2. REFLEXION
• Disciplina es entrenarse en enfrentar problemas,
dificultades y desafíos, es decir, aprender a gestionar el
dolor. Dolor? Y sí porque nadie quiere problemas, y por
lo tanto, el aprendizaje que eso significa. Y a los seres
humanos nos gusta la comodidad, el espíritu
blandengue, lo fácil, gratis y sin esfuerzo. Y esto permea
en todos los ámbitos de nuestra vida y nos
sorprendemos cuando aparece el 'dolor', la mediocridad
y la apatía porque no hemos sido capaces de sacarnos
la anestesia. Que en otras palabras
significa hacer uso del antídoto: libertad. De elegir, de
decidir, de hacer de mi vida lo que puede llegar a ser.
Claro, para que eso suceda hay que pagar un precio,
que no siempre estamos dispuestos a pagar. Preferimos
muchas veces lo malo por conocido a lo bueno por
conocer.
3. DERECHO ADUANERO
CONCEPTO
Conjunto de normas que regulan la entrada y
salida de mercancías del territorio nacional, y
de los medios en que se transportan o
conducen, así como los actos y formalidades
del despacho aduanero, y los hechos o actos
que deriven de este, las sanciones que en su
caso se hagan acreedores por los delitos que
puedan cometer en las importaciones o
exportaciones.
5. DESPACHO ADUANERO
Conjunto de actos y formalidades relativos a la
entrada de mercancías al territorio nacional y
a su salida del mismo, que de acuerdo con
los diferentes tráficos y regímenes aduaneros
establecidos deben realizar en la aduana las
autoridades aduaneras y los consignatarios,
destinatarios, propietarios, poseedores o
tenedores en las importaciones y los
remitentes en las exportaciones, así como los
agentes o apoderados aduanales.
(Art 35 LA)
6. Aduana y/o Sección Aduanera:
Lugar autorizado para la entrada o salida de
mercancías del territorio nacional
La Ley Aduanera: Únicamente señala que la entrada
y salida de las mercancías, las maniobras de carga,
descarga, trasbordo y almacenamiento de las
mismas, el embarque o desembarque de pasajeros y
la revisión de sus equipajes deberán efectuarse por
lugar autorizado, en día y hora hábil.
7. Mercancías
Es todo bien tangible susceptible de
apropiarse o no.
Ley Aduanera: Son los productos, artículos,
efectos y cualesquier otros bienes. aun
cuando las leyes los consideren inalienables
o irreductibles a propiedad particular.
8. MARCO CONSTITUCIONAL DEL
DERECHO ADUANERO
1. Faculta al Presidente de la Republica, a establecer
toda clase de
puertos, aduanas, Marítimas y Fronterizas; (Art. 89
Fracc. XIII)
2. Faculta al Congreso de la Unión a establecer
contribuciones
sobre el Comercio Exterior. (Entendiéndose como
comercio
exterior la compra-venta de mercancías en el
extranjero) (Art. 73 Fracc. XXIX)
3. Obliga los mexicanos a contribuir con el Gastos
Públicos de la
Federación. (Art 31 Fracc IV)
9. MARCO CONSTITUCIONAL DEL
DERECHO ADUANERO
4. Prohíbe a los Estados gravar directamente o
indirectamente la entrada o salida de mercancías de
procedencia extranjera; así como gravar la
circulación o consumo de efectos nacionales o
extranjeros con impuestos o derechos, cuya
exacción (acción y efecto de exigir impuestos) se
realice por aduanas locales; expedir o mantener en
vigor leyes o disposiciones fiscales que importen por
diferencia de impuestos o requisitos por razón de la
procedencia de mercancía nacional o extranjera.
Tampoco pueden sin consentimiento del Congreso
de la Unión, establecer derechos de tonelaje, ni otro
alguno de puertos ni imponer contribuciones o
derechos sobre importaciones o exportaciones (Art.
117 Fracc. V, VI y VII)
10. MARCO CONSTITUCIONAL DEL
DERECHO ADUANERO
5. Señala que es facultad privativa de la federación
gravar las mercancías que se importen o exporten o
que pasen de tránsito por territorio nacional, así
como reglamentar y prohibir, por motivos de
seguridad o de policía; (Art 131)
6. Establece que todos los tratados celebrados por el
presidente de la republica con aprobación del
senado, (junto con la Carta Magna y las Leyes
Federales) serán la Ley Suprema de la Federación.
(Art 133)
11. CORRELACION DEL DERECHO
ADUANERO CON OTRAS LEYES
LEY ADUANERA
LEY DEL IMPUESTO GENERAL DE
IMPORTACIÓN Y EXPORTACION (LIGIE)
CODIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN
REGLAS DE CARÁCTER GENERAL EN
MAT. DE COM. EXTERIOR (RGMCE)
LEY DE COMERCIO EXTERIOR
LEY DEL IMPUESTO AL VALOR
AGREGADO
LEY FEDERAL DE DERECHOS
13. ESTRUCTURA DEL SAT DE
ACUERDO A SU ORGANIGRAMA.
PRESIDENCIA
SECRETARIO TÉCNICO DE LA COMISIÓN DEL SERVICIO FISCAL
DE CARRERA
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE GRANDES CONTRIBUYENTES
ADMINISTRACION GENERAL DE ASISTENCIA AL CONTRIBUYENTE
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE RECAUDACIÓN
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE AUDITORIA FISCAL FEDERAL
ADMINISTRACIÓN GENERAL JURÍDICA
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE ADUANAS
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE INOVACION Y CALIDAD
ADMINISTRACIÓN GENERAL DE EVALUACIÓN
UNIDADES ADMINISTRATIVAS REGIONALES
ADMINISTRACIONES ESTATALES Y METROPOLITANAS
ADMINISTRACIONES LOCALES Y ADUANAS.
15. ESTRUCTURA DE LA
ADMINISTRACIÓN GENERAL
DE ADUANAS
Administrador General de Aduanas
Administrador Central de Regulación del Despacho Aduanero.
Administración Central de Laboratorio y Servicios Científicos.
Administrador Central de Investigación Aduanera.
Administrador Central de Contabilidad y Glosa
Administrador Central de Planeación Aduanera.
Administrador Central de Informática.
Administrador Central de Visitaduría.
Administrador Central de Seguimiento y Evaluación Aduanera.
Administrador Central de la Unidad de Apoyo para la Inspección
Fiscal y Aduanera.
16. ORGANIGRAMA DE LAS ADUANAS MEXICANAS
CONFORME AL REGLAMENTO DEL SAT.
1. Administrador de la Aduana.
2. Subadministradores (pueden ser: de Operación Aduanera;
Informática Contabilidad y Glosa; de Control de Almacenes
Recursos Materiales, el de seguridad interna de la aduana).
3. Jefes de Salas Internacionales.
4. Jefes de Departamentos.
5. Jefes de Secciones.
6. Verificadores.
7. Notificadores.
8. El personal al servicio de la unidad de apoyo para la
inspección fiscal y aduanera
9. El personal que las necesidades del servicio requiera.
17. COMPETENCIA DE LAS
ADUANAS MEXICANAS.
(Art 29,30 y 31 RISAT)
1. Aplicar la política, los programas, sistemas,
procedimientos y métodos de establecidos por la
Administración General de Aduanas:
2. Aplicar en las materias de su competencia, las
reglas generales y los criterios establecidos por la
Administración General Jurídica de Ingresos o por las
unidades administrativas competentes de la SHCP
respecto de impuestos, derechos, contribuciones de
mejoras, aprovechamientos y sus accesorios de
carácter federal;
3. Realizar las campañas de difusión en materia
aduanera, en los términos establecidos por la AGA;
dirigir y evaluar las actividades de información y
orientación.
19. INTEGRACION ECONOMICA
(Concepto y Objetivos)
INTEGRACION ECONOMICA:
Es una Institución Jurídica-Económica de índole
Internacional que procesa las fases para la estricta unión
económica y comercial de los bloques político-económicos
creados por ella misma.
OBJETIVOS Reducción de Costos
PREFERENCIALES Eliminación de Barrera Comercial
Eficaz tasa de Ganancias.
20. LA INTEGRACION ECONOMICA
Se manifiesta cuando el Estado, para producir
un bien, se ve en la necesidad de importar
para crear, además de que lo que produce es
destinado al mercado exterior, por tanto se
presenta el fenómeno identificado como
INTERNACIONALIZACION DEL PROCESO
PRODUCTIVO, ¿ CONSECUENCIAS ? LA
ECONOMÍA SE GLOBALIZA y se redefinen los
espacios de acumulación del capital.
21. LOS ORGANISMOS INTERNACIONALES
En materia internacional ellos son los que han contribuido en gran
manera al surgimiento del fenómeno económico de la
GLOBALIZACIÓN. En realidad su importancia es relevante; entre
otros los más importantes han sido y son:
GAAT 1948-1994 Actual OMC.
B.I.D.
B. M.
O.C.D.E.
A.P. E. C.
25. EL ACUERDO COMERCIAL
1ra. FASE DE LA INTEGRACION
En esta etapa los países interesados deciden darse
un trato preferencial en materia arancelaria, (ETAPA
DE ACUERDO COMERCIAL) hasta eliminar las
barreras (arancelarias o no) cuando se pacta dicha
reducción se forma la Zona de libre comercio
(Segunda etapa).
P.E. TLCAN, TLCUE, etc.
Esta zona agrupa 360 millones de habitantes y una economía
de 6 billones de DLS.
26. UNION ADUANERA
Los países miembros la instrumentan si se
considera que es necesario establecer alguna
protección para un sector o rama de la
industria o ambos.
La Unión Aduanera es un bloque que
profundiza los mecanismos de la competencia
hacia su interior.
27. MERCADO COMUN
PERMITE LA LIBRE MODALIDAD DE RECURSOS
ENTRE LOS PAÍSES MIEMBROS, RELACIONES
DE TRABAJO Y CAPITAL ENTRE SUS
NACIONALES.
El mercado común busca la eliminación
recíproca de las barreras arancelarias al
comercio ante terceros países. P.E. Mercosur
(arg. Brasil, paraguay y uruguay) 16 mdls.
28. UNION ECONÓMICA
Es la última fase conocida hasta ahora del PIE en
donde hay libre circulación de bienes, se
eliminan las fronteras pero los países
conservan su soberanía para fines políticos, se
estandariza la moneda y hay un órgano
regulador supranacional encargado de la toma
de desiciones de la Unión.
29. MEDIDAS PROTECCIONISTAS DE LOS
PAÍSES
• EL SISTEMA TARIFARIO.- MEDIDAS
ARANCELARIAS
• LAS RESTRICCIONES Y REGULACIONES NO
ARANCELARIAS (RRNA´s)
30. PROTECCION DE LOS INTERESES
NACIONALES
Los gobiernos a veces restringen la entrada de bienes
foráneos protegiendo los bienes nacionales; en este aspecto
existen 2 métodos:
RESTRICCIONES ARANCELARIAS: Son medidas de
tipo económico para recaudación de contribuciones
del edo.
BARRERAS NO ARANCELARIAS: Son las
regulaciones nacionales sobre Higiene, Seguridad,
Salubridad, Códigos Ontológicos y políticas
impositivas. (RRNA´S)
31. RESTRICCIONES ARANCELARIAS
ARANCELES: Es el Impuesto pagado por la
importaciones o exportaciones realizadas.. METODO
MAS COMUN PARA FRENAR LAS IMPORTACIONES.
• TIPOS DE ARANCELES DE ACUERDO A LA L.C.E
- Ad valorem - %
- Especifíco – Por unidades de medida
- Mixto
32. LEY DEL IMPUESTO GENERAL DE
IMPORTACION Y EXPORTACION (LIGIE)
• ART. 1 - CONTIENE LA TIGIE (TARIFA)
COMPUESTA POR 98 CAPITULOS
• ART. 2 – REGLAS GENERALES PARA LA
CLASIFICACIÓN ARANCELARIA.
LA CLASIFICACION ES LA FUENTE DE
RECAUDACIÓN ADUANERA QUE DETERMINA
ADEMÁS UNA SERIE DE DATOS, DOCUMENTOS
Y PERMISOS QUE LOS IMP Y EXP DEBEN
CUMPLIR.
33. COMPOSICION DE LA FRACCION
ARANCELARIA
• 8 DIGITOS DE LA SIGUIENTE MANERA:
CAPITULO PARTIDA SUBPARTIDA F.A.
76 01 10 99
ALUMINIO
• FA DEL ALUMINIO PRIMARIO SIN ALEAR
34. BARRERAS NO ARANCELARIAS
• PERMISOS PREVIOS
• CUPOS
• NOM´S - ART 40 LFMN
• NM
• CERTIFICADOS, AVISOS, HOJAS DE REQUISITOS
FITOSANITARIOS Y ZOOSANITARIOS
• PERMISOS SEDENA, SE, SEMARNAT, ETC