3. OSCE 04 de Junio de 2008 Decreto Legislativo Nº 1017 aprueba la Ley de Contrataciones del Estado, y crea el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado-OSCE. De acuerdo a la décimo segunda disposición complementaria final de la Ley de Contrataciones del Estado, ésta entraría en vigencia, a los treinta (30) días calendario contados a partir de la publicación de su reglamento y del Reglamento de Organización y Funciones del OSCE.
4. OSCE ASPECTOS GENERALES Tiene competencia en el ámbito nacional, y supervisa los procesos de contratación de bienes, servicios y obras que realizan las entidades estatales. Es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personalidad jurídica de derecho público, con autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera. MEF OSCE
5. OSCE MISION INSTITUCIONAL Promueve la gestión eficiente, eficaz y transparente de la Administración Pública, en beneficio de entidades estatales y privadas, de la sociedad y del desarrollo nacional. VISION INSTITUCIONAL La optimización e integración de los procesos técnicos del abastecimiento del Estado.
6. OSCE FUNCIONES Promover la realización de compras ágiles, oportunas, eficientes, transparentes y económicas por parte de las entidades del Estado, con la finalidad que puedan cumplir con sus objetivos estratégicos y operativos, teniendo en cuenta el respeto al medio ambiente y al desarrollo humano. Diseñar y promover mecanismos de orientación, capacitación e información a los servidores, funcionarios, proveedores del Estado y al público en general en materia de contratación pública.
7. OSCE Aprobar Bases Estandarizadas que serán de uso obligatorio por las entidades del Estado. Velar y promover el cumplimiento y difusión de la Ley, su Reglamento y normas complementarias y proponer las modificaciones que considere necesarias. Administrar y operar el Registro Nacional de Proveedores (RNP), así como cualquier otro instrumento necesario para la implementación y operación de los diversos procesos de contrataciones del Estado.
8. OSCE Desarrollar, administrar y operar el Sistema Electrónico de las Contrataciones del Estado (SEACE). Administrar el Catálogo Único de Bienes, Servicios y Obras. Organizar y administrar arbitrajes, de conformidad con los reglamentos que apruebe para tal efecto. Absolver consultas y emitir pronunciamientos sobre las materias de su competencia. Las consultas que le efectúen las Entidades serán gratuitas.