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Enlace Permanente a DENUNCIA PENAL CONTRA LA  BANCA BARCLAY´S. DEUDA EXTERNA Y MALVINAS.
 DENUNCIA PENAL DE RICARDO MONNER SANS Y MARIO CAFIERO POR DESIGNACIÓN DE  BARCLAY’S BANK Febrero 11, 2010 por proyectonacional  EL PODER EJECUTIVO NACIONAL PERMITE AFIANZAR LA DOMINACIÓN INGLESA SOBRE MALVINAS E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, PACTANDO EL MANEJO DE LA LLAMADA DEUDA EXTERNA CON UN BANCO EXTRANJERO INTERESADO EN EXPLOTACIONES PETROLERAS INGLESAS EN LAS MALVINAS. NECESIDAD DE URGENTE Y PRONTA INVESTIGACIÓN POR LA EVENTUAL RESPONSABILIDAD PENAL DEL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS; DEL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO Y DEL BANCO “BARCLAY’S BANK” MEDIDA CAUTELAR URGENTE. Señor Juez: RICARDO MONNER SANS, ciudadano argentino titular de la Cédula de Identidad 4.183.704, Presidente de la Asociación Civil Anticorrupción, también abogado inscrito al tomo 4, folio 455; y MARIO CAFIERO –ciudadano argentino, ex Diputado Nacional-, constituyendo ambos domicilio en Cerrito 782, 4º piso, Ciudad de Buenos Aires, a V.S. decimos: INTRODUCCIÓN: CUESTIONES LEGALES Y CONSTITUCIONALES Hemos querido agrupar en esta presentación el resultado de las investigaciones respecto de responsabilidad penal del Ministro de Economía y Finanzas Públicas; del Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y del Banco “Barclay’s Bank”, que parecen evidenciar delitos de variada naturaleza. Ricardo Monner Sans adjuntará fotocopia de los instrumentos que acreditan su carácter de Presidente de la Asociación Civil Anticorrupción, y –por tanto- se deja planteado, para que por incidente por separado se tramite, la inconstitucionalidad de toda norma inferior a la Constitución Nacional (entre ellas, el art. 204 del Cód. Procesal Penal), que le impida compulsar y actuar en este expediente. La “res publicae” (art. 1 CN) se asienta en el principio de la soberanía popular´(art. 33 CN). Saber de qué se trata está por encima de cualquier norma inferior, en materia de delitos que afectan a la Nación Argentina. Por el resto, la doble convención a la que hemos adherido (la Americana y la de Naciones Unidas), exige que cada país permita conocer e investigar la conducta de sus gobernantes, por lo que la prelación normativa (art. 31 CN) explica por qué, y sobre el particular, deja Monner Sans articulados –para eventuales denegatorias de las instancias ordinarias respecto de lo aquí requerido- los recursos para llegar a la CÁMARA NACIONAL DE CASACIÓN PENAL (arts. 456 y 457 del Código Procesal Penal) y, eventualmente, ante la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN: arts. 14 y 15 de la Ley 48. -.- EL POR QUÉ Y EL CÓMO DE ESTA PRESENTACIÓN URGENTE 1.- Por las razones que de inmediato expondremos, venimos a promover la necesaria –la imprescindible- acción penal regulada por el art. 174 del Código Procesal Penal, habida cuenta de los estudios y de las conclusiones a las que hemos  llegado  Mario Cafiero, Francisco Javier Llorens y Ricardo Monner Sans. Se trata  de maniobra gravísima en la que –en primera visión, aparecen involucrados el Sr. Ministro de Economía y Finanzas de la Nación; el Sr. Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación y el Banco que se  conoce como el Barclay’s Bank. Estamos, nada menos, que ante la demostrable CONEXIÓN ENTRE EL CANJE DE LA DEUDA EXTERNA Y LA EXPLOTACIÓN PETROLERA EN MALVINAS CON LA INTERVENCIÓN –“a dos puntas”- del BARCLAY´S BANK. Cualquiera de los firmantes puede ser convocado para la ratificación de estilo, con la urgencia del caso y con la esperanza de un rápido impulso habida cuenta de la inminente llegada de la plataforma de explotación petrolera a la que luego se aludirá. -.- LA CONEXIÓN ENTRE EL CANJE DE LA DEUDA EXTERNAY LA EXPLOTACION PETROLERA EN MALVINAS: EL BARCLAY´S BANK 1,. Desde hace varios años algunos argentinos –nos consideramos entre ellos- venimos denunciando la grave situación de permanente retroceso diplomático, político y económico de la Argentina en Malvinas y Atlántico Sur. Pero es en este último año cuando el REINO UNIDO ha concretado aceleradamente una serie de hechos que han agravado fuertemente este retroceso. En efecto durante el año pasado el Reino Unido procedió de la siguiente manera: En marzo elevó una texto al Parlamento Europeo proponiendo transformar en europea la base militar inglesa en Malvinas. En mayo presentó en la secretaria de CONVEMAR de las Naciones Unidas la extensión a 350 millas en torno a Islas Malvinas, Sandwich y Georgias del Sur. Se trata en total de una superficie de 3.500.000 km2, casi equivalente a todo el territorio continental argentino. En octubre, en actitud abiertamente belicista pudo conocerse el envío de cuatro aviones TYPHOON de máxima tecnología de combate a la base militar Mont Pleasant en Malvinas , donde a la par se realizaron intensísimos ejercicios militares presididos por el Jefe de Estado Mayor Conjunto de las FFAA británicas. Además se nombró como gobernador de las islas a un militar británico proveniente de Irak, experto en misiones en regiones de alta conflictividad como Líbano e Irlanda del Norte. En diciembre entró en vigencia el Tratado de Lisboa que aprobó la Constitución Europea e incorporó como territorio de ultramar europeo a las islas Malvinas, Islas del Atlántico Sur y Territorio Antártico Británico. No ha habido por parte del gobierno nacional una mínima respuesta o cambio de estrategia ante esa escalada de hechos. Su única reacción ha sido el rezongo, cada vez más tardío y más estéril, consintiendo así en la práctica con la escalada de hechos consumados. La política de seducción (“Winnie Pooh”) del ex canciller Di Tella, fue sustituida por la política del rezongo inconsecuente  del actual gobierno, sin que para nada cambiaran sus resultados. Por el contrario, imitando esa política del “Winnie Pooh”, recientemente nuestra Presidenta al asumir el mandato del Unasur, dijo que su principal objetivo era llegar a un acuerdo de Libre Comercio con la Unión Europea.  Estos temas no han sido objeto de preocupación alguna por parte de la oposición parlamentaria, la que parece vivir en otro mundo ante esta gravísima cuestión, que es el principal desafío geopolítico que Argentina y America Latina enfrenta en su historia, después de la gesta de su Independencia. Nuevamente enfrentamos un agudo conflicto territorial con la principal potencia europea, habiéndonos convertido en estado corribereño de Europa, con una enorme zona de disputa de por medio, que cobija enormes riquezas hidrocarburíferas, mineras, e icticolas. 2.- A comienzos de este 2010, se conoció públicamente que se encuentra rumbo al Atlántico Sur  la plataforma petrolera Ocean Guardian que la empresa DESIRE PETROLEUM contrató para explorar petróleo en Malvinas. Frente a esta nueva gravísima lesión a nuestra  integridad territorial, el gobierno argentino nuevamente elevó “su más enérgica” e inconsecuente “protesta”. Si esta es la única energía que el gobierno pone, para enfrentar este que es sin duda nuestro principal problema externo nacional, no caben dudas que los resultados no van a cambiar. Pero la inopia del gobierno no parece ser casual. Existen otras razones de peso, otras prioridades gubernamentales siempre preocupada por honrar la deuda, que explican el –digamos- desinterés. Una pista de ello la encontramos en las palabras del canciller británico David Miliband. En declaraciones reproducidas por las agencias internacionales el 8/02/10, el jefe de la diplomacia británica manifestó su “confianza” en que ambos países mantendrán un diálogo diplomático en relación al problema sobre la exploración petrolera y gasífera en el Atlántico Sur, y sostuvo: “Pienso que el gobierno argentino tiene más áreas para cooperar con el Reino Unido que para disentir”. ¿Cuales son esas “áreas”? ¿Dónde se entrecruzan los intereses argentinos y británicos, de manera que no pueda deshacerse el nudo que nos ata a tanta pasividad e inoperancia? -.- ¿QUIÉN ES LA EMPRESA DESIRE PETROLEUM QUE VA A EXPLOTAR EL PETRÓLEO EN MALVINAS? La información está a mano: basta recurrir al diario inglés Finantial Times que es de acceso gratuito y público por Internet. De acuerdo a este tradicional periódico de la City londinense los accionistas de la  empresa DESIRE PETROLEUM Plc son los siguientes: AccionistasAcciones% AccionesBarclays Bank Plc (Private Banking)14.18m4.45%TD Asset Management, Inc.12.84m4.03%Talos Securities Ltd.7.16m2.25%Hargreave Hale Ltd.6.74m2.12%HSBC Global Asset Management (UK) Ltd.6.53m2.05% Según la información del Financial Time, el Barclays Bank detenta el 4,45% de las acciones de Desire Petroleum a partir del 16 de septiembre del 2009, siendo su principal accionista institucional. En el Anexo agregamos un cuadro con los accionistas y directores de las otras empresas británicas que han sido beneficiadas con áreas de exploración petrolera en Malvinas. Pero queremos ahora concentrarnos en DESIRE PETROLEUM  cuyo principal accionista es el Barclays Bank. ¿QUE RELACION TIENE EL BARCLAY’S BANK CON EL GOBIERNO ARGENTINO? El  16 de octubre de 2009, poco después –significativamente- de haber adquirido las acciones de DESIRE PETROLEUM, el BARCLAY’S CAPITAL INC junto con sus afiliadas presentó al ESTADO NACIONAL una propuesta de términos y de condiciones financieras para la reapertura del canje de la deuda. En tan solo seis días  por Resolución 267/2009 el Ministro de Economía Amado Boudou aprobó una carta convenio por la que designó a Barclay’s como “Coordinador Global”  en dicho proceso de reestructuración de deuda externa, con la colaboración del Citibank y Deustche Bank.  El tema de la llamada “reestructuración de la deuda”  tuvo en el mes de enero pasado una serie de hechos institucionales conmocionantes que culminaron con la destitución del presidente del Banco Central, ante la exigencia de estos bancos de que se pusieran a las reservas del Banco Central como garantía del pago de la deuda en ese proceso de reestructuración. Se generó así una promiscua situación entre deuda externa, el respaldo indispensable de nuestra moneda, y el gravísimo conflicto externo que enfrentamos como Nación. Ningún país serio del mundo habría aceptado un cóctel de esta naturaleza, que conlleva a poner  en manos de un súbdito del Reino Unido nuestro problema de la deuda, con el requerimiento de inusitadas condiciones financieras que depararían un aún mayor debilitamiento de nuestro país, frente al gravisimo conflicto internacional que enfrenta. El cual esta dinamizado por ingentes intereses geopolíticos, económicos y financieros. No debemos olvidar que el Reino Unido logró recuperar su alicaída situación como potencia mundial en debacle, gracias a la explotación hidrocarburífera en el Mar del Norte, la que a la par le permitió equilibrar sus cuentas fiscales. Hoy esas riquezas hidrocarburíferas se encuentran en vías de extinción, y por esa razón las cuentas fiscales del Reino Unido presentan uno de los mayores déficits entre los países europeos. Pero más allá de estas consideraciones, cabe apuntar que BARCLAYS, como “empresa no operadora” inversora en DESIRE PETROLEUM, eludió manifestar esta condición ante   el REGISTRO DE EMPRESAS PETROLERAS PRODUCTORAS creado por la Resolución 407/07 de la secretaría de Energía, con el objeto precisamente de impedir la actividad en nuestro país de empresas, socios, o accionistas que se dedicaran a la explotación de petróleo en la plataforma continental marítima sin la debida autorización argentina, como es el caso de DESIRE PETROLEUM y su socio inversionista BARCLAYS BANK. En ese registro BARCLAY’S debería haber manifestado mediante declaración jurada sus condiciones y alcances como “empresa no operadora”. Lo que habría eludido expresamente hacer para no quedar incursa en los delitos previstos en los arts. 174 inc. 5º del Código Penal, en el caso de haber ocultado esa información. Sin embargo, con un obrar que ha ido más allá de la “negligencia”, el ministro Amado Boudou honró a BARCLAYS BANK designándolo como coordinador global de Argentina ante el mundo, a los efectos de la reapertura del canje de deuda, poniendo así a Londres como centro de nuestra problemática financiera. CONCLUSION: ESTO ES GRAVISIMO Y RECLAMA UNA MEDIDA CAUTELAR Hay un gravísimo incumplimiento en sus deberes por parte del Ministro de Economía  y del Ministro de Relaciones Exteriores. El primero por designar al BARCLAY’S como coordinador global para la reapertura del canje, y el segundo por no poner reparos a esa contratación. Tanto ellos como las máximas autoridades del gobierno han incurrido así en una grave defección al mandato de la Constitución Nacional: “La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”: CLÁUSULA PRIMERA DE LAS LLAMADAS  DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL. Ordena el art. 225  del Código Penal, castigar con reclusión o prisión de tres a diez años, al que, encargado por el gobierno argentino de una negociación con un Estado extranjero, la condujere de un modo perjudicial a la Nación, apartándose de sus instrucciones.. Sr. Juez: la conducta aquí demostrable informa lo siguiente: a)    La conducción política (y el silencio de los que sobre estos temas tendrían que haber dicho algo) viola la noción de soberanía, eje de la  Constitución Nacional: art. 33 y cláusula ya individualizada. b)    Se ha contratado a un Banco que tiene intereses económicos en VIOLAR LA SOBERANÍA ARGENTINA. c)    Se han expedido “extrañísimos” actos administrativos, con VELOCIDAD QUE CONLLEVA SUSPICACIA en favor de un BANCO EXTRANJERO IMPLICADO EN ACCIONES QUE LESIONAN GRAVEMENTE NUESTRA SOBERANIA TERRITORIAL. Con base en lo que “en dos minutos” el Sr. Juez y el Sr.  Fiscal pueden comprobar con el mero uso del sistema informático V.S. dispondrá de inmediato y como medida cautelar LA SUSPENSIÓN DE LA RESOLUCION 267/09 EXPEDIDA POR EL MINISTRO AMADO BOUDOU Y DE TODO ACTO ADMINISTRATIVO QUE OTORGUE DERECHOS AL BARCLAY´S BANK PARA EL MANEJO DE LA LLAMADA DEUDA EXTERNA. Porque si JURAMOS DEFENDER LA PATRIA Y LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, no puede haber elusión, dilación, o distracción. -.- Por todo lo expuesto, a V.S. requerimos: a)    Se imprima a este proceso la necesaria urgencia que el caso reclama. b)    Se convoque a cualquiera de los aquí firmantes para la ratificación correspondiente. c)    Se corra vista al Sr. Fiscal. d)    Se disponga de inmediato una IMPRESCINDIBLE E HIGIÉNICA MEDIDA CAUTELAR. Dígnese V.S. proveer de conformidad. ANEXO: LICENCIATARIAS EN LA CUENCA PETROLERA MALVINAS LICENCIATARIASACCIONISTASDIRECTORESRockhopper Exploration PLC Hilltop ParkDevizes RoadSalisburySP3 4UFEmail: info@rockhopperexploration.co.ukRichard Visick; OZ Managemen LP and Och-Ziff Management Europe;Capital Research and Management Company; Gartmore Investment Limited; Royal London Asset ManagementPierre Jungels; Samuel Moody; David Bodecott; Peter Dixon-Clarke;Richard Visick;Chris Walton;John CrowleBorders & Southern Petroleum 33 St James’s SquareLondon SW1Y 4JSUnited KingdomP: +44 20 7661 9348F: +44 20 7661 8055 www.bordersandsouthern .comLansdowne Partners Ltd. BlackRock Investment Management (UK) Ltd.Credit Suisse First Boston (Market-Maker)Henderson Global Investors Ltd. (UK)Allianz Global Investors KapitalanlagegesellschaftDavid Dobson Howard ObeePeter FlemingWilliam SlackStephen PosfordChristopher Hurst-BrownDesire PetroleumMathon CourtMathonMalvern WR13 5NZUnited KingdomP: +44 16 8489 2242F: +44 16 8457 5226 www.desireplc.co.ukBarclays Bank Plc (Private Banking); TD Asset Management, Inc.;Talos Securities Ltd.Hargreave Hale Ltd.HSBC Global Asset Management (UK) Ltd.Stephen Phipps Ian DuncanAnna NeveAndrew WindhamEdward WisniewskiRobert LyonsFalkland Oil and Gas 32-34 Wigmore StreetLondon W1U 2RRUnited KingdomP: +44 20 7563 1260F: +44 20 7486 2330www.fogl.comRAB Capital Plc (Investment Management) Investec Asset Management Ltd. (UK)Insight Investment Management (Global) Ltd.Scottish Widows Investment Partnership Ltd.Schroder Investment Management Ltd.
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Denuncia penal de Ricardo Monner Sans y Mario Cafiero por la designación de Barclay's para el canje de la deuda

  • 1. HYPERLINK http://proyectonacional.wordpress.com/2010/02/11/denuncia-penal-contra-la-banca-barclay%c2%b4s-deuda-externa-y-malvinas/ Enlace Permanente a DENUNCIA PENAL CONTRA LA BANCA BARCLAY´S. DEUDA EXTERNA Y MALVINAS. DENUNCIA PENAL DE RICARDO MONNER SANS Y MARIO CAFIERO POR DESIGNACIÓN DE BARCLAY’S BANK Febrero 11, 2010 por proyectonacional EL PODER EJECUTIVO NACIONAL PERMITE AFIANZAR LA DOMINACIÓN INGLESA SOBRE MALVINAS E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, PACTANDO EL MANEJO DE LA LLAMADA DEUDA EXTERNA CON UN BANCO EXTRANJERO INTERESADO EN EXPLOTACIONES PETROLERAS INGLESAS EN LAS MALVINAS. NECESIDAD DE URGENTE Y PRONTA INVESTIGACIÓN POR LA EVENTUAL RESPONSABILIDAD PENAL DEL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS; DEL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO Y DEL BANCO “BARCLAY’S BANK” MEDIDA CAUTELAR URGENTE. Señor Juez: RICARDO MONNER SANS, ciudadano argentino titular de la Cédula de Identidad 4.183.704, Presidente de la Asociación Civil Anticorrupción, también abogado inscrito al tomo 4, folio 455; y MARIO CAFIERO –ciudadano argentino, ex Diputado Nacional-, constituyendo ambos domicilio en Cerrito 782, 4º piso, Ciudad de Buenos Aires, a V.S. decimos: INTRODUCCIÓN: CUESTIONES LEGALES Y CONSTITUCIONALES Hemos querido agrupar en esta presentación el resultado de las investigaciones respecto de responsabilidad penal del Ministro de Economía y Finanzas Públicas; del Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto y del Banco “Barclay’s Bank”, que parecen evidenciar delitos de variada naturaleza. Ricardo Monner Sans adjuntará fotocopia de los instrumentos que acreditan su carácter de Presidente de la Asociación Civil Anticorrupción, y –por tanto- se deja planteado, para que por incidente por separado se tramite, la inconstitucionalidad de toda norma inferior a la Constitución Nacional (entre ellas, el art. 204 del Cód. Procesal Penal), que le impida compulsar y actuar en este expediente. La “res publicae” (art. 1 CN) se asienta en el principio de la soberanía popular´(art. 33 CN). Saber de qué se trata está por encima de cualquier norma inferior, en materia de delitos que afectan a la Nación Argentina. Por el resto, la doble convención a la que hemos adherido (la Americana y la de Naciones Unidas), exige que cada país permita conocer e investigar la conducta de sus gobernantes, por lo que la prelación normativa (art. 31 CN) explica por qué, y sobre el particular, deja Monner Sans articulados –para eventuales denegatorias de las instancias ordinarias respecto de lo aquí requerido- los recursos para llegar a la CÁMARA NACIONAL DE CASACIÓN PENAL (arts. 456 y 457 del Código Procesal Penal) y, eventualmente, ante la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN: arts. 14 y 15 de la Ley 48. -.- EL POR QUÉ Y EL CÓMO DE ESTA PRESENTACIÓN URGENTE 1.- Por las razones que de inmediato expondremos, venimos a promover la necesaria –la imprescindible- acción penal regulada por el art. 174 del Código Procesal Penal, habida cuenta de los estudios y de las conclusiones a las que hemos  llegado  Mario Cafiero, Francisco Javier Llorens y Ricardo Monner Sans. Se trata  de maniobra gravísima en la que –en primera visión, aparecen involucrados el Sr. Ministro de Economía y Finanzas de la Nación; el Sr. Ministro de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la Nación y el Banco que se  conoce como el Barclay’s Bank. Estamos, nada menos, que ante la demostrable CONEXIÓN ENTRE EL CANJE DE LA DEUDA EXTERNA Y LA EXPLOTACIÓN PETROLERA EN MALVINAS CON LA INTERVENCIÓN –“a dos puntas”- del BARCLAY´S BANK. Cualquiera de los firmantes puede ser convocado para la ratificación de estilo, con la urgencia del caso y con la esperanza de un rápido impulso habida cuenta de la inminente llegada de la plataforma de explotación petrolera a la que luego se aludirá. -.- LA CONEXIÓN ENTRE EL CANJE DE LA DEUDA EXTERNAY LA EXPLOTACION PETROLERA EN MALVINAS: EL BARCLAY´S BANK 1,. Desde hace varios años algunos argentinos –nos consideramos entre ellos- venimos denunciando la grave situación de permanente retroceso diplomático, político y económico de la Argentina en Malvinas y Atlántico Sur. Pero es en este último año cuando el REINO UNIDO ha concretado aceleradamente una serie de hechos que han agravado fuertemente este retroceso. En efecto durante el año pasado el Reino Unido procedió de la siguiente manera: En marzo elevó una texto al Parlamento Europeo proponiendo transformar en europea la base militar inglesa en Malvinas. En mayo presentó en la secretaria de CONVEMAR de las Naciones Unidas la extensión a 350 millas en torno a Islas Malvinas, Sandwich y Georgias del Sur. Se trata en total de una superficie de 3.500.000 km2, casi equivalente a todo el territorio continental argentino. En octubre, en actitud abiertamente belicista pudo conocerse el envío de cuatro aviones TYPHOON de máxima tecnología de combate a la base militar Mont Pleasant en Malvinas , donde a la par se realizaron intensísimos ejercicios militares presididos por el Jefe de Estado Mayor Conjunto de las FFAA británicas. Además se nombró como gobernador de las islas a un militar británico proveniente de Irak, experto en misiones en regiones de alta conflictividad como Líbano e Irlanda del Norte. En diciembre entró en vigencia el Tratado de Lisboa que aprobó la Constitución Europea e incorporó como territorio de ultramar europeo a las islas Malvinas, Islas del Atlántico Sur y Territorio Antártico Británico. No ha habido por parte del gobierno nacional una mínima respuesta o cambio de estrategia ante esa escalada de hechos. Su única reacción ha sido el rezongo, cada vez más tardío y más estéril, consintiendo así en la práctica con la escalada de hechos consumados. La política de seducción (“Winnie Pooh”) del ex canciller Di Tella, fue sustituida por la política del rezongo inconsecuente  del actual gobierno, sin que para nada cambiaran sus resultados. Por el contrario, imitando esa política del “Winnie Pooh”, recientemente nuestra Presidenta al asumir el mandato del Unasur, dijo que su principal objetivo era llegar a un acuerdo de Libre Comercio con la Unión Europea. Estos temas no han sido objeto de preocupación alguna por parte de la oposición parlamentaria, la que parece vivir en otro mundo ante esta gravísima cuestión, que es el principal desafío geopolítico que Argentina y America Latina enfrenta en su historia, después de la gesta de su Independencia. Nuevamente enfrentamos un agudo conflicto territorial con la principal potencia europea, habiéndonos convertido en estado corribereño de Europa, con una enorme zona de disputa de por medio, que cobija enormes riquezas hidrocarburíferas, mineras, e icticolas. 2.- A comienzos de este 2010, se conoció públicamente que se encuentra rumbo al Atlántico Sur  la plataforma petrolera Ocean Guardian que la empresa DESIRE PETROLEUM contrató para explorar petróleo en Malvinas. Frente a esta nueva gravísima lesión a nuestra  integridad territorial, el gobierno argentino nuevamente elevó “su más enérgica” e inconsecuente “protesta”. Si esta es la única energía que el gobierno pone, para enfrentar este que es sin duda nuestro principal problema externo nacional, no caben dudas que los resultados no van a cambiar. Pero la inopia del gobierno no parece ser casual. Existen otras razones de peso, otras prioridades gubernamentales siempre preocupada por honrar la deuda, que explican el –digamos- desinterés. Una pista de ello la encontramos en las palabras del canciller británico David Miliband. En declaraciones reproducidas por las agencias internacionales el 8/02/10, el jefe de la diplomacia británica manifestó su “confianza” en que ambos países mantendrán un diálogo diplomático en relación al problema sobre la exploración petrolera y gasífera en el Atlántico Sur, y sostuvo: “Pienso que el gobierno argentino tiene más áreas para cooperar con el Reino Unido que para disentir”. ¿Cuales son esas “áreas”? ¿Dónde se entrecruzan los intereses argentinos y británicos, de manera que no pueda deshacerse el nudo que nos ata a tanta pasividad e inoperancia? -.- ¿QUIÉN ES LA EMPRESA DESIRE PETROLEUM QUE VA A EXPLOTAR EL PETRÓLEO EN MALVINAS? La información está a mano: basta recurrir al diario inglés Finantial Times que es de acceso gratuito y público por Internet. De acuerdo a este tradicional periódico de la City londinense los accionistas de la  empresa DESIRE PETROLEUM Plc son los siguientes: AccionistasAcciones% AccionesBarclays Bank Plc (Private Banking)14.18m4.45%TD Asset Management, Inc.12.84m4.03%Talos Securities Ltd.7.16m2.25%Hargreave Hale Ltd.6.74m2.12%HSBC Global Asset Management (UK) Ltd.6.53m2.05% Según la información del Financial Time, el Barclays Bank detenta el 4,45% de las acciones de Desire Petroleum a partir del 16 de septiembre del 2009, siendo su principal accionista institucional. En el Anexo agregamos un cuadro con los accionistas y directores de las otras empresas británicas que han sido beneficiadas con áreas de exploración petrolera en Malvinas. Pero queremos ahora concentrarnos en DESIRE PETROLEUM  cuyo principal accionista es el Barclays Bank. ¿QUE RELACION TIENE EL BARCLAY’S BANK CON EL GOBIERNO ARGENTINO? El  16 de octubre de 2009, poco después –significativamente- de haber adquirido las acciones de DESIRE PETROLEUM, el BARCLAY’S CAPITAL INC junto con sus afiliadas presentó al ESTADO NACIONAL una propuesta de términos y de condiciones financieras para la reapertura del canje de la deuda. En tan solo seis días  por Resolución 267/2009 el Ministro de Economía Amado Boudou aprobó una carta convenio por la que designó a Barclay’s como “Coordinador Global”  en dicho proceso de reestructuración de deuda externa, con la colaboración del Citibank y Deustche Bank. El tema de la llamada “reestructuración de la deuda”  tuvo en el mes de enero pasado una serie de hechos institucionales conmocionantes que culminaron con la destitución del presidente del Banco Central, ante la exigencia de estos bancos de que se pusieran a las reservas del Banco Central como garantía del pago de la deuda en ese proceso de reestructuración. Se generó así una promiscua situación entre deuda externa, el respaldo indispensable de nuestra moneda, y el gravísimo conflicto externo que enfrentamos como Nación. Ningún país serio del mundo habría aceptado un cóctel de esta naturaleza, que conlleva a poner  en manos de un súbdito del Reino Unido nuestro problema de la deuda, con el requerimiento de inusitadas condiciones financieras que depararían un aún mayor debilitamiento de nuestro país, frente al gravisimo conflicto internacional que enfrenta. El cual esta dinamizado por ingentes intereses geopolíticos, económicos y financieros. No debemos olvidar que el Reino Unido logró recuperar su alicaída situación como potencia mundial en debacle, gracias a la explotación hidrocarburífera en el Mar del Norte, la que a la par le permitió equilibrar sus cuentas fiscales. Hoy esas riquezas hidrocarburíferas se encuentran en vías de extinción, y por esa razón las cuentas fiscales del Reino Unido presentan uno de los mayores déficits entre los países europeos. Pero más allá de estas consideraciones, cabe apuntar que BARCLAYS, como “empresa no operadora” inversora en DESIRE PETROLEUM, eludió manifestar esta condición ante   el REGISTRO DE EMPRESAS PETROLERAS PRODUCTORAS creado por la Resolución 407/07 de la secretaría de Energía, con el objeto precisamente de impedir la actividad en nuestro país de empresas, socios, o accionistas que se dedicaran a la explotación de petróleo en la plataforma continental marítima sin la debida autorización argentina, como es el caso de DESIRE PETROLEUM y su socio inversionista BARCLAYS BANK. En ese registro BARCLAY’S debería haber manifestado mediante declaración jurada sus condiciones y alcances como “empresa no operadora”. Lo que habría eludido expresamente hacer para no quedar incursa en los delitos previstos en los arts. 174 inc. 5º del Código Penal, en el caso de haber ocultado esa información. Sin embargo, con un obrar que ha ido más allá de la “negligencia”, el ministro Amado Boudou honró a BARCLAYS BANK designándolo como coordinador global de Argentina ante el mundo, a los efectos de la reapertura del canje de deuda, poniendo así a Londres como centro de nuestra problemática financiera. CONCLUSION: ESTO ES GRAVISIMO Y RECLAMA UNA MEDIDA CAUTELAR Hay un gravísimo incumplimiento en sus deberes por parte del Ministro de Economía  y del Ministro de Relaciones Exteriores. El primero por designar al BARCLAY’S como coordinador global para la reapertura del canje, y el segundo por no poner reparos a esa contratación. Tanto ellos como las máximas autoridades del gobierno han incurrido así en una grave defección al mandato de la Constitución Nacional: “La recuperación de dichos territorios y el ejercicio pleno de la soberanía, respetando el modo de vida de sus habitantes, y conforme a los principios del derecho internacional, constituyen un objetivo permanente e irrenunciable del pueblo argentino”: CLÁUSULA PRIMERA DE LAS LLAMADAS  DISPOSICIONES TRANSITORIAS DE LA CONSTITUCIÓN NACIONAL. Ordena el art. 225  del Código Penal, castigar con reclusión o prisión de tres a diez años, al que, encargado por el gobierno argentino de una negociación con un Estado extranjero, la condujere de un modo perjudicial a la Nación, apartándose de sus instrucciones.. Sr. Juez: la conducta aquí demostrable informa lo siguiente: a)    La conducción política (y el silencio de los que sobre estos temas tendrían que haber dicho algo) viola la noción de soberanía, eje de la  Constitución Nacional: art. 33 y cláusula ya individualizada. b)    Se ha contratado a un Banco que tiene intereses económicos en VIOLAR LA SOBERANÍA ARGENTINA. c)    Se han expedido “extrañísimos” actos administrativos, con VELOCIDAD QUE CONLLEVA SUSPICACIA en favor de un BANCO EXTRANJERO IMPLICADO EN ACCIONES QUE LESIONAN GRAVEMENTE NUESTRA SOBERANIA TERRITORIAL. Con base en lo que “en dos minutos” el Sr. Juez y el Sr.  Fiscal pueden comprobar con el mero uso del sistema informático V.S. dispondrá de inmediato y como medida cautelar LA SUSPENSIÓN DE LA RESOLUCION 267/09 EXPEDIDA POR EL MINISTRO AMADO BOUDOU Y DE TODO ACTO ADMINISTRATIVO QUE OTORGUE DERECHOS AL BARCLAY´S BANK PARA EL MANEJO DE LA LLAMADA DEUDA EXTERNA. Porque si JURAMOS DEFENDER LA PATRIA Y LA CONSTITUCIÓN NACIONAL, no puede haber elusión, dilación, o distracción. -.- Por todo lo expuesto, a V.S. requerimos: a)    Se imprima a este proceso la necesaria urgencia que el caso reclama. b)    Se convoque a cualquiera de los aquí firmantes para la ratificación correspondiente. c)    Se corra vista al Sr. Fiscal. d)    Se disponga de inmediato una IMPRESCINDIBLE E HIGIÉNICA MEDIDA CAUTELAR. Dígnese V.S. proveer de conformidad. ANEXO: LICENCIATARIAS EN LA CUENCA PETROLERA MALVINAS LICENCIATARIASACCIONISTASDIRECTORESRockhopper Exploration PLC Hilltop ParkDevizes RoadSalisburySP3 4UFEmail: info@rockhopperexploration.co.ukRichard Visick; OZ Managemen LP and Och-Ziff Management Europe;Capital Research and Management Company; Gartmore Investment Limited; Royal London Asset ManagementPierre Jungels; Samuel Moody; David Bodecott; Peter Dixon-Clarke;Richard Visick;Chris Walton;John CrowleBorders & Southern Petroleum 33 St James’s SquareLondon SW1Y 4JSUnited KingdomP: +44 20 7661 9348F: +44 20 7661 8055 www.bordersandsouthern .comLansdowne Partners Ltd. BlackRock Investment Management (UK) Ltd.Credit Suisse First Boston (Market-Maker)Henderson Global Investors Ltd. (UK)Allianz Global Investors KapitalanlagegesellschaftDavid Dobson Howard ObeePeter FlemingWilliam SlackStephen PosfordChristopher Hurst-BrownDesire PetroleumMathon CourtMathonMalvern WR13 5NZUnited KingdomP: +44 16 8489 2242F: +44 16 8457 5226 www.desireplc.co.ukBarclays Bank Plc (Private Banking); TD Asset Management, Inc.;Talos Securities Ltd.Hargreave Hale Ltd.HSBC Global Asset Management (UK) Ltd.Stephen Phipps Ian DuncanAnna NeveAndrew WindhamEdward WisniewskiRobert LyonsFalkland Oil and Gas 32-34 Wigmore StreetLondon W1U 2RRUnited KingdomP: +44 20 7563 1260F: +44 20 7486 2330www.fogl.comRAB Capital Plc (Investment Management) Investec Asset Management Ltd. (UK)Insight Investment Management (Global) Ltd.Scottish Widows Investment Partnership Ltd.Schroder Investment Management Ltd.