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UNIVERSIDAD CENTRAL DE CHILE
FACULTAD DE INGENIERIA
ESCUELA DE ESCUELA DE OBRAS CIVILES Y CONSTRUCCIÓN
ESTUDIO DEL IMPACTO SOBRE EL CONTEXTO
SOCIAL Y ECONÓMICO DEL EMPLAZAMIENTO
DE DIFERENTES TIPOS DE ANTENAS
CELULARES EN LA COMUNA DE LA FLORIDA
MEMORIA PARA OPTAR AL TÍTULO DE INGENIERO EN CONSTRUCCIÓN
Profesor Guía
Sr. Jaime Arriagada
Profesor Informante
Sr. Eduardo Sepúlveda
LEONARDO RODRIGO RODRIGUEZ TORRES
JORGE DAVID TELLO VILLARROEL
Mayo 2015
Santiago-Chile
i
DEDICATORIA
A mi hermosa, esforzada y paciente familia quienes me acompañan en
este camino.
Leonardo Rodríguez
A mis Padres, por toda la ayuda brindada desde siempre, a mi
compañero Leonardo por ser un pilar fundamental en finiquitar éste
proceso.
Jorge Tello Villarroel
ii
AGRADECIMIENTOS
A nuestro profesor guía Sr. Jaime Arriagada, gran apoyo en el
desarrollo de este estudio.
A las empresas e instituciones que brindaron su valiosa información
en pos del desarrollo de este estudio.
A la Universidad Central de Chile quien entrego las herramientas para
este desarrollo intelectual, profesional y personal.
iii
ÍNDICE DE ILUSTRACIONES..............................................................................iv
RESUMEN.............................................................................................................v
CAPÍTULO 1: ANTECEDENTES GENERALES.................................................. 1
1.1 Introducción ..............................................................................................................1
1.2 Propósitos.................................................................................................................2
1.3 Objetivos....................................................................................................................2
1.3.1 Objetivo General.....................................................................................................2
1.3.2 Objetivos Específicos..............................................................................................3
1.4 Hipótesis....................................................................................................................3
1.5 Alcances....................................................................................................................3
CAPÍTULO 2: MARCO TEÓRICO........................................................................ 5
2.1 Marco Histórico..........................................................................................................5
2.2 Marco Teórico...........................................................................................................7
2.3 Normativas Generales Que Regulan La Construcción...............................................9
2.4 Permisos Involucrados Para La Ejecución De Este Tipo De Obras.........................11
2.5 Tipos De Estructuras, Diseños................................................................................20
2.5.1 Base Para Propuestas Y Modelos Existentes. ......................................................22
2.5.2 Estructura Del Catalogo........................................................................................24
2.5.3 Modelos De Antenas Con Diseños No Naturales..................................................26
2.6 Flujograma De Procesos.......................................................................................28
2.7 Contexto Internacional ..........................................................................................42
2.8 Antecedentes Sobre La Devaluación De Propiedades..........................................55
CAPITULO 3 : DESARROLLO ...........................................................................61
3.1 Encuesta.................................................................................................................61
3.2 Devaluación De Propiedades..................................................................................78
3.3 Análisis De Costos Para Distintos Tipos De Antenas..............................................91
CAPÍTULO 4: CONCLUSIONES.......................................................................102
ANEXOS...........................................................................................................105
iv
ÍNDICE DE ILUSTRACIONES
Ilustración 1, Modelo de aviso de Instalación.................................................................12
Ilustración 2, Imágenes estructuras de 21 metros........................................................195
Ilustración 3, Plano tipo Torre ......................................................................................156
Ilustración 4, Mapa zonas Saturadas Comuna de La Florida año 2015 .......................169
Ilustración 5, Estructura soportante..............................................................................210
Ilustración 6, Planta Típica Radioestación con Monoposte. ...........................................21
Ilustración 7, Planta Típica Radiestación con Torre Autosoportada ...............................21
Ilustración 8, Planta Típica Radiestación con Torre ventada..........................................22
Ilustración 9, Tramite para definir diseño .....................................................................202
Ilustración 10, Modelos de antenas con diseños naturales ...........................................25
Ilustración 11, Modelos Naturales: Palmeras.................................................................25
Ilustración 12, Modelos Artificiales: Postes. ...................................................................26
Ilustración 13, Modelos Artificiales: Varios.....................................................................26
Ilustración 14, Modelos Artificiales: Varios ....................................................................27
Ilustración 15, Ficha antenas disponibles en catalogo. .................................................27
Ilustración 16, Flujograma de gestiones para desarrollo ................................................40
Ilustración 17, Plano N°1 ENTEL, Subgerencia de adquisición de sitios........................63
Ilustración 18, Perímetro de la Comuna de La Florida ..................................................64
Ilustración 19, Plano sector saturado zona Perpetua Freire...........................................64
Ilustración 20, antena Comuna de La Florida................................................................82
Ilustración 21, Ubicación antena colindante a casa tasador ..........................................85
Ilustración 22, Antena contraventada .........................................................................92
Ilustración 23, Antena Autosoportada .………………………………………………..……92
Ilustración 24, Antena Monoposte ............................................................................92
Ilustración 25, Antena Monoposte Palmera....................................................................92
Ilustración 26, inscripción tasador Minvu .....................................................................105
Ilustración 27, Mail respaldo Tasador Esteban Soto ....................................................106
Ilustración 28, Mail respaldo Corredora de propiedades ..............................................106
Ilustración 29, Mail respaldo Tasador Tinsa.................................................................107
v
RESUMEN
El trabajo de Título presentado a continuación surge de la motivación en
investigar acerca de las antenas celulares que están hoy en día instaladas a lo
largo de nuestro país, conocer las leyes vigentes y el contexto de como son y han
sido instaladas en zonas urbanas. Para especificar y acotar ésta investigación, se
realizó dentro de la comuna de La Florida al ser ésta un sector con varias zonas
saturadas de antenas para celulares, lo que permite de forma empírica conocer
sobre el impacto que las estructuras provocan en la población, determinando que
los diseños de camuflaje ofrecidos por las empresas de telefonía no son
suficientes para aminorar las repercusiones que tienen las antenas en desmedro
de los vecinos, respondiendo al rechazo generalizado de la población hacia estas
estructuras, el cual quedó de manifiesto a través de una consulta ciudadana y a
otros profesionales que están dentro del área que confirman los resultados.
Finalmente con los resultados obtenidos y expuestos, junto con la información
resultante por medio de la investigación realizada que abarcan tanto costos como
normativas vigentes, permiten proponer medidas que podrían aminorar el impacto
de estas estructuras en las zonas donde son emplazadas.
1
CAPÍTULO 1: ANTECEDENTES GENERALES
1.1 INTRODUCCIÓN
El presente proyecto está orientado a explorar el amplio desarrollo que
ha tenido la industria de telefonía celular, capitalizada a través de estructuras
soportantes de antenas y su influencia en el costo de las propiedades
cercanas, asunto controversial si se observa el cambio que han tenido estas
estructuras, con regulaciones que han ido cambiando e implantándose, a la
par con la demanda que han experimentado estos soportes para cumplir
con las necesidades actuales.
La gestión realizada por las empresas de telefonía para cumplir con las
condiciones establecidas por los entes reguladores, no ha sido simple, ya
que en este caso, por un lado está la exigencia de los usuarios de contar
con buenos servicios para sus comunicaciones y por otro lado, nadie quiere
ver interferido su entorno cercano con estas megas estructuras. Bajo el
contexto expuesto, nos interesa cómo han evolucionado estos soportes en
su forma desde que comenzaron a construirse, llegando hoy en día a
amoldarse en las zonas urbanas, con diseños “amigables” casi
desapercibidos.
A lo largo de éste proyecto, se explorarán las Normas Nacionales que
permiten la construcción de estas estructuras, también si el “camuflaje” o la
arquitectura detrás de éstas antenas con formas de columnas, palmeras u
2
otras, nos permiten analizar y luego interpretar si tienen un fin de integración
en las zonas urbanas o solo de no alarmar a los pobladores de que les están
construyendo antenas. Queremos saber qué pasa con la devaluación
económica de viviendas a las que les construyen antenas y las de sus
vecinos, generalmente los más resistivos a esta situación.
A partir de un análisis tanto económico y a la vez de factibilidad técnica,
queremos saber por qué no optar por diseños arquitectónicos que se
adapten a las zonas urbanas.
1.2 PROPÓSITOS
La instalación de antenas a una población, ya que potencialmente se
cree que sólo razones de salud son las que motivan a las personas en negar
éste tipo de instalaciones, desconociendo que tal vez esto también implique
una afección económica al momento de requerir realizar una venta o
arriendo de su bien raíz.
1.3 OBJETIVOS
1.3.1 Objetivo general:
Estudiar la repercusión que ha tenido la construcción y el diseño de
distintas estructuras soportantes de antenas celulares en el ámbito social y
económico de un sector de la comuna de La Florida en Santiago de Chile,
3
considerando cuánto afecta a los vecinos y cuánto puede disminuir el valor
del terreno de una vivienda colindante.
1.3.2 Objetivos específicos:
1. Estudiar las regulaciones y leyes (Ley 20.599 y 18.168) involucradas en este
tipo de obras.
2. Confeccionar un análisis socio - económico que considere las distintas
alternativas de antenas existentes.
3. Determinar mediante una encuesta de opinión a la comunidad, sobre las
consecuencias y perjuicios que les conlleva tener una antena para celular
instalada cercana a su vivienda.
1.4 HIPÓTESIS
 Si las estructuras soportantes de antenas no son construidas con un diseño
que se adapte a las zonas urbanas entonces se verá afectará social y
económicamente el sector donde son emplazadas.
1.5 ALCANCES
Se estudiará un sector de la comuna de La Florida, en la Región
Metropolitana, resaltando condicionantes dadas por Decretos Municipales
que hagan referencia a la construcción de antenas para celulares que
puedan ser adicionales a las descritas en la norma Nacional.
4
La información plasmada estará orientada al ámbito técnico, social y
económico, abarcando en el área técnica solo la construcción y no
componentes en el tema de calidad señales, ésta sólo se considerará en el
tema social. Dentro del ámbito social, se tomará en cuenta la opinión de la
comunidad sin que esto involucre una evaluación social del proyecto.
5
CAPÍTULO 2: MARCO TEÓRICO
2.1 MARCO HISTÓRICO
El 3 de abril de 1973 se presenta el primer teléfono celular del mundo, un
prototipo del Motorola DynaTAC 8000x - un aparato que pesaba 790 gramos,
medía 33 cm de alto y que tenía una gran antena. Se marcó un número y el
teléfono se conectó a una antena que Motorola había instalado sobre el
techo de un edificio, y luego con las líneas terrestres de telefonía de la
compañía AT&T, para cursar el primer llamado (1).
Telefonía móvil como tal en Chile no hubo hasta el último tercio de los 80,
cuando existía un mercado con varias compañías tratando de entregar
cobertura de norte a sur del país tras la licitación del espectro de
radiofrecuencias llevado adelante durante el régimen militar.
En el tiempo la comunicación mediante ondas de radio ha tenido un
crecimiento extremadamente importante. Y con este auge ha surgido la
pregunta si las ondas de radiofrecuencia podrían tener efectos nocivos en la
salud. Muchos estudios se han realizado en esta materia y aunque no se
han llegado a resultados consistentes, las empresas de telefonía móvil han
debido enfrentar diferentes problemas al instalar torres de telefonía celular
1
Fuente: Munizaga, 2013
6
en ambientes urbanos. Uno de los aspectos que preocupa a la población
son estos posibles efectos en la salud. Sin embargo, otro aspecto importante
son los efectos estéticos de las torres que sostienen a las antenas celulares.
Una de las razones por las que esto ha generado polémica es que, al
carecer las torres de sentido estético, las propiedades en su entorno podrían
tender a devaluarse.
Hoy en día se observa un pequeño esfuerzo pero una pobre imaginación
en las contribuciones estéticas. En la realidad debería ser lo contrario. Las
compañías de celulares deberían aprovechar esta oportunidad para
contribuir con “arte” a la ciudad. Por ejemplo se podría llamar a arquitectos
a diseñar torres de celulares más estéticas y que aun así funcionen como
estaciones base. Esto permitiría calmar los miedos de quienes aborrecen la
presencia de torres cerca de sus casas o lugares de trabajo.
Al proveer el espacio público de arte se agrega un valor tanto al lugar como
a las comunidades. Por ejemplo a través de obras como torres con relojes,
obeliscos, campanarios, etc.
Existen diferentes alternativas que permiten “disfrazar” una torre. Esto ya
es conocido en Chile en algunas torres disfrazadas típicamente de palmeras.
Sin embargo se requiere un esfuerzo mayor de las empresas en entregar un
producto de mejor calidad, por ejemplo una palmera más realista y acorde a
la realidad chilena.
En lo que respecta a la Normativa que establece los parámetros que
regulan la actividad, se puede indicar que es amplia en lo referente a las
7
telecomunicaciones, ya que abarca desde la instalación física de la
radioestaciones hasta el control de emisiones.
2.2 MARCO TEÓRICO
La implementación por parte de las empresas operadoras de
telecomunicaciones de estructuras soportantes de antenas adaptadas al
entorno con el objeto de causar un impacto social minimizado en la población
colindante a la radioestación, podría permitir que estas estructuras sean
aceptadas más fácilmente dentro del entorno urbano, no existe
documentación exacta dispuesta a abarcar este tema que pueda darnos una
base teórica de donde basarnos, los principales estudios corresponden a
análisis realizados por las propias compañías operadoras o por la autoridad
competente como la Subsecretaria de Telecomunicaciones, quien ha
gestionado y ha sido participe en el desarrollo de los distintos instructivos y
reglamentos que controlan la actividad, las leyes asociadas a este desarrollo
son la Ley N° 20.599 con sus artículos 116 bis F, G,H e I, las cuales han sido
agregadas a la antigua ley 20.599(2) para regularizar propiamente tal las
zonas donde las estructuras son instaladas, donde el bis I define una zona
urbana saturada. “Las torres soporte de antenas y sistemas radiantes de
transmisión de telecomunicaciones podrán instalarse en áreas urbanas y
rurales, debiendo en ambos casos sujetarse a lo dispuesto en este artículo y
2 Oficial, 2012
8
en los artículos 116 bis F, 116 bis G, 116 bis H y 116 bis I de esta ley, según
sea el caso”(3)
Para estos efectos se entenderá que las torres de antenas y sistemas
radiantes de transmisión de telecomunicaciones corresponden al conjunto
específico de elementos soportantes de una antena y sistema radiante de
transmisión de telecomunicaciones. Por su parte, la antena y el sistema
radiante de transmisión de telecomunicaciones corresponden a aquel
dispositivo a que se refiere el artículo 19 bis de la Ley General de
Telecomunicaciones.
Una fuente importante serán los actores relevantes, como son las
empresas constructoras de antenas y las dueñas de éstas, ya que para
realizar cualquier análisis debemos considerar que no todas las antenas
ubicadas en un mismo radio corresponden a la misma empresa, son varias
las empresas de telecomunicaciones pero no todas construyen, ya que
también están los arriendos de señales de compañías más pequeñas a otras
más grandes, para nuestro análisis de costos y factibilidad es muy
importante acudir a ellos mediante entrevistas personales.
Si bien Chile no es precursor en éste tipo de tecnología, por lo cual se han
ido adaptando normativas extranjeras y experiencias de otros países en éste
marco es indispensable, a pesar de que éste proyecto de título es para saber
3 Ref: Telecomunicaciones, 2012
9
dónde estamos y en que estamos, ejemplos de países más avanzados nos
permiten realizar una conjetura para saber hacia dónde vamos y en qué nos
encontramos respecto a estándares internacionales.
2.3 NORMATIVAS GENERALES QUE REGULAN LA CONSTRUCCIÓN
Las principales leyes que regulan el mercado corresponden a la Ley 18.168
(Ley de Telecomunicaciones) la cual fue promulgada el 15 de septiembre de
1982 y que tuvo su última modificación el 12 de julio del 2007 con una
modificación del artículo 28 F de la Ley general de Telecomunicaciones,
relativo al Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones. La cual a
grandes rasgos indica en su Artículo 4°.- que la instalación, operación y
explotación de los servicios de telecomunicaciones ubicados en el territorio
nacional, incluidas las aguas y espacios aéreos sometidos a la jurisdicción
nacional, se regirá por las normas contenidas en esta ley y por los acuerdos
y convenios internacionales de telecomunicaciones vigentes en Chile. Se
regirán también por esta ley, en lo que les sean aplicables los sistemas e
instalaciones que utilicen ondas electromagnéticas con fines distintos a los
de las telecomunicaciones.
Artículo 6° Ley 18.168.- Corresponderá al Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, a través de la Subsecretaría de Telecomunicaciones,
la aplicación y control de la presente ley y sus reglamentos. Le competerá
además, exclusivamente, la interpretación técnica de las disposiciones
legales y reglamentarias que rigen las telecomunicaciones, sin LEY 19302,
10
perjuicio de las facultades propias de los tribunales Art.1°, 1b.- de justicia y
de los organismos especiales creados por el decreto ley N° 211, de 1973.
Para estos efectos, se entenderá que las torres soporte de antenas y
sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones corresponden al
conjunto específico de elementos soportantes de una antena y sistema de
radiofrecuencia.
Por su parte, la antena y sistema radiante de transmisión de
telecomunicaciones corresponde a aquel dispositivo a que se refiere el
artículo 19 bis de la Ley General de Telecomunicaciones.
No podrán instalarse antenas y sistemas radiantes de transmisión de
telecomunicaciones en aquellas zonas urbanas saturadas de sistemas
radiantes de telecomunicaciones conforme al artículo 7º de la Ley General
de Telecomunicaciones, mientras dicha calificación se encuentre vigente.
Artículo 116 bis G.- Toda torre soporte de antenas y sistemas radiantes de
transmisión de telecomunicaciones de más de tres y hasta doce metros de
altura, incluidos en ellos sus antenas y sistemas radiantes, que reúnan las
condiciones de diseño y construcción previstas en la letra b) del precepto
anterior, requerirá permiso de instalación del Director de Obras Municipales
conforme a lo dispuesto en este artículo.
Las instalaciones a que se refiere el inciso anterior deberán cumplir con las
normas dispuestas en el artículo 116 bis E y con los distanciamientos
establecidos en la Ordenanza General de esta ley.
11
Otra de las leyes que incide directamente sobre la instalación de
radioestaciones, especialmente en lo que se refiere a las estructuras
soportantes de antenas es la Ley 20599, quien es la que “REGULA LA
INSTALACIÓN DE ANTENAS EMISORAS Y TRANSMISORAS DE
SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES”, mediante una modificación de
la Ley General de Urbanismo en el epígrafe del Capítulo II del Título III y
agregando los siguientes artículos, 116 bis E, 116 bis F, 116 bis G, 116 bis
H y 116 bis I. Estos artículos son las directrices para cualquier instalación de
estructura soporte de antenas, independiente de la forma o donde sea
instalada, deberán atenerse a dichas proclamaciones, no obstante, es
posible que deban considerarse otras restricciones adicionales, como son
por ejemplo los decretos municipales.
2.4 PERMISOS INVOLUCRADOS PARA LA EJECUCIÓN DE ESTE TIPO
DE OBRAS.
En la Dirección de Obras de la Municipalidad de La Florida se debe
ingresar un aviso de instalación de torres, que además deben cumplir con
ciertos requisitos.
Estos requisitos son:
Una solicitud de instalación firmada por el dueño del terreno donde se
ubicará la antena y por el concesionario responsable, un proyecto firmado
por un profesional competente que incluya los planos de instalación de la
12
torre, presupuesto del proyecto, proyecto de cálculo estructural de la torre y
un certificado de Correos de Chile que acredite que se ha comunicado la
existencia del proyecto a los vecinos del lugar donde se instalará la torre.
Para el sector estudiado no se necesitó ejecutar esta actividad ya que los
emplazamientos de las estructuras fueron ejecutados previo a la
promulgación de la Ley.
Ilustración 1, Modelo de aviso de Instalación. Fuente Oficina Proyectos. Entel S.A.
13
Certificado de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que acredite que
la torre no será un peligro para la navegación aérea. Además, el solicitante
deberá presentar un comprobante de correos que acredite haberse enviado
con una antelación no menor a 15 días una comunicación a los propietarios
a que se refiere la letra e) del artículo 116 bis F que informe a éstos de su
solicitud y en particular de las características de la torre a instalar y su
diseño.
La mayoría simple de los propietarios podrá solicitar a la Dirección de
Obras, dentro del plazo de 15 días, un diseño alternativo para la torre,
siempre que éste se encontrare en la nómina a que se refiere la letra b) del
artículo 116 bis F, la que en definitiva resolverá.
El permiso de instalación de soporte de antenas y sistemas radiantes se
otorgará al concesionario de servicios públicos e intermedios4 de
telecomunicaciones. Identificará claramente al beneficiario; la localización
de las instalaciones autorizadas, y no podrá tener un plazo inferior al que le
reste al interesado para completar el plazo de su concesión.
El Director de Obras, una vez instalada la torre, deberá verificar que la
instalación se ejecutó conforme al permiso otorgado y procederá a efectuar
la recepción, si fuere procedente.
4
Los Servicios Intermedios son aquellos servicios de telecomunicaciones, prestados a través de instalaciones
y redes, destinados a satisfacer las necesidades de transmisión o conmutación de los concesionarios o
permisionarios de telecomunicaciones, o a prestar servicio telefónico de larga distancia nacional e
internacional, a la comunidad en general.
14
La instalación de antenas y sistemas radiantes en una torre ya construida
producto de la autorización para localizar otorgada por el concesionario en
virtud de lo dispuesto en el artículo 116 bis F no requerirá permiso o aviso
alguno de la Dirección de Obras Municipales respectiva.
Artículo 116 bis I.- Se entenderá que un territorio urbano se encuentra
saturado de instalación de estructuras de torres soporte de antenas y
sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones cuando un
concesionario pretenda instalar una torre nueva dentro del radio de cien
metros a la redonda donde ya existieren dos o más torres de doce metros o
más, medido éste desde el eje vertical de cualquiera de las torres
preexistentes. En este caso, el solicitante deberá proceder conforme a los
incisos siguientes. La declaración de territorio saturado a que se refiere este
inciso se efectuará por la Subsecretaría de Telecomunicaciones, teniendo
como antecedente las estructuras existentes en el respectivo territorio, al
momento de emitir un pronunciamiento conforme al artículo 19 bis de la Ley
General de Telecomunicaciones o durante la tramitación de una solicitud de
concesión o su modificación.
Otro de los documentos base utilizados para el desarrollo del estudio es
el Catalogo de diseño de torres soporte de antenas y sistemas radiantes de
transmisión de telecomunicaciones. El cual a grandes rasgos indica que
todas las torres soportes de antenas y sistemas radiantes de transmisión de
telecomunicaciones de más de 3 metros de altura, incluidas en ellas sus
antenas y sistemas radiantes, emplazadas en áreas urbanas, requerirán
15
permiso de instalación otorgado por la DOM5 respectiva, distinguiéndose
tres casos: torres de más de 12 metros, torres entre 3 y 12 metros y torres
de hasta 18 metros, en este último caso, armonizadas y con colocalización6
efectiva.
2A 2B
Ilustración 2A y 2B, Ejemplos estructuras de 21 metros, Fuente: Propia
5
D.O.M : Dirección de Obras Municipales
6
Colocalización : Modalidad que se utiliza en instalar equipamiento en estructuras ya instaladas
16
Ilustración 3, Plano tipo Torre. Fuente: Entel PCS
A contar de esta modificación los concesionarios deberán proponer para
sus torres soporte, medidas de diseño y construcción destinadas a
armonizar la estructura con el entorno urbano y la arquitectura del lugar
donde se emplace.
Para esto existen tres mecanismos posibles para la armonización de la
torre soporte:
- El concesionario propone un proyecto cuyo diseño está basado en un
modelo del Catálogo o nómina de modelos de torres de soportes de antenas
y sistema radiantes de transmisión de telecomunicaciones.
- El concesionario propone un proyecto cuyo diseño es propio y constituye un
objeto de arte para la ciudad.
17
- El concesionario propone un diseño estándar, el cual deberá cumplir con las
indicaciones de la Ley 20599.
El catalogo permitirá a la comunidad involucrada conocer y proponer una
alternativa al diseño de torre soporte presentado por el concesionario en su
solicitud.
La Dirección de Obra tiene quince días hábiles desde que se presenta el
aviso de instalación. Si al cabo de ese tiempo la Dirección de Obras no se
pronuncia, se entenderá por aprobada.
Los vecinos pueden oponerse a la instalación pero sólo pueden
pronunciarse la junta de vecinos respectiva y los vecinos que vivan en un
radio de dos veces la altura de la antena.
Ellos pueden hacer observaciones al concejo municipal hasta 30 días
después de recibida la comunicación enviada por Correos de Chile, y
deberán optar entre pedir una obra de compensación o una antena que esté
acorde con el diseño arquitectónico del vecindario. El concejo, a su vez,
tiene 20 días para dar su respuesta.
No obstante creemos que el área comprometida, aledaña a la ESA7,
podría ser mayor al radio que la autoridad define como afectada y con
derecho a reclamar por la antena.
7
ESA ( Estructura Soportante de Antenas)
18
Hoy en día, año 2014, la comuna de La Florida, lugar donde se concentrará
éste proyecto de título es la 3ª comuna de Santiago con más zonas
saturadas de antenas, siendo la cuarta a nivel nacional junto con Las Condes
y Maipú luego de Viña del Mar.8
A pesar de ser una comuna saturada, en los últimos años a nivel global ha
ido disminuyendo el valor total de zonas saturadas. La Florida bajó de 6 a 4
zonas saturadas en relación al año 2012.
Gráfico 1, Zonas Saturadas en el año 2012. Fuente; Subtel
8
Telecomunicaciones S. D., 2014
19
Ilustración 4, Mapa zonas Saturadas Comuna de La Florida año 2015, Fuente; Subtel
En la siguiente tabla se plasma la información de estructuras instaladas por
compañías telefónicas las cuales están emplazadas en las zonas saturadas de
la Comuna de La Florida:
Tabla 1, Información de estructuras por zonas saturadas. Fuente: Subtel
Zona Nro. Empresa Estado Dirección Comuna Tipo de Soporte
Altura de
Soporte
1 Movistar En Servicio Los Cerezos 5823 La Florida Monoposte 24
2 Entel En Servicio Los Cerezos 5823 La Florida Monoposte 30
3 Nextel En Servicio Los Cerezoz N 5831 La Florida Monoposte 29
1 Nextel En Servicio Av. Tobalaba N 7290 La Florida Autosoportada 42
2 Claro En Servicio Av Tobalaba 7290. La Florida Monoposte 30
3 Vtr En Servicio
Calle Lo Cañas N 3636 . Sitio
Salesianos
La Florida Monoposte 30
1 Movistar En Servicio
Alonso Ercilla N 8411 (Ex N
Municipal 8211)
La Florida Monoposte 30
2 Entel En Servicio Alonso De Ercilla 8411 (Ex 8211) La Florida Monoposte 30
3 Nextel En Servicio Alonso De Ercilla N 8411 La Florida Monoposte 29
1 Nextel En Servicio Av. Vicuña Mackenna N 12351 La Florida Autosoportada 46
2 Claro En Servicio Vicuña Mackenna N 12.351 La Florida Sin informacion 28
3 Vtr En Servicio Vicuña Mackenna 12351 La Florida Monoposte 36
1
3
4
2
20
2.5 TIPOS DE ESTRUCTURAS, DISEÑOS.
Bajo la Ley 20.599 no es posible edificar una antena con un diseño que no
sea los aprobados por el gobierno como estructura soportante, sin que
tenga todos los detalles estructurales, memorias de cálculo y constructivos
pero adjuntando los documentos si sería posible proponerlas y construirlas.
En Noviembre del 2012 se aprobó un catálogo con distintas alternativas
para la instalación de antenas, estas a diferencia de un diseño propio, no
requiere de memorias de cálculo.
Se sabe que el impacto visual y urbanístico ha sido enorme desde el
momento que se instalan las estructuras soportantes de antenas celulares
de diseños reticulares.
Ilustración 5, Estructura soportante de la Comuna de La Florida – Fuente : Biblioteca propia
21
Ilustración 6, Planta Típica Radioestación con Monoposte.
Fuente: Oficina Proyectos Entel S.A.
Ilustración 7, Planta Típica Radiestación con Torre Autosoportada.
Fuente: Oficina Proyectos Entel S.A.
22
Ilustración 8, Planta Típica Radiestación con Torre ventada.
Fuentes Oficina Proyectos Entel S.A.
2.5.1 Base para propuestas y modelos existentes.
Para definir un diseño de antena, hay que cumplir con un trámite el cual se
resume a continuación:
Ilustración 9, Tramite para definir diseño de estructuras antenas. Fuente: Elaboración Propia
23
Para la ejecución y levantamiento de antenas con diseño, existen tres
alternativas, indicadas en cuadro superior, los cuales debiesen cubrir todo el
espectro de alternativas posibles de ejecutar, están 1º las de diseño propio,
las cuales deben venir con una justificación técnica que será evaluada por
la DOM previamente a su ejecución, este trae consigo un tiempo de trámite
de aprobación categorizado como Medio, 2º están los modelos ya validados
o aprobados por el MINVU, lo que permite a las compañías en caso de elegir
un modelo incluido en el catálogo, un ahorro considerable en recursos ya
que no se debe justificar técnicamente el modelo a utilizar, permitiendo
además realizar un trámite de aprobación bastante más expedito, ahora
existe también un 3º caso que son las estructuras que son de diseño especial
de diseño arquitectónico que contribuye con el entorno, este diseño tiene la
particularidad de tener un lento desarrollo, ya que debe ser evaluado por un
comité de expertos quienes decidirán si el modelo planteado contribuye en
ser un objeto de arte para la ciudad.
De esto se podría estimar que la decisión más obvia de las compañías
operadoras en su mayoría será la de optar por usar un diseño del catálogo
ya validado, con el objeto de ahorrarse bastantes recursos en diseño y
plazos de aprobación, cabe mencionar que este catálogo fue ejecutado en
consulta con las compañías lo que permitió determinar diseños factibles de
ejecutar de manera rápida, las otras 2 alternativas de ejecución quedarían
24
supeditadas a sectores críticos e importantes dentro de lo que la compañía
tiene en su plan de desarrollo.
2.5.2 Estructura del catalogo
Clasificación por tipos de estructuras:
Tabla 2. Fuente: MINVU
25
Ilustración 10, Modelos de antenas con diseños naturales Fuente: Oficina MINVU
Ilustración 11, Modelos Naturales: Palmeras. Fuente: Oficina MINVU
26
Ilustración 12, Modelos Artificiales: Postes. Fuente: Oficina MINVU
2.5.3 Modelos de antenas con diseños NO naturales
Ilustración 13, Modelos Artificiales: Varios. Fuente: Oficina MINVU
27
Ilustración 14, Modelos Artificiales: Varios. Fuente: Oficina MINVU
Ejemplo ficha de diseños del Gobierno
Ilustración 15, Ficha antenas disponibles en catálogo. Fuente: Oficina MINVU
28
La ilustración N°15 corresponde a un ejemplo de ficha técnica de la
palmera que por catálogo, está disponible. Los concesionarios de servicios
públicos e intermedios de telecomunicaciones pueden proponer para sus
torres soporte de antenas medidas de diseño contempladas en éste, sin
necesidad de justificar su armonía con el entorno, a través de una memoria
explicativa o de la certificación de un comité de expertos. Ya que las pautas
están ya preestablecidas como lo muestra la ficha, en ésta encontramos las
dimensiones máximas y mínimas que deben tener éstas estructuras, altura
de tronco, anchos, altura desde el comienzo del follaje, etc., como también
en las regiones donde pueden ser instaladas y en los sectores dentro de la
misma región que pueden ser emplazadas.
Se ha acudido a sectores donde han sido emplazadas estructuras
soportantes de antenas, considerando como actores relevantes a vecinos
de diversos sectores para realizar encuestas y apreciar las opiniones y
conocimientos sobre estas estructuras.
2.6 FLUJOGRAMA DE PROCESOS
A continuación en la página 30 se muestra un flujograma que indica los
distintos procesos relacionados con permisos y concesiones. En este
esquema se aprecia el extenso recorrido que debe recorrer una concesión
desde su gestación por parte de la autoridad hasta la puesta en marcha de
esta por parte de las compañías operadoras de telecomunicaciones a través
29
de las distintas etapas las cuales se inician con la solicitud de las compañías
operadoras a la Subsecretaria que aumente las bandas de radiofrecuencia
de transmisión con el objeto de licitar y mejorar la cobertura, con la
necesidad detectada por la SUBTEL esta genera un decreto de modificación
de servicio público y genera un proyecto base para licitar entre las
compañías
El tramo 1 comprende la etapa de otorgamiento de la concesión para uso
de la banda electromagnética que permita a las compañías transmitir señal
de telefonía, esta modificación que se otorga por Decreto tuvo un paso
previo por parte de la autoridad de determinar la necesidad de la liberación
de este nuevo espectro el cual permitirá a las compañías operadoras de
telefonía a través de mejoras en la infraestructura aumentar sus niveles de
servicio, con la adjudicación de la concesión las compañías operadoras de
telefonía por medio del operador de infraestructura comienzan la etapa de
generación del proyecto de expansión.
Para este tramo del desarrollo de la concesión el objetivo es para las
compañías operadoras obtener la mayor cantidad del espectro disponible
dentro de la banda licitada por la Subsecretaria de Telecomunicaciones.
30
TRAMO 1:
S
O
L
I
C
I
T
U
D
D
E
M
O
D
I
F
I
C
A
C
I
Ó
N
PROYECTO
TÉCNICO
SUBTEL
SUB SECRETARIA
DE TELECOMUNICACIONES
OPERADOR
MÓVIL
OPERADOR
DE
INFRAESTRUCTURA
PROYECTO
TÉCNICO
ANEXO 1
SOLICITA
MODIFICACIÓN
DE
CONCESIÓN
ANEXO 1
SOLICITA
MODIFICACIÓN
DE
CONCESIÓN
SURVEY
AUTORIZA
EMITE
DECRETO DE
CONCESIÓN DE
SERVICIO
PÚBLICO
C
v
v
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31
En el tramo 2 se emite el decreto que indica la modificación de la concesión
de servicio público a las compañías operadoras que cumplieron con los
requisitos dispuestos por la autoridad en lo que respecta a los desarrollos de
proyectos tanto técnicos como de infraestructura lo que les permite gestionar
sus solicitudes de permisos de obras en las distintas Direcciones de Obras
de las Municipalidades involucradas.
En esta etapa las compañías operadores se abocan a desarrollar sus
planes de expansión de redes de acuerdo a la asignación obtenida durante
la licitación e indicado en el decreto emitido, el proyecto ha desarrollar por
las compañías operadoras considera la definición de la cantidad,
materialidad y ubicación de las radioestaciones a construir, esta información
es traspasada a las operadores de infraestructura quienes comienzan con el
desarrollo de las ingenierías y fabricación de los elementos constituyentes
de la radioestación, a su vez las empresas inmobiliarias quienes son las
encargadas de realizar la búsqueda de lugares de emplazamiento, cierre de
contratos con propietarios e ingresos de avisos en las Dirección de Obras.
Por lo cual en esta etapa las empresas operadoras se enfocan en el
desarrollo de la documentación que le permita dar inicio a las obras.
32
TRAMO 2:
A
P
R
U
E
B
A
P
O
R
D
E
C
R
E
T
O
S
O
L
I
C
I
T
U
D
D
E
M
O
D
I
F
I
C
A
C
I
Ó
N
D
E
C
O
N
SUBTEL
SUB SECRETARIA
DE TELECOMUNICACIONES
AUTORIZA
EMITE
DECRETO DE
MODIFICACIÓN
DE CONCESIÓN
DE SERVICIO
PÚBLICO
OPERADOR
MÓVIL
OPERADOR
DE
INFRAESTRUCTURA
DESARROLLO
DE
PROYECTO
DOCUMENTACIÓN
PARA
SOLICITUD
DE
PPERMISO
DE OBRA
v v
v
Continúa en página siguiente
33
En el tramo 3 se indica la situación respecto a la aprobación o rechazo por
parte de la D.O.M. de los proyectos presentados, ya que en el caso de
rechazo por parte de la D.O.M., se emite un oficio detallado de prohibición
de instalación para telecomunicaciones, en caso de ser aprobado el proceso
continua con su curso normal de desarrollo de obras en terreno.
En resumen en esta etapa la empresa operadora de telecomunicaciones a
través de sus empresas asesoras se enfocan en obtener la aprobación de la
documentación para ejecución de obras correspondiente a cada
radioestación, esto se realiza con un trabajo coordinado entre operadora,
inmobiliaria y constructora para en el caso de requerir modificaciones la
ingeniería presentada o complementar la información legal incluida en la
presentación.
34
TRAMO 3:
S
O
L
I
C
I
T
U
D
A
D
O
M
D
E
P
E
R
M
I
S
O
D
E
O
B
R
A
P
A
R
A
T
E
L
E
C
O
M
U
N
I
C
A
C
I
O
N
E
S
D.O.M.
DIRECCIÓN DE
OBRAS
MUNICIPALES
OPERADOR
MÓVIL
OPERADOR
DE
INFRAESTRUCTURA
APRUEBA
PROYECTO
RECHAZA
PROYECTO
OBSERVA
PROYECTO
RESPONDER
OBSERVACIONES
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
Continúa en página siguiente
Continúa en página siguiente
35
El tramo 4 corresponde a aquel en el cual los operadores de infraestructura
realizan las obras que permiten desarrollar la red de acuerdo a lo indicado
en la concesión, proceso para el cual deben ser desarrolladas en su totalidad
las obras indicadas en los proyectos para ser visados por las Autoridades
Municipales para generar la recepción de obras por parte de las D.O.M.
Esta es la etapa que tiene más interacción con la comunidad ya que es la
cual se desarrollan las obras civiles y eléctricas de la radioestación, además
es la etapa en donde comienzan a aparecer los reclamos en contra de la
ejecución de las obras para instalación de antenas, debido a esto se debe
tener extrema precaución en la forma en que se interviene la vida cotidiana
de la comunidad aledaña a la radioestación con el desarrollo de las obras,
se debe considerar además que se debe tener ingresado el aviso de
instalación previo al inicio de estas ya que no cumplir con este requisito legal
puede provocar la paralización de las obras.
En resumen para este tramo, se desprende que es uno de los más críticos
en cuanto a la relación tanto con la comunidad como con la autoridad
comunal y a su vez es en el que se despliega una mayor cantidad de
recursos humanos. La etapa crítica está relacionada con el término de las
obras civiles que permiten obtener la aprobación de estas obras por parte
de la DOM, lo cual permite continuar con el proceso de presentación a la
SUBTEL (Subsecretaria de Telecomunicaciones)
36
TRAMO 4:
I
N
I
C
I
O
D
E
O
B
R
A
S
Y
R
M
P
A
R
A
I
N
F
R
A
E
S
T
R
U
C
T
U
R
A
INICIO
DE
OBRAS EN
TERRENO
v
TÉRMINO
DE
OBRAS EN
TERRENO
OPERADOR
MÓVIL
OPERADOR
DE
INFRAESTRUCTURA
v
v
D.O.M.
DIRECCIÓN DE
OBRAS
MUNICIPALES
SOLICITUD
DE
RECEPCIÓN DE
OBRAS
APRUEBA
RECEPCIÓN
v
EMITE
CERTIFICADO
DE
APROBACIÓN
MUNICIPAL
DE
RECEPCIÓN
DE
OBRAS
v
v
OBSERVA
RECEPCIÓN
v
CORREGIR
OBSERVACIÓN
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
FIN
PROCESO
INFRAESTRUCTURA
Continúa en página siguiente
Continúa en página siguiente
37
El tramo 5 comprende las actividades posteriores a las obras de
infraestructura ya ejecutadas y aprobadas por las Direcciones de Obras de
los Municipios respectivos y es la etapa de instalación de de equipos y
antenas que varía en cantidad y calidad de acuerdo a los requerimientos
particulares de cada operador.
Esta es la etapa o tramo destinado a lo que se llama Instalación e
Integración, la cual comienza una vez que las obras de infraestructura ya se
encuentran en condiciones de recibir el equipamiento, este equipamiento
corresponde a las antenas y equipos de radiofrecuencia que son el corazón
de la radioestación, estos equipos son los que emiten la señal de telefonía y
se deben instalar para que cumplan un cierto parámetro de emisión,
parámetros que deben ser informados a la Subtel para su visación.
El elemento principal de este tramo es el termino en plazo de la obras tanto
de infraestructura como de instalación que permitan solicitar la autorización
de activación de la radioestación, acción que permite a la radioestación
comenzar a traficar y generar ingresos.
38
TRAMO 5:
I
N
I
C
I
O
D
E
I
N
S
T
A
L
A
C
I
Ó
N
D
E
E
Q
U
I
P
A
M
I
E
N
T
O
P
A
R
A
O
P
E
R
A
D
O
R
M
Ó
V
I
L
INICIO
DE
INSTALACIÓN
DE
EQUIPOS
Y ANTENAS
TÉRMINO
DE
INSTALACIÓN
DE
EQUIPOS
Y ANTENAS
v
v INTEGRACIÓN
DEL
SITIO A LA RED
v
CERTIFICADO
DE
APROBACIÓN
MUNICIPAL
DE
RECEPCIÓN
DE
OBRAS
ANEXO 3
INFORME
DETALLADO
DE
EQUIPOS
Y
ANTENAS
v
v
SOLICITUD DE RECEPCIÓN DE OBRAS (RCO)
A SUBTEL
APRUEBA
RECEPCIÓN
SUBTEL
SUB SECRETARIA
DE TELECOMUNICACIONES
v
v
v OBSERVA
RECEPCIÓN
CORREGIR
OBSERVACIÓN
ACTIVACIÓN
SITIO
v
v
v
v
v
v
v
v
v
v
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39
En este tramo del proceso se indica que acciones se deben realizar en
caso que se produzca un rechazo del aviso de instalación ingresado en la
DOM, existen ocasiones en que las Municipalidades se amparan en
Decretos Municipales para rechazar la instalación de estas estructuras, para
contrarrestar estas disposiciones, las cuales en ocasiones son arbitrarias o
atendiendo solo a algún populismo temporal, se puede acudir a la Secretaria
Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo quien como organismo técnico
solicita un informe detallado a la DOM en el que se indique la negativa de la
autorización de emplazamiento, con el informe en su poder la SEREMI de
Vivienda y Urbanismo emite una resolución la cual puede ser ratificar lo
indicado por le DOM o dispondrá que la negativa no contiene argumentos
suficientes como para impedir le instalación y revertirá lo dispuesto
inicialmente.
40
TRAMO 6:
Ilustración 16, Flujograma de gestiones para desarrollo- Fuente: De los Autores
A
P
E
L
A
C
I
Ó
N
A
S
E
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I
-
M
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V
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Z
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N
S
D
E
T
E
L
E
C
O
M
v
v
v
D.O.M.
DIRECCIÓN DE
OBRAS
MUNICIPALES
SEREMI-MINVU
SECRETARIA REGIONAL
MINISTERIAL DE
VIVIENDA
Y URBANISMO
OFICIO
DETALLADO
DE
PROHIBICIÓN
DE INSTLACIÓN
PARA
TELECOMUNICACIONES
v
SOLICITA
EVACUAR
INFORME
DETALLADO
DE
PROHIBICIÓN
DE INSTLACIÓN
PARA
TELECOMUNICACIONES
v
v
EMITE
INFORME
POR
PROHIBICIÓN
DE INSTLACIÓN
PARA
TELECOMUNICACIONES
v
EMITE
OFICIO
RESOLUTIVO
D.O.M.
DIRECCIÓN DE
OBRAS
MUNICIPALES
OPERADOR
MÓVIL
OPERADOR
DE
INFRAESTRUCTURA
vv
41
Una vez desarrolladas estas dos actividades y contando con las
respectivas aprobaciones:
- La D.O.M. recibe a conformidad lo que respecta a obras de
infraestructura, de acuerdo a la normativa vigente indicada en la
O.G.U.C.9 y de acuerdo a lo presentado por las compañías en sus
proyectos.
- La SUBTEL10 es la encargada de la recepción de estas obras y
permitir la activación de la radio estación, una vez que se haya
verificado que los equipos y antenas cumplen con la normativa en
lo referente a emisiones de acuerdo a su sector de
emplazamiento.
9
O.G.U.C : Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones
10
SUBTEL : Subsecretaria de Telecomunicaciones
42
2.7 CONTEXTO INTERNACIONAL
Debido a su similitud con la normativa y el impulso que se quiere dar a
una industria necesaria para el desarrollo del país, se ha tomado el caso
de Perú. “El desarrollo de la telefonía móvil ha tenido un desarrollo no
acorde con los requerimientos del país, ya que para el gobierno peruano
son considerados estos servicios de interés y necesidad pública ya que
estos son la base fundamental para la integración de los peruanos y el
desarrollo social y económico del país”.11
Para garantizar esto, el gobierno peruano aprueba una ley específica en
esta línea, la Ley Nº 29022, La ley para la expansión de infraestructura en
telecomunicaciones, la cual fue publicada el 13 de Noviembre de 2007.
Esta ley, establece un régimen especial y temporal en todo el territorio
nacional para la instalación y expansión de los servicios públicos de
telecomunicaciones, en especial en áreas rurales y lugares de preferente
interés social y zonas de frontera, a través de la adopción de medidas que
promuevan la inversión privada en Infraestructura de Telecomunicaciones;
y, declara a los referidos servicios de interés nacional y necesidad pública
como base fundamental para la integración de los peruanos y el desarrollo
social y económico del país.
11
“Fuente: Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones”. Perú
43
Entre los artículos más destacados se encuentran:
Articulo 5° - Régimen de permisos y/o autorizaciones. Todos los
permisos sectoriales, regionales, municipales o de carácter administrativo
en general, que se requieran para abrir pavimentos, calzadas y aceras de
las vías públicas para ocupar las vías o lugares públicos, así como para
instalar en propiedad pública la Infraestructura Necesaria para la
Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, estarán sujetos
al silencio administrativo positivo, en el plazo de treinta (30) días
calendario.
Artículo 9°.- Obligaciones de los concesionarios de servicios públicos de
telecomunicaciones. Los concesionarios de servicios públicos de
telecomunicaciones deberán asumir las siguientes obligaciones: a)
Observar la regulación específica vigente en materia de salud pública, medio
ambiente y ornato, Áreas Naturales Protegidas del SINAMPE12, seguridad
nacional, orden interno y patrimonio cultural. b) Adoptar las acciones
necesarias a fin de garantizar que no se afecte la prestación de otros
servicios, ni se generen daños a la infraestructura de uso público ni a la de
terceros. c) Asumir los gastos que se deriven de las obras de pavimentación
y ornato en general, necesarias para cautelar el mantenimiento de la
infraestructura que hubiera resultado afectada, siempre y cuando los
mismos deriven de la ejecución de proyectos propios o como consecuencia
de la instalación de infraestructura propia. d) Asumir la responsabilidad por
12
Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado
44
los daños y perjuicios que se ocasionen como consecuencia de la
instalación y operación de Infraestructura Necesaria para la Prestación de
Servicios Públicos de Telecomunicaciones. e) Coadyuvar a la prestación de
servicios públicos de telecomunicaciones eficaces y eficientes
preferentemente en áreas rurales, zonas de frontera y lugares de interés
social.
Artículo 11°. – Disposiciones Generales aplicables al procedimiento.
Las disposiciones aplicables al procedimiento de obtención de
Autorizaciones son:
a) El procedimiento para obtener la Autorización para la instalación de la
Infraestructura Necesaria para la Prestación de Servicios Públicos de
Telecomunicaciones, se sujeta a la aplicación del silencio administrativo
positivo, en caso la Entidad de la Administración Pública competente no
cumpla con resolver la solicitud presentada, dentro del plazo de treinta (30)
días calendario. Si antes de obtener la respectiva Autorización, el Operador
iniciara las obras para la instalación de su infraestructura, la Entidad de la
Administración Pública competente, podrá disponer la paralización
inmediata de los trabajos y el desmontaje y/o retiro de lo instalado y de los
materiales, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones administrativas
correspondientes.
b) En aquellas Entidades de la Administración Pública, en las que de acuerdo
a su marco legal vigente, fuera exigible obtener adicionalmente una
Autorización de Conformidad y Finalización de la ejecución de la
45
instalación de Infraestructura Necesaria para la Prestación de Servicios
Públicos de Telecomunicaciones, el procedimiento para su obtención, se
sujetará a lo dispuesto en el literal precedente y a las disposiciones
previstas en el artículo 14°. Asimismo, la obtención de la Autorización de
Conformidad a que se refiere el párrafo precedente, no podrá ser
denegada si se verifica el cumplimiento de los trámites y procedimientos
contemplados en los artículos 13° y 14° del presente Reglamento.
c) En cualquier supuesto, la denegatoria de las solicitudes a que se refieren
los literales a) y b) precedentes, deberá estar debidamente sustentada,
observándose las reglas contenidas en el artículo 6° de la Ley N° 27444,
Ley del Procedimiento Administrativo General, referida a la motivación del
acto administrativo.
Artículo 12°.- Requisitos de la Autorización para la Instalación de
Infraestructura Necesaria para la Prestación de Servicios Públicos de
Telecomunicaciones.
Para obtener la Autorización para la Instalación de la Infraestructura Necesaria
para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, los
Operadores deberán presentar los siguientes documentos:
a) Carta simple del Operador dirigida al titular de la Entidad de la
Administración Pública solicitando el otorgamiento de la Autorización.
b) Copia de los recibos de pago de la tasa o derecho administrativo por el
trámite de la respectiva Autorización conforme a las reglas establecidas en
el artículo 16° de este Reglamento.
46
c) Copia de la resolución emitida por el Ministerio mediante la cual se otorga
concesión al Operador para prestar el servicio público de
telecomunicaciones expedida por el Ministerio o en el caso de las
empresas de valor añadido, de la resolución a que se refiere el artículo 33°
de la Ley de Telecomunicaciones.
d) De ser el caso, memoria descriptiva y planos de ubicación detallando las
características físicas y técnicas de las instalaciones en materia de trámite,
suscritos por un Ingeniero Civil y/o Electrónico o de Telecomunicaciones,
según corresponda, ambos Colegiados, adjuntando el Certificado de
Inscripción y Habilidad vigente expedido por el Colegio de Ingenieros del
Perú.
e) En el caso de estaciones radioeléctricas se presentará adicionalmente:
i) Una declaración jurada del Ingeniero Civil Colegiado responsable
de la ejecución de la obra, que indique expresamente que las
estructuras, esto es, la edificación existente y torre sobre la cual se
instalará la antena o antenas, reúnen las condiciones que aseguren
su adecuado comportamiento en condiciones extremas de riesgo
tales como sismos, vientos, entre otros, teniendo en cuenta, de ser
el caso, el sobrepeso de las instalaciones de la Estación
Radioeléctrica sobre las edificaciones existentes. Para tal fin, se
anexarán los planos y cálculos de las instalaciones desde el punto
de vista estructural y de anclaje a las edificaciones nuevas o
existentes. Asimismo, se adjuntará el Certificado de Inscripción y
47
Habilidad vigente, del Ingeniero responsable de la ejecución de la
obra, expedido por el Colegio de Ingenieros del Perú.
ii) Carta de compromiso por la cual se compromete a tomar las
medidas necesarias para la prevención del ruido, vibraciones u otro
impacto ambiental comprobado que pudieran causar incomodidad a
los vecinos por la instalación o funcionamiento de la estación o
funcionamiento de la estación radioeléctrica, así como a adoptar
todas las medidas necesarias a fin de garantizar que las radiaciones
que emita la estación radioeléctrica durante su operación, no
excederá de los valores establecidos como límites máximos
permisibles de radiaciones no ionizantes, aprobados por Decreto
Supremo N° 038-2003-MTCy su modificatoria.
Artículo 13°. - Trámite para el otorgamiento de la Autorización para la
Instalación de Infraestructura Necesaria para la Prestación de Servicios
Públicos de Telecomunicaciones.
Articulo 14°. - De la Autorización de Conformidad y Finalización de la
ejecución de la Instalación de la Infraestructura Necesaria para la
Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones.
12 de Julio de 2014 el gobierno peruano dispuso una serie de modificaciones
a la Ley Nº 29022, de acuerdo a lo indicado en la Ley Nº 30288, en estas
modificaciones se contempla principalmente lo indicado en el Artículo 7º en el cual
se incluyen restricciones a los lugares de emplazamiento de las estructuras.
48
Artículo 7º.- Reglas comunes para la instalación de infraestructura
7.1 La infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos de
telecomunicaciones que sea instalada por los concesionarios públicos de
telecomunicaciones, no puede:
a) Obstruir la circulación de vehículos, peatones o ciclistas.
b) Impedir el uso de plazas y parques.
c) Afectar la visibilidad de conductores de vehículos que circulen por la
vía pública.
d) Interferir en la visibilidad de la señalización de tránsito.
e) Dañar, impedir el acceso o hacer inviable el mantenimiento,
funcionamiento o instalación de la infraestructura de otros servicios públicos.
f) Dañar el patrimonio urbanístico, histórico, cultural, turístico y paisajístico.
g) Poner en riesgo la seguridad de terceros y edificaciones vecinas.
h) Generar radiación no ionizante en telecomunicaciones sobre los lìmites
máximos permisibles establecidos por la regulación sectorial, de acuerdo a
los estándares internacionales.
i) Afectar la biodiversidad y los ecosistemas al interior de las áreas naturales
protegidas, sus zonas de amortiguamiento y en las áreas de conservación
regional.
49
7.2 Los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones
deben desarrollar sus proyectos con tecnología que permita que las
estaciones de radiocomunicación, las torres y las antenas sean instaladas
con el mínimo impacto paisajístico, en armonía estética con el entorno y
edificaciones circundantes, integradas al paisaje urbano y con impacto
ambiental reducido, conforme se establezca en el reglamento de la presente
Ley.
7.3 Los concesionarios en telecomunicaciones son responsables de la
observancia de las presentes disposiciones. El cumplimiento de estas es
supervisado y en caso de incumplimiento, es sancionado por los gobiernos
locales, con excepción de los supuestos cuya fiscalización esté a cargo de
entidades con competencias legales exclusivas en la materia. El reglamento
tipificará las infracciones y establecerá las sanciones que resulten
aplicables.
7.4 Los concesionarios en telecomunicaciones deberán desarrollar sus
proyectos con la mejor tecnología disponible y, a su vez, promover la
transparencia y claridad de la información al público sobre sus planes de
obras públicas y ejecución de las mismas.
En Perú existen 4 empresas de telefonía, pero cabe destacar que Bitel, un
prestador de servicios del país vecino, sólo entró al mercado el año 2014
recién pasado, con solo 0.1% del mercado, Las otras empresas, Entel,
50
Movistar y Claro, dominan el mercado. Los procesos que las empresas
realizan para obtener permisos a sus solicitudes es similar a Chile lo que no
implica una legislación similar, un ejemplo de ello, es el tema de la distancia
que tiene implicancia una antena al sector donde se emplaza, no hay
referencia de ello en la legislación peruana como lo hay en la chilena
después de múltiples correcciones y mejoras, sólo hace referencia al pago
de indemnización al propietario del terreno donde es levantada, lo cual
quiere ser cambiado, es promovido por Indecopi13
A pesar de que en Chile y Perú existan prácticamente celulares para cada
uno de los habitantes14, la diferencia en la cantidad de antenas instaladas
es ampliamente menor en Perú. “Perú tiene entre 8500 y 9000 antenas, muy
por debajo de las 32 mil que tiene Chile”15 lo que sin duda refleja una
disminución de la calidad de señal recibida por la población, no obstante la
concentración de las antenas se concentra en Lima y Callao, al igual como
se concentran en la capital de Chile, distribuidos en las distintas comunas.
En Lima y Callao hay 289 antenas por cada millón de habitantes, mientras que
en Santiago de Chile hay 703 por cada millón de habitantes16.
En Chile, el problema de la saturación de zonas con antenas ha provocado
en el tiempo una preocupación constante, lo cual ha movilizado tanto a
vecinos y autoridades para realizar un mejor control al momento de levantar
13
Fuente: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad
Intelectual, Indecopi.
14
Fuente: Perú21.pe (diario nacional) para Perú y Subtel.cl para Chile
15
Diariocorreo.pe
16
Fuente: AFIN. Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional
51
una antena, con este control se busca a su vez, no proliferar la instalación
de más antenas. Por su lado Perú, al tener un déficit de antenas entidades
como la “Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional”
promueve campañas para difundir a la población la importancia de las
antenas de telefonía móvil para poder contar con una mejor comunicación
móvil.
Las reglamentaciones tanto chilenas como peruana van en una línea no
tan coincidentes ya que la legislación Peruana al respecto tiene un carácter
menos restrictivo en lo que respecta al emplazamiento, debido a esto desde
el año 2007 incentivó el desarrollo de estas redes por el beneficio del país,
instruyendo a todos sus estamentos relacionados la máxima prolijidad en la
revisión de antecedentes y otorgamiento de autorizaciones, alcanzando
incluso a influir directamente sobre empresas concesionarias tanto como de
carreteras como eléctricas, cosa impensada hasta el momento en Chile,
donde las instituciones públicas como privadas tienen autonomía en sus
procesos, por ejemplo, las compañías eléctricas chilenas no tienen un
criterio común para este tipo de requerimientos, si bien se basan en la Norma
NCH Nº4, cada una de ellas impone sus requerimientos particulares, la
reglamentación chilena desde hace bastante tiempo ya ha incorporado el
factor del distanciamiento, elemento fundamental que tienen los estamentos
reguladores para controlar la construcción de estas estructuras, situación
que la legislación peruana no lo considera, en el año 2012 Chile debido al
constante aumento de la red de telecomunicaciones a lo largo del país, y en
52
la línea de lo que la comunidad en general reclamaba realiza modificaciones
a la ley de telecomunicaciones, que afectan directamente al emplazamiento
y las alturas de las estructuras, en esa línea Perú luego de ya llevar varios
años con desarrollo en su red posterior a la publicación de la Ley que
incentiva esta acción, decide realizar modificaciones a la ley vigente
incorporando algunos artículos que le permiten controlar los
emplazamientos.
En relación a lo que son la emisiones de radiaciones no ionizantes ambos
países están usando como referencia lo indicado por la OCDE, Chile en este
aspecto está en el tercer lugar a nivel mundial, A modo de comparación, el
informe determina que en su modo más restrictivo, los límites a la densidad
de potencia permitidos por Chile para las estaciones en cercanas a
establecimientos hospitalarios, asilos de ancianos, salas cuna, jardines
infantiles y establecimientos educacionales de Enseñanza Básica, es 43,5
veces menor que la norma vigente en Estados Unidos, Finlandia, Japón,
Holanda y Alemania, e incluso 58 veces menor comparada con la de
Canadá. A nivel latinoamericano, nuestro país también encabeza el ranking
en cuanto a restricción de emisiones.
53
Tabla 3, Indicación de Límites maximo de emisionesde radiaciones en Chile, Fuente; Subtel
Tabla 4, Indicación de Límites máximo de emisiones de radiaciones en Perú, Fuente; Ministerio de
Transportes y comunicación de Perú
Para Chile en cuanto las mediciones, un estudio concluye que en todas las
mediciones realizadas se cumple con los máximos permitidos por la
Resolución Exenta Nº403 del Ministerio de Transportes y
Telecomunicaciones, publicada el 30 de abril de 2008. Las cifras indican que
el valor promedio medido fue de 0.073 µW/cm2(17) y el máximo de 1.478
µW/cm2.(18)
17
µW/cm2: microwatts sobre centímetro cuadrado
18
Fuente: Estudio Dictuc 2012
54
A pesar de este estudio, realizado por una entidad seria como lo es la
dependiente de la Universidad Católica, la generalizada alusión de antena a
daño a la salud y a perjuicio en general, se deriva en asociar las estructuras
a una posible devaluación lo cual se ahondará en el siguiente subcapítulo.
55
2.8 ANTECEDENTES SOBRE LA DEVALUACIÓN DE PROPIEDADES
En este subcapítulo, se dan las premisas que respectan al marco que
involucra la devaluación de propiedades para la comunidad Chilena a causa
de las antenas para celulares.
Para quienes sufran la instalación de una de estas estructuras cercanas a
sus viviendas, es posible solicitar el reavalúo de la propiedad por el SII.
Se establece, directamente en la legislación, la posibilidad de indemnizar
a un propietario colindante con una antena celular. Sin embargo, en materia
tributaria, existen ciertas normas aplicables que permiten al propietario
solicitar una retasación de su propiedad y, con ello, beneficiarse con el pago
de menores impuestos.
Aunque la Ley de Impuesto Territorial no regula expresamente el efecto
que puede tener en el avalúo fiscal de una propiedad a raíz de la instalación
cercana de una estructura de grandes dimensiones (por ejemplo, una antena
de telecomunicaciones o una torre de alta tensión), sí existen mecanismos
legales que permiten al contribuyente instar ante el Servicio de Impuestos
Internos (SII) por la disminución del avalúo fiscal, fundado en dicha
instalación, pero basado en causales distintas, dependiendo de si se trata
de una solicitud de modificación de avalúo fiscal o de un proceso de reclamo
tributario contra el avalúo fiscal asignado en un proceso de reavalúo.
El contribuyente puede solicitar la modificación del avalúo fiscal en
cualquier momento, fundado en una causal legal genérica de modificación
56
de avalúo fiscal, establecida en el artículo 10, letra e) de la Ley de Impuesto
Territorial, que requiere que el contribuyente acredite que la instalación de
la antena o torre constituye un factor que disminuye considerablemente el
valor de la propiedad, y que ello no sea imputable al propietario u ocupante.
En cambio, en un proceso de reavalúo aplicado por el SII, el contribuyente
puede interponer un reclamo tributario contra el avalúo asignado al bien raíz,
conforme el artículo 149 del Código Tributario, fundado en causales
establecidas administrativamente, consistentes en que la propiedad está
ubicada en zona de protección de obras de infraestructura peligrosa; que
ésta está rodeada por edificaciones en altura, que restringen su
aprovechamiento, constituyéndose así en una propiedad aislada y
desvalorizada dentro de su entorno; y que pueda sostener que se trata de
un caso excepcional.
Puede interpretarse que la construcción o instalación de las antenas o
torres señaladas podrían incluirse entre dichos factores. Además, la letra d)
del punto II de la Circular N° 10 de 2006, del SII, sobre aplicación de ajustes
al avalúo de terreno a casos particulares de Bienes Raíces No Agrícolas
contempla “Casos Excepcionales”, para los que dispone que “Cuando los
coeficientes de ajustes definidos en las letras b) y c) anteriores, no recojan
cabalmente las particularidades de un bien raíz determinado, se podrá
aplicar un coeficiente de ajuste menor al establecido en los puntos
anteriores. (…).”. Es decir, esta norma administrativa permitiría aplicar un
57
coeficiente de ajuste, menor a los establecidos en la misma Circular, como
una situación particular, la instalación de una torre o antena.
En Av. Camilo Henríquez #4076. Límite de La Florida con la comuna de
Puente Alto, propiedad de Germán rojas y Gilda contreras, accedieron a
destinar su antejardín para la instalación de una antena para celular, La
comunidad inmediatamente antes de que estuviera operativa y luego de
observar la estructura, se manifestó totalmente en contra, y comenzó una
campaña para reunir firmas y desechar esta pésima iniciativa, a continuación
se adjunta la carta enviada a la Subtel:
Sr. SUBTEL
Para su consideración, los vecinos del conjunto Plazuela Los Toros,
mediante la presente carta, manifiestan a usted su preocupación por la
obra que se lleva a cabo en el domicilio ubicado en Av. Camilo Henríquez
#4076. Esta obra consiste en la instalación de una antena de Telefonía
Móvil en el antejardín de la vivienda antes mencionada. Producto de la
preocupación de los vecinos frente esta problemática, solicitamos a usted
nos proporcione los antecedentes correspondientes sobre la misma, como
por ejemplo, la empresa a la cual corresponde la antena, si cuenta con los
permisos necesarios para ello y si se ajusta a las normativas vigentes.
Junto con lo anterior declaramos nuestra preocupación por los riesgos a la
salud que provoca la contaminación electromagnética, la desvalorización
58
de las viviendas y la destrucción de paisaje y armonía del barrio, afectando
la sana convivencia que debe existir entre los vecinos. Esperando una
pronta respuesta, Atte.,
La campaña apuntó a los siguientes puntos:
Desvalorización de las propiedades cercanas en un 35% Riesgo para la
salud de la población que se encuentra expuesta a la radiación
(contaminación electromagnética) que esta produce. Destrucción del paisaje
urbano y la arquitectura de la villa.
Es un tema relevante y preocupante que a pesar de lo dicho por las
autoridades, creemos que no sé toma realmente la opinión de la comunidad,
nos bastaría simplemente con la siguiente pregunta:
¿CUÁNTO MENOS VALE MI CASA FRENTE A UNA ANTENA
REPETIDORA DE ONDAS ELECTROMAGNÉTICAS PARA CELULARES?
Esta es una pregunta frecuente que hacen los propietarios de inmuebles
que se sienten afectados por la presencia de Antenas emisoras y receptoras
de ondas electromagnéticas que utilizan las empresas de telefonía celular
en el mundo.
En términos generales las antenas pueden ser instaladas en toda las áreas
urbanas y rurales, excepto dentro de establecimientos educacionales, salas
59
cuna, jardines infantiles, hospitales, clínicas o consultorios, predios urbanos
donde existan torres de alta tensión, y hogares de ancianos, ni en sitios
ubicados a una distancia de los deslindes de estos establecimientos menor
a cuatro veces la altura de la torre, con un mínimo de 50 metros de distancia,
salvo que se trate de torres que estos establecimientos requieran para fines
propios.
Tampoco en una zona declarada por la Subsecretaría de
Telecomunicaciones como zona saturada de sistemas radiantes de
telecomunicaciones.
Estas disposiciones se aplican para torres de antenas de
telecomunicaciones en general.
Si la torre tiene más de 12 metros de altura o está a menos de 40 metros
de distancia del establecimiento, el concesionario responsable (la empresa
de telecomunicaciones) tiene doce meses para reubicarla. Además a una
distancia de entre 40 y 80 metros de estos establecimientos sólo se
permitirán torres de hasta 25 metros de altura.
Hoy en día existen zonas saturas que por resolución de la Subsecretaría
de Telecomunicaciones, la densidad de potencia de transmisiones excede
los límites que la misma Subsecretaría ha fijado mediante un reglamento
técnico.
60
Se han observado donde una misma antena es arrendada para distintas
compañías de telecomunicaciones lo cual está absolutamente dentro de la
ley.
La colocalización de antenas se da cuando una misma torre tiene antenas
de más de una empresa o concesionario. Esto puede ocurrir, por ejemplo,
cuando una empresa requiere instalar una antena en una zona saturada de
infraestructura, por lo que debe hacerlo en una torre ya levantada, aunque
en primer lugar la ley exige que cualquier concesionario que requiera instalar
una antena en una zona apta para ello dé preferencia a colocarla en una
torre ya existente.
Para dicha instalación debe pedir autorización al concesionario que erigió
dicha torre. De hecho, entre los requisitos para la instalación de una torre
está que el proyecto de cálculo estructural acredite que la estructura
soportará las entenas de dos concesionarios si mide menos de 30 metros
de altura, y de tres si mide más de 30 metros.
Se debe tener claro que todas las torres y antenas que ya cuentan con
autorización, mantendrán esa condición. Además, toda solicitud que
estaba en trámite al momento de entrar en vigencia esta ley continúa su
tramitación según la ley que estaba vigente en ese entonces.
61
CAPÍTULO 3 : DESARROLLO
Para cumplir con los objetivos específicos, se dividió el proyecto de título
en el capítulo anterior en las normativas y material guía que existe en este
tema dentro de un marco teórico, en el desarrollo en cambio, se llegó a
distintas instancias, por una parte, una encuesta para determinar el grado
de impacto social que tiene la instalación de una antena celular en viviendas
cercanas (dentro de la manzana circundante) la cual se realiza en la comuna
estudiada, a pobladores vecinos de antenas para conocer su percepción del
tema. Por otro lado, para determinar un posible impacto económico en las
viviendas cercanas a antenas para celulares y establecer una posible
depreciación del suelo, se recurrió a profesionales competentes con una
visión objetiva del tema. En éste mismo capítulo se desarrolló una tabla con
precios de distintas alternativas de antenas y pagos por predios que servirá
de ayuda para llegar a una posible conclusión.
A continuación comenzará el desarrollo conociendo los resultados de la
encuesta.
3.1 ENCUESTA
Para aminorar el efecto negativo (impacto visual, depreciación) en las
propiedades colindantes a estructuras soportantes de antenas, creemos
que el camuflaje y la implementación definitiva de antenas con diseños
62
alternativos, como los propuestos en los catálogos del MINVU podrían ser
la solución. Para éste fin se confeccionó en este proyecto título, una
encuesta para los vecinos a estas antenas. Ésta se realizó conociendo la
existencia de 4 zonas saturadas en la comuna, a través de un tercero,
consultado René Velásquez, Arquitecto de múltiples proyectos en la
comuna, el promedio de viviendas en torno a una antena es relativo,
dependiendo del sector, donde esté emplazada.
Considerando que solo los propietarios de viviendas que se encuentren
dentro del radio de 2 veces la altura de una antena son los afectados, para
una antena de30m de altura, la más abundante en la comuna, se
encuentran en promedio 18 roles lo que en 4 zonas arroja un total de 72
viviendas, se definió entrevistar a personas mayores de 18 años, que vivan
en propiedades colindantes a antenas celulares y dentro de la manzana,
para definir los parámetros, se recurrió a la página
http://www.netquest.com/ para obtener la muestra necesaria, para realizar
la encuesta. Con un margen de error del 5 %, un nivel de confianza del
95% (Cuanto mayor sea el nivel de confianza, mayor tendrá que ser la
muestra), un tamaño del universo de 72 casas (Número de personas que
componen la población a estudiar) y una heterogeneidad del 50 % (Es la
63
diversidad del universo. Lo habitual suele ser 50), se obtuvo una muestra
recomendada de 61 encuestas como mínimo, siendo 62 las realizadas.
Ilustración 17, Plano N°1 ENTEL, Subgerencia de adquisición de sitios
En la ilustración N°17 se observa un plano tipo de la zona que se ve afectada
directamente a causa de la instalación de antenas, según las distancias
establecidas en la ley y que son consideradas por las empresas
instaladoras. En éste proyecto de título se considera que el radio afectado
es mayor al que muestra ésta lámina, ya que planteamos que el efecto de
instalar una estructura de antena para celular repercute al menos en la
manzana que la rodea, siendo mayor la cantidad de propiedades con un
desmedro a causa de ésta instalación.
64
La comuna de La Florida completa se muestra en la siguiente imagen:
Ilustración 18, Perímetro de la Comuna de La Florida – Fuente : web Transantiago informa
La zona que concentró la encuesta realizada se muestra en la siguiente
imagen:
Ilustración 19, Plano sector saturado zona Perpetua Freire– Fuente :SUBTEL
65
Preguntas para encuesta sobre instalación antenas para celulares con
respuestas esperadas.
A continuación se exponen las preguntas de la encuesta realizada con
respuestas esperadas, las cuales se validaron previamente con
profesionales competentes:
1) Si una empresa de telefonía decide instalar una antena celular cerca
(menos de 75m) de su vivienda según la Ley N° 20.599, ¿Estaría de
acuerdo, en desacuerdo o le es indiferente?
R: Se espera que el entrevistado indique el grado de importancia
particular en la instalación hipotética de una antena para telefonía
celular, en caso de que el entrevistado considere que ya tiene una
instalada cerca, plantear en el dialogo la instalación de una adicional
para poder obtener de todas maneras una respuesta para ésta pregunta.
2) ¿En caso de estar en desacuerdo ¿Por qué? (indicar el motivo
correspondiente)
R: Se desea obtener una respuesta, del por qué está en desacuerdo,
aludiendo a las razones que podría tener el propietario de una vivienda
entrevistada, cualquiera sea ésta.
3) En caso de estar de acuerdo, ¿Por qué?
66
R: Se desea obtener la razón del por qué podría estar de acuerdo un
propietario de una vivienda que esté cercana al lugar donde se realizará
una estructura para antena celular funcional.
4) En caso de necesitar una vivienda: ¿Es relevante la existencia de
antenas de telefonía en el sector o no es una variable que le determinará
la decisión?, ¿Cuál es la variable más importante al momento de adquirir
una vivienda?
R: Se desea saber si una persona mayor de 18 años, como es el universo
de ésta encuesta, compraría una vivienda colindante a una E.S.A.
(estructura soportante de antena), sabiendo a la vez si es una razón muy
importante al momento de tomar la decisión, en caso de no ser la más
preponderante, conocer cuál es.
5) ¿Cree usted que el camuflaje de una antena es relevante en una antena
de telefonía?
R: Con ésta pregunta se pretende saber de parte del entrevistado si el
camuflaje tiene alguna importancia al momento de colindar con una de
ellas.
6) ¿Cree usted que una antena para celulares en su sector afectaría el
precio de su vivienda?
R: Con ésta pregunta se pretende saber de parte del entrevistado, vecino
a una E.S.A., si considera que su vivienda actual podría disminuir su
valor, al tener o ya estar colindando a una de éstas estructuras.
67
Objetivo de las preguntas:
El objetivo de estas preguntas es determinar qué grado de importancia le
da la población el tener una antena para celulares, determinar si lo considera
peligroso para su salud, si es que le afecta en un aspecto económico
considerando una devaluación de su propiedad, estéticamente con una
contaminación visual de su entorno u otra razón que defina el encuestado.
Para la encuesta realizada, se validaron las respuestas y el objetivo que
tenían cada una de las preguntas con profesionales, dos Ingenieros Civiles
de las telecomunicaciones, uno de los cuales trabaja en una de las
empresas más importantes de telefonía en Chile y el otro, Ex trabajador del
CER (Centro de Energías Renovables) y ahora profesional en Alemania. A
continuación se ilustra la forma de validación y los datos de quienes fueron
los validadores:
Instrucciones:
Por favor, lea detenidamente cada uno de los enunciados y respuestas de cada
ítem.
Utilice este formato para indicar su grado de acuerdo o desacuerdo con cada
enunciado que se presenta posterior a las preguntas, marcando con una equis (x)
en el espacio correspondiente según la siguiente escala:
68
Bueno
Regular
Deficiente
Si desea plantear alguna sugerencia para enriquecer el instrumento, utilice el
espacio correspondiente a observaciones, ubicado en la zona inferior del formato.
VALIDACIÓN DE PREGUNTAS DE ENCUESTA. Profesional 1
Presentación del
instrumento
APRECIACIÓN CUALITATIVA, CRITERIOS
Bueno Regular Deficiente
Claridad en la
redacción de los
Items para
entrevistados
X
Las preguntas
responden a lo
esperado.
X
Observaciones:
Nombre y Apellido:
Nicolás Esteban FaundesTejos _______________________________________
C.I.
15.366.283-5______________
Profesión:
Ingeniero Civil Electrónico, Universidad Técnica Federico Santa María ________
Institución donde Trabaja:
Clausthaler Umwelttechnik-Institut GmbH (kurz: CUTEC)___________________,
Alemania_________________________________________________________
69
Cargo que Desempeña:
Ingeniero Científico para Desarrollo Eléctrico ____________________________
Fecha: 2015-03-25_______________
_________________________
Firma del Profesional
Instrucciones:
Por favor, lea detenidamente cada uno de los enunciados y respuestas de cada
ítem.
Utilice este formato para indicar su grado de acuerdo o desacuerdo con cada
enunciado que se presenta posterior a las preguntas, marcando con una equis (x)
en el espacio correspondiente según la siguiente escala:
Bueno
Regular
Deficiente
Si desea plantear alguna sugerencia para enriquecer el instrumento, utilice el
espacio correspondiente a observaciones, ubicado en la zona inferior del formato.
70
VALIDACIÓN DE PREGUNTAS DE ENCUESTA. Profesional 2
Presentación del
instrumento
APRECIACIÓN CUALITATIVA, CRITERIOS
Bueno Regular Deficiente
Claridad en la
redacción de los
Items para
entrevistados
x
Las preguntas
responden a lo
esperado.
x
Observaciones:
Nombre y Apellido: Francisco Aguilar Aravena.___________________________
C.I.
15312465-5
Profesión: Ingeniero eléctrico e ingeniero civil industrial.__________________
Institución donde Trabaja: ENTEL S.A__________________________________
Cargo que Desempeña: Ingeniero de proyectos Senior.______________________
Fecha: __25/3/2015_
__________________________
Firma del Profesional
71
Al momento de realizar la encuesta, la cual es de tipo mixta, al tener
respuestas en las preguntas pre definidas como si o no, como también
preguntas abiertas a cualquier opinión del entrevistado al respecto de lo
consultado, no solo se recibe la respuesta sintetizada a las preguntas que
se están realizando, ya que también se produce una conversación en la
totalidad de los casos con quienes son encuestados. Para llevar a cabo la
encuesta, recurrimos a la estrategia de eliminar la palabra “encuesta” al
momento de pedirles a los vecinos que nos contestaran, cambiándola por
“consulta” acerca de las antenas que tenían en su sector, ya que la gente en
general no tenía disposición en contestarnos. En primera instancia las
personas creían que se trataba de personal de la municipalidad y se notaba
una especie de descargo hacia uno, atañéndonos prácticamente la
responsabilidad de las estructuras instaladas, por lo cual se trataba de
explicar inmediatamente que era un estudio para la Universidad, con esto la
actitud desafiante presentada en múltiples propietarios de viviendas
cambiaba a una manera de trato más amigable.
Cuando las personas accedían se producía una conversación donde se
comentaban las respuestas que ellos daban, a partir de comentarios
generalizados, se aludirá en tanto a las respuestas de la encuesta que
amerite, bajo los valores arrojados.
72
La encuesta arrojó los siguientes resultados:
1) Si una empresa de telefonía decide instalar una antena celular cerca
(menos de 75m) de su vivienda según la Ley N° 20.599, ¿Estaría de
acuerdo, en desacuerdo o le es indiferente?
Gráfico N°1. Respuestas pregunta N°1. Fuente: Elaboración propia
De las tres personas que estuvieron de acuerdo, una aludió a que él si
tuviera un terreno propicio para instalar una antena, lo haría, para
usufructuar de ella, así que entendía a quién lo arrendaba por lo cual estaba
de acuerdo, las otras dos personas también lo estaban por el tema de
mejorar la señal para sus comunicaciones.
1 ACUERDO 3 5%
2 DESACUERDO 51 82%
3 INDIFERENTE 8 13%
TOTAL 62
Respuesta Valor
5%
82%
13%
1 ACUERDO 2 DESACUERDO 3 INDIFERENTE
73
Las personas indiferentes, aludieron a que no les interesaba ya el tema ya
que creían que la Municipalidad no los toma en cuenta y que cualquier
opinión al respecto da igual.
2) ¿En caso de estar en desacuerdo ¿Por qué? (indicar el motivo
correspondiente).
Gráfico N°2. Respuestas pregunta N°2. Fuente: Elaboración propia
No existió otra razón a las que se ofrecieron en la pregunta. En general lo
primero era asociar a la salud, de hecho hubo personas mayores en algunas
viviendas que manifestaron dolores de huesos, al indicarles por parte
nuestra que no existía estudio que confirmara el daño, le quitaban
legitimidad de inmediato a nuestras palabras.
1 Salud 39 63%
2 Devaluación 14 23%
3 Estética 9 15%
Total 62
ValorRespuesta
63%
23%
14%
1 Salud 2 Devaluación 3 Estética
74
Las personas que se interesaban en el tema estaban convencidos de la
desvaloración de sus propiedades, indicando en general las dos últimas
opciones, tanto devaluación como los problemas de salud.
Quienes manifestaron estética aludieron en general al impacto visual que
ocasiona una instalación de antenas.
3) En caso de estar de acuerdo, ¿Por qué?
Ésta pregunta se comentó en la pregunta N°1
4) En caso de necesitar una vivienda: ¿Es relevante la existencia de
antenas de telefonía en el sector o no es una variable que le determinará
la decisión?, ¿Cuál es la variable más importante al momento de adquirir
una vivienda?
Gráfico N°3. Respuestas pregunta N°4. Fuente: Elaboración propia
1 SI 53 85%
2 NO 9 15%
3 RAZÓN
TOTAL 62
ValorRespuesta
85%
15%
1 SI 2 NO 3 RAZÓN
75
Los encuestados para quienes era importante la instalación de antenas,
siendo un factor a considerar, de éste 85%, el 100% lo asoció al tema de
salud, lo que ronda al 82% de las personas que no estaban de acuerdo en
la pregunta N°1, las personas que eran indiferentes a estas instalaciones fue
en general por el tema precio o sector de la vivienda, en general el factor
más importante para las personas que no molestaban rechazo a las antenas
al momento de comprar una vivienda fue por el tema de costo de la vivienda
o la necesidad en que podían encontrarse para adquirir una vivienda.
5) ¿Cree usted que el camuflaje de una antena es relevante en una antena
de telefonía?
Gráfico N°4. Respuestas pregunta N°5. Fuente: Elaboración propia
1 SI 8 13%
2 NO 54 87%
TOTAL 62
ValorRespuesta
13%
87%
SI NO
76
Los encuestados que manifestaron que el factor estético no era importante
fue en general que la antena seguía siendo antena con o sin camuflaje y que
los problemas serían producidos de cualquier modo.
Las personas que manifestaron que si era importante aludieron al impacto
visual que ocasionan las antenas.
6) ¿Cree usted que una antena para celulares en su sector afectaría el
precio de su vivienda?
Gráfico N°5. Respuestas pregunta N°6. Fuente: Elaboración propia
1 SI 57 92%
2 NO 0 0%
3 NO SABE 5 8%
TOTAL 62
ValorRespuesta
92%
0%
8%
1 SI 2 NO 3 NO SABE
77
El 92% opinó que si se devaluaría la propiedad, recalcando que el posible
daño a la salud de las antenas era generalizado lo cual provocaría tal
depreciación debido a la mala fama que éstas estructuras poseen.
El 8% restante no estaba seguro, desconocían si esto podría producir aquel
efecto.
Posterior a la encuesta vecinal y luego de incorporar las respuestas y
referencias obtenidas en dicha actividad y obteniendo el resultado de que el
92% de la población si cree que una antena para celular afectaría el valor de
su propiedad se realizó un estudio con actores relevantes en el ámbito
inmobiliario para concatenar de forma objetiva con el resultado obtenido, el
cual se encuentra en el subcapítulo siguiente.
78
3.2 DEVALUACIÓN DE PROPIEDADES.
El factor devaluación pasa a ser preponderante, a pesar de que en justa
razón la población le atañe una mayor preocupación a los “ Daños a la
Salud” producido por las antenas con un 63% por sobre el 23%
correspondiente a la depreciación de la propiedad, sin dudas, si las
personas conocieran los resultados de los estudios que se han hecho en
Chile, y de los tantos otros que se han desarrollado en el extranjero, las
conclusiones indican que la radiación de las antenas para celulares no
afecta a las personas en las cantidades emitidas(OMS).En el siguiente texto
es posible ahondar en dicha premisa:
La Organización Mundial de la Salud, OMS, ha estudiado por muchos años
los efectos de las antenas celulares sobre la salud de las personas y ha
descartado hasta ahora daños relacionados con las ondas que emiten.
No obstante, como medida precautoria, la OMS recomienda a los países
establecer normas que fijen límites a las potencias de las antenas para que
sus emisiones de ondas radioeléctricas sean bajas y seguras para la salud
de las personas.
En Chile se aplica estrictamente este principio precautorio, mediante una
normativa técnica que pone límites a las emisiones de las antenas y de los
teléfonos celulares. En el caso de las antenas, la norma chilena de
protección está en el promedio de las cinco normas más estrictas de la
OCDE. El límite máximo de potencia para las antenas permitido en Chile es
79
en promedio 10 veces más bajo que lo recomendado por la OMS y hasta
100 veces más bajo que lo autorizado en países desarrollados como
Estados Unidos.19
En la ley que regula en Chile la instalación de antenas ya es posible ver las
recomendaciones de no instalar en zonas cercanas a colegios u hospitales,
además de contar con una menor radiación en comparación a lo adoptado
en otros países, en nuestro país, estas emisiones fueron estudiada por el
Dictuc:
El Dictuc realizó 450 mediciones en las quince capitales regionales, por
encargo de Atelmo20. El punto con la emisión más alta está lejos de aquellos
que pueden provocar algún daño a las personas.21
Si las personas tuvieran éste precedente claro y aceptado, la depreciación
pasaría a encabezar como la principal razón de preocupación de los vecinos
pero ya no por un tema de emisiones sino tal vez por un tema de
contaminación visual.
De acuerdo a la Ley 20599, un propietario de una vivienda cercana a
donde se construirá una estructura de antena puede solicitar una retasación
del avalúo fiscal de su propiedad para obtener una disminución de
contribuciones, siempre y cuando se ubique en el radio de dos veces la
19
Extracto texto sobre el daño producido por las antenas, webhttp://www.SUBTEL.gob.cl/
20
Asociación de Telefonía Movil
21
Dictuc 2012
80
altura, sin embargo bajo esta norma, se cree que es mirado con cierto
desdén a los vecinos ya que la distancia en sí en demasiado acotada ya que
basta con ver la encuesta y vecinos que están dentro de la manzana y no
necesariamente adheridos a la propiedad donde se encuentra la antena se
consideran afectados. Los propietarios de las viviendas cercanas a las
antenas no tienen herramientas judiciales para oponerse a las
construcciones de éstas antenas cuando están levemente más alejados de
ellas y no estén dentro de lo establecido ( 2 veces el radio de la antena) la
ley es clara.
Bajo una acuciosa búsqueda, con el fin de poder determinar si existe una
devaluación del terreno circundante a una antena, se tomó como referencia
la antena más común en la comuna de La Florida, que es de 30m de altura,
de la cual hay 37 unidades actualmente (Diciembre año 2014), se consideró
bajo el criterio de los autores de éste proyecto de título, la ampliación del
radio afectado que la ley actual establece de 2 veces a 2.5 veces la altura
de la antena, es así como quedó establecida la distancia de 75m para poder
determinar si es afectada una propiedad a esa distancia y no solo las que
estén dentro de los 60 m que son los que la ley considera con una antena
de 30 m de altura. Recogimos la experiencia de actores relevantes para éste
apéndice del capítulo, consultamos a distintos profesionales por medio de 2
preguntas concisas y la visión de éste tema.
81
Se realizaron 2 preguntas a 4 destacados tasadores y a una corredora de
propiedades con vasta experiencia en la comuna de La Florida, entre el 30
y 31 de marzo, las preguntas se realizaron de forma presencial, en las
oficinas de los profesionales, exceptuando el tasador N°1 que fue consultado
por correo. Las peguntas con las respuestas esperadas fueron validadas
junto a las de la encuesta anterior y son las siguientes:
1.-Existe devaluación en una vivienda al tener instalada una antena para
celular en forma reticulada, a menos de 75 metros de distancia. En caso de
existir ¿Qué porcentaje puede disminuir el precio?
Se busca que el profesional determine si existe o no una depreciación en
viviendas alejadas 75 m o menos de una antena para celulares del tipo
reticulada que es la más recurrente y dentro de la misma pregunta, en caso
de que establezca de que si existe una devaluación, conocer si existe un
porcentaje estándar o conocido.
2.- ¿Es importante la estética de una antena para que influya en el precio de
una vivienda?
Se busca saber si una antena con camuflaje impide la depreciación o
disminuya ese impacto en las viviendas cercanas a la antena.
Los profesionales consultados junto a sus respuestas, a continuación:
82
Myriam Cuevas, Corredora de propiedades y propietaria de la corredora
MCPropiedades, ubicada en la comuna que estamos estudiando. En una
entrevista presencial, comenta que en una oportunidad le tocó vender, hace
aproximadamente 10 años, una propiedad que posterior a la adquisición del
parte del comprador, se usó para la instalación de una antena la cual aún se
mantiene activa. La ubicación se observa en la siguiente imagen:
Ilustración 20, antena Comuna de La Florida – Fuente : web SUBTEL
Recuerda que la propiedad fue vendida a una persona natural, en esos
años a un valor cercano a los 17 millones de pesos muy por debajo de los
60 millones que hoy estima para las propiedades que se encuentran en ese
sector, debido a la plusvalía que ha adquirido con los años aquel lugar en la
Florida. El que se haya vendido a una persona Natural nos indica que se
quería mantener en secreto la instalación de la antena ya que se compró sin
83
que figurará el nombre de la compañía que instalaría la antena, debido al
revuelo y manifestación que podría haber tenido la comunidad, ya que si la
antena cumplía con los requisitos para la instalación, el permiso debía ser
adjudicado por parte de la Municipalidad. La Ley que regía era distinta a la
actual, hoy en día la Municipalidad y la autoridad tienen conciencia de que
se producen saturaciones en los sectores debido a la instalación masiva de
antenas y es esto lo que se está tratando de evitar.
Las preguntas realizadas a Myriam:
1.-Existe devaluación en una vivienda al tener instalada una antena para
celular en forma reticulada, a menos de 75 metros de distancia. En caso de
existir ¿Qué porcentaje puede disminuir el precio?
2.- ¿Es importante la estética de una antena para que influya en el precio de
una vivienda?
Respuestas:
“Con respecto a la primera pregunta, para mí de todas maneras baja el
valor pero todo depende del interés que haya en la propiedad, del tipo de
vivienda y el sector donde esté emplazada, pero también es importante el
fin que tenga ese suelo para la persona que esté comprando, el interés
mucho o poco de las personas que quieren comprar puede indicar qué tanto
puede bajar o no una propiedad.”
“Acerca de la segunda pregunta, en caso de que pase desapercibida y el
cliente no la vea, si importaría en ese caso, pero estaría dentro de un engaño
84
para lo cual no me prestaría, pero si la persona que quiere la propiedad como
vivienda y está consciente de la existencia de la antena y se le informa sobre
ella, creo que la forma de ésta no importaría”.
Tasador 1:
Juan G. Söhrens P. Arquitecto, Perito tasador:
1.-Existe devaluación en una vivienda al tener instalada una antena para
celular en forma reticulada, a menos de 75 metros de distancia. En caso de
existir ¿Qué porcentaje puede disminuir el precio?
2.- ¿Es importante la estética de una antena para que influya en el precio de
una vivienda?
Sus respuestas al respecto fueron las siguientes:
“Con respecto a la primera, sí; baja el valor y al igual que todas las partidas
que tiene una tasación es factible determinar un porcentaje en que
disminuye el precio del bien raíz. Este porcentaje dependerá de las
particularidades de la propiedad a tasar; ubicación, ofertas, demandas, etc”.
“Respecto a la segunda pregunta, la estética es importante no solo en una
antena (de hecho las simulan como palmeras porque no deben ser bonitas),
influye en el precio de toda propiedad”.
Tasador 2
Esteban Soto, Arquitecto y Tasador con diplomado en La Universidad de
Chile, inscrito en los registros del MINVU.
85
Esteban tiene su oficina y a la vez su vivienda en Av. Trinidad #159 comuna
de La Florida, coincidentemente colinda con una antena para celular de la
empresa Entel, se adjunta mapa de la ubicación.
Ilustración 21, Ubicación antena colindante a casa tasador – Fuente : web SUBTEL
El tema para este tasador ha resultado muy familiar al tener su propiedad
al lado de una estructura.
Al consultar las preguntas:
86
1.-Existe devaluación en una vivienda al tener instalada una antena para
celular en forma reticulada, a menos de 75 metros de distancia. En caso de
existir ¿Qué porcentaje puede disminuir el precio?
2.- ¿Es importante la estética de una antena para que influya en el precio de
una vivienda?
Respuestas:
R1: “Sobre la primera, si existe una devaluación, pero no existe un
porcentaje ya que la tasación se hace a través del mercado, es él quien
regula y muchos factores externos, dependiendo del interés y cuan valioso
sea el sector donde está ubicada la propiedad”.
R2: “En la segunda, no influye el camuflaje ni la estética, la depreciación
podría producirse igualmente a lo más que tenga la propiedad un fin
comercial que no afecte al cliente que tenga una antena, por ejemplo un
Jardín infantil, una clínica particular, etc. Pero con otro giro quizás no influya
incluso para una farmacia. Pero en ese caso acoto mi población de
interesados, tendría que llegar el comprador preciso, algo que podría ser
poco usual.”
Esteban comenta que si debiese vender su propiedad sin duda bajaría un
porcentaje su valor, ya que debe ser atractiva al mercado en relación a otra
que esté un poco más alejada de la antena, estima un 5% pudiendo llegar a
7% que es el interés que se produce en su propiedad cada año, mejorando
su plusvalía, ya que está a metros del Metro Trinidad, esto para mantener y
87
competir en la velocidad de venta, ya que también es un factor a considerar
porque no es lo mismo vender hoy en día que vender en un año más al
mismo valor, ya que se produce una devaluación del dinero.
Con los antecedentes que él maneja una vivienda que esté alejada del
radio de desplome de una antena no debería ser depreciada por el Banco,
esto se refiere a que la entidad bancaría podría eventualmente considerar
que una vivienda se podría ver afectada con la estructura colindante, solo
si se produjera un desplome por cualquier motivo que este fuera, ya que el
Banco sabe que no existen estudios de daños a la salud, por esto, en caso
de que el banco deprecie, sería por un tema de seguridad y no por otro
motivo.
Tasador 3
Ignacio Rodríguez Córdova. Constructor Civil PUC, Tasador en Tinsa S.A.
La empresa con mayor cantidad de tasaciones en el país, ubicada en
Rosario Norte 615 Of. 1604, Las Condes - Santiago (Chile)
Email:irodriguez@tinsa.cl.
Con respecto a las preguntas:
1.-Existe devaluación en una vivienda al tener instalada una antena para
celular en forma reticulada, a menos de 75 metros de distancia. En caso de
existir ¿Qué porcentaje puede disminuir el precio?
2.- ¿Es importante la estética de una antena para que influya en el precio de
una vivienda?
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2014 02-tello-rodriguez

  • 1. UNIVERSIDAD CENTRAL DE CHILE FACULTAD DE INGENIERIA ESCUELA DE ESCUELA DE OBRAS CIVILES Y CONSTRUCCIÓN ESTUDIO DEL IMPACTO SOBRE EL CONTEXTO SOCIAL Y ECONÓMICO DEL EMPLAZAMIENTO DE DIFERENTES TIPOS DE ANTENAS CELULARES EN LA COMUNA DE LA FLORIDA MEMORIA PARA OPTAR AL TÍTULO DE INGENIERO EN CONSTRUCCIÓN Profesor Guía Sr. Jaime Arriagada Profesor Informante Sr. Eduardo Sepúlveda LEONARDO RODRIGO RODRIGUEZ TORRES JORGE DAVID TELLO VILLARROEL Mayo 2015 Santiago-Chile
  • 2. i DEDICATORIA A mi hermosa, esforzada y paciente familia quienes me acompañan en este camino. Leonardo Rodríguez A mis Padres, por toda la ayuda brindada desde siempre, a mi compañero Leonardo por ser un pilar fundamental en finiquitar éste proceso. Jorge Tello Villarroel
  • 3. ii AGRADECIMIENTOS A nuestro profesor guía Sr. Jaime Arriagada, gran apoyo en el desarrollo de este estudio. A las empresas e instituciones que brindaron su valiosa información en pos del desarrollo de este estudio. A la Universidad Central de Chile quien entrego las herramientas para este desarrollo intelectual, profesional y personal.
  • 4. iii ÍNDICE DE ILUSTRACIONES..............................................................................iv RESUMEN.............................................................................................................v CAPÍTULO 1: ANTECEDENTES GENERALES.................................................. 1 1.1 Introducción ..............................................................................................................1 1.2 Propósitos.................................................................................................................2 1.3 Objetivos....................................................................................................................2 1.3.1 Objetivo General.....................................................................................................2 1.3.2 Objetivos Específicos..............................................................................................3 1.4 Hipótesis....................................................................................................................3 1.5 Alcances....................................................................................................................3 CAPÍTULO 2: MARCO TEÓRICO........................................................................ 5 2.1 Marco Histórico..........................................................................................................5 2.2 Marco Teórico...........................................................................................................7 2.3 Normativas Generales Que Regulan La Construcción...............................................9 2.4 Permisos Involucrados Para La Ejecución De Este Tipo De Obras.........................11 2.5 Tipos De Estructuras, Diseños................................................................................20 2.5.1 Base Para Propuestas Y Modelos Existentes. ......................................................22 2.5.2 Estructura Del Catalogo........................................................................................24 2.5.3 Modelos De Antenas Con Diseños No Naturales..................................................26 2.6 Flujograma De Procesos.......................................................................................28 2.7 Contexto Internacional ..........................................................................................42 2.8 Antecedentes Sobre La Devaluación De Propiedades..........................................55 CAPITULO 3 : DESARROLLO ...........................................................................61 3.1 Encuesta.................................................................................................................61 3.2 Devaluación De Propiedades..................................................................................78 3.3 Análisis De Costos Para Distintos Tipos De Antenas..............................................91 CAPÍTULO 4: CONCLUSIONES.......................................................................102 ANEXOS...........................................................................................................105
  • 5. iv ÍNDICE DE ILUSTRACIONES Ilustración 1, Modelo de aviso de Instalación.................................................................12 Ilustración 2, Imágenes estructuras de 21 metros........................................................195 Ilustración 3, Plano tipo Torre ......................................................................................156 Ilustración 4, Mapa zonas Saturadas Comuna de La Florida año 2015 .......................169 Ilustración 5, Estructura soportante..............................................................................210 Ilustración 6, Planta Típica Radioestación con Monoposte. ...........................................21 Ilustración 7, Planta Típica Radiestación con Torre Autosoportada ...............................21 Ilustración 8, Planta Típica Radiestación con Torre ventada..........................................22 Ilustración 9, Tramite para definir diseño .....................................................................202 Ilustración 10, Modelos de antenas con diseños naturales ...........................................25 Ilustración 11, Modelos Naturales: Palmeras.................................................................25 Ilustración 12, Modelos Artificiales: Postes. ...................................................................26 Ilustración 13, Modelos Artificiales: Varios.....................................................................26 Ilustración 14, Modelos Artificiales: Varios ....................................................................27 Ilustración 15, Ficha antenas disponibles en catalogo. .................................................27 Ilustración 16, Flujograma de gestiones para desarrollo ................................................40 Ilustración 17, Plano N°1 ENTEL, Subgerencia de adquisición de sitios........................63 Ilustración 18, Perímetro de la Comuna de La Florida ..................................................64 Ilustración 19, Plano sector saturado zona Perpetua Freire...........................................64 Ilustración 20, antena Comuna de La Florida................................................................82 Ilustración 21, Ubicación antena colindante a casa tasador ..........................................85 Ilustración 22, Antena contraventada .........................................................................92 Ilustración 23, Antena Autosoportada .………………………………………………..……92 Ilustración 24, Antena Monoposte ............................................................................92 Ilustración 25, Antena Monoposte Palmera....................................................................92 Ilustración 26, inscripción tasador Minvu .....................................................................105 Ilustración 27, Mail respaldo Tasador Esteban Soto ....................................................106 Ilustración 28, Mail respaldo Corredora de propiedades ..............................................106 Ilustración 29, Mail respaldo Tasador Tinsa.................................................................107
  • 6. v RESUMEN El trabajo de Título presentado a continuación surge de la motivación en investigar acerca de las antenas celulares que están hoy en día instaladas a lo largo de nuestro país, conocer las leyes vigentes y el contexto de como son y han sido instaladas en zonas urbanas. Para especificar y acotar ésta investigación, se realizó dentro de la comuna de La Florida al ser ésta un sector con varias zonas saturadas de antenas para celulares, lo que permite de forma empírica conocer sobre el impacto que las estructuras provocan en la población, determinando que los diseños de camuflaje ofrecidos por las empresas de telefonía no son suficientes para aminorar las repercusiones que tienen las antenas en desmedro de los vecinos, respondiendo al rechazo generalizado de la población hacia estas estructuras, el cual quedó de manifiesto a través de una consulta ciudadana y a otros profesionales que están dentro del área que confirman los resultados. Finalmente con los resultados obtenidos y expuestos, junto con la información resultante por medio de la investigación realizada que abarcan tanto costos como normativas vigentes, permiten proponer medidas que podrían aminorar el impacto de estas estructuras en las zonas donde son emplazadas.
  • 7. 1 CAPÍTULO 1: ANTECEDENTES GENERALES 1.1 INTRODUCCIÓN El presente proyecto está orientado a explorar el amplio desarrollo que ha tenido la industria de telefonía celular, capitalizada a través de estructuras soportantes de antenas y su influencia en el costo de las propiedades cercanas, asunto controversial si se observa el cambio que han tenido estas estructuras, con regulaciones que han ido cambiando e implantándose, a la par con la demanda que han experimentado estos soportes para cumplir con las necesidades actuales. La gestión realizada por las empresas de telefonía para cumplir con las condiciones establecidas por los entes reguladores, no ha sido simple, ya que en este caso, por un lado está la exigencia de los usuarios de contar con buenos servicios para sus comunicaciones y por otro lado, nadie quiere ver interferido su entorno cercano con estas megas estructuras. Bajo el contexto expuesto, nos interesa cómo han evolucionado estos soportes en su forma desde que comenzaron a construirse, llegando hoy en día a amoldarse en las zonas urbanas, con diseños “amigables” casi desapercibidos. A lo largo de éste proyecto, se explorarán las Normas Nacionales que permiten la construcción de estas estructuras, también si el “camuflaje” o la arquitectura detrás de éstas antenas con formas de columnas, palmeras u
  • 8. 2 otras, nos permiten analizar y luego interpretar si tienen un fin de integración en las zonas urbanas o solo de no alarmar a los pobladores de que les están construyendo antenas. Queremos saber qué pasa con la devaluación económica de viviendas a las que les construyen antenas y las de sus vecinos, generalmente los más resistivos a esta situación. A partir de un análisis tanto económico y a la vez de factibilidad técnica, queremos saber por qué no optar por diseños arquitectónicos que se adapten a las zonas urbanas. 1.2 PROPÓSITOS La instalación de antenas a una población, ya que potencialmente se cree que sólo razones de salud son las que motivan a las personas en negar éste tipo de instalaciones, desconociendo que tal vez esto también implique una afección económica al momento de requerir realizar una venta o arriendo de su bien raíz. 1.3 OBJETIVOS 1.3.1 Objetivo general: Estudiar la repercusión que ha tenido la construcción y el diseño de distintas estructuras soportantes de antenas celulares en el ámbito social y económico de un sector de la comuna de La Florida en Santiago de Chile,
  • 9. 3 considerando cuánto afecta a los vecinos y cuánto puede disminuir el valor del terreno de una vivienda colindante. 1.3.2 Objetivos específicos: 1. Estudiar las regulaciones y leyes (Ley 20.599 y 18.168) involucradas en este tipo de obras. 2. Confeccionar un análisis socio - económico que considere las distintas alternativas de antenas existentes. 3. Determinar mediante una encuesta de opinión a la comunidad, sobre las consecuencias y perjuicios que les conlleva tener una antena para celular instalada cercana a su vivienda. 1.4 HIPÓTESIS  Si las estructuras soportantes de antenas no son construidas con un diseño que se adapte a las zonas urbanas entonces se verá afectará social y económicamente el sector donde son emplazadas. 1.5 ALCANCES Se estudiará un sector de la comuna de La Florida, en la Región Metropolitana, resaltando condicionantes dadas por Decretos Municipales que hagan referencia a la construcción de antenas para celulares que puedan ser adicionales a las descritas en la norma Nacional.
  • 10. 4 La información plasmada estará orientada al ámbito técnico, social y económico, abarcando en el área técnica solo la construcción y no componentes en el tema de calidad señales, ésta sólo se considerará en el tema social. Dentro del ámbito social, se tomará en cuenta la opinión de la comunidad sin que esto involucre una evaluación social del proyecto.
  • 11. 5 CAPÍTULO 2: MARCO TEÓRICO 2.1 MARCO HISTÓRICO El 3 de abril de 1973 se presenta el primer teléfono celular del mundo, un prototipo del Motorola DynaTAC 8000x - un aparato que pesaba 790 gramos, medía 33 cm de alto y que tenía una gran antena. Se marcó un número y el teléfono se conectó a una antena que Motorola había instalado sobre el techo de un edificio, y luego con las líneas terrestres de telefonía de la compañía AT&T, para cursar el primer llamado (1). Telefonía móvil como tal en Chile no hubo hasta el último tercio de los 80, cuando existía un mercado con varias compañías tratando de entregar cobertura de norte a sur del país tras la licitación del espectro de radiofrecuencias llevado adelante durante el régimen militar. En el tiempo la comunicación mediante ondas de radio ha tenido un crecimiento extremadamente importante. Y con este auge ha surgido la pregunta si las ondas de radiofrecuencia podrían tener efectos nocivos en la salud. Muchos estudios se han realizado en esta materia y aunque no se han llegado a resultados consistentes, las empresas de telefonía móvil han debido enfrentar diferentes problemas al instalar torres de telefonía celular 1 Fuente: Munizaga, 2013
  • 12. 6 en ambientes urbanos. Uno de los aspectos que preocupa a la población son estos posibles efectos en la salud. Sin embargo, otro aspecto importante son los efectos estéticos de las torres que sostienen a las antenas celulares. Una de las razones por las que esto ha generado polémica es que, al carecer las torres de sentido estético, las propiedades en su entorno podrían tender a devaluarse. Hoy en día se observa un pequeño esfuerzo pero una pobre imaginación en las contribuciones estéticas. En la realidad debería ser lo contrario. Las compañías de celulares deberían aprovechar esta oportunidad para contribuir con “arte” a la ciudad. Por ejemplo se podría llamar a arquitectos a diseñar torres de celulares más estéticas y que aun así funcionen como estaciones base. Esto permitiría calmar los miedos de quienes aborrecen la presencia de torres cerca de sus casas o lugares de trabajo. Al proveer el espacio público de arte se agrega un valor tanto al lugar como a las comunidades. Por ejemplo a través de obras como torres con relojes, obeliscos, campanarios, etc. Existen diferentes alternativas que permiten “disfrazar” una torre. Esto ya es conocido en Chile en algunas torres disfrazadas típicamente de palmeras. Sin embargo se requiere un esfuerzo mayor de las empresas en entregar un producto de mejor calidad, por ejemplo una palmera más realista y acorde a la realidad chilena. En lo que respecta a la Normativa que establece los parámetros que regulan la actividad, se puede indicar que es amplia en lo referente a las
  • 13. 7 telecomunicaciones, ya que abarca desde la instalación física de la radioestaciones hasta el control de emisiones. 2.2 MARCO TEÓRICO La implementación por parte de las empresas operadoras de telecomunicaciones de estructuras soportantes de antenas adaptadas al entorno con el objeto de causar un impacto social minimizado en la población colindante a la radioestación, podría permitir que estas estructuras sean aceptadas más fácilmente dentro del entorno urbano, no existe documentación exacta dispuesta a abarcar este tema que pueda darnos una base teórica de donde basarnos, los principales estudios corresponden a análisis realizados por las propias compañías operadoras o por la autoridad competente como la Subsecretaria de Telecomunicaciones, quien ha gestionado y ha sido participe en el desarrollo de los distintos instructivos y reglamentos que controlan la actividad, las leyes asociadas a este desarrollo son la Ley N° 20.599 con sus artículos 116 bis F, G,H e I, las cuales han sido agregadas a la antigua ley 20.599(2) para regularizar propiamente tal las zonas donde las estructuras son instaladas, donde el bis I define una zona urbana saturada. “Las torres soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones podrán instalarse en áreas urbanas y rurales, debiendo en ambos casos sujetarse a lo dispuesto en este artículo y 2 Oficial, 2012
  • 14. 8 en los artículos 116 bis F, 116 bis G, 116 bis H y 116 bis I de esta ley, según sea el caso”(3) Para estos efectos se entenderá que las torres de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones corresponden al conjunto específico de elementos soportantes de una antena y sistema radiante de transmisión de telecomunicaciones. Por su parte, la antena y el sistema radiante de transmisión de telecomunicaciones corresponden a aquel dispositivo a que se refiere el artículo 19 bis de la Ley General de Telecomunicaciones. Una fuente importante serán los actores relevantes, como son las empresas constructoras de antenas y las dueñas de éstas, ya que para realizar cualquier análisis debemos considerar que no todas las antenas ubicadas en un mismo radio corresponden a la misma empresa, son varias las empresas de telecomunicaciones pero no todas construyen, ya que también están los arriendos de señales de compañías más pequeñas a otras más grandes, para nuestro análisis de costos y factibilidad es muy importante acudir a ellos mediante entrevistas personales. Si bien Chile no es precursor en éste tipo de tecnología, por lo cual se han ido adaptando normativas extranjeras y experiencias de otros países en éste marco es indispensable, a pesar de que éste proyecto de título es para saber 3 Ref: Telecomunicaciones, 2012
  • 15. 9 dónde estamos y en que estamos, ejemplos de países más avanzados nos permiten realizar una conjetura para saber hacia dónde vamos y en qué nos encontramos respecto a estándares internacionales. 2.3 NORMATIVAS GENERALES QUE REGULAN LA CONSTRUCCIÓN Las principales leyes que regulan el mercado corresponden a la Ley 18.168 (Ley de Telecomunicaciones) la cual fue promulgada el 15 de septiembre de 1982 y que tuvo su última modificación el 12 de julio del 2007 con una modificación del artículo 28 F de la Ley general de Telecomunicaciones, relativo al Fondo de Desarrollo de las Telecomunicaciones. La cual a grandes rasgos indica en su Artículo 4°.- que la instalación, operación y explotación de los servicios de telecomunicaciones ubicados en el territorio nacional, incluidas las aguas y espacios aéreos sometidos a la jurisdicción nacional, se regirá por las normas contenidas en esta ley y por los acuerdos y convenios internacionales de telecomunicaciones vigentes en Chile. Se regirán también por esta ley, en lo que les sean aplicables los sistemas e instalaciones que utilicen ondas electromagnéticas con fines distintos a los de las telecomunicaciones. Artículo 6° Ley 18.168.- Corresponderá al Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, a través de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, la aplicación y control de la presente ley y sus reglamentos. Le competerá además, exclusivamente, la interpretación técnica de las disposiciones legales y reglamentarias que rigen las telecomunicaciones, sin LEY 19302,
  • 16. 10 perjuicio de las facultades propias de los tribunales Art.1°, 1b.- de justicia y de los organismos especiales creados por el decreto ley N° 211, de 1973. Para estos efectos, se entenderá que las torres soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones corresponden al conjunto específico de elementos soportantes de una antena y sistema de radiofrecuencia. Por su parte, la antena y sistema radiante de transmisión de telecomunicaciones corresponde a aquel dispositivo a que se refiere el artículo 19 bis de la Ley General de Telecomunicaciones. No podrán instalarse antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones en aquellas zonas urbanas saturadas de sistemas radiantes de telecomunicaciones conforme al artículo 7º de la Ley General de Telecomunicaciones, mientras dicha calificación se encuentre vigente. Artículo 116 bis G.- Toda torre soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones de más de tres y hasta doce metros de altura, incluidos en ellos sus antenas y sistemas radiantes, que reúnan las condiciones de diseño y construcción previstas en la letra b) del precepto anterior, requerirá permiso de instalación del Director de Obras Municipales conforme a lo dispuesto en este artículo. Las instalaciones a que se refiere el inciso anterior deberán cumplir con las normas dispuestas en el artículo 116 bis E y con los distanciamientos establecidos en la Ordenanza General de esta ley.
  • 17. 11 Otra de las leyes que incide directamente sobre la instalación de radioestaciones, especialmente en lo que se refiere a las estructuras soportantes de antenas es la Ley 20599, quien es la que “REGULA LA INSTALACIÓN DE ANTENAS EMISORAS Y TRANSMISORAS DE SERVICIOS DE TELECOMUNICACIONES”, mediante una modificación de la Ley General de Urbanismo en el epígrafe del Capítulo II del Título III y agregando los siguientes artículos, 116 bis E, 116 bis F, 116 bis G, 116 bis H y 116 bis I. Estos artículos son las directrices para cualquier instalación de estructura soporte de antenas, independiente de la forma o donde sea instalada, deberán atenerse a dichas proclamaciones, no obstante, es posible que deban considerarse otras restricciones adicionales, como son por ejemplo los decretos municipales. 2.4 PERMISOS INVOLUCRADOS PARA LA EJECUCIÓN DE ESTE TIPO DE OBRAS. En la Dirección de Obras de la Municipalidad de La Florida se debe ingresar un aviso de instalación de torres, que además deben cumplir con ciertos requisitos. Estos requisitos son: Una solicitud de instalación firmada por el dueño del terreno donde se ubicará la antena y por el concesionario responsable, un proyecto firmado por un profesional competente que incluya los planos de instalación de la
  • 18. 12 torre, presupuesto del proyecto, proyecto de cálculo estructural de la torre y un certificado de Correos de Chile que acredite que se ha comunicado la existencia del proyecto a los vecinos del lugar donde se instalará la torre. Para el sector estudiado no se necesitó ejecutar esta actividad ya que los emplazamientos de las estructuras fueron ejecutados previo a la promulgación de la Ley. Ilustración 1, Modelo de aviso de Instalación. Fuente Oficina Proyectos. Entel S.A.
  • 19. 13 Certificado de la Dirección General de Aeronáutica Civil, que acredite que la torre no será un peligro para la navegación aérea. Además, el solicitante deberá presentar un comprobante de correos que acredite haberse enviado con una antelación no menor a 15 días una comunicación a los propietarios a que se refiere la letra e) del artículo 116 bis F que informe a éstos de su solicitud y en particular de las características de la torre a instalar y su diseño. La mayoría simple de los propietarios podrá solicitar a la Dirección de Obras, dentro del plazo de 15 días, un diseño alternativo para la torre, siempre que éste se encontrare en la nómina a que se refiere la letra b) del artículo 116 bis F, la que en definitiva resolverá. El permiso de instalación de soporte de antenas y sistemas radiantes se otorgará al concesionario de servicios públicos e intermedios4 de telecomunicaciones. Identificará claramente al beneficiario; la localización de las instalaciones autorizadas, y no podrá tener un plazo inferior al que le reste al interesado para completar el plazo de su concesión. El Director de Obras, una vez instalada la torre, deberá verificar que la instalación se ejecutó conforme al permiso otorgado y procederá a efectuar la recepción, si fuere procedente. 4 Los Servicios Intermedios son aquellos servicios de telecomunicaciones, prestados a través de instalaciones y redes, destinados a satisfacer las necesidades de transmisión o conmutación de los concesionarios o permisionarios de telecomunicaciones, o a prestar servicio telefónico de larga distancia nacional e internacional, a la comunidad en general.
  • 20. 14 La instalación de antenas y sistemas radiantes en una torre ya construida producto de la autorización para localizar otorgada por el concesionario en virtud de lo dispuesto en el artículo 116 bis F no requerirá permiso o aviso alguno de la Dirección de Obras Municipales respectiva. Artículo 116 bis I.- Se entenderá que un territorio urbano se encuentra saturado de instalación de estructuras de torres soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones cuando un concesionario pretenda instalar una torre nueva dentro del radio de cien metros a la redonda donde ya existieren dos o más torres de doce metros o más, medido éste desde el eje vertical de cualquiera de las torres preexistentes. En este caso, el solicitante deberá proceder conforme a los incisos siguientes. La declaración de territorio saturado a que se refiere este inciso se efectuará por la Subsecretaría de Telecomunicaciones, teniendo como antecedente las estructuras existentes en el respectivo territorio, al momento de emitir un pronunciamiento conforme al artículo 19 bis de la Ley General de Telecomunicaciones o durante la tramitación de una solicitud de concesión o su modificación. Otro de los documentos base utilizados para el desarrollo del estudio es el Catalogo de diseño de torres soporte de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones. El cual a grandes rasgos indica que todas las torres soportes de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones de más de 3 metros de altura, incluidas en ellas sus antenas y sistemas radiantes, emplazadas en áreas urbanas, requerirán
  • 21. 15 permiso de instalación otorgado por la DOM5 respectiva, distinguiéndose tres casos: torres de más de 12 metros, torres entre 3 y 12 metros y torres de hasta 18 metros, en este último caso, armonizadas y con colocalización6 efectiva. 2A 2B Ilustración 2A y 2B, Ejemplos estructuras de 21 metros, Fuente: Propia 5 D.O.M : Dirección de Obras Municipales 6 Colocalización : Modalidad que se utiliza en instalar equipamiento en estructuras ya instaladas
  • 22. 16 Ilustración 3, Plano tipo Torre. Fuente: Entel PCS A contar de esta modificación los concesionarios deberán proponer para sus torres soporte, medidas de diseño y construcción destinadas a armonizar la estructura con el entorno urbano y la arquitectura del lugar donde se emplace. Para esto existen tres mecanismos posibles para la armonización de la torre soporte: - El concesionario propone un proyecto cuyo diseño está basado en un modelo del Catálogo o nómina de modelos de torres de soportes de antenas y sistema radiantes de transmisión de telecomunicaciones. - El concesionario propone un proyecto cuyo diseño es propio y constituye un objeto de arte para la ciudad.
  • 23. 17 - El concesionario propone un diseño estándar, el cual deberá cumplir con las indicaciones de la Ley 20599. El catalogo permitirá a la comunidad involucrada conocer y proponer una alternativa al diseño de torre soporte presentado por el concesionario en su solicitud. La Dirección de Obra tiene quince días hábiles desde que se presenta el aviso de instalación. Si al cabo de ese tiempo la Dirección de Obras no se pronuncia, se entenderá por aprobada. Los vecinos pueden oponerse a la instalación pero sólo pueden pronunciarse la junta de vecinos respectiva y los vecinos que vivan en un radio de dos veces la altura de la antena. Ellos pueden hacer observaciones al concejo municipal hasta 30 días después de recibida la comunicación enviada por Correos de Chile, y deberán optar entre pedir una obra de compensación o una antena que esté acorde con el diseño arquitectónico del vecindario. El concejo, a su vez, tiene 20 días para dar su respuesta. No obstante creemos que el área comprometida, aledaña a la ESA7, podría ser mayor al radio que la autoridad define como afectada y con derecho a reclamar por la antena. 7 ESA ( Estructura Soportante de Antenas)
  • 24. 18 Hoy en día, año 2014, la comuna de La Florida, lugar donde se concentrará éste proyecto de título es la 3ª comuna de Santiago con más zonas saturadas de antenas, siendo la cuarta a nivel nacional junto con Las Condes y Maipú luego de Viña del Mar.8 A pesar de ser una comuna saturada, en los últimos años a nivel global ha ido disminuyendo el valor total de zonas saturadas. La Florida bajó de 6 a 4 zonas saturadas en relación al año 2012. Gráfico 1, Zonas Saturadas en el año 2012. Fuente; Subtel 8 Telecomunicaciones S. D., 2014
  • 25. 19 Ilustración 4, Mapa zonas Saturadas Comuna de La Florida año 2015, Fuente; Subtel En la siguiente tabla se plasma la información de estructuras instaladas por compañías telefónicas las cuales están emplazadas en las zonas saturadas de la Comuna de La Florida: Tabla 1, Información de estructuras por zonas saturadas. Fuente: Subtel Zona Nro. Empresa Estado Dirección Comuna Tipo de Soporte Altura de Soporte 1 Movistar En Servicio Los Cerezos 5823 La Florida Monoposte 24 2 Entel En Servicio Los Cerezos 5823 La Florida Monoposte 30 3 Nextel En Servicio Los Cerezoz N 5831 La Florida Monoposte 29 1 Nextel En Servicio Av. Tobalaba N 7290 La Florida Autosoportada 42 2 Claro En Servicio Av Tobalaba 7290. La Florida Monoposte 30 3 Vtr En Servicio Calle Lo Cañas N 3636 . Sitio Salesianos La Florida Monoposte 30 1 Movistar En Servicio Alonso Ercilla N 8411 (Ex N Municipal 8211) La Florida Monoposte 30 2 Entel En Servicio Alonso De Ercilla 8411 (Ex 8211) La Florida Monoposte 30 3 Nextel En Servicio Alonso De Ercilla N 8411 La Florida Monoposte 29 1 Nextel En Servicio Av. Vicuña Mackenna N 12351 La Florida Autosoportada 46 2 Claro En Servicio Vicuña Mackenna N 12.351 La Florida Sin informacion 28 3 Vtr En Servicio Vicuña Mackenna 12351 La Florida Monoposte 36 1 3 4 2
  • 26. 20 2.5 TIPOS DE ESTRUCTURAS, DISEÑOS. Bajo la Ley 20.599 no es posible edificar una antena con un diseño que no sea los aprobados por el gobierno como estructura soportante, sin que tenga todos los detalles estructurales, memorias de cálculo y constructivos pero adjuntando los documentos si sería posible proponerlas y construirlas. En Noviembre del 2012 se aprobó un catálogo con distintas alternativas para la instalación de antenas, estas a diferencia de un diseño propio, no requiere de memorias de cálculo. Se sabe que el impacto visual y urbanístico ha sido enorme desde el momento que se instalan las estructuras soportantes de antenas celulares de diseños reticulares. Ilustración 5, Estructura soportante de la Comuna de La Florida – Fuente : Biblioteca propia
  • 27. 21 Ilustración 6, Planta Típica Radioestación con Monoposte. Fuente: Oficina Proyectos Entel S.A. Ilustración 7, Planta Típica Radiestación con Torre Autosoportada. Fuente: Oficina Proyectos Entel S.A.
  • 28. 22 Ilustración 8, Planta Típica Radiestación con Torre ventada. Fuentes Oficina Proyectos Entel S.A. 2.5.1 Base para propuestas y modelos existentes. Para definir un diseño de antena, hay que cumplir con un trámite el cual se resume a continuación: Ilustración 9, Tramite para definir diseño de estructuras antenas. Fuente: Elaboración Propia
  • 29. 23 Para la ejecución y levantamiento de antenas con diseño, existen tres alternativas, indicadas en cuadro superior, los cuales debiesen cubrir todo el espectro de alternativas posibles de ejecutar, están 1º las de diseño propio, las cuales deben venir con una justificación técnica que será evaluada por la DOM previamente a su ejecución, este trae consigo un tiempo de trámite de aprobación categorizado como Medio, 2º están los modelos ya validados o aprobados por el MINVU, lo que permite a las compañías en caso de elegir un modelo incluido en el catálogo, un ahorro considerable en recursos ya que no se debe justificar técnicamente el modelo a utilizar, permitiendo además realizar un trámite de aprobación bastante más expedito, ahora existe también un 3º caso que son las estructuras que son de diseño especial de diseño arquitectónico que contribuye con el entorno, este diseño tiene la particularidad de tener un lento desarrollo, ya que debe ser evaluado por un comité de expertos quienes decidirán si el modelo planteado contribuye en ser un objeto de arte para la ciudad. De esto se podría estimar que la decisión más obvia de las compañías operadoras en su mayoría será la de optar por usar un diseño del catálogo ya validado, con el objeto de ahorrarse bastantes recursos en diseño y plazos de aprobación, cabe mencionar que este catálogo fue ejecutado en consulta con las compañías lo que permitió determinar diseños factibles de ejecutar de manera rápida, las otras 2 alternativas de ejecución quedarían
  • 30. 24 supeditadas a sectores críticos e importantes dentro de lo que la compañía tiene en su plan de desarrollo. 2.5.2 Estructura del catalogo Clasificación por tipos de estructuras: Tabla 2. Fuente: MINVU
  • 31. 25 Ilustración 10, Modelos de antenas con diseños naturales Fuente: Oficina MINVU Ilustración 11, Modelos Naturales: Palmeras. Fuente: Oficina MINVU
  • 32. 26 Ilustración 12, Modelos Artificiales: Postes. Fuente: Oficina MINVU 2.5.3 Modelos de antenas con diseños NO naturales Ilustración 13, Modelos Artificiales: Varios. Fuente: Oficina MINVU
  • 33. 27 Ilustración 14, Modelos Artificiales: Varios. Fuente: Oficina MINVU Ejemplo ficha de diseños del Gobierno Ilustración 15, Ficha antenas disponibles en catálogo. Fuente: Oficina MINVU
  • 34. 28 La ilustración N°15 corresponde a un ejemplo de ficha técnica de la palmera que por catálogo, está disponible. Los concesionarios de servicios públicos e intermedios de telecomunicaciones pueden proponer para sus torres soporte de antenas medidas de diseño contempladas en éste, sin necesidad de justificar su armonía con el entorno, a través de una memoria explicativa o de la certificación de un comité de expertos. Ya que las pautas están ya preestablecidas como lo muestra la ficha, en ésta encontramos las dimensiones máximas y mínimas que deben tener éstas estructuras, altura de tronco, anchos, altura desde el comienzo del follaje, etc., como también en las regiones donde pueden ser instaladas y en los sectores dentro de la misma región que pueden ser emplazadas. Se ha acudido a sectores donde han sido emplazadas estructuras soportantes de antenas, considerando como actores relevantes a vecinos de diversos sectores para realizar encuestas y apreciar las opiniones y conocimientos sobre estas estructuras. 2.6 FLUJOGRAMA DE PROCESOS A continuación en la página 30 se muestra un flujograma que indica los distintos procesos relacionados con permisos y concesiones. En este esquema se aprecia el extenso recorrido que debe recorrer una concesión desde su gestación por parte de la autoridad hasta la puesta en marcha de esta por parte de las compañías operadoras de telecomunicaciones a través
  • 35. 29 de las distintas etapas las cuales se inician con la solicitud de las compañías operadoras a la Subsecretaria que aumente las bandas de radiofrecuencia de transmisión con el objeto de licitar y mejorar la cobertura, con la necesidad detectada por la SUBTEL esta genera un decreto de modificación de servicio público y genera un proyecto base para licitar entre las compañías El tramo 1 comprende la etapa de otorgamiento de la concesión para uso de la banda electromagnética que permita a las compañías transmitir señal de telefonía, esta modificación que se otorga por Decreto tuvo un paso previo por parte de la autoridad de determinar la necesidad de la liberación de este nuevo espectro el cual permitirá a las compañías operadoras de telefonía a través de mejoras en la infraestructura aumentar sus niveles de servicio, con la adjudicación de la concesión las compañías operadoras de telefonía por medio del operador de infraestructura comienzan la etapa de generación del proyecto de expansión. Para este tramo del desarrollo de la concesión el objetivo es para las compañías operadoras obtener la mayor cantidad del espectro disponible dentro de la banda licitada por la Subsecretaria de Telecomunicaciones.
  • 36. 30 TRAMO 1: S O L I C I T U D D E M O D I F I C A C I Ó N PROYECTO TÉCNICO SUBTEL SUB SECRETARIA DE TELECOMUNICACIONES OPERADOR MÓVIL OPERADOR DE INFRAESTRUCTURA PROYECTO TÉCNICO ANEXO 1 SOLICITA MODIFICACIÓN DE CONCESIÓN ANEXO 1 SOLICITA MODIFICACIÓN DE CONCESIÓN SURVEY AUTORIZA EMITE DECRETO DE CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO C v v Continúa en página siguiente Continúa en página siguiente
  • 37. 31 En el tramo 2 se emite el decreto que indica la modificación de la concesión de servicio público a las compañías operadoras que cumplieron con los requisitos dispuestos por la autoridad en lo que respecta a los desarrollos de proyectos tanto técnicos como de infraestructura lo que les permite gestionar sus solicitudes de permisos de obras en las distintas Direcciones de Obras de las Municipalidades involucradas. En esta etapa las compañías operadores se abocan a desarrollar sus planes de expansión de redes de acuerdo a la asignación obtenida durante la licitación e indicado en el decreto emitido, el proyecto ha desarrollar por las compañías operadoras considera la definición de la cantidad, materialidad y ubicación de las radioestaciones a construir, esta información es traspasada a las operadores de infraestructura quienes comienzan con el desarrollo de las ingenierías y fabricación de los elementos constituyentes de la radioestación, a su vez las empresas inmobiliarias quienes son las encargadas de realizar la búsqueda de lugares de emplazamiento, cierre de contratos con propietarios e ingresos de avisos en las Dirección de Obras. Por lo cual en esta etapa las empresas operadoras se enfocan en el desarrollo de la documentación que le permita dar inicio a las obras.
  • 38. 32 TRAMO 2: A P R U E B A P O R D E C R E T O S O L I C I T U D D E M O D I F I C A C I Ó N D E C O N SUBTEL SUB SECRETARIA DE TELECOMUNICACIONES AUTORIZA EMITE DECRETO DE MODIFICACIÓN DE CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO OPERADOR MÓVIL OPERADOR DE INFRAESTRUCTURA DESARROLLO DE PROYECTO DOCUMENTACIÓN PARA SOLICITUD DE PPERMISO DE OBRA v v v Continúa en página siguiente
  • 39. 33 En el tramo 3 se indica la situación respecto a la aprobación o rechazo por parte de la D.O.M. de los proyectos presentados, ya que en el caso de rechazo por parte de la D.O.M., se emite un oficio detallado de prohibición de instalación para telecomunicaciones, en caso de ser aprobado el proceso continua con su curso normal de desarrollo de obras en terreno. En resumen en esta etapa la empresa operadora de telecomunicaciones a través de sus empresas asesoras se enfocan en obtener la aprobación de la documentación para ejecución de obras correspondiente a cada radioestación, esto se realiza con un trabajo coordinado entre operadora, inmobiliaria y constructora para en el caso de requerir modificaciones la ingeniería presentada o complementar la información legal incluida en la presentación.
  • 41. 35 El tramo 4 corresponde a aquel en el cual los operadores de infraestructura realizan las obras que permiten desarrollar la red de acuerdo a lo indicado en la concesión, proceso para el cual deben ser desarrolladas en su totalidad las obras indicadas en los proyectos para ser visados por las Autoridades Municipales para generar la recepción de obras por parte de las D.O.M. Esta es la etapa que tiene más interacción con la comunidad ya que es la cual se desarrollan las obras civiles y eléctricas de la radioestación, además es la etapa en donde comienzan a aparecer los reclamos en contra de la ejecución de las obras para instalación de antenas, debido a esto se debe tener extrema precaución en la forma en que se interviene la vida cotidiana de la comunidad aledaña a la radioestación con el desarrollo de las obras, se debe considerar además que se debe tener ingresado el aviso de instalación previo al inicio de estas ya que no cumplir con este requisito legal puede provocar la paralización de las obras. En resumen para este tramo, se desprende que es uno de los más críticos en cuanto a la relación tanto con la comunidad como con la autoridad comunal y a su vez es en el que se despliega una mayor cantidad de recursos humanos. La etapa crítica está relacionada con el término de las obras civiles que permiten obtener la aprobación de estas obras por parte de la DOM, lo cual permite continuar con el proceso de presentación a la SUBTEL (Subsecretaria de Telecomunicaciones)
  • 42. 36 TRAMO 4: I N I C I O D E O B R A S Y R M P A R A I N F R A E S T R U C T U R A INICIO DE OBRAS EN TERRENO v TÉRMINO DE OBRAS EN TERRENO OPERADOR MÓVIL OPERADOR DE INFRAESTRUCTURA v v D.O.M. DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES SOLICITUD DE RECEPCIÓN DE OBRAS APRUEBA RECEPCIÓN v EMITE CERTIFICADO DE APROBACIÓN MUNICIPAL DE RECEPCIÓN DE OBRAS v v OBSERVA RECEPCIÓN v CORREGIR OBSERVACIÓN v v v v v v v v v v v v v v v v v v v FIN PROCESO INFRAESTRUCTURA Continúa en página siguiente Continúa en página siguiente
  • 43. 37 El tramo 5 comprende las actividades posteriores a las obras de infraestructura ya ejecutadas y aprobadas por las Direcciones de Obras de los Municipios respectivos y es la etapa de instalación de de equipos y antenas que varía en cantidad y calidad de acuerdo a los requerimientos particulares de cada operador. Esta es la etapa o tramo destinado a lo que se llama Instalación e Integración, la cual comienza una vez que las obras de infraestructura ya se encuentran en condiciones de recibir el equipamiento, este equipamiento corresponde a las antenas y equipos de radiofrecuencia que son el corazón de la radioestación, estos equipos son los que emiten la señal de telefonía y se deben instalar para que cumplan un cierto parámetro de emisión, parámetros que deben ser informados a la Subtel para su visación. El elemento principal de este tramo es el termino en plazo de la obras tanto de infraestructura como de instalación que permitan solicitar la autorización de activación de la radioestación, acción que permite a la radioestación comenzar a traficar y generar ingresos.
  • 44. 38 TRAMO 5: I N I C I O D E I N S T A L A C I Ó N D E E Q U I P A M I E N T O P A R A O P E R A D O R M Ó V I L INICIO DE INSTALACIÓN DE EQUIPOS Y ANTENAS TÉRMINO DE INSTALACIÓN DE EQUIPOS Y ANTENAS v v INTEGRACIÓN DEL SITIO A LA RED v CERTIFICADO DE APROBACIÓN MUNICIPAL DE RECEPCIÓN DE OBRAS ANEXO 3 INFORME DETALLADO DE EQUIPOS Y ANTENAS v v SOLICITUD DE RECEPCIÓN DE OBRAS (RCO) A SUBTEL APRUEBA RECEPCIÓN SUBTEL SUB SECRETARIA DE TELECOMUNICACIONES v v v OBSERVA RECEPCIÓN CORREGIR OBSERVACIÓN ACTIVACIÓN SITIO v v v v v v v v v v Continúa en página siguiente
  • 45. 39 En este tramo del proceso se indica que acciones se deben realizar en caso que se produzca un rechazo del aviso de instalación ingresado en la DOM, existen ocasiones en que las Municipalidades se amparan en Decretos Municipales para rechazar la instalación de estas estructuras, para contrarrestar estas disposiciones, las cuales en ocasiones son arbitrarias o atendiendo solo a algún populismo temporal, se puede acudir a la Secretaria Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo quien como organismo técnico solicita un informe detallado a la DOM en el que se indique la negativa de la autorización de emplazamiento, con el informe en su poder la SEREMI de Vivienda y Urbanismo emite una resolución la cual puede ser ratificar lo indicado por le DOM o dispondrá que la negativa no contiene argumentos suficientes como para impedir le instalación y revertirá lo dispuesto inicialmente.
  • 46. 40 TRAMO 6: Ilustración 16, Flujograma de gestiones para desarrollo- Fuente: De los Autores A P E L A C I Ó N A S E R E M I - M I N V U P O R R E C H A Z O M U N A I N S D E T E L E C O M v v v D.O.M. DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES SEREMI-MINVU SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE VIVIENDA Y URBANISMO OFICIO DETALLADO DE PROHIBICIÓN DE INSTLACIÓN PARA TELECOMUNICACIONES v SOLICITA EVACUAR INFORME DETALLADO DE PROHIBICIÓN DE INSTLACIÓN PARA TELECOMUNICACIONES v v EMITE INFORME POR PROHIBICIÓN DE INSTLACIÓN PARA TELECOMUNICACIONES v EMITE OFICIO RESOLUTIVO D.O.M. DIRECCIÓN DE OBRAS MUNICIPALES OPERADOR MÓVIL OPERADOR DE INFRAESTRUCTURA vv
  • 47. 41 Una vez desarrolladas estas dos actividades y contando con las respectivas aprobaciones: - La D.O.M. recibe a conformidad lo que respecta a obras de infraestructura, de acuerdo a la normativa vigente indicada en la O.G.U.C.9 y de acuerdo a lo presentado por las compañías en sus proyectos. - La SUBTEL10 es la encargada de la recepción de estas obras y permitir la activación de la radio estación, una vez que se haya verificado que los equipos y antenas cumplen con la normativa en lo referente a emisiones de acuerdo a su sector de emplazamiento. 9 O.G.U.C : Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones 10 SUBTEL : Subsecretaria de Telecomunicaciones
  • 48. 42 2.7 CONTEXTO INTERNACIONAL Debido a su similitud con la normativa y el impulso que se quiere dar a una industria necesaria para el desarrollo del país, se ha tomado el caso de Perú. “El desarrollo de la telefonía móvil ha tenido un desarrollo no acorde con los requerimientos del país, ya que para el gobierno peruano son considerados estos servicios de interés y necesidad pública ya que estos son la base fundamental para la integración de los peruanos y el desarrollo social y económico del país”.11 Para garantizar esto, el gobierno peruano aprueba una ley específica en esta línea, la Ley Nº 29022, La ley para la expansión de infraestructura en telecomunicaciones, la cual fue publicada el 13 de Noviembre de 2007. Esta ley, establece un régimen especial y temporal en todo el territorio nacional para la instalación y expansión de los servicios públicos de telecomunicaciones, en especial en áreas rurales y lugares de preferente interés social y zonas de frontera, a través de la adopción de medidas que promuevan la inversión privada en Infraestructura de Telecomunicaciones; y, declara a los referidos servicios de interés nacional y necesidad pública como base fundamental para la integración de los peruanos y el desarrollo social y económico del país. 11 “Fuente: Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones”. Perú
  • 49. 43 Entre los artículos más destacados se encuentran: Articulo 5° - Régimen de permisos y/o autorizaciones. Todos los permisos sectoriales, regionales, municipales o de carácter administrativo en general, que se requieran para abrir pavimentos, calzadas y aceras de las vías públicas para ocupar las vías o lugares públicos, así como para instalar en propiedad pública la Infraestructura Necesaria para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, estarán sujetos al silencio administrativo positivo, en el plazo de treinta (30) días calendario. Artículo 9°.- Obligaciones de los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones. Los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones deberán asumir las siguientes obligaciones: a) Observar la regulación específica vigente en materia de salud pública, medio ambiente y ornato, Áreas Naturales Protegidas del SINAMPE12, seguridad nacional, orden interno y patrimonio cultural. b) Adoptar las acciones necesarias a fin de garantizar que no se afecte la prestación de otros servicios, ni se generen daños a la infraestructura de uso público ni a la de terceros. c) Asumir los gastos que se deriven de las obras de pavimentación y ornato en general, necesarias para cautelar el mantenimiento de la infraestructura que hubiera resultado afectada, siempre y cuando los mismos deriven de la ejecución de proyectos propios o como consecuencia de la instalación de infraestructura propia. d) Asumir la responsabilidad por 12 Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado
  • 50. 44 los daños y perjuicios que se ocasionen como consecuencia de la instalación y operación de Infraestructura Necesaria para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones. e) Coadyuvar a la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones eficaces y eficientes preferentemente en áreas rurales, zonas de frontera y lugares de interés social. Artículo 11°. – Disposiciones Generales aplicables al procedimiento. Las disposiciones aplicables al procedimiento de obtención de Autorizaciones son: a) El procedimiento para obtener la Autorización para la instalación de la Infraestructura Necesaria para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, se sujeta a la aplicación del silencio administrativo positivo, en caso la Entidad de la Administración Pública competente no cumpla con resolver la solicitud presentada, dentro del plazo de treinta (30) días calendario. Si antes de obtener la respectiva Autorización, el Operador iniciara las obras para la instalación de su infraestructura, la Entidad de la Administración Pública competente, podrá disponer la paralización inmediata de los trabajos y el desmontaje y/o retiro de lo instalado y de los materiales, sin perjuicio de la aplicación de las sanciones administrativas correspondientes. b) En aquellas Entidades de la Administración Pública, en las que de acuerdo a su marco legal vigente, fuera exigible obtener adicionalmente una Autorización de Conformidad y Finalización de la ejecución de la
  • 51. 45 instalación de Infraestructura Necesaria para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, el procedimiento para su obtención, se sujetará a lo dispuesto en el literal precedente y a las disposiciones previstas en el artículo 14°. Asimismo, la obtención de la Autorización de Conformidad a que se refiere el párrafo precedente, no podrá ser denegada si se verifica el cumplimiento de los trámites y procedimientos contemplados en los artículos 13° y 14° del presente Reglamento. c) En cualquier supuesto, la denegatoria de las solicitudes a que se refieren los literales a) y b) precedentes, deberá estar debidamente sustentada, observándose las reglas contenidas en el artículo 6° de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, referida a la motivación del acto administrativo. Artículo 12°.- Requisitos de la Autorización para la Instalación de Infraestructura Necesaria para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones. Para obtener la Autorización para la Instalación de la Infraestructura Necesaria para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, los Operadores deberán presentar los siguientes documentos: a) Carta simple del Operador dirigida al titular de la Entidad de la Administración Pública solicitando el otorgamiento de la Autorización. b) Copia de los recibos de pago de la tasa o derecho administrativo por el trámite de la respectiva Autorización conforme a las reglas establecidas en el artículo 16° de este Reglamento.
  • 52. 46 c) Copia de la resolución emitida por el Ministerio mediante la cual se otorga concesión al Operador para prestar el servicio público de telecomunicaciones expedida por el Ministerio o en el caso de las empresas de valor añadido, de la resolución a que se refiere el artículo 33° de la Ley de Telecomunicaciones. d) De ser el caso, memoria descriptiva y planos de ubicación detallando las características físicas y técnicas de las instalaciones en materia de trámite, suscritos por un Ingeniero Civil y/o Electrónico o de Telecomunicaciones, según corresponda, ambos Colegiados, adjuntando el Certificado de Inscripción y Habilidad vigente expedido por el Colegio de Ingenieros del Perú. e) En el caso de estaciones radioeléctricas se presentará adicionalmente: i) Una declaración jurada del Ingeniero Civil Colegiado responsable de la ejecución de la obra, que indique expresamente que las estructuras, esto es, la edificación existente y torre sobre la cual se instalará la antena o antenas, reúnen las condiciones que aseguren su adecuado comportamiento en condiciones extremas de riesgo tales como sismos, vientos, entre otros, teniendo en cuenta, de ser el caso, el sobrepeso de las instalaciones de la Estación Radioeléctrica sobre las edificaciones existentes. Para tal fin, se anexarán los planos y cálculos de las instalaciones desde el punto de vista estructural y de anclaje a las edificaciones nuevas o existentes. Asimismo, se adjuntará el Certificado de Inscripción y
  • 53. 47 Habilidad vigente, del Ingeniero responsable de la ejecución de la obra, expedido por el Colegio de Ingenieros del Perú. ii) Carta de compromiso por la cual se compromete a tomar las medidas necesarias para la prevención del ruido, vibraciones u otro impacto ambiental comprobado que pudieran causar incomodidad a los vecinos por la instalación o funcionamiento de la estación o funcionamiento de la estación radioeléctrica, así como a adoptar todas las medidas necesarias a fin de garantizar que las radiaciones que emita la estación radioeléctrica durante su operación, no excederá de los valores establecidos como límites máximos permisibles de radiaciones no ionizantes, aprobados por Decreto Supremo N° 038-2003-MTCy su modificatoria. Artículo 13°. - Trámite para el otorgamiento de la Autorización para la Instalación de Infraestructura Necesaria para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones. Articulo 14°. - De la Autorización de Conformidad y Finalización de la ejecución de la Instalación de la Infraestructura Necesaria para la Prestación de Servicios Públicos de Telecomunicaciones. 12 de Julio de 2014 el gobierno peruano dispuso una serie de modificaciones a la Ley Nº 29022, de acuerdo a lo indicado en la Ley Nº 30288, en estas modificaciones se contempla principalmente lo indicado en el Artículo 7º en el cual se incluyen restricciones a los lugares de emplazamiento de las estructuras.
  • 54. 48 Artículo 7º.- Reglas comunes para la instalación de infraestructura 7.1 La infraestructura necesaria para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones que sea instalada por los concesionarios públicos de telecomunicaciones, no puede: a) Obstruir la circulación de vehículos, peatones o ciclistas. b) Impedir el uso de plazas y parques. c) Afectar la visibilidad de conductores de vehículos que circulen por la vía pública. d) Interferir en la visibilidad de la señalización de tránsito. e) Dañar, impedir el acceso o hacer inviable el mantenimiento, funcionamiento o instalación de la infraestructura de otros servicios públicos. f) Dañar el patrimonio urbanístico, histórico, cultural, turístico y paisajístico. g) Poner en riesgo la seguridad de terceros y edificaciones vecinas. h) Generar radiación no ionizante en telecomunicaciones sobre los lìmites máximos permisibles establecidos por la regulación sectorial, de acuerdo a los estándares internacionales. i) Afectar la biodiversidad y los ecosistemas al interior de las áreas naturales protegidas, sus zonas de amortiguamiento y en las áreas de conservación regional.
  • 55. 49 7.2 Los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones deben desarrollar sus proyectos con tecnología que permita que las estaciones de radiocomunicación, las torres y las antenas sean instaladas con el mínimo impacto paisajístico, en armonía estética con el entorno y edificaciones circundantes, integradas al paisaje urbano y con impacto ambiental reducido, conforme se establezca en el reglamento de la presente Ley. 7.3 Los concesionarios en telecomunicaciones son responsables de la observancia de las presentes disposiciones. El cumplimiento de estas es supervisado y en caso de incumplimiento, es sancionado por los gobiernos locales, con excepción de los supuestos cuya fiscalización esté a cargo de entidades con competencias legales exclusivas en la materia. El reglamento tipificará las infracciones y establecerá las sanciones que resulten aplicables. 7.4 Los concesionarios en telecomunicaciones deberán desarrollar sus proyectos con la mejor tecnología disponible y, a su vez, promover la transparencia y claridad de la información al público sobre sus planes de obras públicas y ejecución de las mismas. En Perú existen 4 empresas de telefonía, pero cabe destacar que Bitel, un prestador de servicios del país vecino, sólo entró al mercado el año 2014 recién pasado, con solo 0.1% del mercado, Las otras empresas, Entel,
  • 56. 50 Movistar y Claro, dominan el mercado. Los procesos que las empresas realizan para obtener permisos a sus solicitudes es similar a Chile lo que no implica una legislación similar, un ejemplo de ello, es el tema de la distancia que tiene implicancia una antena al sector donde se emplaza, no hay referencia de ello en la legislación peruana como lo hay en la chilena después de múltiples correcciones y mejoras, sólo hace referencia al pago de indemnización al propietario del terreno donde es levantada, lo cual quiere ser cambiado, es promovido por Indecopi13 A pesar de que en Chile y Perú existan prácticamente celulares para cada uno de los habitantes14, la diferencia en la cantidad de antenas instaladas es ampliamente menor en Perú. “Perú tiene entre 8500 y 9000 antenas, muy por debajo de las 32 mil que tiene Chile”15 lo que sin duda refleja una disminución de la calidad de señal recibida por la población, no obstante la concentración de las antenas se concentra en Lima y Callao, al igual como se concentran en la capital de Chile, distribuidos en las distintas comunas. En Lima y Callao hay 289 antenas por cada millón de habitantes, mientras que en Santiago de Chile hay 703 por cada millón de habitantes16. En Chile, el problema de la saturación de zonas con antenas ha provocado en el tiempo una preocupación constante, lo cual ha movilizado tanto a vecinos y autoridades para realizar un mejor control al momento de levantar 13 Fuente: Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual, Indecopi. 14 Fuente: Perú21.pe (diario nacional) para Perú y Subtel.cl para Chile 15 Diariocorreo.pe 16 Fuente: AFIN. Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional
  • 57. 51 una antena, con este control se busca a su vez, no proliferar la instalación de más antenas. Por su lado Perú, al tener un déficit de antenas entidades como la “Asociación para el Fomento de la Infraestructura Nacional” promueve campañas para difundir a la población la importancia de las antenas de telefonía móvil para poder contar con una mejor comunicación móvil. Las reglamentaciones tanto chilenas como peruana van en una línea no tan coincidentes ya que la legislación Peruana al respecto tiene un carácter menos restrictivo en lo que respecta al emplazamiento, debido a esto desde el año 2007 incentivó el desarrollo de estas redes por el beneficio del país, instruyendo a todos sus estamentos relacionados la máxima prolijidad en la revisión de antecedentes y otorgamiento de autorizaciones, alcanzando incluso a influir directamente sobre empresas concesionarias tanto como de carreteras como eléctricas, cosa impensada hasta el momento en Chile, donde las instituciones públicas como privadas tienen autonomía en sus procesos, por ejemplo, las compañías eléctricas chilenas no tienen un criterio común para este tipo de requerimientos, si bien se basan en la Norma NCH Nº4, cada una de ellas impone sus requerimientos particulares, la reglamentación chilena desde hace bastante tiempo ya ha incorporado el factor del distanciamiento, elemento fundamental que tienen los estamentos reguladores para controlar la construcción de estas estructuras, situación que la legislación peruana no lo considera, en el año 2012 Chile debido al constante aumento de la red de telecomunicaciones a lo largo del país, y en
  • 58. 52 la línea de lo que la comunidad en general reclamaba realiza modificaciones a la ley de telecomunicaciones, que afectan directamente al emplazamiento y las alturas de las estructuras, en esa línea Perú luego de ya llevar varios años con desarrollo en su red posterior a la publicación de la Ley que incentiva esta acción, decide realizar modificaciones a la ley vigente incorporando algunos artículos que le permiten controlar los emplazamientos. En relación a lo que son la emisiones de radiaciones no ionizantes ambos países están usando como referencia lo indicado por la OCDE, Chile en este aspecto está en el tercer lugar a nivel mundial, A modo de comparación, el informe determina que en su modo más restrictivo, los límites a la densidad de potencia permitidos por Chile para las estaciones en cercanas a establecimientos hospitalarios, asilos de ancianos, salas cuna, jardines infantiles y establecimientos educacionales de Enseñanza Básica, es 43,5 veces menor que la norma vigente en Estados Unidos, Finlandia, Japón, Holanda y Alemania, e incluso 58 veces menor comparada con la de Canadá. A nivel latinoamericano, nuestro país también encabeza el ranking en cuanto a restricción de emisiones.
  • 59. 53 Tabla 3, Indicación de Límites maximo de emisionesde radiaciones en Chile, Fuente; Subtel Tabla 4, Indicación de Límites máximo de emisiones de radiaciones en Perú, Fuente; Ministerio de Transportes y comunicación de Perú Para Chile en cuanto las mediciones, un estudio concluye que en todas las mediciones realizadas se cumple con los máximos permitidos por la Resolución Exenta Nº403 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, publicada el 30 de abril de 2008. Las cifras indican que el valor promedio medido fue de 0.073 µW/cm2(17) y el máximo de 1.478 µW/cm2.(18) 17 µW/cm2: microwatts sobre centímetro cuadrado 18 Fuente: Estudio Dictuc 2012
  • 60. 54 A pesar de este estudio, realizado por una entidad seria como lo es la dependiente de la Universidad Católica, la generalizada alusión de antena a daño a la salud y a perjuicio en general, se deriva en asociar las estructuras a una posible devaluación lo cual se ahondará en el siguiente subcapítulo.
  • 61. 55 2.8 ANTECEDENTES SOBRE LA DEVALUACIÓN DE PROPIEDADES En este subcapítulo, se dan las premisas que respectan al marco que involucra la devaluación de propiedades para la comunidad Chilena a causa de las antenas para celulares. Para quienes sufran la instalación de una de estas estructuras cercanas a sus viviendas, es posible solicitar el reavalúo de la propiedad por el SII. Se establece, directamente en la legislación, la posibilidad de indemnizar a un propietario colindante con una antena celular. Sin embargo, en materia tributaria, existen ciertas normas aplicables que permiten al propietario solicitar una retasación de su propiedad y, con ello, beneficiarse con el pago de menores impuestos. Aunque la Ley de Impuesto Territorial no regula expresamente el efecto que puede tener en el avalúo fiscal de una propiedad a raíz de la instalación cercana de una estructura de grandes dimensiones (por ejemplo, una antena de telecomunicaciones o una torre de alta tensión), sí existen mecanismos legales que permiten al contribuyente instar ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) por la disminución del avalúo fiscal, fundado en dicha instalación, pero basado en causales distintas, dependiendo de si se trata de una solicitud de modificación de avalúo fiscal o de un proceso de reclamo tributario contra el avalúo fiscal asignado en un proceso de reavalúo. El contribuyente puede solicitar la modificación del avalúo fiscal en cualquier momento, fundado en una causal legal genérica de modificación
  • 62. 56 de avalúo fiscal, establecida en el artículo 10, letra e) de la Ley de Impuesto Territorial, que requiere que el contribuyente acredite que la instalación de la antena o torre constituye un factor que disminuye considerablemente el valor de la propiedad, y que ello no sea imputable al propietario u ocupante. En cambio, en un proceso de reavalúo aplicado por el SII, el contribuyente puede interponer un reclamo tributario contra el avalúo asignado al bien raíz, conforme el artículo 149 del Código Tributario, fundado en causales establecidas administrativamente, consistentes en que la propiedad está ubicada en zona de protección de obras de infraestructura peligrosa; que ésta está rodeada por edificaciones en altura, que restringen su aprovechamiento, constituyéndose así en una propiedad aislada y desvalorizada dentro de su entorno; y que pueda sostener que se trata de un caso excepcional. Puede interpretarse que la construcción o instalación de las antenas o torres señaladas podrían incluirse entre dichos factores. Además, la letra d) del punto II de la Circular N° 10 de 2006, del SII, sobre aplicación de ajustes al avalúo de terreno a casos particulares de Bienes Raíces No Agrícolas contempla “Casos Excepcionales”, para los que dispone que “Cuando los coeficientes de ajustes definidos en las letras b) y c) anteriores, no recojan cabalmente las particularidades de un bien raíz determinado, se podrá aplicar un coeficiente de ajuste menor al establecido en los puntos anteriores. (…).”. Es decir, esta norma administrativa permitiría aplicar un
  • 63. 57 coeficiente de ajuste, menor a los establecidos en la misma Circular, como una situación particular, la instalación de una torre o antena. En Av. Camilo Henríquez #4076. Límite de La Florida con la comuna de Puente Alto, propiedad de Germán rojas y Gilda contreras, accedieron a destinar su antejardín para la instalación de una antena para celular, La comunidad inmediatamente antes de que estuviera operativa y luego de observar la estructura, se manifestó totalmente en contra, y comenzó una campaña para reunir firmas y desechar esta pésima iniciativa, a continuación se adjunta la carta enviada a la Subtel: Sr. SUBTEL Para su consideración, los vecinos del conjunto Plazuela Los Toros, mediante la presente carta, manifiestan a usted su preocupación por la obra que se lleva a cabo en el domicilio ubicado en Av. Camilo Henríquez #4076. Esta obra consiste en la instalación de una antena de Telefonía Móvil en el antejardín de la vivienda antes mencionada. Producto de la preocupación de los vecinos frente esta problemática, solicitamos a usted nos proporcione los antecedentes correspondientes sobre la misma, como por ejemplo, la empresa a la cual corresponde la antena, si cuenta con los permisos necesarios para ello y si se ajusta a las normativas vigentes. Junto con lo anterior declaramos nuestra preocupación por los riesgos a la salud que provoca la contaminación electromagnética, la desvalorización
  • 64. 58 de las viviendas y la destrucción de paisaje y armonía del barrio, afectando la sana convivencia que debe existir entre los vecinos. Esperando una pronta respuesta, Atte., La campaña apuntó a los siguientes puntos: Desvalorización de las propiedades cercanas en un 35% Riesgo para la salud de la población que se encuentra expuesta a la radiación (contaminación electromagnética) que esta produce. Destrucción del paisaje urbano y la arquitectura de la villa. Es un tema relevante y preocupante que a pesar de lo dicho por las autoridades, creemos que no sé toma realmente la opinión de la comunidad, nos bastaría simplemente con la siguiente pregunta: ¿CUÁNTO MENOS VALE MI CASA FRENTE A UNA ANTENA REPETIDORA DE ONDAS ELECTROMAGNÉTICAS PARA CELULARES? Esta es una pregunta frecuente que hacen los propietarios de inmuebles que se sienten afectados por la presencia de Antenas emisoras y receptoras de ondas electromagnéticas que utilizan las empresas de telefonía celular en el mundo. En términos generales las antenas pueden ser instaladas en toda las áreas urbanas y rurales, excepto dentro de establecimientos educacionales, salas
  • 65. 59 cuna, jardines infantiles, hospitales, clínicas o consultorios, predios urbanos donde existan torres de alta tensión, y hogares de ancianos, ni en sitios ubicados a una distancia de los deslindes de estos establecimientos menor a cuatro veces la altura de la torre, con un mínimo de 50 metros de distancia, salvo que se trate de torres que estos establecimientos requieran para fines propios. Tampoco en una zona declarada por la Subsecretaría de Telecomunicaciones como zona saturada de sistemas radiantes de telecomunicaciones. Estas disposiciones se aplican para torres de antenas de telecomunicaciones en general. Si la torre tiene más de 12 metros de altura o está a menos de 40 metros de distancia del establecimiento, el concesionario responsable (la empresa de telecomunicaciones) tiene doce meses para reubicarla. Además a una distancia de entre 40 y 80 metros de estos establecimientos sólo se permitirán torres de hasta 25 metros de altura. Hoy en día existen zonas saturas que por resolución de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, la densidad de potencia de transmisiones excede los límites que la misma Subsecretaría ha fijado mediante un reglamento técnico.
  • 66. 60 Se han observado donde una misma antena es arrendada para distintas compañías de telecomunicaciones lo cual está absolutamente dentro de la ley. La colocalización de antenas se da cuando una misma torre tiene antenas de más de una empresa o concesionario. Esto puede ocurrir, por ejemplo, cuando una empresa requiere instalar una antena en una zona saturada de infraestructura, por lo que debe hacerlo en una torre ya levantada, aunque en primer lugar la ley exige que cualquier concesionario que requiera instalar una antena en una zona apta para ello dé preferencia a colocarla en una torre ya existente. Para dicha instalación debe pedir autorización al concesionario que erigió dicha torre. De hecho, entre los requisitos para la instalación de una torre está que el proyecto de cálculo estructural acredite que la estructura soportará las entenas de dos concesionarios si mide menos de 30 metros de altura, y de tres si mide más de 30 metros. Se debe tener claro que todas las torres y antenas que ya cuentan con autorización, mantendrán esa condición. Además, toda solicitud que estaba en trámite al momento de entrar en vigencia esta ley continúa su tramitación según la ley que estaba vigente en ese entonces.
  • 67. 61 CAPÍTULO 3 : DESARROLLO Para cumplir con los objetivos específicos, se dividió el proyecto de título en el capítulo anterior en las normativas y material guía que existe en este tema dentro de un marco teórico, en el desarrollo en cambio, se llegó a distintas instancias, por una parte, una encuesta para determinar el grado de impacto social que tiene la instalación de una antena celular en viviendas cercanas (dentro de la manzana circundante) la cual se realiza en la comuna estudiada, a pobladores vecinos de antenas para conocer su percepción del tema. Por otro lado, para determinar un posible impacto económico en las viviendas cercanas a antenas para celulares y establecer una posible depreciación del suelo, se recurrió a profesionales competentes con una visión objetiva del tema. En éste mismo capítulo se desarrolló una tabla con precios de distintas alternativas de antenas y pagos por predios que servirá de ayuda para llegar a una posible conclusión. A continuación comenzará el desarrollo conociendo los resultados de la encuesta. 3.1 ENCUESTA Para aminorar el efecto negativo (impacto visual, depreciación) en las propiedades colindantes a estructuras soportantes de antenas, creemos que el camuflaje y la implementación definitiva de antenas con diseños
  • 68. 62 alternativos, como los propuestos en los catálogos del MINVU podrían ser la solución. Para éste fin se confeccionó en este proyecto título, una encuesta para los vecinos a estas antenas. Ésta se realizó conociendo la existencia de 4 zonas saturadas en la comuna, a través de un tercero, consultado René Velásquez, Arquitecto de múltiples proyectos en la comuna, el promedio de viviendas en torno a una antena es relativo, dependiendo del sector, donde esté emplazada. Considerando que solo los propietarios de viviendas que se encuentren dentro del radio de 2 veces la altura de una antena son los afectados, para una antena de30m de altura, la más abundante en la comuna, se encuentran en promedio 18 roles lo que en 4 zonas arroja un total de 72 viviendas, se definió entrevistar a personas mayores de 18 años, que vivan en propiedades colindantes a antenas celulares y dentro de la manzana, para definir los parámetros, se recurrió a la página http://www.netquest.com/ para obtener la muestra necesaria, para realizar la encuesta. Con un margen de error del 5 %, un nivel de confianza del 95% (Cuanto mayor sea el nivel de confianza, mayor tendrá que ser la muestra), un tamaño del universo de 72 casas (Número de personas que componen la población a estudiar) y una heterogeneidad del 50 % (Es la
  • 69. 63 diversidad del universo. Lo habitual suele ser 50), se obtuvo una muestra recomendada de 61 encuestas como mínimo, siendo 62 las realizadas. Ilustración 17, Plano N°1 ENTEL, Subgerencia de adquisición de sitios En la ilustración N°17 se observa un plano tipo de la zona que se ve afectada directamente a causa de la instalación de antenas, según las distancias establecidas en la ley y que son consideradas por las empresas instaladoras. En éste proyecto de título se considera que el radio afectado es mayor al que muestra ésta lámina, ya que planteamos que el efecto de instalar una estructura de antena para celular repercute al menos en la manzana que la rodea, siendo mayor la cantidad de propiedades con un desmedro a causa de ésta instalación.
  • 70. 64 La comuna de La Florida completa se muestra en la siguiente imagen: Ilustración 18, Perímetro de la Comuna de La Florida – Fuente : web Transantiago informa La zona que concentró la encuesta realizada se muestra en la siguiente imagen: Ilustración 19, Plano sector saturado zona Perpetua Freire– Fuente :SUBTEL
  • 71. 65 Preguntas para encuesta sobre instalación antenas para celulares con respuestas esperadas. A continuación se exponen las preguntas de la encuesta realizada con respuestas esperadas, las cuales se validaron previamente con profesionales competentes: 1) Si una empresa de telefonía decide instalar una antena celular cerca (menos de 75m) de su vivienda según la Ley N° 20.599, ¿Estaría de acuerdo, en desacuerdo o le es indiferente? R: Se espera que el entrevistado indique el grado de importancia particular en la instalación hipotética de una antena para telefonía celular, en caso de que el entrevistado considere que ya tiene una instalada cerca, plantear en el dialogo la instalación de una adicional para poder obtener de todas maneras una respuesta para ésta pregunta. 2) ¿En caso de estar en desacuerdo ¿Por qué? (indicar el motivo correspondiente) R: Se desea obtener una respuesta, del por qué está en desacuerdo, aludiendo a las razones que podría tener el propietario de una vivienda entrevistada, cualquiera sea ésta. 3) En caso de estar de acuerdo, ¿Por qué?
  • 72. 66 R: Se desea obtener la razón del por qué podría estar de acuerdo un propietario de una vivienda que esté cercana al lugar donde se realizará una estructura para antena celular funcional. 4) En caso de necesitar una vivienda: ¿Es relevante la existencia de antenas de telefonía en el sector o no es una variable que le determinará la decisión?, ¿Cuál es la variable más importante al momento de adquirir una vivienda? R: Se desea saber si una persona mayor de 18 años, como es el universo de ésta encuesta, compraría una vivienda colindante a una E.S.A. (estructura soportante de antena), sabiendo a la vez si es una razón muy importante al momento de tomar la decisión, en caso de no ser la más preponderante, conocer cuál es. 5) ¿Cree usted que el camuflaje de una antena es relevante en una antena de telefonía? R: Con ésta pregunta se pretende saber de parte del entrevistado si el camuflaje tiene alguna importancia al momento de colindar con una de ellas. 6) ¿Cree usted que una antena para celulares en su sector afectaría el precio de su vivienda? R: Con ésta pregunta se pretende saber de parte del entrevistado, vecino a una E.S.A., si considera que su vivienda actual podría disminuir su valor, al tener o ya estar colindando a una de éstas estructuras.
  • 73. 67 Objetivo de las preguntas: El objetivo de estas preguntas es determinar qué grado de importancia le da la población el tener una antena para celulares, determinar si lo considera peligroso para su salud, si es que le afecta en un aspecto económico considerando una devaluación de su propiedad, estéticamente con una contaminación visual de su entorno u otra razón que defina el encuestado. Para la encuesta realizada, se validaron las respuestas y el objetivo que tenían cada una de las preguntas con profesionales, dos Ingenieros Civiles de las telecomunicaciones, uno de los cuales trabaja en una de las empresas más importantes de telefonía en Chile y el otro, Ex trabajador del CER (Centro de Energías Renovables) y ahora profesional en Alemania. A continuación se ilustra la forma de validación y los datos de quienes fueron los validadores: Instrucciones: Por favor, lea detenidamente cada uno de los enunciados y respuestas de cada ítem. Utilice este formato para indicar su grado de acuerdo o desacuerdo con cada enunciado que se presenta posterior a las preguntas, marcando con una equis (x) en el espacio correspondiente según la siguiente escala:
  • 74. 68 Bueno Regular Deficiente Si desea plantear alguna sugerencia para enriquecer el instrumento, utilice el espacio correspondiente a observaciones, ubicado en la zona inferior del formato. VALIDACIÓN DE PREGUNTAS DE ENCUESTA. Profesional 1 Presentación del instrumento APRECIACIÓN CUALITATIVA, CRITERIOS Bueno Regular Deficiente Claridad en la redacción de los Items para entrevistados X Las preguntas responden a lo esperado. X Observaciones: Nombre y Apellido: Nicolás Esteban FaundesTejos _______________________________________ C.I. 15.366.283-5______________ Profesión: Ingeniero Civil Electrónico, Universidad Técnica Federico Santa María ________ Institución donde Trabaja: Clausthaler Umwelttechnik-Institut GmbH (kurz: CUTEC)___________________, Alemania_________________________________________________________
  • 75. 69 Cargo que Desempeña: Ingeniero Científico para Desarrollo Eléctrico ____________________________ Fecha: 2015-03-25_______________ _________________________ Firma del Profesional Instrucciones: Por favor, lea detenidamente cada uno de los enunciados y respuestas de cada ítem. Utilice este formato para indicar su grado de acuerdo o desacuerdo con cada enunciado que se presenta posterior a las preguntas, marcando con una equis (x) en el espacio correspondiente según la siguiente escala: Bueno Regular Deficiente Si desea plantear alguna sugerencia para enriquecer el instrumento, utilice el espacio correspondiente a observaciones, ubicado en la zona inferior del formato.
  • 76. 70 VALIDACIÓN DE PREGUNTAS DE ENCUESTA. Profesional 2 Presentación del instrumento APRECIACIÓN CUALITATIVA, CRITERIOS Bueno Regular Deficiente Claridad en la redacción de los Items para entrevistados x Las preguntas responden a lo esperado. x Observaciones: Nombre y Apellido: Francisco Aguilar Aravena.___________________________ C.I. 15312465-5 Profesión: Ingeniero eléctrico e ingeniero civil industrial.__________________ Institución donde Trabaja: ENTEL S.A__________________________________ Cargo que Desempeña: Ingeniero de proyectos Senior.______________________ Fecha: __25/3/2015_ __________________________ Firma del Profesional
  • 77. 71 Al momento de realizar la encuesta, la cual es de tipo mixta, al tener respuestas en las preguntas pre definidas como si o no, como también preguntas abiertas a cualquier opinión del entrevistado al respecto de lo consultado, no solo se recibe la respuesta sintetizada a las preguntas que se están realizando, ya que también se produce una conversación en la totalidad de los casos con quienes son encuestados. Para llevar a cabo la encuesta, recurrimos a la estrategia de eliminar la palabra “encuesta” al momento de pedirles a los vecinos que nos contestaran, cambiándola por “consulta” acerca de las antenas que tenían en su sector, ya que la gente en general no tenía disposición en contestarnos. En primera instancia las personas creían que se trataba de personal de la municipalidad y se notaba una especie de descargo hacia uno, atañéndonos prácticamente la responsabilidad de las estructuras instaladas, por lo cual se trataba de explicar inmediatamente que era un estudio para la Universidad, con esto la actitud desafiante presentada en múltiples propietarios de viviendas cambiaba a una manera de trato más amigable. Cuando las personas accedían se producía una conversación donde se comentaban las respuestas que ellos daban, a partir de comentarios generalizados, se aludirá en tanto a las respuestas de la encuesta que amerite, bajo los valores arrojados.
  • 78. 72 La encuesta arrojó los siguientes resultados: 1) Si una empresa de telefonía decide instalar una antena celular cerca (menos de 75m) de su vivienda según la Ley N° 20.599, ¿Estaría de acuerdo, en desacuerdo o le es indiferente? Gráfico N°1. Respuestas pregunta N°1. Fuente: Elaboración propia De las tres personas que estuvieron de acuerdo, una aludió a que él si tuviera un terreno propicio para instalar una antena, lo haría, para usufructuar de ella, así que entendía a quién lo arrendaba por lo cual estaba de acuerdo, las otras dos personas también lo estaban por el tema de mejorar la señal para sus comunicaciones. 1 ACUERDO 3 5% 2 DESACUERDO 51 82% 3 INDIFERENTE 8 13% TOTAL 62 Respuesta Valor 5% 82% 13% 1 ACUERDO 2 DESACUERDO 3 INDIFERENTE
  • 79. 73 Las personas indiferentes, aludieron a que no les interesaba ya el tema ya que creían que la Municipalidad no los toma en cuenta y que cualquier opinión al respecto da igual. 2) ¿En caso de estar en desacuerdo ¿Por qué? (indicar el motivo correspondiente). Gráfico N°2. Respuestas pregunta N°2. Fuente: Elaboración propia No existió otra razón a las que se ofrecieron en la pregunta. En general lo primero era asociar a la salud, de hecho hubo personas mayores en algunas viviendas que manifestaron dolores de huesos, al indicarles por parte nuestra que no existía estudio que confirmara el daño, le quitaban legitimidad de inmediato a nuestras palabras. 1 Salud 39 63% 2 Devaluación 14 23% 3 Estética 9 15% Total 62 ValorRespuesta 63% 23% 14% 1 Salud 2 Devaluación 3 Estética
  • 80. 74 Las personas que se interesaban en el tema estaban convencidos de la desvaloración de sus propiedades, indicando en general las dos últimas opciones, tanto devaluación como los problemas de salud. Quienes manifestaron estética aludieron en general al impacto visual que ocasiona una instalación de antenas. 3) En caso de estar de acuerdo, ¿Por qué? Ésta pregunta se comentó en la pregunta N°1 4) En caso de necesitar una vivienda: ¿Es relevante la existencia de antenas de telefonía en el sector o no es una variable que le determinará la decisión?, ¿Cuál es la variable más importante al momento de adquirir una vivienda? Gráfico N°3. Respuestas pregunta N°4. Fuente: Elaboración propia 1 SI 53 85% 2 NO 9 15% 3 RAZÓN TOTAL 62 ValorRespuesta 85% 15% 1 SI 2 NO 3 RAZÓN
  • 81. 75 Los encuestados para quienes era importante la instalación de antenas, siendo un factor a considerar, de éste 85%, el 100% lo asoció al tema de salud, lo que ronda al 82% de las personas que no estaban de acuerdo en la pregunta N°1, las personas que eran indiferentes a estas instalaciones fue en general por el tema precio o sector de la vivienda, en general el factor más importante para las personas que no molestaban rechazo a las antenas al momento de comprar una vivienda fue por el tema de costo de la vivienda o la necesidad en que podían encontrarse para adquirir una vivienda. 5) ¿Cree usted que el camuflaje de una antena es relevante en una antena de telefonía? Gráfico N°4. Respuestas pregunta N°5. Fuente: Elaboración propia 1 SI 8 13% 2 NO 54 87% TOTAL 62 ValorRespuesta 13% 87% SI NO
  • 82. 76 Los encuestados que manifestaron que el factor estético no era importante fue en general que la antena seguía siendo antena con o sin camuflaje y que los problemas serían producidos de cualquier modo. Las personas que manifestaron que si era importante aludieron al impacto visual que ocasionan las antenas. 6) ¿Cree usted que una antena para celulares en su sector afectaría el precio de su vivienda? Gráfico N°5. Respuestas pregunta N°6. Fuente: Elaboración propia 1 SI 57 92% 2 NO 0 0% 3 NO SABE 5 8% TOTAL 62 ValorRespuesta 92% 0% 8% 1 SI 2 NO 3 NO SABE
  • 83. 77 El 92% opinó que si se devaluaría la propiedad, recalcando que el posible daño a la salud de las antenas era generalizado lo cual provocaría tal depreciación debido a la mala fama que éstas estructuras poseen. El 8% restante no estaba seguro, desconocían si esto podría producir aquel efecto. Posterior a la encuesta vecinal y luego de incorporar las respuestas y referencias obtenidas en dicha actividad y obteniendo el resultado de que el 92% de la población si cree que una antena para celular afectaría el valor de su propiedad se realizó un estudio con actores relevantes en el ámbito inmobiliario para concatenar de forma objetiva con el resultado obtenido, el cual se encuentra en el subcapítulo siguiente.
  • 84. 78 3.2 DEVALUACIÓN DE PROPIEDADES. El factor devaluación pasa a ser preponderante, a pesar de que en justa razón la población le atañe una mayor preocupación a los “ Daños a la Salud” producido por las antenas con un 63% por sobre el 23% correspondiente a la depreciación de la propiedad, sin dudas, si las personas conocieran los resultados de los estudios que se han hecho en Chile, y de los tantos otros que se han desarrollado en el extranjero, las conclusiones indican que la radiación de las antenas para celulares no afecta a las personas en las cantidades emitidas(OMS).En el siguiente texto es posible ahondar en dicha premisa: La Organización Mundial de la Salud, OMS, ha estudiado por muchos años los efectos de las antenas celulares sobre la salud de las personas y ha descartado hasta ahora daños relacionados con las ondas que emiten. No obstante, como medida precautoria, la OMS recomienda a los países establecer normas que fijen límites a las potencias de las antenas para que sus emisiones de ondas radioeléctricas sean bajas y seguras para la salud de las personas. En Chile se aplica estrictamente este principio precautorio, mediante una normativa técnica que pone límites a las emisiones de las antenas y de los teléfonos celulares. En el caso de las antenas, la norma chilena de protección está en el promedio de las cinco normas más estrictas de la OCDE. El límite máximo de potencia para las antenas permitido en Chile es
  • 85. 79 en promedio 10 veces más bajo que lo recomendado por la OMS y hasta 100 veces más bajo que lo autorizado en países desarrollados como Estados Unidos.19 En la ley que regula en Chile la instalación de antenas ya es posible ver las recomendaciones de no instalar en zonas cercanas a colegios u hospitales, además de contar con una menor radiación en comparación a lo adoptado en otros países, en nuestro país, estas emisiones fueron estudiada por el Dictuc: El Dictuc realizó 450 mediciones en las quince capitales regionales, por encargo de Atelmo20. El punto con la emisión más alta está lejos de aquellos que pueden provocar algún daño a las personas.21 Si las personas tuvieran éste precedente claro y aceptado, la depreciación pasaría a encabezar como la principal razón de preocupación de los vecinos pero ya no por un tema de emisiones sino tal vez por un tema de contaminación visual. De acuerdo a la Ley 20599, un propietario de una vivienda cercana a donde se construirá una estructura de antena puede solicitar una retasación del avalúo fiscal de su propiedad para obtener una disminución de contribuciones, siempre y cuando se ubique en el radio de dos veces la 19 Extracto texto sobre el daño producido por las antenas, webhttp://www.SUBTEL.gob.cl/ 20 Asociación de Telefonía Movil 21 Dictuc 2012
  • 86. 80 altura, sin embargo bajo esta norma, se cree que es mirado con cierto desdén a los vecinos ya que la distancia en sí en demasiado acotada ya que basta con ver la encuesta y vecinos que están dentro de la manzana y no necesariamente adheridos a la propiedad donde se encuentra la antena se consideran afectados. Los propietarios de las viviendas cercanas a las antenas no tienen herramientas judiciales para oponerse a las construcciones de éstas antenas cuando están levemente más alejados de ellas y no estén dentro de lo establecido ( 2 veces el radio de la antena) la ley es clara. Bajo una acuciosa búsqueda, con el fin de poder determinar si existe una devaluación del terreno circundante a una antena, se tomó como referencia la antena más común en la comuna de La Florida, que es de 30m de altura, de la cual hay 37 unidades actualmente (Diciembre año 2014), se consideró bajo el criterio de los autores de éste proyecto de título, la ampliación del radio afectado que la ley actual establece de 2 veces a 2.5 veces la altura de la antena, es así como quedó establecida la distancia de 75m para poder determinar si es afectada una propiedad a esa distancia y no solo las que estén dentro de los 60 m que son los que la ley considera con una antena de 30 m de altura. Recogimos la experiencia de actores relevantes para éste apéndice del capítulo, consultamos a distintos profesionales por medio de 2 preguntas concisas y la visión de éste tema.
  • 87. 81 Se realizaron 2 preguntas a 4 destacados tasadores y a una corredora de propiedades con vasta experiencia en la comuna de La Florida, entre el 30 y 31 de marzo, las preguntas se realizaron de forma presencial, en las oficinas de los profesionales, exceptuando el tasador N°1 que fue consultado por correo. Las peguntas con las respuestas esperadas fueron validadas junto a las de la encuesta anterior y son las siguientes: 1.-Existe devaluación en una vivienda al tener instalada una antena para celular en forma reticulada, a menos de 75 metros de distancia. En caso de existir ¿Qué porcentaje puede disminuir el precio? Se busca que el profesional determine si existe o no una depreciación en viviendas alejadas 75 m o menos de una antena para celulares del tipo reticulada que es la más recurrente y dentro de la misma pregunta, en caso de que establezca de que si existe una devaluación, conocer si existe un porcentaje estándar o conocido. 2.- ¿Es importante la estética de una antena para que influya en el precio de una vivienda? Se busca saber si una antena con camuflaje impide la depreciación o disminuya ese impacto en las viviendas cercanas a la antena. Los profesionales consultados junto a sus respuestas, a continuación:
  • 88. 82 Myriam Cuevas, Corredora de propiedades y propietaria de la corredora MCPropiedades, ubicada en la comuna que estamos estudiando. En una entrevista presencial, comenta que en una oportunidad le tocó vender, hace aproximadamente 10 años, una propiedad que posterior a la adquisición del parte del comprador, se usó para la instalación de una antena la cual aún se mantiene activa. La ubicación se observa en la siguiente imagen: Ilustración 20, antena Comuna de La Florida – Fuente : web SUBTEL Recuerda que la propiedad fue vendida a una persona natural, en esos años a un valor cercano a los 17 millones de pesos muy por debajo de los 60 millones que hoy estima para las propiedades que se encuentran en ese sector, debido a la plusvalía que ha adquirido con los años aquel lugar en la Florida. El que se haya vendido a una persona Natural nos indica que se quería mantener en secreto la instalación de la antena ya que se compró sin
  • 89. 83 que figurará el nombre de la compañía que instalaría la antena, debido al revuelo y manifestación que podría haber tenido la comunidad, ya que si la antena cumplía con los requisitos para la instalación, el permiso debía ser adjudicado por parte de la Municipalidad. La Ley que regía era distinta a la actual, hoy en día la Municipalidad y la autoridad tienen conciencia de que se producen saturaciones en los sectores debido a la instalación masiva de antenas y es esto lo que se está tratando de evitar. Las preguntas realizadas a Myriam: 1.-Existe devaluación en una vivienda al tener instalada una antena para celular en forma reticulada, a menos de 75 metros de distancia. En caso de existir ¿Qué porcentaje puede disminuir el precio? 2.- ¿Es importante la estética de una antena para que influya en el precio de una vivienda? Respuestas: “Con respecto a la primera pregunta, para mí de todas maneras baja el valor pero todo depende del interés que haya en la propiedad, del tipo de vivienda y el sector donde esté emplazada, pero también es importante el fin que tenga ese suelo para la persona que esté comprando, el interés mucho o poco de las personas que quieren comprar puede indicar qué tanto puede bajar o no una propiedad.” “Acerca de la segunda pregunta, en caso de que pase desapercibida y el cliente no la vea, si importaría en ese caso, pero estaría dentro de un engaño
  • 90. 84 para lo cual no me prestaría, pero si la persona que quiere la propiedad como vivienda y está consciente de la existencia de la antena y se le informa sobre ella, creo que la forma de ésta no importaría”. Tasador 1: Juan G. Söhrens P. Arquitecto, Perito tasador: 1.-Existe devaluación en una vivienda al tener instalada una antena para celular en forma reticulada, a menos de 75 metros de distancia. En caso de existir ¿Qué porcentaje puede disminuir el precio? 2.- ¿Es importante la estética de una antena para que influya en el precio de una vivienda? Sus respuestas al respecto fueron las siguientes: “Con respecto a la primera, sí; baja el valor y al igual que todas las partidas que tiene una tasación es factible determinar un porcentaje en que disminuye el precio del bien raíz. Este porcentaje dependerá de las particularidades de la propiedad a tasar; ubicación, ofertas, demandas, etc”. “Respecto a la segunda pregunta, la estética es importante no solo en una antena (de hecho las simulan como palmeras porque no deben ser bonitas), influye en el precio de toda propiedad”. Tasador 2 Esteban Soto, Arquitecto y Tasador con diplomado en La Universidad de Chile, inscrito en los registros del MINVU.
  • 91. 85 Esteban tiene su oficina y a la vez su vivienda en Av. Trinidad #159 comuna de La Florida, coincidentemente colinda con una antena para celular de la empresa Entel, se adjunta mapa de la ubicación. Ilustración 21, Ubicación antena colindante a casa tasador – Fuente : web SUBTEL El tema para este tasador ha resultado muy familiar al tener su propiedad al lado de una estructura. Al consultar las preguntas:
  • 92. 86 1.-Existe devaluación en una vivienda al tener instalada una antena para celular en forma reticulada, a menos de 75 metros de distancia. En caso de existir ¿Qué porcentaje puede disminuir el precio? 2.- ¿Es importante la estética de una antena para que influya en el precio de una vivienda? Respuestas: R1: “Sobre la primera, si existe una devaluación, pero no existe un porcentaje ya que la tasación se hace a través del mercado, es él quien regula y muchos factores externos, dependiendo del interés y cuan valioso sea el sector donde está ubicada la propiedad”. R2: “En la segunda, no influye el camuflaje ni la estética, la depreciación podría producirse igualmente a lo más que tenga la propiedad un fin comercial que no afecte al cliente que tenga una antena, por ejemplo un Jardín infantil, una clínica particular, etc. Pero con otro giro quizás no influya incluso para una farmacia. Pero en ese caso acoto mi población de interesados, tendría que llegar el comprador preciso, algo que podría ser poco usual.” Esteban comenta que si debiese vender su propiedad sin duda bajaría un porcentaje su valor, ya que debe ser atractiva al mercado en relación a otra que esté un poco más alejada de la antena, estima un 5% pudiendo llegar a 7% que es el interés que se produce en su propiedad cada año, mejorando su plusvalía, ya que está a metros del Metro Trinidad, esto para mantener y
  • 93. 87 competir en la velocidad de venta, ya que también es un factor a considerar porque no es lo mismo vender hoy en día que vender en un año más al mismo valor, ya que se produce una devaluación del dinero. Con los antecedentes que él maneja una vivienda que esté alejada del radio de desplome de una antena no debería ser depreciada por el Banco, esto se refiere a que la entidad bancaría podría eventualmente considerar que una vivienda se podría ver afectada con la estructura colindante, solo si se produjera un desplome por cualquier motivo que este fuera, ya que el Banco sabe que no existen estudios de daños a la salud, por esto, en caso de que el banco deprecie, sería por un tema de seguridad y no por otro motivo. Tasador 3 Ignacio Rodríguez Córdova. Constructor Civil PUC, Tasador en Tinsa S.A. La empresa con mayor cantidad de tasaciones en el país, ubicada en Rosario Norte 615 Of. 1604, Las Condes - Santiago (Chile) Email:irodriguez@tinsa.cl. Con respecto a las preguntas: 1.-Existe devaluación en una vivienda al tener instalada una antena para celular en forma reticulada, a menos de 75 metros de distancia. En caso de existir ¿Qué porcentaje puede disminuir el precio? 2.- ¿Es importante la estética de una antena para que influya en el precio de una vivienda?