naturales y jurídicas, calculada en función de sus
ingresos durante el ejercicio fiscal. La entidad encargada de la recolección de este
impuesto en Venezuela es el Seniat. Se encuentra vigente en la Ley del Impuesto
sobre la Renta, siendo esta reformada en varias ocasiones.
Cultura tributaria
Entendemos por cultura tributaria, que es el conjunto de rasgos distintivos de los
valores, la actitud y el comportamiento de los integrantes de una sociedad
respecto al cumplimiento de sus obligaciones y derechos ciudadanos en materia
tributaria.
Este punto es de suma importancia ya que con esto se busca que los
contribuyentes asuman de manera voluntaria y responsable su participación en los
diferentes tributos Municipales, para que la administración pública pueda contar
con los recursos necesarios que le permitan elaborar programas de inversión,
contribuyendo y acelerando el desarrollo del país y beneficiando a la comunidad
en los aspectos o sectores, como lo son, la educación, la salud, el transporte, la
seguridad, entre otros.
Relación entre cultura tributaria y sistema tributario
Podemos decir que la cultura es como las costumbres de determino lugar, en este
caso nos referimos a la cultura tributaria, que no es más que el conocimiento
respecto a este campo, teniendo en cuenta el aprendizaje del sistema tributario ya
que la recaudación y normativas de los impuestos se hace mediante un sistema
integral de administración tributaria. Por ello se puede decir que estos dos puntos
se llevan de la mano, porque no podemos tener una cultura sin saber las cosas
que nacen de esa cultura.

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  • 1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR DE ECONOMÍA Y BANCA PÚBLICA ESCUELA NACIONAL DE ADMINISTRACIÓN Y HACIENDA PÚBLICA CARTEDRA: SISTEMA TRIBUTARIO 5º SEMESTRE SECCION “D” LA OBLIGACION TRIBUTARIA DOCENTE: ESTUDIANTE: Egle Silva MANUEL GONZALEZ 31 DE OCTUBRE DE 2016
  • 2. Obligación tributaria La obligación tributaria es el vínculo que se establece por ley entre un acreedor, que vendría siendo el Estado y el deudor tributario que son las personas física o jurídicas, su objetivo no es más que el cumplimiento de la prestación tributaria. La cual puede ser exigida de manera coactiva y finaliza con su cumplimiento, es decir cancelando el tributo. Elementos de la obligación tributaria. - Sujeto Activo: Es el acreedor el cual reclama el pago del tributo. Es el Estado Nacional, Estado Provincial y Municipal. - Sujeto Pasivo: Es el deudor, quien se encuentra obligado al pago del tributo, por realizar el hecho imponible, es decir por cumplir una condición que establece la ley para que el tributo pueda aplicarse. - Hecho Imponible: Es el hecho que tengo que realizar para que me impongan el pago del tributo. - Deuda Tributaria: En este punto podemos destacar tres casos: Tributos de cuota fija: Es la cantidad a pagar establecida en la norma reguladora del propio tributo. Consiste en una cantidad determinada que el sujeto pagará cada vez que realice el hecho imponible. Tributos de cuota variable: Su cuantía no viene directamente establecida en la Ley reguladora de los mismos, sino que la norma nos ofrece lo que se denominan elementos de cuantificación, que son, la base imponible y el tipo de gravamen. Por ejemplo en una compraventa la base imponible sería el valor del bien y el tipo de gravamen de esta operación es un 6%. La cuota a pagar sería la resultante de aplicar el tipo de gravamen sobre la base imponible. Tributos de cuota mixta: En estos la cantidad a pagar aparece una parte fijada en la norma del propio tributo como una suma determinada y otra parte deberá determinarse a través de la aplicación de los elementos de cuantificación que viene siendo la base imponible y tipo de gravamen.
  • 3. Relacion jurídica tributaria La relación jurídica tributaria es determinante de las obligaciones del individuo sometido al poder de imposición, que da lugar, por una parte, a una prestación jurídica patrimonial (relación de deuda tributaria) y, por otra, a un determinado procedimiento para la fijación del impuesto (relación de determinación), con lo cual queda establecido el carácter paralelo de ambos deberes. En cuanto a la obligación que se imponen a terceras personas respecto al procedimiento de determinación, esto se trata de un deber establecido en interés de la comunidad y de la conservación del orden público. Podemos destacar que toda obligación jurídica nace de una relación jurídica, sea esta contractual o extracontractual. Determinación de la obligación tributaria La Determinación de la obligación tributaria consiste en el acto o conjunto de actos emanados de la administración, de los particulares o de ambos coordinadamente, destinados a establecer en cada caso particular, la configuración del presupuesto de hecho, la medida de lo imponible y el alcance de la obligación. Por medio de la Determinación de la obligación tributaria, siendo el Estado quien provee la ejecución efectiva de su exigencia. La ley establece en forma general las circunstancias o presupuestos de hecho de cuya producción deriva la sujeción al tributo. Este mandato indeterminado tiene su secuencia en una operación posterior, mediante la cual la norma de la ley se particulariza, se individualiza y se adapta a la situación de cada persona que pueda hallarse incluida en la Hipótesis de Incidencia Tributaria. La situación hipotética contemplada por la ley se concreta y exterioriza en cada caso particular, en materia tributaria, este procedimiento se denomina "determinación de la obligación tributaria". La Determinación está destinado a establecer: La configuración del presupuesto de hecho, la medida de lo imponible y el alcance de la obligación.
  • 4. La Determinación de la obligación tributaria tiene por finalidad establecer la deuda líquida exigible consecuencia de la realización del hecho imponible. Como ya se ha aclarado anteriormente, la obligación nace con el presupuesto del tributo, por esa razón la determinación tiene siempre efecto declarativo. El Art. 127 del COT establece que: "La Administración tributaria dispondrá de amplias facultades de fiscalización y determinación para comprobar y exigir el cumplimiento de las obligaciones tributarias, pudiendo especialmente: 1. Practicar fiscalizaciones las cuales se autorizarán a través de providencias administrativas... 2. Realizar fiscalizaciones... La fiscalización en materia tributaria es la acción o efecto de fiscalizar, inspeccionar; constituye la fase o etapa inicial del procedimiento administrativo de determinación tributaria. Órganos SENIAT SENIAT, Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria. Es el órgano encargado de todo lo referido a las normativas y recaudación de impuestos en todo el territorio venezolano. Su recaudación es adquirida mediante un sistema de administración tributaria moderno, eficiente, equitativo y confiable, bajo los principios de legalidad y respeto al contribuyente. Objetivos estratégicos del SENIAT
  • 5. - Incrementar la recaudación tributaria de origen no petrolero. - Modernización del sistema jurídico tributario. - Desarrollo de la cultura tributaria y mejora de la eficiencia y eficacia institucional. Que es el Impuesto El impuesto es el tributo, exigencia o la cantidad de dinero que se paga al Estado, obligatoriamente, y está establecida sobre las personas, físicas o jurídicas, para contribuir con la hacienda pública, financiar los gastos del Estado y otros entes y servicios públicos. Clases de impuestos Existen diferentes tipos de impuestos, que se clasifican como: Impuestos directos Son aquellos que se aplican de manera periódica e individual a las personas físicas o jurídicas sobre sus bienes e ingresos económicos, por ejemplo, el impuesto sobre la renta Impuestos indirectos Son aquellos que se aplican a lo que se consume o a los servicios que se usan, también añadiéndose al precio de las mercancías, por ejemplo, el Impuesto sobre el Valor Agregado (IVA), que es el tributo básico de la imposición indirecta, que incide sobre el consumo y se exige con ocasión de la entrega de bienes, las transacciones y las prestaciones de servicios, realizadas en una actividad empresarial o profesional. Impuestos específicos
  • 6. Son los pagos que formalizó la unidad económica por la retención que realizó de estos impuestos por cada unidad de un determinado bien o servicio. Normalmente se devengan cuando se produce, vende, importa, exporta, arrienda, transfiere, suministra y cuando se usa para autoconsumo o para la propia formación de capital. Impuestos generales Grava diversas actividades u operaciones pero que tienen un denominador común, por ser de la misma naturaleza, este recae sobre una situación económica globalmente considerada. Competen diversas actividades económicas. Impuestos internos Son todos los impuestos generales dentro de un territorio o nación, afectando a las personas jurídicas y naturales del mismo. Impuestos de fronteras Estos impuestos son los más orientados a los aranceles e impuestos a la exportación e importación en contra de los bienes que se envía dentro y fuera de la nación. Que es el Impuesto sobre la Renta El Impuesto sobre la Renta (ISLR) es una contribución monetaria de carácter obligatoria para personas naturales y jurídicas, calculada en función de sus ingresos durante el ejercicio fiscal. La entidad encargada de la recolección de este impuesto en Venezuela es el Seniat. Se encuentra vigente en la Ley del Impuesto sobre la Renta, siendo esta reformada en varias ocasiones.
  • 7. Cultura tributaria Entendemos por cultura tributaria, que es el conjunto de rasgos distintivos de los valores, la actitud y el comportamiento de los integrantes de una sociedad respecto al cumplimiento de sus obligaciones y derechos ciudadanos en materia tributaria. Este punto es de suma importancia ya que con esto se busca que los contribuyentes asuman de manera voluntaria y responsable su participación en los diferentes tributos Municipales, para que la administración pública pueda contar con los recursos necesarios que le permitan elaborar programas de inversión, contribuyendo y acelerando el desarrollo del país y beneficiando a la comunidad en los aspectos o sectores, como lo son, la educación, la salud, el transporte, la seguridad, entre otros. Relación entre cultura tributaria y sistema tributario Podemos decir que la cultura es como las costumbres de determino lugar, en este caso nos referimos a la cultura tributaria, que no es más que el conocimiento respecto a este campo, teniendo en cuenta el aprendizaje del sistema tributario ya que la recaudación y normativas de los impuestos se hace mediante un sistema integral de administración tributaria. Por ello se puede decir que estos dos puntos se llevan de la mano, porque no podemos tener una cultura sin saber las cosas que nacen de esa cultura.