Planificacion Anual 2do Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
La accesion
1. REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
LA PROPIEDAD.
JOSE LUIS GONZALEZ RODRIGUEZ. 19.424.377
2. LA PROPIEDAD.
Es un poder directo e inmediato
sobre un objeto o bien, por la que
se atribuye a su titular la capacidad
de disponer del mismo, sin más
limitaciones que las que imponga la
ley.
Es el derecho real que implica el
ejercicio de las facultades
jurídicas más amplias que el
ordenamiento jurídico concede
sobre un bien.
TEORÍAS.
IUS UTENDI IUS
FRUENDI
IUS ABUTENDI
Es el derecho de uso sobre la
cosa. El propietario tiene el
derecho a servirse de la cosa
para sus intereses y de acuerdo
con la función social del derecho,
siempre y cuando esas
conductas no violen preceptos
legales ya establecidos o causen
lesiones a los derechos de otros
propietarios.
derecho de goce sobre la cosa.
En su virtud, el propietario
tiene el derecho de aprovechar
y disponer los frutos o
productos que genere el bien.
La regla general es que el
propietario de una cosa es
también propietario de todo
aquello que la cosa produzca,
con o sin su intervención.
es el derecho de disposición
sobre la cosa. El propietario,
bajo la premisa de que la cosa
está bajo su dominabilidad
(poder de hecho y voluntad de
posesión), puede hacer con ella
lo que quiera, incluyendo
dañarla o destruirla (disposición
material)
3. CLASIFICACIÓN.
POR
SUJETO.
POR
NATURALEZA.
POR OBJETO.
•Pública, si corresponde a
la colectividad en general.
•Individual, si el derecho lo
ejerce un solo individuo
•Colectiva privada, cuando
el derecho es ejercido por
varias personas
•Propiedad muebles, si puede
transportarse en de un lugar a
otro.
•Propiedad inmueble, o bienes
raíces o fincas son las que no
pueden transportarse de un lugar
a otro
•Propiedad corporal, la que tiene
un ser real y puede ser percibida
por los sentidos, como una casa,
un libro, entre otros
•Propiedad de bienes
destinados al
consumo
•Propiedad de bienes
de producción
MODOS DE ADQUIRIR LA PROPIEDAD.
•A título universal.
•A título oneroso y gratuito.
•Originarios.
•Derivados.
4. LA OCUPACIÓN.
un modo de adquirir la propiedad de las cosas que carecen de
dueño, y consiste en su aprehensión material unida al ánimo de
adquirir el dominio es decir pasan a ser de otro por el solo hecho
de ocuparla
CLASIFICACIÓN
•Ocupación de cosas animadas, esto es, la pesca y la
caza.
•Ocupación de cosas inanimadas, que recibe distintos
nombres como invención o hallazgo.
FUNDAMENTO LEGAL.
El fundamento legal de la
ocupación, van de articulo 797
hasta el 805 de el código civil
venezolano.
5. LA ACCESIÓN
La accesión es un modo originario de adquirir
la propiedad, tanto mueble como inmueble.