2. EL NCPP
La función del nuevo
diseño procesal penal
peruano, busca la
redefinición del conflicto
producido por la comisión
de hecho que constituye
delito
3. LA LITIGACIÓN ORAL
La litigación oral es un ejercicio profundamente
estratégico en la que cada parte (Fiscal y Defensor)
diseña su caso y desarrolla una estrategia en aras de
para hacer prevalecer su versión ante el Juez. Es en
este contexto donde surge la teoría del caso
4. Etapas del proceso de acuerdo con el Código de Procedimientos
Penales y el nuevo Código Procesal Penal
Código de Procedimientos
Penales Código Procesal Penal
La primera es la llamada
La primera etapa del investigación preparatoria
proceso penal, la
«instrucción»
La segunda etapa es
llamada etapa intermedia
La segunda etapa
del proceso penal es
La tercera y última etapa,
el juicio oral, llamada juzgamiento
5. Actores que intervienen en el Proceso
Penal
El Fiscal es el encargado de la investigación
preliminar, con la importante diferencia de que
ésta no forma parte del proceso penal
propiamente dicho y, por consiguiente, sus
conclusiones serán consideradas sólo como
información relevante para el juez instructor
El Fiscal se constituye como el único
responsable de las investigaciones para
eterminar la apertura o no de la acusación
EL FISCAL
penal contra el imputado
6. FISCALIA
Noticia Criminal / Denuncia
Diligencias Preliminares
Calificación:
•Denuncia
•Informe Policial
•Diligencias Preliminares
Disposiciones:
•De Archivo
•Formalización y Continuación de Investigación
Diligencias de la Investigación Preparatoria
7. el juez se dedica sólo al
juzgamiento y no a la
investigación. Así, el juez, para
efectos de la probanza de los
hechos, sólo se pronuncia
sobre las medidas limitativas
de derechos que requieran
orden judicial.
El juez instructor volverá a
efectuar el íntegro de la
investigación realizada por el
fiscal y en el marco del
proceso penal, podrá coincidir
o discrepar con lo establecido
por el fiscal.
EL JUEZ
8. JUEZ DE LA INV. PREPARATORIA
Medidas limitativas de
derechos o coerción
procesal
•Personales
•Reales
Rol de Tutela
Búsqueda de pruebas y
restricción de derechos
Procedencia o
improcedencia de
diligencias de
investigación
Prueba anticipada
Audiencia de Control de Plazos
9. JUEZ DE LA INV. PREPARATORIA
Requerimiento Fiscal de Sobreseimiento
•Audiencia de Control del Requerimiento de Sobreseimiento.
Acusación
•Audiencia de control de la acusación
Notificación de la Acusación a los otros sujetos
procesales, objeciones y pedidos
Auto de Enjuiciamiento
10. Ventajas del nuevo modelo
Garantiza la
inmediación
Oralidad
Promueve la
Permite la publicidad
transparencia del proceso
penal
11. Separación de funciones
• La delimitación de las funciones que establece el NCPP,
otorgándoles a los fiscales la labor de investigar y a los
jueces la de juzgar, ha permitido evitar supuestos de
duplicidad de funciones y lograr mayor eficiencia y
especialización en la tarea de administrar justicia
12. Celeridad
• Las partes procesales deben exponer
sus argumentos de manera oral. Así,
los escritos —denuncias,
contestaciones, presentación de
pruebas y demás—, que exigían a los
jueces horas de lectura y a las partes
días de trabajo, han perdido toda
vigencia y ya no suponen una demora
innecesaria
13. Características de la Reforma
Reforma y
Oralidad e modelo
inmediación acusatorio,
garantizador
Principalidad
Fases
del juicio
preparatoria
público y
e intermedia
oral
14. Ponderación en el Proceso
Información,
aporte de la
Afirmaciones de misma. Diferencia
las partes y entre actos de
probanza de lo investigación y
afirmado actos de prueba
Presunción de Valoración judicial
inocencia y del resultado de la
actividad actividad
probatoria probatoria