2. SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA SOCIEDAD ANÓNIMA ABIERTA Se adapta a tener no mas de 20 socios. Las acciones no están inscritas en el registro publico del mercado de valores. Limitación a la transmisibilidad de acciones. Ausencia de directorio. Limitación de la representación de socio en la junta general en otro accionista, su cónyuge, descendiente no ascendiente en primer grado aunque el estatuto puede extenderla a otras personas. Permiten juntas no presenciales. Separación entre capital y gestión. Sociedad de grandes dimensiones. Capta recursos de ahorro público. Cotización bursátil de acciones. Control administrativo de funcionamiento o fiscalización estatal. Deben inscribir todas sus acciones en el registro público en el mercado de valores.
3. SOCIEDAD COLECTIVA Es una sociedad personalista que realiza actividades mercantiles. Los socios responde solidaria e ilimitadamente por las deudas sociales ante terceros. Sociedad con plazo fijo de duración desde su constitución que solo se puede prorrogar con acuerdo unánime de los socios. En caso de trasferencia se necesita el consentimiento de los demás socios.
5. SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES Predominan los socios colectivos . Se establece un plazo fijo de duración. Si se refiere a la trasferencia de participación de un socio colectivo hay que tener unanimidad entre los socios colectivos y socios comanditarios. Si se refiere a trasferir la participación de un socio comanditario se necesita mayoría absoluta tanto de los socios colectivos como de los comanditarios. En ambos casos la mayoría absoluta de los socios comanditarios se computan por capital. Predominan lo socios capitalistas Deja de ser una sociedad capitalistas pues se le aplican las normas de una sociedad anónima. Lo socios colectivos siguen gestionando y asumen la responsabilidad típica de os directores. La novedad en la trasferencia de acciones funciona con las participaciones del socio comanditario que son de libre transmisibilidad
6. SOCIEDAD COMERCIAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA No hay órgano intermedio como el directorio, por eso se usa la cantidad de gerentes que se necesite nombrados por los socios. Dado su parecido con la sociedad anónima en mucho depende de la capacidad de gestión otorgada a los gerentes para que este tipo de sociedad tenga éxito pues la funcionalidad se debe en gran parte a la libertad de estatutario que posee. Tipo de sociedad con una capital que s divide en menores participaciones ya sean divisibles o acumulables. Puede haber hasta 20 socios. Guarda similitud con la estructura de la sociedad anónima cerrada. Se emplea la expresión “reunión de socios ” que deciden por mayoría sin obligación de llevar un libro de actas.
7. SOCIEDADES CIVILES Es el tipo de sociedad diseñada para que se ejerciten actividades personales de manera colectiva con una finalidad económica.
8. SOCIEDAD CIVIL ORDINARIA SOCIEDAD CIVIL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Los socios responden en forma personal y cuando los bienes de la sociedad no fueron ejecutados (subsidiaridad). Opera el beneficio de excusión que cualquier socio puede oponer. Es una sociedad concebida para no mas de treinta integrantes , en la cual los socios limitan su responsabilidad los aportes efectuados. Se coloca el nombre de los socios además de la expresión abreviada S. C. de R. Ltda.