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ENSAYO SOBRE LA LEGALIZACION DE LA PENA DE MUERTE EN
COLOMBIA
PRESENTADO A
JENNIFER MARIA MATIN
PRESENTADO POR
KAREN ALTAMAR VILLARRUEL
AREA
ELECTIVA II
UNIVERSIDAD LIBRE - CARTAGENA
PRIMER AÑO DE DERECHO NOCTURNO
2013
LEGALIZACIÓN DE LA PENA DE MUERTE EN COLOMBIA
“El sistema penal conocido es el más propio para corromper las
costumbres. Una legislación que para extinguir el asesinato manda
asesinar, entra en un círculo vicioso en que habrá de agotar sus
fuerzas sin poder realizar sus propósitos. No se consigue desarrollar el
sentido moral con ejemplos que lo conculcan… si esta sociedad
fuera cristiana eso bastaría para que no matara. Y si fuera
simplemente deísta, no mataría porque Dios no mató a Caín, sino
que únicamente lo condenó a esconder su faz de las miradas de los
otros hombres, dando así desde el primer crimen el programa de la
penalidad social.”
Si se reflexiona sobre el ¿Por qué? Escogí este tema fue porque me
pareció importante ya que cabe resaltar sobre si de verdad ¿es
buena esa ley?, si somos nosotros capaces de decidir la muerte de
una persona.
Excesivamente se discute hoy en día de que se acepte la
la pena de muerte; Esto es un acto que se tenía presente en el
principio de las sociedades, la pena de muerte en aquellos tiempos
era más una manera de perseguir a quienes estaban en contra de
las normas religiosas y posteriormente políticas.
Análogamente cabe preguntarse ¿cuáles son las motivaciones para
que se apruebe? Para la mayoría de los colombianos es claro el
diagnóstico con síntomas y signos concretos: inseguridad, bombas,
explosiones, falta de credibilidad en el Estado, en el gobierno, falta
de ética civil o de moral religiosa, desaparecidos, secuestros,
eliminación de mendigos, de campesinos, de indígenas, de
abogados, de policías, de niños, etc.
Para algunos son claras las causas de la situación actual: injusticia
social, vacío ético, vacío de oportunidades económicas, vacío de
comunidad y de familia, vacío moral y sobre todo vacío de Estado. Y
como consecuencia incredulidad en el Estado y en sus instituciones.
Las consecuencias las vemos todos los días: miedo, retaliaciones,
desazón, incertidumbre, injusticia, resentimiento, incredulidad,
marginación, etc.
Además de la Constitución, la iglesia, el DIH, varias ONG y muchas
personas no estamos de acuerdo con un castigo de este tipo debido
a muchas razones, entre ellas, los derechos humanos, el respeto a la
vida, que la justicia no puede tomar la vida de ninguna persona, que
el país se enfrentaría al rechazo de alguna parte de la comunidad
internacional, que quizás hayan expulsiones de organizaciones
internacionales de derechos humanos, también es cierto que a esas
personas, familiares de seres humanos asesinados con barbarie, con
humillación, a esos padres de niños que han sido violados y
asesinados, secuestrados después de ese acto cruel, a ellos ni la
iglesia, ni el DIH, ni ONG, ni mucho menos el autor de semejante acto
le devolverá a su ser querido.
Sin paradojas es entonces donde planteo que para actos en los que
una persona con principios, consciente y madura de sus actos,
realice una agresión contra otro ser humano con un hecho de
alevosía y sadismo, como por ejemplo violar y matar a un menor de
14 años, sea niño o niña, matar a alguien por robarle un celular, por
despojar una persona de su dinero, o por llevar una camiseta de un
equipo de fútbol diferente al le gusta a uno, debe ser castigado con
la pena de muerte.
Volvamos al punto de partida de que si una persona tiene la
fortaleza de tomar el derecho más preciado de alguien, y que está
tipificado en nuestra constitución el derecho a la vida, entonces
debe pagar o retribuir una consecuencia a esa violación de nuestra
constitución y de acuerdo a nuestro código penal, y esa violación a
un derecho natural de los seres humanos, con su derecho a vivir
también. Si las personas no quieren cumplir con la ley por convicción,
entonces que lo hagan por temor.
Ahora bien, se puede indagar, de donde sale el dinero para
mantener en las cárceles a violadores y asesinos, para garantizarle a
alguien que decidió matar a otra persona por robarla, sícariarla,
violarla, o simplemente por diversión.
Cabe investigar que ese dinero sale, en su mayoría de los impuestos
que la sociedad paga el cual podría ser utilizado e invertido en la
creación de proyectos que garanticen una mejor calidad de vida
como por ejemplo nuevas escuelas, restaurantes comunitarios,
creación de empresa para garantizarle a nuestra población infantil
un mejor desarrollo en alimentación, progresó en la salud y un mejor
nivel de educación.
Es entonces donde surgen preguntas y abundan ejemplos de que
asesinos como Garavito que violan y matan a mas de 150 niños,
como Orlando Pelayo que fue capaz de mandar a matar a
su propio hijo de 11 meses resulta cruel, 1. ¿Es entonces justo que
este tipo de personas a pesar de las barbaridades cometidas aun
sigan contando con el derecho a su vida cuando le arrebataron ese
mismo derecho a otro? 2. ¿Defender la sociedad colombiana de
criminales? 3. ¿Disuadir a quien se le fuere aplicar (torturadores,
secuestradores, homicidas, etc.) de hacer mal? 4. ¿Ofrecer una
explicación pública para restaurar el orden establecido? 5. ¿Sería la
pena de muerte una venganza de la sociedad contra una o varias
personas que no quieren acatar el actual ordenamiento? 6. ¿Quién
administraría justicia de forma justa que no pueda a su vez ser
tachado de discriminador? 7. ¿No tendría la sociedad una doble
moral si por un lado genera miseria y por otro lado manda a los
miserables a la pena de muerte? 8. ¿No habría una doble moral si
por un lado se pide legalmente que no haya pena de muerte y por
otro lado se legitime en:... ley de fuga o cuando las autoridades
consideren necesario?
Al afirmar que, una sanción como ésta supondría una justicia infalible;
esto está bien lejos de lo que vivimos en Colombia. Sin que se niegue
la responsabilidad personal de los culpables éstos siempre son en
parte el resultado de la sociedad donde viven; el reducir al reo a
instrumento de ejemplaridad para los otros es una forma de
degradación humana; cuando nuestra intención es la de restaurar el
orden violado nos estamos colocando más bien en una dinámica de
represalia.
Ningún sistema judicial debería violentar este derecho, por lo que el
asesinato de un criminal debe ser entendido como otro acto
irracional e inhumano. No deberían aplicar este castigo a nadie; Y
creo, que en los EEUU, es un instrumento que margina a las minorías
(negros, latinos y pobres en general). La justicia tiene que hacer
justicia, no cometer crímenes.
Mientras en muchos estados de los Estados Unidos la pena de muerte
es aún una sentencia recurrente para aplicar un castigo ejemplar, en
países como Colombia, ésta es imposible de aplicar porque este país
hace parte de la muy alentadora lista de estados abolicionistas de
este castigo, desde 1910; Ochenta y un año después, la constitución
nacional de 1991 en su artículo 11, también lo dejó claro: “El derecho
a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte” lo cual significa
que a pesar de haberse tratado entre los políticos y legisladores no es
de satisfacción popular.
También así lo establecía la constitución 1986, tras la reforma de
finales de la primera década del siglo XX. En Latinoamérica, antes
que en Colombia, ya habían abolido la pena capital, Venezuela en
1863, Costa Rica en 1877, Ecuador en 1906 y Uruguay en 1907, de
acuerdo con un informe publicado en el año 2000 por la
organización civil Amnistía Internacional. En estos países como en
otros abolicionistas en el mundo, un hecho como el referido en el
estado Texas, tampoco podría ser penado con este castigo.
Con frecuencia los países que ya han eliminado la pena de muerte,
o que la contemplan pero sólo para casos supremamente extremos
como en México, y no para aplicarla desde delitos comunes en
adelante como en Estados Unidos, demandan la terminación de esta
práctica por considerarla atentatoria contra el principio fundamental
del derecho a la vida de todo ser humano.
Por mis principios éticos y morales comparto esta opinión y las de
muchas otras personas en el mundo, en el sentido de que este tipo
de penas no se deberían aplicar nunca más por las siguientes
razones:
1. Los sistemas judiciales del mundo no son perfectos porque son
hechos por seres humanos, y aplicados por humanos, lo cual abre la
posibilidad al error judicial. Si la ley no es perfecta ni los humanos
tampoco, entonces los castigos como la pena de muerte pueden ser
producidos obedeciendo a una cadena de errores cometidos
dentro de un proceso.
Si una sentencia de muerte fue aplicada contra una persona
inocente, pero que aparece ante la justicia como culpable o bien
porque el sistema judicial es corrupto, o porque los jueces no son lo
suficientemente morales o éticos, o porque el reo es pobre y no pudo
contar con un calificado derecho a la defensa, o porque el mismo
estado no le garantizó un buen defensor, ¿Es correcto haberle
quitado la vida a esta persona por las aparentes pruebas que lo
incriminaban? ¿En este caso no sería el sistema judicial de ese estado
un sistema asesino? ¿Se podría en alguna medida, mediante un
sistema legal, remediar el daño causado a la familia del sentenciado,
aun cuando sea irredimible la vida del prisionero ejecutado?
¿Tenemos en el mundo sistemas judiciales en donde los jueces no son
sobornables o incorruptibles, o son completamente íntegros moral y
éticamente?
2. En Estados Unidos, y en los otros 86 países del mundo que
contemplan la sentencia de la pena capital, los índices de
criminalidad no se han reducido, y muy por el contrario, las cifras se
han aumentado. Lo cual destruye la hipótesis de que la pena de
muerte instituye una conducta ejemplar en pro del respeto a la vida
y a su vez es un castigo ejemplarizante para los delincuentes, cuyos
efectos no se alcanzan con las condenas que privan la libertad
individual.
“Como medida disuasiva, la pena de muerte no es más efectiva que
la cadena perpetua...También es evidente que el peso de la pena
capital cae sobre los pobres, los ignorantes y los miembros menos
privilegiados de la sociedad” dijo hace varios años en una
conferencia internacional el Juez de la Corte Suprema de los Estados
Unidos, Thurgood Marshall, consciente de los errores en que se puede
incurrir cuando se dicta una sentencia como esta.
3. Las ejecuciones promovidas por los estados en el fondo no hacen
justicia porque socialmente no producen ninguna redención.
¿Redime socialmente a la familia del muerto la ejecución de un reo,
cuando el castigo pudiera ser más ejemplarizante si se le priva de
libertad a éste? La acción de un estado así es degradante, cruel e
inhumana, y viola los derechos fundamentales de las personas, por
muy culpables que éstas sean. El aplicar la sentencia de muerte es
como darle uso a “La ley del Talión”: “del ojo por ojo diente por
diente”, con lo cual se aplica desde el estado un tipo de justicia
apasionada y vengativa.
Por eso y para alcanzar una justicia aferrada al respeto de los
derechos humanos, los líderes de los países del mundo cuyos sistemas
aún contemplan la pena de muerte, pero que son amigos de la paz
y del respeto a la vida, deben ayudar a despertar conciencia de que
no podemos agregar una infamia más al devenir de la historia del
hombre sosteniendo la sentencia capital como la forma
ejemplarizante y de mayor relevancia para castigar a los
delincuentes.
Los periodistas del mundo que se consideran comunicadores de la
paz deben hacer sentir su enfática protesta de ciudadanos del
planeta contra gobiernos, autoridades, grupos terroristas o de
alzados en armas, delincuentes organizados y comunes que
ejecutan judicial o extrajudicialmente a personas, por muy terroristas
o asesinos que les hayan encontrado nuestras muy falibles leyes
humanas. A través de sus notas en radio, televisión, documentales de
cine, periódicos y la misma red de Internet, hagan evidente nuestros
puntos de vista en ese particular.
En conclusión y apreciando ahora la paradoja y la falsedad de estas
posturas y en mi posición propongo que sería sano abrir un debate
nacional y que seamos nosotros, el pueblo, quien decida si queremos
o no la pena de muerte en Colombia para crímenes atroces como
los antes mencionados y no dejar, que algunos congresistas con
fines políticos, definan tal acontecimiento, es derecho del pueblo
hacerlo.
Si no es la pena de muerte la solución, entonces ¿qué? Respondo,
una sociedad más justa, en donde no generemos marginamiento
como subproducto, en donde haya un régimen penitenciario
orientado a la recuperación integral del delincuente, una ética civil
enmarcada en la vivencia de los valores y principios de la nueva
constitución. Solo si dejamos esa actitud farisaica y maniquea que
unos somos buenos y los otros son malos, podremos obrar ética y
socialmente.
A manera de conclusión puedo decir que si continuamos en la Ley
del Talión; aquello del ojo por ojo... el mundo se quedará ciego. La
pena de muerte no es otra cosa que un asesinato legal. Generar
políticas públicas de resocialización que eviten la pena de muerte, y
sobresalga la vida humana. La pena de muerte no es una solución
mágica para los problemas, de ser así, desde décadas atrás ya se
hubiera visto resultados favorables. El problema radica en la
sociedad, la falta del interés de mejorar la está acabando a ella
misma.
BIBLIOGRAFIA
http://es.scribd.com/doc/6543388/Historia-de-La-Pena-de-Muerte
http://catarina.udlap.mx/u_dl_a/tales/documentos/ledf/cervantes
_r_l/capitulo2.pdf
http://www.caracol.com.co/noticias/actualidad/se-desata-en-
colombia-duro-debate-por-pena-de-muerte-y-cadena-
perpetua/20081001/nota/681976.aspx
http://www.unisimoncucuta.edu.co/ellibertador/index.php?option
=com_content&view=article&id=55:pena-de-muerte-y-cadena-
perpetua-para-delitos-execrables&catid=29:principal
TORRES, Almeida Jesús. C. Murillo Toro, Bogotá, El Tiempo, 1984,
Pág. 179

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  • 1. ENSAYO SOBRE LA LEGALIZACION DE LA PENA DE MUERTE EN COLOMBIA PRESENTADO A JENNIFER MARIA MATIN PRESENTADO POR KAREN ALTAMAR VILLARRUEL AREA ELECTIVA II UNIVERSIDAD LIBRE - CARTAGENA PRIMER AÑO DE DERECHO NOCTURNO 2013
  • 2. LEGALIZACIÓN DE LA PENA DE MUERTE EN COLOMBIA “El sistema penal conocido es el más propio para corromper las costumbres. Una legislación que para extinguir el asesinato manda asesinar, entra en un círculo vicioso en que habrá de agotar sus fuerzas sin poder realizar sus propósitos. No se consigue desarrollar el sentido moral con ejemplos que lo conculcan… si esta sociedad fuera cristiana eso bastaría para que no matara. Y si fuera simplemente deísta, no mataría porque Dios no mató a Caín, sino que únicamente lo condenó a esconder su faz de las miradas de los otros hombres, dando así desde el primer crimen el programa de la penalidad social.” Si se reflexiona sobre el ¿Por qué? Escogí este tema fue porque me pareció importante ya que cabe resaltar sobre si de verdad ¿es buena esa ley?, si somos nosotros capaces de decidir la muerte de una persona. Excesivamente se discute hoy en día de que se acepte la la pena de muerte; Esto es un acto que se tenía presente en el principio de las sociedades, la pena de muerte en aquellos tiempos era más una manera de perseguir a quienes estaban en contra de las normas religiosas y posteriormente políticas. Análogamente cabe preguntarse ¿cuáles son las motivaciones para que se apruebe? Para la mayoría de los colombianos es claro el diagnóstico con síntomas y signos concretos: inseguridad, bombas, explosiones, falta de credibilidad en el Estado, en el gobierno, falta de ética civil o de moral religiosa, desaparecidos, secuestros, eliminación de mendigos, de campesinos, de indígenas, de abogados, de policías, de niños, etc. Para algunos son claras las causas de la situación actual: injusticia social, vacío ético, vacío de oportunidades económicas, vacío de comunidad y de familia, vacío moral y sobre todo vacío de Estado. Y como consecuencia incredulidad en el Estado y en sus instituciones. Las consecuencias las vemos todos los días: miedo, retaliaciones,
  • 3. desazón, incertidumbre, injusticia, resentimiento, incredulidad, marginación, etc. Además de la Constitución, la iglesia, el DIH, varias ONG y muchas personas no estamos de acuerdo con un castigo de este tipo debido a muchas razones, entre ellas, los derechos humanos, el respeto a la vida, que la justicia no puede tomar la vida de ninguna persona, que el país se enfrentaría al rechazo de alguna parte de la comunidad internacional, que quizás hayan expulsiones de organizaciones internacionales de derechos humanos, también es cierto que a esas personas, familiares de seres humanos asesinados con barbarie, con humillación, a esos padres de niños que han sido violados y asesinados, secuestrados después de ese acto cruel, a ellos ni la iglesia, ni el DIH, ni ONG, ni mucho menos el autor de semejante acto le devolverá a su ser querido. Sin paradojas es entonces donde planteo que para actos en los que una persona con principios, consciente y madura de sus actos, realice una agresión contra otro ser humano con un hecho de alevosía y sadismo, como por ejemplo violar y matar a un menor de 14 años, sea niño o niña, matar a alguien por robarle un celular, por despojar una persona de su dinero, o por llevar una camiseta de un equipo de fútbol diferente al le gusta a uno, debe ser castigado con la pena de muerte. Volvamos al punto de partida de que si una persona tiene la fortaleza de tomar el derecho más preciado de alguien, y que está tipificado en nuestra constitución el derecho a la vida, entonces debe pagar o retribuir una consecuencia a esa violación de nuestra constitución y de acuerdo a nuestro código penal, y esa violación a un derecho natural de los seres humanos, con su derecho a vivir también. Si las personas no quieren cumplir con la ley por convicción, entonces que lo hagan por temor. Ahora bien, se puede indagar, de donde sale el dinero para mantener en las cárceles a violadores y asesinos, para garantizarle a alguien que decidió matar a otra persona por robarla, sícariarla, violarla, o simplemente por diversión. Cabe investigar que ese dinero sale, en su mayoría de los impuestos que la sociedad paga el cual podría ser utilizado e invertido en la creación de proyectos que garanticen una mejor calidad de vida
  • 4. como por ejemplo nuevas escuelas, restaurantes comunitarios, creación de empresa para garantizarle a nuestra población infantil un mejor desarrollo en alimentación, progresó en la salud y un mejor nivel de educación. Es entonces donde surgen preguntas y abundan ejemplos de que asesinos como Garavito que violan y matan a mas de 150 niños, como Orlando Pelayo que fue capaz de mandar a matar a su propio hijo de 11 meses resulta cruel, 1. ¿Es entonces justo que este tipo de personas a pesar de las barbaridades cometidas aun sigan contando con el derecho a su vida cuando le arrebataron ese mismo derecho a otro? 2. ¿Defender la sociedad colombiana de criminales? 3. ¿Disuadir a quien se le fuere aplicar (torturadores, secuestradores, homicidas, etc.) de hacer mal? 4. ¿Ofrecer una explicación pública para restaurar el orden establecido? 5. ¿Sería la pena de muerte una venganza de la sociedad contra una o varias personas que no quieren acatar el actual ordenamiento? 6. ¿Quién administraría justicia de forma justa que no pueda a su vez ser tachado de discriminador? 7. ¿No tendría la sociedad una doble moral si por un lado genera miseria y por otro lado manda a los miserables a la pena de muerte? 8. ¿No habría una doble moral si por un lado se pide legalmente que no haya pena de muerte y por otro lado se legitime en:... ley de fuga o cuando las autoridades consideren necesario? Al afirmar que, una sanción como ésta supondría una justicia infalible; esto está bien lejos de lo que vivimos en Colombia. Sin que se niegue la responsabilidad personal de los culpables éstos siempre son en parte el resultado de la sociedad donde viven; el reducir al reo a instrumento de ejemplaridad para los otros es una forma de degradación humana; cuando nuestra intención es la de restaurar el orden violado nos estamos colocando más bien en una dinámica de represalia. Ningún sistema judicial debería violentar este derecho, por lo que el asesinato de un criminal debe ser entendido como otro acto irracional e inhumano. No deberían aplicar este castigo a nadie; Y
  • 5. creo, que en los EEUU, es un instrumento que margina a las minorías (negros, latinos y pobres en general). La justicia tiene que hacer justicia, no cometer crímenes. Mientras en muchos estados de los Estados Unidos la pena de muerte es aún una sentencia recurrente para aplicar un castigo ejemplar, en países como Colombia, ésta es imposible de aplicar porque este país hace parte de la muy alentadora lista de estados abolicionistas de este castigo, desde 1910; Ochenta y un año después, la constitución nacional de 1991 en su artículo 11, también lo dejó claro: “El derecho a la vida es inviolable. No habrá pena de muerte” lo cual significa que a pesar de haberse tratado entre los políticos y legisladores no es de satisfacción popular. También así lo establecía la constitución 1986, tras la reforma de finales de la primera década del siglo XX. En Latinoamérica, antes que en Colombia, ya habían abolido la pena capital, Venezuela en 1863, Costa Rica en 1877, Ecuador en 1906 y Uruguay en 1907, de acuerdo con un informe publicado en el año 2000 por la organización civil Amnistía Internacional. En estos países como en otros abolicionistas en el mundo, un hecho como el referido en el estado Texas, tampoco podría ser penado con este castigo. Con frecuencia los países que ya han eliminado la pena de muerte, o que la contemplan pero sólo para casos supremamente extremos como en México, y no para aplicarla desde delitos comunes en adelante como en Estados Unidos, demandan la terminación de esta práctica por considerarla atentatoria contra el principio fundamental del derecho a la vida de todo ser humano. Por mis principios éticos y morales comparto esta opinión y las de muchas otras personas en el mundo, en el sentido de que este tipo de penas no se deberían aplicar nunca más por las siguientes razones: 1. Los sistemas judiciales del mundo no son perfectos porque son
  • 6. hechos por seres humanos, y aplicados por humanos, lo cual abre la posibilidad al error judicial. Si la ley no es perfecta ni los humanos tampoco, entonces los castigos como la pena de muerte pueden ser producidos obedeciendo a una cadena de errores cometidos dentro de un proceso. Si una sentencia de muerte fue aplicada contra una persona inocente, pero que aparece ante la justicia como culpable o bien porque el sistema judicial es corrupto, o porque los jueces no son lo suficientemente morales o éticos, o porque el reo es pobre y no pudo contar con un calificado derecho a la defensa, o porque el mismo estado no le garantizó un buen defensor, ¿Es correcto haberle quitado la vida a esta persona por las aparentes pruebas que lo incriminaban? ¿En este caso no sería el sistema judicial de ese estado un sistema asesino? ¿Se podría en alguna medida, mediante un sistema legal, remediar el daño causado a la familia del sentenciado, aun cuando sea irredimible la vida del prisionero ejecutado? ¿Tenemos en el mundo sistemas judiciales en donde los jueces no son sobornables o incorruptibles, o son completamente íntegros moral y éticamente? 2. En Estados Unidos, y en los otros 86 países del mundo que contemplan la sentencia de la pena capital, los índices de criminalidad no se han reducido, y muy por el contrario, las cifras se han aumentado. Lo cual destruye la hipótesis de que la pena de muerte instituye una conducta ejemplar en pro del respeto a la vida y a su vez es un castigo ejemplarizante para los delincuentes, cuyos efectos no se alcanzan con las condenas que privan la libertad individual. “Como medida disuasiva, la pena de muerte no es más efectiva que la cadena perpetua...También es evidente que el peso de la pena capital cae sobre los pobres, los ignorantes y los miembros menos privilegiados de la sociedad” dijo hace varios años en una conferencia internacional el Juez de la Corte Suprema de los Estados Unidos, Thurgood Marshall, consciente de los errores en que se puede
  • 7. incurrir cuando se dicta una sentencia como esta. 3. Las ejecuciones promovidas por los estados en el fondo no hacen justicia porque socialmente no producen ninguna redención. ¿Redime socialmente a la familia del muerto la ejecución de un reo, cuando el castigo pudiera ser más ejemplarizante si se le priva de libertad a éste? La acción de un estado así es degradante, cruel e inhumana, y viola los derechos fundamentales de las personas, por muy culpables que éstas sean. El aplicar la sentencia de muerte es como darle uso a “La ley del Talión”: “del ojo por ojo diente por diente”, con lo cual se aplica desde el estado un tipo de justicia apasionada y vengativa. Por eso y para alcanzar una justicia aferrada al respeto de los derechos humanos, los líderes de los países del mundo cuyos sistemas aún contemplan la pena de muerte, pero que son amigos de la paz y del respeto a la vida, deben ayudar a despertar conciencia de que no podemos agregar una infamia más al devenir de la historia del hombre sosteniendo la sentencia capital como la forma ejemplarizante y de mayor relevancia para castigar a los delincuentes. Los periodistas del mundo que se consideran comunicadores de la paz deben hacer sentir su enfática protesta de ciudadanos del planeta contra gobiernos, autoridades, grupos terroristas o de alzados en armas, delincuentes organizados y comunes que ejecutan judicial o extrajudicialmente a personas, por muy terroristas o asesinos que les hayan encontrado nuestras muy falibles leyes humanas. A través de sus notas en radio, televisión, documentales de cine, periódicos y la misma red de Internet, hagan evidente nuestros puntos de vista en ese particular. En conclusión y apreciando ahora la paradoja y la falsedad de estas posturas y en mi posición propongo que sería sano abrir un debate nacional y que seamos nosotros, el pueblo, quien decida si queremos o no la pena de muerte en Colombia para crímenes atroces como
  • 8. los antes mencionados y no dejar, que algunos congresistas con fines políticos, definan tal acontecimiento, es derecho del pueblo hacerlo. Si no es la pena de muerte la solución, entonces ¿qué? Respondo, una sociedad más justa, en donde no generemos marginamiento como subproducto, en donde haya un régimen penitenciario orientado a la recuperación integral del delincuente, una ética civil enmarcada en la vivencia de los valores y principios de la nueva constitución. Solo si dejamos esa actitud farisaica y maniquea que unos somos buenos y los otros son malos, podremos obrar ética y socialmente. A manera de conclusión puedo decir que si continuamos en la Ley del Talión; aquello del ojo por ojo... el mundo se quedará ciego. La pena de muerte no es otra cosa que un asesinato legal. Generar políticas públicas de resocialización que eviten la pena de muerte, y sobresalga la vida humana. La pena de muerte no es una solución mágica para los problemas, de ser así, desde décadas atrás ya se hubiera visto resultados favorables. El problema radica en la sociedad, la falta del interés de mejorar la está acabando a ella misma.