linea de tiempo .evolución histórica de los derechos humanos
Día internacional de las personas con discapacidad.
1. José María Olayo olayo.blogspot.com
Igualdad de
oportunidades
para una vida
independiente
2. José María Olayo olayo.blogspot.com
La Población mundial la componemos siete mil millones
de personas, de las que más de mil millones viven con
algún tipo de discapacidad (una de cada siete).
3. José María Olayo olayo.blogspot.com
Más de cien millones de personas con discapacidad son niños,
que tienen cuatro veces más posibilidades de ser
víctimas de algún tipo de violencia.
4. José María Olayo olayo.blogspot.com
Un 80% de las personas
con discapacidad viven
en los países en desarrollo.
5. José María Olayo olayo.blogspot.com
El 50% de las personas
con discapacidad en
el mundo no tienen
acceso a la sanidad.
6. José María Olayo olayo.blogspot.com
El número de personas con discapacidad está creciendo.
Esto es debido al envejecimiento de la población -las
personas ancianas tienen un mayor riesgo de discapacidad-
y al incremento global de los problemas crónicos de salud
asociados a discapacidad, como la diabetes, las
enfermedades cardiovasculares y los trastornos mentales.
7. José María Olayo olayo.blogspot.com
Las características de la discapacidad en un país concreto están
influidas por las tendencias en los problemas de salud y en los
factores ambientales y de otra índole, como los accidentes
de tráfico, las catástrofes naturales, los conflictos,
los hábitos alimentarios y el abuso de sustancias.
8. José María Olayo olayo.blogspot.com
Las personas con discapacidad, la «minoría más amplia del mundo»,
suelen tener menos oportunidades económicas, peor acceso
a la educación y tasas de pobreza más altas.
9. José María Olayo olayo.blogspot.com
Eso se debe principalmente a la falta de servicios que les puedan
facilitar la vida (como acceso a la información o al transporte)
y porque tienen menos recursos para defender sus derechos.
10. José María Olayo olayo.blogspot.com
A estos obstáculos cotidianos se suman la discriminación
social y la falta de legislación adecuada para
proteger a las personas con discapacidad.
11. José María Olayo olayo.blogspot.com
La Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad reconoce que la existencia de estas
barreras es un componente esencial de su marginación.
12. José María Olayo olayo.blogspot.com
La Convención subraya que la discapacidad es un concepto
evolutivo «resultado de la interacción de las personas con
disfunciones y de problemas de actitud y de entorno
que socavan su participación en la sociedad».
13. José María Olayo olayo.blogspot.com
160 países han firmado la Convención sobre los
Derechos de las Personas con Discapacidad.
14. José María Olayo olayo.blogspot.com
La Convención pretende alcanzar un objetivo concreto: promover,
proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos
los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas
con discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente.
15. José María Olayo olayo.blogspot.com
Los conceptos fundamentales de respeto de la dignidad
inherente y la autonomía de las personas con discapacidad,
la no discriminación, la participación, la inclusión, la igualdad
y la accesibilidad son los que orientan la interpretación de
las obligaciones contenidas en la Convención.
16. José María Olayo olayo.blogspot.com
El artículo 4 sobre Obligaciones
generales, explicita que entre otras
cosas, los Estados Partes deben
examinar y revisar la legislación,
promover bienes, servicios e
instalaciones de diseño universal,
y elaborar políticas y programas
para hacer efectiva la Convención
y consultar en ese proceso a
personas con discapacidad.
17. José María Olayo olayo.blogspot.com
La accesibilidad y la inclusión de las personas con discapacidad
son derechos fundamentales reconocidos por la Convención.
Son las condiciones sin las cuales no pueden disfrutar
de sus otros derechos.
18. José María Olayo olayo.blogspot.com
El artículo 5 sobre Igualdad y
no discriminación, expone que
los Estados Partes deben prohibir
toda discriminación por motivos
de discapacidad.
19. José María Olayo olayo.blogspot.com
Las personas con discapacidad tienen derecho a igual
protección legal y a beneficiarse de la ley en igual medida,
lo que exige a los Estados Partes adoptar todas las medidas
pertinentes para asegurar la realización de ajustes razonables.
Esas medidas no se consideran discriminatorias.
20. José María Olayo olayo.blogspot.com
El artículo 6 relativo a las mujeres con discapacidad, explicita que
estas están sometidas a múltiples formas de discriminación.
21. José María Olayo olayo.blogspot.com
Los Estados Partes deben adoptar todas las´medidas pertinentes
para asegurar el pleno desarrollo, adelanto y potenciación de
la mujer, con el propósito de garantizarle el ejercicio y goce
de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
22. José María Olayo olayo.blogspot.com
El artículo 7 versa sobre los niños con discapacidad.
Los Estados Partes deben actuar de acuerdo con el principio
del interés superior del niño, y asegurar que todos los niños
con discapacidad gocen de todos los derechos en igualdad de
condiciones y el derecho del niño a expresar su opinión
libremente sobre todas las cuestiones que le afecten.
23. José María Olayo olayo.blogspot.com
El artículo 8 se refiere a la toma de conciencia. Los Estados Partes
deben promover la toma de conciencia acerca de los derechos de las
personas con discapacidad, utilizando los canales de comunicación
apropiados, como los medios de comunicación, los sistemas
educativos, las campañas de sensibilización del público
y programas de formación sobre sensibilización.
24. José María Olayo olayo.blogspot.com
Respecto a la accesibilidad, los Estados Partes deben velar
porque los servicios de comunicación e información, el transporte,
los edificios y otras estructuras estén diseñados y construidos
de forma que las personas con discapacidad puedan
utilizarlos, acceder a ellos o alcanzarlos.
25. José María Olayo olayo.blogspot.com
El artículo 10 se refiere al derecho a la vida. Los Estados Partes
deben adoptar todas las medidas necesarias para garantizar
el goce efectivo de ese derecho por las personas con
discapacidad en igualdad de condiciones con las demás.
26. José María Olayo olayo.blogspot.com
De acuerdo con el artículo 19, las personas con discapacidad
tienen derecho a vivir de forma independiente y
a ser incluido en la comunidad.
27. José María Olayo olayo.blogspot.com
Los Estados Partes deben velar por que las personas con discapacidad
puedan vivir de forma autónoma en la comunidad y sean
incluidas en ésta con las mismas oportunidades de
acceso a las instalaciones y los servicios comunitarios.
28. José María Olayo olayo.blogspot.com
Respecto a la movilidad personal, el artículo 20 explicita que
los Estados Partes deben adoptar medidas efectivas para
asegurar que las personas con discapacidad gocen de
movilidad personal con la mayor independencia posible ...
29. José María Olayo olayo.blogspot.com
... y facilitar su acceso a dispositivos de asistencia, tecnologías de
apoyo y ayudas para la movilidad, formas de asistencia humana
y animal y capacitación en habilidades relacionadas con la
movilidad, y ponerlos a su disposición a un costo asequible.
30. José María Olayo olayo.blogspot.com
El artículo 27 se refiere al trabajo y el empleo. Los Estados Partes
deben promover el ejercicio del derecho al trabajo y adoptar
medidas pertinentes, entre otras cosas, para promover el empleo
en el sector privado y velar por que se realicen ajustes razonables
en el lugar de trabajo. Los Estados Partes deben emplear a
personas con discapacidad en el sector público.
31. José María Olayo olayo.blogspot.com
La Agenda 2030 se compromete a «no dejar a nadie atrás».
Las personas con discapacidades, como beneficiarios y como agentes
de cambio, pueden acelerar el avance hacia un desarrollo inclusivo
y sostenible, así como promover unas sociedades resilientes para
todos, incluidos los ámbitos de la reducción del riesgo de desastres
y la acción humanitaria, además del desarrollo urbano.
32. José María Olayo olayo.blogspot.com
Es necesario que los gobiernos, las personas con discapacidades
y las organizaciones que las representan, las instituciones
académicas y el sector privado, trabajen en equipo para
alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible.