MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
DEBERES, DERECHOS Y GARANTIAS CONSTITUCIONES
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICERRECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS POLÍTICAS Y JURÍDICA
ESCUELA DE DERECHO
DERECHO CONSTITUCIONAL
DERECHO, DEBERES Y GARANTIAS
Jeannette Sánchez
C.I: 10828432
Sección : C SAIA
2. CONCEPTOS ÁMBITO JURÍDICO
Son facultades que la Constitución reconoce a los habitantes
del país para que puedan vivir con dignidad. Al estar así
reconocidas, los habitantes pueden exigir su respeto.
Es una norma impositiva, coactiva, tac sativa, que esta
escrito, tiene sanciones y es de obligatorio cumplimiento.
Los Derechos Civiles: Regula el derecho a la libertad personal, en el numeral 1 del artículo 44, en el cual consagra
la garantía que tienen los ciudadanos de no poder ser arrestados sin orden judicial previa, estableciendo como
excepción a los delitos cometidos en flagrancia, en cuyo caso será llevado ante la autoridad competente en un
tiempo que no exceda las cuarenta y ocho horas a partir del momento de la detención.
En cuanto a los Derechos Civiles, la carta magna en sus artículos 43 al 61 menciona los siguientes: Derecho a la
Vida; Libertad Personal; Integridad física, psíquica y moral; hogar y recinto privado es inviolable; secreto de las
comunicaciones; debido proceso; Defensa y asistencia Jurídica.
Los Derechos Políticos: Son el conjunto de condiciones que posibilitan al ciudadano participar en la vida política,
constituyendo la relación entre el ciudadano y el Estado. En la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela Los derechos políticos son mencionados en los artículos 62 al 72.
Derecho a la Vivienda:
Toda persona tiene derecho a una vivienda adecuada, segura, cómoda, higiénica, con servicios esenciales que
incluyan un hábitat que humanice las relaciones familiares, vecinales y comunitarias. La satisfacción progresiva de
este derecho es obligación compartida ente los ciudadanos y el Estado en todos sus ámbitos.
Derecho a la Salud:
Más que consagrar el derecho a la salud se ignora el principio de la alteridad creando una ilusión de garantía de
salud imposible de hacerse efectiva. La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo
garantiza como parte del derecho a la vida.
Derechos Económicos:
En la CRBV se establece en el art. 112 la Libertad Económica.
DERECHOS
3. CONCEPTOS ÁMBITO JURÍDICO
El conjunto de obligaciones, ya sea de orden legal, o convencional,
que todo ciudadano debe cumplir, y del cumplimiento de estas
obligaciones dependerá el funcionamiento de la Sociedad.
Es lo que se espera que una persona cumpla, pero que no
necesariamente tiene una forma coactiva para su cumplimiento
La Constitución Nacional establece e impone una serie de Deberes
que deben ser cumplidos por todos los venezolanos:
Deberes para Con La Patria: El deber de honrar y defender la
Nación. El deber de honrar y defender los Símbolos Patrios.
Deberes Sociales: El deber de cumplir con las responsabilidades
sociales. Por ejemplo, en caso de una calamidad. El deber de
participar en la vida política, civil y comunitaria de la Nación. El
deber natural de protección de los derechos humanos.
El deber de pagar los impuestos, tasas y contribuciones que
imponga el Fisco Nacional. El deber de prestar el servicio militar o
civil de forma voluntaria. El deber de prestar la colaboración en las
funciones electorales cuando el Estado solicite de ellas. El servicio
que deben prestar los egresados universitarios a La Comunidad bajo
las condiciones que determine La Ley.
DEBERES
4. GARANTÍAS
CONCEPTOS ÁMBITO JURÍDICO
Son mecanismos creados por la constitución para que
los titulares de ciertos derechos fundamentales puedan
ejercerlos y hacerlos respetar. Por ejemplo: Acción de
amparo (Art. 43), Defensa en juicio (Art. 18) u otras.
De las Garantías:
Derecho a la Vivienda
El Derecho a la vivienda (Art. 82 CBV) se garantiza para todas las personas, debiendo ser una vivienda
higiénica, cómoda, segura, adecuada, con servicios básicos. El Estado se compromete a garantizar las
facilidades para que las familias y en especial las de escasos recursos económicos puedan tener acceso a
una vivienda, ello a través de créditos públicos y otras políticas sociales.
De las Garantías:
Derechos de las Familias
En cuanto a las garantías para la protección de la familia (Art. 75 CBV), después de señalarse en la
prescripción jurídica los principios conforme a los cuales el Estado pretende se fundamenten las relaciones
familiares, el Estado se obliga a garantizar protección al padre, a la madre, o a quienes ejerzan la jefatura
de la familia, lo que evidentemente constituye una norma programática cuyas garantías habrán de
desarrollarse en una ley que regule la materia.
Las Garantías Constitucionales: Afectan derechos que pueden considerarse básicos para el desarrollo
de una sociedad. Estos derechos son a la propiedad privada, a la libertad, a trabajar, a la integridad física,
etc. Para que la protección de estos derechos sea mucho más que una declaración de deseos, se
establecen mecanismos que permiten que sean protegidos de forma rápida en todo momento.