2. EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
POR VOLUNTAD DEL ·TRABAJADOR
1. Dimisión: aviso de 15 días
2. Abandono: el empresario puede reclamar daños
3. Incumplimiento grave del empresario
POR VOLUNTAD DEL EMPRESARIO
1. Despido Colectivo
2. Por causas objetivas
3. Despido disciplinario
3. EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
POR VOLUNTAD DEL ·TRABAJADOR
1. Dimisión: aviso de 15 días
2. Abandono: el empresario puede reclamar daños
3. Incumplimiento grave del empresario
–– Modificaciones sustanciales en las condiciones de trabajo que redunden en
perjuicio de su formación profesional o en menoscabo de su dignidad.
–– Falta de pago o retrasos continuados en el abono del salario.
El trabajador tiene que solicitar la extinción de la relación laboral en el Juzgado
de lo Social. Tiene derecho a una indemnización por despido improcedente.
4. EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
OTRAS CAUSAS
• Muerte, incapacidad o jubilación del trabajador.
• Muerte, incapacidad o jubilación del empresario.
El trabajador tendrá a un mes de salario
.
• Extinción de la personalidad jurídica de la empresa.
• Trabajadora víctima de violencia de género.
La condición debe acreditarse judicialmente
5. EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
POR VOLUNTAD DEL EMPRESARIO
1. Despido Colectivo
2.- Por causas objetivas
3. Despido disciplinario
6. EXTINCIÓN DEL CONTRATO
POR VOLUNTAD DEL EMPRESARIO
1. Despido Colectivo
la extinción de los contratos de trabajo
debe estar fundamentada en:
a) causas económicas,
b) técnicas,
c) organizativas
d) o de producción,
e) derivadas de causas de fuerza mayor
que imposibiliten definitivamente la
continuidad de la empresa.
DESPIDO COLECTIVO
Plantilla Nº trabajadores
despedidos
< 100 Mínimo 10
Entre 100 y 299 Mínimo 10 %
300 o más Mínimo 30
INDEMNIZACIÓN:
20 días por año de servicio, con un límite de 12 mensualidades.
7. EXTINCIÓN DEL CONTRATO
POR VOLUNTAD DEL EMPRESARIO
1. Despido Colectivo
TRAMITACIÓN DE LOS EXPEDIENTES DE REGULACIÓN DE EMPLEO
Apertura de
periodo
de consultas
Se comunica a la
autoridad laboral
memoria explicativa de las
causas, criterios tenidos en
cuenta para la designación de los
trabajadores afectados por la
reforma.
Máximo 30 días
15 en empresas de
menos de menos
de 50 trabajadores
ACUERDO
El empresario
SIN ACUERDO
La empresa remite a
los representantes
de los trabajadores y
a la autoridad
laboral la decisión
final.
8. EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
POR VOLUNTAD DEL EMPRESARIO
1. Despido Colectivo
2. Por causas objetivas
3. Despido disciplinario
9. EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
POR VOLUNTAD DEL EMPRESARIO
2. Por causas objetivas
Ineptitud del trabajador
Falta de adaptación del trabajador por modificaciones
técnicas.
Amortización de puestos de trabajo
Falta de asistencia, incluso justificadas
Falta de consignación presupuestaria.
10. EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
POR VOLUNTAD DEL EMPRESARIO
2. Por causas objetivas
Ineptitud del trabajador
o Supone la pérdida de capacidad para realizar el trabajo.
o Ha de ocurrir con posterioridad a su colocación efectiva en la
empresa.
o Si se conoce esa ineptitud durante el periodo de prueba, no se
puede alegar con posterioridad.
Ejemplo:
Un conductor de una empresa de autobuses de línea
pierde el carné de conducir por exceso de velocidad.
11. EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
POR VOLUNTAD DEL EMPRESARIO
2. Por causas objetivas
Falta de adaptación del trabajador por modificaciones
técnicas.
o Se produce cuando un trabajador no es capaz de utilizar los
nuevos equipos técnicos de su puesto de trabajo.
o El empresario debe ofrecer al trabajador formación sobre las
modificaciones.
Ejemplo:
Una empresa cambia el programa informático para llevar
la contabilidad, y el administrativo que se encarga de
esta tarea no es capaz de manejar el nuevo programa.
12. EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
POR VOLUNTAD DEL EMPRESARIO
2. Por causas objetivas
Amortización de puestos de trabajo
Supone que la empresa extingue los contratos de los trabajadores
por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción
cuando no puede o no quiere realizar un despido colectivo.
Ejemplo:
Una tienda de electrodomésticos tiene cinco vendedores,
y prescinde de dos por disminución significativa de las
ventas.
13. EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
POR VOLUNTAD DEL EMPRESARIO
2. Por causas objetivas
Faltas de asistencia, incluso las justificadas.
o Faltas de 9 días sumadas en dos meses.
o Un 5% de jornadas hábiles en un año (12 días).
o No cuenta la antigüedad o el tipo de contrato.
o Independientemente de que sea baja por enfermedad.
El convenio colectivo podría:
• establecer la nulidad.
• establecer la salvedad para bajas de más de 21 días.
• excluir el accidente laboral
14. EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
EJEMPLO:
Un trabajador, con una antigüedad en la empresa de un año, y una jornada
laboral completa de 40 horas a la semana, de lunes a viernes.
En los dos últimos meses ha faltado al trabajo cinco días por una gripe y, el
mes siguiente, cuatro días por un lumbago.
Ambas ausencias fueron justificadas con bajas por incapacidad temporal
por enfermedad común.
Estas bajas ¿podrán motivar despido?
Sí., dos ausencias intermitentes, aún justificadas, suman 9 días laborables por lo
que podría fundamentar un despido por causas objetivas.
¿Cuántos días de indemnización le corresponderían?
Al tratarse de un despido objetivo por faltas de asistencia:
20 días de salario por año trabajado,
con un máximo de 12 mensualidades.
Al tener una antigüedad de un año, le corresponderían 20 días de salario.
15. EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
PROCEDIMIENTO DEL DESPIDO POR CAUSAS OBJETIVAS
Comunicación Por escrito, alegando hechos del despido y fecha en que
se hará efectivo.
Indemnización 20 días de salario por año de servicio, con un límite de doce
mensualidades.
Preaviso 15 días contados desde la entrega de la comunicación.
Licencia Seis horas semanales para buscar nuevo empleo
Recurso El trabajador podrá recurrir contra la decisión de extinción
como si se tratara de un despido disciplinario.
16. EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
EJEMPLO
Un trabajador, con una antigüedad en la empresa de tres años, ha sido
despedido por causas objetivas.
Sabiendo que su salario mensual es de 1 650, incluidas las pagas
extraordinarias:
¿Qué indemnización le corresponde?
Salario diario : 1 650 • 12 meses = 19 800 € anuales
19 800 / 365 = 54,25 € diarios
20 días • 3 años = 60 días
Indemnización: 54,25 € • 60 días = 3 255 €
¿Cuál será la indemnización máxima?
El tope de indemnización es de 12 mensualidades,
es decir, 19 800 €, que es el salario para los 12 meses que tiene el año,
En este caso no alcanza la indemnización máxima.
17. EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
POR VOLUNTAD DEL EMPRESARIO
1. Despido Colectivo
2. Por causas objetivas
3. Despido disciplinario
18. EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
POR VOLUNTAD DEL EMPRESARIO - 3. Despido DISCIPLINARIO
La indisciplina o desobediencia Un comercial de una zapatería se niega a ayudar a
probar los zapatos a los clientes.
Las ofensas verbales o físicas al
empresario o compañeros.
Un trabajador insulta a un compañero en su puesto de
trabajo públicamente.
La trasgresión de la buena fe
contractual, o abuso de confianza en el
desempeño del trabajo.
Un taquillero de un teatro que se queda con
dinero de la venta de las entradas.
La disminución continuada y
voluntaria en el rendimiento del
trabajo normal o pactado.
NO HAY
Un trabajador de una empresa de muebles
hace de media ocho sillas diarias, y reduce el
rendimiento a solo seis por día.
INDEMNIZACIÓN
La embriaguez habitual o
toxicomanía, si repercuten en el
trabajo.
Un conductor de autobuses que acude con frecuencia
ebrio al trabajo.
Discriminación racial , de religión,
edad, u orientación sexual, o acoso
sexual.
Un jefe de equipo da siempre el peor trabajo a un
empleado por ser de origen africano.
19. EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
PROCEDIMIENTO
Fecha
en que tendrá efecto
CARTA DE DESPIDO
• Sellada / Firmada
(en todas las copias)
Decisión y Hechos
que motivan el despido
20. EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
IMPUGNACIÓN del DESPIDO
Plazo: 20 días hábiles
ACUERDO
CARTA DE DESPIDO
SMAC
Conciliación Administrativa
NOACUERDO
Juzgado
de lo
Social
21. IMPUGNACIÓN del DESPIDO
Juzgado
de lo
Social
¿Qué dictaminará
el juez en la sentencia?
PROCEDENTE SIN derecho a indemnización.
EXCEPTO
• objetivo o colectivo
IMPROCEDENTE
• No han sido probadas las
causas alegadas.
• No se cumplen requisitos
formales.
•El empresario puede optar:
•Readmisión en el plazo de 5 días.
• Indemnización de 22 días por año trabajado,
con un máximo de 24 mensualidades, prorrateándose por
meses las fracciones inferiores al año.
• 33 días por año de servicio contratos antes de 2012
•La elección corresponderá al trabajador en caso de que se
•trate de un representante legal de los trabajadores.
NULO
. Violación de derechos
fundamentales.
. A mujeres víctimas de
violencia de género.
. En lactancia, embarazo,
permiso por maternidad.
Readmisión del trabajador y abono de los salarios no percibidos
desde la fecha del despido hasta la notificación de la sentencia
(salarios de tramitación).
22. DESPIDO 20 días hábiles
para recurrir
ACTO DE
CONCILIACIÓN
AVENIENCIA
Papeleta
conciliación
No
AVENIENCIA
- Indemnización
acordada.
- Desempleo
Demanda en el
Juzgado de lo Social
SENTENCIA
IMPROCEDENTE
• Readmisión
• 33 días por año máximo de 24
mensualidades
PROCEDENTE
• No hay indemnización en el despido disciplinario
• 20 días de indemnización en el despido objetivo y
colectivo
NULO: Readmisión del trabajador
Plazo de 20 días hábiles desde la
fecha del despido.
(descontados los del trámite
de conciliación)
23. EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
FINIQUITO
Cuando se extingue una relación laboral, el empresario debe comunicar a los
trabajadores la denuncia o preaviso de la extinción del contrato, y debe entregar
una propuesta de liquidación de las cantidades adeudadas: un documento
conocido como finiquito.
1.- Días trabajados en el mes en que se produce el despido.
• dividir EL SALARIO mensual por 30 días
• multiplica por días trabajados
2.- Vacaciones no disfrutadas
• Contar cuántos días del año hemos trabajado hasta el
día del despido.
• Cuántos días de vacaciones tenemos derecho según
los días del año que hemos trabajado.
3.- Pagas extras
dividir cada una de las pagas entre los 360 días del año.
la paga de Navidad, se calcula desde el 1 de enero hasta el día del despido.
la paga de julio, misma operación, pero empezamos a contar desde el 1 de julio
4.- Indemnizaciones, si las hubiera: despido, incumplimiento de preaviso, etc.
24. EXTINCIÓN
DEL CONTRATO
FINIQUITO
Retenciones
Cotización a la Seguridad Social.
I RPF.
RETENCION IRPF
Sujetas a IRPF las indemnizaciones por despido o cese del trabajador,
sea la causa que fuera, a partir de 2.000 euros por año trabajado,
A partir de esos 2.000 euros anuales se tributará de manera progresiva,
de tal forma que a mayor indemnización, se aplicará un tipo impositivo
mayor.
25.
26. REFORMA LABORAL Y
DESPIDO
•SALARIOS DE TRAMITACIÓN
- solo para los representantes.
- para el resto de trabajadores si son
readmitidos.
27. REFORMA LABORAL Y
DESPIDO
•DESPIDOS COLECTIVOS
• Si la empresa tiene tres trimestres
consecutivos NO son “disminuye necesarias
su facturación” se
puede acoger al despido colectivo.
PÉRDIDAS
• Se suprime la necesidad de autorización de la
administración.
• Prioridad la permanencia de los representantes.
Acuerdos para mayores, discapacitados y
trabajadores con familia.