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 DERECHO INTERNACIONAL
 Olenka Lislot Saldaña Moncayo
 ABOGADA
DERECHO INTERNACIONAL

 Conjunto   de normas y principios de carácter
 imperativo, elaborados con la finalidad de regular las
 conductas humanas para lograr el equilibrio entre las
 relaciones del hombre que traspasan las fronteras
 territoriales de los Estados
DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO

 Es el conjunto de normas y principios de aplicación
 general que tienen por objeto regular la conducta de
 los Estados y las organizaciones internacionales y de
 sus relaciones recíprocas, al igual que algunas de sus
 relaciones con otras personas naturales o jurídicas
INTRUMENTOS NORMATIVOS
            INTERNACIONALES DEL (DIP)

Las que vinculan con el derecho a un ambiente sano
 Declaración Universal de los Derechos Humanos.
 Declaración Americana de Derechos y Deberes del
  Hombre.
 Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
 Pacto Internacional de Derechos Económicos,
  Sociales y Culturales
 Convención Americana sobre Derechos Humanos.
 Carta de la Organización de Estados Americanos
SUJETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (DIP)




 Los Estados
 Los Organismos Internacionales (ONU, UNESCO,
  OMS, OIT, etc).
 Comunidades No Estatales (Iglesia católica,
  comunidades nativas)
 Las personas. (La humanidad)
 Organizaciones No Gubernamentales
  Internacionales
FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO


 Las Convenciones Internacionales
 La Costumbre Internacional
 Principios Generales del Derecho Ambiental
    Internacional
   Jurisprudencia internacional
   Las declaraciones.
   Las Resolusiones.
   Las Recomendaciones
PRINCIPIOS DEL DIP

   Principio de igualdad jurídica de los estados.
   Principio de dignidad humana
   Principio de soberanía de los estados
   Principio de arreglo pacífico de las controversias
   Principio de prohibición de la amenaza y el uso de la fuerza.
   Principio de mantenimiento de la paz y seguridad
    internacionales.
   Principio de libre determinación de los pueblos.
   Principio de cooperación internacional.
   Principio de buena fe.
   Principio de abuso del derecho
   Principio de derecho internacional
PRINCIPIOS PARA LA INTERPRETACIÓN DE LOS
                      TRATADOS


 Principio de sentido ordinario y natural de los
    términos del tratado.
   Principio de contexto.
   Principio de conformidad con el objeto y fin del
    tratado
   Principio de conducta ulterior.
   Principio de efecto útil
   Principio de trabajos preparatorios
   Obligatoriedad de los principios de interpretación.
CARACTERISTICAS DEL DIP

 Ausencia de un órgano legislador centralizado
 Ausencia de un órgano jurisdiccional obligatorio
 Ausencia de un órgano sancionador o coactivo
 Coexistencia de normas generales y particulares
 Presencia de una misma norma en fuentes diversas
 Derecho de Coordinación
FUNDAMENTOS DEL DIP

 Teorías subjetivistas:
Doctrina de la Autolimitación
Doctrina de la Voluntad Común
Doctrina de la Delegación del derecho interno
Doctrina de la voluntad de la comunidad internacional
Teorías Objetivas

 Doctrina positivista
 Doctrina sociológica o solidarista francesa.
 Doctrina jusnaturalista
Las que vinculan a un ambiente sano y al desarrollo
                    sostenible

 Declaración de principios y recomendaciones para la
    acción de la Conferencia de las NNUU sobre el Medio
    Humano (Estocolmo 1972)
   Carta Mundial de la Naturaleza (1982)
   Declaración sobre el Desarrollo (1987)
   Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas
    sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (Río 1992)
   Declaración de Viena (1993)
   Cumbre Social (1995)
   Declaración del Milenio 2000 y los objetivos de
    desarrollo
   Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible (2002)
LEGISLACIÓN INTERNACIONAL AMBIENTAL

 Normas    reguladoras de conductas humanas,
 destinadas a lograr un ambiente saludable y un
 desarrollo sostenible. Existen normas transversales,
 otras destinadas al recurso natural (ley del recurso
 hídrico), otras hacia algunos elementos naturales
 (defensa civil), otras a regular el impacto ambiental
 de las actividades sectoriales, los derechos de
 vecindad     (ruidos,    vibraciones,   emanaciones,
 molestias análogas, otras para tutelar la salud
 pública.
PRINCIPIOS DEL DERECHO AMBIENTAL
                  INTERNACIONAL


 Principio   de responsabilidades comunes pero
  diferenciadas.
 Principio de soberanía y responsabilidad ambiental.
 Principio de evaluación de impacto ambiental
 Principio de notificación oportuna de impactos
  transfronterizos.
PRINCIPIOS    DEL           DERECHO          AMBIENTAL
INTERNACIONAL


 Principio de respeto a la realidad de cada país.
 Principio de cooperación para la prevención del daño
  ambiental y su reparación.
 Principio de coordinación institucional eficaz.
 Principio de desarrollo sostenible.
CONVENIOS
INTERNACIONALES DEL
  MEDIO AMBIENTE
ACUERDOS AMBIENTALES
             MULTILATERALES

Los Tratados Internacionales con incidencia ambiental
 constituyen una fuente importante de Derecho
 Ambiental Internacional y contribuyen a la
 generación de las políticas ambientales nacionales de
 cada                                          nación
 en este tema.
Cada país ha suscrito gran parte de los tratados
 internacionales sobre medio ambiente, los que han
 sido ratificados por cada país y debidamente
 promulgados (publicados).
ALGUNOS ACUERDOS SON:

 Convenio       de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos
    Persistentes.
   Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología
   Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento
    Fundamentado aplicable a ciertos Plaguicidas y Productos Químicos
    peligrosos, objeto de comercio internacional.
   Protocolo de Kioto.
   Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación
    en los países afectados por sequía grave o desertificación, en
    particular en África.
ALGUNOS ACUERDOS SON:



 Convenio sobre Diversidad Biológica.
 Convención Marco de las Naciones Unidas sobre
  Cambio Climático.
 Convenio de Basilea para el Control de los
  Movimientos Transfronterizos de Desechos
  Peligrosos y su Eliminación.
 Convención para la Protección de la flora, la fauna
  y las bellezas escénicas naturales de América.
 Convenio Internacional para la regulación de la
  caza de la ballena.
 Convenio de Viena para la Protección de la Capa de
  Ozono
•Protocolo de Montreal relativo a las sustancias
  agotadoras de la capa de ozono.
•Declaración de Santa Cruz de la Sierra.
• Cumbre para la tierra.
• Programa 21.
• Cumbre de Rio.
• Cumbre de Johannesburgo.
• Acuerdo internacional de Copenhague.
TRATADO ANTÁRTICO


•Convenio sobre zonas húmedas de Importancia Internacional,
  especialmente como hábitat de aves acuáticas.
•Convención sobre Conservación de Focas Antárticas
•Convención sobre el Comercio Internacional de Especies
  Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre.
•Convenio sobre la conservación de especies migratorias de la
  fauna salvaje
•Convención para la Conservación de los Recursos Vivos
  Marinos Antárticos
•Convenio para la protección del medio ambiente y la zona
  costera del Pacífico Sudeste
•Acuerdo sobre la cooperación regional para el combate contra
  la contaminación del Pacífico Sudeste por hidrocarburos y
  otras sustancias nocivas en caso de emergencia
LEGISLACIÓN INTERNACIONAL PARA LA
         PROTECCIÓN DEL AGUA

 Convenio de Oslo (1972)
 Convención de Ginebra (1958)
 Convenio de Paris (1974)
 La Carta del Agua (1968) Principio 10º y 12º
 Declaración de Dublin sobre Agua y Desarrollo
  Sostenible celebrada en Dublin, Irlanda (1992)
 II Foro Mundial de La Haya (2000)
CLASIFICACIÓN DEL AGUA

 Agua desalinizada.    Agua mineral
 Agua distrófica.      Agua oligotrófica
 Agua dulce.           Agua potable
 Agua dura.            Agua residual
 Agua eutrófica        Agua subterránea
 Agua fósil            Agua superficial
 Agua freática         Agua fina
PARA PROMOVER EL
       DESARROLLO SOSTENIBLE

 Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el
    Desarrollo (1992)
   Programa 21. (1992)
   Declaración de Naerobi (1997 – PNUMA)
   Declaración Ministerial de Miami (2003)
   La cumbre de educación para el Desarrollo
    Sostenible (Johannesburgo 2002)
   Protocolo sobre la protección del medio ambiente del
    Tratado Antártico.
IMPACTOS EN EL AGUA

                             ALTERACIONES
ALTERACIONES FÍSICAS
                             QUÍMICAS
                              pH = ácidos (CO2, ácido sulfúrico,
 Color                          ácidos húmicos, carbonato de calcio.
                                Oígeno disuelto (OD), Nivel de
 Olor                           oxígeno.
                                 Materia orgánica         biodegradable
 Sabor                      
                                 (DBO),      cantidad     de    oxígeno
                                 requerido para la biodegradación.
 Temperatura                   Nitrógeno      y   fósforo:    Causan
                                 eutrofización.
 Materiales en suspensión      Aniones, cloruros, nitratos,
 Radiactividad                 Cationes : indica salinidad.
                                Compuestos orgánicos: aceites y
 Espumas                        grasas.

 Dureza del agua
LEGISLACIÓN INTERNACIONAL SOBRE
          IMPACTO AMBIENTAL

 Metas y principios de la Evaluación de Impacto
  Ambiental – Decisión 14/25 del PNUMA (1987).
 Declaración del Río sobre el Medio Ambiente y el
  Desarrollo (1992).
TIPOS DE IMPACTO AMBIENTAL

       TIPOS                               NIVELES

 Molestos                        Impacto Ambiental
 Peligrosas                         compatible.
 Nocivas                           Impacto Ambiental
                                     crítico
 Insalubre
                                    Impacto Ambiental
 En el elemento natural.            moderado.
 En el ecosistema.                 Impacto Ambiental
 En la salud y vida                 visual o paisajístico.
  humanas.                          Emergencia Ambiental
 En la vida animal y vegetal.      Impacto Global
 En el patrimonio
LEGISLACIÓN INTERNACIONAL REFERIDA A
          LA CONTAMINACIÓN

 Convención Marco de las Naciones Unidad sobe
  Cambio Climático (1992)
 Convenio de Vienna para la protección de la capa de
  ozono (1985)
 Protocolo de Kyoto de la convención marco de las
  Naciones Unidad sobre el cambio climático. Reducir
  las emisiones se gases que provocan el calentamiento
  global.
 Metas y Principios de la Evaluación de Impacto
  Ambiente (Decisión 14/25 PNUMA) 1987
CONTAMINACIÓN

CUANDO ALTERA EL   CUANDO ALTERA LOS
ELEMENTO           PROCESOS ECOLÓGICOS

                      Ecosistema terrestre.
 Agua                Ecosistema marítimo
 Suelo               El Clima
                      Estaciones
 Aire                Biodiversidad
                      Cálidos
 Paisaje             Húmedos
 fauna               Gélidos.
                      Templados.
 flora               Tropicales
                      Efecto invernadero
                      Calentamiento global
LEGISLACIÓN INTERNACIONAL SOBRE
            BIODIVERSIDAD

 El Principio de Soberanía Estatal sobre los Recursos
  Naturales Propios.
 Programa de Naciones Unidas para el Medio
  Ambiente PNUMA.
 Sistema de Control Global del Medio Ambiente (142
  Estados) brinda información sobre clima, atmósfera,
  océanos, rrnn, contaminación transfronteriza y
  otros.
 Declaración de Cancún de países megadiversos
  afines.- Intercambiar información y armonizar
  legislaciones
RECURSOS Y RESERVAS

      RECURSOS                       RESERVAS

 Energéticos                De caza
                             Energética
 Hídricos                   Experimental
                             Forestal
 Hídricos subterráneos      Hídrica
 Minerales                  Subterránea
                             Mineral
 Naturales                  Natural
 No renovables              Natural gestionada
                             Natural integral
 Renovables                 Paisajística
 geotérmicos                Reservas de la biósfera
LEGISLACIÓN INTERNACIONAL SOBRE
               RESIDUOS

 Convenio de Brasilea:
 El Convenio de Basilea establece normas destinadas
 a controlar a nivel internacional los movimientos
 transfronterizos y la eliminación de residuos
 peligrosos para la salud humana y el medio
 ambiente.
CLASIFICACIÓN DE LOS RESIDUOS

 Hospitalario o clínico    Radiactivo
 De envase                 Tóxico
 Forestal                  Urbano
 Industrial                Municipal
 Inerte                    Orgánico
 Minero                    Inorgánico
 Peligroso                 Doméstico
 Reciclable                Reutilizable
 Inflamable                ´Sólidos, líquidos,
                             gaseosos
FINALIDAD DE LOS ACUERDOS O TRATADOS

 Estos acuerdos fueron desarrollados con el fin de
 preservar el medio ambiente de la Tierra, la
 Organización de las Naciones Unidas trabaja con
 intensidad para lograr acuerdos internacionales que
 ayuden a preservar y respetar el medio ambiente,
 como el mejor legado o herencia que la humanidad
 puede dejar a generaciones futuras.
IMPLEMENTACIÓN


 Operan primordialmente por medio de políticas, estatutos y
  programas nacionales. Pueden surgir un número de
  situaciones bajo la legislación nacional en las que un tratado
  es ratificado por un estado y provoca una obligación de
  implementación.
 Primero, el tratado en cuestión puede ser practicado y acorde
  completamente con las leyes internas, y en consecuencia ser
  implementado         exactamente       como       una       ley
  interna.
 Segundo, paralelamente el tratado puede requerir que el
  gobierno realice un seguimiento, un informe de las
  condiciones ambientales de la degradación de los recursos
  naturales .
 Tercero, el tratado puede requerir un cambio material en la
  legislación.
SOSTENIBLE"


 Este concepto quiere decir el hecho de lograr el
 mayor desarrollo de los pueblos sin poner en peligro
 el                medio                   ambiente.
 Para ello se creó, en 1972, el Programa de las
 Naciones Unidas sobre el Medio ambiente
 (PNUMA), que se encarga de promover actividades
 medioambientales y crear conciencia entre la
 población sobre la importancia de cuidar el medio
 ambiente.
cual se adoptó:


-El "PROGRAMA 21.
-Se definieron los derechos y deberes de los
Estados en materia de medio ambiente.
-Se abordaron las cuestiones relacionadas con:
-La protección de los bosques.
-El cambio climático y la diversidad biológica.
-Las     poblaciones     de    peces  migratorias.
- La desertificación.
-El desarrollo sostenible de los Estados Insulares
(islas).
SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS

 Semejanzas    y    diferencias     entre   Derecho
 Internacional Público y Privado: Se semeja en cuanto
 a que ambos descansan en la comunidad jurídica
 internacional, en la coexistencia pacífica de los
 pueblos y en la búsqueda de la seguridad jurídica.
DIFERENCIAS

 En cuanto a sus diferencias se pueden mencionar
 que el público se refiere a los Estados y sus
 relaciones entre sí, a las organizaciones
 internacionales intergubernamentales y en algunos
 caos muy concretos al individuo (caso de los
 derechos humanos, por ejemplo); el privado se ocupa
 de los límites en el espacio del poder legislativo en su
 ejercicio nacional e interior.
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  • 1.  DERECHO INTERNACIONAL  Olenka Lislot Saldaña Moncayo  ABOGADA
  • 2. DERECHO INTERNACIONAL  Conjunto de normas y principios de carácter imperativo, elaborados con la finalidad de regular las conductas humanas para lograr el equilibrio entre las relaciones del hombre que traspasan las fronteras territoriales de los Estados
  • 3. DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO  Es el conjunto de normas y principios de aplicación general que tienen por objeto regular la conducta de los Estados y las organizaciones internacionales y de sus relaciones recíprocas, al igual que algunas de sus relaciones con otras personas naturales o jurídicas
  • 4. INTRUMENTOS NORMATIVOS INTERNACIONALES DEL (DIP) Las que vinculan con el derecho a un ambiente sano  Declaración Universal de los Derechos Humanos.  Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre.  Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos  Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales  Convención Americana sobre Derechos Humanos.  Carta de la Organización de Estados Americanos
  • 5. SUJETOS DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO (DIP)  Los Estados  Los Organismos Internacionales (ONU, UNESCO, OMS, OIT, etc).  Comunidades No Estatales (Iglesia católica, comunidades nativas)  Las personas. (La humanidad)  Organizaciones No Gubernamentales Internacionales
  • 6. FUENTES DEL DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO  Las Convenciones Internacionales  La Costumbre Internacional  Principios Generales del Derecho Ambiental Internacional  Jurisprudencia internacional  Las declaraciones.  Las Resolusiones.  Las Recomendaciones
  • 7. PRINCIPIOS DEL DIP  Principio de igualdad jurídica de los estados.  Principio de dignidad humana  Principio de soberanía de los estados  Principio de arreglo pacífico de las controversias  Principio de prohibición de la amenaza y el uso de la fuerza.  Principio de mantenimiento de la paz y seguridad internacionales.  Principio de libre determinación de los pueblos.  Principio de cooperación internacional.  Principio de buena fe.  Principio de abuso del derecho  Principio de derecho internacional
  • 8. PRINCIPIOS PARA LA INTERPRETACIÓN DE LOS TRATADOS  Principio de sentido ordinario y natural de los términos del tratado.  Principio de contexto.  Principio de conformidad con el objeto y fin del tratado  Principio de conducta ulterior.  Principio de efecto útil  Principio de trabajos preparatorios  Obligatoriedad de los principios de interpretación.
  • 9. CARACTERISTICAS DEL DIP  Ausencia de un órgano legislador centralizado  Ausencia de un órgano jurisdiccional obligatorio  Ausencia de un órgano sancionador o coactivo  Coexistencia de normas generales y particulares  Presencia de una misma norma en fuentes diversas  Derecho de Coordinación
  • 10. FUNDAMENTOS DEL DIP  Teorías subjetivistas: Doctrina de la Autolimitación Doctrina de la Voluntad Común Doctrina de la Delegación del derecho interno Doctrina de la voluntad de la comunidad internacional
  • 11. Teorías Objetivas  Doctrina positivista  Doctrina sociológica o solidarista francesa.  Doctrina jusnaturalista
  • 12. Las que vinculan a un ambiente sano y al desarrollo sostenible  Declaración de principios y recomendaciones para la acción de la Conferencia de las NNUU sobre el Medio Humano (Estocolmo 1972)  Carta Mundial de la Naturaleza (1982)  Declaración sobre el Desarrollo (1987)  Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (Río 1992)  Declaración de Viena (1993)  Cumbre Social (1995)  Declaración del Milenio 2000 y los objetivos de desarrollo  Cumbre Mundial sobre Desarrollo Sostenible (2002)
  • 13. LEGISLACIÓN INTERNACIONAL AMBIENTAL  Normas reguladoras de conductas humanas, destinadas a lograr un ambiente saludable y un desarrollo sostenible. Existen normas transversales, otras destinadas al recurso natural (ley del recurso hídrico), otras hacia algunos elementos naturales (defensa civil), otras a regular el impacto ambiental de las actividades sectoriales, los derechos de vecindad (ruidos, vibraciones, emanaciones, molestias análogas, otras para tutelar la salud pública.
  • 14. PRINCIPIOS DEL DERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL  Principio de responsabilidades comunes pero diferenciadas.  Principio de soberanía y responsabilidad ambiental.  Principio de evaluación de impacto ambiental  Principio de notificación oportuna de impactos transfronterizos.
  • 15. PRINCIPIOS DEL DERECHO AMBIENTAL INTERNACIONAL  Principio de respeto a la realidad de cada país.  Principio de cooperación para la prevención del daño ambiental y su reparación.  Principio de coordinación institucional eficaz.  Principio de desarrollo sostenible.
  • 17. ACUERDOS AMBIENTALES MULTILATERALES Los Tratados Internacionales con incidencia ambiental constituyen una fuente importante de Derecho Ambiental Internacional y contribuyen a la generación de las políticas ambientales nacionales de cada nación en este tema. Cada país ha suscrito gran parte de los tratados internacionales sobre medio ambiente, los que han sido ratificados por cada país y debidamente promulgados (publicados).
  • 18. ALGUNOS ACUERDOS SON:  Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes.  Protocolo de Cartagena sobre Seguridad de la Biotecnología  Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado aplicable a ciertos Plaguicidas y Productos Químicos peligrosos, objeto de comercio internacional.  Protocolo de Kioto.  Convención de las Naciones Unidas de lucha contra la desertificación en los países afectados por sequía grave o desertificación, en particular en África.
  • 19. ALGUNOS ACUERDOS SON:  Convenio sobre Diversidad Biológica.  Convención Marco de las Naciones Unidas sobre Cambio Climático.  Convenio de Basilea para el Control de los Movimientos Transfronterizos de Desechos Peligrosos y su Eliminación.  Convención para la Protección de la flora, la fauna y las bellezas escénicas naturales de América.  Convenio Internacional para la regulación de la caza de la ballena.
  • 20.  Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono •Protocolo de Montreal relativo a las sustancias agotadoras de la capa de ozono. •Declaración de Santa Cruz de la Sierra. • Cumbre para la tierra. • Programa 21. • Cumbre de Rio. • Cumbre de Johannesburgo. • Acuerdo internacional de Copenhague.
  • 21. TRATADO ANTÁRTICO •Convenio sobre zonas húmedas de Importancia Internacional, especialmente como hábitat de aves acuáticas. •Convención sobre Conservación de Focas Antárticas •Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestre. •Convenio sobre la conservación de especies migratorias de la fauna salvaje •Convención para la Conservación de los Recursos Vivos Marinos Antárticos •Convenio para la protección del medio ambiente y la zona costera del Pacífico Sudeste •Acuerdo sobre la cooperación regional para el combate contra la contaminación del Pacífico Sudeste por hidrocarburos y otras sustancias nocivas en caso de emergencia
  • 22. LEGISLACIÓN INTERNACIONAL PARA LA PROTECCIÓN DEL AGUA  Convenio de Oslo (1972)  Convención de Ginebra (1958)  Convenio de Paris (1974)  La Carta del Agua (1968) Principio 10º y 12º  Declaración de Dublin sobre Agua y Desarrollo Sostenible celebrada en Dublin, Irlanda (1992)  II Foro Mundial de La Haya (2000)
  • 23. CLASIFICACIÓN DEL AGUA  Agua desalinizada.  Agua mineral  Agua distrófica.  Agua oligotrófica  Agua dulce.  Agua potable  Agua dura.  Agua residual  Agua eutrófica  Agua subterránea  Agua fósil  Agua superficial  Agua freática  Agua fina
  • 24. PARA PROMOVER EL DESARROLLO SOSTENIBLE  Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992)  Programa 21. (1992)  Declaración de Naerobi (1997 – PNUMA)  Declaración Ministerial de Miami (2003)  La cumbre de educación para el Desarrollo Sostenible (Johannesburgo 2002)  Protocolo sobre la protección del medio ambiente del Tratado Antártico.
  • 25. IMPACTOS EN EL AGUA ALTERACIONES ALTERACIONES FÍSICAS QUÍMICAS  pH = ácidos (CO2, ácido sulfúrico,  Color ácidos húmicos, carbonato de calcio.  Oígeno disuelto (OD), Nivel de  Olor oxígeno. Materia orgánica biodegradable  Sabor  (DBO), cantidad de oxígeno requerido para la biodegradación.  Temperatura  Nitrógeno y fósforo: Causan eutrofización.  Materiales en suspensión  Aniones, cloruros, nitratos,  Radiactividad  Cationes : indica salinidad.  Compuestos orgánicos: aceites y  Espumas grasas.  Dureza del agua
  • 26. LEGISLACIÓN INTERNACIONAL SOBRE IMPACTO AMBIENTAL  Metas y principios de la Evaluación de Impacto Ambiental – Decisión 14/25 del PNUMA (1987).  Declaración del Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo (1992).
  • 27. TIPOS DE IMPACTO AMBIENTAL TIPOS NIVELES  Molestos  Impacto Ambiental  Peligrosas compatible.  Nocivas  Impacto Ambiental crítico  Insalubre  Impacto Ambiental  En el elemento natural. moderado.  En el ecosistema.  Impacto Ambiental  En la salud y vida visual o paisajístico. humanas.  Emergencia Ambiental  En la vida animal y vegetal.  Impacto Global  En el patrimonio
  • 28. LEGISLACIÓN INTERNACIONAL REFERIDA A LA CONTAMINACIÓN  Convención Marco de las Naciones Unidad sobe Cambio Climático (1992)  Convenio de Vienna para la protección de la capa de ozono (1985)  Protocolo de Kyoto de la convención marco de las Naciones Unidad sobre el cambio climático. Reducir las emisiones se gases que provocan el calentamiento global.  Metas y Principios de la Evaluación de Impacto Ambiente (Decisión 14/25 PNUMA) 1987
  • 29. CONTAMINACIÓN CUANDO ALTERA EL CUANDO ALTERA LOS ELEMENTO PROCESOS ECOLÓGICOS  Ecosistema terrestre.  Agua  Ecosistema marítimo  Suelo  El Clima  Estaciones  Aire  Biodiversidad  Cálidos  Paisaje  Húmedos  fauna  Gélidos.  Templados.  flora  Tropicales  Efecto invernadero  Calentamiento global
  • 30. LEGISLACIÓN INTERNACIONAL SOBRE BIODIVERSIDAD  El Principio de Soberanía Estatal sobre los Recursos Naturales Propios.  Programa de Naciones Unidas para el Medio Ambiente PNUMA.  Sistema de Control Global del Medio Ambiente (142 Estados) brinda información sobre clima, atmósfera, océanos, rrnn, contaminación transfronteriza y otros.  Declaración de Cancún de países megadiversos afines.- Intercambiar información y armonizar legislaciones
  • 31. RECURSOS Y RESERVAS RECURSOS RESERVAS  Energéticos  De caza  Energética  Hídricos  Experimental  Forestal  Hídricos subterráneos  Hídrica  Minerales  Subterránea  Mineral  Naturales  Natural  No renovables  Natural gestionada  Natural integral  Renovables  Paisajística  geotérmicos  Reservas de la biósfera
  • 32. LEGISLACIÓN INTERNACIONAL SOBRE RESIDUOS  Convenio de Brasilea: El Convenio de Basilea establece normas destinadas a controlar a nivel internacional los movimientos transfronterizos y la eliminación de residuos peligrosos para la salud humana y el medio ambiente.
  • 33. CLASIFICACIÓN DE LOS RESIDUOS  Hospitalario o clínico  Radiactivo  De envase  Tóxico  Forestal  Urbano  Industrial  Municipal  Inerte  Orgánico  Minero  Inorgánico  Peligroso  Doméstico  Reciclable  Reutilizable  Inflamable  ´Sólidos, líquidos, gaseosos
  • 34. FINALIDAD DE LOS ACUERDOS O TRATADOS  Estos acuerdos fueron desarrollados con el fin de preservar el medio ambiente de la Tierra, la Organización de las Naciones Unidas trabaja con intensidad para lograr acuerdos internacionales que ayuden a preservar y respetar el medio ambiente, como el mejor legado o herencia que la humanidad puede dejar a generaciones futuras.
  • 35. IMPLEMENTACIÓN  Operan primordialmente por medio de políticas, estatutos y programas nacionales. Pueden surgir un número de situaciones bajo la legislación nacional en las que un tratado es ratificado por un estado y provoca una obligación de implementación.  Primero, el tratado en cuestión puede ser practicado y acorde completamente con las leyes internas, y en consecuencia ser implementado exactamente como una ley interna.  Segundo, paralelamente el tratado puede requerir que el gobierno realice un seguimiento, un informe de las condiciones ambientales de la degradación de los recursos naturales .  Tercero, el tratado puede requerir un cambio material en la legislación.
  • 36. SOSTENIBLE"  Este concepto quiere decir el hecho de lograr el mayor desarrollo de los pueblos sin poner en peligro el medio ambiente. Para ello se creó, en 1972, el Programa de las Naciones Unidas sobre el Medio ambiente (PNUMA), que se encarga de promover actividades medioambientales y crear conciencia entre la población sobre la importancia de cuidar el medio ambiente.
  • 37. cual se adoptó: -El "PROGRAMA 21. -Se definieron los derechos y deberes de los Estados en materia de medio ambiente. -Se abordaron las cuestiones relacionadas con: -La protección de los bosques. -El cambio climático y la diversidad biológica. -Las poblaciones de peces migratorias. - La desertificación. -El desarrollo sostenible de los Estados Insulares (islas).
  • 38. SEMEJANZAS Y DIFERENCIAS  Semejanzas y diferencias entre Derecho Internacional Público y Privado: Se semeja en cuanto a que ambos descansan en la comunidad jurídica internacional, en la coexistencia pacífica de los pueblos y en la búsqueda de la seguridad jurídica.
  • 39. DIFERENCIAS  En cuanto a sus diferencias se pueden mencionar que el público se refiere a los Estados y sus relaciones entre sí, a las organizaciones internacionales intergubernamentales y en algunos caos muy concretos al individuo (caso de los derechos humanos, por ejemplo); el privado se ocupa de los límites en el espacio del poder legislativo en su ejercicio nacional e interior.