2. SUNAT
Modalidades
Tipo Base o Básico – Art. 1°
Modalidades Autónomas – Art. 2°
Modalidad Atenuada – Art. 3°
Tipo Autónomo Agravado – Art. 4°
Delito Contable – Art. 5°
3. SUNAT
Tipo Subjetivo – EL DOLO
El sujeto que realiza el tipo objetivo
debe obrar con conciencia y voluntad
de defraudar a la Hacienda,
causándole un perjuicio patrimonial
importante, sin que sea necesario que
conozca exactamente la cuantía
defraudada, además deberá conocer
su condición de deudor tributario.
(IGNACIO BERDUGO)
4. SUNAT
TIPO BASE – Art. 1°
Tipo Objetivo
Comportamiento exigido:
Realización de cualquier artificio, engaño,
astucia, ardid u otra forma fraudulenta.
Formas del hecho punible:
Acciones u omisiones
Resultado:
Determinación falsa de la obligación
tributaria
5. SUNAT
Esquema del Tipo Base
Presentación de Omisión a la presentación
Declaraciones de la Declaración o a la
Tributarias con inscripción en los
información falsa Registros de la
Administración Tributaria
Determinación Falsa de la Obligación
Tributaria o Falta de determinación de la
referida Obligación.
6. SUNAT
Condición Objetiva de
Punibilidad
Condición prevista
Determinación de en el artículo 1° para
una menor otorgar relevancia
obligación tributaria penal al
o su anulación comportamiento
realizado
Determinación de un
mayor saldo a favor Comportamiento
o mayor pérdida atípico dentro del
respecto a la que Tipo Base
debió determinarse
7. SUNAT
MODALIDADES AUTÓNOMAS - I
Tipo Objetivo
Comportamiento exigido:
Ocultar bienes, ingresos o rentas - Art. 2° inciso a)
1ra Parte.
No entregar al acreedor tributario el monto de las
retenciones o percepciones de tributos
efectuadas - Art. 2° inciso b)
Formas del hecho punible:
Comportamientos alternativos por omisión propia
Resultado:
Determinación falsa de la obligación tributaria para
anular o reducir el tributo a pagar
8. SUNAT
MODALIDADES AUTÓNOMAS - II
Tipo Objetivo
Comportamiento exigido:
Consignar pasivos total o parcialmente falsos -
Art. 2° inciso a) 2da Parte.
Formas del hecho punible:
Acción
Resultado:
Determinación falsa de la obligación tributaria
para anular o reducir el tributo a pagar
9. SUNAT
Características de la modalidad
del Art. 2° inciso a)
Ocultar ingresos,
rentas, bienes en
las Declaraciones Para anular o reducir
Tributarias o el tributo por pagar
consignar pasivos
total o parcialmente
falsos
Sólo se puede realizar mediante la presentación
de la correspondiente Declaración Tributaria o el
correspondiente Balance General.
Se puede realizar mediante acción u omisión.
Debe existir tributo omitido.
10. SUNAT
Características de la modalidad
del Art. 2° inciso b)
No entregar las
retenciones o Basta el hecho de no
percepciones entregar
efectuadas
Puede realizarse presentando o sin presentar
la Declaración Tributaria.
Necesariamente tiene que haberse efectuado
la retención o percepción.
Se consuma con la simple omisión.
11. SUNAT
TIPO ATENUADO – Art. 3°
Tipo Objetivo
Comportamiento exigido:
Realizar las conductas previstas en el artículo 1° y
2°.
Formas del hecho punible:
Acción u omisión
Resultado:
Determinación falsa de la obligación tributaria para
dejar de pagar los tributos por un monto que no
exceda las 5 UIT durante un ejercicio gravable
(tributos de liquidación anual) o doce meses
(tributos de liquidación mensual)
12. SUNAT
TIPO AUTÓNOMO AGRAVADO –
Art. 4° inc. a) 1ra parte
Tipo Objetivo
Comportamiento exigido:
Simular la existencia de hechos
Formas del hecho punible:
Acción u omisión
Resultado:
Obtención Indebida de Exoneraciones o
Inafectaciones.
13. SUNAT
Esquema del Tipo Autónomo
Agravado – Art. 4° inc. a) 1ra
Parte
Simular hechos, no
necesariamente Obtención
dentro de un Indebida de
procedimiento exoneraciones o
administrativo, para inafectaciones,
la obtención de producto de la
determinados simulación de
beneficios hechos.
14. SUNAT
TIPO AUTÓNOMO AGRAVADO –
Art. 4° inc. a) 2da parte
Tipo Objetivo
Comportamiento exigido:
Simular la existencia de hechos
Formas del hecho punible:
Acción
Resultado:
Obtención Indebida de Saldo a Favor o
Crédito Fiscal.
15. SUNAT
Esquema del Tipo Autónomo
Agravado – Art. 4° inc. a) 2da
Parte
Obtención
Presentación de Indebida de Saldo
declaraciones a Favor o Crédito
tributarias con Fiscal, producto
información falsa de la simulación
de hechos.
16. SUNAT
TIPO AUTÓNOMO AGRAVADO –
Art. 4° inc. a) 3ra parte
Tipo Objetivo
Comportamiento exigido:
Simular la existencia de hechos
Formas del hecho punible:
Acción
Resultado:
Obtención Indebida de Reintegros,
Compensaciones, Devoluciones, Beneficios
o Incentivos Tributarios.
17. SUNAT
Esquema del Tipo Autónomo
Agravado – Art. 4° inc. a) 3ra
Parte
Simular hechos, lo Obtención Indebida
cual supone de Reintegros,
relacionarse con la Compensaciones,
Administración Devoluciones,
Tributaria dentro de Beneficios o
un procedimiento Incentivos
administrativo, para Tributarios.,
la obtención de producto de la
determinados simulación de
beneficios hechos.
18. SUNAT
TIPO AUTÓNOMO AGRAVADO –
Art. 4° inc. b)
Tipo Objetivo
Comportamiento exigido:
Simular o provocar estados de insolvencia
patrimonial
Formas del hecho punible:
Acción
Resultado:
Hacer imposible la cobranza de los
tributos.
19. SUNAT
Condición Objetiva de
Punibilidad
Condición prevista en
Una vez iniciado el el artículo 4° inciso b)
procedimiento de para otorgar relevancia
verificación y/o penal al
fiscalización comportamiento
realizado
20. SUNAT
DELITO CONTABLE – Art. 5°
Tipo Objetivo:
Sujeto Activo:
Obligado a llevar libros y registros contables.
Comportamientos Alternativos Exigidos:
1. Incumpla totalmente dicha obligación.
2. Dejar de anotar actos, operaciones, ingresos.
3. Realizar anotaciones de cuentas, asientos, cantidades,
nombres y datos falsos.
4. Destruir u ocultar total o parcialmente los libros y/o
registros contables o los documentos vinculados con la
tributación.
Formas básicas del hecho punible:
Acciones u omisiones